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1 Fronteras construidas en la delimitación del piedemonte del Área Metropolitana de Mendoza

Luis Verdugo, María Cecilia Rubio y Romina Sales

Introducción

En Latinoamérica se asiste a un proceso de crecimiento acelerado de las ciudades hacia territorios rurales y naturales que genera impactos físico-biológicos y socioeconómicos. Particularmente en la provincia de Mendoza (Argentina), en las últimas décadas, se observa una acelerada expansión urbana hacia el sur y el este del oasis irrigado, de manera que se invade la zona de producción agrícola, y hacia el oeste, ascendiendo sobre el piedemonte del Área Metropolitana de Mendoza (AMM) (Abraham et al., 2005). Esta última unidad forma parte de las tierras secas no irrigadas y presenta ambientes frágiles debido a sus grandes pendientes, lluvias estivales violentas y concentradas en sectores parciales de la cuenca, vegetación escasa y degradada, suelos no consolidados y acelerados procesos de erosión, principalmente hídrica (Abraham et al., 2005). Este avance de la urbanización, en la mayoría de los casos, no se encuentra adaptado al ambiente pedemontano, lo que causa que aumente la velocidad de los procesos de degradación de tierras secas y que se reduzca o pierda la productividad y la complejidad biológica y económica (UNCCD/PNUMA, 1995).

En este contexto, si bien son numerosos los trabajos científicos que abordan el área del piedemonte desde diferentes disciplinas, se sostiene que aún no se ha logrado un consenso sobre la delimitación del piedemonte del AMM desde el punto de vista físico y político-administrativo. Asimismo, se advierte un desconocimiento de la dimensión y ubicación de esta unidad ambiental por parte de diferentes sectores de la sociedad en general. Esto resulta importante teniendo en cuenta que, en el año 2019 (Decreto n.° 219, Gobierno de Mendoza), se decretó la emergencia ambiental en la zona, mientras que la Ley de Ordenamiento Territorial (OT) provincial prevé la elaboración de un plan de OT especial para la planificación del área.

Por esto, en este trabajo se propone indagar las fronteras materiales y simbólicas construidas alrededor de la definición de los límites del piedemonte del AMM en investigaciones científicas y documentos técnicos. Para lograrlo, se aplica una estrategia metodológica mayormente cualitativa y se utilizan técnicas de análisis de bibliografía específica.

Caso de estudio: piedemonte del AMM

Actualmente, el AMM es el mayor centro urbano del centro-oeste y el cuarto de Argentina de acuerdo a su cantidad de población. Se caracteriza por profundas transformaciones territoriales asociadas a la expansión urbana (Abraham et al., 2005). Concentra el 65 % de la población y el 71 % de la población urbana provincial. En los últimos 40 años, producto de factores económicos, naturales y demográficos, ha experimentado, al igual que otras metrópolis latinoamericanas, una expansión urbana descontrolada y sin planificación (Unicipio, 2016). En la última década, en la provincia de Mendoza la expansión urbana ha tomado dos direcciones identificables: hacia el oasis irrigado, de manera que se invade la zona de producción agrícola (Rojas et al., 2020), y hacia el oeste, ascendiendo sobre el piedemonte, por lo cual se invade una zona conformada por tierras secas no irrigadas, ambientalmente frágil debido a sus grandes pendientes, lluvias estivales violentas y concentradas en sectores parciales de la cuenca, vegetación escasa y degradada, suelos no consolidados y acelerados procesos de erosión, principalmente hídrica (Abraham et al., 2005). Esto se suma a las condiciones de aridez y la escasez de recursos hídricos, ya que no existen en el piedemonte cursos de agua permanente, sino que se abastece principalmente a través del curso hídrico del Río Mendoza, que se encuentra regulado por la Presa Embalse Potrerillos localizada aguas arriba del AMM (Abraham et al., 2005). Se trata de una zona con altos grados de riesgo socioambiental, asociado principalmente al riesgo aluvional, que aumenta frente a la acelerada expansión urbana. Además, es un territorio de interfaz urbano-rural en el que interactúan el sistema agrícola, el urbano y el de recursos naturales (Narain y Nischal, 2007), construido en relación directa con los procesos socioeconómicos de la expansión de la ciudad (Matossian, 2014).

