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De la mujer sumisa a la mujer empoderada

De La perfecta casada a El sí de las niñas, en las márgenes del Imperio Hispánico (siglos XVI-XIX)

Javier Alejandro Lerda[1] y Lázaro Romero[2]

Introducción

La Modernidad (siglos XV-XVIII) es una etapa histórica, que produjo cambios fundamentales en la organización y conductas de la sociedad europea, occidental y cristiana, siendo dichas modificaciones trasladadas a sus colonias americanas, sobre todo se perciben dichos cambios culturales en las relaciones entre los sexos[3], en la familia y en los roles que juegan hombre y mujeres.

Los mecanismos que regulan las relaciones sociales, se estructuran a partir de un discurso disciplinador, regulador y castrante que permea las distintas instituciones reconocidas socialmente como la familia, la iglesia, la Monarquía, las asociaciones, etc., de la cual forman parte hombres y mujeres[4], dichos planteamientos se incorporan y se asientan socialmente[5] convirtiéndose en espacios de sometimiento y control, en relación a que estructuran pensamientos y opiniones conforme con los principios utilizados en la sujeción.

El discurso religioso hegemónico, que se había relajado en la etapa renacentista, se vuelve incendiario y fanático a partir de la Crisis de la Cristiandad en 1517, con la Reforma Protestante y de la Contrarreforma Católica a partir del Concilio de Trento (1545-1563), dicha asamblea había sido convocada para reorganizar el campo religioso europeo, atravesado por las tensiones religiosas y sociales, dicho discurso se convertirá el eje regulador de la vida social de la época y que tendrá un enorme impacto en el entramado hispánico (Bianchi. Este discurso disciplinador se tomará de diversos mecanismos de sometimiento, ya sea a través del matrimonio católico, la vida religiosa y militar, a fin de justificar un sistema social organizado de manera jerárquica, vertical y misógino en desmedro de las mujeres[6]. Es en esta realidad que el discurso hegemónico, sostiene que el modelo edificante es el de mujer “Casada”, contra los demás posicionamientos femeninos, los cuales son presentados como inacabados[7] .

Para la elaboración del presente informe no solamente utilizamos bibliografía abundante, para contextualizar la realidad social, económica y política de la época (siglos XV-XVIII), sino además el análisis de dos obras de la época Moderna de origen español, como son La Perfecta Casada, del sacerdote Fray Luis de León (siglo XVI) y El sí de las Niñas, de Leandro Fernández de Moratín (siglo XIX). En primera instancia, contextualizamos algunas características generales de la población española de la etapa moderna teniendo en cuanta los roles asignados a los hombres y mujeres, para luego abocarnos al análisis de las obras mencionadas más arribas, y su impacto en la sociedad de su tiempo[8].

Sociedad, familia, género y mujeres en la Modernidad Clásica (siglos XV-XVIII)

A lo largo del texto, trataremos escuetamente de exponer las principales características de las sociedades europeas de la época donde se escribe la obra La perfecta Casada y El sí de las NiñasEn las sociedades europeas de raigambre mediterránea durante la modernidad clásica, la familia nuclear o extensa (es decir la familia ampliada), constituía la base, sobre la cual se asienta un modelo social perfecto, que reproduce el modelo celestial (Padre, Hijo, Espíritu Santo, María, etc.) [9] Dicho estructura social posibilitó que se produzcan cambios importantes hacia el interior de los grupos sociales, sobre todo privilegiados[10]. Dada la importancia que se le confieren a la familia, en virtud que la misma se asienta sobre la institución matrimonial, la cual es reconocida como la base que conforma nuevas familias, basadas en el orden, la estabilidad y el equilibrio[11].

Por medio de la institución matrimonial se ejercía una suerte de tutela sobre las mujeres[12], sobre todo por ser consideradas como seres débiles, frágiles, influenciables y pecaminosos[13], un poco lo que señala Fray Luis de León en su obra La Perfecta Casada y lo replica Fernández Moratín en El sí de las Niñas, doscientos años después.

