Nuestros cursos:

Nuestros cursos:

La diplomacia parlamentaria
en América Latina[1]

Una herramienta estratégica
para el Poder Ejecutivo

Resumen

La diplomacia parlamentaria está sujeta a constantes transformaciones en un ecosistema mundial caracterizado por la anarquía e incertidumbre, y la existencia de instituciones internacionales, regionales políticas y económicas que buscan mayores grados de cooperación entre las unidades interactuantes en pos de alcanzar niveles de integración que traigan acuerdos mutuamente beneficiosos.

En un contexto latinoamericano que se caracteriza históricamente por ser una “zona de paz” y de “resolución pacífica de controversias”, no por ella exenta de conflictividad y amenazas, la diplomacia parlamentaria aparece como una herramienta estratégica que puede acompañar y complementar tareas del Poder Ejecutivo en materia de política exterior, abordando cuestiones que quizás a este se le dificultan por tener una agenda más rígida y una centralización de la política exterior.

¿Qué aportes puede efectuar la diplomacia parlamentaria a los vínculos del Poder Ejecutivo con otros Estados en un contexto internacional signado por la conectividad y la competitividad de intereses nacionales?

América del Sur como una zona de paz y de centralización de la política exterior

A partir del proceso democratizador de la década de los ochenta y del renacer de un nuevo proceso integrador en los años noventa, no fueron pocos los académicos que tendieron a caracterizar a la región como una zona de paz. La resolución pacífica de la mayoría de los conflictos geopolíticos regionales se había canalizado por medio de negociaciones, mediaciones, buenos oficios, recurriendo al derecho internacional. Durante el siglo xx, la cantidad de guerras y disputas disminuyó considerablemente, siendo las únicas dos guerras interestatales aquellas ocurridas entre Bolivia y Paraguay durante 1932-1935, y entre Perú y Ecuador en 1941[2]. Ello no exime a la región de conflictividades, como bien señala Holsti en su trabajo The State, War and the State of War (1996); de hecho, hubo varias controversias geopolíticas en las cuales no se descartó el uso de la fuerza, pero esto no logró efectivizarse, lo cual demostró cierta renuncia de los Estados a recurrir a la guerra como resolución de disputas.

Cabe resaltar, y no es un dato menor, como señalaba otro especialista, Arie Kacowicz, en su escrito Zones of Peace in the Third World: South America and West Africa in Comparative Perspective, que la paz predominó en América del Sur durante gran parte del siglo xx, a pesar de la ausencia de gobiernos democráticos y de los escasos vínculos económicos[3].

Los procesos de integración políticos y económicos regionales a partir de los años noventa jugaron un rol destacado en el apaciguamiento de las controversias y la potencialización de la cooperación intrarregional. Los intercambios se acrecentaron, y la zona mostró un potencial que disminuyó notablemente la conflictividad interestatal. El nuevo orden internacional signado por el fin de la confrontación entre las superpotencias y la división del mundo en esferas de influencia llegaba a su finalización, y tuvo un impacto asimétrico en varias regiones. En algunas, disminuyeron los conflictos interestatales, pero estallaron otros de índole religiosa y cultural. En América Latina, se potenció definitivamente la unión regional, fortaleciendo la cooperación en pos de mayores niveles de integración y de institucionalización que se plasmaron en nuevos regímenes económicos. La conflictividad entre unidades políticas disminuyó, pero aumentaron otras vinculadas a las amenazas transnacionales[4], tales como el crimen organizado, el lavado de activos, el terrorismo, y el narcotráfico, entre otros.

