Confusiones y posibles relaciones[1]
Sergio Ortiz Leroux[2]
Introducción
Nuestro tiempo, nos guste o no, es el tiempo del desencanto democrático. En menos de dos generaciones, si se atiende a la famosa teoría de las generaciones del filósofo español José Ortega y Gasset, pasamos de las altas expectativas que generó la tercera ola democratizadora en Europa (España, Portugal, Grecia) y América Latina (Argentina, Chile, Brasil, Uruguay, México, etcétera), a la cruda realidad de regímenes democrático-liberales que experimentaron y experimentan ‒matices históricos y geográficos de por medio‒ distintos procesos de erosión tanto en sus bases institucionales y normativas como en su dimensión simbólica. ¿Qué aconteció? ¿Por qué se pasó tan aceleradamente del encantamiento al desencanto hacia la democracia? ¿Qué explica la mala prensa que tienen actualmente las democracias en diferentes regiones del mundo, como lo ilustran varios índices de medición de la democracia?[3]
Diversas hipótesis pueden formularse para responder a las anteriores preguntas. Conjeturas o sospechas de orden político, económico, social y cultural pueden plantearse para intentar eludir cualquier posible extravío. Temas cruciales como la presencia o ausencia, la fortaleza o debilidad del Estado de derecho, el desarrollo económico o la cultura cívica pueden ser traídos a colación para buscar descifrar las fuentes del actual malestar democrático. En este trabajo no me detendré a estudiar todas esas posibles fuentes, sino que, más bien, recurriré a la relación que existe entre la democracia y la justicia social para ensayar una clave de respuesta ‒necesariamente preliminar y contingente‒ a la erosión democrática que se vive en el presente. No afirmo que la presencia o ausencia de la justicia social sea la variable explicativa decisiva para dar cuenta de una mejor o peor democracia. Sostengo, en cambio, que en sociedades más justas en términos sociales y económicos se pueden generar mejores condiciones para el nacimiento y florecimiento de la democracia política. Dice Perogrullo que en esto de abrir la boca no parece tener llenadera, que no puede haber democracia sin justicia social. En principio, la afirmación suena justa y razonable. Sin embargo, si se va más allá del simple lugar común, entonces la relación que puede generarse entre la democracia política y la justicia social no es evidente, sino que es, en todo caso, un asunto problemático que hay que intentar descifrar. ¿Es la justicia social causa o consecuencia de la democracia? ¿Puede haber justicia social sin democracia o democracia sin justicia social? ¿Qué tipo de relación existe o puede existir entre una y otra? Este ensayo se ocupará en adelante de discutir y quizá aclarar estas cuestiones. El método que se utilizará es el análisis teórico-conceptual, que examina la coherencia interna y la validez externa de las principales categorías políticas.
Para cumplir este propósito (¿o despropósito?), en un primer momento, delimitaremos las fronteras conceptuales de la palabra justicia social y la distinguiremos de otra forma de justicia: la justicia legal; en un segundo momento, analizaremos dos nociones que no aclaran mucho, pero sí agregan algo de confusión a la relación entre democracia y justicia social: las llamadas democracia social y democracia económica; en un tercer momento, definiremos la relación de la democracia y la justicia social como un tipo de relación bidireccional en la cual la justicia social es condición necesaria, pero no suficiente de la democracia, y la democracia, a su vez, es condición necesaria, pero no suficiente de la justicia social. Finalmente, y a modo de conclusión, avanzaremos la idea de la necesidad de un nuevo pacto democrático y social, a manera de excedente, para garantizar una democracia con justicia social.
Justicia: definición y formas
La justicia es uno de los valores políticos más importantes en la historia de las sociedades políticas. Desde la Antigüedad hasta nuestros días ha jugado un papel decisivo como principio político articulador del conjunto de la sociedad. Diversas definiciones se han ofrecido sobre este singular principio político. Dar a cada quien lo que le corresponde, según su propia excelencia, señala Platón en la República (1990), parece ser una idea regulativa antigua que puede contribuir a generar mayor cohesión e integración social. La justicia como equidad (justice as fairnees), por su parte, desarrollada por John Rawls en su ya clásica Teoría de la justicia (1979), ha renovado el debate de la teoría y la filosofía políticas de finales del siglo XX y principios del XXI. Las teorías políticas feministas, por su parte, sostienen que no puede existir una sociedad justa en aquellas formaciones sociales donde prevalezcan relaciones patriarcales y desiguales entre hombres y mujeres.
Comúnmente la palabra justicia suele ser asociada en la literatura académica, en la conversación pública y en el debate político a dos formas distintas e interrelacionadas: la justicia legal o justicia procesal y la justicia social o justicia sustancial. La justicia legal se encuentra ligada al debido proceso legal e implica juicios justos y procedimientos legales adecuados. El derecho penal, por ejemplo, descansa sobre las bases de la justicia legal, pues se trata del derecho que tiene el soberano, con respecto a aquel que le está sometido, de imponerle una pena por su delito. Y el grado de castigo que la justicia penal adopta como principio y patrón es el principio de igualdad: no inclinarse más hacia un lado que hacia el otro (Kant, 1989, pp. 165-167). La justicia social, por su parte, se interesa por lograr una sociedad justa, imparcial y, sobre todo, equitativa (Bealey, 2003, p. 240), de modo que se encuentra estrechamente conectada con procesos políticos y sociales distintos, pero al mismo tiempo interconectados: la igualdad y equidad social, la igualdad de oportunidades, el Estado de bienestar, la distribución de la renta, los derechos sociales, el combate contra la pobreza y la desigualdad, etcétera. Asuntos que se pueden materializar en una sociedad a través de la puesta en práctica de la justicia distributiva, que establece los principios rectores sobre cómo han de distribuirse entre la gente de una sociedad determinada los beneficios y los perjuicios o, dicho de manera más sencilla, ¿a quién debemos quitar y a quién debemos dar?
