María Victoria Márquez[1]
La presente ponencia expone avances de investigación sobre literatura jurídica y teológica de asuntos mercantiles circulante en Hispanoamérica coloniaUniversidad Nacional de Córdoba. El origen del planteamiento de este objeto reside en una serie de preguntas sobre las fuentes que informaban a los mismos tratantes o comerciantes coloniales y dónde se arraigaban algunos elementos comunes de su lenguaje: nociones de llevar una vida miserable y de fracaso, un alto sentido del valor moral tanto individual como de sus negocios, un fuerte sentido de pertenencia al espacio político de la monarquía y en consecuencia una alta expectativa de cierta reciprocidad por parte del gobierno, entre otros. Mientras estos elementos discursivos se configuraban en la práctica y desde la crianza misma de muchos tratantes en el seno de familias y redes mercantiles –lo que ha sido estudiado en las últimas décadas-, todavía se encuentra abierta la cuestión de las fuentes y las autoridades integradas implícitamente en estas diversas auto-representaciones del mercader. Se ha definido un pequeño conjunto, si bien algo heterogéneo, de obras que constituyen el núcleo de esta pesquisa. Entre estas se cuentan publicaciones del siglo XVII como El laberinto de comercio terrestre y naval de Juan de Hevia Bolaño (1617), Norte de la contratación de las Indias Occidentales de Joseph Veitía Linage (1672), el Tratado jurídico del contra-bando de Pedro González de Salcedo (1654). Del siglo XVIII aparecen Discurso sobre letras de cambio de José Manuel Domínguez, y Aumento del comercio con seguridad de la conciencia de Joseph María de Uría Nafarrondo (1785). Otros volúmenes que interesan, si bien de naturaleza más instrumental, son el Compendio de contratos públicos de Pedro Melgarejo (1674), y el Nuevo tratado de reduccion de monedas de Mateo Fernández de la Ferrería (1760). Otras obras que aparecen prominentemente en estos inventarios, que forman parte quizás más periférica de este trabajo son aquellas más conocidas hoy y mejor abordadas por la historiografía contemporánea, como la Theorica y practica del comercio y marina de Jerónimo de Uztáriz (1724), Restablecimiento de las fábricas, tráfico y comercio marítimo de España de Bernardo de Ulloa (1740), y las Lecciones de comercio o bien de economía civil (del napolitano Antonio Genovesi y traducido al castellano por Victorián de Villava en 1785). A esta lista, por último, se agregan algunas otras obras que se han dejado de lado por el momento en el desarrollo de esta investigación porque o bien datan del siglo XVI o bien están en latín (Summa de tratos y contratos de Fr. Tomás de Mercado, 1569); y otras que provienen de autores no ibéricos como las de Lorenzo María de Casaregis (1670-1737); Andreas Christoph Rösener (1657-1719), entre otros[2]. En base a este corpus así circunscrito[3], se propone elaborar una lectura comprensiva y centrada, por un lado, en desentrañar las representaciones del comercio y de las relaciones mercantiles, que se desprenden de estos textos; y por otro lado, en cómo estas representaciones dialogan o se articulan con las grandes narrativas organizadoras de los vínculos transatlánticos en el contexto de la monarquía española.
Interesa aquí vincular la historiografía enfocada en las prácticas del comercio y sus agentes[4], con un acervo “librario” donde conceptos como los de honor y moral informan la normativa del comercio español y colonial, y más aún, aparecen situados, contextualizados, en un entramado discursivo que hace a la construcción misma de un imaginario sobre el mundo transatlántico[5]. Las fuentes primarias identificadas más arriba tenían en principio un papel operativo, de uso práctico, estaban destinadas a proveer de los instrumentos legales y administrativos necesarios para la vida del comerciante –por ejemplo, para administrar sus negocios, para administrar la casa, y para navegar su relación con las instituciones de gobierno, principalmente la Justicia y la Hacienda–. Al mismo tiempo estas obras proveyeron de dispositivos discursivos en los que se reconoce un sujeto mercantil moderno y su lugar privilegiado en el contexto social y político de la monarquía. En otras palabras, este corpus bibliográfico, si bien heterogéneo, constituye un archivo del comerciante transatlántico, entendiendo por “archivo” una colección de saberes –en este caso letrados–, que informan y autorizan a una subjetividad y su agencia. Cuatro aspectos centrales se desprenden de la lectura crítica, global, de estas fuentes y constituyen ejes de análisis para su abordaje: la idea del comercio como comunicación, una noción del mercader como sujeto de virtud, la exégesis y justificación de nuevas tecnologías financieras, y la dimensión retórica y visual de ediciones y contenidos.