En este contexto regional de creciente integración, de resolución pacífica de controversias y de frecuente consulta al derecho internacional, ¿qué papel desempeña la diplomacia parlamentaria en América del Sur, donde el Poder Ejecutivo históricamente concentra en gran medida su manejo y ejecución? ¿Qué puede aportar la diplomacia parlamentaria a una región caracterizada por ser una zona de paz y a un mundo cada vez más conflictivo e incierto? Un primer punto que debemos desentrañar nos conduce a explicar el surgimiento de una diplomacia parlamentaria en una región distinguida por tener la mayor cantidad de sistemas presidencialistas. En la obra Presidencialismo y parlamentarismo en perspectiva comparada, de Alfred Stepan y Cindy Skach (1994), los autores sostienen la tesis de que la relación entre Poder Ejecutivo y Poder Legislativo se reduce a un sistema de independencia mutua: el Poder Legislativo tiene un mandato electoral fijo que es su propia fuente de legitimidad electoral, y el poder del jefe del Ejecutivo tiene un mandato electoral fijo que es su propia fuente de legitimidad[5]. La elección popular directa del primer mandatario le permite al Poder Ejecutivo una determinada estabilidad en términos de duración (este punto varía en función de lo que establezca cada constitución) y reforzar su posición relativa frente al Poder Legislativo con cierta independencia, a la vez que al votante le permite identificar claramente a quién está eligiendo[6], lo cual establece una línea de responsabilidad de mayor claridad con respecto a un sistema parlamentario. El presidente es, a la vez, el jefe de Estado y el jefe de Gobierno, y la responsabilidad establecida por el cargo que ocupa es clara: es quien conduce el Poder Ejecutivo, y como tal reclama el poder para sí tanto en la conformación de su gabinete y de sus ministros, como en la conducción política que le otorgó el electorado. La descripción del punto anterior nos conduce a volver sobre la segunda característica del sistema presidencial: la separación del Poder Ejecutivo del Poder Legislativo hace que el presidente no necesite de un voto de confianza del Parlamento para permanecer en el cargo y, simultáneamente, que el presidente no pueda disolver el Parlamento; es decir, ambos poderes muestran una independencia mutua. Cada cual tiene su autonomía y monopolio de acción, y su ámbito no puede ser violado por el otro. Sin embargo, como era posible un aislamiento rígido que conduciría a bloqueos permanentes, se establecieron ciertos “puntos de contacto” determinados mediante la cooperación[7] entre los distintos poderes.

Esto significa para Karl Loewenstein que dentro del sistema presidencial existe la posibilidad de desarrollar una interdependencia por coordinación; es decir, que cada detentador de poder tiene su autonomía y puede cooperar en determinados puntos de contacto[8].

En síntesis, con un sistema presidencial donde el Ejecutivo y el Legislativo están sometidos a períodos electorales fijos, a la vez que el Poder Ejecutivo no está sujeto a un voto de confianza del Legislativo y viceversa, puede potenciarse cierta rigidez en el sistema. Aunque parece a simple vista ser una ventaja para el presidencialismo, la configuración de un poder fuerte y la reducción de la impredecibilidad también pueden generar ciertos obstruccionismos en la relación entre ambos poderes, si la mayoría que conduce el Ejecutivo no es la misma del Legislativo. Por esta razón, como bien propone Loewenstein, se puede desarrollar cierta autonomía de las unidades interactuantes, pero debe haber puntos de cooperación en áreas sensibles puntuales, donde una de ellas podría ser la esfera de la política exterior, aunque puede ser una tarea por demás compleja en un sistema presidencial con una fuerte concentración del poder en un Ejecutivo unipersonal. Aquí entran en juego dos factores. Por un lado, los presidentes son, en esencia, las unidades últimas de decisión[9], y, por otro lado, en función del factor anterior, tienen un poder de confección de la agenda de política exterior. La concentración del proceso de toma de decisiones en política exterior no implica que no haya otros actores que tengan intereses y busquen tener cierta proyección. Así nos encontramos con actores gubernamentales externos, y los no gubernamentales tanto del país como del exterior, quienes participan en el proceso decisorio ejerciendo influencia a través de distintos mecanismos, aunque no actúan como decisores[10]. De lo expuesto brevemente hasta aquí, se observa una fuerte concentración del dominio en el ámbito del Ejecutivo, dada por una conjunción de variables que le otorgan un poder constitucional y una vigorosa dinámica en la confección de la agenda de política exterior, que se traduce en un número reducido de actores y decisores. Es un esquema acotado, donde los espacios de poder se encuentran reducidos, con un proceso que dinamiza la estructura y en la cual aparecen actores que buscan tener influencia, pero no son decisores.