El AMM es un conglomerado urbano integrado por los departamentos de Capital, Godoy Cruz, Guaymallén, Las Heras, Maipú, Luján de Cuyo. En su sector oeste, se ubica en la zona de contacto con el piedemonte no irrigado de la precordillera (figura 1). Esta zona se caracteriza por presentar procesos de expansión urbana generados principalmente por el bajo costo de terrenos y la buena localización relativa (Abraham et al., 2005; Mesa y Giusso, 2014; INA CRA, 2019). Este avance de la urbanización, en la mayoría de los casos, no se encuentra adaptado al ambiente pedemontano, lo que genera un alto impacto y degradación ambiental, un uso intensivo de los escasos recursos de agua y suelo, la destrucción de la vegetación natural, la aceleración de la escorrentía y la degradación del paisaje (Abraham et al., 2005). Asimismo, los impactos se traducen en la acentuación de los riesgos, en mayor medida de los aluvionales, al modificar las pendientes por planización y los cauces e interfluvios (Abraham et al., 2005). Estos, a su vez, aumentan la velocidad de los procesos de degradación de tierras secas, de forma que provocan la reducción o pérdida de productividad y complejidad biológica y económica (UNCCD/PNUMA, 1995).

Figura 1. Localización del piedemonte del AMM

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Fuente: elaboración propia con base en datos de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial (2020).

En este contexto, urbanizaciones cerradas, barrios de clase media, populares y de operatorias del Estado, así como diferentes actividades asociadas a la extracción de áridos, actividades recreativas y turísticas, entre otras, avanzan sobre áreas expuestas a diferentes amenazas, sin los recaudos suficientes, mediante la deforestación y la modificación de las vertientes y de los cauces hídricos temporarios (Abraham et al., 2005; Mesa y De Rosa, 2006; Mesa y Giusso, 2014) (figura 2).

Figura 2. Vista aérea del avance de urbanizaciones cerradas en el piedemonte del departamento de Las Heras

Fuente: LaDyOT-IADIZA (2021).

Definición de límites del territorio pedemontano del AMM

Para dar respuesta al objetivo planteado, este apartado se centra en la identificación de las fronteras materiales y simbólicas emergentes de la definición de los límites del piedemonte del AMM. Para esto, se indagó en investigaciones científicas y documentos técnicos tales como planes de ordenamiento territorial municipal y ordenanzas municipales.

En primer lugar, es necesario partir de la definición de la unidad geomorfológica “piedemonte”. Además de constituir una de las unidades ambientales a nivel provincial en el Plan Provincial de Ordenamiento Territorial (PPOT) de Mendoza, corresponde a un extenso territorio que comprende tanto al piedemonte de la cordillera frontal, al de la precordillera, al de la cordillera principal y a los piedemontes del macizo de San Rafael, las cerrilladas y mesetas y de algunos complejos volcánicos (Abraham et al., 2017). Las geoformas que caracterizan a los piedemontes son extensos niveles o rampas de erosión (glacis o pedimentos) formados por diferentes eventos tectónicos y erosivos, estos últimos relacionados con la acción del escurrimiento mantiforme. Los niveles de erosión están disectados por torrentes temporarios, ríos secos o uadis que encauzan el escurrimiento en forma lineal y solo aportan caudales esporádicos durante las intensas precipitaciones estivales. La zona de contacto entre el piedemonte y la llanura está constituida por bajadas formadas por conos aluviales de distinta jerarquía (Abraham, 2000).

Otras geoformas destacables del piedemonte son las cerrilladas pedemontanas, que conforman una asociación de cerros y lomadas constituidos por conglomerados terciarios, que se extienden como una barrera en sentido norte-sur a lo largo de un importante sistema de fallas. Las cerrilladas funcionaron en un primer momento como efectiva barrera natural para la expansión urbana y para el escurrimiento, desde el oeste, del agua subterránea. Aparecen además extensas cuencas de vaciamiento hídrico constituidas por crestas de areniscas y badlands o tierras malas, como puede apreciarse en las cuencas del arroyo Frías, Papagayos, Maure y San Isidro, verdaderos paisajes de destrucción, conformados por una sucesión de “huaycos” o surcos de erosión, sumamente dinámicos y con gran atracción desde el punto de vista del paisaje desértico (Abraham, 1996). A la latitud de la Ciudad de Mendoza, el piedemonte de la precordillera forma un extenso glacis (rampa de erosión) con varios niveles constituidos por la combinación de fenómenos tectónicos y erosivos. Estos últimos –originados por la acción hídrica– por su potencia y extensión deben relacionarse con climas del pasado (cuaternarios) con condiciones más extremas de aridez.