La presentación del comercio como una forma de comunicación e interacción social fue quizás la más frecuente en la modernidad temprana y supone una apropiación del ideario aristotélico-tomista que se explora y expande desde el siglo XVI. La premisa es que la actividad mercantil es por naturaleza vil y debe evitarse, pero dada la estructura económica alcanzada en el período, se había vuelto imprescindible para la supervivencia de una sociedad y así el rol social del comercio y del mercader los reviste de un valor positivo. En su Tratado jurídico-político del contra-bando González de Salcedo de 1654 es donde más extensamente se evalúan las tesis en debate sobre este punto. Al plantear su lectura desde los dilemas del trato con el extranjero, el autor anuda la comunicación como intercambio mercantil con la cuestión del lujo y la decadencia moral que produce. Así, una de las tesis encontradas en este debate propone que
[…] abundar de extraños frutos, géneros, fábricas, o drogas, aunque es lustroso fausto, produce vicios; que al paso que aumentan, destruyen con su misma actividad la república, crece con la abundancia la prodigalidad, y en su pecho se fomenta el deleyte, sirviendo de riesgo, y destruición[6].
El argumento contrario, sintentiza González de Salcedo, atribuye los efectos disolutorios del lujo y el consumo “a vicio de la naturaleza humana, no a achaque de las cosas que se gozan por la comunicación”[7] y, desde esta perspectiva se entiende que,
[…] el comercio [es], no sólo útil, pero necesario, y deducido de los principios del derecho natural, cuya seguridad afiança el de las gentes para su propagación; porque inclinados naturalmente los hombres a sociabilidad, y necesitando unos de otros, sin bastar cada individuo a su conservación, el mismo conocimiento racionatural [sic] enseñó la unión, las correspondencias, y la adquisición de lo necesario, por los medios más legítimos y ajustados que alumbraba en cada uno la luz de la razón[8].
Un argumento similar aparece, como se verá luego, en otros tratados donde la moral no es interpelada por los peligros del contrabando y el consumo suntuario sino por las múltiples maniobras crediticias que financiaban la circulación mercantil.
Una interpretación diferente de la definición de comercio como comunicación la provee el tesorero y juez de la Casa de Contratación de Sevilla, Joseph Veitía y Linage, en su muy famoso Norte de la Contratación de las Indias Occidentales (1672). Este tratado elabora una historia de la Casa de Contratación en un esfuerzo por rescatar la relevancia de esta cada vez más desdibujada institución para el sostenimiento de las aspiraciones globales de la monarquía hispana. Para el autor, el comercio implica una forma de comunicación entre individuos, territorios y mundos. Con esta imagen se hilvana un discurso que naturaliza la política económica española respecto de sus posesiones en Indias y reviste a la monarquía y a sus súbditos emprendedores de una misión trascendental de llevar este orden mercantil a los distintos rincones del Orbe. A partir de una reinterpretación del concepto del plus ultra en el marco de la competencia económica europea del siglo XVII, este tratado avanza una idea del comercio transoceánico español más allá de rol económico como un vehículo de comunicación global y como conductor de un ideario político y cristiano. El argumento también se apoya en el dispositivo visual que constituye el frontispicio de las ediciones más tempranas del Norte de la Contratación. Tanto en el texto, los paratextos y la ilustración de la portada, el autor representa al comercio ultramarino como una fuerza que conduce a la monarquía española en una odisea heroica de un mundo antiguo a la Modernidad. El fomento del comercio en la visión de Veitía y Linage viene de la mano de una noción de cambio histórico entendido como nueva época, superadora, como modernidad, que emana de las nuevas dimensiones y exigencias de la actividad mercantil ante la experiencia transatlántica/transoceánica.
En el encuadre de los vínculos entre el Viejo y el Nuevo Mundo los tratados de comercio con frecuencia presentan y erigen al mercader como una fuente y vehículo portador de una moralidad cristiana superadora, o bien de valores que podemos categorizar de “civilizatorios” expresados, por ejemplo, en términos de decencia o incluso de nobleza. Por ejemplo, el potencial nobiliario del mercader es muy comentado sobre todo en los tratados más tempranos. En el Laberinto de Comercio de Hevia Bolaños se construye y declara el valor positivo del mercader para el bien común y la necesidad de sostenerlo que tienen las entidades políticas: “el uso de los mercaderes, es util, y necessario a la Republica […] y los mercaderes y cambios, son una massa de sumo bien, y quinto elemento”[9]. Clave en esta cita es el término “necesario”, que surge muchas veces a lo largo de este tratado de Hevia Bolaños, y que da cuenta de su anclaje en la tradición iusnaturalista que regía la economía colonial. La idea de necesidad y utilidad del agente mercantil le permitía a Hevia Bolaños naturalizar ciertos argumentos, por ejemplo, que los banqueros debían ser considerados mercaderes. Vale recordar que este tratado se publicó en durante una peculiar coyuntura en el virreinato peruano cuando hubo importante actividad bancaria privada asentada en Lima[10]. También este argumento naturalizaba contratos a interés que estaban prohibidos dentro de la Península, pero que sí podían realizarse legítimamente entre los reinos de las Indias como ciertas letras de cambio.
