Nuestros cursos:

Nuestros cursos:

8 Modalidades de intervención y nueva normalidad del trabajo policial

Controles de circulación, protestas y operativos masivos en la post-pandemia en Córdoba

Paul Hathazy [1] y Silvina Meritano

I. Introducción

la gente sabe que ahora sale y se la va a controlar, pero, […] no es algo nuevo (Comisario Inspector, Dirección de Seguridad Zona Norte de la Dirección General de Seguridad Capital)

En este capítulo proponemos analizar el impacto de la pandemia de COVID19 en las acciones de las fuerzas de seguridad en la ciudad de Córdoba, capital de la provincia, en relación a sectores vulnerables, enfocándonos en modalidades específicas de trabajo policial: el control de circulación vehicular a partir de puestos fijos y las intervenciones multi-cuerpo territorial y temporalmente concentradas, llamados operativos de saturación, potenciados o masivos. Este recorte permitirá, primero, describir desde un ángulo específico, cómo se organizó parte del trabajo policial en pandemia, a partir de nuevas funciones asignadas a las fuerzas policiales en el control de circulación. En segundo lugar, contribuirá a comprender la estructuración del trabajo policial en la nueva normalidad a partir de detectarse un retorno, con ciertas modificaciones, a modos pre-pandémicos de trabajo. Como demostraremos, tras la pandemia, los controles vehiculares fijos mantuvieron su centralidad, mientras que los operativos masivos adquirieron mayor generalidad espacial, recurrencia temporal e institucionalidad en la organización policial. Conocer estas modificaciones, que forman parte de los modos de producción policial permite, también, comprender el contexto organizacional y político de algunos casos de uso de la fuerza con efecto letal que tuvieron lugar en el contexto de estas modalidades de intervención. Concluimos que un efecto importante de las transformaciones sociales e institucionales derivadas de la pandemia —retracción territorial policial temporaria, reorientación a control de circulación para evitar contagios, empobrecimiento y territorialización de actividades económicas en sectores vulnerables, incremento de la criminalidad contra la propiedad y el aumento de demandas colectivas de protección policial— contribuyeron a una generalización, intensificación y rutinización de dispositivos de saturación, y al retorno de los tradicionales controles vehiculares. Cerramos este capítulo, con un comentario sobre los instrumentos normativos elaborados por funcionarios del ministerio de seguridad provincial para controlar y reducir el uso de la fuerza por parte de funcionarios policiales y que se presentaron como respuesta oficial tras muertes ocasionadas en contextos de las modalidades operativas aquí analizadas.

II. Organización y patrones de producción policial

La división del trabajo policial en la provincia de Córdoba se estructura desde hace varias décadas en base a sectores burocráticos con jurisdicciones determinadas. En términos generales en la ciudad coexisten órganos policiales que actúan por jurisdicción territorial delimitada—desde las Direcciones Generales Sur y Norte, hasta las Comisarías, Comandos de Acción Preventiva y Policía Barrial— y los que actúan por razones funcionales –de mantenimiento del orden y prevención y represión criminal– Dirección de Unidades Especiales con sus Divisiones y Grupos, y las de la Dirección General de Investigaciones Criminales, con sus Brigadas Civiles en cada Comisaría, sin jurisdicción territorial delimitada.

A su vez, el trabajo de seguridad pública, se organiza —entre otros procedimientos— en patrullajes y recorridos rutinarios, el trabajo de acercamiento de Policía Barrial y el control de la circulación (control vehicular) en puestos fijos y móviles. También se realiza en allanamientos masivos y concentrados, y una modalidad intermedia, que combina alta concentración con controles de circulación, como son los operativos de saturación, donde también intervienen una multiplicidad de cuerpos de seguridad pública y de orden público.

El trabajo en control vehicular en puestos fijos, combinado con los patrullajes y vigilancia, además de cámaras, estructuran una sectorización de la ciudad con control de circulación entre Zonas (Norte y Sur), sub-zonas, distritos y dentro de estos, los Cuadrantes. Desde 2015, se comenzó a implementar un Plan Provincial de Seguridad que, por sobre esas sectorizaciones, reorienta el patrullaje y trabajo de seguridad pública bajo un esquema de gestión policial y de acercamiento activo de grupos policiales a los ciudadanos, descrito en entrevistas como “policiamiento inteligente”. Este implica, al menos en teoría, una periódica cuantificación y geolocalización de eventos, de la cifra negra y de la conflictividad en sectores delimitados como cuadrantes, distritos, sub-zonas, y zonas. De acuerdo al esquema, de modo periódico los resultados de denuncias judiciales, llamadas al 911 y entrevistas de la Policía Barrial respecto de cada cuadrante son procesados por la Dirección General Tecnología y Análisis Estadístico para producir descripciones cuantitativas de delitos y de la opinión de vecinos sobre la acción policial. La opinión sobre la policía determina el grado de conflictividad (alta, media o baja) entre el sector y la policía. De modo informal, los responsables tienen en cuenta, además, las reiteradas, pero puntuales, demandas colectivas por seguridad, mediante protestas, cortes de calles, llamados a medios, etc. En base a criterios policiales, movilizaciones de distintos grupos de vecinos o intervenciones de mediadores políticos se “van probando alternativas” (Entrevista EP9, 4).

