Los casos de Comodoro Rivadavia y Salta
Sofía Ríos y Julia Sanabria
Introducción
En este capítulo presentamos las principales características de la Justicia Penal Juvenil en las provincias de Salta y de Chubut centrándonos en sus normativas, estructuras institucionales, actores y competencias. Ya que consideramos que este tipo de escenarios locales varían de acuerdo a los derroteros de los procesos de institucionalización de derechos de niñas, niños y adolescentes (de ahora en más, NNyA) en cada uno de ellos, conforme a particularidades relativas a la variabilidad cultural, política y económica de las provincias plasmadas, entre otros factores[1] (Llobet y Villalta, 2019), nos abocamos a reponer aspectos generales sobre las características demográficas y socioeconómicas de un aglomerado urbano en cada provincia, en especial aquellas relacionadas a condiciones de vida de NNyA. Finalmente, consideraremos la estadística disponible sobre conflictividad penal juvenil y las modalidades empleadas en su administración estatal entre 2020 y 2022. Los distintos ejes desarrollados en este trabajo forman parte de contextualizaciones que enmarcan abordajes cualitativos sobre la administración de Justicia Penal Juvenil en Comodoro Rivadavia y Salta, que, en ambos casos, constituyen nuestras investigaciones doctorales en curso.
Siguiendo el tipo de descripción desarrollado en otros trabajos afines, como el de Magistris y Gaitán (2019) quienes detallan las arquitecturas institucionales del Sistema de Protección de derechos de NNyA y sus recientes transformaciones en jurisdicciones municipales de la provincia de Buenos Aires, en este caso profundizamos en los escenarios de la Justicia Penal Juvenil en dos provincias disímiles en cuanto a sus matrices productivas, mercados de trabajo e índices de pobreza por ingresos; cuyas arquitecturas judiciales y administrativas se han visto transformadas en distintas temporalidades en relación a las incorporaciones normativas en materia de protección integral de derechos y a la aplicación de un sistema acusatorio en los procesos penales seguidos contra adolescentes y que finalmente, presentan aparentes diferencias en sus “grados” de conflictividad penal juvenil y entre el tipo de delitos más frecuentes. En miras de que este ejercicio pueda abonar un futuro trabajo de comparación “lateral”, es decir, entre distintos casos antropológicos entre sí (Candea, 2016) exploramos estas diferencias y también algunas similitudes para construir nuevos interrogantes a ser profundizados en próximas investigaciones.
Aspectos demográficos, sociales y económicos
En este primer apartado, recuperaremos algunos indicadores cuantitativos provinciales y de dos de sus aglomerados urbanos (Salta y Comodoro Rivadavia) a fin de señalar las coordenadas socioeconómicas y demográficas más salientes de ambas jurisdicciones. Empezando por reflexiones de mayor a menor generalidad, destacamos la posición de las provincias en el escenario nacional. La provincia de Salta, integra el “Norte Grande Argentino” (NGA) junto con otras diez jurisdicciones del noroeste y nordeste. Para algunas lecturas (Bolsi y Meichtry, 2006) esta región se constituye como una de las más pobres y, a la vez, desiguales del país.[2] En términos generales, su producción tiene una baja contribución en el PBI nacional, se encuentra relativamente excluida del circuito productivo nacional, presenta de manera notoria formas no capitalistas de producción, centralidad de las llamadas “economías regionales” (Rofman et al. 2020), así como una alta precariedad del empleo[3] (Mignone 2005; Salvia et al. 2018). En síntesis, numerosos estudios señalan que las provincias del NGA aparecen con frecuencia encabezando las listas de los distintos indicadores de carencias (Mascareño, Barbetti, Gudiño, Padilla y Pozzer, 2022).
Dentro del contexto regional, el área metropolitana de la provincia de Salta[4] presenta un crecimiento demográfico y económico mayor al de los centros urbanos de la región (Salvia y Poy, 2014). De acuerdo con el último Censo Nacional (2022) la provincia registra alrededor de 1.441.351 habitantes. Mayormente esta población se concentra en la capital salteña (627.704 habitantes), aunque se advierte un fuerte crecimiento en localidades vecinas[5] debido a la llegada de migrantes provenientes de las zonas rurales y urbanas del interior provincial[6] y al gran número de nacimientos. La dinámica social provincial se ha caracterizado históricamente por una fuerte concentración de la propiedad de la tierra, una tardía conformación del mercado de trabajo libre[7], escasa industrialización e inmigración, concentración en los escasos sectores productivos dinámicos en las elites locales, junto con la existencia de economías de subsistencia y reservorios de mano de obra estacional para la agricultura. Estos elementos dieron forma a una histórica subordinación política, social y económica de los grupos pertenecientes a la población denominada mestiza e indígena (Alvarez Leguizamón, 2004; 2017) vinculada a los efectos de un patrón colonial estructurador de las relaciones sociales (Quijano, 2000). Se configura así un escenario de segmentación social, de clase y racial, al que tensiona una gran diversidad cultural con nueve etnias reconocidas por el estado provincial y otras cinco que continúan reclamando su reconocimiento (Buliubasich y Rodríguez, 2006; Milana y Villagra, 2020).
Por el otro, la provincia de Chubut ubicada en el extremo sur del país en la región Patagonia y con procesos recientes de formación de estado, tiene una de las extensiones geográficas más importantes del país (224.686 km²), que representa un 8,1% del territorio nacional. Sin embargo, su escasa población de 592.621 personas determina que sea una de las provincias con menor densidad poblacional. Dentro de este extenso territorio se ubican tres grandes zonas urbanas con diferentes patrones de especialización: la zona del “Valle”[8], la comarca andina y la zona sur, correspondiente a la Cuenca del Golfo San Jorge (CGSJ). A pesar de las diferencias productivas entre las respectivas zonas, en general el perfil productivo es caracterizado como “extractivo” (CEPAL, 2022), debido a la relevancia de algunas actividades de alta productividad, como la siderurgia, la pesca y el petróleo y gas, en la generación de empleo.[9]
A los fines de este trabajo focalizamos en la zona sur que integra la CGSJ. En esta zona se realiza la actividad económica más relevante de la provincia, la cual contribuye de manera destacada al PBI[10] nacional debido a la explotación de hidrocarburos, a la generación de empleo directo e indirecto y a las exportaciones provinciales.[11] Por estas razones, en el contexto regional, las ciudades de Comodoro Rivadavia y Rada Tilly (CR-RT) son cabecera de la principal actividad productiva y tienen la mayor densidad poblacional de la zona con 215.453 habitantes de acuerdo con el censo 2022. En este aglomerado urbano el dinamismo de la actividad económica[12] se asocia con bajos niveles de desempleo[13] e ingresos muy superiores a la media nacional.[14]
Por su parte, Salta tiene una estructura productiva más heterogénea y orientada al mercado doméstico, en donde se destacan las actividades agrícola-ganaderas y de servicios.[15] En este caso, la estructura productiva se relaciona con empleos de baja productividad, mayores tasas de subempleo y elevados niveles de empleo no registrado.[16]
Los aspectos mencionados redundan en una gran discrepancia salarial entre las provincias[17] e igual distancia porcentual de la pobreza medida por ingresos de la población. En este sentido, la encuesta permanente de hogares para el primer semestre del año 2023 señala que en Salta el 37,5% de las personas se encuentra por debajo de la línea de pobreza y el 6,6% debajo de la línea de indigencia, ambos porcentajes similares al promedio nacional (40,1% y 9,3%). Por su parte en Chubut, la pobreza medida por ingresos fue del 28%, ubicándose 12.1 puntos por debajo del total urbano (40,1%) y la indigencia también por debajo del total urbano afectó a un 2,8% de la población (total urbano 9,3%) (EPH, 2023).
Sin embargo, cuando tomamos los indicadores de pobreza multidimensional (NBI, 2010, último dato disponible)[18], que posibilitan reflejar deficiencias estructurales vinculadas a condiciones habitacionales esenciales, a la escolarización en el nivel primario de educación formal y a la inserción en el mercado laboral de los(as) integrantes del hogar, se observa que las distancias entre los datos cuantitativos de las provincias se acercan. Así, para Salta señalan que casi la totalidad de departamentos de la provincia registran un 15% de hogares con al menos un indicador de necesidades básicas insatisfechas (a excepción de la capital provincial, donde esta cifra se ubica entre el 10% y el 15% de los hogares) y para las ciudades de CR- RT indican que el 9,3% de los hogares se encuentra con necesidades básicas insatisfechas, ambas ubicándose por encima del promedio nacional (9,1%).
En este sentido, investigaciones locales que estudian las desigualdades sociales en Comodoro Rivadavia, indican que el modelo de producción extractivista monodependiente marca desigualdades específicas y persistentes a lo largo de su historia (Barrionuevo, 2020). Los vaivenes económicos propios de esta industria a nivel internacional han incidido directamente en los momentos de auge económico, así como en los períodos de crisis económicas en la ciudad (Bachiller et al., 2022). Tanto durante el primer boom petrolero (1958-1963) como más reciente en el período del segundo boom petrolero (2005-2010) se produjo un crecimiento exponencial de la ciudad debido a la llegada de diversos grupos migrantes por sus posibilidades de trabajo en la industria (Grimson y Baeza, 2011) que estudios locales caracterizan como “disperso y con fuertes connotaciones de fragmentación socio espacial” (Usach y Freddo, 2016).[19]
Ahora bien, cuando hacemos foco en las mediciones específicas de pobreza de hogares con población infanto juvenil en ambas provincias esta distancia se achica a una diferencia de 1,2 puntos según el informe de la SENAF (2022) para el segundo semestre de 2021.[20] Así, en Salta los indicadores cuantitativos centrados en las condiciones de vida de niñas, niños y adolescentes de esta área[21] señalan que el porcentaje de hogares con presencia de NNyA debajo de la línea de pobreza fue de un 77,2%, mientras que datos específicos de esta población[22] para Chubut indican que dentro del total de hogares un 76% de NNyA en CR-RT viven en hogares que se encuentran por debajo de la línea de pobreza. Los resultados de ambas provincias son más elevados que el promedio de hogares con presencia de NNyA bajo la línea de pobreza en los aglomerados urbanos del país (73,4%). En esta línea, el porcentaje de NNyA en la población debajo de la línea de pobreza en CR-RT fue de 40,5% mientras que en Salta fue del 41,1% (frente al 39% a nivel nacional).
A partir de los datos brindados es posible observar que niños, niñas y adolescentes en ambas jurisdicciones se encuentran bajo condiciones materiales de vida aún más vulnerabilizadas por grupo de edad. Esto se refleja en indicadores que van más allá de la pobreza medida por ingresos y abarca indicadores multidimensionales (NBI) y de salud y educación pública, entre otros.
