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7 El amor y la traición

Otra de las particularidades del caso por espionaje de Trelew fue que la denuncia llegó a través de un integrante de la Oficina de Inteligencia. Era la primera vez que una denuncia de este tipo, que salía desde “adentro”, avanzaba tanto judicialmente. Ante la inminencia de la conmemoración de los 30 años del último golpe militar y el avance por la apertura de los juicios de lesa humanidad, esta situación fue leída como síntoma. Como emergente de alguna situación de cambio al interior de las fuerzas que permitía la denuncia de continuidades perversas. De un relativo avance frente a la tradicional cohesión de la institución militar. De que realmente existiera un malestar en las nuevas generaciones que se hubieran hecho eco de la política “oficial” de los derechos humanos. Pero, al mismo tiempo, otras manifestaciones ponían en primera plana lo que podía interpretarse como un nuevo aglutinamiento que volviera a dar fuerza y sentido a la “corporación militar”. O la confrontación con el discurso que los organismos de derechos humanos habían logrado instalar como política pública (Barros, 2012) y el lugar que en el mismo tenían las Fuerzas Armadas.

Desde el año 2004, cuando la Cámara de Senadores votó la inconstitucionalidad de las Leyes de Obediencia Debida y Punto Final, las agrupaciones de “Memoria Completa” disputaron con los organismos de derechos humanos la verdad sobre el pasado reciente y apuntaron a la instalación de una memoria especular y reactiva a la de los desaparecidos (Salvi, 2009). Ante el discurso –y el deseo del quiebre generacional, las manifestaciones públicas de estas agrupaciones apuntaban a señalar la continuidad entre las generaciones militares y el efecto aglutinante ante la reapertura de los juicios.

De esta manera, el caso de Trelew se insertaba en esta pregunta acerca de las condiciones y las posibilidades de unidad y cohesión de la corporación militar, así como sobre los quiebres con respecto a la versión hegemónica de lo que constituye la pertenencia al grupo y de los índices sobre los cuales se monta. Existe una amplia literatura que ha indagado sobre este aspecto, a partir de la noción de “corporación” y, desde una perspectiva inversa, las Fuerzas Armadas han conformado uno de los ejemplos para el análisis de este concepto tan caro a las disciplinas sociales. Derivada del latín corpus, cuerpo, sus significados y definiciones provienen desde el Derecho romano y fue especialmente retomado en el siglo XIX y a lo largo del siglo XX; tal extensión temporal es congruente con la existencia de sus múltiples contextos de aplicación e interpretación. El breve rastreo conceptual que sigue a continuación, lejos de pretender ser exhaustivo, intenta recuperar la potencia política de su análisis.

A lo largo del siglo XX y hasta los años sesenta, la difusión del concepto estuvo ligada históricamente a los regímenes fascistas y totalitarios; Philippe Schmitter intentó, en su célebre trabajo sobre el neocorporatismo de 1974, apartar las referencias peyorativas para brindar una definición ya clásica en las ciencias sociales y realizar un estudio crítico en el cual sostiene que el análisis de los modos de intermediación de intereses exige un método de investigación histórico y comparativo, sensible a las corrientes de desarrollo en el largo plazo, al impacto diferencial de acontecimientos aislados, a la importancia acumulada de las decisiones críticas, y a la gradual suma de estrategias de gobernabilidad normativas (Cansino, 1997).

La definición apunta a señalar lo que hay de representación de intereses en un sistema en el cual las unidades constitutivas (las corporaciones)

se organizan en un limitado número de categorías singulares, compulsorias, no concurrentes, ordenadas jerárquicamente y diferenciadas funcionalmente, reconocidas y autorizadas (si no es que creadas) por el Estado, y a las que se les concede un explícito monopolio de la representación dentro de sus respectivas categorías, a cambio de observar ciertos controles en la selección de sus líderes y en la articulación de sus demandas y apoyos (Schmitter, 1992: 618).

Y siguiendo al rumano Mihail Manoilesco (autor de la Siécle du Corporatisme en 1934 y de Le Parti Unique en 1936), Schmitter apunta a aquella organización colectiva y pública compuesta de la totalidad de las personas (físicas o morales) que cumplen juntas la misma función nacional y que tienen como su meta asegurar el ejercicio de tal función por reglas legales impuestas por lo menos sobre sus miembros (ibid.: 642).

Pocos años después Guillermo O’Donnell, retomando el trabajo de Schmitter, señalará la importancia de entender que el corporatismo no es un fenómeno incambiante, y que para el caso latinoamericano corresponde el del tipo burocrático autoritario (1975: 5).

La noción de corporación que recupero aquí se refiere a uno de los sentidos que se le ha asignado y que tiene que ver con la relación con la “profesión” pero también a su capacidad de injerencia en el espacio de la política. Es en este sentido que aparece la referencia a la “corporación militar” –así como la policial, la judicial, la de medicina– entre otras. Esta utilización suele asimismo hacer una referencia explícita a las formas de ejercer presión sobre determinados sectores del Estado para favorecer sus intereses; de la misma manera, y corroborando la idea de unidad que la misma noción de corporación favorece, no suele indagarse frecuentemente en torno a la composición moral de la misma.

Es por ello que inicio esta sección con una frase de SM, quien en pleno desarrollo de la causa judicial, en medio de las circunstancias más adversas, afirmó:

Me duele, viste, a mí me duele porque está esto de la pertenencia, y yo ya no pertenezco más (entrevista a SM, 10/10/2010).

Y así como el capítulo 4, “Táctica y estrategia”, abordó las que pueden ser consideradas estrategias “corporativas” ante el avance de otras burocracias del Estado sobre lo que los integrantes de las Armada consideran como terreno o campo propio, este último capítulo se introduce en las dinámicas internas que la causa judicial desató en la “corporación”. Para ello indaga acerca de los significados de la pertenencia, de los modos en que la misma se construye en las Fuerzas Armadas y los principios en los cuales se asienta actualmente, para entender en primer lugar por qué y cómo pueden existir traidores, pero también para saber por qué resultaba de gran importancia –hasta la derogación del Código de Justicia Militar en el año 2009 que las Fuerzas Armadas intentaran manejar sus conflictos a través de un fuero judicial propio. En otras palabras, se pregunta acerca de cuáles son los peligros que entrañaría la interferencia del “Estado” en esta “institución del Estado” o, en palabras de Bourdieu (1994), las disputas en el “campo del Estado”. Para ello recurrimos a las categorías nativas de “familia naval” y “camada”, y al lugar que en ellas asumen las nociones de conducción y camaradería.

El análisis, como se ha desarrollado a lo largo de este libro, retoma la causa judicial por espionaje para observar las eventuales alianzas y quiebres que habría provocado, con su particular dinámica individualizadora, la interferencia del Poder Judicial. Sin embargo, este capítulo también recurre, junto a las declaraciones orales y escritas que los diferentes actores deponen frente al juez, a entrevistas de diversa índole y a un trabajo de campo de más amplia duración a fin de poder encontrar claves de interpretación que obviamente exceden el caso mismo.

El primer acápite, “Ropa sucia”, se inicia comparando el caso de Trelew con otras dos situaciones similares acaecidas en años anteriores que involucraron al Ejército y a la Fuerza Armada, para luego centrarse en el análisis del sumario interno que la Armada llevó adelante ante el conflicto suscitado judicialmente. El objetivo declarado de este sumario era dilucidar si la Armada contaba con recursos para resolver situaciones de conflicto.

La segunda y última sección se adentra ya en los quiebres. “El gran bonete” desarrolla aquellos aspectos de la causa judicial en los cuales se hace evidente cómo el mecanismo judicial, a partir de las imputaciones individuales, quiebra la aparente unidad que parecía evidente en el capítulo anterior y pone de relieve aquellos valores que los marinos, en cuanto parte de la corporación naval, deberían tener como norte de su accionar.

a. Ropa sucia

En 1998, periodistas de Página/12 accedieron a dos significativos documentos de la Sección de Inteligencia de la Fuerza Aérea. Uno de ellos daba cuenta del seguimiento de una organización de mujeres y los encuentros de sus integrantes con otras organizaciones; otro consistía en un Pedido de Información (OPI), número 057/97, sobre diez periodistas de diarios nacionales. La noticia fue publicada, la institución realizó un sumario interno y el juez federal Miguel Urso realizó un allanamiento de la Oficina de Inteligencia, en la Avenida de los Italianos de la Ciudad de Buenos Aires. Al ser procesados, los imputados alegaron la “necesidad de defender intereses nacionales que, a su entender, podían quedar en riesgo por el trabajo de periodistas que investigaban cuestiones vinculadas con la seguridad en los aeropuertos”.[1] Luego el juez federal Gabriel Cavallo procesó por abuso de autoridad a un brigadier, un comodoro, un vicecomodoro y dos capitanes de la Aeronáutica militar.