Para poder afrontar esos delitos y opiniones de residentes, los jefes de distritos deciden la distribución del personal de sus distritos o solicitan la colaboración de cuerpos o unidades especialmente dispuestas a ser movilizadas, usualmente referidas como Unidades Especiales –Guardia de Infantería, Canes, Caballería, Servicio Especial de Operaciones Motorizadas, Equipo Táctico, etc.– en controles vehiculares móviles, o directamente en los llamados operativos de saturación. En estos operativos, que son ordenados mediante un memorándum que dispone zonas, horarios, responsable supervisor, unidades involucradas y personal destinado expresamente, se integra el personal de distritos con personal de los Departamentos de Saturación, Norte o Sur, o de personal de las Divisiones de Unidades Especiales. Lo deciden usualmente los directores generales o los subdirectores y directores de zona. En los operativos de saturación se dispone por parte del mando policial de modo autónomo, puestos de control vehicular móviles, donde se solicita documentación de motocicletas o de automóviles, se revisan los datos de los vehículos, antecedentes penales o pedidos de captura, se revisan vehículos, bolsos o personas, y se detiene o secuestran objetos, desde armas, motos y autos, a drogas ilegales.

Además de los operativos de saturación autónomos, también ocurren los allanamientos masivos, ordenados por autoridad judicial, en una pluralidad de casas de un mismo sector o en varios sectores, pero durante varios días seguidos. Si bien estos son autorizados por fiscales, en la práctica estos son muchas veces requeridos por las Brigadas de Investigación o por la Coordinadora de Brigadas, que los “consiguen”.

Esta orientación hacia cambios en cifras y a la opinión y movilización vecinal, que luego ahondaremos, es algo compartido por los comisarios de Comisarías en los Distritos y de las Zonas. Estos criterios son usados por los Jefes de Distrito y sus superiores que saben que “desde esa instancia [jefe de distrito] vos sos dueño de la jurisdicción y empezás a manejar esta información” (Entrevista, EP9). Dada esa información se movilizan los grupos móviles, los cuerpos de saturación móvil, donde se combinan las actividades de los que “conocen el territorio”, y los “foráneos” (EP 9). Dentro de los foráneos, se cuentan, algunas veces, además de las unidades especiales de la policía provincial también fuerzas federales, Gendarmería Nacional en particular, para delitos comunes en el ámbito de la ciudad de Córdoba. En la visión de los entrevistados policiales, los jefes adoptan distintas estrategias y “meten” ya sea investigación (Brigadas de investigación), proximidad (Policía Barrial) o reacción (Comando de Acción Preventiva [CAP] y Unidades Especiales).

Estas modalidades operativas, tanto los controles vehiculares fijos como los operativos masivos, fueron adaptados a las circunstancias y prioridades de pandemia (marzo abril 2020), continuaron a partir de Julio de 2020 durante la pandemia y como veremos luego, se retomaron con mayor intensidad, en particular los operativos de saturación, después de la pandemia.

III. Trabajo policial en pandemia: control de circulación y operativos masivos para evitar contagios

A comienzo de la pandemia en marzo de 2020 y con la conformación del Comité Operativo de Emergencia, la labor policial se integró con varios roles dentro de las medidas. La Policía de Córdoba, mantuvo su esquema de control urbano de circulación tradicional, aunque adaptándolo a las labores de control sanitario. Tanto las unidades territoriales, incluida la Policía Barrial como las Unidades Especiales se integraron a la tarea de vigilancia en cordones sanitarios y se sumó al trabajo de comisarías ante el incremento de licencias por enfermedades propias o de familiares. Por su parte, incluso la Fuerza Policial Antinarcóticos, una fuerza que depende del Ministerio Pública Fiscal, creada en 2015 y especializada en controlar el microtráfico de drogas ilegales, se desplegó para controlar infracciones al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO). El trabajo tradicional de control y vigilancia urbana se mantuvo en gran parte a partir de los puestos fijos de control vehicular y el patrullaje tradicional, pero se redujeron las detenciones por infracciones penales y reglamentaciones administrativas y se volcaron a detenciones por incumplimiento de las medidas de ASPO.

La Unidad Fiscal de Emergencia Sanitaria, creada el 16/3/2020, y luego la Unidad Fiscal de Atención Inmediata (UFAI) creada el 23/3/2020 del Ministerio Público Fiscal informaron 26.260 detenciones en total, con las siguientes variaciones por mes[2]:

Tabla 3.1. Detenciones por delitos comunes y por infracciones COVID, marzo-junio 2020.

Mes

Detenciones por delito común Córdoba Ciudad

Detenciones COVID
Ciudad de Córdoba

Detenciones COVID fuera ciudad de Córdoba

Marzo

S/D

980 (estimado)

980 (estimado)

Abril

Marzo – Abril: 900

6.976

10.869

Mayo

5.337

8.564

Junio

1.400 (hasta 7/6)

4.269 (estimado)

6.800 (est.)

Total

2.300 (hasta 7/6)

17.280 (estimado)

26.280 (est.)

Fuente: Elaboración propia en base a Informe Ministerio Publica Fiscal, 30/3/2020. La Voz del Interior[3] 11/7/2020 y Diario Perfil 7/6/2020[4].

En estas contradictorias cifras, se aprecia que, entre marzo y junio, efectivamente, la gran mayoría de las detenciones fueron por violación del DNU que disponía la restricción de circulación. En general, se puede observar un pico de detenciones en abril de 2020 y una progresiva reducción en mayo y junio. No hay datos disponibles sobre detenciones después de junio, pero en julio se introducen multas para los casos de violaciones a medidas sanitarias (Ley 10720) ya sea por no cumplir medidas de prevención, no realizar testeos, no cumplir con máximos de reuniones sociales, al ingresar sin control a la provincia, y no cumplir con los cordones estrictos y restrictivos. Estos cordones se aplicaron en las zonas estudiadas entre los meses de mayo y agosto.

