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Más allá y más acá de Argentina, 1985[1]

Lo que la película no cuenta sobre el Movimiento de Derechos Humanos detrás del Juicio a las Juntas

Marianela Scocco[2]

Introducción

La aparición en 2022 de la película Argentina, 1985, dirigida por Santiago Mitre, puso en agenda un tema ampliamente revisitado pero que siempre genera nuevas interpretaciones: el tema de la violación a los derechos humanos de la última dictadura militar (1976-1983) y su juzgamiento. El objetivo de esta ponencia no es realizar un análisis exhaustivo del film,[3] sino cuestionar –a partir de la Historia Oral– dos visiones generalizadas sobre el Juicio a las Juntas y la política de juzgamiento de Raúl Alfonsín, que la película consagra.

La primera se encuentra explícita en la película y se trata de la presentación del fiscal Julio Cesar Strassera armando, prácticamente él solo, todo lo referido a la denominada Causa 13, la estrategia de probar el plan sistemático de represión en todo el país y la reunión de las pruebas. La segunda refiere a la visión de los integrantes del Movimiento de Derechos Humanos (MDH) respecto a la idea de una claudicación ética del presidente Alfonsín, ante las amenazas de los militares rebeldes conocidos como “carapintadas”,[4] con la sanción de las leyes de impunidad. Ninguna de las dos contempla el plan original de juzgamiento del gobierno, ni el punto 30 de la sentencia del Juicio a las Juntas que permitió ampliar el círculo de responsables.

La película, además, no reconoce toda la lucha y el trabajo anterior de los organismos de derechos humanos, ni de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep) después. Por eso, en esta ponencia me interesa ahondar en la complejidad de este tema durante el gobierno de Alfonsín, desde la perspectiva del MDH en la ciudad de Rosario.

La investigación y juzgamiento a las Fuerzas Armadas

Desde aquel histórico Juicio a las Juntas hasta la actualidad, se ha arribado a consensos sociales que establecieron algún tipo de castigo. No obstante, incluso desde mucho antes, se ha debatido sobre qué tipo de justicia se pudo y/o puede aplicar a crímenes de tal magnitud, lo que ha variado en las distintas coyunturas. En este sentido, la política de juzgamiento penal que caracterizó la etapa de la transición a la democracia no fue la diseñada por el Poder Ejecutivo, sino que fue la consecuencia de la articulación de un conjunto de estrategias implementadas por los distintos actores en juego y uno de los protagonistas fue el MDH. La centralidad que había adquirido, con su gran capacidad de movilización, hizo posible la derogación de la Ley de Autoamnistía, dio lugar a que el tema de las violaciones a los derechos humanos no se cerrara como pretendían las Fuerzas Armadas (FFAA) y forzó a que se encuadraran en algún tipo de castigo (Acuña y Smulovitz, 1991).

De un conjunto de medidas que Alfonsín tomó los primeros días de su gobierno, la mayoría estaba orientada a garantizar la investigación de los crímenes de la dictadura y su juzgamiento. Entre ellas, anunció la formación de la Conadep, que sería la encargada de realizar la investigación sobre los crímenes cometidos por la dictadura.

El 30 de mayo de 1984 se dio a conocer la conformación de la delegación Santa Fe de la Conadep mediante una conferencia de prensa realizada en el Centro Cultural Bernardino Rivadavia (CCBR). Durante meses la delegación convocó a dar testimonio e información en el CCBR a aquellos y aquellas que conocieran o hubieran sufrido algún caso de detención-desaparición, incluso “(…) a quienes hayan actuado, con cualquier grado de participación, en la detención de personas”.[5] Los testimonios eran tomados principalmente por la reconocida abogada Delia Rodríguez Araya, quien había creado junto a otros y otras militantes la Comisión de Acción Jurídica de Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas y de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH). Ambas organizaciones se habían creado en Rosario durante los primeros años de la dictadura militar.[6]

El 20 de septiembre de 1984 fue entregado el resultado al presidente Alfonsín. En Rosario, la convocatoria en apoyo de la entrega del informe fue en la Plaza Pinasco, en frente del CCBR, donde se habían recibido los testimonios y denuncias. El acto fue convocado por los organismos de derechos humanos y partidos políticos de la ciudad. Los diarios locales destacaron que, dentro del listado de 1.300 oficiales y suboficiales de las FFAA seriamente comprometidos en la represión, listado que finalmente no fue publicado con el informe, se encontraban de nuestra zona Ramón Díaz Bessone, Leopoldo Galtieri, Luciano Jáuregui y Agustín Feced.[7] Muchos de los casos documentados por la Conadep local formaron parte luego del Juicio a las Juntas.