A modo de ejemplo podemos señalar los indicadores de salud referidos a NNyA en Salta. En 2019 un 50,7% de NNyA de la provincia solo contaban con cobertura en la salud pública (a nivel nacional la cifra fue de un 43,2%). En el año 2020 la tasa de mortalidad infantil fue del 12,4 (Ministerio de Salud de la Nación y la Organización Panamericana de la Salud, 2022). La estadística provincial (Dirección General de Estadísticas y Censos, 2023) señala que el 2021 este indicador descendió a un 8,6 y en el mismo período, se produjeron 175 defunciones en menores de 1 año, cuya primera causa fue la de “peso extremadamente bajo al nacer” (32,53% del total). Asimismo, respecto al estado nutricional de la población de 0-5 años; un 3,6% de niños presentaba malnutrición por déficit en 2021. Finalmente, en el año 2020, a pesar de una tendencia descendente desde 2016, el número de nacidos vivos en madres de 10 a 19 años fue de 2499.[23]
Por su parte, la situación crítica de las políticas públicas provinciales en Chubut en general y en particular de aquellas destinadas a esta franja etaria que se producen por el incumplimiento en el pago de los salarios de los(as) trabajadores estatales y el recorte presupuestario que principalmente afecta las áreas de educación, salud pública, desarrollo social y sus programas de inclusión social dan cuenta también de las vulneraciones de derechos específicas de la población que constituye la preocupación central de este trabajo.
De esta manera, con la comparación de los indicadores demográficos y socioeconómicos en dos aglomerados urbanos en las provincias estudiadas que aquí presentamos, nuestro interés es tener una primera aproximación a cierta variabilidad social y económica entre ambas jurisdicciones, la cual, suponemos, incide en las características generales de sus procesos de institucionalización del enfoque de derechos y las arquitecturas normativas e institucionales de la Justicia Penal Juvenil. Se observan entonces, dos escenarios con diferentes posiciones actuales en el contexto nacional considerando al menos su densidad poblacional, matrices productivas, la estructura de sus mercados de trabajo y sus índices de pobreza por ingresos. Sin embargo, los indicadores de pobreza de NNyA en ambas provincias y de (no) acceso a derechos se asemejan en términos relativos, presentando situaciones críticas.
Justicia Penal Juvenil: arquitecturas normativas e institucionales
En este apartado, realizamos un breve desarrollo de las principales características de las arquitecturas normativas e institucionales de los sistemas penales juveniles, en tanto componentes del campo penal juvenil (Medina, 2019) en cada jurisdicción. Desde una perspectiva analítica, este campo aparece en una (no tan) estrecha relación con un campo institucional (Bourdieu y Wacquant, 2005) más amplio de intervenciones estatales sobre niñas, niños y adolescentes (Villalta, 2021) definido como un complejo diverso de agentes y organismos donde la protección y el control, el cuidado y la disciplina, la integración y la punición se presentan imbricados y enunciados en pos de “hacer el bien” (Vianna, 2010).
Así, entendemos que en la conformación de los sistemas penales juveniles en las localidades de estudio están involucrados diferentes actores, relaciones sociales, acuerdos y hegemonías que inciden en la configuración de la política criminal juvenil. A partir de observar al Estado como un ente complejo en el que se reflejan las luchas políticas (Haney, 1996; Fraser, 1991), poner el foco en la relación entre las modificaciones normativas específicas en materia penal juvenil así como también en las transformaciones de los sistemas procesales penales de inquisitivos a acusatorios a partir de los nuevos códigos procesales penales y las consecuentes modificaciones en las arquitecturas institucionales judiciales, nos permite atender a la forma en la cual se interviene de manera concreta sobre la conflictividad juvenil en cada provincia.
En Salta, la primera ley referida a los derechos de NNyA fue la ley Nº 7.039 de “Protección de la Niñez y la adolescencia”, sancionada en 1999 y vigente hasta el año 2016. Esta normativa ratificó la Convención de los Derechos del Niño[24], definió obligaciones estatales con respecto a los derechos de NNyA y creó el Consejo Provincial de la Niñez integrado por agentes estatales y pertenecientes a organizaciones de la sociedad civil[25] “como órgano consultivo de todo plan y/o programa integral que aborde los problemas de los menores”. Por su parte, consignó un capítulo específico referido a la “Justicia Penal de Menores” que incluía casos donde NNyA fuesen víctimas de delitos (y las consecuentes obligaciones estatales de denuncia –al Ministerio Público Pupilar– y provisión de acompañamiento) junto con aquellos en los cuales éstos(as) fuesen infractores de la ley penal. Señalaba, de manera general, derechos y garantías de jóvenes en el proceso penal, y consignaba el carácter “socioeducativo” de las medidas estatales a adoptarse en casos de adolescentes infractores, refiriéndose puntualmente a la privación de la libertad. Esta ley tuvo vigencia[26] hasta el año 2016, cuando se sancionó la Ley provincial de Protección Integral de Niñas, niños y adolescentes (N°7.970). Con ésta última, se definieron los procedimientos administrativos para la toma de medidas de protección y medidas de protección excepcional, excluyendo de la norma alguna referencia a las intervenciones en cuanto a adolescentes y jóvenes menores de 18 años acusados(as) de cometer delitos. Esta ley reformó la composición y funciones del Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia y creó la figura del Abogado del Niño.
Por su parte, en la provincia de Chubut un vacío normativo propició las condiciones de desarrollo de una ley especial referida a las infancias y adolescencias (N°4347) en el año 1997, actual Ley III N° 21 de Protección Integral de la Niñez, la Adolescencia y la Familia.[27] A nivel provincial, se encuentra entre las pioneras en incorporar los lineamientos de los derechos humanos y de la protección integral de derechos, varios años antes incluso que la sanción de la Ley Nacional de Protección Integral de Derechos. De esta manera, se inicia un proceso de readecuación institucional y transformaciones en las políticas públicas organizadas en el Sistema de Protección Integral de Derechos que estructura el campo institucional de las infancias y adolescencias. Así, además de establecer las responsabilidades estatales respecto de los derechos de NNyA, crean los organismos necesarios para su ejecución y control, y un fondo especial destinado a la implementación de las medidas previstas en la norma.
En este sistema, la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia provincial articula con los organismos administrativos de protección de derechos municipales lo relacionado con las medidas de protección integral y las medidas excepcionales de derechos, dejando en el Poder Judicial las funciones de contralor. También, para coordinar la implementación de las políticas públicas crea el Consejo Provincial de la Niñez, la Adolescencia y la Familia que promueve y articula las acciones entre las distintas áreas gubernamentales. Además, forma parte de esta trama institucional, la Oficina de Derechos y Garantías de la Niñez, la Adolescencia y la Familia, bajo la órbita del Poder Legislativo que tiene como función recibir denuncias, reclamos y pedidos ante vulneraciones de derechos y establecer las vías de comunicación con los organismos competentes.
En la provincia de Salta, la institucionalidad con competencia en la protección de derechos de NNyA obtuvo el rango de Secretaría[28] en 2003. Actualmente la denominación de la autoridad de aplicación de la Ley N° 7.970 es la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia (Ministerio de Desarrollo Social). Ésta territorializa la cobertura del Sistema Integral de Protección en la provincia de distintas maneras[29], aunque principalmente mediante Delegaciones Regionales[30] autónomas en la toma de medidas de protección y medidas excepcionales. Ahora bien, la institucionalidad propiamente referida a la Justicia Penal Juvenil tiene sus orígenes en Salta en el año 2009, con la creación de la Dirección General de Justicia Penal Juvenil de manera “desvinculada” de la órbita de las políticas de infancia y adolescencia. El área se creó bajo la entonces Subsecretaría de Políticas Criminales y Asuntos Penitenciarios del entonces Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. En el decreto N° 3775, esta nueva institucionalidad consignó responder a una “adecuación a disposiciones internacionales” y dispuso el traspaso de la Unidad de Protección de Menores Nº 1 (o Comisaría del Menor), hasta entonces a cargo de la Policía de la Provincia a la nueva área, bajo el actual nombre de “Centro de Atención Jóvenes en Conflicto con la Ley Penal Nº 1”.[31] Luego de ser reubicada numerosas veces en la estructura ministerial entre Seguridad, Justicia y Derechos Humanos, la Dirección de Justicia Penal Juvenil se encuentra actualmente, y desde el inicio de la gestión del actual signo político en el gobierno (2019) bajo la órbita del Ministerio de Seguridad y Justicia. Administra la totalidad de dispositivos de Sistema Penal Juvenil: aquellos de privación de la libertad de régimen cerrado ubicados en Salta Capital (2, uno para adolescentes mujeres y otro para varones), en Orán (1), Tartagal (1) y en Metán[32] (1); un dispositivo de restricción de la libertad ubicado en la capital, y un dispositivo de monitoreo territorial de medidas penales alternativas, también en la capital. Este último, en el año 2014, mediante un convenio entre el poder ejecutivo provincial y la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (decreto provincial N° 1025) obtuvo financiamiento inicial para “fortalecer los mecanismos y estrategias de inclusión social de jóvenes que hayan transitado instituciones de privación y/o restricción de libertad, garantizando el acceso a sus derechos”. Es decir que, en sus inicios, funcionó como un dispositivo de egreso. Posteriormente, el programa dispuso ofrecer intervención en el monitoreo de medidas penales territoriales, como la primera medida en los casos que los actores judiciales consideren pertinentes, como alternativa a la aplicación de penas privativas de libertad. Este tipo de medidas eran definidas como acciones de orden socioeducativo, impuestas por el Juzgado interviniente y podrían ser ejecutadas en algunos o en todos los momentos del proceso judicial. Finalmente, y en la actualidad, esta área administrativa no cuenta con espacios de aprehensión especializados para alojar transitoriamente a adolescentes demorados por la policía u otra fuerza de seguridad ni con equipo técnico de guardia que garantice intervenciones especializadas.[33]
Respecto a los(as) actores del Fuero Penal Juvenil (creados por ley orgánica de la justicia penal Nº 7716 del año 2012), existen tres Juzgados de Menores (luego del año 2020, pasaron a denominarse Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil) únicamente en el Distrito Judicial Centro, mientras que en el resto de los distritos (Tartagal, Orán y Sur) no existe estructura judicial específica, sino que los Tribunales de Juicio Oral tienen competencia penal juvenil. Por su parte, en el ámbito del Ministerio Público existen dos Defensorías Penales Juveniles y dos Fiscalías Penales Juveniles (únicamente en distrito Centro). Intervienen, también, en los procesos penales seguidos contra adolescentes, Asesores de Incapaces (doce en el distrito centro; seis en el Sur; seis en Tartagal y cuatro en Orán).