Estas actividades de control de delito y control sanitario se combinaron con intervenciones en contextos masivos, pero sin recurrir a las modalidades tradicionales de los operativos de saturación, Así, a pesar de las concentraciones masivas, no se recurrió a control de documentos y detenciones sino a intervenciones orientadas a la dispersión o control de distancias.

Dada la concentración y fijación de las actividades económicas en barrios vulnerables emergieron una variedad de actividades como extendidas ferias, torneos de fútbol, multitudinarias carreras de caballos y picadas de automóviles y motos. En los torneos, con gran aglomeración de personas, se incrementaron las ventas de comida, bebida y hasta el cobro de entrada. En estos casos, se consideraba que no había que intervenir “por razones delictivas, sino por razones de salud, y que, si intervenías, tenías que hacerlo de modo que no haya problemas, y así tener que llevar gente detenida”. En varios casos se optó por el uso de helicópteros, pero sin el acompañamiento de móviles y personal. En estas intervenciones se equilibraron las demandas y obligaciones oficiales, con modos de intervenir que no reclamasen altas cantidades de recursos y que no produjeran conflictos que llevasen a detenciones, a la vez que también se cumplía, al menos formalmente, con la obligación funcional de intervenir.

Pero si los controles vehiculares fijos se incrementaron durante los primeros meses del 2020, los operativos masivos, aparentemente disminuyeron durante los meses de abril y mayo. De hecho, sólo tuvieron lugar en dos ocasiones y por hechos puntuales y a requerimiento de la justicia[5]. Pero estos operativos volvieron a ser desplegados en junio, y sobre todo en julio de 2020, tras protestas vecinales en demanda de mayor seguridad ante homicidios en ocasión de robo en tres barrios, dos de ellos en la Zona Sur (Barrio Congreso y Ameghino Sur), en las que los vecinos reclamaron gendarmería en la calle y seguridad policial. A partir de la segunda mitad de junio se comenzaron nuevamente a poner en práctica los operativos de saturación por iniciativa de la propia fuerza policial. Estos se realizaron por siete fines de semana seguidos, empezando el 20 de junio de 2020 en la zona sur de la ciudad, especialmente en el barrio Villa El Libertador, caracterizado por integrantes de la fuerza, como una “zona crítica” debido a la violación “obscena” del aislamiento y “el alto número de episodios de violencia urbana y familiar”, por lo que se organizaron operativos específicos en la zona.

Las protestas por seguridad desencadenan acciones de las fuerzas policiales como respuesta a estos reclamos, en zonas que pasan a definirse como críticas de acuerdo a criterios de conflictividad, entendida en términos policiales como aquellas que

tiene que ver no solamente con la conflictividad vecinal sino también la conflictividad que puede llegar a tener con las instituciones, en este caso con nosotros. Si te creen, si no te creen, si te dicen ‘para qué voy a ir a denunciar, no tengo resultado, acá la policía nunca pasa’ (EP9, agosto, 2021).

Estas acciones más allá de la presencia policial en el lugar de la protesta, suele seguir con propuestas de reuniones en sedes de centros vecinales, casas u organizaciones locales entre vecinos y comisarios o jefes de distrito, tareas de patrullaje, y central para el presente análisis, controles vehiculares y operativos masivos de saturación.

La importancia de las protestas en el marco del policiamiento inteligente y de los mapas de calor, está dada en que las estadísticas reúnen los elementos de llamadas al 911, denuncias recibidas por Ministerio Público Fiscal (MPF) y conflictividad, todas aparentemente centrales para la toma de decisiones operativas para el desarrollo de operativos masivos:

volvamos a la conflictividad, tengo un barrio que todo el mundo se queja de que en esa plaza se juntan a la noche, destruyen todo lo que hay en la plaza, le arrebatan el celular a cualquiera que pasa y voy juntando, denuncias, quejas, denuncias, hechos, quejas, digamos yo sé que la conflictividad está en esa plaza, con ese grupo de personas y en determinado horario. Yo a este grupo de móviles le voy a pedir que trabajen sobre esa plaza en particular y con la modalidad no de patrullaje, ellos no van a ir a patrullar, van a ir directamente a controlar, a bajarse, a controlar, a palpar y establecer si hay alguna conducta ilegal (EP8, Julio 2021).

Como mencionamos anteriormente el inicio de estas demandas de seguridad organizadas bajo la modalidad de protestas coincide con el incremento de operativos masivos de saturación que tienen lugar en la ciudad de Córdoba.[6] Así como referimos las características cambiantes de las protestas, queremos señalar una serie de cambios que observamos en las cantidades e incrementada recurrencia de estos operativos masivos, conforme información en medios digitales de prensa y la página oficial y cuenta de Twitter y Facebook de la policía (Ver tabla 3.2).

Tabla 3.2. Protestas por demandas de seguridad, allanamientos masivos y operativos de saturación, por zonas (2019-2023)

Año

Protestas

Allanamientos masivos con orden judicial

Operativos de Saturación autónomos

2019

3

15

4

2020

6

9

17

2021

11

4

25

2022

14

2

22

2023 30/5

26

2

26

Total

57

33

94

Fuente: Elaboración propia en base a datos de medios periodísticos online: lavoz.com, cadena3.com, cba24n.com.ar y cuentas de Twitter y Facebook de la Policía de la Provincia de Córdoba.

