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Introducción

Los dos momentos de la obra de Heller

En “La crisis de la teoría del Estado” puede leerse que la relación entre Estado y derecho es “la clave de todos los problemas estatales” (Heller, 1992e, p. 20). Podemos afirmar, entonces, que el desciframiento de las tensiones que se desprenden de la relación entre el Estado y el derecho es el tema que obsesionó política y teóricamente a Hermann Heller. Aparece una y otra vez abordado desde diferentes perspectivas, desde su tesis de habilitación dedicada al pensamiento de Hegel hasta Teoría del Estado, su obra cumbre publicada de modo póstumo. El objetivo de esta tesis es, por tanto, contribuir al estudio de este tema central de la teoría del Estado a partir de los aportes que hizo Heller.

Si bien se trata de un autor que murió hace casi un siglo, desde hace poco más de una década somos testigos de un renovado interés por su obra (Frick & Lembcke, 2022; Malkopoulou, 2020). Pioneras en este renacimiento de Heller fueron la compilación hecha por Marcus Llanque (2010) y la monumental tesis de habilitación de Michael Henkel (2011). Unos años más tarde fue recuperada la categoría de liberalismo autoritario, planteada por Heller en un artículo homónimo de 1932, para reflexionar sobre el autoritarismo creciente en el marco de las políticas de austeridad adoptadas por la Unión Europea después de la crisis de 2008 (Menéndez, 2015). El año pasado Oliver W. Lembcke y Verena Frick (2022) publicaron una importante compilación en la que, además de recuperar esta discusión sobre el liberalismo autoritario, tratan problemas centrales de su teoría del Estado.

El ámbito académico local no fue ajeno a este renovado interés por la obra de Heller. Entre los nombres que debemos señalar aparece el de Sergio Raúl Castaño, que ha publicado trabajos sobre la justificación moral del Estado, el concepto de soberanía y el orden internacional (2014, 2017, 2022). Junto a Cristina Andrea Sereni escribió un artículo sobre la legitimidad del poder y los principios del derecho (2016), y Sereni, por su parte, se ha ocupado del concepto helleriano de soberanía y su relación con el de Kelsen y Schmitt (2015). Leticia Vita trató el problema de la legitimidad del Estado y el derecho, así como la noción de soberanía y el derecho internacional, los principios del derecho y la interpretación helleriana de la Constitución de Weimar (2012, 2014, 2015a, 2019). A su vez, ha publicado un importante trabajo de traducción y análisis sobre el caso judicial que enfrentó a Prusia con el Reich en 1932 (2015b). Por último, debemos mencionar a Nicolás Fraile, que ha puesto su atención en el aspecto metodológico de la teoría del Estado de Heller, así como en los conceptos de representación y unidad políticas, la noción de liberalismo autoritario y la aproximación helleriana al derecho internacional a partir del principio de autoconservación del Estado (2020, 2021a, 2021b, 2022b, 2022a). Quisiéramos incluir esta tesis en este contexto local e internacional de renovado interés por la obra de Heller.

Para tratar nuestro tema, la relación entre Estado y derecho, vamos a dividir la obra de Heller en dos etapas. Afirmamos que la primera se extiende entre 1924 y 1927, mientras que la segunda comienza en 1928 y concluye con la muerte del autor en 1933. Hasta aquí no decimos nada nuevo: gran parte de la literatura especializada señala que alrededor de 1928 se produce un cambio en el modo en que concibe el Estado y el derecho y, en particular, la relación entre ambos (Caldwell, 1997; Dyzenhaus, 1997, 2000; La Torre, 1996; Robbers, 1983; Vita, 2014). Esta intuición supone, además, que este cambio tiene que ver con alejamiento de una posición decisionista más ligada a Schmitt a una más cercana a Kelsen. Vita la resume con mucha claridad (2014, p. 180):

Esta posición fuertemente decisionista de Heller se atenúa unos años después, cuando la República empieza a ser más severamente cuestionada, porque en su póstuma Teoría del Estado, aparece en Heller otra idea acerca de la relación entre el derecho y el poder, tomando allí una actitud más crítica respecto al decisionismo de Carl Schmitt y mayor tolerancia y aprobación con las tesis de Hans Kelsen. Este acercamiento al normativismo kelseniano ha sido interpretado tanto como un “quiebre” en su teoría del derecho (Caldwell, 1997), como simplemente un “cambio” o un “viraje” (Dyzenhaus, 2000) hacia un mayor compromiso con el Estado de derecho. Lo cierto es que hay un cambio en las afirmaciones de Heller con posterioridad a su viaje a Italia en 1928.