Al mismo tiempo podemos afirmar que el matrimonio está ligado íntimamente con el patrimonio económico[14], sobre todo esto se refiere a los grupos de poder en donde se articulan verdaderas tramas familiares y patrimoniales, cuyo deseo principal es controlar los recursos económicos, simbólicos y culturales sobre los cuales se consolida el funcionamiento de todo el sistema social como si se tratara de una verdadera pirámide [15] El matrimonio es el que le confiere legitimidad a las familias y le brinda rango social a sus miembros [16].

En síntesis, el matrimonio legítimo, era más bien una preferencia que se daba en determinados estratos sociales como ser los grupos de poder blanco y las culturas aborígenes[17]. En primer caso por cuestiones morales, sociales y económicas tendientes a custodiar a las mujeres, de allí es también como se conciben a las uniones matrimoniales, con un alto grado de diferenciación etaria[18] y en lo que respecta al segundo grupo, por razones culturales[19]. Además, el matrimonio jerarquiza a los varones casados, los cuales adquieren la condición de vecinos y asentados[20].

En lo que respecta a los varones y mujeres cada cual, cumple un rol determinado a la hora de definir lugares sociales[21]. La endogamia social era una de las estrategias más implementadas a la hora de acrecentar el patrimonio económico de la familia mediterránea ya sea en la metrópolis o en las colonias[22]. Esto significa que el modelo matrimonial más común era el que se daba entre miembros de una misma etnia, estrato social, parroquia y proximidad geográfica[23].

Dentro de este modelo dominante y de sujeción, el lugar de la mujer, se circunscribe a su función reproductora, la cual se transfiere a la prole por la educación y la fe católica, en la lógica de la etapa Moderna el estado ideal es el de “mujer casada”, perfecta y completa[24]. Esta visión reivindicatoria de la maternidad como el rol que “completa” a la mujer, significa la exclusión de solteras y viudas (aunque estas pudieran procrear)[25], esto en la lógica de los intelectuales del Siglo de Oro Español, los cuales replican un discurso hegemónico, religioso y misógino. El matrimonio se constituye como un asunto familiar y privado y por ende le compete a la familia el resolver el asunto matrimonial[26].

En lo que respecta a las mujeres de los demás grupos sociales (mulatas, mestizas, esclavas, españolas pobres), si bien el matrimonio era la norma social y religiosa imperante, no constituía una práctica generalizada. Las tasas matrimoniales en estos grupos eran bastante bajas[27]. Las relaciones sexuales solo tenían sentido dentro del matrimonio legítimo y con la única finalidad que es la de procrear. Por ende, las relaciones sexuales de otro tipo estaban prohibidas[28].

No es menos cierto que el marido debía velar por el sustento de las familias y además le estaba permitido algún tipo de reprimenda física[29]. Por otra parte, en muchos casos las mujeres recurrían a la justicia, la cual no solo las amparaba, sino que además las revindicaba conforme lo establecían las leyes del rey Sabio[30]. El divorcio era la última opción y en raras ocasiones se practicaba.

En cuanto a la situación de viudez no ocurría lo mismo para las mujeres que para los hombres[31] Las mujeres vivían la viudez de manera diferente, no volvían a casarse en la mayoría de los casos, cuidaban de sus hijos menores ejerciendo la tutela de los mismos, sobre todo a partir de ciertas rupturas del sistema jurídico español a partir del siglo XVIII, frente a las apetencias de sus familiares masculinos logrando de esta manera un cierto grado de autonomía, esto no implicaba que fueran mujeres célibes[32].

Po último, estaba la situación de las mujeres consagradas, que elegían ingresar a un convento y de esta manera huían de los matrimonios arreglados por los hombres de la familia y de esta manera poder disfrutar de un mayor grado de autonomía que las demás mujeres de la familia, y en muchos casos lograr un mejor nivel educativo, sobre todo si son de la elite. En lo que respecta a las mujeres solteras de los demás núcleos sociales no siempre contraían matrimonios, lo que no implicaba que fueran celibatarias[33].