En primer lugar, el incremento de los operativos autónomamente dispuestos por la autoridad policial. Para el año 2019 la mayor parte de los operativos masivos se llevaban adelante por órdenes judiciales (un total de 15) mientras que los operativos masivos autónomos representaban un número menor (4). Esta tendencia se revierte en 2020 cuando observamos un marcado incremento de operativos masivos autónomos (17) sobre solo los desarrollados por orden judicial. Esta tendencia que podría asociarse en un primer momento a las limitaciones del trabajo judicial en pandemia, vemos que no se revierte en años posteriores, ya que para 2021 registramos 25 operativos masivos autónomos y solo 4 ordenados por la justicia. En 2022 contamos 22 operativos autónomos y 2 con orden judicial y en lo que va de 2023 (21 de mayo) se registran 27 autónomos y solo 2 con orden judicial. Se aprecia además un incremento de los operativos masivos realizados en Zona Sur en 2022 y 2023. La centralidad de los operativos de saturación fue reconocida por la Jefa de Policía, en una conferencia de prensa, cuando afirmó que “la policía de la provincia no está desbordada” y enumeró algunas de las principales acciones que realizaron en lo que va del año (2023) entre los que destacó “78 operativos de saturación, 2700 allanamientos con más de 200 personas detenidas”[7]. Estos operativos refieren a los realizados en toda la provincia, y demuestran su generalización.

Operativos policiales, modalidades de trabajo policial y muertes y lesiones de ciudadanos

En esta parte final del análisis proponemos vincular casos de muertes por acciones de funcionarios policiales que se enmarcan en estas modalidades, controles vehiculares fijos y móviles y operativos masivos. En relación a las muertes en contextos de controles vehiculares, para el caso de Córdoba, encontramos como principal antecedente la muerte en un control vehicular policial de Fernando “Güere” Pellico[8]. El 25 de julio de 2014 tras no detenerse en un control vehicular recibió un disparo de un agente policial por la espalda en barrio Los Boulevares (zona norte) cuando se trasladaba en motocicleta junto con su primo. Durante 2019 no encontramos casos, pero en 2020 —en el que se multiplicaron los controles por la pandemia tanto para el control de las medidas para evitar el contagio como para el control del delito— encontramos tres casos (dos en la ciudad de Córdoba y uno en Alta Gracia).

El retorno a la “nueva normalidad” aparece en las entrevistas con fuerzas policiales como una “vuelta a la calle”, “a los barrios”, como un momento en que se pasa de la función de prevención de contagios al verdadero trabajo policial “a medida que fue pasando la cuarentena, que se fue flexibilizando ahí ya se nos empezó a dar, volvimos al […] trabajo” (EP, 5). Este trabajo en la zona de seguridad Sur se orientó, en parte, a los controles vehiculares fijos y móviles y a operativos masivos. Para la segunda mitad del año 2020, la zona Sur de la ciudad fue el área en que se desarrollaron más operativos masivos, los que se incrementaron alcanzando un total de 14[9], entre los que distinguimos entre los que se llevaron adelante con orden judicial (4) y los autónomos (10). En un marco de protestas que demandaban mayor presencia policial ante la “ola de asaltos” y la inseguridad. En este contexto general y de operaciones de las fuerzas policiales es que ubicamos las muertes de Gabriel Mirabal (GM)[10], José Antonio Ávila (JAA)[11] y Valentino Blas Correa (VBC)[12].

Ya en 2020, el 4 de junio, dos hombres intentaron asaltar a una pareja de policías de franco en Barrio San Roque y Villa La Tela, en la zona sur, estos reaccionan disparando y personal policial en un control sanitario, de los Servicio Especiales de Operaciones Motorizadas (SEOM), los persiguen y matan a uno de los asaltantes. Si bien no fue muerto en ocasión de un control, si se activó la persecución desde un control. El caso no generó movilización ni denuncia judicial, considerando el fiscal el caso como de “legítima defensa”, en el “medio del recrudecimiento de la inseguridad”[13]. El 04 de julio del 2020, en Barrio Villa El Libertador (también zona sur) ocurrió el homicidio de JAA, de 35 años, en una intervención de dos suboficiales de la Policía de Córdoba —LN y SJ. JAA era artesano y vendedor ambulante de ropa que vivía junto a su esposa e hijos en Barrio Santa Ana. Ese día había ido a trabajar a la feria de Barrio Villa El Libertador junto a un amigo. La flexibilización de la pandemia —iniciada el 01/07/2020— había habilitado actividades comerciales entre los que se encontraban las ferias que se integraron a las estrategias de supervivencia de sectores vulnerables. El día en que es asesinado se estaban llevando adelante numerosos operativos masivos autónomos en distintas partes de la ciudad, particularmente en zona Este —en barrios San Vicente, Altamira, Colonia Lola, Maldonado, Primero de Mayo, Villa Inés, Ampliación Primero de Mayor, Bajada San José— y en zona Sur —Ciudad Evita y Villa Boedo.