Así, la Causa 13, originariamente instruida por el Consejo Supremo de las FFAA con el N° 13/84, finalmente desembocó en el histórico Juicio a las Juntas Militares, que comenzó en abril de 1985 y ahora es recordado en la película Argentina, 1985.[8] Fue iniciado por la Cámara Federal contra los comandantes de las tres primeras Juntas y estuvo basado en las investigaciones de la Conadep. Matilde Bruera, otra reconocida abogada defensista de Rosario, respecto al Juicio recuerda:

El Juicio no hubiera sido posible sin los organismos de derechos humanos. El único registro de las denuncias y los casos que existía era el de los organismos. El informe Conadep fue hecho en base a ello y se fue ampliando y el Juicio también. Hubo muchos integrantes de los organismos que trabajaron para Conadep, algunos rentados y otros ad honorem. Tengo muy presente eso, porque se trabajó mucho para armar los casos y llevarlos. Me tocó acompañar a varios organismos a entrevistas con Strassera y a llevar carpetas (Matilde Bruera, comunicación por redes, 16/10/2022).

En primera instancia, el juicio significó un éxito de la movilización social que había llevado a cabo el MDH y, al mismo tiempo, causó fracturas diversas. Ya que dispuso un trámite abreviado y una reducción de casos; no se abordó la violencia estatal anterior a 1976 y la estrategia de la fiscalía se construyó sobre la imputación de determinados delitos y no sobre la noción de crímenes de lesa humanidad (Alonso, 2013). De esta forma, siguiendo a Bruera:

La estrategia también fue propuesta por los organismos y sus abogados u abogadas. (…) [Los integrantes del equipo de la fiscalía] iban a cada lugar y eran recibidos por los organismos de derechos humanos y estos eran los que les traían los testigos, las informaciones y a su vez los acompañaban a algún lugar. Recuerdo mucho cuando se recibió a Strassera en el local de Familiares en Rosario (Matilde Bruera, comunicación por redes, 16/10/2022).

Este testimonio cuestiona la primera visión popularizada sobre el Juicio a las Juntas que enunciábamos en la introducción y que Argentina, 1985 consagra. Aquella que muestra al fiscal Strassera armando la estrategia de probar el plan sistemático de represión en todo el país y reuniendo las pruebas y que omite el trabajo realizado por los organismos de derechos humanos y entregado a la Conadep en los años previos, así como todo el apoyo brindado por estos en los preludios del propio Juicio.

La construcción de la impunidad

En el plano judicial, la política de juzgamiento penal sobre las violaciones a los derechos humanos que caracterizó esta etapa -desde las primeras medidas del nuevo gobierno hasta el Juicio a las Juntas- no fue la diseñada por el Poder Ejecutivo.

El proyecto de justicia que tenían Alfonsín y su equipo, incluso antes de asumir, había consistido, en primer lugar, en un intento de autodepuración de las FFAA, que fracasó inmediatamente, con la decisión de la justicia militar que calificó de “inobjetables” las órdenes de las Juntas. Luego, lo que se pretendió con el Juicio a las Juntas no fue una revisión general de todos los crímenes sino sobre una determinada cantidad de casos y delitos. Además, el proyecto pretendía distinguir niveles de responsabilidad para sancionar a los jefes máximos.[9]

De acuerdo a esto último, el intento de Alfonsín de no procesar a los militares a los que amparaba el alegato de obediencia fue afectado rápidamente. En febrero de 1984, una enmienda del senador Elías Sapag, del Movimiento Popular Neuquino, exceptuó de obediencia debida a los autores de hechos “atroces y aberrantes”. De esta forma, todas las prácticas relacionadas con las desapariciones podrían ser juzgadas (Crenzel, 2018).

