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El pasage a Parma de la princesa Dorotea Sofía de Neoburgo por el Estado de Milán (1690)[1]

Una cuestión de tratamiento principesco en la monarquía de Carlos II

Alberto Bravo Martín[2]

Introducción: un matrimonio conveniente para los Farnese

El 11 de marzo de 1690 el IX conde de Fuensalida, Antonio López de Ayala († 1709), gobernador de Milán, escribía al rey Carlos II ante el probable paso de la princesa palatina Dorotea Sofía de Neoburgo por aquel estado camino de Parma tras su matrimonio con el príncipe Odoardo II Farnese (1666-1693) para que “acercándose la venida a Parma de la Princesa de Neoburg que casa con aquel Príncipe suplico a V.M. mandarme prevenir con sus reales ordenes la forma en que me deviere gobernar en la entrada de esta Princesa”[3].

En efecto, el 6 de diciembre de 1689 el duque Ranuccio II de Parma (1646-1694) había informado al rey de España del casamiento de su hijo primogénito con la hija del elector Felipe Guillermo del Palatinado-Neoburgo declarándole su deseo de “rinovarle come so le mie più umili supplicazioni dell’ambita continuazione dell’Augustissimo suo patrocinio che riverente imploro profundamente inchinato[4].

Este matrimonio, que finalmente se efectuó en abril de 1690, se enmarcaba en el llamado secondo rinascimento farnesiano que tuvo lugar durante los años de gobierno de Ranuccio II[5]. El duque de Parma, tras las veleidades belicistas pro francesas de su padre Odoardo I durante la Guerra de los Treinta Años en contra de Felipe IV, que terminaron con el secuestro de sus feudos napolitanos por parte del soberano español y un posterior acuerdo de paz en 1637[6], así como la conocida como segunda guerra de Castro (1646-1649) contra la Santa Sede, ya bajo el gobierno de Ranuccio II, que terminó con la pérdida de este territorio en favor del papado, comprendió que su pequeño ducado no podía hacer frente a los grandes ejércitos del momento, sustituyendo la tradición militar de su familia por un programa basado en la promoción de las artes, la música, el teatro y la diplomacia[7].

Giulio Sodano ha señalado como la búsqueda de un matrimonio alemán por parte del duque de Parma se relacionaba con el declive del poder del rey de España en el norte de Italia y el progresivo aumento de aquel del emperador en la zona[8]. Sin duda, la candidata idónea era una princesa del Palatinado-Neoburgo, electores desde 1685 y familia católica que había emparentado con la Casa de Austria tras el matrimonio de Leonor de Neoburgo con el emperador Leopoldo I en 1676. No obstante, el acuerdo nupcial entre ambas casas, auspiciado por los emperadores, se acabó retrasando a causa de un negocio aún más importante para el césar: el del matrimonio de otra de las hermanas de la emperatriz con Carlos II, que había quedado viudo el 12 de febrero de 1689 tras la muerte de María Luisa de Orleans.

Finalmente, tras la boda del rey de España con Mariana de Neoburgo el 28 de agosto de 1689, se pudo desatascar la situación y entregarse la mano de Dorotea Sofía al príncipe de Parma. No conviene, sin embargo, olvidar que la unión entre los Farnese y los Neoburgo también vinculaba familiarmente al duque de Parma con el rey de España quien seguía siendo en realidad el poder preponderante en Italia y del que los Farnese dependían en multitud de aspectos como los ya citados feudos en el reino de Nápoles, diversas pensiones, la investidura de Piacenza[9], o el cobro de importantes cantidades a cuenta de créditos contraídos contra la corona de España[10].

El 13 de marzo de 1690 partió rumbo de Neoburgo acompañado de un espectacular séquito de personas, caballos y carrozas el marqués piacentino Odoardo Maria Scotti di Vigevano, caballerizo mayor de Ranuccio II y su embajador para solicitar la mano de la princesa al elector del Palatinado-Neoburgo y traerla consigo a Parma. Este hizo su entrada en la corte electoral el 1 de abril siguiente, siendo recibido por el duque-elector Felipe Guillermo, la electriz Amalia de Hesse-Darmstadt y la joven princesa. Finalmente, tras la celebración religiosa y varios días de festejos y banquetes, la “Serenissima Sposa” puso rumbo a Parma el 5 de abril siguiente[11].

