Dra. Paula Canelo[1]
Pocos días antes del 15 de marzo de 2006, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) recibe un correo electrónico enviado por “SM”, un suboficial de la Armada Argentina. En el correo el marino afirma que la Sección de Inteligencia de la Base Aeronaval Almirante Zar, en Trelew, provincia de Chubut, en la que él presta servicio, está realizando tareas de espionaje ilegal.
De acuerdo con “SM”, desde la Oficina de Inteligencia de la Fuerza Aeronaval N° 3, la Armada espía a distintas personas involucradas en la reapertura de la causa judicial en la que se investiga la llamada “Masacre de Trelew”: familiares de las víctimas, sus abogados y el movimiento de derechos humanos en general, tanto nacional como provincial. Y hay pruebas concretas: desde un inicio, y como prolijo burócrata, “SM” envía material que apuntala su denuncia. El 15 de marzo, la misma es radicada en la justicia federal de Rawson y el juez a cargo allana la dependencia militar denunciada.
La noticia, de impacto inmediato y demoledor, es el acontecimiento fundamental, la instantánea que inicia la travesía a la que nos invita este libro de Eva Muzzopappa, una versión revisada de su tesis doctoral de la Universidad de Buenos Aires, en el área Antropología Social, que fue dirigida por la Dra. Sofía Tiscornia, tesis de la que tuve el placer de ser jurado evaluador.
La historia que nos presenta la autora transcurre con epicentro en la ciudad chubutense de Trelew, tristemente célebre por haber sido escenario, también, de uno de los eventos más sangrientos de la historia política argentina. Acontecida en la madrugada del 22 de agosto de 1972, en la misma base naval desde donde “SM” le escribe al CELS, la Masacre de Trelew fue presentada por la Armada, por entonces, y en gran parte así permaneció en la memoria colectiva, como un “intento de fuga reprimido”.
Sin embargo, se habría tratado de una brutal masacre ejecutada por miembros de las Fuerzas Armadas sobre 16 integrantes de distintas organizaciones peronistas y de izquierda presos en el penal de Rawson. Estos asesinatos, que en 2006 las burocracias militares codifican en la tapa de una carpeta cualquiera como “22AGO”, son precisamente los que disparan la denuncia de 2006. Cuánta ironía la de la historia. Es otra vez en Trelew, y justamente en torno a la investigación sobre el “22AGO”, que la Armada argentina viola la ley espiando civiles para proteger sus propios intereses corporativos.
La pequeña acción de “SM”, un agente cualquiera de una burocracia estatal (que es, en realidad, una decisión excepcional), dispara así un espiral imparable de acontecimientos que irán creciendo en intensidad y gravedad, arrastrando consigo a militares de distinto rango, jueces, periodistas, funcionarios políticos, abogados, fiscales, hasta llegar a involucrar al propio jefe de la Armada, y a toda la institución naval.
¿En qué contexto se desata este temporal? En uno muy particular, donde se combinan la conmemoración de los 30 años del golpe militar de marzo de 1976, que inició la dictadura más sangrienta de la historia argentina, conmemoración que es parte de una política gubernamental de promoción de las consignas de Memoria, Verdad y Justicia, y de impulso a diversas políticas de la memoria. La denuncia se produce, también, durante los primeros tramos de la gestión de la ministra de Defensa Nilda Garré, que aprovecha el impulso desatado por el caso para proponer y efectivizar reformas en el sector, entre los más importantes, la reglamentación (demorada desde 1988) de la Ley de Defensa Nacional, que prohíbe la participación militar en seguridad interior. Asimismo, 2006 marca una bisagra en la historia de la judicialización de los crímenes cometidos por las Fuerzas Armadas, de seguridad y sus socios civiles en el marco del terrorismo de Estado, iniciando un proceso de reactivación de los juicios.[2]
El diario Página/12 ilustra el escándalo de espionaje ilegal con el título “Como en los viejos tiempos”; Clarín elige “Echan de la Armada a dos jefes por espiar a civiles”, y agrega como bajada “La ministra y el jefe de la marina, en un viaje al pasado”; La Nación informa “Relevó Godoy a dos altos jefes de la Armada”.