En el piedemonte de la precordillera, ubicado aproximadamente entre los 800 y 1.900 m s. n. m., predomina la estepa arbustiva de Larrea cuneifolia (“jarillal”), la cual, a partir de los 1.200 m s. n. m., da lugar a la estepa arbustiva de Larrea divaricata, que se extiende hasta los 1.800 m s. n. m. Entre los procesos de degradación que afectan al área, se destaca el empobrecimiento de la cubierta vegetal por extracción de leña, sobrepastoreo, tala, incendios intencionales, urbanización planificada y espontánea, etc. Al constituir una unidad de enlace entre la región montañosa y la llanura, se define por presentar importantes riesgos naturales, inherentes al sistema pedemontano, mezclados con acciones antrópicas que pueden empeorar las condiciones y, por consiguiente, aumentar el riesgo (INA CRA, 2019).

Los ambientes pedemontanos son sistemas de extraordinario dinamismo y alta fragilidad ambiental, dado que son unidades de enlace –extensas rampas de erosión– que conectan los relieves positivos de las montañas y las grandes extensiones planas de las llanuras, de forma que provocan intensos procesos de intercambio originados tanto en las dinámicas naturales como en las de acción antrópica. En el caso del piedemonte de la Sierra de Uspallata, esta situación se enriquece por el asentamiento, en la parte distal, de la Ciudad de Mendoza. Se genera así un flujo de intercambio –de origen antrópico– con sentido inverso al natural. Es en esta situación donde se superponen interfases naturales y sociales, activas y pasivas, que generan una amplia gama de conflictos y también de potencialidades (Abraham, 1990).

En el marco de los procesos actuales de ordenamiento territorial en los que se encuentra inmersa la provincia de Mendoza, los municipios han elaborado sus Planes Municipales de Ordenamiento Territorial (PMOT). En estos instrumentos, han diseñado los lineamientos de planificación territorial de sus territorios sobre la base de la integración de aspectos naturales (físico-biológicos), socioeconómicos e institucionales. A partir del análisis de los planes, se destaca un abordaje disímil del piedemonte, tanto desde el punto de vista de su delimitación, como de las problemáticas ambientales existentes en el área y las propuestas de planificación planteadas para su resolución.

Al interior del AMM, el municipio de Luján de Cuyo sancionó la ordenanza 13.613 en el marco del PMOT. En tal documento se hace referencia a una cláusula transitoria –hasta tanto no se sancione la Ley de Uso y Ocupación del Piedemonte– que define los límites del área de piedemonte de Luján de Cuyo teniendo en cuenta dos sectores. El primero incluye el distrito Vertientes del Pedemonte y Las Compuertas, comprendido entre el límite con los departamentos de Godoy Cruz y Las Heras según fallo de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza (21/11/2.017), límite oeste de la Zona Recreación 1 del Corredor del Oeste, Corredor del Oeste (RP 82), límite oeste y norte de Zona de Recreación 2 del Corredor del Oeste hasta el límite oeste (línea imaginaria) de la Reserva Pedemonte determinado en Decreto 1.077/1.995 de la Provincia de Mendoza.

El segundo sector 2 comprende el límite sur de la Zona de Recreación 2 de la Ruta Provincial 82 en su traza con dirección este-oeste, línea del Ferrocarril General Belgrano, límite norte de Zona Recreación 3, RP 82.