La búsqueda de un antecedente: el paso por Milán de la princesa de Baviera

Tras consulta del Consejo de Estado de 2 de abril de 1690 a consecuencia de la carta del conde de Fuensalida sobre cómo gobernarse ante el previsible paso de la princesa palatina por Lombardía, Carlos II resolvió que se reconociese lo que se hizo cuando “passó la Princesa de Toscana hermana del duque de Baviera y teniéndolo presente el Consejo y la circunstancia de ser Hermana de la Reyna me representará lo que entiende se debe advertir al Conde”[12].

La princesa de Toscana a la que se refiere el monarca era Violante Beatriz de Baviera (1673-1731), hermana del duque-elector Maximiliano II Manuel de Baviera, que fue desposada con el príncipe Ferdinando de’ Medici (1663-1713), primogénito del gran duque Cosimo III de Toscana. Para ello, los consejeros de Estado se remitieron a una consulta del 12 de agosto de 1688 motivada por otra carta del conde de Fuensalida del 17 de julio anterior en la que daba cuenta de que la princesa de Baviera, en su camino a Florencia, pasaría por dentro o por los confines del estado de Milán, pidiendo se dijese la forma de gobernarse en cuanto al cumplimiento y tratamiento debidos[13].

La consulta fue encabezada por el poderoso Íñigo Melchor Fernández de Velasco, condestable de Castilla, duque de Frías y mayordomo mayor del rey desde 1676[14], a quien siguieron el marqués de Astorga, el de Los Balbases, el príncipe Vincenzo Gonzaga y el marqués de Los Vélez, en su voto favorable a que el gobernador diera a esta princesa el mismo tratamiento que le dio el año anterior al príncipe de Toscana, su marido[15]. Luego, continuaba el condestable, una vez que Violante Beatriz entrase en la jurisdicción de aquel estado, había que mandarle las guardias, hacer el gasto por cuenta del rey, festejarla y agasajarla en cuanto se pudiera, en la forma debida y practicada con otras personas de su rango. El almirante de Castilla, por su parte, decía que había que remitirse a lo que ya estaba establecido sobre cómo debían los gobernadores tratar a los príncipes de Italia y que no había duda de que a la princesa había que otorgarle el mismo tratamiento que a su esposo y que, por tanto, había que pedirle a Fuensalida que diese cuenta de cómo fue el trato a Ferdinando.

El duque de Osuna, antiguo gobernador de Milán entre 1670 y 1674, se conformaba con el condestable en cuanto a los festejos y agasajos, siendo el punto dificultoso el de la “cortesía”, aunque creía que como no entraría en Milán, sino que pasaría por el estado, no sería preciso expresarle poniendo de ejemplo a María d’Este, la hija del duque de Módena desposada con el duque de York (futuro Jacobo II de Inglaterra), quien atravesó aquellas tierras de incógnito. Añadía así que las órdenes del rey para los ministros de Italia era llamar Alteza a los príncipes poseedores de casa sin alargarlo a los primogénitos. Recordaba aquí Osuna que años atrás el gobernador Ponce de León (1662-1668) dio tratamiento de Alteza Real al duque de Saboya y por ello fue desaprobado, haciéndose saber a todas partes e instituciones “que había sido sin orden de V.M.” y que no dudaba que López de Ayala habría dado de Alteza al príncipe de Toscana. El anciano consejero recordaba que siendo él virrey de Cataluña y pasando por allí el aún príncipe primogénito y futuro gran duque Cosimo III camino de Santiago de Compostela, no se vieron porque este pretendía el tratamiento de Alteza. No obstante, no dudaba que había que darle a la princesa el mismo tratamiento que al marido, por tanto, si se le dio de Alteza, Carlos II podría aceptarlo con disimulo, pero sin que fuera una orden real, sino a iniciativa del gobernador para no crear un antecedente entre el resto de los príncipes italianos. Finalmente, decía estar de acuerdo con el almirante con que se pidieran cuentas al conde de Fuensalida sobre el tratamiento al de Toscana y los motivos que tuvo para ello.