En este sentido, y aun dentro del esquema penal orquestado por el gobierno, la sentencia del Juicio a las Juntas, dictada el 9 de diciembre de 1985, no podía conformar a los organismos de derechos humanos, ya que los miembros de la penúltima Junta Militar (1979-1982) –entre ellos, Leopoldo Galtieri, comandante del II Cuerpo de Ejército con sede en Rosario entre 1976 y 1979– y el brigadier Omar Graffigna de la segunda Junta, fueron absueltos de todos los cargos en su contra. Por ello, quizá lo más importante de esa sentencia fue el punto 30, que extendía “(…) los efectos del enjuiciamiento de los oficiales superiores, que ocuparon los comandos de zona y subzona de defensa, durante la lucha contra la subversión y de todos aquellos que tuvieron responsabilidad operativa en las acciones”.[10]

El efecto jurídico concreto de este punto era ampliar la acción penal a los mandos medios de las FFAA. Como afirma Massuco (2017: 93): “El juicio a las Juntas, que en la estrategia gubernamental debía configurar el fin de la «cuestión derechos humanos», terminó estableciendo las bases para la continuación del tema”.

En ese clima enrarecido, la noción de Punto final comenzó a construirse y se desarrolló en amplios espacios de circulación mucho antes de que diera nombre a una ley, incluso mientras se llevaba a cabo el Juicio a las Juntas. Según los diarios de la época, “fuentes” del gobierno difundían la idea de que una “sentencia esclarecedora” diera “el punto final que tanto necesitamos” sobre un tema “tan escabroso”.[11]

Cuando los acontecimientos demostraron que no sería así, el gobierno empezó a pensar diferentes estrategias que culminaron con las leyes de impunidad. Pero, al mismo tiempo, el MDH salió a denunciar tempranamente esas intenciones para clausurar el juzgamiento.

Fue por entonces cuando circuló el “rumor” de que el Poder Ejecutivo promovería una ley de amnistía. Basta hacer una lectura de los principales diarios para advertir que casi todos los días diferentes funcionarios de la cartera de Alfonsín salían a desmentir que existiera un proyecto de amnistía.[12]

Sin embargo, aunque las autoridades lo negaban, -desde el Poder Ejecutivo hasta el Comandante de las FFAA, Ríos Ereñu[13]– la desconfianza fue en aumento. El 2 de agosto de 1985, en Buenos Aires se realizó una multitudinaria marcha donde la presidenta de Madres de Plaza de Mayo, Hebe de Bonafini, rechazó todo proyecto de ley de amnistía porque “no puede haber punto final al horror”.[14]

En Rosario, en consonancia con la de Buenos Aires, la “Marcha contra la impunidad” fue convocada por Madres y Abuelas de Plaza de Mayo. Se desplazó desde la Plaza Pringles hasta la Plaza Pinasco, donde llevaron a cabo un acto con distintos oradores, que se manifestaron en contra de “una posible amnistía y el punto final del cual tanto se habla y que se lo relaciona con el juicio a las juntas de excomandantes que gobernaron el país” y exigieron la libertad a los presos políticos.[15]

En ese contexto, se creó en la ciudad de Rosario una Coordinadora de Derechos Humanos integrada por los organismos de derechos humanos, partidos políticos, agrupaciones estudiantiles y organizaciones gremiales para coordinar y ejecutar distintas iniciativas.[16]

Por último, cabe mencionar que apareció en Rosario en torno al año 1986 cierto accionar del Servicio Paz y Justicia en América Latina (SERPAJ), que funcionó, al menos, hasta los últimos años de la década del noventa.

No obstante, el momento de mayor tensión en la compleja relación entre el Estado y los organismos de derechos humanos fueron los días previos a la sanción de la Ley de Punto Final. Otra vez revisando la prensa de la época, se advierte que el tema fue nota de tapa en reiteradas oportunidades, en ocasiones durante varios días consecutivos, teniendo una cobertura incluso mucho mayor que el Juicio a las Juntas. Desde diversos sectores, políticos, estudiantiles, gremiales, incluso desde algunos dirigentes o ramas dentro del propio radicalismo, salieron a manifestar su opinión al respecto, la mayoría de las veces en contra. Por supuesto que el MDH hizo lo propio.

El 30 de noviembre de 1986, Madres de Plaza de Mayo realizó en Rosario su XVI Encuentro Nacional, en el que se redactó un documento que denunciaba los intereses de los sectores de poder y determinaba: “Mientras haya una madre con un pañuelo blanco en la Plaza, no habrá PUNTO FINAL”.[17]

Días antes, las Madres rosarinas se habían acercado a la redacción del diario La Capital para invitar a una actividad en la Facultad de Ingeniería en la que participaría Hebe de Bonifini en la misma fecha del Encuentro. Allí sostuvieron que:

(…) cerramos un nuevo año de democracia, colmado de injusticia social y económica, con genocidas impunes y presos políticos que no fueron juzgados; con una dependencia vergonzante y una ignominiosa propuesta de «punto final».[18]

También denunciaron la lentitud de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario en la Causa Feced –en referencia al ex jefe de la Unidad Regional II de la Policía de Santa Fe entre 1976 y 1978–, y exigieron que se ampliara el juzgamiento a la totalidad de los delitos cometidos en el ámbito del II Cuerpo de Ejército.