La justicia social mantiene una relación estrecha con la democracia, en tanto se afirma, con buenas razones, que el gobierno popular requiere de un conjunto de precondiciones políticas, sociales, económicas y culturales para su adecuado desenvolvimiento. Es decir, la justicia social suele ser representada como una condición necesaria para el nacimiento y desarrollo de la democracia. Pero no siempre queda claro si la relación entre democracia y justicia social es de tipo unidireccional, bidireccional o una relación entre partes emparentadas o idénticas. Para intentar resolver este aparente acertijo, quizá el mejor camino sea comenzar por tomar relativa distancia de algunas nociones de democracia que plantean de forma confusa y probablemente equívoca estos asuntos. Me refiero a los conceptos de democracia social y democracia económica, que, en términos genéricos, pretenden extender el principio de distribución del poder de la esfera del Estado al campo de la sociedad y la economía.
Dos confusiones alrededor de la palabra democracia
a) Democracia social
Dentro de la literatura histórica, politológica y sociológica han surgido nociones alternativas a la palabra democracia, entendida esencialmente como una forma de gobierno o de régimen político. Entre estas nociones aparentemente alternativas, destaca la democracia social. Su origen, según el politólogo italiano Giovanni Sartori (1992, p. 32), se encuentra en el famoso libro La democracia en América (1835) de Alexis de Tocqueville, a quien, al visitar los Estados Unidos en 1831, le sorprendió todo un “estado de la sociedad” que Europa no conocía. Tocqueville percibió la democracia norteamericana en clave sociológica, como una sociedad caracterizada por la “igualdad de condiciones” y guiada esencialmente por un “espíritu igualitario”. Para el pensador francés, la igualdad de condiciones o igualdad social era el “hecho generador del que se deducían todos los demás”. Por tanto, democracia social denota una sociedad cuyo ethos requiere a los propios miembros que se vean y se traten como socialmente iguales.
De manera parecida a Tocqueville, pero desde coordenadas ideológicas opuestas, se desarrolló desde la tradición socialista, especialmente desde cierto marxismo, la noción de democracia social. Mucha literatura socialista se ha escrito alrededor de esta palabra. La idea básica es que la democracia social no solamente es un concepto distinto a la democracia política, sino que, sobre todo, es una noción alternativa y cualitativamente superior. Por tanto, los pensadores marxistas proponían pasar de la democracia política, limitada y en última instancia falsa, a la democracia social, plena y verdadera. Los supuestos básicos del argumento son más o menos los siguientes. Para el marxismo, la democracia clásica y moderna[4] es una democracia formal en el sentido de que “mientras perdure la existencia de la propiedad privada de los medios de producción, el Estado continuará siendo un instrumento de explotación en manos de la burguesía” (Badia, 1980, pp. 75-76).[5] En este marco analítico, las libertades democráticas (civiles y políticas) declaradas en la Constitución serán también formales en cuanto que el proletariado, la nueva clase social revolucionaria de las sociedades modernas en su fase capitalista, no podrá realizarlas por falta de medios, ni competir con los capitalistas. De suerte que, en el régimen capitalista, la democracia no puede ser más que formal y encubre en realidad el monopolio del poder por parte de la clase burguesa.
Karl Marx reconoce, ciertamente, el valor positivo de las libertades democráticas (libertades civiles y sufragio universal) en las sociedades capitalistas, ya que estas les permiten a los trabajadores ejercer un mayor control sobre el aparato político (Marx, 1978). Sin embargo, el filósofo alemán no deja de cuestionar el Estado democrático moderno porque en última instancia su principio formal (ciudadanía política) es ajeno al conjunto de regulaciones reales (la dominación y enajenación capitalistas): “Ciertamente, la emancipación política es un gran progreso, aunque no sea la última forma de la emancipación humana, lo es en el actual orden del mundo (el mundo capitalista)” (Marx, 1978, pp. 187-188). En este nivel, Marx identifica a la democracia formal con la “democracia burguesa”, aquella donde el conjunto de la sociedad es dominado por el Estado que se encuentra bajo el control de la burguesía. De manera que el Estado representativo moderno no es más que una simple fachada que oculta la dominación de clase estructural de la burguesía hacia el proletariado.
Frente a esta forma histórica y restrictiva de democracia, Marx propone una “verdadera democracia”, que implica la unidad de lo formal y lo real, de lo particular y lo universal, de lo privado y lo público, es decir, un gobierno popular que suponga la democratización no solamente de las relaciones políticas, sino también, y sobre todo, la democratización de las relaciones sociales y económicas. Esa “democracia verdadera” es una democracia social, ya que el poder se distribuye no solamente al nivel formal del Estado, sino también al nivel real de la sociedad civil.
El problema con las anteriores representaciones de la democracia social (la tocquevilliana y la marxista) es que establecen como equivalentes o semejantes dos cosas que, en estricto sentido, son distintas: a) la democracia y b) la justicia social; pero que, ciertamente, deben mantener una relación muy estrecha una con la otra si es que quieren potencializarse mutuamente tanto en el nivel del pensamiento como en el ámbito de la práctica. El concepto de democracia, como ha señalado el filósofo argentino-mexicano Carlos Pereyra (2012, p. 27), no se refiere a una ideología específica, ni tampoco, agrego yo, a alguna aspiración social concreta, sino que da cuenta, estrictamente, de formas y mecanismos reguladores del ejercicio del poder político. Dos aspectos fundamentales distinguen a la democracia de otros regímenes políticos: representación popular y sufragio libre, igual y universal. Su funcionamiento supone, además, el conjunto de libertades civiles y políticas: de opinión, reunión, organización y prensa.