La arquitectura propiamente judicial de la provincia de Salta se ha ido modificando conforme a un proceso iniciado en septiembre de 2018, luego de amplios debates dentro del poder ejecutivo, legislativo y judicial, cuando fue promulgado el proyecto de ley impulsado por la Corte Suprema de Justicia de Salta para la aplicación del Régimen de Responsabilidad Penal para niñas, niños y adolescentes. Este Régimen ha sido prorrogado por sucesivas leyes entre 2018 y 2023, año en que finalmente fue aprobada con modificaciones esta normativa que establece un procedimiento aplicable a las causas por delitos cometidos exclusivamente o con la participación de NNyA de acuerdo con un sistema de tipo acusatorio. Una de esas prórrogas habilitó un Régimen Transitorio en los procesos penales iniciados contra adolescentes a partir de septiembre de 2020, dictando la continuación de aplicación del Código Procesal de tipo inquisitivo (Ley 6.345, anterior al CPP acusatorio Ley N° 7.690) en conjunto con las modificatorias del artículo 35 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (N° 7.716) referidas a los casos donde la investigación preparatoria se encontraría a cargo del Ministerio Publico Fiscal; así como la aplicación de numerosos artículos del Régimen, como los referidos a las audiencias de debate y sentencia, las “medidas socioeducativas y asegurativas del proceso”, los criterios de oportunidad y vías alternativas de solución del conflicto e incluso otros de contenido más controversial, tales como la creación de un “Registro Único de Antecedentes Penales Juveniles” (reglamentado por la Acordada N° 13251 de la Corte de Justicia).
Luego de la última prórroga (ley N° 8333) que creó una Comisión especial con el objeto de que proponga las reformas legislativas necesarias y un plan progresivo de implementación, en septiembre de 2023, el Régimen fue aprobado con modificaciones por la Ley N° 8389. Entre las más significativas se encuentran aquellas sobre artículos como los referidos a los procedimientos a seguir cuando NNyA no sean punibles; las denominadas “medidas de protección” y no “socioeducativas” y el rol de la Autoridad Administrativa de Aplicación, institución que no era siquiera nombrada en la versión original del Régimen; y la incorporación de la remisión además de los criterios de oportunidad establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia (Ley N° 7690), entre otros.
Las sucesivas prórrogas de esta ley estuvieron estrechamente relacionadas con limitaciones presupuestarias para la adecuación institucional en pos de garantizar su aplicación, la cual implica la creación de institucionalidad en los distritos judiciales Tartagal, Orán y Sur y su ampliación en el distrito Centro. Este proceso se encuentra en curso desde septiembre de 2023 y ha sido establecido en documentos del Ministerio Público y el Poder Judicial (Resolución N° 22.409 y Acordada N° 13.981, respectivamente) con un plazo máximo hasta el 1° de diciembre de 2023. De esta manera tanto la normativa, la institucionalidad judicial, así como el tratamiento judicial en la Justicia Penal Juvenil en Salta, se encuentran en una coyuntura signada por los “reacomodamientos” asociados a la mudanza plena de un sistema procesal penal inquisitivo a uno adversarial. Sin embargo, se advierte cierto rezago en lo referido a la “adecuación” de la institucionalidad administrativa en materia penal juvenil. Esto último se evidenciaba ya en las recomendaciones que la Defensora Nacional de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes realizó en el año 2021 a la provincia respecto a las necesidades de readecuación del sistema penal de las/los adolescentes y que aún no han tenido curso.
En Chubut, la ley de Protección Integral de Derechos en relación con la institucionalidad judicial para la tramitación de los procesos que involucren NNyA dispuso la creación del fuero de la Niñez, la Adolescencia y la Familia, el cual se integra por juzgados de familia, juzgados penales y contravencionales de NNyA, asesorías de NNyA y familia, y equipos técnicos interdisciplinarios. Esta especialidad para el juzgamiento está pendiente de implementación y los adolescentes en conflicto con la ley penal son juzgados por jueces penales de adultos con competencia penal juvenil.[34] Sin embargo, orientadas por el principio de integralidad en la protección, desde el año 2020 las asesorías de NNyA y familia del Ministerio Público de la Defensa tienen competencia en todas las causas en las que son parte NNyA y asumen las funciones del Abogado del Niño en los casos necesarios. Además, la ley de protección integral provincial consigna un apartado destinado a la justicia penal y contravencional, en el que se detallan las garantías procesales, los derechos y el procedimiento aplicable en caso de que un adolescente sea acusado de cometer un delito. Señala que si el juez determina su responsabilidad penal podrá aplicar una medida socioeducativa. Estas medidas están enumeradas de manera taxativa[35] y de ser aplicadas es necesario fijar el tiempo de su duración al momento de dictarlas, ser proporcionales a la gravedad del hecho y pueden ser modificadas durante su implementación.
En cuanto a las medidas de privación de libertad se reconoce que siempre es una medida de último recurso y por el menor tiempo posible. Para los casos en que sean consignadas existe un dispositivo de privación de libertad que lleva el nombre de Centro de Orientación Socio Educativa (COSE) bajo la órbita de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia dependiente de la Subsecretaria de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud de la provincia con dos sedes.[36] Cada sede cuenta con operadores especializados, una escuela y talleres culturales, recreativos, deportivos y espacios para formarse en oficios.
En lo que refiere a espacios de aprehensión especializados, al igual que Salta, la provincia de Chubut no cuenta con dispositivos para alojar transitoriamente a adolescentes demorados por la policía u otra fuerza de seguridad ni con equipo técnico de guardia que garantice intervenciones especializadas.
La arquitectura institucional penal juvenil en Chubut se articula en materia judicial con el Código Procesal Penal de la provincia (Ley XV– Nº 9 sancionado en el año 2006– Antes Ley 5.478) estructurado sobre la base de un modelo del tipo adversarial. En éste el proceso penal juvenil es concebido como un proceso acusatorio, sumario, oral y privado. Además, el código contiene un capítulo específico destinado a las reglas a seguir en un juicio a adolescentes acusados de cometer un delito en el que señala que la sentencia se limitará a determinar la responsabilidad o no sobre el hecho que se le reclama, dejando el debate sobre la imposición de una pena para posterior. En el caso de que la persona sea declarada responsable, consigna que se podrán ordenar medidas socioeducativas similares a las que establece la Ley de Protección Integral de Derechos.
Finalmente, con respecto a las medidas socioeducativas se dicta la ley N° 1518/08 que modifica el Decreto Nº 1569/06, para el desarrollo en todo el territorio de la provincia el Sistema de Medidas Alternativas para la niñez, la adolescencia, la familia y la tercera edad con sus respectivos programas. Esta ley para los casos de adolescentes en los que se ha determinado su responsabilidad en la comisión de un delito crea el programa de Libertad Asistida que se efectiviza en dispositivos de medidas penales en territorio (con sedes en Trelew, Puerto Madryn y Esquel).
Por su parte, en Comodoro Rivadavia funciona de manera descentralizada el programa Haciendo Futuro, de supervisión y monitoreo de adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley penal en el ámbito socio comunitario bajo la órbita de la Secretaría de Desarrollo Humano y Familia del municipio y en articulación con la provincia. El programa busca dar respuesta a la situación de adolescentes que se encuentran en conflicto con la ley penal (presuntos infractores e infractores a la ley penal) de entre 16 y 18 años.[37] Debido a limitaciones presupuestarias provinciales, el programa estuvo sin funcionamiento durante los últimos años y retomó sus funciones en marzo de 2023.
En este apartado observamos una diferencia central entre ambas jurisdicciones vinculada al paso de sistemas inquisitivos a sistemas adversariales en la Justicia Penal Juvenil. Estas modificaciones en las estructuras de los procesos penales suceden en diferentes momentos en una y otra provincia. Mientras que en Chubut se sanciona el nuevo código procesal penal en el año 2006 con un apartado específico sobre juicio con adolescentes, abonando a las modificaciones iniciadas con la reforma judicial introducida por la Ley N° 4347 del año 1997 (actual Ley III N° 21 de Protección Integral de la Niñez, la Adolescencia y la Familia) en la que se dispone la creación del Fuero de la Niñez, la Adolescencia y la Familia, en Salta, en cambio, la sanción de un nuevo código procesal penal (en 2012, Ley 7690) excluyó al fuero penal juvenil de la aplicación de un procedimiento acusatorio. No fue hasta la entrada en vigor plena del Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil en septiembre de 2023 que se consolidó un sistema procesal penal de tipo acusatorio para el proceso penal juvenil.[38]
En cuanto a la institución administrativa en materia de Justicia Penal Juvenil, en Salta la encontramos bajo la órbita de la Subsecretaría de Políticas Penales, aspecto observado en numerosas oportunidades al gobierno provincial (Defensoría Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes, 2021); mientras, en Chubut, el escenario presenta otros matices, ya que los dispositivos penales juveniles (Centro de Orientación Socio Educativa, COSE) funcionan en la órbita de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia dependiente de la Subsecretaria de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social. También se observa, como es el caso de Comodoro Rivadavia, el funcionamiento descentralizado de programas como Haciendo Futuro, de gestión municipal. Resaltan, también ciertas similitudes entre ambas provincias, tales como la ausencia de dispositivos de aprehensión especializados en ambas jurisdicciones; la inestabilidad y precariedad institucional de los dispositivos del sistema penal juvenil, principalmente de los programas territoriales. En ambos casos dicha institucionalidad tuvo como impulso para su creación financiamiento nacional proveniente de SENAF.
Este ejercicio comparativo abre interrogantes para pensar la relación entre las características de las arquitecturas normativas e institucionales que conforman los campos penales juveniles, y el tipo de implicancias que éstas tienen sobre la gestión cotidiana de la conflictividad penal juvenil.
Estadística sobre la conflictividad penal juvenil
Tal como señala Marina Medan, en el capítulo inicial de esta compilación, nuestras indagaciones encuentran en los datos cuantitativos complementos necesarios para dimensionar el fenómeno de la participación de adolescentes y jóvenes en delitos urbanos y los modos en que el Estado lo regula. En este caso, a la luz de que se trata de distintas jurisdicciones provinciales con particulares realidades socioeconómicas y arquitecturas normativas e institucionales en la materia, consideramos que el relevamiento de la estadística judicial pública disponible puede abonar en un primer paso hacia la comprensión de las coordenadas generales que presenta los escenarios de la Justicia Penal Juvenil en cada una de ellas en cuanto a los rasgos salientes de la conflictividad penal juvenil y el tipo de gestión estatal empleada. No obstante, y siguiendo a Medan, es preciso considerar los inherentes recortes y sesgos de este tipo de mediciones, así como las transformaciones en los procesos administrativos y burocráticos de construcción de datos cuantitativos. Asimismo, reparamos en no considerarlos autoevidentes ni en explicarlos de manera simplificada, fundamentalmente de aquellos de los cuales podemos hacer una mínima comparativa en los últimos tres años (2020-2022), ya que aumentos o disminuciones de ciertos indicadores requieren de análisis mucho más exhaustivos para arribar a conclusiones formadas.