Asimismo, en la reciente ordenanza sancionada para darle marco legal al código urbanístico y ambiental del piedemonte, se definen como límites del piedemonte:

… sector norte, la línea poligonal que, partiendo del eje del Río Seco Liniers, continúa por ese cauce actualmente canalizado, primero en sentido oeste y luego girando hacia el suroeste hasta el punto de intersección con el eje de la sección 4 del Corredor del Oeste (que separa al Santuario de Schoenstatt de La Puntilla y al barrio cerrado Palmares, por el norte, con el Aeroclub Mendoza o Aeródromo de La Puntilla, por el sur); desde ese punto la poligonal gira y sigue por el eje de esa sección del Corredor del Oeste hasta el centro de la rotonda que sirve de intersección con el sector 3 del mismo Corredor (rotonda de Palmares); desde este otro punto la poligonal quiebra hacia el oeste suroeste (OSO) hasta la cima del Cerro Puntudo (1.477 m s. n. m. coord. X=6.353.597, y=2.499.861, aprox.); y desde este último punto sigue en línea recta al oeste (en paralelo al Ecuador) hasta dar con la curva de nivel de 1.500 m s. n. m. (definida por el Decreto n.° 1077/1955 como límite entre la zona de amortiguación externa del piedemonte y la zona de mayor naturalidad de la precordillera del Oeste del Gran Mendoza, o Sierra de Uspallata), siendo la curva de 1500 m s. n. m. el límite oeste del piedemonte de Luján de Cuyo, continuando el polígono por el límite norte de la Zona Recreación 2 y 1 (Ordenanza n.° 13613/2019) frentistas a Ruta Provincial 82 y Corredor del Oeste en 100 m. hasta cerrar el polígono en límite con el Departamento de Godoy Cruz al Norte. Sector Calle Gladys Oldrá: límite norte: límite sur de Zona Recreación 2 hasta su cruce con vías del Ferrocarril General Belgrano, continuando por éste hasta su cruce con el Río Mendoza y el Límite Oeste de Zona Piedemonte definida en Decreto 1077/1995. Por razones técnicas y operativas no ha sido considerado el Piedemonte de Agrelo-Perdriel que posee condiciones naturales y sociales diferentes (artículo 4 Ordenanza n.º 13893 – ORD 13893-2021).

Por su parte, el PMOT de Godoy Cruz identifica el emplazamiento del sector del piedemonte correspondiente a su departamento de la siguiente manera:

… la superficie de piedemonte, es decir el sector occidental de la precordillera, se desarrolla desde el borde mismo de dicha unidad, o sea desde la cota 1500 en los primeros contrafuertes del cerro Melocotón hasta la calle Boulogne Sur Mer y se continúa al sur por la línea trazada por el canal Civit. Al este de esta línea, comienza la planicie (2018: 9).

El piedemonte de Godoy Cruz actualmente cuenta únicamente con normativas que a nivel provincial han definido usos del suelo. La Ley 5.804/91 en su Decreto 1.077/95 precisa los usos permitidos, restringidos y prohibidos para el piedemonte de la provincia de Mendoza y lo divide en cuatro zonas: de expansión urbana inminente (entre cotas 900-1.150 m s. n. m.), de amortiguación externa (1.150-1.350 m s. n. m.), de amortiguación interna (1.350-1.500 m s. n. m.) y, por último, zona de máxima naturalidad (1500 m s. n. m. en adelante), la cual no comprende el territorio de Godoy Cruz, que llega hasta la cota 1.500 m s. n. m. La Ley 4.886/83 abarca parte de la zona de expansión urbana inminente.

Es importante destacar que durante 2021 se actualizaron los límites distritales del departamento de Godoy Cruz bajo ordenanza n.º 7.124, quedando comprendida casi la totalidad del piedemonte dentro del distrito San Vicente, el cual extiende su límite oeste hasta la cota 1500.

El PMOT de la Ciudad de Mendoza (2019) establece doce “secciones” al interior del territorio municipal, correspondientes a unidades homogéneas, con características propias. En la ordenanza 3.505/02 (art. 2), “se asigna un nombre propio a cada una de las secciones existentes para reafirmar su identidad, creando nuevas secciones hacia el Oeste de la Avda. Boulogne Sur Mer, con igual criterio”. En este sentido, la sección “piedemonte” es una de las seis ubicadas al oeste de la Av. Boulogne Sur Mer hasta las Sierras de Uspallata, las cuales fueron delimitadas de acuerdo a sus características especiales de tamaño, uso y ocupación. Respecto a la delimitación geomorfológica del piedemonte, este es definido como una unidad de transición entre la región montañosa y la llanura, con geoformas a su interior desarrolladas como consecuencia de procesos morfogenéticos típicos de zonas áridas y semiáridas, como las crestas, los cerros testigos, los depósitos aluviales y, principalmente, dos niveles de glacis conocidos como “glacis superior”, al oeste, y “glacis principal” o “inferior”, al este (Mikkan, 2012). Por su parte, en el código urbano y de edificación de la Ciudad de Mendoza ordenanza n.º 3.978/19 B.O. 20/12/2019), se define al piedemonte como un sector de amortiguación o interfaz entre el sector natural y de seguridad hídrica con el residencial. Al respecto, se observa que la mayoría de los límites coinciden con calles, rutas y caminos que presentan alguna característica específica para la zona.