Algunos años más tarde, la misma Fuerza Aérea presentaba para el ascenso al Vicecomodoro, a quien previamente había sancionado con 20 días de arresto por “demostrar falta de juicio profesional”. Ese mismo año 2002, el CELS pidió al jefe de la fuerza el acceso al legajo de Vicecomodoro ya que el ascenso se había otorgado, pese a la supuesta sanción. La respuesta indicó que no obraban antecedentes de sumarios internos instruidos contra el AhoraComodoro (CELS, 2006: 50). El pedido se reiteró, esta vez a través de una senadora que formaba parte de la Comisión de Acuerdos del Senado de la Nación, quien confirmó la ausencia de dichos antecedentes en el legajo abreviado que las Fuerzas Armadas envían para el análisis de los candidatos militares al ascenso. La solicitud se elevó, esta vez, al Ministerio de Defensa bajo la gestión de Pampuro, que respondió sin enviar el legajo y remitiendo un informe de la Fuerza Aérea en el cual se justificaban las acciones desarrolladas.[2]

Un año más tarde, la acusación recaería sobre el Ejército. En Córdoba, la jueza federal Cristina Garzón de Lazcano investigaba dos causas: una por el destino final de los desaparecidos bajo el terrorismo de Estado en Córdoba, y otra por la sustracción de hijos de desaparecidos en los campos de concentración de esa provincia. Testigos, dirigentes de organismos de derechos humanos y ex detenidos denunciaron amenazas, ante lo cual la jueza comenzó una investigación. Pero como las operaciones secretas no estaban dando resultados positivos, la jueza decidió investigar y comprobó así la filtración de información hacia el Ejército que era remitida por un empleado de los tribunales federales. Se sucedieron entonces una serie de allanamientos que llegaron hasta la jefatura de inteligencia del III Cuerpo de Ejército. El comandante fue indagado por la jueza, y en su testimonio aceptó que estaba “siguiendo la causa” y disparó la frase: “Todo lo que hace a derechos humanos nos interesa porque esa es una forma de atacar al Ejército”.[3] El jefe del Ejército, entonces Martín Balza, relevó a cuatro militares y consideró que la frase del jefe de inteligencia del III Cuerpo constituía un “agravio”. Además, se presentó en el Juzgado y desautorizó el accionar del grupo. Los militares fueron procesados por el delito de “abuso de autoridad”.

Poco tiempo después, debió anularse parte de lo actuado “debido a fallas de procedimiento y violación de garantías constitucionales”. Recién en el año 2004 se dictó sentencia. Las penas, sin embargo, fueron más que leves. Pese a que la jueza entendió que se había violado la ley de defensa y de seguridad interior, y se había constatado la existencia de una red de espionaje en la provincia, no hizo lugar al pedido de la fiscal que solicitó condenas más duras –de entre un año y medio y dos años de prisión para los imputados, y los condenó a tres meses de prisión en forma condicional.

En el año 2007, el CELS aún continuaba preguntando sobre el legajo de AhoraComodoro. Recién unos meses antes el Ministerio de Defensa había autorizado el acceso a la información. Así que fui con DM, integrante del Programa de Memoria del CELS, hasta el edificio de la Fuerza Aérea. Nos recibió un oficial, muy amable, que nos hizo pasar a una oficina. Sobre el escritorio se encontraba el legajo de AhoraComodoro, un bibliorato gordo lleno de papeles con toda la información referente a su carrera como aviador. El legajo contiene información personal, de tal manera que la dinámica que se produce es que el oficial hojea y nos va relatando lo que hay en las páginas que va pasando, hasta que preguntamos algo puntual y devuelve la respuesta. En el legajo no se encuentra la sanción: el mismo día que aparece la información publicada en el diario, se cierra el informe anual de AhoraComodoro. Una semana después es sancionado con 20 días de arresto. Pero hete aquí que su nuevo informe de calificación arranca el 1 de febrero del año 1999, de tal manera que la sanción no queda registrada ni en el informe de calificación de 1998 ni en el de 1999. En el año 2001 la causa prescribe y, en virtud de ello, la superioridad decide dejar sin efecto la sanción disciplinaria.

El caso del Ejército, en Córdoba, tuvo algunas consecuencias un poco más drásticas porque la justicia logró actuar antes de que la causa prescribiera. Cuatro militares fueron relevados y pese a las penas leves, se dictaminó la culpabilidad de los involucrados.

El caso de Trelew no deja de tener similitudes con los casos arriba desarrollados, tanto por las modalidades del espionaje como por las maneras “internas” a partir de las cuales dichos conflictos fueron investigados internamente. La Armada también realizó “actuaciones”, para lo cual designó a un alto oficial, en este caso Subjefe, a fin de que iniciara las investigaciones correspondientes. El procedimiento del sumario, que forma parte del expediente judicial, se extiende a continuación.

La orden se expide el sábado, es decir, un día después de que se efectuara el allanamiento de la Oficina de Inteligencia. SubJefe abre el sumario a fin de

deslindar las responsabilidades de orden administrativo interno en la Fuerza, relativas a los hechos denunciados por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) ante el Juzgado Federal de la ciudad de Rawson, Pcia. Del Chubut, por la supuesta realización de actividades de inteligencia en el orden interno provincial por parte de organismos de la Armada (fs. 1).

Cuando SubJefe –ahora OficialInformante se hace cargo de la investigación, especifica que en el “plano investigativo” corresponderá determinar aspectos tales como:

– la formación del personal perteneciente a la capacitación/escalafón inteligencia/Informaciones;
– analizar el sistema de Inteligencia existente para apreciar la adecuación de la orgánica, la integración del personal, la mecánica de la producción y emisión de la información que se reúne y, finalmente,
– proceder al análisis de la normativa, reglamentación y directivas existentes que se vinculen “con el objeto de estas actuaciones”.

Para ello, decide armar una serie de comisiones, cada una de las cuales evalúa un área considerada pertinente (organización del sistema de inteligencia naval, marco legal, roles y funciones; formación del personal de inteligencia, de informaciones y seguimiento profesional; estado de reglamentación del área de inteligencia, etc.), a las que se les da el mandato de entregar un informe en diez días.

El 28 de marzo de 2006 Subjefe avisa a través de un comunicado interno que “sobre la base de los estudios preliminares efectuados” ha dispuesto que una vez finalizadas las actuaciones, las secciones de inteligencia serán desactivadas. La investigación interna tendrá como objetivo, también, aportar material para el estudio del “actual sistema de inteligencia naval” y ajustar así los “roles y funciones a las necesidades específicas” (fs. 62).

Al mismo tiempo, OficialInformante toma declaraciones del personal de todas las secciones de inteligencia de la Armada, lo cual lo llevará a recorrer buena parte del territorio argentino. El sumario incluye el formulario guía, dos breves páginas en las que se requiere información respecto del cargo y su tiempo de desempeño, se interroga acerca de la producción de inteligencia ilegal, si se ha recibido o pedido tal información (ilegal) y si el funcionario conoce la legislación respectiva a la defensa nacional, la seguridad interior y la inteligencia nacional. También una breve y concisa pregunta, que en ocasiones aparece reformulada:

Los organismos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, ¿están autorizados a desarrollar actividades de Inteligencia en el orden interno del país? (fs. 97, 99, 145).