Ahora bien, en sociedades donde los niveles de pobreza y desigualdad son muy grandes, como las sociedades latinoamericanas, sucede que las fuerzas políticas y sociales suelen orientar su actividad política cotidiana a los problemas ancestrales de la igualdad y de la justicia social y no a los temas de la democracia. Es más que comprensible. Sin embargo, eso no justifica que en la discusión teórica y en la práctica política se confundan democracia y justicia social. En palabras de Pereyra:
En esta perspectiva se produjeron conceptos equívocos como democracia social para referirse a circunstancias que se relacionan con la cuestión de la igualdad o la justicia pero que no tienen que ver con el sentido estricto de la democracia, es decir, con el problema de la elección de los gobernantes (Pereyra, 2012, p. 102) (cursivas del autor).
Hay que evitar, por tanto, el uso confuso o, para ser más precisos y agudos, demagógico y populista de los conceptos. Ciertamente en sociedades como las nuestras, cruzadas por una enorme y lacerante desigualdad y pobreza, son más que legítimas y necesarias las preocupaciones por la igualdad social o la justicia social, pero una sociedad igualitaria y justa en términos sociales no necesariamente es una sociedad democrática. La democracia, en consecuencia, solo tiene que ver, en sentido estricto, con la forma en que los gobernados eligen a sus gobernantes. Es decir, la democracia es siempre, como insistió una y otra vez Carlos Pereyra, democracia política.[6]
La identificación de la democracia con la noción gelatinosa de democracia social durante buena parte del siglo XX y las primeras décadas del siglo XXI ha tenido consecuencias políticas negativas para la propia tradición democrática.[7] En nombre de la defensa o de la promoción de una hipotética democracia social, asociada a la eventual solución de la llamada “cuestión social”, regímenes no democráticos, como el fascismo italiano de Benito Mussolini, el sistema totalitario de Josep Stalin en la ya desaparecida Unión Soviética, la dictadura en Cuba de los hermanos Castro o el régimen autoritario del PRI mexicano, han defendido (y en algunos casos siguen defendiendo) un conjunto de normas y prácticas abiertamente contrarias a la lógica democrática: anulación o restricción de la representación política y el pluralismo social; cancelación del pluripartidismo; restricción o anulación de libertades políticas (opinión, reunión, organización y prensa); vulneración del sufragio libre, igual y universal; etcétera. Por eso he señalado anteriormente que el concepto democracia social, pretendidamente superior a la noción de democracia política, no ofrece mucha claridad y sí abre algunas confusiones respecto de la relación específica entre democracia y justicia social. Asunto que se precisará más adelante en el tercer apartado de este capítulo.
b) Democracia económica
A diferencia de la democracia política, que gira alrededor de la igualdad jurídico-política y de la democracia social, que se traduce, como hemos visto, en la igualdad de estatus o condición, la democracia económica significa, en su versión genérica y literal, igualdad económica, que se consigue por la reducción de la brecha de la desigualdad y el combate a la pobreza. Sin embargo, la democracia económica adquiere un significado específico, señala Sartori (1992, p. 33), cuando se habla de “democracia industrial”. El concepto se remonta a Sidney y Beatrice Webb, que en 1897 escribían el libro Industrial Democracy. Su argumento principal es que la democracia económica es la democracia en el puesto de trabajo y en la organización-gestión del trabajo.
Para el matrimonio inglés, que jugó, por cierto, un papel muy importante en la definición ideológica del Partido Laborista inglés, en la sociedad industrial el trabajo asalariado se concentra en las fábricas y, por tanto, es en la fábrica en donde hay que introducir la democracia. En su forma acabada la democracia industrial se configura a partir del autogobierno del trabajador en el propio lugar del trabajo, del obrero en la propia fábrica. Se puede hablar de democracia económica cuando en el sector económico los trabajadores adoptan activamente las decisiones que les afectan, cuando la dirección de la economía pasa a sus manos (Badia, 1980, p. 83). De manera que la democracia económica busca extender el principio democrático de distribución del poder de la esfera de la política (Estado) al campo de la economía (fábrica). Se trata, por tanto, de una versión refinada de la visión marxista de la democracia, que plantea la democratización no solamente del campo secundario de la superestructura jurídico-política, sino también, y sobre todo, de la democratización de la esfera primaria de la estructura económica.[8]
Al igual que sucede con la noción de democracia social, el concepto de democracia económica tiende a ser confuso si lo relacionamos con la cuestión democrática, pues una eventual democratización de la esfera del trabajo, mediante, por ejemplo, la autogestión o el control obrero de las fábricas (asunto de suyo deseable), no se traduce espontánea ni inmediatamente en una democratización de las formas y mecanismos reguladores del ejercicio del poder político. Se trata de dos fenómenos, obviamente, estrechamente interconectados, pero que no son idénticos o equiparables, como lo demostró la experiencia histórica de los regímenes socialistas realmente existentes de mediados del siglo pasado, que fueron catalogados por tirios y troyanos ‒matices teóricos e históricos de por medio‒ como formas de gobierno no democráticas, es decir, como formas políticas autoritarias, despóticas, dictatoriales o totalitarias.[9]
La relación bidireccional entre democracia y justicia social
Si la palabra democracia no puede ser equiparable con los conceptos jabonosos de democracia social y democracia económica, entonces vuelve a salir a la superficie la (inquietante) pregunta: ¿qué tipo de relación existe entre una y otra? En lo que sigue de este capítulo se sostendrá que entre democracia y justicia social existe no una relación de tipo unilateral, sino, en todo caso, una relación de tipo bidireccional, pues ambas se condicionan mutuamente.