En base a estas consideraciones, retomamos dos fuentes de datos. En primer lugar, aquellos provistos por el Sistema Único de Indicadores Penales Juveniles que nuclea las estadísticas de esta población en la Base General de Datos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. A partir de la necesidad de contar con datos sistematizados y significativos de la población penal juvenil del país, se inició este registro en el año 2020. Otro cuerpo de datos estadísticos producido por agencias estatales respecto de la conflictividad penal juvenil viene siendo realizado por la Dirección Nacional Para Adolescentes Infractores a la Ley Penal (SENAF) y UNICEF de manera unificada y consecutiva en los últimos 3 años. Este se focaliza en la situación de adolescentes en el sistema penal juvenil en las 24 jurisdicciones provinciales a diciembre de cada año. Finalmente consideramos algunos informes de estadística judicial de Salta y Chubut.
En la provincia de Salta, de acuerdo con la Base General de Datos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el año 2022, 2106 NNyA ingresaron a la “Justicia de Menores” por causas penales de los(as) cuales el 82,6% fueron varones (1.740) mientras que el 17,4% fueron mujeres (366). A este total de NNyA se asociaron 2060 causas penales. La estadística del Poder Judicial de la Provincia de Salta[39], registra un total de 1.915 causas ingresadas en los Juzgados de Menores del Distrito Judicial Centro, único distrito donde se encuentran juzgados especializados en la materia. Puede suponerse que al menos 191 causas ingresaron en juzgados multifuero con competencia en materia penal juvenil en los restantes 4 distritos de la provincia, que corresponden a numerosos municipios del interior de Salta. Respecto de las causas ingresadas en los juzgados especializados, el informe provincial advierte un leve incremento en el total de causas del período 2022, frente a las 1.743 ingresadas en el año 2021.
Por su parte, de acuerdo con la Base General de Datos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del total de causas registradas en 2022, un 34% corresponde a delitos contra la propiedad (700); 32,6% a delitos contra las personas (672) y un 22,2% a delitos contra la integridad sexual (457). Cabe resaltar que la cantidad de denuncias por delitos contra la integridad sexual en el período enero-junio de 2022 en Salta fue de 895 casos, conforme a los datos del Sistema Informático de Denuncias del Ministerio Público de la provincia de Salta (OVcM, 2022). De acuerdo con esta misma fuente, durante todo el año 2022, se adoptaron medidas de privación de la libertad o alojamiento en instituciones sobre 501 NNyA, de los(as) cuales el 90,08% (454) fueron varones y 9,2% (47), mujeres. En cuanto a sus edades, un 26,2% (131) tenía entre 14 y 15 años, mientras que un 73,8% (370) tenían entre 16 y 17 años. Estos últimos datos, en principio, indican un abordaje judicial propio de un sistema mixto vigente en la provincia antes de la implementación plena del Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil en septiembre de 2023, donde la intervención penal sobre adolescentes inimputables no solo procede, sino que puede adoptar la forma de privación de la libertad.
Finalmente, de acuerdo con los datos de los relevamientos realizados por SENAF y UNICEF, el último reporte sobre la provincia de Salta, indicaba que, a fines de 2022, 49 NNyA se encontraban cumpliendo medidas en dispositivos del sistema penal juvenil de la provincia y se distribuían de la siguiente manera:

Fuente: Elaboración propia en base a SENAF y UNICEF (2021; 2022; y 2023).
Esta fuente de datos unificada ha permitido observar el desenvolvimiento de los indicadores cuantitativos entre 2020 y 2022. Considerando incluso que se trata de un período de características particulares debido a los efectos sociales de la pandemia por COVID-19 con restricciones más fuertes a la circulación y de mayor despliegue de las fuerzas de seguridad y policiales, donde las intervenciones habilitadas a fin de dar cumplimiento a las medidas de aislamiento reforzaron el poder policial para amenazar, controlar, hostigar o violentar a los grupos sociales “comúnmente hostigados” tales como jóvenes varones cis género que residen en zonas urbanas segregadas (Garriga Zucal, 2023), se advierte un descenso en la cantidad de adolescentes en el Sistema Penal en general, y en particular, un descenso en la disposición de medidas de privación de la libertad. Si bien las medidas de monitoreo territorial ganan relevancia hacia 2022, con ello solamente igualan a las medidas de privación de la libertad.[40]
Prov. | Medida territorial | Privación de la libertad | Restricción de la libertad | Total |
2020 | 9 | 57 | 4 | 70 |
| 12.86% | 81.43% | 5.71% | 100.00% | |
2021 | 14 | 26 | 3 | 43 |
| 32.56% | 60.47% | 6.98% | 100.00% | |
2022 | 23 | 23 | 3 | 49 |
| 46.94% | 46.94% | 6.12% | 100.00% |
Fuente: Elaboración propia en base a SENAF y UNICEF (2021; 2022; y 2023).
Según datos del Sistema Único de Indicadores Penales Juveniles de la provincia de Chubut en el año 2021 se iniciaron 62 causas en las cuales estuvo involucrada al menos una persona menor de 18 años, y se registraron 51 infractores en procesos penales iniciados, de los cuales el 90.2% son varones y el 9.8 son mujeres. En la mayoría de los casos (75,4 %) fueron delitos contra la propiedad, mientras que en menor medida se registraron delitos contra las personas (13,11%), contra la integridad sexual (3,28%) y otro tipo de delitos (8,2%).
En el año 2022, fueron 44 las causas penales iniciadas en las que participaron 49 adolescentes varones, lo que da cuenta de una disminución del 30% en las causas de un año a otro.
Respecto de las medidas adoptadas durante el proceso, en el 2021 se dictaron 32 medidas: 13 privativas de la libertad y 19 no privativas de la libertad o lo que conocemos como medidas penales en territorio. En el año 2022 las medidas fueron 24 (14 privativas de la libertad y 10 no privativas de la libertad).
Específicamente en Comodoro Rivadavia el 65% de los(as) jóvenes estaban señalados con delitos contra la propiedad caracterizados por ser de “baja lesividad” (en su mayoría en grado de tentativa) y sólo 3 de estos adolescentes fueron imputados por robo con armas (todos en grado de tentativa). Por su parte, 3 adolescentes fueron imputados por homicidio simple, y el resto señalados por otros delitos como encubrimiento, receptación de cosas u otros delitos leves. También, al igual que en los datos a nivel nacional y provincial se advierte el alto grado de masculinidad de la población penal juvenil: en Comodoro Rivadavia el 89% son adolescentes varones y sólo un 11% son mujeres.
Es notable la amplia diferencia entre los indicadores cuantitativos referidos a NNyA que ingresaron a la Justicia Penal Juvenil en 2022 en ambas jurisdicciones. En primer lugar, es necesario considerar estas estimaciones con relación al total de adolescentes en ambas provincias, aunque incluso de esta manera se observan marcadas diferencias relativas.[41] En segundo lugar, resulta apropiado interrogar la aparente “baja conflictividad penal juvenil” en Chubut, en relación con lo que agentes judiciales entrevistados en el marco de una investigación sobre el sistema penal juvenil a nivel local durante el período 2021 y 2022 mencionan sobre una amplia discrepancia entre las causas que son iniciadas y la cantidad de adolescentes que son demorados en comisarías. En este sentido, es necesario reparar en las conclusiones alcanzadas por diversos estudios previos, que dan cuenta de cómo adolescentes, principalmente varones y de sectores populares, forman parte de la población regulada a través de prácticas policiales que consisten en diferentes formas de maltrato, humillación y hostigamiento (Cozzi, 2019; Cozzi, Font y Mistura, 2014; Bovillani, 2017). Esto mismo da pie a un interrogante similar para la estadística de la provincia de Salta, en cuanto a un posible “sub registro” de delitos de “menor cuantía” (hurtos, robos, etc.) que pudieran quedar bajo gestión policial y no necesariamente judicializarse. Estos interrogantes se vuelven relevantes ya que, como mencionamos, ni en Chubut ni en Salta existen Dispositivos de Aprehensión Especializados, y por consiguiente tampoco un registro correspondiente a aprehensiones de niños, niñas y adolescentes menores de 18 años en Alcaidías y Comisarías dependientes del área de seguridad.
Por su parte, los datos señalados presentan una amplia diferencia relativa entre el peso de delitos contra las personas y contra la integridad sexual en ambas jurisdicciones: mientras en Salta estos suman el 54,8% del total, en Chubut, abarcan el 15,4%, y son mayoritarios los delitos contra la propiedad. Mientras que este último caso parece ser consonante con los indicadores de la Justicia Nacional de Menores[42], la provincia de Salta parece ir a contramano. Esto suscita, en primer lugar, algunas inquietudes sobre aquello que subyace a la significativa diferencia entre los tipos de delitos en ambas jurisdicciones, relacionados con las características de la política de persecución penal en cada una de ellas, así como de los mecanismos sociales, y en particular institucionales, ya sean facilitadores u obstaculizadores, que hacen a las condiciones de posibilidad para la denuncia de vulneraciones a la integridad sexual, por ejemplo.
Por otro lado, se presenta como una variable común en ambas provincias el hecho de que casi la totalidad de los adolescentes contra los cuales se iniciaron procesos penales sean varones, reforzando nuevamente análisis que advierten la singular relación entre construcciones sexo genéricas y delito (Nebra, 2021; Haney, 2010; Medan, 2011) y vuelven, una vez más, necesario el análisis interseccional (Viveros Vigoya, 2016) de este fenómeno, a fin de dar cuenta de la particular imbricación de las relaciones de poder con eje en la edad, la clase social, el género y la raza.
Finalmente, poniendo atención en las modalidades de administración estatal de esta conflictividad penal en ambas jurisdicciones, en Salta entre 2020 y 2022, se advierte un incremento en la adopción de medidas territoriales en detrimento de las medidas de privación de la libertad, en consonancia con la tendencia nacional. Sin embargo, este aspecto, considerado como positivo con relación a estándares de derechos de NNyA, se da en un marco de precariedad institucional, también presente en otras jurisdicciones del país (BID, 2021): existe un solo programa de monitoreo territorial, centralizado en el principal aglomerado urbano, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia. Mientras tanto, en Chubut, este tipo de medidas son centrales en las formas de gestión estatal, sin embargo, el programa encargado de éstas en Comodoro Rivadavia retomó funciones luego de un prolongado período de inactividad en el año 2023. Si bien depende de Desarrollo Social y funciona en mejor articulación con áreas de protección de derechos de NNyA, su precariedad institucional es similar a la de Salta.