En 2006, “todo sucede deprisa porque el tiempo apremia”, como afirma la autora. Pero estos tiempos cortos, acelerados por una acción pequeña de un miembro cualquiera de la Armada, nos llevan a otros tiempos, los tiempos largos, y siempre complejos y sinuosos, de la política argentina.
Años antes, en mayo de 1999, se había revelado otro caso de “espionaje militar”, esta vez en el marco de la llamada “causa Menéndez” y en la provincia de Córdoba. Luciano Benjamín Menéndez, uno de los máximos jefes operativos del terrorismo de Estado, que había reinado sobre el territorio comprendido por el Tercer Cuerpo de Ejército durante la última dictadura, había logrado persistir durante muchas décadas como uno de los baluartes del “consenso antisubversivo” al que siguió adhiriendo, aun en democracia, una porción del Ejército argentino. La investigación sobre el caso de “espionaje militar” cordobés determinó que los acusados habían realizado acciones de inteligencia sobre funcionarios judiciales, políticos, empresarios, periodistas, militantes sociales y políticos alrededor de la evolución de las llamadas causas de la “verdad histórica”, informando no solo a la cúpula del Ejército sino también a algunos militares retirados, entre ellos Menéndez [3].
El episodio de 1999 sugirió que la cadena de mandos dentro del arma terrestre se encontraba, cuanto menos, puesta en jaque por la elevada autonomía con la que contaban distintos sectores. También, que las siniestras lealtades tejidas al calor del terrorismo de Estado estaban muy lejos de haber quedado en el pasado, y que las Fuerzas Armadas argentinas se atrevían a violar la ley a la hora de resguardar sus propios intereses corporativos, muy especialmente en el caso de causas por violación a los derechos humanos que involucraban a algunos de sus miembros.
¿Confirmaba la denuncia de “SM” en 2006 que lo mismo sucedía en el seno de la Armada? ¿Que, secretamente, la Marina había abandonado el marco legal democrático para proteger sus intereses corporativos? ¿Hasta dónde habían llegado los marinos en sus actividades de espionaje?
Hay más. La instantánea de 2006 nos lleva más lejos aun, y nos conecta nada menos que con los largos debates, iniciados en los caóticos primeros años de la transición democrática, sobre el rol que deben cumplir las Fuerzas Armadas. Y con uno de los legados más trascendentes de estos debates, que sigue distinguiendo a la Argentina de otros países de América Latina: el principio de no intervención de las Fuerzas Armadas en seguridad interior, lo que incluye la prohibición de realizar actividades de inteligencia.
¿Qué sostiene este principio de no intervención? Que debe existir una decidida separación entre el ámbito de la defensa nacional, que es el espacio específico para las Fuerzas Armadas, y el ámbito de la seguridad interior, propio de las fuerzas de seguridad. Este principio establece que la misión de las Fuerzas Armadas es defender a la nación de amenazas externas convencionales, provenientes de fuerzas armadas de otros países. Esto implica, concretamente, que, a diferencia de otros países latinoamericanos, los militares argentinos tienen prohibida por ley la realización de tareas de vigilancia, inteligencia y/o espionaje sobre sus conciudadanos.
Así lo consagró un marco legal que fue debatido y sancionado a lo largo de tres gobiernos democráticos consecutivos de distinto signo ideológico-partidario y en coyunturas de gobierno también muy diferentes: la Ley de Defensa Nacional de 1988, aprobada durante el gobierno de Raúl Alfonsín; la Ley de Seguridad Interior de 1992, sancionada durante el gobierno de Carlos Menem; y la Ley de Inteligencia Nacional, durante el gobierno de Fernando de la Rúa (Battaglino, 2010; Canelo, 2009).
Este principio de no intervención militar en seguridad interior logró consolidarse como uno de los consensos democráticos básicos a lo largo de más de treinta años. ¿Qué es lo que explica su extraordinaria fortaleza? En gran parte, que el mismo establece un límite tanto a los peligros del pasado como a la tangible degradación de la violencia estatal que podría resultar de la intervención del instrumento más letal del Estado (las Fuerzas Armadas) en el ámbito interno. Porque la experiencia histórica argentina, donde aún padecemos las consecuencias del terror de Estado empleado entre 1976 y 1983 por las Fuerzas Armadas y de seguridad y sus socios civiles para desaparecer a 30.000 argentinos, y la experiencia actual de otros países hermanos así lo indica.