Circulando en moto JAA. y un acompañante son interceptados por un control policial en la esquina de Caracas y Bogotá, en las inmediaciones de la Plaza El Libertador y el supermercado Almacor, a cargo de personal de la Unidad Especial División Servicio Especial de Operaciones Motorizadas en jurisdicción de la Comisaría 18ª (división funcional extra territorial). Algunos medios de comunicación refieren que aquella mañana, se estaba desarrollando en el barrio un “operativo por los manteros”[14], como se conoce a los vendedores callejeros. Siendo las 7 de la mañana, los dos jóvenes se encontraron con el control policial y lo evadieron por temor, debido a que el acompañante de JAA, se encontraba en un régimen de salida transitoria de la cárcel, que había incumplido. Fueron perseguidos por dos agentes del SEOM durante algunas cuadras. Al llegar al domicilio del conductor de la motocicleta, ambos descienden del rodado para refugiarse en el interior de la vivienda. El suboficial LN descendió de su moto, intentó abrir la puerta y al no conseguirlo disparó contra la puerta. El proyectil alcanzó a JAA, quien estaba del otro lado y sufrió una herida mortal en el estómago. Los policías se fueron del lugar sin avisar lo que había ocurrido y posteriormente un llamado al 911 alertó de la muerte de JAA.

La versión oficial que dio la Policía fue que se trató de un caso de violencia urbana entre vecinos, “un ataque entre conocidos”. En ese caso, si bien se produjo una movilización local frente a la comisaría solo trascendió al ámbito periodístico (de modo esporádico) y al judicial, pero no al político. En la búsqueda que realizamos sobre protestas durante la pandemia no encontramos referencias a las que se dieron por el homicidio de JAA. por lo que no recibieron cobertura en los medios masivos de Córdoba[15]. El caso adquirió mayor notoriedad tras el próximo caso que analizaremos, y dos años más tarde, el 03/08/2022 la Cámara Tercera del Crimen condenó a 11 años de cárcel al suboficial LN, el autor del disparo mortal, quién fue encontrado culpable por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. Mientras que el cabo SJ, recibió tres años de cárcel por encubrimiento agravado y omisión de los deberes de funcionario público. Además, quedó inhabilitado por cinco años para ejercer cargos públicos.

El tercer caso es el homicidio de VBC de 17 años ocurrido también en zona Sur de la ciudad el 06/08/2020 (un mes después de la muerte de JAA) a manos de JA, Cabo de la Policía de Córdoba, que se desempeñaba en el CAP III y LG Cabo. VBC se había encontrado a las 19 horas en un bar de la zona de Barrio Nueva Córdoba con un grupo de amigos de la institución educativa a la que asistía. Luego de este encuentro, hicieron un recorrido por diversos puntos, en un Fiat Argo. Durante este recorrido mantuvieron una breve discusión de tránsito con el conductor de una motocicleta y su acompañante en la proximidad a la rotonda del barrio Las Flores, en la zona sur de la ciudad de Córdoba. Como se encontraban en una zona alejada del centro y desconocida para ellos, los jóvenes tuvieron temor de ser asaltados por los conductores de la motocicleta y se alejaron rápidamente de la zona. Los encontraron nuevamente en el control policial ubicado sobre Av. Vélez Sarsfield al 4300 de barrio Irupé (próximo a Canal 8) donde estaban apostados EAV —Oficial Ayudante— y LAQ —cabo primero. Los conductores de la motocicleta le refieren al personal policial que “había un vehículo que estaba haciendo una conducción peligrosa”. Mientras esto sucedía, antes de llegar al control policial, el conductor del Fiat Argo giró en u en dirección al centro de Córdoba, es decir que se dirigió sobre Av. Vélez Sarsfield sentido Sur a Norte. Dado que habría sido leído como una fuga de un control policial, los policías notificaron la situación a otras unidades móviles quienes iniciaron un operativo cerrojo en la intersección con calle Romagosa de barrio Colinas de Vélez Sarsfield.

Al llegar a la zona donde se efectuó el operativo cerrojo mediante un control vehicular de emergencia, el conductor del Fiat Argo observó que el policía había desenfundado su arma y le apuntaba a la cabeza “cuando me levantó el arma y me apuntó, me asusté y aceleré”. Tras haber pasado el auto el control, los agentes realizaron en total 10 disparos contra el vehículo hiriendo al joven de 17 años en la espalda y ocasionándole en pocos minutos la muerte. A partir de allí, el caso toma varias derivaciones. Primero, por los intentos de encubrimiento de parte de funcionarios policiales, ya que las primeras versiones policiales hablaban de una supuesta orden de operativo cerrojo hacia el auto; por otro lado, cuando conocen los policías del control que los disparos en el control produjeron la muerte de uno de los ocupantes del auto, hubo un intento por justificar en disparo en términos de legítima defensa por un supuesto ataque con armas, por lo que se “plantó” un arma en la zona del control; finalmente, también quedaron registradas las imágenes de policías limpiando la escena, con inusitada celeridad.

Algunos aspectos que consideramos centrales para contextualizar el homicidio de VBC, tienen que ver con el territorio en que se produce esta muerte. Primero, la zona Sur de la ciudad desde la que provenían los jóvenes al llegar al primer control vehicular, era (es) considerada una zona de seguridad crítica en la que se registran altos porcentajes de delitos y en las que estaba previsto llevar adelante, al día siguiente, un operativo masivo autónomo debido a una “ola de asaltos” y reclamos de mayor presencia policial —operativo que se pospuso para el día siguiente pero, tras lo sucedido, se concretó solo dos meses más tarde el 10 de octubre del 2020.