El camino señalado por Vita, que en términos generales compartimos, es el que nos interesa recorrer, en el convencimiento de que ha sido menos explorado por la literatura de lo que se merece.

Digamos un poco más acerca de la periodización que vamos a utilizar. Dijimos que la primera etapa principia en 1924. Hasta ese año encontramos dos tipos de publicaciones: unas dedicadas a Hegel y al Estado de poder, que fue su tema de habilitación, y otras vinculadas con la educación popular, que era su ámbito de militancia. En 1924 Heller publica un conjunto de artículos que ya no pueden ser clasificados en esas dos categorías, sino que manifiestan el comienzo de un camino personal en el ámbito de la teoría del Estado. El fin de esta etapa lo encontramos en 1927, año en que publica La soberanía. Contribución a la teoría del derecho estatal y del derecho internacional, que es el texto en el que vemos la culminación teórica de las ideas que comienzan a desarrollarse en 1924. Nuestra hipótesis supone que el principal adversario teórico de esta etapa es el positivismo de Kelsen.

La segunda etapa comienza en 1928, ya que advertimos ahí, siguiendo la intuición que encontramos en la literatura, un cambio de orientación en Heller en torno a su concepción de la relación entre Estado y derecho. Pareciera cambiar su adversario teórico: el positivismo de Kelsen es reemplazado por el vitalismo irracionalista, corriente que nuestro autor vincula con Carl Schmitt. Se ha señalado que fue la estancia de investigación de seis meses que hizo nuestro autor en 1928 en la Italia fascista la que provocó este cambio. Puede pensarse que allí tuvo oportunidad de volverse consciente de los peligros que traía consigo el fascismo, una de las expresiones políticas del vitalismo, para la vida política en general y para la teoría del Estado en particular. Quisiéramos anticipar que no vemos aquí un acercamiento a Kelsen, sino la identificación de un nuevo adversario (Carl Schmitt) que pasa a ser el motor de las preocupaciones y, por tanto, del desarrollo conceptual de Heller. Por lo tanto, creemos que el núcleo de su crítica al positivismo kelseniano se mantiene, pero pasa, para decirlo de otro modo, a un segundo plano. Esta etapa culmina con la muerte del autor y con la publicación póstuma de su Teoría del Estado, que es donde, creemos, expone la síntesis de esta segunda etapa y de algunos elementos que retoma de la primera.

Si echamos mano de una herramienta conceptual popularizada por J.G.A. Pocock en El momento maquiavélico, podríamos hablar de dos momentos de la obra de Heller[1] (1975 [2003]). En ese texto, Pocock plantea que el momento maquiaveliano[2] tiene dos significados. Por un lado, hace referencia al momento histórico, la Italia renacentista del siglo XVI, en el que emergió el pensamiento de Nicolás Maquiavelo. Por otro lado, denota el problema mismo que el pensamiento de Maquiavelo buscaba desentrañar, en este caso la corrupción de la república, la confrontación con su finitud temporal. Esta segunda acepción del término le permite a Pocock hacer una historia del momento maquiaveliano, tal como reapareció en el pensamiento inglés y estadounidense en los siglos XVII y XVIII.