Hace un tiempo atrás, comencé frecuentemente a escribir sobre la potencialidad de la diplomacia parlamentaria como herramienta estratégica y el valor de la pluralidad representativa, a la vez que asocié esta actividad a la complementación y cercanía de tareas con el Poder Ejecutivo, donde sostuve que la diplomacia parlamentaria no implica una mirada antagónica del Poder Ejecutivo, sino que es una perspectiva complementaria que puede coadyuvar a la consecución de objetivos políticos y económicos esenciales para el interés del Estado[11]. Esta idea de complementariedad parte de una tesis que planteé en algunos escritos académicos y en algunas notas de opinión en diversos medios de comunicación, relacionada a la idea de que la diplomacia parlamentaria pueda actuar en temas trascendentales para el interés nacional estratégicamente en forma previa al Poder Ejecutivo nacional, es decir, que haya una instancia en la que se pueda iniciar un diálogo constructivo con otros Estados u organismos, el cual podría ser continuado y concluido por el Ejecutivo[12]. Paso a continuación a delinear una definición conceptual del término “diplomacia parlamentaria” y sus características generales, a la vez que expongo los constructos teóricos anteriores en un estudio de caso que hace mención del litigio que tiene Argentina con el Reino Unido por las Islas Malvinas.

La diplomacia parlamentaria y sus características

Hace unos años, varios Congresos sudamericanos publicaron algunas definiciones sobre diplomacia parlamentaria, retomando dos trabajos de las Corte españolas. El primero nos remite a Piedad García Escudero Márquez (2008), en su artículo titulado “Diplomacia y cooperación parlamentarias: las cortes generales”. Y también encontramos la obra de Miguel Ángel Giménez Martínez (2014), Los inicios de la diplomacia parlamentaria en España durante la Legislatura Constituyente (1977-1979). Desde mi perspectiva, nos equivocamos al citar ambos trabajos como referentes de diplomacia parlamentaria, ya que, en el caso de Escudero Márquez, la definición está pensada para un sistema parlamentario y no presidencial, a la vez que se refiere en su connotación a palabras tales como “definición” y “ejecución”, que son prácticamente áreas de exclusividad del Poder Ejecutivo. En el caso de Giménez Martínez, si bien la definición parece más completa, aún persiste la falencia de no aclarar el alcance de la diplomacia parlamentaria en cuanto a sus técnicas o formas.

Creo que una definición un poco más matizada sobre la diplomacia parlamentaria debería incluir una serie de elementos, a saber: el formalismo de la estructura organizacional (que si bien se alude a él no está explícito en la definición), las técnicas o formas de diplomacia parlamentaria propias de cada Parlamento, así como el acompañamiento en la inserción internacional propuesta por el Poder Ejecutivo nacional, aunque también puede tener un margen en la confección de una agenda parlamentaria propia. De esta manera, podríamos definir a la diplomacia parlamentaria en los siguientes términos:

Complejo organizacional parlamentario formal en cuanto a su estructura decisoria e informal en relación a su metodología de abordaje que comprende competencias constitucionales y tareas de control propias del par-lamento, que incluyen las tareas de la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto, las actividades de los presidentes de cámara, los Grupos Parlamentarios de Amistad (GPA) y la interacción de los parlamentos nacionales con foros parlamentarios formales e informales regionales e internacionales confeccionando una agenda en materia de diplomacia parlamentaria propia pero acompañando y complementando la inserción internacional del Poder Ejecutivo[13]

La primera parte de la definición nos ayuda a comprender que la diplomacia parlamentaria es más compleja que las competencias constitucionales que en el caso argentino están asignadas por el artículo 75, incisos 22 y 24. “El complejo organizacional parlamentario” formal supone una estructura decisoria burocrática, donde las decisiones son tomadas por un pequeño grupo en detrimento de una estructura de tipo mecanicista. “La informalidad”, en relación con su forma de abordaje, remite a una de sus características descriptivas, que permite un diálogo más ameno entre legisladores y un acercamiento mayor para la solución de problemáticas. “Las tareas de control” sobre el Poder Ejecutivo se refieren a una potestad propia del Congreso que le permite cierta intervención en materia de política exterior, en el sentido de que la diplomacia clásica debe rendir cuentas de su accionar ante el Legislativo, a la vez que dentro de este poder haya instancias de control en relación con los proyectos que pueda enviar el Ejecutivo.