Pasado y presente de esta forma lo advierten: la intervención militar en seguridad interna trae consigo graves riesgos, para la seguridad de los ciudadanos, para los mismos militares y para la democracia. El principio de no intervención es básico, pero también es contundente: nunca más (Nunca Más) los militares argentinos deben involucrarse en seguridad interior.
Desde por lo menos 1983, organismos de derechos humanos, organizaciones no gubernamentales, dirigentes políticos y sociales, autoridades militares, intelectuales y académicos, muchos han advertido sobre la necesidad de prohibir la vigilancia militar sobre los argentinos.
Así, se han señalado las críticas experiencias de otros países latinoamericanos donde los militares actúan en el marco interno, muy especialmente la de México y Colombia, con sus dramáticos saldos de desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales, tortura, inseguridad ciudadana, impunidad y violencia. Se ha advertido que el regreso de las Fuerzas Armadas a misiones de seguridad interna viola el marco legal vigente y rompe el amplio acuerdo multipartidario que le dio origen; que las somete a una profunda desprofesionalización y que las aleja del cumplimiento de su función principal, la defensa nacional; que genera condiciones para una mayor intervención política, y que trae aparejada graves violaciones a los derechos humanos y degradación institucional, entre otros contundentes argumentos.[4]
Sin embargo, la historia argentina postdictatorial muestra que estas advertencias, y el peligro abismal que encierra la intervención militar interna, pueden no resultar tan claros para otros sectores, que han impulsado la militarización de la seguridad interior. Así, la premisa de no intervención ha sido cuestionada desde distintos ámbitos, en numerosas oportunidades durante las siguientes tres décadas, hasta la actualidad.
Variadas fueron las coyunturas amenazantes empleadas por los partidarios de la militarización para ganar visibilidad en la escena pública: por ejemplo, la amenaza de los levantamientos “carapintadas”, el copamiento al cuartel de La Tablada en 1989, la conflictividad interna derivada de los episodios hiperinflacionarios de fines de los ochenta, el avance del narcotráfico, el crecimiento de la protesta social derivada de las políticas de ajuste durante los años noventa, el “11-S” y la amenaza del terrorismo internacional, entre varios otros.
Distintos sectores políticos y militares han señalado, a pesar de la normativa vigente y las experiencias históricas y contemporáneas, la conveniencia de “adecuar” la defensa nacional a la naturaleza cambiante de las “nuevas amenazas” (terrorismo, narcotráfico, indigenismo, crimen organizado, etc.), prometiendo, por ejemplo, el acceso a mayores recursos para unas Fuerzas Armadas crecientemente pauperizadas. También han destacado la necesidad de “olvidar prejuicios del pasado” y “mirar hacia el futuro”, para poder fortalecer las respuestas estatales (calificadas de “insuficientes”) a amenazas “que han cambiado de forma” y que constituirían una situación de “emergencia en materia de seguridad”.[5]
Y hay más aun. El correo electrónico enviado en 2006 por “SM” es también una excusa, bien empleada por la autora, para interesarnos por preguntas conceptuales fundamentales, de larga tradición en los debates de las ciencias sociales. Así lo escribe: las causas judiciales caratuladas “CELS s/denuncia” y “CELS y Hualpa, E. s/ denuncia” son tanto un “mirador” como un “mapa” para la tarea del antropólogo y su método.
Aquí es donde el texto interpela al mismo tiempo al lector no especialista y al lector académico. Es destacable el recurso de la autora a fuentes inéditas (o de acceso limitado), que tienen un enorme potencial para investigaciones académicas futuras, pero también un inocultable interés y actualidad para un público más amplio.