Es decir, el modelo ideal para una sociedad católica patriarcal y machista como la española de la Modernidad, seguía siendo el de “Mujer Casada”, por sobre las demás situaciones descriptas en este apartado. Aun así, no era la práctica generalizada sino todo lo contrario, era una sociedad caracterizada por la soltería, la maternidad y los nacimientos ilegítimos[34]. Es decir que era una sociedad donde la regla era muchas veces doblegadas por los propios participantes de los grupos sociales intervinientes.

La perfecta casada y El sí de las niñas, el modelo de la mujer ideal en la Modernidad Clásica

Las Obras de teatro objeto de análisis y que responde un poco a la lógica de la época de cómo deberían ser las mujeres en su estado ideal es La Perfecta Casada y El sí de las Niñas. En el primer caso dicha obra fue escrita por Fray Luis de León, durante la etapa del denominado “Siglo de Oro Español”, y en el segundo caso a principios del siglo XIX. Primeramente, haremos una breve presentación de los autores, el contexto histórico y el movimiento intelectual donde se enmarca las obras objeto de análisis.

La Perfecta Casada”, es una obra escrita a mediados del siglo XVI, durante el Renacimiento español tardío, una etapa dentro del denominado “Siglo de Oro Español”, -notable movimiento cultural que se extendió durante el reinado de los Austrias- (Siglos XVI-XVII) que versa sobre el papel y las funciones de una buena cristiana preparándose para el matrimonio, la maternidad y la familia, entre otras cuestiones. Aunque han trascurrido varios siglos, gran parte de las virtudes que se consideraban depositarias de la “esposa ideal”, están a la orden del día. Dicha obra fue escrita por Fray Luis de León OSA (1527-1591), fraile agustino, y publicada en 1583, en Madrid. Dicho autor es una de las figuras cumbres de la literatura castellana del siglo XVI. Catedrático universitario, transductor de la Biblia, escritor y poeta, llego a sufrir prisión por parte de la Inquisición durante cuatro años, motivado por recelos y rencores por sus logros académicos en la Universidad de Salamanca. La obra fue dirigida a su prima María Varela Osorio[35].

La perfecta casada es un reflejo y un producto de la sociedad de su momento, la muy católica España de Felipe II. A través de sus páginas el autor elabora una pormenorizada reflexión sobre la manera de enfocar las distintas situaciones de la vida matrimonial. La esposa debía ser modelo de decencia, honestidad y pudor[36]. En la obra es el Espíritu Santo y Dios, quienes hablan por la boca del Rey Salomón y del último capítulo de Proverbios[37]. Esta maravillosa obra tiene veintiún capítulos y fue escrito de manera muy elegante

La vida de la esposa estaba por entero circunscrita al hogar, es decir el espacio de lo privado, mientras que el espacio público estaba reservado a los hombres. Sus obligaciones radicaban fundamentalmente en el cuidado del marido, hijos y familia además de las personas a su cargo como los criados. Además, se ocupaba del cuidado de la casa, la comida y la ropa de los integrantes de la familia. En cualquier caso, el asunto crucial residía en ser la depositaria del honor de la familia, la virtud más preciada y considerada durante el Antiguo Régimen[38].

Fray Luis de León, cuestiona el gasto excesivo y la opulencia de las mujeres, apuesta por la sobriedad, el buen gusto y la discreción de las mismas. Si bien adjudica a las mujeres clara inteligencia, al mismo tiempo sostiene que son vagas y relajadas.

Por último, destacar un par de cuestiones que resultan bastante innovadoras. La primera es que las madres deben alimentar ellas mismas a sus hijos recién nacidos y no dejarlos en manos de amas de cría. Era costumbre que las damas de la realeza y clases pudientes entregaran sus bebes a las amas. Fray Luis de León consideraba que la leche materna no solo alimentaba al hijo, sino que a través de ella el bebé recibía una serie de virtudes[39]. La segunda, que su tarea no consiste en traer muchos niños al mundo sin más, sino en hacerlo con sentido común y equilibrio: “no ponga en parir muchos hijos, sino en criar pocos buenos”. [40]