Cuando el proyecto de ley de Punto Final ya había sido elevado al Senado Nacional, el 19 de diciembre se llevó a cabo en Buenos Aires una importante marcha convocada por el Justicialismo Renovador, con la adhesión de los organismos de derechos humanos y de la Confederación General del Trabajo (CGT).[19]

Contó con la presencia de casi todos los partidos opositores, un sector importante de la Juventud Radical y grupos sociales.[20] Cabe recordar que hacía apenas unos días, el 14, había sido la sexta “Marcha de la Resistencia” de las Madres de Plaza de Mayo. El amplio rechazo que produjo esta ley tanto en el arco político como en sectores sindicales y organizaciones sociales, da cuenta del avance en torno al repudio sobre lo sucedido en la última dictadura militar, repudio que, como sostienen Franco y Feld (2015), fue construido en estos primeros años del gobierno constitucional y no antes.

En Rosario, acorde con la convocatoria nacional como el año anterior, se realizó una concentración en la intersección de las peatonales Córdoba y San Martín. Anunciada días antes en una conferencia de prensa en el Concejo Municipal por miembros de las organizaciones de derechos humanos,[21] haciendo propia la invitación a la misma desde diversos sectores, como la Juventud Radical,[22] tuvo una amplia repercusión mediática y una favorable convocatoria.

Finalmente, el 23 de diciembre de 1986, antes del primer levantamiento carapintada, se aprobó la Ley Nº 23.492 conocida como de “Punto Final” por disponer la extinción de la acción penal en plazo perentorio. El límite para presentar las denuncias judiciales era de 60 días, lo que provocó una catarata de presentaciones judiciales. Dicha ley no tuvo el efecto esperado, porque al momento en que expiró el plazo de citaciones, el 22 de febrero de 1987, la cantidad de involucrados superaba enormemente lo pronosticado por el gobierno. Como sostiene Lucas Almada (2017: 299): “Numerosos oficiales de graduación intermedia retirados y en actividad en todo el país quedaron involucrados, lo que preparó el «caldo de cultivo» para los acontecimientos de Semana Santa”.[23]

Durante el alzamiento carapintada de la Semana Santa de 1987, en Rosario la ciudadanía se fue congregando en los alrededores del Concejo Municipal al cual, luego de participar en una asamblea legislativa extraordinaria el viernes por la tarde en la ciudad de Santa Fe, se trasladó el gobernador José María Vernet para establecer una base operativa desde donde coordinar las acciones para defender el régimen constitucional. El sábado 18 de abril después del mediodía más de veinte mil personas se hicieron presentes en el Monumento Nacional a la Bandera.

La convocatoria al acto –realizada desde una “multisectorial” de “partidos políticos, instituciones intermedias, organizaciones gremiales y entidades defensoras de derechos humanos” que se denominó Comisión Permanente en Defensa por la Democracia– incluyó también la divulgación de un documento en el que repudiaron “todo intento de implantar nuevamente la dictadura en nuestro país”, pero se negaron a hacer lo propio respecto a la Ley de Punto Final. Esta cuestión produjo objeciones de las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo de Rosario, al tiempo que motivó la decisión de los dirigentes del Frente Pueblo Unido (FREPU)[24] de no suscribir al documento.[25]

Por eso, el FREPU y otros partidos de izquierda realizaron un acto aparte y las Madres y Abuelas portaron pancartas con leyendas tales como “Cárcel a los genocidas”.[26]

Luego del discurso del gobernador, que fue el único orador, se inició una marcha hasta Tribunales Federales. Allí fue leído por Rubén Naranjo, de la APDH, el documento de la Comisión Permanente en Defensa por la Democracia presentado el día anterior. Tras esta multitudinaria manifestación pública, la CGT local convocó a un paro por tiempo indeterminado. El domingo, después de tres días consecutivos de movilización en favor de la democracia, los y las manifestantes recibieron el discurso del presidente que daba por finalizado el conflicto con una ovación que reflejaba la tensión de la vigilia de esos días. El lunes comenzaba con normalidad, se levantó el paro general y se anularon los decretos de emergencia institucional en la provincia de Santa Fe.