Las tareas de la “Comisión de Relaciones Exteriores y Culto, las actividades de los presidentes de cámara, los Grupos Parlamentarios de Amistad (GPA) y la interacción de los parlamentos nacionales con foros parlamentarios formales e informales regionales e internacionales” se refieren a lo que se conoce con el nombre de técnicas o formas (bajo la visión española), y en América Latina en general como expresiones de la diplomacia parlamentaria. Si bien en el caso argentino no hay denominación específica detallada hasta el momento, la forma de interactuar del Congreso en materia de política exterior suele hacerlo bajo estos formatos. Por último, confeccionando “una agenda en materia de diplomacia parlamentaria propia, pero acompañando y complementando la inserción internacional del Poder Ejecutivo”, nos proyecta un Parlamento activo en materia de política exterior capaz de acompañar la inserción internacional del Poder Ejecutivo, pero teniendo una agenda con cierta autonomía en materia de relaciones internacionales, que incluyen aspectos de cooperación entre parlamentos y parlamentarios. La construcción de la agenda posibilita el trazado de relaciones virtuosas internacionales con una multiplicidad de actores domésticos e internacionales, pero que no pueden sustituir o ir en contra de los lineamientos establecidos por la diplomacia clásica bajo una forma de gobierno presidencial.

Estos elementos que describí, y que son parte de la definición conceptual, implican que esta se amplíe con elementos propios y esenciales de nuestras prácticas históricas parlamentarias en materia de política exterior. Ello significa que, por más que haya sustratos en común en América Latina respaldados sobre formas de gobierno presidenciales, en donde el Ejecutivo prevalece sobre el Legislativo, en política exterior suele haber matices, y el Congreso tiene potestades específicas en materia de relaciones internacionales, es decir, en este sentido, y siguiendo esta línea argumental, “existirían presidentes con gran influencia y parlamentos que actúen en cierto grado en el proceso de toma de decisión”[14], o quizás, como bien sostenía Loewenstein, se puede desplegar una interdependencia por coordinación, donde cada uno de los actores goza de autonomía, y buscar un acercamiento en cuestiones en común.

Capacidad de adaptación a diversos entornos (contexto)

La diplomacia parlamentaria muestra una capacidad de permeabilidad a diversos contextos en sus vínculos con otros parlamentos, así como organismos regionales e internacionales, mediante la combinación con un entorno distendido que la mayoría de los autores en la disciplina vinculan con la informalidad. Pero no es la unión con esta última solamente, sino el vínculo con la pluralidad representativa, es decir, la interacción entre las tres variables la que hace posible la configuración de un entorno más permeable y, en todo caso, más flexible. La potencialidad de esta característica ha sido poco explorada aún, pero sin lugar a duda puede constituirse en un elemento significativo para este campo de investigación, que todavía se encuentra en una etapa exploratorio-descriptiva.

Instancia previa de diálogo al Poder Ejecutivo

En este punto, refuerzo la tesis que vengo sosteniendo en varios escritos relacionada con la idea de que la diplomacia parlamentaria pueda actuar en temas trascendentales para el interés nacional estratégicamente en forma previa al Poder Ejecutivo Nacional, es decir, que haya una instancia en la cual se pueda iniciar un diálogo constructivo con otros Estados u organismos, el cual luego podría ser continuado y concluido por el Ejecutivo[15].

Para ello, es fundamental la construcción de un plan de acción y de consensos transversales sobre temas de interés nacional. En el caso de Malvinas, si bien aún permanece la controversia sin resolver con una hipótesis de conflicto latente, la diplomacia parlamentaria ayudó a potenciar el diálogo en momentos de tensión o conflictivos, y promovió iniciativas propias como la “Declaración de Ushuaia” y la confección de una agenda con cierta autonomía en el tema en los últimos años.