El marqués de Los Balbases, también antiguo gobernador de Milán entre 1668 y 1670, se conformaba por su parte con el condestable, añadiendo que se hiciera con la princesa lo mismo que con su marido pues no podía retirársele la cortesía, y más a una hermana del duque de Baviera, siendo necesario que cuando esta pasase cerca de aquel estado se enviara un caballero a cumplimentarla y, dentro de él, la guardia y todos los agasajos acostumbrados. El marqués de Mancera se conformaba con esto y con lo dicho por el condestable, así como con el almirante sobre pedir informe de lo que se había ejecutado con el esposo. El conde de Oropesa, por su parte, decía que se hiciera en la forma en que Ponce de León trató a Cosimo III siendo primogénito, conformándose con el condestable y los demás pareceres. El resto se conformaban con el marqués de Los Balbases. Así las cosas, Carlos II dictó:

Como parece al Consejo y lo que añade el Marqués de Los Balbases preguntándose al Conde la forma positiva en que se trató al Príncipe y los motivos de no haberlo participado con toda distinción para que se tenga presente[16].

Finalmente, el 19 de agosto siguiente el rey escribía al conde de Fuensalida:

Os ordeno deis a esta Princesa el mismo tratamiento que disteis al Príncipe de Toscana su marido enviándola a cumplimentar con un cavallero luego que se acerque a ese estado, y las guardias entrando en la jurisdicción del haciéndole agasajo y festejándola en quanto pudiereis en la forma devida y practicada con Personas de su representación[17].

Por último, se le mandaba, además, que diera cuenta, para tenerse presente en el futuro, de cómo trató al príncipe de Medici y cuáles fueron los motivos que concurrieron para ello.

El tratamiento para Dorotea Sofía de Neoburgo

Basándose pues en los ejecutado con la princesa de Baviera, el Consejo de Estado elevó una consulta al rey el 6 de abril de 1690 sobre cómo debía gobernarse el conde de Fuensalida respecto al posible paso de Dorotea Sofía de Neoburgo por tierras lombardas. Así, el condestable de Castilla, que volvía a ser la voz principal, se remitía a lo votado el 12 de agosto de 1688, si bien “los ejemplares que en ella se refieren no vienen a propósito del caso de oy por la circunstancia de ser esta Princesa hermana de la Reyna Nuestra Señora”, diciendo que se diese de Alteza a esta dama, añadiendo que antes de pasar el confín enviase persona a cumplimentarla en nombre del monarca y, una vez dentro, se le enviasen las guardas y se le hiciese el gasto y agasajo previstos en 1688, yéndola a visitar el gobernador en los lugares por los que hiciera tránsito.

El almirante de Castilla se conformó con el condestable, pero añadiendo que fuera el propio gobernador quien acudiera a cumplimentarla, aunque saliera del estado y que, una vez en la jurisdicción de Milán, estuviera también acompañada por López de Ayala. Por su parte, el duque de Osuna, siguiendo al condestable de Castilla, traía a la memoria como el rey ordenó a los jefes de la casa de la reina Mariana de Neoburgo que debían recibirla en Galicia que dieran el tratamiento de Alteza al gran maestre teutónico[18], otro de sus hermanos, que venía acompañándola desde el Imperio. El cardenal Portocarrero también se alineaba con el condestable con la particularidad que añadía el almirante por ser la princesa palatina hermana de la reina. El conde de Chinchón se conformaba también con el condestable, al igual que el marqués de Los Vélez con la añadidura que hacía Osuna.

El marqués de Mancera, también alineado con el condestable, votaba que se diera el mismo tratamiento que a la princesa de Baviera. No obstante, pese a ser esta señora hermana de la reina de España y deberse hacer con ella lo que le correspondía por su alto rango, no tenía que hacerse paridad respecto a su esposo, debiéndose “guardar las órdenes y fórmulas antiguas”. El conde de Oropesa también seguía al condestable y señalaba que era importante que se tuvieran presente “las fórmulas que han dado y deben dar en estos cumplimientos por si lo que se dispensa con unos es disminución de lo que se debe hacer con otros” ya que era necesario reservar algo para los infantes de Castilla, que siempre tuvieron una deferencia especial respecto a otros parientes del rey o la reina, por lo que recomendaba a Carlos II buscar lo que se estiló en tiempos de Felipe III con las hermanas de la reina Margarita de Austria y sus maridos.