Esa figura del agente de comercio como un sujeto esencial para el eficaz funcionamiento de la sociedad y para el engrandecimiento del proyecto espiritual de la monarquía, se va a traducir en el siglo XVIII en un discurso despersonalizado, como aparece en los proyectos y tratados de Ustariz, Ulloa y Genovesi como los citados antes. En estos ya no el comerciante, pero sí el comercio mantiene su valor como vehículo fundamental para el logro del “bien común” y para el sostenimiento de un proyecto imperial transatlántico.
La cuestión de la virtud inherente del mercader se desarrolla más detenidamente en torno a un tercer tema que se discute en estas obras, el papel de las nuevas tecnologías financieras. Uno de los núcleos temáticos comunes a las obras jurídicas y teológicas sobre comercio es la emergencia de nuevas formas de contrato que implicaban mecanismos crediticios de financiación de la actividad económica. Esta preocupación se detenía sobre todo en la realización de acuerdos entre particulares. Entre estas nuevas tecnologías financieras figuran prominentemente las letras de cambio, pero también las obligaciones a plazo y otras formas contractuales complejas como el contrato trino. Todos estos mecanismos estaban en pleno uso y circulación a ambos lados del Atlántico, más aún el análisis de las prácticas mercantiles demuestra que ya no pesaban sobre ellos los cuestionamientos teológicos medievales sobre el crédito y el interés que aparecerían categorizados bajo la insidiosa categoría de usura. No obstante, el tema sigue apareciendo llamativamente en tratados tanto del siglo XVII como algunos de fines del siglo XVIII y sobre él se elaboran argumentos extensos que apuntan a liberar estas prácticas de persistentes estigmas sociales y simbólicos.
Se suscitaba, entonces, el problema de congeniar prácticas financieras cuestionadas, sospechadas, no sólo desde una mirada teológica anquilosada para entonces, sino desde la perspectiva de un público que quedaba cada vez más ajeno respecto de estos saberes técnicos. Esta novedosa complejidad queda expresada en el título de uno de estos tratados. Por ejemplo, en la tratadística francesa e inglesa del siglo XVII en materia mercantil aparecían referencias al comercio y las finanzas como “misterios”, “oscuridades” que necesitan de una antorcha que ilumine el camino. En el caso hispano, lo vemos en el Laberinto de comercio donde el autor propone una metáfora borgiana, diríamos hoy, para ilustrar este universo: “Labyrintho, es vocablo griego, que significa una casa o carcel de tantas calles, y bueltas, que el que en el entra se pierde, sin acertar a salir por donde entró, como lo fue aquel famoso de Creta, y otros”[11]. La cuestión de la especialización profesional del mercader se ve en otros aspectos de este mismo tratado. Hevia Bolaños dedica un capítulo entero a establecer definiciones y variedades de agentes mercantiles. De esta clasificación surgen categorías alternativas como la de “negociante”, que abren la actividad por fuera del régimen corporativo y dan cuenta de la importante expansión de las relaciones mercantiles que estaba transformando el paisaje socio-económico transatlántico.
En el siglo XVIII, el tratado Aumento del comercio con seguridad de la conciencia de Uría Nafarrondo (de 1785) –que se centra en legitimar el controversial “contrato trino”– reseña las condiciones necesarias para que el comerciante mantenga su conciencia cristiana, a la vez sin obstruir la fluidez de los negocios: “el motivo de mi escritura: [es] animar a las gentes, disipar temores, favorecer al Comercio, y espantar aquel coco (si puedo hablar así) que tanto les asusta de si perderán, o no su alma por toda una eternidad”[12]. El religioso vasco, al contrario de otros de sus contemporáneos, sí se preocupa por el lugar del mercader en este mundo de transformaciones. Así, identifica una serie de prejuicios que todavía recaían sobre el mercader,
[…] aquellos dichos muy vulgares y comunes, que corren en España acerca de la frialdad que se nota en nuestro Comercio [el vasco] […] no faltan gentes, que mirando a los Comerciantes como a unos usureros públicos, y ladrones de pie quedo, los gradúan de profesión baxa, y agena de un hombre de bien[13].