El formulario es presentado a toda la línea de jefatura y comandancia que va desde el Comando de Operaciones Navales (COOP) en Puerto Belgrano y de la Dirección de Inteligencia Naval (DIIA) en Buenos Aires, y a sus respectivos subordinados, es decir: a los jefes de las Bases Navales, comandantes de la fuerza correspondiente y jefes de secciones de inteligencia. Luego se detendrá particularmente en Trelew y aplicará el cuestionario a todos los integrantes de la Oficina de Inteligencia, al jefe de la Base y al comandante de la FAE3.

En Trelew, pocos de los marinos de Trelew. Buena parte de ellos se abstiene argumentando ampararse bajo el art. 18 de la Constitución[4] y, como bien identifica OficialInformante, la mayor parte de ellos están involucrados de una u otra manera en la causa judicial. Quienes deciden declarar, afirman conocer la legislación y niegan haber recibido o solicitado la información que la Justicia está poniendo en cuestión. No se encuentra a lo largo de todo el sumario una sola palabra respecto del archivo hallado en la Oficina de Inteligencia de la Base Almirante Zar.

Las Comisiones hacen llegar sus informes. La primera de ellas, a cargo del capitán de navío CH,[5] y encargada de relevar y estudiar la “Organización del sistema de inteligencia naval, marco legal, roles y funciones”, estima que en la reglamentación existen algunas desactualizaciones doctrinarias, sugiriéndose los siguientes cambios:

– eliminar la palabra “subrepticias”;
– cambiar “Acción Psicológica” por “Comunicación Social”;
– agregar “extranjera” en “sociedad”;
– reemplazar “organismos terroristas” por “terrorismo internacional”;
– reemplazar “clandestinas” por “discretas” o “reservadas”.
– Existen artículos referidos al espionaje que “caen” por no estar previstas en la ley 25520 (fs. 106-111).

Pero así como no se encuentra ni una referencia a la documentación hallada en Trelew porque, dice OficialInformante, no se pretende emular el proceso judicial sino indagar en torno a los aspectos colaterales y propios del ámbito militar (faltas disciplinarias, cuestiones de orden operativo, de conducción, patrimonial o administrativas), los cuestionarios dirigidos al personal de la Base Almirante Zar se detienen en el aspecto referente a los “problemas de conducción” y los “conflictos” entre el personal. La pregunta, también reformulada en función del cargo del entrevistado, apuntaba a saber si “el grupo de gente a sus órdenes” había planteado “problemas de conducción” y si se habían tomado las medidas pertinentes (fs. 97, 99, 144, 147, 149, 151, 163).

Y, a fojas 183 de este sumario interno, aparece reproducida una carta que el 9 de marzo había enviado SM al JefedeInteligencia de Trelew. Esta carta había sido elevada por SM a su superior debido a los malos tratos a los que era sometido por parte de un suboficial. La carta es extensa, detallada, extremadamente formal pero transmite perfectamente el hostigamiento que sufre, particularmente de parte de uno de sus superiores, que tanto le advierte que habría que “revacunarlo” ideológicamente como le realiza una reprimenda por un supuesto desprecio hacia una porción de torta. SM entiende que esta actitud es generalizada aunque dirigida hacia su persona de manera particular y sugiere se recaben testimonios de personal subalterno con las debidas garantías, “que permitan sostener que la situación de trato despectivo en forma sistemática, menoscabo, oprobio, opresión, no la padezco solo en mi persona sino que es propio de XxG para con el resto del personal” (fs. 116).

Las entrevistas siguientes son con los superiores de SM y las preguntas se interesan particularmente por su situación y por el superior XxG. En el contexto de un cuestionario sumamente formal, donde las respuestas se limitan a sí/no, el desarrollo que presentan las relacionadas con el conflicto personal de SM llaman la atención. El 19 de abril, con motivo de que se requiere su presencia para una inspección en el marco de la causa judicial, OficialInformante se presenta en la Base Almirante Zar y “procede a reunir” a los compañeros de trabajo de SM,

con el objeto de conocer, por parte ellos, el concepto y las circunstancias personales relativas a SM, fundamentalmente, el trato que hacia ellos les dispensaba el Suboficial, atento al oficio que aquel elevara al JefedeInteligencia. […] Acto seguido, los presentes manifiestan que el carácter de SM era retraído, lo cual hacía que no fuera conversador. También manifiestan que a raíz de su personalidad, SM había presentado problemas, pero no eran de importancia. En cuanto al Suboficial, exponen que era un individuo exigente y apegado a las normas reglamentarias (fs. 187).

El último en ser entrevistado es SM, quien se niega a declarar y a firmar el formulario, razón por la cual OficialInformante confecciona un acta.

El dictamen de OficialInformante es elevado tres días después, el 5 de mayo de 2006. Empieza con un extenso detalle de la legislación atinente al personal y a las actividades de Inteligencia, un recuento de las diferentes personas involucradas en el sistema de inteligencia y algunas consideraciones en relación con las entrevistas realizadas.

En función entonces de las pruebas reunidas y apreciados los méritos acerca de las responsabilidades disciplinarias que surgen para determinado personal militar, corresponde hacer –asevera la distinción según sea que “las responsabilidades disciplinarias que se señalan se funden en irregularidades vinculadas” a los ejes: supervisión; estado de actualización de las publicaciones; conducción.

Mientras que la actualización de las publicaciones, al parecer, es rápidamente superable, las otras comisiones estiman que no hay inconvenientes o modificaciones a realizar en las áreas que les fueron asignadas. La supervisión y la conducción se tornan entonces los problemas más importantes. O al menos, eso parece, en virtud de las conclusiones y sanciones de OficialInformante.

Las fallas, de acuerdo con el informe final, se ubican en la cadena que une la Dirección de Inteligencia Naval y el Comando de Operaciones Navales con la Sección de Inteligencia de la Base Aeronaval Almirante Zar, y se deben a la ausencia de procedimientos en relación con la supervisión de tareas. Esto no ha sucedido, es decir, no se han reportado inconvenientes similares donde un suboficial denuncie actividades de inteligencia ilegal en otras secciones de inteligencia, en virtud de la existencia de

inspecciones no formales, la acertada conducción de los superiores y la observancia de la ley, pese a la apuntada desactualización de la doctrina, [que] sirven para explicar el porqué no han sucedido hechos similares en otros destinos navales (fs. 291).

Seis marinos son sancionados, entre comandantes y jefes. Se les coloca “apercibimientos”, es decir, amonestaciones formales que quedan en la foja de servicios.[6] A cinco de ellos se les aplica por “no supervisar adecuadamente las actividades” de organismos a su cargo. Mientras que a JefedeInteligencia se lo sanciona por

no ejercer una adecuada conducción de la ex Sección de Inteligencia a su cargo, evidenciando fallas en el manejo del personal subordinado y en la administración general de aquella (Artículo 11.205.005 del Reglamento General del Servicio Naval – Tomo 1 del Servicio en General) (fs. 288, el énfasis es propio).

La unidad y la cohesión de los integrantes es uno de pilares declarados de instituciones tales como las Fuerzas Armadas. Tal unidad aparece como evidente en el imaginario social, de tal manera que suele aparecer un enfrentamiento o diferenciación, un “nosotros” frente a un “ellos”, razón por la cual ante un hecho de corrupción o la comisión de un acto condenable no se critica al individuo en particular sino a la institución en general (Lorenz, 2012). Dicha unidad se basa en un proceso que construye a burocracias como la militar, la judicial y la policial en

espacios cerrados sobre sí mismos, más o menos autónomos, con intereses particularizados, aglutinados en torno a metáforas de comunidad (la familia judicial, el cuerpo policial). En ellos, sus miembros se vuelven cuerpos corporados [donde su producción] resulta así indisociable de la delimitación de un “afuera” (Daich y Sirimarco, 2009: 22).

Hay, en este sentido, una in-corporación tanto “física” como “emotiva”: la construcción del “dentro” y “fuera”, de un “nosotros” y un “ellos” es uno de los objetivos centrales de estas burocracias estatales que desde el período de entrenamiento instalan una barrera simbólica que diferencia a sus integrantes de lo “civil” (Abrahamson, 1985; Teitler, 1985; Castro, 1990; Muzzopappa, 2005; Badaro, 2009, Soprano 2013), y que simultáneamente enaltece los sentimientos de pertenencia y cohesión en el grupo.