En lo que respecta a El de las Niñas, es una obra escrita en 1801, a principios del siglo XIX, etapa que podríamos considerar el comienzo de la etapa contemporánea para el resto de Europa Occidental, pero España todavía vive una Modernidad Tardía. El autor de la obra es Leandro Eulogio Melitón Fernández de Moratín y Cabo (1760-1828), fue un dramaturgo y poeta español, el más relevante y notable comediógrafo neoclásico del siglo XVIII. Fernández de Moratín, pertenecía a una familia acomodada de origen asturiano, que se destacó desde joven el cultivo de las letras, también sufrió los diversos avatares de la política de su tiempo, teniendo en cuenta el bando elegido. Fue autor de diversas comedias costumbristas que reflejaban la vida cotidiana de la España de su tiempo, entre otras La derrota de los pedantes, La comedia nueva o El caféEl barón y en 1804, La mojigata[41]. La obra que le dio fuste y fue un verdadero triunfo teatral fue El Si de las Niñas, que aunque fue escrita en 1801, fue estrenada el 24 de enero de 1806 en el Teatro de la Cruz, siendo un verdadero éxito de boletería, permaneciendo en cartel más de un mes, un verdadero record para la época[42].

El sí de las Niñas, es un drama en tres actos[43] y que a su vez se subdivide en varias escenas o capítulos, representa una realidad muy repetitiva de la sociedad española, tardo colonial, donde era muy común los matrimonios arreglados entre hombres mayores y mujeres muy jóvenes como es el caso de la obra objeto de análisis, que retrata una situación particular vivida por el autor, enamorado desde niño de una apuesta vecina, Sabina Conti y Bernascone, cuando el poeta contaba veinte y ella apenas quince esta se casó sin embargo con su tío, que la doblaba en edad; el poeta quedó sumido desde entonces en la melancolía y abrigará una antipatía ante los matrimonios desiguales [44].

La comedia, en prosa, transcurre en una posada (unidad de lugar) de siete de la tarde a cinco de la mañana (unidad temporal), y narra una sola historia: cómo Doña Francisca (Paquita), una joven de 16 años obligada por su madre Doña Irene a casarse con Don Diego, un sensible y rico caballero de 59 años. Sin embargo, este ignora que Doña Francisca está enamorada de un joven militar, un tal “Don Félix”, quien en realidad se llama Don Carlos, y es sobrino de Don Diego. Con este triángulo amoroso como argumento se desarrolla la obra, cuyo tema principal es la opresión de las muchachas forzadas a obedecer a su madre y entrar en un matrimonio desigual y en este caso con una gran diferencia de edad entre los contrayentes.

La clave de la obra se encuentra en la contradicción que caracteriza a Don Diego en el tema de la educación de los jóvenes y la elección de estado: su práctica, su actuación, no concuerda con la teoría. Pide libertad para la elección de estado (una libertad negada entonces a los jóvenes), crítica la falsa concepción de la autoridad por parte de los padres: comprende que ese falso autoritarismo es la raíz de muchos males; quiere que Paquita elija con libertad.

Pero en la práctica, don Diego, que es el protector de su sobrino Carlos, comete con él los mismos errores que critica en teoría. Esta contradicción entre la teoría y la práctica es el hilo que conduce la trama teatral.

La obra tuvo muchos problemas para poderse estrenar (varias delaciones a la Inquisición por inmoral; presiones de un ministro; varios exámenes, notas, advertencias y observaciones que corrieron manuscritas…), que fueron vencidas por la protección de Manuel Godoy (ministro de Carlos IV de España) y obtuvo un éxito formidable, de los mayores de su época: se repitió durante veintiséis días y tuvo que interrumpirse a causa de la llegada de la cuaresma. Se hicieron cuatro ediciones en ese mismo año, y se llevó a las provincias y a los teatros particulares poco después.

Ambas obras trascurren en tiempos históricos diferentes, pero la situación representada nos demuestra que la sociedad española no había sufrido grandes cambios hacia el interior de la misma en casi doscientos años, como la cuestión de los matrimonios arreglados sobre todo en los sectores de poder (Concilio de Trento)[45], y como las mujeres eran encorsetadas a cumplir determinados roles sociales, el de esposa y madre, y como solo se podían liberar a través de la situación de viudez o la vida religiosa. Pero se percibe como las mujeres socialmente mejor posicionadas son las que sufren el mayor control social, a diferencia de las mujeres comunes correspondientes a los grupos sociales subalternos[46].