El ejercicio comparativo deja al menos dos interrogantes abiertos a próximas indagaciones en los casos aquí estudiados: relacionando las condiciones económicas, sociales y demográficas de cada jurisdicción y el tipo de delitos cometidos por NNyA, cabe preguntarnos, en un nivel macro, ¿cuál es la relación entre estas condiciones y las decisiones de política criminal que regulan la persecución penal sobre determinados delitos?, y en lo micro, ¿cuál es la relación entre las condiciones de vida de los hogares a los cuales pertenecen estos(as) NNyA y el tipo y cantidad de delitos en los cuales resultan involucrados(as)? Retomando lo que otros antecedentes han señalado (Cabral, 2019) podemos suponer que en contextos de mayor pobreza y desigualdad existe un elevado índice de delitos contra las personas -en el caso de Salta de homicidios y contra la integridad sexual- que en muchos casos pueden estar relacionados con conflictos interpersonales vinculados a las propias condiciones de vida en barrios desfavorecidos económicamente. En este sentido, nos interesa problematizar las cuestiones que tienen que ver con la relación entre las violencias estructurales que conllevan estas condiciones de vida y las violencias que frecuentemente atraviesan los jóvenes en su cotidianidad, así como las dinámicas que utilizan para gestionarlas (Cozzi, 2014; Cabral, 2016). Advertido esto, creemos importante señalar que, si bien estas conflictividades en su amplia mayoría están asociadas a una estructura económica desigual, las privaciones materiales no resultan suficientemente explicativas de ciertos delitos que suceden en ámbitos locales y generalmente entre personas conocidas, ya que entran en juego otras lógicas que no necesariamente buscan un rédito económico (Kessler, 2014).
En esta línea de análisis también podemos reflexionar sobre el caso de Chubut. Si bien a primera vista pareciera que la conflictividad penal juvenil no adquiere gran magnitud en la problemática social, y la persecución penal se orienta más bien a delitos contra la propiedad, intentar comprender este fenómeno desde otras perspectivas de análisis es relevante. Ello porque no sólo inciden las estructuras económicas en las que los jóvenes están insertos, sino también, otras dinámicas de la organización social, vinculadas con las desigualdades de edad, género, raza, clase social que intersectan a los sujetos de manera particular.
A modo de cierre
A lo largo de este capítulo buscamos profundizar en aspectos que permiten comparar dos escenarios de la Justicia Penal Juvenil en la Argentina. En primer lugar, realizamos una caracterización demográfica y socioeconómica, la cual nos permitió advertir que Salta casi triplica la densidad poblacional de Chubut. En relación con sus estructuras productivas, observamos que Salta se orienta al mercado doméstico con actividades diversificadas y con una elevada cantidad de empleo precarizado en cuanto a su estabilidad y salarios; en cambio, en Chubut tienen una amplia incidencia las actividades “extractivas” destinadas en gran parte a exportaciones, lo que produce un amplio mercado de trabajo formal y con altos salarios. Esto se ve reflejado en los indicadores de pobreza de la población: en Salta el 37,5% de las personas se encuentra por debajo de la línea de pobreza y el 6,6% debajo de la línea de indigencia. En cambio, en Chubut, los indicadores fueron 28% y 2,8% respectivamente, porcentajes por debajo del promedio nacional (40,1% y 9,3%).
Sin embargo, esta distancia que reflejan los indicadores de pobreza medida por ingresos se achica cuando se incluyen otras variables, por ejemplo, el índice de NBI para ambas provincias. En la provincia de Salta se registra alrededor de un 15% de hogares con al menos un indicador de necesidades básicas insatisfechas y en Chubut esta cifra asciende al 9,3%, ambas por encima del promedio nacional (9,1%). Lo mismo podemos observar en relación con los indicadores específicos de pobreza de NNyA que señalan que el porcentaje de hogares con presencia de NNyA debajo de la línea de pobreza en Salta es de un 77,2%; en Chubut, dentro del total de hogares un 76% de NNyA en CR-RT viven en hogares que se encuentran por debajo de la línea de pobreza.
Luego, repasamos las características generales de las arquitecturas judiciales y administrativas en materia de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes, y en particular de los sistemas penales juveniles señalando los momentos de sanción de sus principales normativas e institucionalización de los organismos administrativos y judiciales. En líneas generales, advertimos distintos derroteros y temporalidades en los procesos de institucionalización de los sistemas penales adversariales (códigos procesales de tipo acusatorio). Éstos inciden en las institucionalidades judiciales existentes en cada una de las jurisdicciones pero también producen la (re)configuración de las lógicas propias de los procesos. Por ejemplo, instalan el instrumento de los juicios orales y modifican las reglas de producción de las pruebas. Estas son cuestiones que impactan en la forma en que se construye y se gestiona el problema de la conflictividad penal juvenil. Encontramos que, en Chubut, la sanción del nuevo Código Procesal Penal en el año 2006, con un apartado específico sobre juicio con adolescentes abonó a las modificaciones que se habían iniciado con la reforma judicial introducida por la Ley N° 4347 del año 1997 (actual Ley III N° 21 de Protección Integral de la Niñez, la Adolescencia y la Familia) en la que se dispone la creación del Fuero de la Niñez, la Adolescencia y la Familia. Mientras, en Salta la sanción de un nuevo código procesal penal (en 2012, Ley N° 7690) excluyó al fuero penal juvenil de la aplicación de un procedimiento acusatorio. No fue hasta la entrada en vigencia plena del Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil en septiembre de 2023 que se consolidó un sistema procesal penal de tipo acusatorio para el proceso penal juvenil.[43] Respecto a esta diferencia nos preguntamos para el caso de la provincia de Salta, qué tipo de gestión judicial de la conflictividad penal juvenil se habilitó en un marco de “transición” tan extendida en la adopción de un procedimiento acusatorio.
En términos de institucionalidad administrativa, señalamos también escenarios diferenciados. En Chubut, los dispositivos penales juveniles (Centro de Orientación Socio Educativa –COSE–) funcionan en la órbita de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia dependiente de la Subsecretaria de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social. También se observa, como es el caso de Comodoro Rivadavia, el funcionamiento descentralizado de Programas Territoriales de gestión municipal. En Salta, los dispositivos penales juveniles, así como la autoridad administrativa que los abarca, se encuentran desde su creación desvinculados del Organismo de Protección Integral de Derechos de NNyA, lo cual imprime una lógica particularmente penitenciaria en su gestión actual. Entre las jurisdicciones encontramos también algunas similitudes, tales como la ausencia de dispositivos de aprehensión especializados; cierta precariedad institucional de los dispositivos del sistema penal juvenil, principalmente de los programas territoriales, los cuales en ambas provincias tuvieron un financiamiento inicial nacional proveniente de SENAF.
Por último, presentamos algunos indicadores penales juveniles como la cantidad de causas iniciadas en 2022, la cantidad de adolescentes involucrados(as) en ellas, los tipos de delitos que originaron estos procesos, y el tipo de medidas dispuestas en consecuencia. A simple vista, es posible advertir un peso diferencial de la conflictividad penal juvenil en ambas provincias (Salta, 1,7% NNyA en conflicto con la ley penal, en un porcentaje de 8,6% de NNyA en la población total; y Chubut, 0,1% de NNyA en conflicto con la ley penal de un porcentaje de 7,6% NNyA en la población total), lo cual, en principio invita a indagar en otros niveles en los cuales se gestionan los conflictos juveniles en Chubut. Asimismo, resalta el peso diferencial entre los delitos contra las personas y la integridad sexual en Salta (54,8% del total), frente al porcentaje que éstos representan en Chubut, donde la mayor parte se definen como delitos contra la propiedad de “baja lesividad”. Estos datos abren numerosos interrogantes en relación con los lineamientos de la política de persecución penal, especialmente respecto de la población joven en cada jurisdicción y al impacto que ésta pueda tener en la producción de estadística. También sobre los mecanismos sociales, y en particular institucionales, que funcionan como facilitadores u obstaculizadores en relación a las condiciones de posibilidad para la denuncia de delitos particulares como aquellos que vulneran la integridad sexual. De igual manera nos preguntamos por el rol que cumple una posible “gestión policial” de delitos de “menor cuantía” (hurtos, robos, etc.) que no necesariamente se registran ni judicializan. Esto cobra relevancia ya que, como mencionamos, ni en Chubut ni en Salta se cuenta con Dispositivos de Aprehensión Especializados, y por consiguiente tampoco un registro correspondiente a aprehensiones de niños, niñas y adolescentes menores de 18 años en Alcaidías y Comisarías dependientes del área de seguridad. Por último, se renueva la necesidad de apelar a un enfoque interseccional para comprender las singularidades (cuantitativas y cualitativas) de la conflictividad penal juvenil reparando no solo en las condiciones materiales de vida de los hogares en general, y en particular de aquellos donde viven NNyA, sino también considerando clivajes de desigualdad como los sexogenéricos y etnicoraciales.
Finalmente, nos preguntamos también, en relación al creciente número de medidas territoriales adoptadas frente a las infracciones cometidas por adolescentes en ambas jurisdicciones. Específicamente, por las características particulares bajo las cuales éstas se gestionan. Consideramos no solo los rasgos que adoptan según el tipo y “gravedad” de los delitos, sino también las arquitecturas institucionales de las provincias; en Chubut se advierte escaso financiamiento y, en Salta, una gestión centralizada territorialmente y a cargo de organismos administrativos de lógica penitenciaria.
Como señalamos al inicio de este capítulo buscamos que este primer ejercicio pueda abonar un futuro trabajo de comparación entre distintos casos antropológicos entre sí. En este sentido, encontramos orientadoras las definiciones metodológicas que Matei Candea hacía en un texto del año 2016 donde desarrolla lo que entiende como dos tipos de movimientos mutuamente constitutivos del conocimiento antropológico: la comparación frontal y la comparación lateral. La primera, de manera (muy) sintética, podría definirse como el dispositivo heurístico que busca hacer extraño lo familiar y familiar lo extraño. Mientras que la comparación lateral, es decir, “entre” casos tiene lugar desde una perspectiva que, aunque “externa” es crucialmente colectiva e involucra diálogos dentro y entre “áreas de especialización”. Pone en juego “la división y el agrupamiento, la delimitación y el rebote” entre conceptos y entidades (sociedades, instituciones, acontecimientos, etc.). La comparación lateral puede revelar diferencias o conexiones inesperadas entre casos, así como desestabilizar puntos de comparación que pueden encontrarse momentáneamente alineados. De esta manera, cuando el conocimiento parecía haberse estabilizado, la comparación lateral genera nuevas preguntas e invita a más desafíos laterales.