Finalmente, el condestable se conformó con lo añadido por el conde de Oropesa y el marqués de Mancera, al igual que el conde de Chinchón y el marqués de Los Vélez. Osuna y Mancera estaban también de acuerdo con la propuesta de Oropesa de pedir los ejemplares de tiempos de Felipe III. Así las cosas, Carlos II sentenció: “Como parece al Condestable, Marqués de Mancera y Conde de Oropesa”[19].

Tras esta consulta, se escribió carta al conde de Fuensalida con fecha 13 de abril ordenándole:

Que si pasare por ese estado la embiaréis cumplimentar antes de entrar en el confín un cavallero a cuyo fin se os remite despacho con el nombre en blanco y la carta mía que ha de llevar. Luego que pise el confín embiaréis las guardas, haréis el gasto y los demás agasajos que executastéis en el año de 88 quando pasó a Florencia la Princesa de Baviera. Y en uno de los lugares del estado que hiciere tránsito la hireis a visitar dándola Alteza, sin hacer novedad con el Príncipe de Parma en el tratamiento que le huvieréis dado antes del ajuste deste casamiento[20].

Además, en esa misma fecha se pidió a Crispim Gonçálves Botelho, secretario de la parte del norte del Consejo de Estado, que “se busque todo lo que se estiló en tiempo del Sr. Rey Phelipe 3º en quanto a tratamientos con las hermanas de la Sra. Reyna Dª Margarita y con sus maridos”[21].

De manera paralela, Carlos II, tras consulta del Consejo de Estado de 25 de marzo de 1690[22], había escrito al gobernador de Milán con fecha 30 de marzo remitiéndole una carta para Ranuccio II, tras la que este envió al rey comunicándole el casamiento de su hijo, y un despacho con el nombre en blanco para que:

Elijáis persona de calidad que vaya a darle la enorabuena y se la entregue al Duque con advertencia que también ha de cumplimentar al Príncipe y si hecharen de menos que no lleve carta mía para él [Odoardo], dará a entender que no se ha dado por no haverme escrito como se le previene en el citado despacho[23].

Carlos II, como pater familias, echaban en cara al príncipe de Parma que este no le hubiera escrito de su propio puño, como sí había hecho su padre, comunicándole la feliz nueva de su casamiento con la hermana de la reina.

Conclusiones

Si bien Dorotea Sofía finalmente no atravesó el estado de Milán, ingresando en el ducado de Parma a través de los estados del duque de Módena, el debate en el Consejo de Estado sobre el tratamiento que se le debía dar refleja la importancia del código de maneras dentro de la sociedad cortesana descrito en su día por Norbert Elias[24]. También Lucién Bely en su clásica obra La société des princes, hablando de la corte de Luis XIV, señala como el tratamiento en la correspondencia era entonces objeto de gran vigilancia para evitar “empiétements de dignite”[25].

El caso de Dorotea Sofía no era solo el trato reglado para con los príncipes de Italia en el que la más mínima novedad podía alterar el equilibrio de fuerzas o el peso de aquellos potentados siempre atentos a estos ejemplares, sino que añadía la dificultad de buscar una fórmula para dignificar adecuadamente a la hermana de una reina de España, es decir, de un círculo familiar muy reducido en torno al soberano pero sin elevarla por encima de los infantes de Castilla, es decir, de los hijos de un rey.

Por último, la nueva princesa de Parma que se quedó viuda del príncipe Odoardo en 1693, tras apenas tres años de matrimonio y habiendo dado a luz a la futura reina de España Isabel Farnese (1692), se convirtió en un engranaje más de la extensa red de los Neoburgo y de su nueva casa italiana de acogida, los Farnese. Estos se valieron de sus vínculos fraternales con la reina Mariana de Neoburgo, siendo ya Dorotea Sofía duquesa de Parma como esposa del duque Francesco Farnese (1694-1727) – su antiguo cuñado con el que contrajo segundo matrimonio en 1696 – para que Carlos II les otorgase el tan deseado tratamiento de “Serenísimo” ya en el ocaso de su reinado.