Informalidad en su metodología

La informalidad y lo distendido del diálogo entre legisladores configuran una proximidad y cercanía que posibilita la construcción de confianza mediante el planteo de problemáticas e inquietudes. Esto no sería posible sino por una adaptación de los legisladores al entorno y la posibilidad de acercamiento a través de un diálogo informal constructivo que ayuda a una aproximación a las problemáticas. Es una metodología novedosa que permite un primer acercamiento informal entre los parlamentos para buscar un canal de diálogo común, que se asienta sobre el intercambio de experiencias, de ideas y la búsqueda de soluciones a los eventuales conflictos de intereses que se puedan suscitar[16].

Creo que en este caso la capacidad de adaptación potencia cierta informalidad que se manifiesta en la construcción de un diálogo diferente. Aquí debemos aclarar que la informalidad no hace mención de que los actos carezcan de un protocolo, no estén institucionalizados o no posean cierta oficialidad. Las actividades de diplomacia parlamentaria propiamente dichas tienen un carácter oficial o institucional, con mandato o autorización de las cámaras parlamentarias, y deben mantener coherencia y coordinación respecto de la diplomacia tradicional[17].

Complementación de tareas del Poder Ejecutivo

El último punto de la cita de Burgos y Riffo es clave para interpretar el accionar de la diplomacia parlamentaria en los últimos años. Como bien sostuve en la definición del término, las actividades y acciones del Legislativo en materia de política exterior no pueden sustituir los lineamientos del Ejecutivo ni confrontar con ellos. Sin embargo, hay discrepancias en este punto. Están aquellos que sostienen que la diplomacia parlamentaria debe acompañar los lineamientos del Poder Ejecutivo y, por otro lado, los que sostienen que el Legislativo no necesariamente debe ensamblarse en las políticas del Ejecutivo.

Por mi parte, pienso que la diplomacia parlamentaria debe complementar las acciones del Ejecutivo y no puede ir en contra de los lineamientos generales de política exterior, así como tampoco promover un accionar que se contraponga con este; sin embargo, en este marco puede confeccionar una agenda parlamentaria que incluya elementos de cooperación, así como cuestiones que hacen a las relaciones internacionales.

Control sobre el Poder Ejecutivo

Esta característica no solo alude a las tareas propias del Legislativo en materia parlamentaria relacionadas con el control sobre los tratados internacionales; en el caso argentino, el Congreso es el encargado de aprobar o desechar acuerdos, y cada comisión tiene la potestad (dada por áreas de temas) de citar funcionarios del gobierno nacional para que puedan brindar información o dar cuenta de alguna situación problemática.

En este sentido, la interpelación es un recurso del Legislativo frente al Ejecutivo. Sin embargo, el control tiene otra connotación, además de las brindadas con anterioridad. La jurisprudencia nos remite a un acuerdo entre el gobierno de la República Argentina y el gobierno de la República de Chile para precisar la zona limítrofe entre el monte Fitz Roy y el cerro Daudet en la década del noventa.

El Poder Ejecutivo envió el proyecto al Congreso para someter a consideración la firma del acuerdo con Chile. La comisión parlamentaria que intervino en la Cámara de Diputados fue la de Relaciones Exteriores y Defensa. En el seno se planteó un debate que se tornó público acerca de un texto enviado por el Poder Ejecutivo que cedía a Chile una zona rica en recursos naturales. El estado que tomó la cuestión en la opinión pública nacional obligó a emitir un dictamen que sostenía que el Poder Ejecutivo debía retirar el proyecto del acuerdo con Chile. Finalmente se retiró y el Ejecutivo negoció un nuevo acuerdo limítrofe que se firmó en Buenos Aires. La situación nos inclina a reflexionar que podría aceptarse que hubiera existido, entre la conclusión y la firma, un eventual espacio procesal para control previo, como si fuera un diagnóstico preventivo[18].

Este control previo favorece funciones de control parlamentario, y el rol del Congreso en temas esenciales que hacen a las relaciones diplomáticas parlamentarias.