Por lo tanto, provenían de una zona crítica y se dirigían al centro de la ciudad. Un segundo elemento es la evasión del control vehicular, que volvió a los jóvenes no sólo sospechosos sino también reacios a obedecer sus directivas y sospechosos de estar involucrados en algún delito en la percepción de los policías intervinientes, dando lugar a un operativo cerrojo. En este operativo de control los funcionarios incumplen claramente el Protocolo de control vehicular de 2017 que plantea que “en ningún caso de evasión o fuga se apelará a la persecución por parte del móvil afectado al control vehicular ni al uso del arma de fuego”. Disparan contra el vehículo hiriendo con efecto mortal a VBC. El tercer elemento es el cambio de distrito —pase de Distrito III al IV y finalmente al Centro—, el vehículo traspasó las tres zonas centrales en que se divide la zona sur de la ciudad sector que operativamente estaba bajo el mando operativo de la Subdirección General de Seguridad Sur.

Este caso tuvo amplia repercusión política. Por un lado, se produjeron cambios inmediatos en la cúpula policial: la Dirección General de Seguridad de Córdoba pasó a manos de la futura jefa de policía, L. Zárate Belleti. A su vez, dejaron su cargo los subdirectores de Zona Norte y Sur, respectivamente[16]. Otro desarrollo significativo fue la elaboración y publicación seis semanas después del Protocolo de actuación policial para el uso legal y racional de la fuerza en la provincia de Córdoba[17], publicado en el Boletín Oficial el 30 de octubre del 2020. El Protocolo “contiene un conjunto de reglas obligatorias y estandarizadas que el personal policial deberá cumplir para desarrollar sus funciones” desde una perspectiva que garantice los derechos de la ciudadanía y que se enmarque en las políticas de proximidad. El capítulo 2, establece las “pautas específicas sobre el uso de la fuerza” y señala en el artículo 8, el “uso prohibido de la fuerza”, destacándose una definición de hostigamiento policial, el uso de técnicas de defensa personal, efectuar disparos hacia la multitud y efectuar disparos desde o hacia vehículos en movimiento. Entre los otros puntos, sobre la prohibición del uso de la fuerza, se especificó “efectuar disparos hacia un objetivo que no se encuentre lo suficientemente definido a través de ventanas, puertas, paredes y otros obstáculos” —situación que recuerda el homicidio de José Antonio Ávila y al de Correa.

Asimismo, especifica que está prohibido

utilizar el arma de fuego directamente o como herramienta de disuasión frente a la huida de un control vehicular, la fuga de una persona legalmente aprehendida o perseguida para aprehender o la falta de cumplimiento de una orden verbal, salvo que se encuentre en riesgo inmediato, inminente y grave la vida del personal policial y/o la de terceras personas.

Esta situación que se liga directamente con el homicidio del joven Correa. El protocolo, en su tercer parte, adapta el “Marco Nacional sobre el Uso de la Fuerza” de la Asociación Canadiense de Jefes de Policía (CPCA), y selectivamente se concentra, dentro del esquema “Comportamiento de Sujetos – Respuestas de Oficiales” en, por un lado las acciones de ciudadanos —desde cooperación, resistencia pasiva, activa a resistencia potencialmente letal— y por el otro, en los niveles de respuesta de oficiales en el uso de la fuerza —desde presencia, comunicación, control físico— con técnicas blandas o duras, a recursos menos letales a fuerza potencialmente letal —pero en relación al uso de fuerza individual, “del funcionario”. En la conclusión comentaremos sobre aspectos soslayados en relación al trabajo policial en Córdoba.

Tras las muertes de VBC y JAA, sin embargo, no ocurrieron modificaciones significativas de los controles vehiculares y en algunos casos durante 2020, personal policial disparó armas de fuego en los mismos, en al menos tres hechos en las semanas y meses siguientes, que revistieron similares características. Así tres semanas después del homicidio del joven VBC, el sábado 25/8/2020 en la localidad de San Francisco, un joven de 23 años que circulaba en su, motocicleta desde el centro de la ciudad hacia un barrio vulnerable (a la 1:30 am) evadió un control vehicular por temor a quedar detenido (debido a que se encontraba fuera del horario habilitado para circular). Tras pasar el control es herido con perdigones de goma disparados por personal policial participante del control. El 7/9/2020, en el Barrio Tajamar de Alta Gracia, LM[18] (36 años) junto a un acompañante, son detenidos en operativo organizados por una brigada de investigaciones, llevando supuestamente objetos robados, LM se va corriendo, y es perseguido y muerto por un disparo con arma por personal policial, en un supuesto accidente en forcejeo. El 6 de octubre del 2020, en la ciudad de Córdoba, también en ocasión de un control vehicular a dos adolescentes, familiares se involucran y cuestionan el control. Uno de los adolescentes, durante la discusión, le saca el arma reglamentaria al efectivo y el compañero del policía dispara cuatro veces hiriendo al adolescente.

En el caso de los operativos masivos de saturación, aunque han sido los contextos generales de trabajo en zonas donde se han producido muertes por acciones de funcionarios policiales, los heridos que se cuentan en este tipo de intervenciones, son mayormente integrantes de las fuerzas policiales. Ya sea por ataques con piedras o, en menor medida, armas de fuego por parte de residentes de las zonas en las que se llevan a cabo estos operativos. Entre 2020 y 2023 encontramos cuatro eventos en los que resultaron heridos funcionarios policiales. Recuperamos dos hechos ocurridos en 2020, durante la primera etapa de flexibilización de la cuarentena estricta ocurridos en la zona de seguridad sur.