Las causas judiciales son entonces mirador y mapa para interrogarse por una serie de problemas que constituyen la causa misma y que se presentan, más o menos velados o explícitos, a lo largo del proceso de escritura y lectura. Preguntas sobre el Estado y los secretos del Estado, sobre el funcionamiento y dinámica de sus burocracias; sobre las prácticas concretas de los agentes políticos, militares, judiciales, sobre la operatividad de las jerarquías; sobre la obediencia, la desobediencia, las lealtades y las traiciones en el seno de las corporaciones; entre muchos otros.
Entre estos problemas, el lector encontrará varios que adquieren gran actualidad en la Argentina de 2017. Por ejemplo, ¿qué espacio ocupan hoy las Fuerzas Armadas argentinas?, ¿qué grado de autonomía y/o capacidad de presión tienen hoy en relación con el gobierno y con otras dependencias del Estado a las que deberían estar subordinadas, como el Ministerio de Defensa o el Poder Judicial? ¿Qué ámbitos, espacios, prácticas, amparados por ejemplo en el “secreto de Estado”, desafían exitosamente (o no) los controles civiles? También ¿en qué grado persisten las subsolidaridades institucionales que resisten la judicialización de los crímenes del terrorismo de Estado, o ignoran las leyes de la democracia que apartan a las Fuerzas Armadas del espionaje sobre civiles?
Y pensando en los contextos, que pueden tanto desatar como reprimir temporales, el lector interesado podría preguntarse, por ejemplo, ¿qué hubiera sucedido si estas actividades de espionaje ilegal hubieran sido descubiertas por “SM” hoy, en un contexto de debilitamiento de los procesos de judicialización y de políticas gubernamentales dirigidas a socavar la legitimidad de los organismos de derechos humanos y las consignas de Memoria, Verdad y Justicia? ¿Hubiera “SM” decidido que su mejor opción era contactar al CELS, o hubiera preferido guardar el “secreto de Estado”? ¿Cuáles hubieran sido las reacciones de periodistas, jueces, fiscales, abogados en torno al caso? ¿Los diarios hubieran publicado la noticia en la tapa, en un recuadro pequeño del interior, o la hubieran ignorado? Y en cuanto a las posiciones posibles del poder político ¿cómo actuaría hoy el Ministerio de Defensa frente a una denuncia gravísima como la de 2006? ¿Habría aprovechado la oportunidad para impulsar reformas democratizantes, o habría protegido el “secreto de Estado”? O peor aun, ¿habría avalado las actividades ilegales de los acusados, otorgándoles “el beneficio de la duda” del que, según altísimos funcionarios del gobierno actual, deben gozar “siempre” los miembros de las fuerzas de seguridad?[6]
Por último, el correo electrónico enviado en 2006 por “SM” nos conecta con el hilo de una historia tramada no solo en torno a grandes debates y grandes preguntas, sino, y sobre todo, en torno a “pequeños detalles”. Entre muchos otros, esta trama recupera y pone en juego, por ejemplo, un teatro sin espectadores que se transforma en escenario de la Justicia, o una oficina llamada “La Casita”, con un tristísimo dejo a nombre de centro clandestino de detención. También un bibliorato rotulado “Situación Chubut 2005”, directivas, una carpeta colgante identificada como “22AGO”, otra carpeta con solapa negra identificada como “DIVISION ZULU”, normativas, manuales y procedimientos, recortes periodísticos, “presentes griegos”, memos, fotocopias, y todos los elementos pequeños y cargados de significado que integran el “concierto polifónico que es un archivo de inteligencia”.
Tomados del hilo de la historia que nos entrega la autora, dejémonos conducir a través de grandes preguntas que pueden ser construidas y contestadas, en gran parte, a través de pequeños detalles. Todo eso, en las páginas que siguen.
Buenos Aires, 13 de diciembre de 2017
Referencias bibliográficas
Battaglino, Jorge (2010): “La política militar de Alfonsín: la implementación del control civil en un contexto desfavorable”, en Gargarella, Roberto; Murillo, María Victoria y Pecheny, Mario (comps.): Discutir Alfonsín. Buenos Aires: Siglo XXI.