a) La justicia social como condición necesaria, pero no suficiente de la democracia
La democracia, como se ha visto, remite en principio a un conjunto de formas y mecanismos reguladores del ejercicio del poder político. Se trata, por tanto, de una democracia política, representativa y pluralista. Pero esa democracia, hay que decirlo claramente, no nace ni florece en el vacío o en el limbo. Existe siempre un contexto histórico específico en el cual se fortalecen o, en su caso, se desgastan esas formas y esos mecanismos reguladores del acceso y el ejercicio del poder político. En los últimos años, el debate sobre la cuestión democrática ha girado alrededor de la discusión acerca del llamado desencanto democrático.[10] Erosión democrática, desafección democrática o antipolítica son otras formas de nombrar un mismo fenómeno que se distingue, precisamente, por el escaso apoyo social que recibe la democracia o por la indiferencia que existe con respecto a la democracia en comparación con otros regímenes políticos no democráticos. El Informe 2023 de Latinobarómetro, por ejemplo, señala que ese año solo el 48 % de la población de América Latina apoyaba a la democracia, lo que significaba una disminución de 15 puntos porcentuales desde el 63 % del año 2010.[11]
Varias hipótesis pueden ensayarse para intentar explicar las fuentes (políticas, sociales, económicas y culturales) del actual desencanto democrático: crisis económicas, corrupción al más alto nivel, desigualdad y pobreza, debilidad del Estado de derecho, polarización ideológica, personalización de la política, ausencia de una cultura cívica robusta en los ciudadanos, globalización económica y financiera sin límites, etcétera. Lo cierto es que todas ellas coinciden en afirmar que la democracia concebida como forma de gobierno o régimen político es una construcción histórica frágil y contingente que requiere de una serie de precondiciones para su adecuado despliegue y rendimiento. Entre esas precondiciones destacan las precondiciones sociales asociadas al reconocimiento y garantía de las formas de la justicia social. Me refiero en particular al problema de la desigualdad y la pobreza. La hipótesis de trabajo que quiero aquí deslizar (no es, obviamente, ninguna novedad) es que la justicia social, ligada a la crítica y al combate de la desigualdad, tiene y debe ser representada como una condición necesaria, pero no suficiente de la democracia.
En efecto, uno de los fenómenos sociales que más ha erosionado la legitimidad y credibilidad de los gobernantes y representantes populares, con su inevitable y esperada secuela en términos de desconfianza ciudadana hacia la política, las instituciones políticas y los políticos profesionales, ha sido, precisamente, la escalada de desigualdades de ingresos y patrimonios en Europa, Estados Unidos y América Latina. Desigualdad que resulta dramática no solo por la contundencia de los datos, sino por una suerte de consentimiento tácito respecto de ella que se traduce en formas de resignación y en un sentimiento colectivo de impotencia (Rosanvallon, 2012).[12] Los datos son más que ilustrativos: “el 1 por ciento con mayores ingresos a escala global, recibió el doble de ingresos que el 50 por ciento más pobre”, según una de las conclusiones a las que llegaron más de 100 investigadores de los cinco continentes que participaron en el “Informe sobre la desigualdad global 2018”, publicado por el World Inequality Lab (2018).
Si se analiza la desigualdad de ingresos en perspectiva histórica se puede apreciar de mejor manera su incremento. Durante las últimas décadas, sostiene el economista francés Thomas Piketty (2020, pp. 36-37), se observa una tendencia al aumento en casi todos los países. A nivel mundial, la participación del decil superior (el 10 por ciento de la población con mayor ingreso) en el ingreso nacional total se situaba entre el 26 y el 34 por ciento en 1980 en distintas regiones del mundo, frente al 37 y el 56 por ciento en las mismas regiones en 2018. El aumento de las desigualdades es generalizado en todos los niveles, aunque su amplitud varía mucho de unos países a otros. Es mayor, por ejemplo, en Estados Unidos que en Europa (Unión Europea).[13] Al comparar los casos de la India, Estados Unidos, Rusia, China y Europa, se confirma que la participación del decil superior se situaba alrededor de 25-35 por ciento del ingreso total en cada una de estas cinco regiones en 1980, frente a 35-55 por ciento en 2018.[14]
Ahora bien, si se analiza la relación entre el 50 por ciento más pobre y el 1 por ciento (¡1 por ciento!) más rico de la población, los datos son más reveladores y dramáticos. El 1 por ciento más rico concentra 30 por ciento del ingreso total en Oriente próximo, frente a 9 por ciento que corresponde al 50 por ciento más pobre. En Europa, estos porcentajes son de 11 por ciento y 21 por ciento, respectivamente; en China, son de 14 y 15 por ciento, y en Estados Unidos, de 20 y 13 por ciento. Las consecuencias de esa desigualdad son claras. Al contrario que sus padres y abuelos, en Estados Unidos, Europa y otras regiones del mundo los niños y niñas tienen muy pocas expectativas de mejorar las condiciones en las que nacieron. Los ricos seguirán siendo ricos y los pobres siguen siendo pobres.