A partir de entonces, comenzó a hacerse fuerte la idea de que el gobierno nacional enviaría al Congreso una ley de Obediencia Debida. Frente a ello, el miércoles 19 de mayo, bajo una lluvia intensa, el MDH rosarino realizó un acto y movilización contra la posibilidad de la sanción de dicha ley, que comenzó en la Plaza Pinasco donde leyeron un documento elaborado por los organismos en el orden nacional titulado “La democracia es incompatible con la impunidad”.[27]

El día anterior habían anunciado la marcha y el comienzo de una huelga de hambre frente Consejo Municipal.[28]

En conclusión, el 8 de junio de 1987, se aprobó la Ley N° 23.521 de Obediencia Debida, que estableció la presunción de que los delitos cometidos por los miembros de las FFAA cuyo grado estuviera por debajo de coronel no eran punibles, por haber actuado en virtud de la denominada “obediencia debida”. Esto fue lo que pretendía el plan original del Poder Ejecutivo al distinguir niveles de responsabilidad para sancionar a los jefes máximos y que había quedado trunco con el artículo 30 de la sentencia del Juicio a las Juntas. Con las leyes de impunidad ese círculo volvía a cerrarse.

Muchos vivieron e interpretaron estas leyes como una claudicación ética del gobierno radical y esencialmente del presidente Alfonsín. Esto se debió a que, pese a encontrarse en su proyecto original, el gobierno no pudo evitar que las políticas implementadas fueran percibidas como producto de su debilidad y de las presiones ejercidas. Como argumenta Massuco (2017: 123):

(…) se dio una nueva paradoja en el gobierno [que] si bien tuvo éxito en concretar, luego de varias frustraciones, uno de los proyectos que componían su plan original, el hecho de haberlo logrado luego de una rebelión militar dejó expuestas sus debilidades y mostró los bajos márgenes de autonomía gubernamental.

Pero además se reconocía una claudicación en la figura de Alfonsín porque era una persona que había estado comprometida con la causa, incluso con anterioridad. Oscar Lupori (entrevista, 2012), por entonces integrante del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH) en Rosario, recordaba:

(…) cuando Alfonsín firma la Ley de Obediencia Debida (…) no entiendo como Alfonsín pudo hacer esto. Porque en los peores momentos, en los momentos más duros, solamente dos o tres políticos se jugaban sabiendo que las tenían todas de perder (…) ¿Quiénes eran? Alfonsín, el Doctor Oscar Allende.

También Norma Vermeulem (entrevista, 2008), Madre de Plaza de Mayo de Rosario, afirmaba:

Yo a Alfonsín le tengo que agradecer que tuvo el coraje de sentarlos en el banquillo a los principales. Después (…) llegó Semana Santa… Rico con los «carapintadas», otra parte que se suponía que eran leales al gobierno, los que venían de Entre Ríos, pero nunca llegaban a Buenos Aires (…) Entonces se vio presionado también para hacer lo que hizo, (…) pero si él no daba, si ellos no daban la Ley de Obediencia Debida, le daban otro golpe de Estado (…). No les quedó otra, no les quedó otra. Porque en la época de la dictadura Alfonsín nos firmaba las solicitadas que hacíamos nosotros, era el único que nos firmaba las solicitadas.

En este sentido, es significativa la expresión que hacía, ya en aquel momento, en los diarios de la época, un miembro de la Coordinadora de Derechos Humanos de Rosario, Carlos de la Torre:

Nosotros tenemos claro y lo hemos planteado, que al pueblo no se le escapa que acá se han hecho graves concesiones, el mismo presidente de la Nación y los distintos poderes lo han hecho, y demuestran de nuevo [que] en la realidad política del país la corporación militar representa los intereses de los «caras pintadas», que realmente son los que tienen todo sobre sus espaldas, todo el peso de una justicia que estará marchando en busca de soluciones y en la que el pueblo confiaba, y en la que desgraciadamente estos últimos acontecimientos demuestran que se vivieron una serie de entretenimientos que empezaron con aquello de la marcha contra la barbarie que los mismos militares se produjeron; luego continuó con una serie de cuestiones que pasan hasta por el tema de la CONADEP. En las mismas palabras de Sábato, la desilusión de un hombre y de muchos hombres detrás de él que creyendo proveer de elementos a la justicia se han dado cuenta hoy de que esos elementos se han dilapidado y han sido meros entretenimientos. Esto es muy lamentable. Creer en la legalidad, creer en la democracia, tratar de profundizarla y que de buenas a primera se le dé una respuesta como se le ha dado. Es una defraudación a un pueblo que va a seguir luchando por la justicia y para nunca más se viva una noche de terror. En este marco se inscribe también la marcha de hoy.[29]