Conclusión

Podemos concluir este trabajo manifestando que la realidad descripta en primera instancia, marca profundamente la vida de las mujeres en el contexto de una sociedad, donde el discurso religioso y normativo estructura y organiza las relaciones sociales y económicas, imponiendo un fuerte control sobre las mismas, y que dichos controles no sufrieron grandes cambios a lo largo de más de doscientos años, como lo podemos percibir leyendo y analizando estas obras de teatro escritas en dos contextos históricos y en realidades diferentes. Aun así, podemos percibir a partir del análisis del El sí de las Niñas, que algunos aspectos, aunque leves de la sociedad española de principios del siglo XIX, fueron cambiando en relación a la etapa anterior, enmarcada por las normas del Concilio de Trento (1545-1563), sobre todo estos cambios se fueron viendo más claramente en las márgenes del imperio español.


  1. Universidad Nacional del Nordeste.
  2. Universidad Nacional del Nordeste.
  3. LAGUNA, C. y MALLO, S. (2003). “Herencia Patrimonial y Justicia. Su impacto en las familias y mujeres en España y las Colonias Americanas”. En la Aljaba, Segunda Época, Volumen VII, p. 160; SOCOLOW, S. (2016). “Mujeres, matrimonio y familia”. En: Socolow, S. (2016). Las mujeres en la América Latina colonial. Buenos Aires, Prometeo Libros, p. 70.
  4. SCOTT, J. (1996). “El Género: Una Categoría Útil para el análisis histórico”. En: CANGIANO, M.C y DUBOIS, L. (1996). De Mujeres a Género. Teorías, interpretaciones y prácticas feministas en las Ciencias Sociales. Buenos Aires, Centro Editor de A. Latina, p. 10.
  5. CHACÓN JIMÈNEZ, F. (1987). “La familia en España: Una historia por hacer”. En: J. Casey, y otros: La Familia en la España Mediterránea (Siglos XV-XIX) 1987. Barcelona, Crítica, p. 13; CRIADO TORRES, L. (2014). El Papel de la Mujer como ciudadana en el siglo XVIII: La educación y lo Privado, p. 2.
  6. CHACÓN JIMÉNEZ, F. (1987), p. 14; SOCOLOW, S. (2016), p. 88.
  7. LAGUNA, C. y MALLO, S. (2003), p. 160; SOCOLOW, S. (2016), p. 76.
  8. LAGUNA, C. y MALLO, S. (2003), p. 160; SOCOLOW, S. (2016), p. 88.
  9. RODICIO PEREIRA, L. (2008). “La Mujer y la familia. Una aproximación a su papel en la Galicia Moderna”. En: VII Congreso Virtual sobre Historia de Mujeres, p. 1; CHACÓN JIMÉNEZ, F. (1987), p. 14; SOCOLOW, S. (2016), p. 78.
  10. CHACÓN JIMÉNEZ, F. (1987), p. 15-17; SOCOLOW, S. (2016), p. 77; QUEVEDO SÁNCHEZ, F. I. (2013). “Estrategias Familiares con fines económicos y sociales. El Caso del Jurado Cordobés Martin Gómez Aragón”. Historia y Genealogía, 3, p. 65.
  11. SOCOLOW, S. (2016), p. 78.
  12. SOCOLOW, S. (2016), p. 78.
  13. LEÓN; L. de (2008). La Perfecta Casada. Madrid, Espasa-Calpe. Undécima Edición, p. 11; FERNÁNDEZ MORATÍN, L. (2022). Alicante: Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, p. 21.