En lo que corresponde a la desigualdad de patrimonios, los datos también pueden ayudar a documentar el pesimismo (que es, dicho sea de paso, otra manera de llamar al optimismo informado). La concentración patrimonial se encuentra en progresión desde los años 1980-1990, con apenas 5 por ciento del patrimonio privado total en manos del 50 por ciento más pobre de la población, frente a 50-60 por ciento en el caso del 10 por ciento más rico. Según Piketty (2020, p. 492), la participación del decil superior (el 10 por ciento de los ricos) en el total de la propiedad privada (activos inmobiliarios, profesionales y financieros) era aproximadamente 90 por ciento en Europa Occidental en 1900-1910, antes de disminuir a 50-55 por ciento en 1980-1990, y aumentar desde entonces. El aumento ha sido bastante más acusado en Estados Unidos, donde la participación del decil superior se sitúa cerca de 75 por ciento en 2010-2015, de modo que se aproxima a los niveles de 1900-1910.[15]
No se necesita ser mago, chamán o adivino para afirmar que esta escalada de desigualdades de ingresos y patrimonios en Europa, Estados Unidos y América Latina, ligada al capitalismo duro del momento neoliberal (Ortiz Leroux, 2023), ha tenido como consecuencia, entre otras cosas, el deterioro de la propia democracia. Estudios de opinión, como el Latinobarómetro 2023, han registrado que los ciudadanos prefieren cada vez más gobiernos autoritarios si ello se traduce, por ejemplo, en un mejoramiento de sus condiciones materiales de vida.[16] Igualmente, esta escalada de desigualdades del momento neoliberal del capitalismo duro ha sido el mejor caldo de cultivo para la emergencia de liderazgos carismáticos, lógicas de la política, movimientos sociales y gobiernos de corte populista, que ponen en un lugar límite, por decirlo suavemente, a la propia democracia (Rosanvallon, 2020).[17]
Por eso, se ha sostenido a lo largo del capítulo que la justicia social, ligada en este caso al combate a la desigualdad de ingresos y patrimonios, es una condición necesaria de la propia democracia. Ahora bien, también se trata de una condición no suficiente, porque el régimen democrático, frágil por definición, requiere de otras precondiciones sociales, políticas, económicas y culturales: Estado de derecho, ausencia de corrupción, desarrollo económico, legitimidad política, cultura cívica democrática, etcétera.
Seymour M. Lipset, por ejemplo, en su ya clásico trabajo: “Algunos requisitos sociales de la democracia: desarrollo económico y legitimidad política” (2001, pp. 113-150), realiza un análisis sociológico y politológico de un conjunto de requisitos o condiciones sociales, como el desarrollo económico y la legitimidad política, que se han presentado o se mantienen en las democracias liberales realmente existentes. Se trata, dice el sociólogo norteamericano, de un conjunto de “características estructurales de una sociedad que mantiene un sistema político democrático” (p. 116). Concentremos la atención en la variable independiente desarrollo económico. Desde la Antigüedad se ha generalizado la idea de que la democracia se encuentra relacionada con el grado de desarrollo económico. En sociedades cruzadas por la pobreza, la gente no suele participar demasiado en los asuntos públicos, ya que se encuentra demasiado ocupada en los problemas de su propia supervivencia. Para comprobar esta hipótesis, Lipset define varios indicadores de desarrollo económico (riqueza, industrialización, urbanización y educación) que se han computado como promedio para los países clasificados como democráticos en el mundo anglosajón, Europa y América Latina en las décadas de los ochenta y noventa del siglo pasado. Sin entrar demasiado en detalle, los datos recopilados por las agencias de investigación de la opinión pública en el mundo en las décadas finales del siglo pasado revelan, según Lipset, que a mayores índices de riqueza (ingreso per cápita y otros), a mayor industrialización, a mayores grados de urbanización y a niveles más altos de educación, existe mayor probabilidad de que se crea en los valores, prácticas e instituciones democráticas.[18] Y lo contrario: a menores índices de riqueza, a menor industrialización, a menores grados de urbanización y a niveles más bajos de educación, existe mayor probabilidad de que no se crea en los valores, prácticas e instituciones democráticas. Lo dicho: la democracia requiere de una serie de precondiciones (sociales o económicas), si no quiere morir, como se dice coloquialmente, en el intento.
b) La democracia como condición necesaria, pero no suficiente de la justicia social
De lo sostenido anteriormente se puede concluir, ciertamente, que pueden existir democracias que no pongan demasiada atención en los temas de la justicia social (combate a la desigualdad y a la pobreza, garantía de derechos sociales, aumento del gasto público y el gasto social, etcétera), pero justo esas democracias muy probablemente entrarán en una pendiente inclinada que derivará en su contrario: el autoritarismo. En este marco analítico surge otra (inquietante) pregunta: ¿la justicia social requiere de la democracia? En principio diría que no. A lo largo del siglo XX pueden encontrarse varios ejemplos de sociedades menos injustas en términos sociales, donde se presentó una disminución de la pobreza y la desigualdad, que al mismo tiempo no gozaban de regímenes democráticos. Presumían de una supuesta democracia social o de una democracia económica que eran todo menos democráticas (si se entiende, desde Aristóteles hasta el presente, que la democracia es, esencialmente, un régimen político).