En ese contexto, Elisa Medina, madre de Oscar (desaparecido) y de Héctor (ex preso político), acompañada por un grupo de jóvenes de una rama de Franja Morada, denominada Radicalismo de Liberación, comenzaron una huelga de hambre “contra la impunidad y la llamada ley de obediencia debida” frente al local del comité departamental de Unión Cívica Radical (UCR), en Paraguay 350. Elisa era afiliada a dicho partido y decidió realizar esa acción ante la indignación que le provocaron las medidas del gobierno. La huelga, de mayor impacto que la anterior,[30] duró 16 días y se levantó tras una marcha, realizada el 8 de julio de 1987 en la intersección de las peatonales Córdoba y San Martin, organizada por la Coordinadora de Derechos Humanos.[31] Las consignas eran “No a la amnistía”, “Cese de persecución a los militantes populares”, “Libertad a los presos políticos”, “Defensa y profundización de la democracia”, “Unidad popular y movilización permanente contra el golpismo”.[32] Al terminar el acto y la huelga, Elisa rompió su carnet de afiliada a la UCR (Entrevista Héctor Chinche Medina, 08/06/2023).

Estos testimonios demuestran la segunda visión generalizada, en este caso de los integrantes del MDH, sobre la claudicación ética de la persona del presidente Alfonsín ante las amenazas que significaron los levantamientos “carapintadas”, que obvia u olvida el proyecto inicial de Justicia que tenía incluso desde la campaña electoral.

Con la aplicación de Ley de Obediencia Debida comenzaron a ser desprocesados aquellos que habían sido inculpados de violación a los derechos humanos, entre ellos los militares y policías acusados en la Causa Feced. El 22 de junio de 1987, se produjo el desprocesamiento de los integrantes de la patota enjuiciados en dicha causa, por efecto de la Ley de Obediencia Debida. Agustín Feced ya estaba oficialmente muerto desde el 21 de julio de 1986.[33]

Las Madres de Plaza de Mayo denunciaron esto en su diario en reiteradas oportunidades.[34] En julio de 1988, en la Editorial que denominaron “La historia no perdona”, afirmaban que: “La palabra «desprocesamiento» ha pasado formar parte del nuevo vocabulario de los medios de comunicación. Cambiar la palabra «amnistía» por «desprocesamiento» fue un hallazgo de jueces camaristas y de la Corte Suprema”.[35] Y finalmente en un recuadro de la nota central de esa misma edición, mencionaban a algunos de los represores que habían sido desprocesados como comandantes de subzona en las últimas semanas por la aplicación de la ley de Obediencia Debida, entre quienes estaban Galtieri, Díaz Bessone y Trimarco del II Cuerpo de Ejército.[36]

En definitiva, las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, sancionadas entre 1986 y 1987 con pocos meses de diferencia, marcaron un quiebre en la política de justicia que tuvo el gobierno de Alfonsín. En este sentido, fueron interpretadas, y son recordadas, como el principio de la impunidad que culminó con los Indultos de Carlos Menem. Pero en realidad fueron el cierre de un proyecto de justicia que se pretendía acotado, aunque no pudo ser ni lo uno ni lo otro. En un primer momento, porque la magnitud de la masacre de la dictadura militar y, en consecuencia, de las pruebas que se lograron reunir sobre ella, acompañadas por la gran movilización social del MDH, desbordó esas intenciones originales y volvió inevitable ampliar el círculo de responsables. Posteriormente, en un segundo período, porque ante ese desborde, el intento de reencausarlo, y cierta cobardía política, selló el destino de impunidad que se completó en los años siguientes.

Bibliografía

Acuña, C.y Smulovitz, C. (1991). ¿Ni olvido un perdón? Derechos humanos y tensiones cívico-militares en la transición argentina. Buenos Aires: Documento cedes/69.