En el caso argentino, debe decirse que el crecimiento de la diplomacia parlamentaria no solo está asociado a transformaciones hacia el interior de la unidad política por parte de actores con diversos intereses que buscan incrementar su participación. Los canales múltiples que conectan a las sociedades en un mundo interdependiente y transnacional llevan al Estado a vincularse en diversos niveles con una agenda amplia, que incluye desde temas de la alta política (diplomático-estratégicos) hasta lo que se considera la baja política (cuestiones políticas, económicas, sociales, tecnológicas o medioambientales).

En el caso argentino, la diplomacia parlamentaria institucionalizó su participación en política exterior a partir de la reforma constitucional de 1994, a través de su artículo 75, incisos 22 y 24, que incorporan la potestad del Congreso de “aprobar o desechar” tratados concluidos con otras naciones, a la vez que permiten al Parlamento controlar los tratados de integración. Cabe aclarar en este punto que, en el caso de la Honorable Cámara de Senadores, constan dos resoluciones. La primera data del 15/12/1983 – (DR-8/83), y hace referencia a la incorporación al reglamento de la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto de “Relaciones Internacionales Parlamentarias” mediante el artículo 61 bis[19]. La otra resolución fue aprobada el 2/2/1995 – (DR-21/95), allí se incorpora al reglamento “agrupaciones de parlamentarios argentinos de amistad” con parlamentos de otros países[20]. Ambas incorporaciones, hoy conocidas como técnicas, formas o expresiones de diplomacia parlamentaria, fueron realizadas con anterioridad a su institucionalización. Por ejemplo, la visita de una delegación de parlamentarios argentinos al Reino Unido en el año 1986. Es claro, por lo tanto, que en el caso de la Cámara de Senadores hizo diplomacia parlamentaria a través de diversas técnicas o formas pero que en ese momento no caían bajo esta denominación que hoy conocemos.

Volviendo sobre lo planteado al inicio, la diplomacia parlamentaria en relación con el tema Malvinas mostró algunas singularidades. La más notable es aquella que nos habla en el año 2012 –en pleno pico de tensión con el Reino Unido por el envío de un submarino nuclear a las Islas y una retórica agresiva que tilda, según el exprimer ministro David Cameron, de “colonialistas” a los argentinos– de una iniciativa que emana del Congreso conocida como la “Declaración de Ushuaia”, un proyecto de declaración conjunto entre el Senado de la Nación y la Honorable Cámara de Diputados a través de sus respectivas comisiones, donde se reivindica la resolución pacífica de la disputa, la soberanía sobre las Islas Malvinas y su constante militarización, que gozó de una fuerte representación política y la comunión fraternal en pos de la defensa del interés nacional[21]. Aquí el elemento que se destaca es la concentración de la agenda de Malvinas en el Poder Legislativo, que de manera activa se comprometió en la divulgación de la problemática, tanto en foros internacionales como regionales, donde los legisladores, fueran de la representación política que fueran, realizaban sus visitas con dos herramientas: la Constitución nacional y la declaración de Ushuaia.

Otro elemento innovador, a partir del año 2016, es la creación del GPA argentino-británico, que concentró una agenda activa en materia de Malvinas complementando tareas del Poder Ejecutivo, llevando cierta reciprocidad en el vínculo bilateral y una agenda amplia y plural, que significó no solo la visita de parlamentarios argentinos al Reino Unido, sino de funcionarios de diversos niveles y una agenda signada por temas de cooperación en materia de seguridad y defensa, sobre el G20, acerca de cultura y educación, respecto de la OCDE y asuntos del Atlántico Sur, entre otros.

Reflexiones finales

La diplomacia parlamentaria se nos presenta como una herramienta útil que puede ayudarnos a complementar tareas del Poder Ejecutivo, en una región que se presenta históricamente como una zona de paz y que ha resuelto gran parte de sus disputas recurriendo al derecho internacional. Ahora bien, que la región se presente en estos términos no quiere decir que no estemos exentos de conflictividad o de amenazas transnacionales.