Esta conformación de lazos estrechos entre los integrantes aparece ya en los rituales de iniciación a los cuales son sometidos los cadetes que tienden, a partir del establecimiento de relaciones entre aquellos que pertenecen a un mismo grupo etario, a la conformación de un primer grupo “familiar”, donde se establecen vínculos personales. Al mismo tiempo, y por extensión, se considera parte de esta “familia” a todos aquellos que han pasado por este bautismo más allá de que estos se “conozcan” de manera concreta.

En la Armada, el grupo básico de pertenencia es la promoción y sus integrantes se llaman, entre sí, camada.[7] Son la “base de la familia naval” y los sentimientos que se generan y estimulan entre ellos primero, y entre ellos y otras promociones –de paternidad y filiación individual– forman parte del “currículum oculto” de la formación (Frederic et al., 2010). La unidad entre los integrantes tiene en su cimiento la idea de que, siendo la formación para la guerra, unos y otros deben defenderse mutuamente y esa, en última instancia, es la razón del combate. A partir de allí las relaciones se extienden de tal manera que la institución deviene una especie de “familia” extensa. Estando esta noción –la de “familia” tan profundamente arraigada en el sentido común, un proceso de extrañamiento (Da Matta, 1999; Lins Ribeiro, 1999) deviene fundamental.

Esta familia extensa, sin lugar a dudas, tiene sus puntos de quiebre e inflexión. No puede dejar de mencionarse que, entre el núcleo inicial correspondiente al grupo generacional y la idea más amplia de familia militar, deben incluirse otra serie de subdivisiones que sin lugar a dudas se constituyen como espacios en los cuales se conforman particulares formas de relacionalidad (Carsten, 2000; Ramos, 2009). Estos espacios tienen que ver con distinciones que devienen clivajes, esto es, líneas que estructuran la organización de identidades, subjetividades y agencias estableciendo dinámicas de agregación/desagregación (Briones y Siffredi, 1989).

Entre estas distinciones, podríamos incluir la división jerárquica entre oficiales y suboficiales, la diferencia entre las Fuerzas Armadas (Ejército, Marina, Aviación) y, dentro de cada una de ellas, la pertenencia a distintas armas en el caso del Ejército, y a la promoción en el caso de la Aviación y la Marina. También las especializaciones van delimitando cada vez más estrechamente los “grupos”. Por otra parte, tampoco puede dejarse de lado que la “carrera militar” se desarrolla en un promedio de 35 años, con lo cual el grupo inicial luego va resignificándose en función de otros núcleos (Oriozabala, 2010).

En este sentido, la noción de familia pretende conformarse como marco comprensivo, extendiéndose a la manera de “círculos concéntricos”: el primero –que considero como el núcleo duro– es el que está representado por los integrantes del Ejército y que se consideran “familia” en virtud de la cantidad de horas que pasan en compañía de otros en su misma condición (ya sean oficiales, suboficiales, etc.). En segundo lugar, este círculo se amplía a las familias de los integrantes del Ejército, con lo que la familia militar se vuelve una “familia de familias” que se refrenda en los actos de iniciación de los reclutas o en la inclusión de esposas, esposos, hijas e hijos. Tercero y último, el círculo puede ampliarse políticamente, haciendo parte de la familia militar a quienes apoyan y se encuentran dispuestos a defender el modelo de sociedad propuesto por la institución militar, que varía históricamente (Muzzopappa, 2005).

Es necesario, asimismo, no dar por sentado lo que la categoría de familia significa. Las relaciones familiares, tal como señala Villalta (2010), conllevan una serie de mensajes las regulaciones sobre las relaciones familiares, los discursos sobre la moralidad familiar, las prescripciones en torno a las pautas adecuadas de crianza y, por tanto, los valores asociados a la paternidad y fundamentalmente a la maternidad– coercitivos y prescriptivos que deben ser vistos como “representaciones sociales” que forman parte del sentido social que tiene esta institución en cada época. En otras palabras: sin lugar a dudas, en la idea de “familia” que los integrantes de las Fuerzas Armadas utilizan para designar el grupo o la comunidad en cuestión, es posible encontrar el tipo de relación que en ella supuestamente entablan sus integrantes, sea el cariño o amor desinteresado, el lugar de la confianza, o el lugar de la philia, dice Bourdieu (1994), donde se suspende el interés y la búsqueda del equivalente en los intercambios. Si bien en algún punto podemos reconocer la presencia de algunos de estos elementos en las “familias” judicial, miliar o policial, lo cierto es que la definición no se agota en este sentido más básico y ajustado. En primer lugar, porque no estamos en presencia de una “familia” que remeda la “nuclear” y “burguesa” que, en términos evolutivos, aparecería en momentos históricos posteriores, sino ante una suma de individuos que, a través de la ficción legal,[8] son convertidos en parientes. Esta familia es una corporación cuyo carácter distintivo, afirma Henry Sumner Maine, es no morir (1897: 11).

No se trata pues, de negar la existencia de lazos personales de afecto o cercanía, relativos a la philia. Sino que se trata de abordar esta familia que, volviendo a Maine, “no es como los modernos la conciben” (ibid.). Entre otras cosas porque este parentesco condensa un afecto que, en realidad, está mediado, in-corporado por y a través de otra institución, diferente de la delimitada por el principio de la consanguinidad. En función de sus valores se tiene aprecio por determinada figura de jefe o de camarada, cada uno se debe a los otros de acuerdo con la relación, al punto estructural que ocupa en un determinado momento.[9]

Una de las preocupaciones de Durkheim (1993) al abordar el tema de la corporación es precisamente entender cómo ellas dan forma e instauran determinados valores morales. Al dar cuenta de aquellas características de la corporación que aportan a su teoría de la integración social y política, realiza un análisis sustrayendo las particularidades históricas que las corporaciones han tenido. Ante todo, afirma, la corporación es un grupo con un poder moral capaz de contener los egoísmos individuales, de mantener la solidaridad e impedir el avasallamiento de las relaciones industriales y comerciales. La defensa de los intereses comunes, con ser uno de los propósitos, no constituye sin embargo su función principal. Porque ante todo, la corporación es un grupo a partir del cual puede constituirse el sistema de reglas en un nuevo contexto social. Y ante la pregunta ¿cómo el grupo profesional se halla capacitado para ejercer una acción moral? responde:

Desde el momento en que, en el seno de una sociedad política, un cierto número de individuos encuentran que tienen ideas comunes, intereses, sentimientos, ocupaciones que el resto de la población no comparte con ellos, es inevitable que, bajo el influjo de esas semejanzas, se sientan atraídos los unos por los otros, se busquen, entren en relaciones, se asocien y que así se forme poco a poco un grupo limitado, con su fisonomía especial, dentro de la sociedad general. Pero una vez que el grupo se forma, despréndese de él una vida moral que lleva, como es natural, el sello de las condiciones particulares en que se ha elaborado […] Ahora bien, esta unión a una cosa que sobrepasa al individuo, esta subordinación de los intereses particulares al interés general, es la fuente misma de toda actividad moral. Que este sentimiento se precise y se determine, que al aplicarse a las circunstancias más ordinarias y más importantes de la vida se traduzca en fórmulas definidas, y he ahí un código de reglas morales en vías de constitución (Durkheim, 1993).

En este sentido la corporación deviene una “persona moral” que pasa luego a constituir el marco en el cual los individuos se relacionan. La profesión deviene así un marco en el cual se construyen estos lazos sociales.

Por su parte, Weber también repasa el recorrido histórico de las corporaciones, pero enfatiza en lo que considera es su composición contemporánea, la importancia de la “comunidad”, entendiendo como tal las agrupaciones en las cuales la acción social se inspira en el sentimiento subjetivo (afectivo o tradicional) de los partícipes de constituir un todo. Se trata de “comunidades” humanas que se distinguen de otras

por una cualidad común (específica) que se adquiere mediante educación, enseñanza o práctica: por una cualificación económica cualquiera, por ocupación de cargos idénticos o parecidos, por una orientación caballeresca, ascética u otra de la vida, etc. Cuando esta acción comunitaria tiende a formar una sociedad, esta suele tomar la forma de “corporación”. Un círculo de gentes privilegiadas monopoliza, como “profesión”, la disposición sobre bienes ideales, sociales y económicos, sobre obligaciones y posiciones en la vida (Weber, 2008: 278).