Sin embargo, sucede con el paso del tiempo que la ausencia de democracia suele traducirse comúnmente en una erosión de la propia justicia social.[19] El siglo XX ha ofrecido suficientes y dramáticas lecciones de que las fórmulas “justicia social más autoritarismo” (p. ej. el PRI mexicano), “justicia social más dictadura” (p. ej. la Cuba revolucionaria) o “justicia social más totalitarismo” (p. ej. la ex Unión Soviética) tienden a presentar resultados negativos en ambas direcciones: ni garantizaron la justicia social, ni tampoco fueron democráticas. ¿Estamos condenados a que las sociedades justas en términos sociales prescindan de la democracia? No lo creo, siempre es posible conjugar virtuosamente justicia social con democracia. Pero sostengo, al mismo tiempo, que la democracia también puede y debe ser representada como una condición necesaria, aunque no suficiente de la justicia social.
La democracia, en efecto, puede contribuir de diferentes maneras a garantizar la justicia social. El ejercicio de libertades civiles y políticas (reunión, manifestación, expresión, organización, voto, etcétera), por ejemplo, asegura que la discusión pública sobre las mejores formas o vías para alcanzar y consolidar la justicia social se mantenga abierta y nadie pueda cerrarla o clausurarla. En democracia, ningún individuo, grupo, clase social o partido político puede asegurar de manera categórica que ha descubierto el secreto para garantizar de una vez y para siempre la justicia social. Las vías para alcanzarla y garantizarla (p. ej. combate a la pobreza y a la desigualdad; garantía de derechos sociales; políticas fiscales progresivas y redistributivas; aumento del gasto público, especialmente el gasto social, etcétera) se encuentran, por definición, abiertas a una discusión pública e interminable en donde los participantes, sean estos ciudadanos, organizaciones de la sociedad civil o partidos políticos, se vean orillados a presentar ante el conjunto de los ciudadanos evidencias suficientes, argumentos mejores y fórmulas políticas innovadoras y factibles.
Igualmente, la competencia pluripartidista y la celebración de elecciones libres, justas, equitativas y periódicas, propias de los regímenes democráticos, garantizan que sean los ciudadanos y ciudadanas electores, es decir, el pueblo soberano, quienes evalúen crítica y retrospectivamente si las políticas públicas y los programas sociales del gobierno de turno deban ser ratificados o no. Y, para ello, premian o castigan a los gobernantes o representantes populares en las elecciones venideras. Las elecciones en democracia son un corte de caja necesario que contribuye, precisamente, a premiar o castigar a gobernantes y representantes populares.
Finalmente, en democracia, que no en autoritarismo, los ciudadanos y ciudadanas pueden acceder a información amplia, confiable y verificable, creada por comisiones autónomas e independientes, medios de comunicación tradicionales, redes virtuales, organizaciones de la sociedad civil y centros académicos e intelectuales, sobre los grados de avance o retroceso en materias asociadas a la justicia social. La transparencia y la rendición de cuentas gubernamentales, propias de cualquier democracia constitucional, pueden contribuir en alguna medida a resolver los problemas de la justicia social porque ayudan a visibilizar y contrastar diagnósticos y pronósticos, propuestas y resultados.
Ahora bien, la democracia ‒se ha repetido en este texto‒ no es una condición suficiente para garantizar la justicia social, porque esta última requiere algo más. Ese excedente será abordado, a manera de conclusión, en las líneas siguientes.
A manera de conclusión: hacia un nuevo pacto democrático y social como vía para arribar a una democracia con justicia social
¿Se resuelve el crucigrama sobre la relación específica entre democracia y justicia social sosteniendo que la primera es condición de posibilidad necesaria, pero no suficiente de la segunda y que, a su vez, la segunda es condición de posibilidad necesaria, pero no suficiente de la primera? Creo que, eventualmente, se puede resolver lógica y analíticamente ese enigma. Pero si se amplía un poco el campo de la mirada, creo que el problema no queda bien resuelto en términos políticos, es decir, si se somete el geométrico reino de las ideas o razones a las duras maderas de la política. Aquí queda un excedente que vale la pena explorar. Más aún si lo que se quiere, política y normativamente hablando, no es conservar una democracia sin justicia social o una sociedad con justicia social, pero sin democracia, sino que lo que se pretende, en todo caso, es arribar a una democracia con justicia social. Tarea (muy) fácil de enunciar, pero (muy) difícil de resolver.
La democracia con justicia social es una forma política poco común en la historia contemporánea. Se requiere hacer compatibles una forma de gobierno, como es la democracia, con una aspiración o demanda social, como es la justicia social. Dos compromisos tendrían que garantizarse al mismo tiempo y con la misma intensidad: el compromiso de valorar a la democracia como un fin en sí mismo, que no es negociable o intercambiable por otro fin o propósito. Y el compromiso de valorar a la justicia social como un fin en sí mismo, que no es intercambiable o negociable por otro fin o propósito. Creo que una posible vía para conseguir la síntesis anterior sería la construcción de un nuevo pacto democrático y social, donde participen gobierno, empresarios, trabajadores asalariados y precarios, así como organizaciones de la sociedad civil, que entre sus supuestos destaque que nadie esté dispuesto a sacrificar ni la forma de gobierno ni la aspiración social.
Los gobiernos populistas, sobre todo aquellos identificados ideológicamente con la izquierda, por ejemplo, presumen garantizar los principios básicos de la justicia social (derechos sociales y gasto social), pero en el camino están dispuestos a sacrificar las instituciones, normas y valores de la democracia. El autoritarismo con justicia social sería el resultado de semejante mezcla. Los gobiernos mexicanos de la autodenominada “Cuarta Transformación” (Andrés Manuel López Obrador y su sucesora, Claudia Sheinbaum) son un ejemplo de lo anterior.