El primero ocurrió en Barrio Villa El Libertador, el 20 de junio del 2020, cuando durante un operativo de saturación se produjo un enfrentamiento entre el conductor de un Peugeot 206 —que había asaltado a un joven a pocas cuadras y le había disparado— y personal policial. En esa ocasión el Peugeot en que circulaban dos personas llega al control policial (montado en el marco del operativo) y ante la presencia de los agentes comienza a disparar hiriendo a uno de ellos. El conductor escapa y a las pocas cuadras choca contra un árbol y es detenido. El segundo hecho ocurrió el 04/07/2020 (el mismo día del homicidio de JAA referido antes), mientras se realizaba un operativo en varios barrios de zona sur —San Vicente, Altamira, Colonia Lola, Primero de Mayo, Villa Boedo, Campo de la Rivera, Villa Inés, 16 de abril, Ampliación Primero de Mayo, entre otros— los agentes que estaban realizando el operativo fueron atacados a pedradas lo que ocasionó “la rotura y el daño de tres vehículos”. En el momento en que se procede a la detención de algunas de las personas que participaron de la agresión “uno de los agresores arrojó aceite hirviendo en la mano de un oficial del cuerpo del SPU”, según contó el comisario a cargo del operativo, a un medio local.

Las pedradas contra móviles y efectivos policiales, fueron tematizada por los policías entrevistados quienes referían: “es una cuestión de idiosincrasia nomás, te reciben en vez de ‘buen día’ con una piedra” (EP9), también:

entonces es cultural el odio, ya ni siquiera es, ni siquiera es a veces “en defensa de”. A veces el móvil pasa y tenemos la rotura de la luneta, es una gracia de “mirá le rompimos el móvil al”, ¿sí? es como una cuestión cultural. (EP4)

Estas formas de rechazo a la presencia policial son mencionadas como más frecuente en la zona sur, la que es caracterizada como un sector que presentaba un “fuerte rechazo” a las fuerzas policiales y a parte de sus pobladores como “malvivientes” o “pertenecientes a bandas o al narcomenudeo” (EP5).

Conclusiones: consolidación de formas burocráticas e innovaciones reglamentarias (insuficientes)

A lo largo de este capítulo, buscamos analizar el impacto de la pandemia de COVID19 en el trabajo de las fuerzas de seguridad en relación a sectores vulnerables desde algunas formas de trabajo policial. Para esto fue preciso primero referir a la forma de organización burocrática, los aspectos funcionales y territoriales en los que se insertan modalidades específicas de trabajo policial estudiadas, los controles de circulación vehicular y los operativos masivos de saturación. Nuestra indagación nos permitió comprender algunas de las características y modalidades que asumió el trabajo policial durante la pandemia y la post pandemia, establecer continuidades e innovaciones en las modalidades de intervención policial según se tratase de controles ante situaciones delictivas o sanitarias. Este análisis nos permitió comprender cómo se realizó parte del trabajo durante la pandemia, con un incremento de controles sectorizados, pero con escasa presencia ante pedidos de intervención en barrios vulnerables (por hechos delictivos o conflictividades). Se constató, además, si bien no se trató aquí, que, en zona noroeste y noreste, se produjo una retracción de la presencia policial en los sectores menos privilegiados durante la primera fase de la pandemia. También fue posible establecer diferencias entre los controles de circulación y los operativos masivos durante las fases de ASPO y DISPO.

Durante la fase de aislamiento, el redireccionamiento del trabajo policial al control sanitario, llevó a que se realizaran controles de circulación sobre toda la población. La etapa de distanciamiento que implicó mayor circulación de población, incremento de delitos y de demandas de mayor seguridad, implicó un retorno a los modos pre-pandémicos de trabajo policial, organizado, en parte, en operativos de control de circulación y operativos masivos de saturación focalizados en zonas críticas, y que coexisten con los patrullajes fijos y aleatorias, los operativos en contextos masivos, la inteligencia criminal, etc.

Del análisis surge que se continuaron los controles vehiculares tras la pandemia, pero por sobre todo que se incrementaron los operativos de saturación, con especial aumento de los operativos autónomos, en la ciudad capital y en ciudades intermedias (San Francisco, Río Cuarto, Villa María, Carlos Paz, y en el Gran Córdoba). Este aumento estaría favorecido por el aumento de las tasas delictivas en la ciudad, en la segunda mitad de 2020 y 2021, y los consiguientes incrementos en las demandas de mayor protección policial, mediante protestas, que también crecieron en número, coordinación y centralidad política (ver tabla 3.1). Estas protestas, que tienen un importante componente mediático, han encontrado también como respuesta la realización de operativo de saturación, que si bien, atienden a los reclamos locales, también son ampliamente difundidos en las redes sociales y medios de prensa por las autoridades policiales y ministeriales. Ante las críticas periodísticas y políticas, las autoridades policiales, responden destacando el número de procedimiento de allanamientos, y de saturación, y de detenidos. En fecha reciente, tras la prensa manifestar que la policía estaría desbordada la jefa de policía contestó refiriendo que “la Policía de la provincia no está desbordada” y tras ello enumeró algunas de las acciones que realizó la fuerza en lo que va del año: 78 operativos de saturación, 2700 allanamientos con más de 200 personas detenidas, entre otros[19].

La post pandemia y los casos de homicidios policiales, también produjeron importantes desarrollos institucionales. Por un lado, la creación de un sistema de disciplina con representación fiscal, de la Universidad de Córdoba, del Ministerio de Seguridad, y un crecimiento en los órganos encargados del control de la disciplina y abusos policiales.