Almada, L. (2017). El Comando del II Cuerpo de Ejército en la transición democrática, 1982-1990. En Águila, G. (Dir.); Almada, L.; Divinzenso, M. A. y Scocco, M.. Territorio Ocupado. La historia del Comando del II Cuerpo de Ejército en Rosario (1960-1990), pp. 261-316. Editorial de la Municipalidad de Rosario

Alonso, L. (2013). Las luchas pro derechos humanos en Argentina: de la resistencia antidictatorial a la dispersión del movimiento social” Dossier Argentina: 30 años de democracia monográfico de Observatorio Latinoamericano, nº 12, pp. 104-120.

Bona, V. y López, R. (2020). Los desafíos del frente del pueblo. Izquierda y peronismo en la transición democrática argentina. Revista de Historia Social y de las Mentalidades, n° 24, vol. 2, pp. 233-264.

Crenzel, E. (2018). “Enfrentando el retroceso. Justicia, verdad y memoria en la Argentina reciente. En Águila, G.; Luciani, L.; Seminara, L. y Viano C. (Coord.) La historia reciente en Argentina. Balances de una historiografía pionera en América Latina, pp. 129-150. Ediciones Imago Mundi,

Del Frade, Carlos (2000). El Rosario de Galtieri a Feced. El Eslabón.

Divinzenso, M. A. (2023). ¿Otra vez los tanques en la calle? Las Fuerzas Armadas y la recuperación democrática. En Águila, G. (Coord.) Rosario en los años 80. Historias de una ciudad en transición a la democracia, pp. 55-78. Homo Sapiens Ediciones.

Feld, C. y Franco, M. (2015). Introducción. En Feld, C. y Franco, M. (Coord.) Democracia, hora cero. Actores, políticas y debates en los inicios de la posdictadura, pp. 9-22. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica.

Massuco, L. (2017). Transiciones argentinas. Política, ideología y juicios de lesa humanidad (1983-1995). Rosario: Editorial Biblioteca.

Scocco, M. (2022) Argentina, 1985. (Otra) reflexión sobre sus ausencias. Rosario 12.

Scocco, M. (2021). Una historia en Movimiento. Las luchas por los derechos humanos en Rosario (1968-1985). Colección Entre los libros de la Buena Memoria. La Plata: Universidad Nacional de La Plata; Universidad Nacional de General Sarmiento.