Los gobiernos neoliberales, en contraste, presumen garantizar los principios básicos o mínimos de la democracia electoral (partidos políticos y elecciones regulares, libres y competitivas), pero en el intento se muestran dispuestos a sacrificar en el altar del libre mercado los principios de la justicia social. La democracia minimalista, enunciada por el sociólogo francés Pierre Rosanvallon (2020), sería el resultado de semejante síntesis.
Creo que un gobierno democrático y social o, si se prefiere, una democracia con sensibilidad y compromisos sociales, puede hacer compatibles al mismo tiempo y con la misma intensidad los principios básicos de la democracia y de la justicia social. Ese modelo de democracia no es una quimera ni es una simple utopía inalcanzable. En el programa socialdemócrata basado en el Estado de bienestar, construido después de la segunda posguerra (1945-1978), se pudieron hacer compatibles en las sociedades europeas tanto el desafío político de la democracia como el desafío social de la justicia social. Derechos civiles, derechos políticos y derechos sociales fueron garantizados creativa e integralmente en esta singular experiencia histórica. Quizá en este original modelo de socialismo democrático, actualizado, criticado y reformulado a las condiciones cambiantes de nuestro tiempo y circunstancia, podamos encontrar en los países de América Latina y especialmente en el México del siglo XXI los referentes y pilares básicos para sentar las bases de un tipo de democracia con justicia social. Este, me parece, es uno de los principales desafíos políticos, intelectuales y morales del presente siglo.
Referencias
Alvaredo, F., Chancel L., Piketty, Th. et al. (2018). Informe sobre la desigualdad global 2018. Ciudad de México: Libros Grano de Sal.
Badia, J. F. (1980). De la democracia política a la democracia social y económica. Revista de estudios políticos, (168), 73-120.
Bealey, F. (2003). Justicia. En Diccionario de Ciencia Política (pp. 240-242). Madrid: Ediciones Istmo.
Hansen, M. H. (2022). La democracia ateniense en la época de Demóstenes. Madrid: Capitán Swing Libros.
Kant, I. (1989). La metafísica de las costumbres. Barcelona: Ediciones Altaya.
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Suárez Iñiguez, E. (2024). Los principales índices de medición de la democracia: Freedom House, Vanhanen’s Index of Democracy, Democracy Index de The Economist, Electoral Democracy Index y Polity IV. Estudios Políticos, (62), 1-29.
- Las ideas planteadas en este capítulo son, obviamente, de mi autoría, pero su germen es resultado del diálogo y la discusión que he mantenido desde hace varios años con los siguientes colegas del Grupo de Investigación de Teoría y Filosofía Política de la UACM: Álvaro Aragón Rivera, Víctor Hugo Martínez González, Ángel Sermeño Quezada y Arturo Santillana Andraca.↵
- Doctor en Ciencias Sociales por la FLACSO-México. Profesor-investigador de la UACM y profesor de asignatura de la FCPyS de la UNAM. Integrante del Grupo de Investigación de Teoría y Filosofía Política y miembro del Sistema Nacional de Investigadores. Autor de los libros: En defensa de la República; El debate del pensamiento político contemporáneo y Democracia y capitalismo. Coordinador, entre otros autores, de los libros: Diccionario de injusticias, Diccionario de Justicia y Las formas de la fraternidad.↵
- Entre los principales índices de medición de la democracia se encuentran: Freedom House, Vanhanen’s Index of Democracy, Democracy Index de The Economist, Electoral Democracy Index y Polity IV. Una visión crítica sobre el contenido, objetivos y metodologías de estos cinco índices aparece en Suárez Iñiguez (2024, pp. 1-29).↵
- Cuando se habla de democracia clásica, se hace referencia a la Atenas griega antigua, la primera experiencia democrática en la historia de la humanidad. El relato más completo y detallado sobre el funcionamiento de la democracia ateniense se encuentra en Mogens H. Hansen (2022). Cuando se habla de democracia moderna o democracia representativa, su origen hay que fecharlo en el nacimiento de la democracia americana, luego del debate constitucional entre federalistas y antifederalistas que siguió a la Guerra de Independencia de los Estados Unidos (1776). ↵
- En palabras de Marx: “El poder político, hablando propiamente, es la violencia organizada de una clase para la opresión de otra” (Marx, 1980, p. 25).↵
- Así lo indica Sergio Ortiz Leroux: “La forma que utilizó Pereyra para dignificar a la democracia como un conjunto de mecanismos reguladores del ejercicio del poder que valen por sí mismos consistió en descifrar, primero, y confrontar teóricamente, después, algunas confusiones y falsas dicotomías que florecían en el ambiente. En primer lugar, la contraposición entre democracia formal y democracia sustancial, sostenía Pereyra, ha sido fuente de innumerables equívocos. El menosprecio de las libertades políticas, adscritas a la democracia formal, en aras de una vocación igualitaria, orientada a la democracia sustancial, ha sido la vía más segura no solo para bloquear el control público de las decisiones oficiales, sino también para impedir el propio cumplimiento de la vocación igualitaria, como lo mostró la experiencia de los países poscapitalistas. Asimismo, el uso frecuente en cierta literatura socialista de una noción tan equívoca como la de democracia burguesa ha llevado, según Pereyra, a perder de vista que la apertura de espacios democráticos en la sociedad nunca fue resultado de la iniciativa de los grupos dominantes, sino más bien fue fruto de la acción política de las clases subalternas” (2018, p. 61).↵