Siguiendo la importancia de la propuesta de “comunidad” de Weber, James Brow (1990) define como communalization (comunalización) ese patrón de acción continuo que promueve un sentido de pertenencia, presente en la mayoría de las relaciones sociales. En definitiva, la construcción de pertenencia es un proceso social ubicuo, generalizado, que emerge de bases diferentes porque las relaciones comunales en sí mismas son construidas socialmente, pese a que algunos consideren que existe algo como los “vínculos primordiales” (Geertz, 1973).

Y así como la relación entre “camaradas” se construye apelando a la importancia del rito de paso y a la mutua dependencia en un probable conflicto, la relación entre jerarquías se construye apelando también a la idea de corporación, esta vez distinguiendo el mando de la conducción.

Entonces, si la familia, la corporación, la comunidad, son formas de mencionar la importancia de la preservación de este espíritu de cuerpo, la cuestión es cómo mantener en alto esta idea de unidad. Las órdenes son parte de esta unidad, como así también los valores morales. Aquí es donde se pone en alta estima la capacidad de las jefaturas de conservar la armonía entre sus subordinados y mediar en los conflictos. Es este un deber del mando y es el problema al que terminará apuntando la investigación: ¿cómo, por qué la información se ha filtrado? ¿Cómo, por qué, no ha sido adecuadamente conducido este conflicto?

Una perspectiva a partir del desarrollo de un sumario interno, que en definitiva es una mirada que juzga conductas en función de los valores institucionales, nos sitúa en aquel movimiento en el cual el grupo, reconociendo sus conflictos internos y heterogeneidades, actúa como cuerpo y sanciona en virtud de aquellos valores comunes. Si bien se informa desde un inicio que no está en cuestión el punto que indaga la Justicia, es decir, la realización de tareas de inteligencia ilegales, y pese a que aparecen algunas preguntas relacionadas con este tema, lo interesante aquí es entonces que el problema pasa a ser la conducción. La injerencia de otro actor estatal el Poder Judicial– lleva a su tensión máxima las relaciones jerárquicas entre los integrantes de la Armada evidenciando la ruptura de una solidaridad, de un círculo que no debía ser violentado. Así, el expediente judicial nos permite considerar la cuestión de los valores corporativos, de la unidad de la corporación y, en última instancia parafraseando a Abrams (2000)‒ de la concepción de la corporación misma. Sobre este tema nos extenderemos en el siguiente acápite.

b. El gran bonete

SM fue tildado de topo,[10] de traidor, y probablemente siga siendo calificado así por sus ex camaradas porque SM cruzó una frontera, un límite. Puso en manos civiles lo que al decir de los marinos debería haber elevado por la correspondiente vía jerárquica. Claro que las razones esgrimidas por SM eran más que contundentes: de acuerdo con la versión que sostuvo desde un inicio, lo que quería denunciar eran prácticas que estaban institucionalmente avaladas y sustentadas a través de pedidos provenientes de las más altas jerarquías de la Armada.

Pero no se trata aquí de dilucidar si SM es o no traidor, sino más bien de entender cuál es la configuración de ese límite que permite que sea tildado como topo, juzgado con virulencia por sus compañeros, ninguneado e ignorado por los mandos institucionales mientras, de manera simultánea, todos los actores aducen una adhesión incondicional a los valores de la Armada.

Sin dudas, parte del límite traspasado se refiere a haber llevado esa información a la justicia civil. Pero hay algo más que eso y es que, al traspasar ese límite, ha desatado una crisis. Porque la causa judicial, que apunta a establecer las responsabilidades a través del recurso de la jerarquía, se desarrolla con base en acusaciones –y defensas individuales. Entonces la defensa de cada uno ataca al otro. La pesadilla de la “corporación” ha comenzado.

Los conflictos contenidos se desatan y las tensiones, otrora resueltas por mecanismos internos, se descontrolan porque es la retención de la información, dice Pitt-Rivers, lo que permite que “las fuerzas sociales en conflicto coexistan, y da a esta estructura la resistencia que la capacita para persistir. Gracias al secreto, el conflicto entre el Estado y la comunidad local se resuelve” (1989: 222).

Es por ello que la violación del secreto constituye simultáneamente un verdadero atentado contra el sistema de valores que rige a esta “comunidad” y a los mecanismos que resguardaban un margen de autonomía institucional. En esta dirección debe entenderse el significado del apelativo de “topo” y delator que sus antiguos camaradas de armas dirigieron a SM tras la presentación de la denuncia: por la violación de las lealtades que se hallan contenidas en el seno de esta “comunidad”, por haber provocado su crisis, por haber desnudado su desagregación.

Dice Michel Misse (2007) que una denuncia, cuando es efectuada ante los canales de la administración estatal de justicia y acusador y acusado pertenecen a una misma comunidad afectiva, decae en la categoría socialmente negativa de delación. Es una denuncia “no-legítima”, que sale de un ambiente primario o un intragrupo hacia fuera de él y no acata las normas internas de resolución de conflictos.

Las razones por las cuales un miembro del grupo “sale” a hacer su denuncia pueden ser de la más diversa índole. Sin embargo, interesa destacar la dimensión moral de la categoría de delación, continúa Misse, como indicador analítico que da cuenta de una “desconfianza” que instala una duda, un quiebre entre los miembros de ese grupo. Se retoma aquí, en relación con esta dimensión moral, que no se trata de valores reificados sino que deben ser analizados en referencia a instituciones, entramados de relaciones sociales y procesos sociales específicos en función de los cuales habrá que intentar dar cuenta tanto de sus propiedades formales como de sus contenidos. Tal estrategia evitaría la reificación de los valores permitiendo mantener el análisis ligado estrechamente a contextos sociales específicos. Asimismo, debe entenderse que un valor moral se combina y se confunde con los intereses de los actores para conformar su comportamiento, aceptando que si bien tal distinción no puede ser realizada de manera analítica, no debe restarse importancia al hecho de que cierto valor orienta el comportamiento y que los actores se valen de estos conceptos como un medio para sus acciones (2007: 68-71).

Pero así como los valores morales son esencialmente polisémicos y el sentido de un valor moral depende en gran medida de las condiciones sociales de su producción, interpretación y uso, tales advertencias son similares a las señaladas respecto de la inmutabilidad que presenta el propio concepto de corporación. Lejos de entender la “corporación militar” como una entidad homogénea e inalterable –la ilusión de ese cuerpo que se renueva siempre igual a sí mismo–, se enfatizan aquí las pugnas por la hegemonía (Williams, 1997) que se desatan entre sus integrantes y las estrategias que, en función de lo que considera es su ámbito por derecho propio, despliega.

Retomando entonces algunas de las características consideradas de tipo moral y emotivo a las cuales hace referencia la “traición/delación”, debe apuntarse también a lo que tiene de estratégica la indignación de los marinos. A la hora de defenderse, la corporación, la familia, la comunidad, se rasga. Y, no casualmente, las divisiones imitan los escalafones jerárquicos y las líneas de mando: yo no fui, yo no tenía la responsabilidad, yo obedecí órdenes. A continuación, desarrollamos las distintas instancias del proceso judicial en las cuales el conflicto se va develando.

*

En mayo de 2006 DirectordeInteligencia, imputado en la causa, “aclara hechos” a través de un escrito e introduce una distinción con la cual vuelve el panorama cada vez más turbio para los abogados querellantes, el Fiscal y el JuezInicial– entre lo que denomina dependencias “orgánicas” y “funcionales”, entre “coordinación” y “subordinación” jerárquica. Tras ello, se desvincula de las acusaciones en su contra argumentando que

Estos organismos no están subordinados orgánicamente a la Dirección de Inteligencia Naval [es decir, a su propia dirección] sino a los respectivos comandantes del área donde operan.
La Dirección únicamente tiene facultades de coordinación de todos estos organismos [de inteligencia] autónomos. No rige subordinación alguna, por tal causa, ni es responsable de conductas ajenas a su órbita (fs. 570, resaltado en el original).