  14. CHACÓN JIMÉNEZ, F. (1987), p. 15.
  15. CHACÓN JIMÉNEZ, F. (1987), p. 15.
  16. SOCOLOW, S. (2016), p. 78; FERNÁNDEZ MORATÍN, (2022), p. 9.
  17. SOCOLOW, S. (2016), p. 77.
  18. SOCOLOW, S. (2016), p. 79; FERNÁNDEZ MORATÍN, (2022), p. 7.
  19. SOCOLOW, S. (2016), p. 80
  20. CHACÓN JIMÉNEZ, F. (1987), p. 28.
  21. NADALES ÁLVAREZ, M. J. (2018). “El Matrimonio en la Edad Moderna: Requisitos para el matrimonio militar”. En: Congreso Virtual sobre Estudios de Mujeres. Universidad de Barcelona, p. 3.
  22. CHACÓN JIMÉNEZ, F. (1987), p. 31.
  23. SOCOLOW, S. (2016), p. 80.
  24. NADALES ÁLVAREZ, M. J. (2018), p. 21.
  25. LEÓN, L. (2008), p. 2; NADALES ALVAREZ, M. J (2018), p. 4.
  26. BIANCHI, S. (2013). Historia Social del Mundo Occidental. Del Feudalismo a la Sociedad Contemporánea. Buenos Aires, Editorial UNQ, p. 89; SOCOLOW, S (2016), pp. 83-84
  27. SOCOLOW, S. (2016), pp. 83-84.
  28. SOCOLOW, S. (2016), p. 86; LEÓN, L. (2008), p. 60; NADALES ALVAREZ, M. J (2018), p. 2; DEFOURNEAUX, M (1965) “La Vida Doméstica. La Mujer y el Hogar”. En: DEFOURNEAUX, M. (1965). La Vida Cotidiana en el España del Siglo de Oro. Buenos Aires. Compañía de Impresiones, p. 179.
  29. NADALES ÁLVAREZ, p. 3; SOCOLOW, 2016, p. 85; DEFOURNEAUX, 1965, p. 178.
  30. LORENZO PINAR, F. J. (1991). “La Familia y la Herencia en la E. Moderna Zamorana a través de los testamentos”. Studia Histórica, Historia Moderna N° IX. p 78; NADALES ÁLVAREZ, M. J. (2018), p. 10.
  31. GARCÍA GONZÁLEZ, F. (2016). “Vejez, Viudas y Soledad rural en la España Centro- Meridional del siglo XVIII”. Studia Histórica, Historia Moderna, 38, 2, p. 291; FERNÁNDEZ MORATÍN, L. (2022), p. 10.
  32. GARCÍA GONZÁLEZ, F. (2016), p. 292; NADALES ÁLVAREZ, M. J. (2018), p. 9; SOCOLOW, S (2016), p. 88.
  33. GARCÍA GONZÁLEZ, F (2016), p. 293; NADALES ÁLVAREZ, M. J. (2018), p. 8; RODICIO PEREIRA, L (2008), p. 9.
  34. RODICIO PEREIRA, L. (2008), p. 5; NADALES ÁLVAREZ, M. J. (2018), pp. 3-11; GACTO FERNÁNDEZ, E. (1984). “El Marco Jurídico de la Familia Castellana. Edad Moderna”. En: Historia. Instituciones. Documentos Nº 11, p. 20.
  35. LEÓN, L. (2008), p. 20.
  36. LEÓN, L. (2008), p. 2-3; GARCÍA CÁRCEL, R. (2002). Historia de España siglo XVIII: La España de los Borbones. Madrid, Espasa- Calpe, 5° Edición. p. 318.
  37. LEÓN, L. (2008), p. 8.
  38. GARCÍA CÁRCEL, R (2002), p. 320.
  39. GARCÍA CÁRCEL, R (2002). p. 321.
  40. LEÓN, L. De (2008), p. 10.
  41. FERNÁNDEZ DE MORATÍN, L. (2022), p. 6.
  42. FERNÁNDEZ DE MORATÍN, L. (2022), p. 5.
  43. FERNÁNDEZ DE MORATÍN, L. (2022), p. 7; GARCÍA CÁRCEL, R (2002), p. 321.
  44. FERNÁNDEZ DE MORATÍN, L. (2022), p. 8; GARCÍA CÁRCEL, R (2002), p. 318.
  45. Concilio de Trento (1563).
  46. GARCÍA CÁRCEL, R. (2002), p. 322; FERNÁNDEZ DE MORATÍN, L. (2022), p. 9.


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