- La única excepción histórica que confirma la regla fue el uso de la noción de democracia social por parte de la socialdemocracia europea de la segunda mitad del siglo XX, que conjugó un sistema de seguridad y protección social (salud, educación, pensiones, salarios básicos, etcétera), basado en la creación de un Estado de bienestar, con un modelo político de democracia liberal sustentado en la representación política pluripartidista, el Estado de derecho y las libertades políticas. En este caso, la democracia social no sustituyó a la democracia política, como sucedió, por ejemplo, con las llamadas “democracias populares” de Europa del Este, sino que la complementó virtuosamente. Socialdemocracia es, en esencia, democracia política más democracia social o, si se prefiere, democracia más justicia social. Asunto que profundizaremos más adelante, cuando hablemos sobre la relación particular entre democracia y justicia social.↵
- Esta subestimación de la democracia como forma de gobierno tiene su origen, según Pereyra (2012, p. 28), en el economicismo arraigado en el pensamiento socialista y marxista, que supone que la democracia en el capitalismo es la traducción directa e inmediata de los requerimientos e intereses económicos de la burguesía.↵
- Sobre la naturaleza específica de los regímenes socialistas “realmente existentes”, hay una amplia discusión entre los exponentes de las distintas corrientes político-ideológicas de izquierda y derecha: “capitalismos de Estado” (socialdemocracia), “Estados obreros burocratizados” (trotskismo), “socialismos en proceso de transición al comunismo” (estalinismo), “totalitarismos” (Hannah Arendt y la nueva izquierda francesa representada por filósofos políticos como Claude Lefort y Cornelius Castoriadis), “autoritarismos y dictaduras” (liberalismo), “despotismos” (neoconservadurismo). No profundizaré sobre este asunto ciertamente apasionante, pero que no es tema de este capítulo.↵
- Una mirada integral (teórica y empírica) sobre el fenómeno del desencanto democrático puede encontrarse en el dossier: “¿Tiene futuro la democracia? Razones y sinrazones del desencanto democrático”, de Andamios. Revista de Investigación social (número 30, enero-abril de 2016), editada por el Colegio de Humanidades y Ciencias Sociales de la UACM.↵
- Paralelamente, el autoritarismo se ha ido validando poco a poco en la región, en la medida que no se le condena, ni se sabe bien cuál es el umbral donde un país deja de ser democrático. Mas aún, en el período mencionado (2010-2023) aumentan aquellos a quienes les da lo mismo el tipo de régimen, lo que implica que un populismo o un autoritarismo les son indiferentes (Latinobarómetro, 2023).↵
- “Hay entonces un rechazo global de una forma existente de sociedad que linda con una forma de aceptación de los mecanismos que la producen. Se ponen en picota las desigualdades de hecho, precisamente cuando se reconocen implícitamente como legítimos los resortes de la desigualdad que los condicionan” (Rosanvallon, 2012, p. 22).↵
- En 2018, en Europa (Unión Europea extendida), el 10 por ciento más rico concentra el 34 por ciento del ingreso total, frente al 21 por ciento que corresponde al 50 por ciento más pobre, mientras que, en Estados Unidos, el 10 por ciento más rico concentra el 47 por ciento del ingreso total, frente al 13 por ciento que corresponde al 50 por ciento más pobre (Piketty, 2020, p. 756).↵
- Según el “Informe sobre la desigualdad global 2018”, publicado por el World Inequality Lab, la desigualdad de ingresos ha aumentado en todas las regiones del mundo a partir de la década de los ochenta, sin excepción. Años, precisamente, del viraje neoliberal. Pero en unas la inequidad ha alcanzado cotas más elevadas que en otras. Oriente Medio es la primera en la lista: allí el 10 por ciento de personas con más ingresos goza del 61 por ciento de la renta nacional. En África subsahariana, del 54 por ciento, mientras que, en Estados Unidos y Canadá, del 47 por ciento. En Europa, la región menos desigual, ese 10 por ciento que más gana representa el 37 por ciento de los ingresos totales. ↵
- La participación del percentil superior (el 1 por ciento de los más ricos) en el total de la propiedad privada (activos inmobiliarios, profesionales y financieros) era aproximadamente 60 por ciento en Europa Occidental en 1900-1910 (55 por ciento en Francia, 70 por ciento en el Reino Unido), antes de disminuir por debajo de 20 por ciento en 1980-1990, y aumentar desde entonces. El aumento de la desigualdad ha sido bastante más acusado en Estados Unidos, donde la participación del percentil superior se sitúa cerca del 40 por ciento en 2010-2015, lo cual lo acerca a los niveles de 1900-1910 (Piketty, 2020, p. 494). ↵
- En México, el 33 por ciento de los ciudadanos han manifestado su apoyo al autoritarismo en el año 2023, según el Latinobarómetro 2023.↵
- Pierre Rosanvallon identifica tres grandes familias dentro de las democracias límites: las democracias minimalistas, las democracias esencialistas y las democracias polarizadas. Los populismos forman parte de la familia de las democracias polarizadas (Rosanvallon, 2020, pp. 154-161). ↵
- Lipset (2001, p. 123) afirma que todos los estudios pertinentes indican que la educación es un factor mucho más significativo que la renta o la ocupación en el tema del apoyo a la democracia. De suerte que la difusión de la enseñanza es el requisito básico de la democracia. ↵
- Las sociedades poscapitalistas, también llamadas socialismos realmente existentes, no fueron sociedades más justas en términos sociales que las sociedades capitalistas basadas en el modelo socialdemócrata del Estado de bienestar. ↵