OficialInformante ya había realizado su investigación y le había aplicado a DirectordeInteligencia el apercibimiento más alto. Su “aclaración” en el contexto de la causa convertía, en caso de que la justicia tomara por ciertas las palabras de DirectordeInteligencia, a ComanantedelCOOP en responsable de las actividades ilícitas, junto con JefedelaBase, bajo el pretexto de que la inteligencia se realiza por y para el comando.

El siguiente en desvincularse es el JefedeAsuntosInstitucionales,[11] un capitán de corbeta que argumenta que, no siendo aún oficial superior sino oficial jefe, no era de su competencia legal

dar órdenes a la Sección de Inteligencia de la Base Almirante ZAR de Trelew ni mucho menos dictar resoluciones contra la ley, dado que mi cargo y mi grado, ninguna atribución me daba ni me da al respecto (fs. 1461).

El siguiente en declarar es JefedeInteligenciaCOOP. Adhiriéndose a lo pautado por DirectordeInteligencia, asegura que

no existe subordinación de las distintas Centrales o Secciones de Inteligencia del Sistema de Inteligencia Naval esparcidas en el territorio nacional sino que existe tan solo una “relación funcional” que solo permite coordinación tal como DirectordeInteligencia lo acreditó en el acto de su declaración indagatoria, con prueba documental. A ello me remito (fs. 1498).

Y, por si quedaran dudas, insiste:

también existe otro principio indiscutido en el ámbito de la Inteligencia Naval: que sus distintos órganos asesoran a su comandante, para que este tome las decisiones que se les aconseja, para que él lo resuelva o no, si se cree conveniente. Ello se fundamenta asimismo en que tal cual lo dice el Reglamento de Doctrina de Inteligencia de la Armada, en vigencia en su momento y actualmente, “la Inteligencia es función y responsabilidad del Comando (fs. 1498-1499).

Por último, aclara:

Yo nunca di órdenes prohibidas ni tampoco las retransmití.
En el supuesto de que hubiera retransmitido órdenes prohibidas de mi comandante en las secciones o centrales, extremos que niego expresamente, tampoco hubiera cometido ilícito alguno como partícipe, pues en tal caso debería obedecer a mi superior (fs. 1499).

Finalmente, ComandantedelCOOP declara. E incluye en el escrito que presenta ante el JuezSubrogante su reclamo elevado a JefedelaArmada por el informe y las sanciones sugeridas por OficialInformante.

Y, mientras se desvincula de las acusaciones, deja caer sus propias “bombas”. Primero especifica la función del organismo que comanda:

El Comando de Operaciones Navales (COOP) como surge de la denominación del organismo, es un “comando operacional” y tiene como función específica establecida en el mencionado reglamento ROA [Reglamento Orgánico de la Armada]: “Planear y conducir el alistamiento, el mantenimiento, el adiestramiento operativo y el empleo de los medios navales y de los que integran comandos conjuntos a fin de satisfacer los requerimientos derivados del planeamiento estratégico militar y del cumplimiento de las competencias específicas de la Armada” (fs.1590).

Luego, especifica su relación con el “Sistema de Inteligencia Naval”. Y allí “le devuelve la mano” a DirectordeInteligencia:

2. El “Sistema de Inteligencia Naval” fijado por la Resolución 02/03 “S” vigente a esa fecha, determina perfectamente la organización, dependencias, despliegue, jurisdicciones y tareas de los órganos que lo componen, la Dirección de Inteligencia Naval (DIIA), las Centrales, Secciones, Divisiones, Cargos y Departamentos (fs. 1590, destacados en el original).

Y mientras más lo compromete, apunta aun más alto:

En el Anexo ALFA de la mencionada Resolución, establece en el Punto I, la Organización y en el Punto II, la dependencia Orgánica y Funcional de cada órgano componente integrante, iniciando con la DIIA con “dependencia orgánica” del Sr. Subjefe del Estado Mayor General de la Armada, su Jurisdicción y Tareas.
[Las tareas principales de la DIIA son] ENTENDER EN LA FORMULACIÓN DE LA DIRECTIVA ANUAL DE INTELIGENCIA QUE ORIENTA Y COORDINA LAS ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DEL SISTEMA DE INTELIGENCIA NAVAL; FORMULAR Y EJECUTAR LOS PLANES ESTRATÉGICOS DE INTELIGENCIA […] SEGÚN LAS DIRECTIVAS DEL JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA Y “PLAN BÁSICO DE INTELIGENCIA”; EJERCER LA SUPERVISIÓN COMO AUTORIDAD FUNCIONAL DEL SISTEMA DE INTELIGENCIA NAVAL; COMUNICAR A LOS COMANDOS, ORGANISMOS Y DEPENDENCIAS LOS HECHOS QUE AFECTEN EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA O EL USO INDEBIDO DEL MISMO.
Estas tareas no están establecidas para ningún otro órgano componente del Sistema de Inteligencia Naval […] (fs. 1591, destacados en el original).

Más adelante, en el escrito dirigido específicamente al JuezSubrogante, sus palabras son más directas:

A su vez el jefe de la Armada tiene un denominado Estado Mayor (Personal, Inteligencia, Material, Finanzas, etc.) cuyas cabezas “funcionan” en Buenos Aires, más precisamente en el Edificio Libertad. La cabeza jerárquica de este Estado Mayor es el Señor Subjefe del Estado Mayor General de la Armada, por lo cual el área de inteligencia depende orgánicamente directamente del Subjefe y del JefedelaArmada (fs. 1596, destacado en el original).
El área de Inteligencia, repito, no dependía de mí sino que funcionaba a cargo de su DirectordeInteligencia, del Sr. SubJefe y del JefedelaArmada, a quienes el mencionado Director se reportaba diariamente (fs. 1597, destacado en el original).

Y en el medio aparece NS, un cabo principal al igual que SM pero que desempeñaba sus tareas en Puerto Belgrano. En su declaración, involucra a ComandantedelCOOP, que pretendía salir libre de culpa, y a varios más. El Comando de Operaciones Navales (COOP), dice:

es el centro de inteligencia después de la DIIA que tiene más personal de informaciones. […] Que en cuanto al COOP puedo decir que en cuanto a mi tarea específica vi documentación que no me parecía que era la que debía manejar una fuerza Armada, sino una fuerza de seguridad, tales como mensajes navales, oficios, con contenidos que no debería manejar una fuerza armada.[…]
Que toda esta documentación que se generaba no solo en las secciones de inteligencia […] siendo el destino final previa emisión de opinión del JefedeDepartamento y Alte de Turno a la Dirección de Inteligencia Naval en el Edificio Libertad en Buenos Aires, y de esta manera la Dirección de Inteligencia Naval asesora al Almirante sobre todos estos temas de Inteligencia. Que cuando digo Almirante me refiero al JefedelaArmada.

Y así, en una extensa declaración, NS echa al agua a todos. Pero las aguas están ya divididas. Y mientras que los integrantes de La Casita siguen la vía, algunos, de negar –acusando a SM de haber “plantado” las pruebas en su contra, desconociendo la existencia del archivo, otros apelan a la obediencia debida. Y así aparece en primer plano el “Plan Básico de Inteligencia”, que a su vez abre la puerta a los abogados querellantes para continuar la estrategia de imputar a las altas jerarquías, siguiendo el artículo 514 del Código de Justicia Militar.[12]

Mientras se cierra la “etapa instructoria” de la primera causa y se la eleva a juicio oral, se abre la segunda causa, caratulada como “CELS y Hualpa, E. s/denuncia”, que acusa a una serie de jefes que habían quedado fuera, por una cuestión de estrategia legal, de la querella original. Incluye, tal como se desarrolló en el primer capítulo, a Jefe y Subjefe, hasta que la causa se divide y, mientras que la acusación a los jefes de más baja jerarquía queda subsumida en la causa primera, Jefe y Subjefe quedan en una causa aparte a cargo de JuezdeCapital. Pero antes de que logren ser desvinculados de la causa original, desconocen fehacientemente lo realizado por sus subordinados, al tiempo que niegan haber dictado alguna orden al respecto.