Canelo, Paula (2017): “Que la memoria alumbre”. Ponencia presentada en el X Seminario Internacional Políticas de la Memoria. Arte, memoria y política. Panel junto a Vera Jarach (Madres de Plaza de Mayo), Verónica Torrás y Luciana Bertoia (Memoria Abierta). Centro Cultural de la Memoria Haroldo Conti, ex ESMA, Buenos Aires, 28, 29 y 30 de septiembre de 2017.
Canelo, Paula (2016): La política secreta de la última dictadura argentina (1976-1983). A 40 años del golpe de Estado. Buenos Aires: Edhasa. Colección Temas de la Argentina.
Canelo, Paula (2015): “‘Si el Ejército tira, mata’. Narcotráfico y Fuerzas Armadas”. Revista Anfibia. Ensayos. Miércoles 21 de octubre.
Canelo, Paula (2009): “Elites parlamentarias y ‘cuestión militar’: los debates parlamentarios en torno a la Ley de Defensa Nacional, la Ley de Seguridad Interior y la Ley de Inteligencia Nacional (Argentina, 1988-2001)”, en Memorias XXVII Congreso ALAS 2009. Buenos Aires, disponible en https://goo.gl/g81Jme.
CELS (2007): Derechos humanos en Argentina. Informe 2007. Buenos Aires: CELS.
CELS – Convergencia XXI – ILSED (2016): Documento colectivo “La riesgosa política del gobierno para las Fuerzas Armadas”. Buenos Aires: CELS, Convergencia XXI, ILSED.
Lvovich, Daniel y Jaquelina Bisquert (2008): La cambiante memoria de la dictadura. Discursos públicos, movimientos sociales y legitimidad democrática, Buenos Aires: Biblioteca Nacional y UNGS.
- CONICET-UNSAM-UBA.↵
- Al respecto consultar, entre otros, Canelo (2016), Canelo (2017), CELS (2007), Lvovich y Bisquert (2008).↵
- Este otro caso involucró a la Central de Reunión de Información del Cuerpo III, en la provincia de Córdoba, donde oficiales en actividad realizaban tareas de inteligencia sobre testigos y funcionarios de la “causa Menéndez” (Página/12, 16/5/1999). El Ejército relevó y pasó a disponibilidad al ex jefe de la Central de Reunión de Información 141 –Inteligencia– del III Cuerpo, teniente coronel Abel José Guillamondegui, a un coronel de la Jefatura de Inteligencia II con destino en Buenos Aires, José Luis Bo, y a dos suboficiales, Roberto Luciano Quiroga y Edmundo Orsolini (La Nación, 17/5/1999); también fue involucrado el jefe de Inteligencia del Estado Mayor, general José Miná, subordinado directo de Martín Balza, entonces jefe del Ejército. En septiembre de 2000, la Justicia Federal de Córdoba procesó a un total de 15 militares y civiles por el delito de violación de la Ley de Defensa Nacional. ↵
- Ver el documento colectivo “La riesgosa política del gobierno hacia las Fuerzas Armadas”, escrito por Carlos Acuña, Ileana Arduino, León Carlos Arslanián, Alberto Binder, Paula Canelo, Gastón Chillier, Agustín Colombo Sierra, Enrique Del Percio, Katchik Derghougassian, Rut Diamint, Natalia Federman, Enrique Font, Sabina Frederic, Jaime Garreta, Gabriel Kessler, Paula Litvachky, Ernesto López, Pablo Martínez, Germán Montenegro, Alejandra Otamendi, Gustavo Palmieri, Hernán Patiño Mayer, Raúl Sánchez Antelo, Marcelo Sain, Luis Tibiletti, Juan Gabriel Tokatlian, José María Vásquez, Horacio Verbitsky (CELS, CONVERGENCIA XXI, ILSED. Octubre de 2016). Disponible en <https://goo.gl/nbDzLW>.↵
- Sobre este amplio debate, sus protagonistas y evolución, ver Canelo (2015), disponible en: <https://goo.gl/oXBWu1>.↵
- Ver, por ejemplo, las declaraciones de la vicepresidenta de la Nación, disponibles en <https://goo.gl/AgNW2G>.↵