Además de los límites identificados en los planes de ordenamiento territorial y ordenanzas municipales, se reconocen características que permiten delimitar la zona pedemontana en los artículos científicos. Para eso, se agruparon los artículos en grandes disciplinas: planificación-urbanismo, geomorfología, geología, hidrología, riesgo aluvional y vegetación.

En este contexto, se identificaron artículos que hacen referencia a la zona de piedemonte basándose en los estudios de Abraham (1990) que define la ubicación del área en la precordillera de Mendoza (Castillo, Correa y Cantón, 2017). Se compone por una estrecha franja de 15-20 km de ancho, que se extiende entre la vertiente oriental de las sierras y la llanura, aproximadamente entre los 1.500 m. s. n. m. y los 800 m. s. m. También se identificaron trabajos que explican los límites del piedemonte según sus características topográficas. En este sentido, se hace referencia a la zona pedemontana como el área que conecta topográficamente la zona montañosa con la planicie. Las alturas varían entre 1.300 y 1.600 m s. n. m., pero la zona urbanizada se encuentra en los 800 m s. n. m. (Vich, 2010). Además, autores como Vich y Pedrani (1993) identifican dos áreas del piedemonte divididas por la cerrillada de Mogotes.

Asimismo, existen artículos que definen al piedemonte como una zona conformada por territorios no irrigados. En este sentido, se hace una delimitación del área teniendo en cuenta las posibilidades de acceso al agua para consumo humano (Mesa y Giusso, 2014). En esta misma línea, se identifican investigaciones arqueológicas que definen la zona del piedemonte comprendida al oeste de la planicie oriental de Mendoza, que se conforma por extensas rampas de erosión entre los 900 y 1.500-1.800 m. s. n. m. Al interior de esta zona, se hace referencia al recurso hídrico como eje estructurador de los asentamientos humanos (Chiavazza, Frías, Puebla y Acosta, 2007).

Paralelamente, se detecta que los trabajos vinculados a la planificación y al urbanismo refieren a la multiplicidad de usos variados como característica principal del piedemonte (Mesa y Giusso, 2014). En algunos casos, no se observa una referencia hacia las características ambientales que lo definen, mientras que, en otros, las particularidades ambientales son las que permiten caracterizar la zona (López Rodríguez, 2008). Al respecto, se define como una zona de alta peligrosidad aluvional que recibe los avances urbanos en terrenos de marcadas pendientes (López Rodríguez, 2008).

Por otra parte, aparecen trabajos sobre vegetación que definen la zona de estudio mediante particularidades ambientales. Sobre esto entendemos que, si bien no se trata de una delimitación en términos de coordenadas geográficas, al interpretar la caracterización es posible identificar fronteras que dan cuenta de la definición del área. En este sentido, se define la ubicación de la zona pedemontana a través de la relación entre precipitación (194 mm) y evapotranspiración potencial (1.041 mm), (calculada a través de la ecuación estándar de Penman), la cual es de 0,19 (Guevara et al., 1997).

Asimismo, identificamos trabajos que concentran su análisis en la cuenca del Jarillal y que, al determinar sus límites, definen en parte una zona del piedemonte entre Godoy Cruz y Luján de Cuyo. En este sentido, se hace referencia al criterio hidrográfico que permitió definir los límites de la cuenca hacia el este, por la divisoria de aguas, y hacia el oeste, a través de un criterio alternativo sobre el viaducto existente (Sedevich, Becerra y Bombal, 2013). En esta línea encontramos trabajos que, sin hacer referencia a los límites de manera explícita, definen la existencia de cuencas hidrográficas que caracterizan la zona (Farreras, 2014; Grünwaldt, Pesalaccia y Pedone, 1995). Asimismo, estudios de historia ambiental permiten conocer cómo fueron los procesos de ocupación del piedemonte, destacando solo su límite este sobre el canal El Jarillal (actual Av. Boulogne Sur Mer) (Prieto, 1987; Salomón, Reina y Ridi, 1991).