(A Jefe) PREGUNTADO por el Señor Fiscal Federal para que diga si el personal de las oficinas de inteligencia de la Base Aeronaval Almirante ZAR o de la CEIP, podrían realizar u ordenar realizar tareas de inteligencia por iniciativa propia, porque existía una orden que los habilitare. CONTESTÓ: el personal de la Armada que cumple funciones en las oficinas de inteligencia, debían cumplir con el Plan Básico de Inteligencia Naval, en este caso del 2005. El deber de ellos era ese. En lo personal, no he dado directivas para hacer otra cosa que no estuviera enmarcada dentro del Plan Básico de Inteligencia Naval 2005 (fs. 577-578).

(A Subjefe) PREGUNTADO por el Señor Fiscal Federal para que diga si el personal de las oficinas de inteligencia, ubicadas en la Base Almirante Zar, la DIIA, el COOP, COAN o la CEIP podrían realizar u ordenar realizar tareas de inteligencia por iniciativa propia, es decir, sin que exista una orden que los habilite a hacerlo. CONTESTÓ: la tarea de inteligencia que todas las instancias de la Armada debían realizar eran las del Plan de Inteligencia Naval, en este caso 2005. Yo no puedo precisar si alguien ha tenido una iniciativa diferente (fs. 650 vta.).

Lo que Jefe y SubJefe lograron, a través de las presentaciones de sus defensas y de la división de la causa, es que se los imputara solamente por el Plan Básico de Inteligencia, desligándose así del lastre que significaba tener que dar explicaciones sobre el archivo secuestrado. De tal manera que quedaba ese problema para las jerarquías más bajas. Como dicen, se corta el hilo por lo más delgado.

Claro que este proceder no fue bien recibido por el resto de los acusados, porque contradice un principio, un valor moral que cruza la profesión militar y que se integra desde la formación inicial a instancias del “imaginario de aquello que la guerra requiere” (Frederic et al., 2010: 390): el ejercicio del mando.

En otras palabras, la subordinación a un jefe puede realizarse obedeciendo meramente a la distancia jerárquica, lo que se denomina mando, o en función de la capacidad del oficial de incidir en la voluntad del otro –el subalterno para que este realice una acción militar comprometiéndose integralmente (esto es, física e intelectualmente). A esto se lo llama conducción y hemos hecho alguna referencia en la sección anterior, destacando su importancia en la consolidación y mantenimiento de esa unidad que es la Armada. La conducción trae aparejada una carga de “respeto” que hace que las órdenes impartidas por ese superior sean aceptadas y obedecidas como forma de demostración de compromiso con la jefatura.

La conducción, de la misma manera que los valores morales en general, no puede ser vista como algo establecido de una vez y para siempre, afirma Balbi (2010). Efectivamente, así como los valores resultan un factor decisivo de toda experiencia social y un componente básico del comportamiento en general, resultan parte de los procesos por los cuales percibimos el mundo y operamos sobre él. De tal manera que su sentido no puede ser sino dinámico; son, en definitiva, esencialmente polisémicos aun cuando se presenten, en el discurso nativo, como esenciales y atemporales, o bien porque algunos términos carezcan de una tradición exegética (ibid.).

Así, SM relata cómo la conducción requiere de una disposición, por parte de quien ocupa un escalafón superior, que demuestre a su vez el compromiso con los subalternos:

La premisa de un militar, no hablemos de una diferenciación marinos [y otras fuerzas], la premisa de un militar es si tenés un grado […] sos el primero que vas a ir al frente, sos el primero que vas a combatir al enemigo, sos el último que va a abandonar el barco en caso de hundimiento, vas a dar la vida por tus subalternos. Te vas a anteponer, ante la pérdida de vidas de ellos vas a poner la tuya… son valores muy, muy arraigados (entrevista SM, 10/10/2010).

La responsabilidad es parte fundamental de la conducción. Muy gráficamente, Gustavo Breide Obeid –ex capitán del Ejército y parte de los levantamientos militares de 1990 se refería en estos mismos términos a la génesis de los planteos de los jóvenes oficiales en contraposición a las conductas de las más altas jerarquías de la fuerza: que “no se hacían responsables”. Simultáneamente, explicaba la gran adhesión de figuras como Aldo Rico o Seineldín, quienes durante los entrenamientos e inclusive durante el conflicto de Malvinas eran sumamente cuidadosos y responsables con y de “su” gente.[13]

Porque la conducción no significa solo la preocupación por las condiciones del subordinado, también implica responder por sus acciones, asumiendo que en un contexto fuertemente jerárquico se funciona meramente a través de las órdenes. Y aquello que se sale de tal cauce, pues, es también responsabilidad del conductor, por no haberlo percibido y evitado.

Un oficial superior, respecto del ejercicio del mando y la conducción, planteaba en el Colegio Militar de la Nación:

En tiempos de paz ese conductor táctico es responsable por lo que dijimos antes de conducir a su fracción, de alimentarla, de estar pendiente de todo lo que le corresponda. Ese conductor es alguien que debe ejercer la responsabilidad. Y ¿qué es la responsabilidad? Es dar, como todos sabemos, respuestas de todo lo que esa organización haga y deje de hacer. Esa es la cultura con la que nosotros funcionamos. Los oficiales respondemos por todo lo que nuestra organización hace de bien, por todo lo que hace de mal, y por todo lo que permite realizar (en Frederic et al., 2010: 398).

En este sentido, es interesante la respuesta que JefedelaBase, quien habiendo asumido menos de un mes antes del allanamiento, ha quedado libre de culpa y cargo para cuando se realiza el juicio oral. Es llamado, en esa ocasión, a declarar como testigo propuesto por la defensa y puede, de alguna manera, dar algunos índices respecto de las responsabilidades pertinentes y de las acusaciones implícitas. En la sesión del 29 de marzo de 2012, ante las preguntas del Fiscal, termina enfatizando las responsabilidades en la cadena de mando a través de planes y órdenes:

F:¿“Usted conoce si el personal de la Oficina de Inteligencia de la FAE3 que obviamente estaba cuando usted se hizo cargo, realizaba tareas de inteligencia por iniciativa propia?
J: No, no. Yo… desconocía… las tareas de inteligencia de la sección que sí dependía de mí, pero desconocía. Lo que sí yo le afirmo es que nosotros… y es responsabilidad mía, del comandante, la Sección de Inteligencia es responsabilidad del comandante. Yo asumo esa responsabilidad y nunca dejé de asumir esa responsabilidad para con mis subordinados, pero yo la desconocía. Lo que sí digo es que nosotros en la Armada, no actuamos por cuenta propia. De ninguna manera.
F: ¿Y qué significa eso?
J: Y, que obedecemos planes y órdenes, doctor (el destacado me pertenece).

Estando ya fuera de discusión su imputación legal, JefedelaBase entiende que los integrantes de la Oficina de Inteligencia han actuado conforme a todos los planes y órdenes, provenientes de las diferentes instancias jerárquicas. Y si las órdenes provienen de lo que es la línea de Comando, los planes, entre ellos el Plan Básico de Inteligencia, descienden desde las más altas alturas de la Armada y pasan por todas y cada una de las direcciones y jefaturas implicadas. Y asumir la responsabilidad debería ser el proceder de los jefes involucrados.

Pero es preciso leer estas estrategias, nuevamente, más allá de lo que supone el contexto judicial. Aquí nadie fue. Nadie vio. Nadie ordenó, nadie circuló información, nadie la clasificó. Nadie se hace cargo y ahora lo que sucede es que la responsabilidad recae en los subalternos.

Cuando es la “imagen” de la Armada lo que debe salvarse, las modalidades de rescate pueden resultar definitivamente contraproducentes. Cualquiera de los conflictos como los mencionados en este capítulo requiere de una respuesta institucional. Requiere de aquella actitud que es la que se denomina “cerrar filas”, invocando una idea de unidad superior tras la cual las diferencias (al menos temporalmente) se suspenden.