  1. Esta ponencia es resultado de una investigación realizada en el marco del proyecto de investigación, acreditado por la Secretaría de Ciencia y Tecnología de la UNR, denominado “Los 80s en Rosario. Actores, agencias estatales, prácticas y representaciones, entre la dictadura y la transición democrática”, dirigido por Gabriela Águila. En esta oportunidad, agradezco los comentarios de Carol Solis.
  2. ISHIR/Conicet – UNR. Correo electrónico: maria_nob4@hotmail.com.
  3. Dicho análisis puede encontrarse en Scocco (2022).
  4. Para los levantamientos carapintadas ver Divinzenso (2023).
  5. Gacetilla de prensa de la Delegación Santa Fe de la Conadep, diario Democracia, septiembre de 1984.
  6. Para más información ver Scocco, 2021.
  7. “El informe de la CONADEP de Rosario”, diario Democracia, 20/09/1984.
  8. También se estrenó en 2023 “El Juicio”, un documental basado en el registro audiovisual del Juicio a las Juntas Militares dirigido por el cineasta Ulises de la Orden.
  9. Sobre el proyecto de justicia del gobierno de Alfonsín ver Acuña y Smulovitz, 1991, Crenzel, 2018, Massuco, 2017.
  10. Sentencia Causa 13/84, Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal, 9/12/1985: 308.
  11. “Denuncian campaña contra la conducción de las FFAA”, diario Clarín, 02/08/1985 y “El principio de obediencia quedará asentado como jurisprudencia”, diario La Capital, 02/08/1985.
  12. Diversas notas diarios Rosario y La Capital, julio de 1985.
  13. Diversas notas diarios Clarín y La Capital, 4-5/08/1985.
  14. “Hebe de Bonafini dijo que no pude haber un punto final al horror”. Diario La Capital, 03/08/1985.
  15. “Convocatoria de las Madres de Plaza Mayo. Celebraron la marcha “contra la impunidad”. Diario La Capital, 03/08/1985.
  16. Según La Capital, la Coordinadora de Derechos Humanos estaba integrada por: APDH, LADH, Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas, Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, SERPAJ, MEDH. También estuvieron presentes integrantes de la UCR, de los partidos Intransigente, de la Liberación y Comunista, Peronismo Revolucionario, Peronismo de las Bases, MAS, Socialista Unificado, FREPU. MODEPA, Federación Universitaria de Rosario, Centro de Estudiantes de Derecho, Franja Morada de la Facultad de Derecho, Centro de Estudiantes de Humanidades y Artes, Franja Morada Liberación, Franja Morada, Juventud Universitaria Sionista Socialista, Unión Juventudes al Socialismo. Juventud Franciscana, Intransigencia Universitaria, Unión Estudiantes Secundarios, Departamento Juvenil de la LADH, Frente Barrial de Villa Gobernador Gálvez, Centro Formación Sindical Rosario Lista Naranja de APUR, Asociación Empleados de la DGI y Movimiento Chile Democrático. “Accionar de los organismos de derechos humanos”, diario La Capital, 03/03/1986.
  17. Las mayúsculas son del original. Madres de Plaza de Mayo. Documento del XVI Encuentro de Madres de Plaza de Mayo realizado en la ciudad de Rosario el 30/11/1986. Gentileza de María Cecilia Azconegui. En el Diario MADRES DE PLAZA DE MAYO (Año 3, N° 26, enero de 1987) se mencionaba al Encuentro realizado en Rosario como el “decimocuarto”, lo que puede ser un error de tipeo en cualquiera de los dos documentos.
  18. “Enérgico repudio al punto final”, diario La Capital, 28/11/1986.
  19. “Convocan a la concentración de hoy. Nuevas expresiones de repudio al “punto final”, diario La Capital, 19/12/1986.
  20. “Marcha contra el “punto final”, diario La Capital, 20/12/1986.
  21. Conferencia de prensa en el Concejo Municipal. “Convocan a un acto contra el “punto final”, diario La Capital, 13/12/1986.
  22. “Invitan el viernes a un acto. La juventud radical y su oposición al punto final”, diario La Capital, 16/12/1986.
  23. Para los acontecimientos de Semana Santa y los otros levantamientos carapintadas ver Divinzenso (2023).
  24. El FREPU fue una alianza electoral conformada en septiembre de 1985, que tuvo entre sus principales componentes al Partido Comunista Argentino (PCA) y al Movimiento al Socialismo (MAS). Para más información ver Bona y López (2020).
  25. “Convocatoria para hoy, a las 12. Un gran acto popular se realizará en el Monumento”, diario La Capital, 18/04/1987.
  26. “La concurrencia superó las 20 mil personas. Multitudinaria concentración en el patio cívico del Monumento”, diario La Capital, 19/04/1987.
  27. “Acto y movilización contra la ley de obediencia debida”, diario La Capital, 20/05/1987.
  28. “Concentración la contra obediencia debida”, diario La Capital, 19/05/1987.
  29. “Aspecto de la conferencia donde ofrecieron detalles de la marcha”, diario La Capital, 08/07/1987.
  30. Encontramos una mención, en el diario La Capital, a otra huelga de hambre que comenzó unos días antes que esta. Pero no hallamos otra referencia al respecto. En esa oportunidad, el diario informaba: “A esta protesta convocada por los organismos defensores de los derechos humanos, se sumó el grupo de unos 15 integrantes de esas entidades que el lunes inició una huelga de hambre en respuesta a la media sanción que la Cámara de Diputados otorgó al proyecto que establece la obediencia irrestricta para los militares”. “Acto y movilización contra la ley de obediencia debida”, diario La Capital, 20/05/1987.
  31. “Marcha y acto por los derechos humanos. Fue levantada ayer una larga huelga de hambre”, diario La Capital, 09/07/1987.
  32. “Aspecto de la conferencia donde ofrecieron detalles de la marcha”, diario La Capital, 08/07/87.
  33. El periodista Carlos Del Frade (2000) demostró que Feced fingió su propia muerte el 21 de julio de 1986 y que estuvo en Rosario dos años después de esa fecha, el 29 de julio de 1988, alojado en la habitación 111 del Hotel Ariston, según figura en la ficha personal que firmó el propio excomandante de Gendarmería y fue constatada a través de una pericia caligráfica encargada por el periodista.
  34. “Los últimos represores son desprocesados”. Diario MADRES DE PLAZA DE MAYO, Año IV, N° 42, Buenos Aires, junio de 1988.
  35. Editorial “La historia no perdona”. Diario MADRES DE PLAZA DE MAYO, Año IV, N° 43, Buenos Aires, julio de 1988.
  36. “Los comandantes de subzona tienen quien los defiende”. Diario MADRES DE PLAZA DE MAYO, Año IV, N° 43, Buenos Aires, julio de 1988.


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