  1. Este artículo se inserta dentro del proyecto Práctica de gobierno y cultura política: Europa y América en la monarquía de España, 1668-1725 [PID2019-108822GBI00/AEI/10.13039/501100011033], concedido por el Ministerio de Ciencia e Innovación (Gobierno de España).
  2. Universidad Autónoma de Madrid.
  3. Carta del conde de Fuensalida a Carlos II. Milán, 11 de marzo de 1690. Archivo General de Simancas [AGS], Estado, legajo 3858, expediente 23.
  4. Carta del duque Ranuccio II Farnese a Carlos II. Parma, 6 de diciembre de 1689. AGS, Estado, legajo 3858, expediente 9.
  5. La expresión secondo rinascimento farnesiano aparece en la obra de MARCHESI, G. (1994). Dinastia Farnese: Parma e l’Europa tra Rinascimento e Barocco, Parma, Battei; y es retomado por SODANO, G. (2017). “Una contessa palatina a Parma. Dorotea Sofia e l’irruzione delle Neuburg nella politica europea”. Cheiron, 1, pp. 128–156.
  6. El punto 7 de la paz firmada con el duque de Parma, el marqués de Leganés como gobernador del Estado de Milán, y don Francisco de Melo, como plenipotenciario para la paz en Italia de Felipe IV preveía dicha restitución. Copia de las capitulaciones con Parma en el año 1637. AGS, Estado, legajo 2021, expediente 1. Tras los ataques de Odoardo I Farnese al estado de Milán en 1635, Felipe IV decidió el secuestro de los feudos que los Farnese poseían en el reino de Nápoles, los cuales fueron devueltos tras la paz firmada en 1637 y la reconciliación con el rey de España, a excepción de Roccaguglielma, Castellammare, San Giovanni Incarico y Pico que habían sido entregados al rey Ladislao IV de Polonia en compensación de las deudas ligadas a la herencia de la reina Bona Sforza. Si bien los Farnese pudieron recomprar la mayor parte, no fue posible hacerlo con la baronía de Roccaguglielma que el rey de Polonia había entregado al duque de Neoburgo como parte de la dote para su matrimonio con su hermana Catalina Constanza Vasa, por lo que se abrió un pleito entre ambos potentados que aun continuaba sin resolverse en tiempos de Felipe V. Sobre la recompra del resto de feudos véase QUIRÓS ROSADO, R. (2017). “Diplomacia, procesos fiscales y usurpación de regalías a través de las legaciones napolitanas de la Casa de Neoburgo, 1679-1715”. En: F. GIL MARTÍNEZ y A. VILLAREAL BRASCA (coords.), Estudios sobre la corrupción en España y América (siglos XVI-XVIII), Almería, Universidad de Almería, 105-123.
  7. SODANO, 2017, 124-125.
  8. SODANO, 2017, 126-127.
  9. Los duques de Parma debían juramento de fidelidad al rey de España desde tiempos de Felipe II por el castillo de Piacenza del que recibían la investidura con el ascenso al trono de cada nuevo duque. El juramento del castellano piacentino y la entrega de dicho fuerte en tiempos de Felipe II está recogido en AGS, Estado, legajo 2021, expediente 8. Ranuccio II trató de eximirse de dicho juramento desde 1646. Carta del condestable de Castilla a Felipe IV. Milán, 19 de mayo de 1646. AGS, Estado, legajo 2021, expediente 9.
  10. Sobre los créditos del duque de Parma contra la corona de España véase BRAVO MARTÍN, A. (2023). “Resistencia provincial en la monarquía de Carlos II: el Estado de Milán, los Farnese y el feudo de Broni (1681-1687).” En: J. M. IMÍZCOZ BEUNZA; J. ESTEBAN OCHOA DE ERIBE; y A. ARTOLA RENEDO (coords.), Los entramados políticos y sociales en la España Moderna, Vitoria-Gasteiz, FEHM-CSIC, 111-123.
  11. El viaje de Dorotea Sofía y las ceremonias y festejos habidas en Neoburgo y Parma fueron recogidas por el parmesano Giuseppe Notari en la obra Descritione delle feste Fatte eseguire con Reale magnificenza nella città di Parma, i, mese di maggio di 1690 dal Serenissimo Signor Dvca Ranvccio II per le nozze del Serenissimo Principe Odoardo Farnese svuo primogenito con la Serenissima Pricipessa Dorotea Sofia Patina di Neobvrgo (Parma, per Galezzo Rosati, 1690).