En un contexto que se caracteriza por la incertidumbre, es decir, por la falta de previsibilidad e indeterminación, por la falta de capacidad para determinar a priori el resultado de los procesos políticos internacionales, por la interdependencia, donde los efectos y acontecimientos que parecen lejanos y con poca incidencia en nuestros procesos políticos se hacen sentir cada vez más cercanos y familiares, que potencia un mundo donde los conflictos interestatales y no tradicionales proliferan cada vez más, necesitamos de nuevas herramientas y enfoques que nos ayuden a matizar esta conflictividad y a alcanzar los intereses nacionales. Desde este punto de vista, la diplomacia parlamentaria puede ser una herramienta en la medida en que muestre un diálogo informal constructivo entre los actores involucrados en los múltiples canales que conectan las sociedades. Hoy en día la complejidad que nos atañe en un mundo cada vez más globalizado pero inseguro nos obliga a pensar nuevas estrategias de relacionamiento entre los actores que permitan cierta flexibilidad en los procesos de negociación, permeabilidad a diversos contextos en sus vínculos con otros parlamentos y poderes, y eso no puede lograrse en un entorno rígido o con una agenda de temas cerrada, sino en un contexto distendido que la mayoría de los autores en la disciplina vinculan con la informalidad. Por supuesto que esto no puede pensarse sin un Poder Ejecutivo, ya que la política exterior regional está caracterizada por un sistema presidencial que concentra su elaboración, conducción y ejecución, además de variables de índole histórica, como fuerte personalismo en la conducción y una sólida capacidad de confección de agenda de política exterior.

Todas estas variables deben ser contempladas a la hora de analizar la política exterior de cada país, con su respectiva historia que los une. Una de las estrategias a implementar, que desarrollamos en algunas investigaciones, se refiere a que la diplomacia parlamentaria pudiera participar del proceso negociador, teniendo contactos en multiniveles con diversos actores previamente a la negociación que lleve a cabo la política exterior del Ejecutivo. Ello podría aportar un diálogo informal pero constructivo y necesario donde se comience a construir lo esencial en todo vínculo de reciprocidad: la confianza. Lleva mucho tiempo poder construirla, y muy poco tiempo y malas decisiones destruirla.

Repensemos las relaciones internacionales desde una diplomacia parlamentaria que nos aporte algo distinto e innovador que permita vincularnos desde otra perspectiva.

Referencias

Burgos, M. y Riffo, J. (2014). Diplomacia Parlamentaria. Senado de Chile.

García, M. (2009). Presidentes y Parlamentos: ¿quién controla la actividad legislativa en América Latina? Madrid: Centro de Investigaciones Sociológicas.

Giménez, M. (2014). Los inicios de la diplomacia parlamentaria en España durante la Legislatura Constituyente (1977-1979). En Serie V. Historia Contemporánea. Madrid UNED.

Holsti, H. (1996). The State, War and the State of War. Cambridge: Cambridge University Press.

Kacowicz, A. (1998). Zones of Peace in the Third World: South America and West Africa in Comparative Perspective. Albany: State University of New York Press.

Linares, S. (2008). Tratado de Interpretación Constitucional: Homenaje a Karl Loewenstein. Colaboración de Antonio Castagno. Editorial Abeledo Perrot.

Loewenstein, K. (1986). Teoría de la Constitución. Barcelona: Ariel.

Russell, R. (1988). Política exterior y toma de decisiones en América Latina. Grupo Editor Latinoamericano (GEL).

Salimena, G. (2020). Pensar las relaciones internacionales desde la diplomacia parlamentaria. En Colotta, M. y Lascano y Vedia, J. (Comps.). Contrapuntos para comprender las relaciones internacionales. Buenos Aires: Teseo.

Salimena, G. (2022). La contribución de la diplomacia parlamentaria al Derecho Internacional Humanitario. El caso de Malvinas y el ADN de los caídos. Revista de Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional de La Plata, vol. 31, n.º 63.

Stepan, A. (1994). Presidencialismo y parlamentarismo en perspectiva comparada. En Linz, J. y Valenzuela, A. (Comps.). La crisis del presidencialismo. Madrid: Alianza Editorial.