Como ya sugerimos, no creemos que los dos momentos de la obra de Heller estén caracterizados por su afinidad con los postulados de Schmitt y Kelsen respectivamente, sino que cada uno se articula en torno a estos autores en tanto adversarios teórico-políticos. En este sentido, cabe hablar de un momento anti-kelseniano entre 1924 y 1927 y un momento anti-schmittiano entre 1928 y 1933. Emulando los dos significados que Pocock le atribuye a su momento maquiaveliano, decir esto supone dos cosas. En primer lugar, que es posible identificar en la obra de Heller dos momentos concretos en los que su pensamiento está impulsado por la oposición con los principales postulados de Kelsen y Schmitt respectivamente. En segundo lugar, cabría pensar que tanto el momento anti-kelseniano como el momento anti-schmittiano trascienden a ese contexto coyuntural y a esos autores particulares, y plantean problemas centrales de la teoría del Estado. En pocas palabras, el momento anti-kelseniano representa el intento por lidiar con aquellas corrientes que pretenden reducir el Estado al derecho, mientras que el momento anti-schmittiano hace lo propio con los intentos por desvincular al Estado del derecho, entendido este como el conjunto de principios éticos que guían su acción.

Debemos aclarar que, si bien no compartimos la tesis de Gerhard Robbers (1983), según la cual la obra de Heller no contiene elementos propositivos, sino que debe ser comprendida como una reacción frente a otras teorías, creemos que, para comprender el conjunto de la obra del autor, y en particular los desplazamientos en torno a la relación entre Estado y derecho, es fundamental tener en claro cuál es el principal adversario teórico y político contra el que nuestro autor escribe. Pensamos, entonces, que la obra de Heller constituye un estudio autónomo y original de los problemas centrales de la estatalidad, y que puede ser mejor comprendido a través de este enfoque.

Esto, como vimos, nos llevó a plantear un corte en 1928 atendiendo a las concepciones sobre el Estado y el derecho. Así, desestimamos otras aproximaciones a la obra de Heller que pueden encontrarse en la literatura especializada. Michael Henkel (2011), por ejemplo, propone en su tesis de habilitación pensar la obra de Heller como una unidad articulada por la pregunta por el sentido de la política. No hay, por tanto, lugar para cortes o periodizaciones. Desde su punto vista, el origen de las ideas expuestas por Heller en Teoría del Estado pueden rastrearse en sus primeros escritos. Wolfgang Schluchter (1968), por su parte, comparte la idea de que las posiciones fundamentales de Heller ya se encontraban en sus primeros escritos, pero sin embargo esboza una periodización con un corte en el año 1926. Esta periodización no se basa en el modo en que Heller concibe la relación entre Estado y derecho, sino en el objeto sus textos. El argumento de Schluchter es que en ese año hay un cambio en el objeto de interés de Heller, que pasó de interesarse por las teorías sobre filosofía del Estado del siglo XIX –en particular Hegel– a dedicarse a los problemas de teoría del Estado y del derecho del siglo XX. Si bien hay buenas razones para encontrar continuidades a lo largo de la obra de Heller, creemos que para tratar el tema la relación entre Estado y derecho es productivo establecer un corte en el año 1928 para poder examinar qué desplazamientos y continuidades encontramos.

Dijimos que el objetivo de esta tesis es contribuir al estudio de la relación entre el Estado y el derecho a partir de los aportes de Heller. A partir de lo dicho hasta aquí podemos desagregarlo en tres objetivos específicos. El primero consiste en identificar cuál es el adversario teórico-político de Heller en cada etapa, es decir contra quién está escribiendo y a partir de qué discusiones desarrolla sus conceptos. El segundo radica en determinar cuáles son los supuestos ético-políticos y metafísicos que subyacen a los desarrollos de Heller en cada etapa. Por último, nos proponemos sistematizar los desplazamientos y continuidades entre las dos etapas.

Antes de exponer los aspectos metodológicos de esta tesis y avanzar en la descripción de los capítulos que la componen, quisiéramos explicar por qué decidimos dedicar este trabajo a la teoría del Estado de Hermann Heller, ya que una vacancia teórica no justifica, por sí misma, la elección de un autor, sino que, en el mejor de los casos, lo torna elegible. Es, en otras palabras, condición necesaria pero no suficiente. Pues bien, en este caso decidimos dedicar esta tesis a la teoría del Estado de Heller por dos causas: una de índole político-personal y otra contextual. En relación con la primera, nuestro autor aborda el estudio del Estado y del derecho a partir de una opción política democrática y social. Defiende explícitamente la democracia como mejor régimen político y afirma que esta no puede desligarse de una vocación igualadora en términos socio-económicos. El hecho de que compartamos estos valores fundamentales constituye un factor relevante para explicar por qué, entre todo los autores y corrientes de la teoría del Estado, nos hayamos inclinado por Heller.