  12. Consulta del Consejo de Estado. Madrid, 2 de abril de 1690. AGS, Estado, legajo 3858, expediente 22.
  13. Carta del conde de Fuensalida a Carlos II. Milán, 17 de julio de 1688. AGS, Estado, legajo 3858, expediente 6.
  14. Archivo General de Palacio [AGP], Caja 16912, expediente 1.
  15. Ferdinando de’ Medici llegó a Milán el 21 de diciembre de 1687. El príncipe de Toscana, según informaba el conde de Fuensalida tenía intención, de salir a divertirse por Italia en Carnavales siendo agasajado con grandes honores por el gobernador que le calificó como “sumamente corto de razones, el natural parece bueno y en la desemboltura nada hijo de francesa”. Carta del conde de Fuensalida a Carlos II. Milán, 4 de enero de 1688. AGS, Estado, legajo 3858, expediente 4.
  16. Consulta del Consejo de Estado. Madrid, 12 de agosto de 1688. AGS, Estado, legajo 3858, expediente 5.
  17. Despacho de Carlos II al conde de Fuensalida. Madrid, 19 de 1688. AGS, Estado, legajo 3858, expediente 7.
  18. Se trata de Luis Antonio de Neoburgo (1660-1694), gran maestre de la Orden Teutónica, además de preboste de Ellwangen, coadjutor en la arquidiócesis de Maguncia y desde el 12 de noviembre de 1691 príncipe-obispo de Worms. Acompañó a su hermana Mariana de Neoburgo a España para luego pasar a Lisboa a encontrarse con su otra hermana María Sofía Isabel de Neoburgo, reina de Portugal, y solicitar la mano de la infanta Isabel Luisa de Bragança para su hermano mayor. Posteriormente, volvió nuevamente a España siendo agasajado por Carlos II y alojándose en el Buen Retiro. Véase BAVIERA, A. de (1938). Mariana de Neoburgo, Reina de España, Madrid, Espasa-Calpe, pp. 64-65. Sobre su carrera eclesiástica se remite a CONT, A. (2018). La Chiesa dei principi. Le relazioni tra Reichskirche, dinastie sovrane tedesche e stati italiani (1688-1763), Trento, Soprintendenza per i Beni culturali. Ufficio Beni archivistici, librari e Archivio provinciale.
  19. Consulta del Consejo de Estado. Madrid, 6 de abril de 1690. AGS, Estado, legajo 3858, expediente 24.
  20. Carta de Carlos II al conde de Fuensalida. Madrid, 13 de abril de 1690. AGS, Estado, legajo 3858, expediente 27.
  21. Carlos II a Crispim Gonçálves Botelho. Madrid, 13 de abril de 1690. AGS, Estado, legajo 3858, expediente 26. Por su parte, Boltelho solicitó esta información a Antonio Carnero, conductor de embajadores, respondiéndole este que “siendo las hermanas de la Sra. Reyna Doña Margarita hijas de los Archiduques Carlos y María parece se las trataría como a los Archiduques que es de Alteza y se trató a la Sra. Archiduquesa Claudia de Insbruch últimamente y habiéndose escrito a las Sra. Archiduquesas Leonor y María Ana esposas de los Duques de Lorena y Juliers se les ha dado este tratamiento pero a sus Maridos no se les ha añadido sino el que les toca por sus estados y carácter, ni con el Duque de Baviera se ha alterado el formulario no obstante el estrecho vínculo que ha contraído por su casamiento con la Sra. Archiduquesa Dª María Antonia que es lo que puedo avisar a V.m.”. Antonio Carnero, conductor de embajadores, a Crispim Gonçálves Botelho. Madrid, 30 de abril de 1690. AGS, Estado, legajo 3858, expediente 11.
  22. Consulta del Consejo de Estado. Madrid, 25 de marzo de 1690. AGS, Estado, legajo 3858, expediente 1.
  23. Carta de Carlos II al conde de Fuensalida. Madrid, 30 de marzo de 1690. AGS, Estado, legajo 3692, expediente 15.
  24. ELIAS, N. (2017). La sociedad cortesana, México, Fondo de Cultura Económica.
  25. BÉLY, L. (2014). La société des princes. XVIe-XVIIIe siècle, Paris, Fayard.


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