Y si en la idea de jerarquía y de jefatura está implícito que existe conocimiento y responsabilidad por parte del superior de aquello que hace el subordinado, el “cerrar filas” permite invocar el desconocimiento, la insubordinación y, por qué no, los “excesos”, dejando fuera a quienes han transgredido alguna norma. Habitualmente, las Fuerzas Armadas y la Policía han recurrido a estas nociones para desconocer la existencia de prácticas sistemáticas de violencia (Tiscornia, 2008; Pita, 2010). Apelar a la insubordinación o a los excesos significa apartar a quienes están directamente ligados al “caso”, dejando en evidencia que han montado por sí y fuera de toda indicación la tarea reprochada. Así, la “institución” –habitualmente representada en sus cúpulas– queda liberada de culpa. Aun cuando socialmente, o al menos para ciertos sectores, la relación entre las conductas de algunos militares y la institución es evidente de tal manera que las faltas de los primeros involucran a la última.

De la misma manera, no es extraño encontrar que, tras la inmolación de uno de sus integrantes ante la opinión pública, luego la fuerza encuentre la manera de “olvidar” el incidente en su legajo o de retribuir al acusado de alguna manera. Tal parece haber sido el caso de AhoraComodoro que mencionamos al principio de este capítulo. Tales mecanismos no hacen sino unir, enlazar períodos. Mientras que el desborde o la insurrección no hacen sino traer nuevamente a escena el argumento de los “excesos” con el cual se justificaron las torturas, asesinatos y otras violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar, el “olvido” no hace sino replicar otras formas de protección de los integrantes de las fuerzas cuando se llevan “el peso” de acciones que son, en definitiva, “institucionales”. El sistema de protección de la Armada a los involucrados en la Masacre de Trelew no haría sino confirmar dicha hipótesis. Lejos de englobar acciones tan disímiles, en sus contenidos pero también por sus diferencias temporales, lo que es interesante destacar aquí es cómo estas recurrencias tienen un trasfondo que se liga con lógicas institucionales donde lo que sistemáticamente se niega como en las ideas de comunidad nacional– es lo que hay de producción en la imagen, los valores, deberes y objetivos institucionales. En otras palabras, luchas por la construcción de hegemonía (Williams, 1997).

Pero también es necesario comprender por qué se toman tantas precauciones a la hora de la injerencia de otra agencia del Estado, y cuáles son los riesgos de que se avasallen ciertos espacios de autonomía. Y es que, en definitiva, una causa judicial trastoca el desarrollo de este mecanismo que permite mantener la “armonía” del grupo. Es por ello que SM será aquí el primer gran traidor aun cuando paralelamente y a raíz de esta traición primera– se abran frentes simultáneos donde la “traición” significa también deshacerse de las responsabilidades hacia los subordinados.

Así JefedeInteligencia, encarnizado en su venganza contra SM, intenta mostrar que ha sido este quien ha “plantado” la evidencia. Una estrategia que lo lleva a quedar en una situación muy delicada, cuando se demuestra que la documentación entregada a este fin, es decir, comprobar la culpabilidad de SM, es un CD que de acuerdo con el perito tiene una escritura posterior al allanamiento, que tiene una “semblanza” del entonces gobernador de Chubut, y cuya última fecha de modificación había sido del 17 de agosto de 2009, en una computadora registrada bajo el nombre de “FamiliaJefedeInteligencia”.

Los jefes intermedios adoptan un papel tan ridículo como incómodo, ya que afirman no haber producido los planes ni haber impartido órdenes, pero tampoco conocer lo que hacían sus subordinados.

Y así para arriba, en lugar de seguir la cadena ascendente de las responsabilidades del mando, cada uno va tirando la pelota cada vez más abajo, desatando los lazos que unen a los jefes con los subordinados. Esta no es sino la otra cara de la moneda de los sistemas fuertemente jerarquizados y el quiebre, en definitiva, es producto de una falla en este vínculo moral de mando-obediencia que caracteriza a esta corporación.

Pero también a personas como SM se les suele presentar un dilema, que la misma corporación les plantea en momentos críticos: la adhesión a los valores y principios de la institución o a la lealtad a los compañeros. Y él decidió por “la institución”. Por una “institución” que, evidentemente, él no definía en los mismos términos que las altas jerarquías.

Para los integrantes de la Armada, esta causa fue una advertencia. Probablemente no respecto de “cómo deben hacerse las cosas en democracia” sino de volver a mirar internamente en lo que hace al cuidado del personal.

[Mis “camadas”] me contaron muchas cosas que pasaron en ese período, cosas positivas para ellos, mucho más respeto por la persona, más allá de la jerarquía, mucha más preocupación por cuestiones del servicio que afectan al individuo como persona, los servicios sociales, la indumentaria, cuestiones que yo dejé bien marcadas que me pasaron, bueno, las leyeron aparentemente el primer día, se fijaron que todas las esposas estén afiliadas, que nada esté cajoneado, lo que me decían es que no querían tener otro SM. […]
Yo no sé cuál será la situación de las fuerzas pero yo creo que en el fondo, debe haber producido un cambio. O sea, no encuentro antecedentes contemporáneos que un cabo principal ponga en riesgo la carrera de un almirante. Te lo digo con total humildad. O sea, si bien me hostigaron, no me respetaron el debido proceso, los tipos tampoco comían vidrio, han tomado nota de lo que yo he dicho, en sede administrativa, en sede judicial. Y yo creo que es verdad, han tomado sus precauciones para que no suceda lo mismo.

SM pretendió, de acuerdo con su versión, denunciar a quienes estaban defenestrando la institución que él tanto apreciaba en muy diversos sentidos: no se trataba simplemente de atentar contra los lineamientos establecidos por la legalidad, aun cuando definitivamente le parecían sumamente relevantes. Se trataba también de una forma de concebir las relaciones al interior de un grupo, que se concibe corporativamente, y en particular con los principios que rigen las relaciones jerárquicas, donde prima el deber mutuo. Y esta cuestión de fortalecer o reforzar la cohesión interna fue en definitiva –¡antes que el apego a la legislación vigente! lo que la Armada consideró relevante como problema a solucionar.


  1. Moreno, Sergio y Meyer, Adriana (2000): “Espías de vuelo muy corto”. Página 12. 06 de marzo. Disponible en <https://goo.gl/bNg5KH>.
  2. Para un desarrollo extenso del caso, ver CELS (2007): Informe Anual. Cap. II “Políticas de defensa y control civil”.
  3. Moreno, Sergio (1999): “Mucho interés por los derechos humanos”. Página/12, 19 de mayo. Disponible en <https://goo.gl/vNo71Q>.
  4. Art. 18. Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos […].
  5. CH será, tiempo después, uno de los testigos que arribará a Rawson junto a HU, para declarar en el juicio oral. Tras la presentación de HU, la defensa desistirá de su declaración.
  6. Artículo 573 del entonces vigente Código de Justicia Militar. La cantidad de apercibimientos que se le colocó a cada uno está en función de la Reglamentación para la Armada del Código de Justicia Militar.
  7. Camada o camarada, son aquellos que entraron en el mismo año, más allá de las diferencias en torno a las “armas” o servicios.
  8. La ficción legal designa “toda afirmación con que se oculta o trata de ocultar la alteración hecha en una regla del derecho, cuya aplicación cambia, pero cuyo texto subsiste” (Maine, 1893: 29).
  9. Es en buena medida por este mecanismo que la forma de relacionarse entre individuos de diferentes jerarquías suele resultar bastante complicado, para lo cual se realizan eventos que contribuyan a generar lazos “informales”.
  10. Se denomina así al infiltrado, al enemigo o contrario que se introduce en una organización.
  11. Dependiente del Departamento de Inteligencia del Comando de Operaciones Navales (COOP).
  12. Art. 514. Cuando se haya cometido delito por la ejecución de una orden del servicio, el superior que la hubiere dado será el único responsable, y solo será considerado cómplice el inferior, cuando este se hubiere excedido en el cumplimiento de dicha orden.
  13. Entrevista 12 de junio de 2006. Una interpretación similar presenta Heriberto Auel (entrevista 15/08/2007), que adjudica la emergencia del liderazgo de Seineldín a un problema de conducción del Estado Mayor General del Ejército. Participé de ambas entrevistas en el marco del Programa de Historia Política del Instituto Gino Germani, UBA, Archivo de Historia Oral.


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