Y procede a desmontarlos, de modo similar a la tratadística del siglo XVII. El presbítero reinstituye el mismo concepto redentor del valor del mercader de aquella bibliografía: “lo pésimo, y lo irremediable en el asunto es, que así se destruye aquella piedra fundamental, sin la qual no hay ni puede haber comercio vivo y floreciente. Esta es la fé pública, la buena fé del Comerciante”[14]. Este criterio se apoya luego en una analogía más atrevida que exalta la virtud mercantil y la nivela con aquella inherente calidad cristiana de la figura del propio monarca:
Las conciencias de los comerciantes en su profesión son tan delicadas como la del mas arreglado christiano: tratarlos de usureros y ladrones, es una injuria de las mas clásicas, es atreverse a poner manchas en el mismo Real Solio: hasta el mismo Rey es Comerciante: mira si es honrada esta carrera[15].
Por último, para el autor el interés está revestido de un valor positivo que pone en acción a los individuos, una acción productiva para sí y para la sociedad. La gran transformación de la modernidad se produjo, dice Uría Nafarrondo con entusiasmo, cuando la sociedad comprendió las opciones de lucro que ofrecía el crédito:
[…] no tardaron mucho en abrirse los ojos de los hombres, y en ampliar sus proyectos para los intereses. El interés fue quien les sugerió mil ideas de manejar el dinero. […] El industrioso, pero pobre de dinero, buscaba dinero con la mayor ansia: el rico, pero falto de industria, anhelaba por quien cultivase su caudal; y después que se encontraban, el uno y el otro bendecían a Dios, ganaban juntos, y estaban muy contentos y satisfechos el uno del otro[16].
Está claro que en buena parte este corpus bibliográfico ha sido trabajado desde la historia del derecho mercantil y también desde la historia del pensamiento económico. Sin embargo, como queda dicho arriba, estas obras constituyeron también un archivo del comerciante. En otras palabras, estos tratados y manuales proveían de los instrumentos retóricos y textuales que estaban a disposición de este universo mercantil para utilizar en sus propias representaciones de sí y en los marcos escriturarios de la época: en sus relaciones entre sí en cartas, en documentos intercambiados en el ámbito privado, pero también en toda su intervención en relación a las estructuras de gobierno, por ejemplo, en la justicia o en peticiones y representaciones. Esta exploración documental revela cómo obras de utilidad práctica como las estudiadas desplegaban un repertorio de representaciones y narrativas que, por un lado, reforzaban el entramado de vínculos entre la monarquía y las redes del comercio transoceánico y, por el otro, ofrecían a los agentes de este comercio las herramientas para inscribirse como sujetos útiles y virtuosos de la monarquía. En el conjunto de publicaciones de mayor circulación en el contexto colonial hispano, encontramos plasmados lenguajes, prácticas y códigos en torno a lo mercantil destinados a la regulación de la actividad misma. Más importante aún, el estudio de dicha bibliografía muestra cómo estos lenguajes y codificaciones se ofrecían también ante el lector de Antiguo Régimen como lente para interpretar la realidad transatlántica y colonial, en el sentido de contribuir a la definición de sujetos, deberes, prerrogativas y disputas de poder.