En cuanto a la segunda, creemos que la elección de Heller se justifica por el hecho de vivir en un momento histórico en el que los valores que defiende se encuentran amenazados. Nos referimos a los ataques que ha recibido en los últimos años el proyecto democrático, y que están muy vinculados a su incapacidad de avanzar de modo igualitario en el campo de las relaciones socio-económicas. Tanto la democracia como la idea de alcanzar un orden social igualitario parecen haber perdido su fuerza legitimadora y, por tanto, nos parece importante revisitar una teoría del Estado que se preocupó por explorar las posibilidades y los límites de la democracia social.

No es menos relevante que esa reflexión haya sido llevada a cabo en el marco de una teoría del Estado, es decir con el Estado como punto de partida. En los últimos años han ocurrido algunos hechos que pusieron en evidencia el carácter central e ineludible del Estado para la vida política. Nos referimos a la crisis desatada por la pandemia de COVID-19 y a la invasión rusa a Ucrania. La primera mostró que son los Estados nacionales los encargados de afrontar los efectos de una crisis de semejante magnitud. La segunda hace pensar en un cambio del orden internacional, más específicamente en un abandono de la globalización en favor de un orden articulado en torno a los Estados nacionales y a sus alianzas regionales. En suma, creemos que estos elementos contextuales –crisis de la democracia por su incapacidad de promover la igualdad social y la vuelta del Estado al centro de la vida política–, sumados a nuestra coincidencia con los valores fundamentales de Heller explican la elección del autor.

Pues bien, con respecto al abordaje metodológico debemos decir que adoptaremos un enfoque inspirado en la tradición hermenéutica, que en tanto corriente que se encarga de estudiar el modo en que interpretamos textos es una de las principales estrategias metodológicas de la teoría política (Nosetto & Wieczorek, 2020). En esta tesis aplicamos el método hermenéutico a partir de la interpretación de un corpus compuesto por obras de Heller y de la literatura especializada. De la tradición hermenéutica tomamos, a su vez, tres precauciones metodológicas (Fraile & Kiel, 2020). La primera, que está relacionada con la figura del círculo hermenéutico, consiste en señalar que toda interpretación parte de una anticipación sobre el conjunto que luego es contrastada con la lectura de los diferentes capítulos o libros que conforman la obra del autor. Se trata, en otras palabras, de la relación entre la parte y el todo. En este caso, para abordar la obra de Heller partimos de la anticipación que planteamos más arriba y con el correr de la tesis será contrastada con el análisis de los distintos textos. El hecho de aspirar a conocer el todo para interpretar las partes nos llevó, por ejemplo, a leer obras de Hans Freyer y Theodor Litt, sociólogos contemporáneos de Heller que aparecen como interlocutores en sus textos.

La segunda precaución consiste en advertir el carácter prejuicioso de la comprensión, esto es, el hecho de que el investigador trae consigo una serie de prejuicios que, de modo involuntario, se ponen en juego al momento de comprender. La precaución radica, entonces, en tratar de ser conscientes de esos prejuicios para permanecer abiertos a lo que el texto tiene para decirnos. En este caso, procuramos que nuestra afinidad con ciertas ideas de Heller no nos impida encontrar las contradicciones o tensiones que se desprenden de su pensamiento. Además, nos pareció importante señalar esta afinidad en la introducción, de modo tal que el lector la pueda tener presente durante la lectura.