Referencias
Álvarez Leguizamón, S. (2004). La pobreza: configuraciones sociales, relaciones de tutela y dispositivos de intervención (Salta, primera mitad del siglo XX). Abordajes y perspectivas, pp.83-222.
Álvarez Leguizamón, S. (2017). Formas de racismo indio en la Argentina y configuraciones sociales de poder. Prohistoria Ediciones.
Bachiller, S.; Usach, N.; Vazquez, L.; Chanampa, M.; Carrasco, M. L.; Freddo, B. (2022). Caracterización de las ciudades estudiadas: Comodoro Rivadavia. En Bachiller (Ed.). El único derecho es estar: conflictos por el acceso al suelo y tomas de tierras en Patagonia (pp. 50-56). Universidad Nacional de la Patagonia Austral. http://tinyurl.com/ye83cnvy
Barrionuevo, N. (2020). Hacia una sociología situada de las desigualdades multidimensionales. Secretaría de Investigación Instituto de Altos Estudios Sociales IDAES- UNSAM. https://noticias.unsam.edu.ar/wp-content/uploads/2020/11/Doc10-Investigacion-Barrionuevo.pdf
Bolsi, A. y Meichtry, N. (2006). Economía de mercado y sociedades tradicionales en la generación de la pobreza en el Norte Grande Argentino. Revista Estudios, (19), 65-89. https://doi.org/10.31050/re.v0i19.13399.
Bourdieu, P. y Wacquant, L. (2005). Una invitación a la sociología reflexiva. Ed. Siglo XXI
Bonvillani, A. (2017). Emocionalidad y espacio público: detenciones arbitrarias de jóvenes de sectores populares de Córdoba (Argentina). Cuaderno urbano, 23(23), 1-10. https://doi.org/10.30972/crn.23232690
Buliubasich, C. y Rodríguez, H. (2006). “Panorama etnográfico, histórico y ambiental”. En Buliubasich, C. y Gonzalez A. (Eds.) Los Pueblos Indígenas de la Provincia de Salta. La posesión y el dominio de sus tierras. Departamento San Martín (pp. 21-33). Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación y Universidad Nacional de Salta. https://bit.ly/3NqHLlX
Cabral, P. (2019). Conflictos, violencias y delitos en perspectiva de género. Un estudio etnográfico sobre varones y mujeres jóvenes de la periferia de la ciudad de La Plata. [Tesis doctoral, Facultad de Humanidades y Cs. de la Educación, Universidad Nacional de La Plata]. https://doi.org/10.35537/10915/101616
Cabral, P. (2016, del 21 al 23 de noviembre). Conflictos y violencias entre jóvenes varones de sectores populares de la ciudad de La Plata [ponencia]. V Reunión Nacional de Investigadores/as en Juventudes. Rosario, Argentina. http://sedici.unlp.edu.ar/bitstream/handle/10915/59542/Documento_completo.pdf-PDFA.pdf?sequence=3&isAllowed=y
Candea, M. (2016). Sobre dos modalidades de comparación en antropología social. Publicado originalmente bajo una licencia Creative Commons -Attribution – Pas d’Utilisation Commerciale – Pas de Modification 4.0 International – CC BY-NC-ND 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/). Traducido por Fernando Alberto Balbi (ICA, FFyL-UBA / CONICET).
Comisión Económica para América Latina y el Caribe [CEPAL] (2023). La distribución geográfica del valor agregado bruto de la Argentina entre 2004 y 2021. Serie Estudios y Perspectivas-Oficina de la CEPAL en la Argentina. https://bit.ly/47UvUVj
Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales (2020). Informe diagnóstico Salta. https://bit.ly/3NupX9E
Corte Suprema de Justicia de la Nación (2023). Niños, niñas y adolescentes en la Justicia Nacional de Menores Informe estadístico 2022. https://www.csjn.gov.ar/bgd/archivos/verDocumento?idDocumento=7811
Cozzi, E. (2019). «Arreglar» y «trabajar»: vínculos entre jóvenes y policías en Rosario, Argentina. Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales, Niñez y Juventud, 17(2), 1-19. doi: 10.11600/1692715x.17219
Cozzi, E. (2015). De juntas, clanes y broncas: Regulaciones de la violencia altamente lesiva entre jóvenes de sectores populares en dos barrios de la ciudad de Santa Fe. Delito y sociedad, 24(39), 72-102.
Cozzi, E., Font, E., & Mistura, M. (2014). Desprotegidos y sobrecriminalizados: interacciones entre jóvenes de sectores populares, policía provincial y una fuerza de seguridad nacional en un barrio de la ciudad de Rosario. Revista Derechos Humanos, 3 (8) 3-30. Ediciones Infojus. https://bit.ly/3RFJMxa
Defensoría de las Niñas, Niños y Adolescentes (2021). El Sistema Penal de las y los Adolescentes Provincia de Salta: Adecuación a las Pautas Internacionales en Derecho Penal Juvenil. https://bit.ly/4aogquG
Dirección General de Estadísticas e Indicadores Judiciales. Poder Judicial de la Provincia de Chubut (2021). Niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal. https://bit.ly/46YlWRy
Dirección General de Estadísticas e Indicadores Judiciales. Poder Judicial de la Provincia de Chubut (2022). Niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal. https://bit.ly/4ao9X2A
Fraser, N. (1991). “La lucha por las necesidades: esbozo de una teoría crítica socialista feminista de la cultura política del capitalismo tardío”. Debate Feminista, (3) 3-40. https://www.jstor.org/stable/42623971
Fondo de las Naciones Unidas para los Niños [Unicef] (2023). Informe Mapeo sobre el Sistema Judicial en Argentina. https://uni.cf/41mRLSR
Fondo de las Naciones Unidas para los Niños [Unicef] (2022). Indicadores Seleccionados de Salud Integral en las Adolescencias de Salta. 2017-2019. https://uni.cf/41kxihD
Garriga Zucal, J. (2023). “Fuerzas de seguridad, vulnerabilidad y violencias”. En La sociedad argentina en la postpandemia. Tomo I: Estado y políticas públicas (pp. 285- 323). CLACSO. Doi: 10.54871/cl23p10g
Grimson, A. y Baeza, B. (2011). Desajustes entre nível de renda e hierarquias simbólicas em Comodoro Rivadavia. Sobre as legitimidades da desigualdade social. Mana (2), 337 -363. doi.org/10.1590/S0104-93132011000200004
Haney, L. (1996). Homeboys, babies, men in suits: the state and the reproduction of male dominance. American Sociological Review, 61 (5), 759-778.
Haney, L. (2010). Offending women: Power, punishment, and the regulation of desire. University of California Press. https://doi.org/10.1525/9780520945913
Instituto Nacional de Estadística y Censos (2023). Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2022. Indicadores demográficos, por sexo y edad. INDEC. https://bit.ly/48h1Lzl
Kessler, G. (2014). Interrogantes pendientes sobre el delito urbano en la Argentina. Estudios, 32 (12) 203-217.
Llobet, V. y Villalta, C. (2019). De la desjudicialización a la refundación de los derechos. Transformaciones en las disputas por los derechos de les niñes (2005-2015). TeseoPress.
Magistris, G. y Gaitán, A. (2019). “Transformaciones normativas e institucionales en dos municipios de la provincia de Buenos Aires: General San Martín y Morón”. En: Llobet, V. y Villalta, C. (comp.). De la desjudicialización a la refundación de los derechos. Transformaciones en las disputas por los derechos de les niñes (2005-2015) (pp. 61-95). Teseo Press.
Mascareño, A. G., Barbetti, P. A., Gudiño Padilla, M., & Pozzer Pianalto, J. A. (2022). Efectos de la pandemia en lxs trabajadorxs asalariadxs del Norte Grande Argentino. En Dalle, P. Estructura social de Argentina en tiempos de pandemia (pp. 373-387). Imago Mundi.
Medan, M. (2011). Sociabilidad juvenil masculina y riesgo: discrepancias y acuerdos entre un programa de prevención del delito juvenil y sus beneficiarios. Última década, 19(35), 61-87. doi.org/10.4067/S0718-22362011000200004
Medina, F. (2019). Recorridos frecuentes. Una etnografía sobre el campo penal juvenil en Santiago del Estero, Argentina. [Tesis de doctorado, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad Nacional de Tucumán, Argentina]. Inédita.
Mignone, A. (2005) El mercado laboral en el Norte Grande Argentino entre 1995- 2004. La distribución del ingreso y los cambios en las estructuras ocupacionales. VIII Jornadas Argentinas de Estudios de Población, Asociación de Estudios de Población de la Argentina.
Milana, P. y Villagra, E. (2020). Entre prácticas de intervención y proyectos de desarrollo: un acercamiento a los procesos organizativos indígenas en los valles interandinos (Salta, Argentina). Territorios, (42-Esp.), 1-29. https://doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/territorios/a.7609).
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación (2023). Encuesta Permanente de Hogares para el primer semestre de 2023. Incidencia de la pobreza y la indigencia en 31 aglomerados urbanos https://bit.ly/3Tmiz3F
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación (2023). Encuesta Permanente de Hogares. Mercado de trabajo. Tasas e indicadores socioeconómicos. Segundo trimestre de 2023. https://bit.ly/3GJbWRu
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación (2014). Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) http://www2.mecon.gov.ar/hacienda/dinrep/Informes/archivos/NBIAmpliado.pdf
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación (2022). Chubut. Informes Productivos Provinciales. https://bit.ly/473rJ8q
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación (2021). Salta. Informe Productivo Provincial. https://bit.ly/47THArq
Ministerio de Salud de la Nación, Organización Mundial de la Salud y Organización Panamericana de la Salud (2022) Indicadores Básicos Argentina. https://bit.ly/3tjO2cd
Ministerio de Salud de la Provincia de Salta (2022) Programa Sala de Situación Dirección General de Coordinación Epidemiológica. Indicadores Básicos.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (2022). Empleo asalariado registrado del sector privado por departamento. https://www.argentina.gob.ar/trabajo/estadisticas/observatorio-de-empleo-y-dinamica-empresarial-oede/empleo-y-remuneraciones-por
Nebra, J. (2021). Medidas (y) alternativas para jóvenes (varones) en una experiencia penal territorial. Una investigación socioantropológica desde un Centro Sociocomunitario de Responsabilidad Penal Juvenil en el conurbano bonaerense. [Tesis doctoral. Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires]. Inédita.