- Universidad Nacional de Córdoba.↵
- Las obras a las que nos referimos son las siguientes: DOMÍNGUEZ VICENTE, J. M. (1732). Discurso sobre… letras de cambio. Madrid: Por los Herederos de J. García Infanzón; FERNÁNDEZ DE LA FERRERÍA, M. (1760). Nuevo tratado de reduccion de monedas. Madrid: D. Gabriel Ramirez; GENOVESI, A. (1785). Lecciones de comercio, ó bien economía civil del abate Antonio Genovesi, catedrático de Náples (V. de Villaba, Trad.). Madrid: Ibarra; GONZÁLEZ DE SALCEDO, P. (1654) Tratado jurídico del contra-bando. Madrid: Diego Díaz de la Carrera; HEVIA BOLAÑOS, J. de (1617). Labyrintho del comercio terrestre y naval, donde se tratan, en forma breve y concisa, los tipos de mercancías y los métodos de contratación de tierra y mar; útil y provechoso para los mercaderes. Lima: Francisco del Canto. https://www.wdl.org/es/item/13772/; MELGAREJO, P. (1674). Compendio de contratos públicos. (Edición de 1791). Madrid: Fracisco Otero; MERCADO, T. (1569). Summa de tratos y contratos. (5ª. Ed. 1587). Sevilla: Fernando Díaz impresor; ULLOA, B. de. (1740). Restablecimiento de las fábricas y comercio español: Errores que se padecen en las causales de su cadencia, quales son los legitimos obstaculos que le destruyen y los medios eficaces de que florezca… Madrid: por Antonio Marin; URIA NAFARRONDO, J. M. de. (1785). Aumento del comercio con seguridad de la conciencia. Madrid: J. Ibarra; UZTÁRIZ, G. de. (1742). Theorica y practica de comercio, y de marina: En diferentes discursos, y calificados exemplares, que con especificas providencias, se procuran adaptar a la monarchia española, para su prompta restauracion (2. impression). Madrid: Impr. de A. Sanz; VEITIA LINAGE, J. de. (1672). Norte de la contratación de las Indias Occidentales. Sevilla: Iuan Francisco de Blas.↵
- La selección de obras se conforma en base a reconstrucciones existentes de acebos librarios y bibliotecas coloniales. FÚRLONG, G. (1944). Bibliotecas argentinas durante la dominación hispánica. Buenos Aires, Editorial Huarpes; LUQUE COLOMBRES, C. A. (1945). Libros de derecho en bibliotecas particulares cordobesas, 1573-1810. Córdoba, Imprenta de la Universidad. RÍPODAS ARDANAZ, D. (1986), “Popularidad de lo jurídico en los siglos coloniales: Un examen de la literatura de la Arquidiócesis de Charcas”. Revista de Historia de América, 101, pp. 37-64; de la misma autora (1999), “Libros, bibliotecas y lecturas”. En Nueva historia de la nación argentina: Vol. III (Academia Nacional de la Historia). Buenos Aires, Planeta, 247-279; LLAMOSAS, E. F. (2008), La literatura jurídica de Córdoba del Tucumán en el siglo XVIII. Bibliotecas corporativas y privadas. Libros ausentes. Libros prohibidos. Córdoba: Junta Provincial de Historia de Córdoba – Lerner Editora.↵
- BARRIERA, D. G., y TARRAGO, G. (2003). “Elogio de la incertidumbre. La construcción de la confianza, entre la previsión y el desamparo: Santa Fe y el Río de la Plata, siglo XVIII”. Revista de Historia, Universidad Nacional de Costa Rica, 48 (Julio-Diciembre), pp. 183-223. CAULA, E. (2014). Mercaderes de mar y tierra: Negocios, familia y poder de los vascos en el Río de la Plata. FHUMYAR Ediciones, Facultad de Humanidades y Artes, Universidad Nacional de Rosario.↵
- En este ejercicio retomamos los abordajes sobre la economía y el comercio de Antiguo Régimen presentados por CLAVERO, B. (1991). Antidora: Antropología católica de la economía moderna. Milán: Giuffrè; LE GOFF, J. (1988). Your Money or Your Life: Economy and Religion in the Middle Ages. Nueva York: Zone Books; MIT Press; (2004). Mercaderes y banqueros en la Edad Media. Madrid: Alianza Editorial. Al mismo tiempo retomamos algunas líneas de análisis que surgen del estudio de la literatura mercantil en otros espacios y temporalidades, entre ellos, VILCHES, E. (2010). New World Gold: Cultural Anxiety and Monetary Disorder in Early Modern Spain. Chicago: University of Chicago Press. TRIVELLATO, F. (2019). The promise and peril of credit: What a forgotten legend about Jews and finance tells us about the making of European commercial society. Princeton, NJ: Princeton University Press.↵
- GONZÁLEZ SALCEDO, 1654, Cap. II, p. 2v.↵
- GONZÁLEZ SALCEDO, 1654, Cap. II, p. 4v.↵
- GONZÁLEZ SALCEDO, 1654, Cap. II, p. 4v. ↵
- HEVIA BOLAÑOS, 1617, Libro I, Cap. I, párr. 23.↵
- SUÁREZ, M. (2001). Desafíos transatlánticos: mercaderes, banqueros y el estado en el Perú virreinal, 1600-1700 (Vol. 194), México, Fondo de Cultura Económica.↵
- HEVIA BOLAÑOS, Libro I, Cap. I, parr. 2.↵
- URÍA NAFARRONDO, 1785, p. 396.↵
- URÍA NAFARRONDO, 1785, pp. 390-391.↵
- URÍA NAFARRONDO, 1785, p. 392.↵
- URÍA NAFARRONDO, 1785, pp. 393-394.↵
- URÍA NAFARRONDO, 1785, pp. 529-530.↵