Por otro lado, se identifican artículos que hacen referencia al río Mendoza y al cordón de las Lajas, a una altitud que va desde los 900 a los 1.400 m. s. n. m., como fronteras para identificar una zona de estudio al interior del piedemonte del AMM (Carretero, 1983). Al respecto, autores como Pastor, Marchionni y Torres (2020) reconocen que la definición espacial del piedemonte difiere según las/os autores/as; sin embargo, se afirma que la zona se conforma por 101.438,83 hectáreas que constituyen una franja de 15 a 20 km de ancho que se extiende entre las cotas de 800 a 1.500 m. s. n. m., delimitado al norte por el cerro Las Lajas y por el río Mendoza al sur, constituido por seis cuencas hidrográficas: San Isidro, Papagallos, Frías, Maure, cerro Petaca y El Peral.

Actualmente, en el marco de un proyecto de ordenamiento ambiental del territorio liderado en la provincia por la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial (SAyOT) y el Laboratorio de Desertificación y Ordenamiento Territorial (LaDyOT) del Instituto Argentino de Investigaciones de las Zonas Áridas (IADIZA), se están actualizando los límites del piedemonte con base geomorfológica en combinación con criterios político-administrativos. Sobre la base de estudios ambientales históricos del área (Roig y Abraham, 1990; Abraham, 1987), se está trabajando en combinación con relevamientos geomorfológicos en campo, relevamientos fotogramétricos con dron, teledetección y entrevistas a informantes clave. De este modo, se pretende unificar criterios, superando las discrepancias, con el fin de lograr un consenso acerca de la delimitación real de la unidad territorial.

A modo de síntesis, se presentan las principales fronteras –materiales y simbólicas– identificadas como definición de límites del piedemonte del AMM:

  • Físicas: geoformas, cauces, fallas, curvas de nivel
  • Criterios hidrográficos
  • Criterios climáticos
  • Zona de expansión urbana con características propias
  • Características ambientales tales como precipitaciones
  • Calles, rutas y caminos característicos de la zona
  • Ausencia/presencia del agua (territorio no irrigado)
  • Zona donde se disputan diversos usos del suelo
  • Sentido de pertenencia al piedemonte
  • Percepción del piedemonte desde la gestión
  • Frontera difusa, falta de claridad en la delimitación.

Conclusiones

A partir del análisis realizado, se destaca, por un lado, la existencia de distintas miradas al momento de referirse al piedemonte, mientras que muchos estudios solo lo ubican al oeste del AMM, pero no avanzan en la delimitación real de esta unidad. Si bien se trata de una unidad geomorfológica caracterizada por un dinamismo natural particular, se advierte que, a nivel de gestión, esto frecuentemente no es considerado, y se establecen límites relacionados a criterios arbitrarios como calles, o límites político-administrativos. Esto tiene una implicancia muy importante desde el punto de vista de la gestión del riesgo y la planificación territorial, ya que comienzan a gestionarse áreas del piedemonte como unidades pertenecientes a la llanura, aunque esta unidad constituye un territorio con requerimientos de manejo particulares.

El ordenamiento ambiental del territorio debe incorporar el contexto natural como base para la planificación de acciones territoriales. Sin embargo, se comprende la necesidad que existe a nivel municipal en relación con la gestión territorial, la cual, en la mayoría de los casos, no considera las particularidades ambientales al momento de la toma de decisiones. En este sentido, se plantea la preocupación de no perder de vista la dimensión físico-biológica al momento de abordar el piedemonte del AMM, combinando, en caso de ser necesario, criterios antrópicos que faciliten la gestión municipal.

Por último, la futura elaboración de un Plan de OT específico para el área requiere mantener la integralidad de la unidad piedemonte desde el punto de vista ambiental y político-administrativo, por lo que se deberán lograr consensos interjurisdiccionales que permitan el desarrollo sostenible y armónico del área a fin de minimizar procesos de degradación, conservar valores ambientales clave y brindar las condiciones propicias para el bienestar de la población que allí habita.

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  1. librolab 03/03/2023 1:30 pm

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