Observatorio de Violencia contra las Mujeres OVCM (2022) Informe anual 2022. http://ovcmsalta.gob.ar/wp-content/uploads/2022/11/maqueta-informea-archivoeweb.pdf
Poder Judicial de Salta (2022). Información General Estadística desde el 01/01/2021 AL 31/12/2021. https://bit.ly/3teE7or
Quijano, A. (2000). “Colonialidad del poder, eurocentrismo y América Latina en Lander”. En La colonialidad del saber: eurocentrismo y ciencias sociales: perspectivas latinoamericanas (pp. 201-246). CLACSO.
Rofman, A. (2020). Circuitos productivos regionales y estrategias de desarrollo en la Argentina del siglo XXI. IADE.
Salvia, A.;Robles, R. y Fachal, M. (2018) Estructura sectorial del empleo, nivel educativo de la fuerza de trabajo y diferenciales de ingresos laborales en la argentina (1992-2014). Revista latinoamericana de estudios del trabajo (37), 55-94.
Salvia, A., Poy, S., & Donza, E. (2014). Estado del Desarrollo Humano y Social en el Gran Salta. Región del Noroeste Argentino. https://bit.ly/3GKeWgq
Secretaría General de la Gobernación de la Provincia de Salta. Dirección General de Estadísticas y Censo (2023). Anuario Estadístico Año 2021: Avance 2022. https://bit.ly/4aoaW2M
Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (2023). Relevamiento Nacional de Dispositivos Penales Juveniles y su Población. Año 2022. https://bit.ly/3uZM5lQ
Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (2022). Relevamiento Nacional de Dispositivos Penales Juveniles y su Población. Año 2021. https://bit.ly/3GEE74d
Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (2021). Relevamiento Nacional de Dispositivos Penales Juveniles y su Población. https://bit.ly/3GNFL3e
Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (2022). Indicadores de niñez y adolescencia. Pobreza e Indigencia. 31 aglomerados urbanos Segundo semestre 2021. https://bit.ly/3GFnSns
Usach, N. y Freddo, B. (2016). Dispersión y fragmentación socioespacial en el crecimiento reciente de una ciudad petrolera de la Patagonia argentina. Papeles de Población (90), 265-301. doi.org/10.22185/24487147.2016.90.041
Vianna, A. (2010). “Derechos, moralidades y desigualdades: Consideraciones a partir de procesos de guarda de niños”. En Villalta, C. (Comp.) Infancia, justicia y derechos humanos. Colección Derechos Humanos, (pp. 21-72). Editorial de la Universidad Nacional de Quilmes.
Villalta, C. (2021). Antropología de las intervenciones estatales sobre la infancia, la adolescencia y la familia. Etnografiando prácticas cotidianas, construyendo perspectivas analíticas. Cuadernos de Antropología Social 53, 21-37. Doi: 10.34096/cas.i53.10169
Viveros Vigoya, M. (2016). La interseccionalidad: una aproximación situada a la dominación. Debate feminista, 52, 1-17. https://doi.org/10.1016/j.df.2016.09.005
Leyes Salta
Acordada N°13251 de la Corte de Justicia de Salta. Registro Único de Antecedentes Penales Juveniles. https://bit.ly/3RqduVo
Acordada N° 13.981 Corte de Justicia de Salta (5 de septiembre de 2023) https://bit.ly/48ACvV9
Decreto N° 3775 Crea Dirección General de Justicia Penal Juvenil, 28 de agosto de 2009 (Boletín Oficial, 4 de septiembre de 2009) https://bit.ly/3Tqx6vl
Decreto N° 1025 Aprueba modelo de Convenio Único, suscripto entre la secretaria nacional de la niñez, adolescencia y familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el gobierno de la provincia de Salta (Boletín N° 19287, 22 de abril de 2014) https://bit.ly/3GKaOwW
Ley Nº 7.039 de Protección del Niño y el adolescente, 8 de Julio de 1999 (Boletín Oficial, 20 de agosto de 1999) https://bit.ly/3H2pYhv
Ley N°7970 de Protección Integral de Niñas, niños y adolescentes N°7.970, 6 de diciembre de 2016 (Boletín Oficial, 16 de enero de 2017) https://bit.ly/4aopsYj
Ley Orgánica de la Justicia Penal Nº 7716, 22 de mayo de 2012 (Boletín Oficial, 30 de mayo de 2012) https://bit.ly/41pPZ3i
Ley N°6.345 Código Procesal Penal de la Provincia de Salta, 26 de septiembre de 1985 (Boletín Oficial, 5 de noviembre de 1985) https://bit.ly/3GG7raz
Ley N° 7.690 Código Procesal Penal de la Provincia de Salta, 1 de noviembre de 2011 (Boletín Oficial, 6 de diciembre de 2011) https://bit.ly/3TkjdyN
Ley N° 8097 Régimen de Responsabilidad Penal Para Niñas, Niños Y Adolescentes, 7 de agosto de 2018 (Boletín N° 20338, 5 de septiembre de 2018). https://bit.ly/3H2ykWp
Ley N° 8389. Modifica artículos de la Ley Nº 8097. Régimen de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes, 24 de agosto de 2023 (Boletín N° 21546, 05 de septiembre de 2023) https://bit.ly/48h6yAL
Resolución N° 22.409 Ministerio Público de la provincia de Salta (5 de septiembre de 2023) https://bit.ly/3TocXG6
Leyes Chubut
Ley III N° 21 (Ex 4347) de Protección Integral de la Niñez, la Adolescencia y la Familia. Documento del Ministerio de la Familia y Promoción Social Provincia de Chubut. https://bit.ly/48lbHbL
Ley 15 N° 9 Código Procesal Penal Provincial del Chubut. (Ex Ley N° 5478/2006). Poder Judicial. Ministerio Público Fiscal (2022). https://bit.ly/476yuX9
Ley Nº 5806. Medidas Alternativas para la niñez, la adolescencia, la familia y la tercera edad. (Boletín oficial, 27 de noviembre de 2008). https://bit.ly/3tsHx74
Resolución N° 0767/11. Programa Haciendo futuro: supervisión y monitoreo de adolescentes y jóvenes en el ámbito sociocomunitario. Municipalidad de Comodoro Rivadavia. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia. Documento Oficial 2023.
- Las autoras señalan algunos como las relaciones entre las instituciones estatales y la sociedad civil, el tipo de relaciones y prácticas de órganos judiciales y administrativos, el grado de dependencia de los fondos nacionales, la capacidad de financiación de los gobiernos provinciales, la distribución geográfica de los servicios estatales territoriales, entre otros factores (Villalta y Llobet, 2019).↵
- Una de las explicaciones a este fenómeno considera el papel diferencial de las provincias de esta región en la consolidación del sistema capitalista en Argentina entre fines del siglo XIX y principios del XX en el modelo de acumulación primario exportador. Salta se encontraba más fuertemente vinculada a la dinámica social y cultural de lo que ahora es Bolivia, Perú y al norte de Chile hasta fines del siglo XIX, más que al puerto de Buenos Aires, centro político de la República Argentina. Se inscribe en un espacio geográfico al que las elites porteñas le asignan, a partir de la conformación de la República, una representación de atraso e incivilización (Alvarez Leguizamón, 2004).↵
- Aspecto que, para los autores, coloca al sector público como el principal mecanismo de defensa para los(as) trabajadores(as) u obliga a pasar a la condición de cuentapropistas.↵
- Integrada por la capital y localidades de los departamentos de Cerrillos y La Caldera.↵
- Proceso ya evidenciado en el Censo 2010, cuyo desarrollo tuvo curso durante el último medio siglo.↵
- Observándose un descenso poblacional en departamentos como Iruya y Santa Victoria (Censo Nacional 2022). Asimismo, en paralelo, se registra un proceso de relativo despoblamiento en departamentos del norte de la provincia, como Orán y General San Martín, segundo y tercer centros urbanos de la provincia (Censo Nacional 2022).↵
- Sonia Álvarez Leguizamón (2004) observa que los vínculos semiserviles se mantuvieron hasta muy entrado el siglo XX a diferencia de la zona central donde ya a finales del siglo XIX habían sido sustituidas paulatinamente por formas asalariadas.↵
- La zona noreste de la provincia, conocida como el “valle” comprende las ciudades de Puerto Madryn, Rawson y Trelew.↵
- Estas actividades, a su vez, generan un mercado de trabajo dinámico, que se destaca por tener los niveles de desempleo más bajos del país (3,6%) y tasas de empleo no registrado, muy bajas (23%) respecto del total nacional urbano (39%). Fuente: Mercado de trabajo. Tasas e indicadores socioeconómicos (EPH). https://bit.ly/3GJbWRu↵
- Esto se asocia con la elevada participación relativa en el valor agregado bruto total del país (2,2%), en relación con la baja densidad poblacional. Dato extraído del informe Chubut. Informes Productivos Provinciales (2022), Ministerio de Economía de la Nación. https://bit.ly/473rJ8q↵
- En particular, las regalías que surgen de la extracción de petróleo en la zona sur de la provincia representan un ingreso significativo para los municipios petroleros y para la provincia. Op. Cit. ↵
- Se observa reflejado en el alto crecimiento poblacional de la zona desde el descubrimiento del petróleo que ya había sido dado cuenta en los censos anteriores, con una variación intercensal de 29.17 % entre los años 2001 y 2010.↵
- Datos estadísticos de la Encuesta Permanente de Hogares para el primer semestre de 2023 indican para este aglomerado urbano que la tasa de empleo es de 41,6%.↵
- En este sentido, los indicadores productivos de la provincia del año 2021 dan cuenta de que Chubut tiene el 1,6% de los puestos formales privados del país y presenta salarios un 51% por encima del salario medio privado a nivel nacional. Op. cit.↵
- Su estructura productiva se asienta en un conjunto relativamente diversificado de cultivos agrícolas, cerealeros y vitivinícolas, productos mineros (boratos, litio y oro) e hidrocarburíferos y servicios turísticos. En 2020, del total de empresas activas del sector privado un 41,5% se correspondía a la rama de servicios, seguida el comercio (28,65%); agricultura y ganadería (18,7%); industria (6,2%) y minería y petróleo (0,88%). Fuente: Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación (2021). Salta. Informe Productivo Provincial. https://bit.ly/47THArq↵
- La tasa de actividad se ubica en un 46,8; la de empleo es del 43,5 mientras que la de desempleo, es del 6,6. Estos mismos datos nacionales se registran en 48,3; 45 y 6,9 a nivel nacional, respectivamente.↵
- En relación con los ingresos, en el año 2023 en Salta se observa que el ingreso per cápita familiar ($68.776) se ubica entre los más bajos del país, al igual que el ingreso de la ocupación principal ($107.584). Por su parte, en CR-RT el ingreso per cápita familiar se ubicó en $118.060 y el salario promedio de la ocupación principal en $226.885. ↵
- Información extraída de informe Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) http://www2.mecon.gov.ar/hacienda/dinrep/Informes/archivos/NBIAmpliado.pdf↵