Tokatlian, J. G. y Merke, F. (2014). Instituciones y actores de la política exterior como política pública. En Acuña, C. (Comp.). Dilemas del Estado argentino. Editorial Siglo xxi.

Villegas, J. (2008). Aportes para una mejora en la calidad institucional. Historia del Reglamento del Honorable Senado de la Nación. Buenos Aires: Instituto Federal de Estudios Parlamentarios (IFEP).

Páginas web

Zona Militar, en https://tinyurl.com/yuvvdtea.


  1. El título del presente artículo académico llevado a cabo para el Honorable Congreso de Perú fue extraído de mi tesis doctoral, investigaciones posdoctorales y publicaciones académicas y en medios periodísticos argentinos.
  2. Holsti, Kalevi J. (1996). The State, War and the State of War. Cambridge: Cambridge University Press, p. 154.
  3. Kacowicz, Arie M. (1998). Zones of Peace in the Third World: South America and West Africa in Comparative Perspective. Albany: State of New York Press.
  4. Adquirieron esta denominación a partir de la década del noventa por parte de Naciones Unidas.
  5. Stepan, Skach C. (1994). “Presidencialismo y parlamentarismo en perspectiva comparada”. En Linz, J. y Valenzuela, A. (Comps.). Las crisis del presidencialismo, perspectivas comparadas. Alianza Editorial, p. 188.
  6. Linz, J. y Valenzuela, A. (1994). Las crisis del presidencialismo, perspectivas comparadas. Alianza Editorial, p. 41.
  7. Loewenstein, Karl (1986). Teoría de la Constitución. Barcelona: Ariel, pp. 43-44.
  8. Loewenstein, Karl (1986). Op. cit., p. 44.
  9. Tokatlian, J. G. y Merke, F. (2014). “Instituciones y actores de la política exterior como política pública”. En Acuña, C. (Comp.). Dilemas del Estado argentino. Política exterior, económica y de infraestructura en el siglo xxi. Editorial Siglo xxi, pp. 253-254.
  10. Russell, R. (1988). Política exterior y toma de decisiones en América Latina. Grupo Editor Latinoamericano (GEL), p. 256.
  11. Salimena, G. (2020). “Pensar las relaciones internacionales desde la diplomacia parlamentaria”. En Colotta, M. y Lascano y Vedia, J. (Comps.). Contrapuntos para comprender las relaciones internacionales. Buenos Aires: Teseo, p. 266.
  12. Salimena, G. (2020). Op. cit., p. 279.
  13. Salimena, G. (2022). “La contribución de la diplomacia parlamentaria al Derecho Internacional Humanitario. El caso de Malvinas y el ADN de los caídos”. Revista de Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional de La Plata, Vol. 31, N.° 63, p. 11.
  14. García Montero, M. (2009). Presidentes y Parlamentos: ¿quién controla la actividad legislativa en América Latina? Madrid: Centro de Investigaciones Sociológicas, p. 37.
  15. Salimena, G. (2020). Op. cit., p. 279.
  16. Giménez Martínez, M. A. (2014). “Los inicios de la diplomacia parlamentaria en España durante la Legislatura Constituyente (1977-1979)”. Serie V. Historia Contemporánea, p. 406.
  17. Burgos, Quezada, M. y Riffo Muñoz, J. (2014). Diplomacia parlamentaria. Senado de Chile, p. 54.
  18. Linares Quintana, S. V. (2008). Tratado de Interpretación Constitucional Homenaje a Karl Loewenstein. Colaboración de Antonio Castagno. Editorial Abeledo Perrot, p. 1636.
  19. Pitt Villegas, J. (2008). Aportes para una mejora en la calidad institucional. Historia del Reglamento del Honorable Senado de la Nación. Buenos Aires: Instituto Federal de Estudios Parlamentarios (IFEP), p. 206.
  20. Pitt Villegas, Julio. Op. cit., p. 206.
  21. https://www.zona-militar.com/2021/07/25/la-diplomacia-parlamentaria-como-herramienta-estrategica-para-el-poder-ejecutivo-el-caso-malvinas-y-la-defesa-nacional/.


Deja un comentario