Por último, la tradición hermenéutica advierte, siguiendo la enseñanza de Hans-Georg Gadamer, sobre la importancia de asumir como un elemento productivo la distancia histórica que nos separa de los textos. Desde este punto de vista, la comprensión no aspira a reconstruir el significado del texto para los lectores de la época, sino que se trata del encuentro de dos horizontes históricos que se vinculan a partir de la tradición, el del texto y el del intérprete. Esta fusión de horizontes, como la llama Gadamer, supone que al momento de comprender no solo echamos luz sobre un conjunto de textos del pasado, sino que además, por el hecho de que esos textos son abordados desde este presente histórico particular, nos permiten comprender y problematizar mejor nuestro propio contexto.

Si bien el enfoque principal será el hermenéutico, en algunos momentos nos permitiremos ir al contexto intelectual de Heller para interpretar cuál es la relación entre sus textos y ese contexto, cuál fue su intención al escribir sus textos y en qué debates quería intervenir. Para esto nos servimos de las herramientas que ofrece la historia intelectual (Majul, 2020). Según esta corriente, que pretende remedar los errores que resultan de una aproximación demasiado textualista, los textos deben ser entendidos como actos de habla que contienen una intención específica del autor. Por lo tanto, para comprenderlos es muy importante preguntarse no solo por el significado del texto, sino también por la intención persigue el autor al escribirlo. De este modo, buscaremos evitar los anacronismos que pueden derivarse de un tratamiento demasiado apegado a la letra de los textos. Consideramos, además, que algunas dosis de historia intelectual son especialmente adecuadas para esta tesis, ya que el contexto en el que Heller escribió sus textos fue muy turbulento en términos políticos, económicos y sociales y, por tanto, en algunas ocasiones tendremos que recurrir a los debates que tuvieron lugar en ese contexto para alcanzar una comprensión cabal de su obra. Echar una mirada sobre estos debates nos permitirá entender ciertos énfasis u omisiones que se nos escaparían al remitirnos únicamente a los textos del autor y sus intérpretes.

La tesis está dividida en dos capítulos, uno por cada una de las etapas que identificamos. En los dos seguimos un recorrido similar. En un primer momento nos ocupamos de identificar cuál es el principal adversario teórico-político contra el que Heller desarrolla sus propios conceptos y cuáles son sus concepciones ético-políticas y metafísicas. En un segundo momento nos ocupamos de sistematizar los supuestos ético-políticos y metafísicos que se encuentran en la base de los escritos de Heller y analizamos en qué medida se relacionan con los del adversario. Por último, nos ocupamos de analizar el modo en que Heller define los conceptos de Estado y derecho y cómo concibe la relación entre ambos.

Al final incluimos un apartado de conclusiones, en el que nos ocupamos de sistematizar los desplazamientos y continuidades entre las dos etapas, en particular en relación con los tres aspectos en los que nos concentramos: el adversario teórico-político, los supuestos ético-políticos y metafísicos, y la relación entre Estado y derecho. Además, intentamos ofrecer una mirada de conjunto sobre los resultados obtenidos.

Antes de concluir esta introducción quisiéramos hacer dos aclaraciones. La primera se refiere a los alcances de esta tesis. Si bien creemos que nuestro objeto, la relación entre Estado y derecho, constituye el núcleo del pensamiento helleriano, no podemos desconocer que su obra no se reduce al tratamiento de este tema. Por lo tanto, debe tenerse en cuenta que el ámbito de validez de nuestras afirmaciones quedará restringido a la relación entre Estado y derecho. El modo en que sus concepciones sobre este tema se vinculan con otros aspectos de su obra, como por ejemplo sus consideraciones metodológicas, quedará por fuera de los alcances de esta tesis y deberá ser parte de un trabajo futuro.

La segunda alude a las fuentes con las que trabajamos. Todos los textos de Heller fueron consultados de sus obras completas en alemán, de modo tal que las traducciones son nuestras. En los casos en los que haya disponible una traducción al español la consignamos entre corchetes, y lo mismo hacemos con los textos de otros autores.


  1. Para un estudio de las potencialidades de esta herramienta heurística para la teoría política véase Morán y Rodríguez Rial (2019).
  2. Si bien el título del libro ha sido vertido al español como El momento maquiavélico, el original en inglés es The machiavellian moment. Al referirnos a la herramienta conceptual preferimos conservar el adjetivo “maquiaveliano” del original.


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