- Durante el último boom petrolero la ciudad vivió un proceso de expansión territorial dado el déficit habitacional hacia zonas periféricas. Además de la ampliación de los barrios populares preexistentes a las denominadas “extensiones” dentro del ejido urbano, se crearon nuevos asentamientos en zonas periurbanas que carecen de servicios básicos y hasta la conformación de barrios en zonas donde el suelo no es apto para ser habitado como son las laderas de cerros o espacios lindantes al basural municipal (Bachiller et al., 2022). ↵
- Datos extraídos del informe Indicadores de niñez y adolescencia. Pobreza e Indigencia. 31 aglomerados urbanos. Segundo semestre 2021. Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia. Ministerio de Desarrollo Social. https://bit.ly/3GFnSns.↵
- La estructura poblacional por edades en 2022 muestra que el 7,26 % de la población tiene hasta cuatro años (104.640); el tramo de 5 a 9 años representaba el 9% (130.340), y en particular, la franja de edad comprendida entre los 10 y 14 años abarcaba a 128.088 personas, un 8,8% del total y de 15 a 19 años 123.790 (8,6%) de las cuales 62.524 eran varones y 61.266, mujeres. Solo en el aglomerado urbano de Salta, el porcentaje de niños, niñas y adolescentes durante el segundo semestre 2021 era de un 29,4% del total de la población; mientras que el porcentaje de hogares con niños, niñas y adolescentes era de un 52,1%. Ambas cifras, fueron mayores que las del promedio nacional (28%; 46,7%). Fuente: Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2022. Indicadores demográficos, por sexo y edad. https://bit.ly/48h1Lzl↵
- La estructura poblacional provincial por edades del Censo 2022 muestra que el 6,1% de la población tiene hasta cuatro años (36.129), el tramo de 5 a 9 años representa el 8,1% (47.783), la franja entre 10 y 14 años el 8,2 % (48.745) y entre los 15 a 19 años el 7,6% de la población (44.870), de los cuales el 22.098 son mujeres y 22.772 son varones. Op. Cit.↵
- De acuerdo con la Dirección General de Coordinación Epidemiológica, 2022. Por su parte, en 2019 esta cifra fue de 3.120 casos, el 18% del sobre el total de nacidos vivos (UNICEF, 2020).↵
- Se puede señalar como antecedente de esta norma a la Constitución Provincial reformada en el año 1998, que en su artículo 33 afirma que “el Estado asegura la protección de la infancia, cubriendo sus necesidades afectivas, ambientales, de educación, salud, alimentación y recreación” y en el artículo 34 referido a la Juventud, afirma que “El Estado promueve el desarrollo integral de los jóvenes, posibilita su perfeccionamiento y su aporte creativo. Propende a lograr una plena formación cultural, cívica y laboral, que desarrolle la conciencia nacional, que lo arraigue a su medio y que asegure su participación efectiva en las actividades comunitarias y políticas”. Asimismo, en su artículo 2, referido al régimen penitenciario, aclara que los menores y mujeres serían alojados en establecimientos separados.↵
- Se desataca que el mismo estaría conformado por “representantes de las iglesias que operan en organizaciones comunitarias sociales para la minoridad”, de la Sociedad Argentina de Pediatría, de una “organización acreditada cuyo objeto sea la prevención del consumo de estupefacientes”; y por agentes estatales pertenecientes al Ministerio Público Pupilar, Educación, Salud, de la Secretaría de la Gobernación de Desarrollo Social, del área de Deportes, del Poder Judicial, de una división policial de Protección del Menor y la Familia.↵
- Adhiriendo a la Ley Nacional N°26.061 desde 2006 (Llobet y Villalta, 2019).↵
- Este proceso de construcción legislativo tuvo como antecedentes la ratificación de la CDN en el año 1990 y la incorporación en la reforma de la Constitución Provincial del año 1994 normas específicas en relación con la infancia que enfatizan en la necesidad de diseñar políticas y acciones que prioricen esta etapa de la vida.↵
- Desde el año 1995 el área estatal encargada de las políticas públicas dirigidas a la infancia era la Subsecretaría de Desarrollo Familiar, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social. Al igual que otras tres áreas, fueron reorganizadas en cuatro Secretarías consideradas necesarias para lograr los objetivos de concebir a sus beneficiarios como “sujetos activos de derechos y atender a sus distintas necesidades” y “reemplazar los criterios meramente asistencialistas para dar paso a la implementación de políticas de desarrollo humano y productivo” (Decreto Provincial Nº 1903/4).↵
- Centros de Primera Infancia, Planes de Acompañamiento familiar en contextos rurales (Plan UNIR); Línea 102; Dispositivos de Protección, mayormente Hogares. En Tartagal hay 5 dispositivos, en Orán 2 dispositivos; en Metán un Pequeño Hogar y en Rosario de la Frontera un Pequeño Hogar. En la capital se registran alrededor de 15 dispositivos, en algunos casos para bebés y niños/as pequeños/as, para NNyA con discapacidad, otros incluyen a NNyA con discapacidades con NNyA que no las tienen, dispositivos para adolescentes con “conflictividad penal” y para adolescentes madres con hijas/os.↵
- En Orán, Tartagal, Rosario de la Frontera, Joaquín V. González, Metán. En cuanto a la distribución territorial, las delegaciones abarcan un conjunto de municipios, e incluso existe un número considerable de ellos que no se encuentran incluidos en ninguna delegación, motivo por el cual los equipos y personal pertenecientes a la administración centralizada intervienen en casos fuera de Salta Capital. ↵
- Algo similar ocurrió en el año 2010 los Institutos Dr. David Michel Torino (actual dispositivo de restricción de la libertad) y el Hogar Tránsito (de privación de la libertad para jóvenes mujeres), que hasta entonces dependían de la Secretaría de Promoción de Derechos del Ministerio de Desarrollo Humano y albergaban a “menores con conflictos con la Ley Penal” quienes ingresaban y egresaban mediante oficio judicial, fueron transferidos a la Dirección de Justicia Penal Juvenil. Esto se fundamentó en la necesidad de “adecuar la conformación de las estructuras gubernamentales (…) teniendo en cuenta las funciones de contención, asistencia y rehabilitación que cumplen” (Decreto Provincial Nº 472/10).↵
- Fue trasladado en 2022 a un nuevo edificio en la ciudad de Metan, ya que en 2017 una asesora de Menores e Incapaces del Distrito Judicial Sur (al cual pertenece Metán) presentó un habeas corpus correctivo colectivo, debido a “las problemáticas de la acción interpuesta por los menores alojados en esa residencia, entre los cuales se destacaron la falta de recreación en el patio, la educación durante su estadía, la higiene y estado de los colchones, la falta de psicólogo designado para el tratamiento, el hacinamiento y la posibilidad de que tengan actividades de talleres” (Fuente: Ministerio Público Pupilar, noviembre de 2017 https://mpasesoriasalta.gov.ar/metan-plazo-de-72-horas-para-mejorar-un-alojamiento/)↵
- Dato extraído del Informe SENNAF-DINAI Año 2021. https://bit.ly/3GEE74d↵
- Al momento de concursar los cargos deben acreditar conocimientos en la materia. En la actualidad, en la ciudad de Comodoro Rivadavia existen 11 jueces penales. En el caso de ser apeladas sus resoluciones, la instancia superior es la Cámara en lo Penal. La tercera instancia corresponde al Supremo Tribunal de Justicia de la Provincia. Datos extraídos del Informe Mapeo sobre el Sistema Judicial en Argentina, Unicef (2023). https://uni.cf/41mRLSR↵
- El juez puede optar por la medida socio educativa que considere más conveniente: “a) amonestación severa en presencia de sus padres, tutor o guardador y el defensor; b) disculparse con la víctima o sus representantes a opción de estos, del daño o lesión ocasionados por el delito; c) adopción de oficio o profesión; d) realizar el trabajo que se le ordene, en favor de la víctima o sus representantes de acuerdo a su edad, desarrollo físico y capacidad; e) realizar el trabajo que se le ordene a través de la prestación de servicios a la comunidad de acuerdo a su edad, desarrollo físico y capacidad; f) inclusión en un Programa de Libertad Asistida; g) régimen de semilibertad; h) privación de libertad en un establecimiento para adolescentes”.↵
- Una de las sedes está ubicada en las inmediaciones de la ciudad de Rawson y la otra en la ciudad de Esquel.↵
- Derivados, principalmente, del Poder Judicial (Asesoría de NNyA y Familia del Ministerio Público de la Defensa y Ministerio Público Fiscal en su gran mayoría), otros organismos derivadores han sido: Servicio de Protección de Derechos, Centro de Día de las Adicciones, Oficina de Derechos y Garantías, Asociaciones vecinales).↵
- Datos extraídos del Informe Mapeo sobre el Sistema Judicial en Argentina, Unicef (2023).↵
- Poder Judicial de Salta (2022) Información General Estadística, distrito Centro, año 2022 comparativo con el año 2021.↵
- La gran cantidad de medidas privativas de la libertad adoptadas en esta jurisdicción puede tener un correlato con la inexistencia de Centros de Admisión y Derivación, lo cual implicaría que las aprehensiones de personas menores de edad, deban realizarse en los Dispositivos penales juveniles de régimen cerrado.↵
- En Salta, en base a los datos del Censo 2022, la población de entre 15 y 19 años representa aproximadamente el 8,6% del total poblacional provincial (1.441.351) es decir 123.790 personas. Relacionando este número con los(as) 2100 adolescentes que ingresaron a la JPJ, se observa una proporcionalidad aproximada del 1,7% de NNyA con conflictividad penal con relación al total dentro de su grupo de edad. Por su parte, en Chubut el 7,6% de la población total (592.621) tiene entre 15 y 19 años, es decir, 44.870 personas. De acuerdo con los datos recabados, en el año 2022 hubo 49 NNyA contra los(as) cuales se iniciaron procesos penales, lo que representa una conflictividad penal del 0,1% dentro del total de este grupo etario.↵
- De acuerdo con el Informe anual 2022 sobre niños, niñas y adolescentes con causas en la Justicia Nacional de menores (al igual que en 2021), predominan delitos contra la propiedad (82%), principalmente distintos tipos de robos. De todos los delitos contra la propiedad registrados, un 37% fueron en grado de tentativa. Respecto del 18% restante, la mayoría fueron por delitos contra la integridad sexual (un 37,5%), contra la administración pública (un 20,2%), contra la libertad (un 8,5%) y contra las personas (un 7,4%), entre otros.↵
- Datos extraídos del Informe Mapeo sobre el Sistema Judicial en Argentina, Unicef (2023).↵