Al interior de la fuerza policial, además de cambios en los responsables de zonas y jefatura, se dictó el Protocolo de uso de la fuerza, el cual adapta instrumentos y documentos extranjeros (especialmente de Canadá) a los esquemas legales y burocráticos, y que corresponde analizar en sus adaptaciones a la luz de las modalidades de trabajo policial descritas. En general, en primer lugar, debemos destacar que el Protocolo en la clasificación de los niveles de cooperación/oposición de la ciudadanía en cuanto al uso de fuerza—la conducta de los sujetos en el original canadiense— agrega la noción de niveles de resistencia” a la autoridad policial, algo que no estaban en los originales que inspiran el protocolo. Así, en lugar de solo establecer figuras de comportamientos alternativos construye el criterio con el agregado de su vinculación con plegarse físicamente a la imposición coercitiva u obedecer directivas policiales. Así el protocolo cordobés al codificar el nivel más bajo de oposición, la cooperación, agrega el aspecto de “sin oponer ningún tipo de resistencia”, sin aclarar si es resistencia a maniobras corporales policiales o a directivas verbales. A la resistencia pasiva —siguiente nivel de comportamiento ciudadano en términos de oposición— agrega ya sí claramente el “negarse a cumplir órdenes legítimas y legales”, construyendo la figura ya no en base a comportamientos sino en relación a negativa a obedecer directivas. Al nivel siguiente, la resistencia activa, que en el original se refiere a comportamientos de los ciudadanos de intentos activos de escape o caminar visiblemente hacia o alejándose del funcionario, lo modifica por el criterio de “resistencia física o amenaza de violencia” (sin especificar ni diferenciar), ni establecer a partir de que elementos puede establecerse la amenaza de violencia. Finalmente, al siguiente nivel, la resistencia agresiva —“uso activo o potencialmente creíble de fuerza contra personas” en el original— lo transforma en la negativa a cumplir órdenes. Así, a la “resistencia potencialmente letal” descrita en el original, el protocolo local refiere a conducta agresiva con el agregado de “negándose a cumplir órdenes”. Como vemos, estos agregados sistemáticos del aspecto de la obediencia o desobediencia a órdenes, corporalmente expresado, determina, en el esquema normativo provincial el nivel de “intensidad de la agresión o resistencia” de los ciudadanos según el aspecto de obediencia a órdenes y por sobre todo con la figura del código penal de resistencia a la autoridad[20].

Por otra parte, y en relación con el trabajo policial —que aquí analizamos a partir de los controles vehiculares y operativos masivos— el Protocolo cordobés se concentra en la conducta del ciudadano que interactúa con el funcionario y las acciones de funcionarios y no funcionarios, pero no trata los aspectos cruciales de las “Consideraciones tácticas” y “Percepciones”, que sí se tratan en el original extranjero, y que refieren justamente al número de personas involucradas y de funcionarios, presencia o ausencia de refuerzos, y alternativas técnicas para la situación. El protocolo cordobés agrega, de modo coherente con la centralidad de los procedimientos de control vehicular y de saturación en el trabajo policial que “La presencia policial puede incrementarse realizando despliegue de elementos propios de la función (móviles policiales, grupos especializados, numerario de personal) si la situación lo requiere” (2020:17). Esta modalidad típica de intervención en Córdoba, contrasta con la modalidad típica de intervenciones individuales con eventuales refuerzos que estructuran la presencia de la autoridad como la “mera presencia del oficial”, tal como está previsto en el marco canadiense. Sin embargo, este aspecto central del trabajo policial en Córdoba, de intervenciones con numerosos funcionarios colaborando e interviniendo en un mismo espacio y tiempo, no entra en el tratamiento del protocolo, en particular respecto de condicionamientos tácticos, como así tampoco de las alternativas técnicas ante cada intervención, tal como sí están codificadas, documentadas y analizadas en detalle en otras jurisdicciones que son citadas en los documentos inspiradores[21].

Así el marco canadiense, diseñado y elaborado para operaciones que asumen un oficial trabajando usualmente solo o en parejas, es extendido y adaptado, pero de modo claramente incompleto, al trabajo policial en Córdoba, donde gran parte de ese trabajo es realizado de modo colectivo y en muchos casos con mayor número de funcionarios que de ciudadanos no policías. En este sentido mientras en el protocolo cordobés la percepción de la situación se reduce a “las impresiones que generan los sentidos” (art. 15, párr. 1), en el marco nacional canadiense incluye una variedad de aspectos. Entre ellos se destaca, de modo general “fortaleza y estado físico general”, “experiencia personal”, “destreza/habilidad/entrenamiento”; “temores”; “género”; “fatiga”; “heridas”; “síntomas de estrés por incidentes críticos”; “bagaje cultural” y “vista/visión” (CACP, 2000:9). Del mismo modo las consideraciones tácticas en el protocolo local solo se menciona una referencia general a las pautas del modelo circular en la secuencia “evaluar/planificar/actuar” conforme a “niveles de resistencia y el contexto donde se desarrolla la intervención” (art. 15, párr. 1). Este contexto, que incluye los aspectos tácticos que son tratados en la fuente original canadiense, refiere exactamente a varios de los aspectos tematizados en este capítulo: “El desinvolucramiento y sus consecuencias” —en relación a conveniencia de no intervención y de espera—, “apariencia del funcionario”, “uniformes y equipamiento” —por ejemplo la diferencia entre control por Policía Barrial y el realizado por las Unidades Especiales de Guardia de Infantería, Servicios Motorizados, etc. pertrechadas y equipadas—; y en particular las siguientes aspectos son puestos como cruciales por el protocolo canadiense: “Número de funcionarios”, “disponibilidad de refuerzos”, “disponibilidad de protección”; “consideraciones geográficas”, “posibilidad práctica de contención, distancia y comunicación”, “políticas y lineamientos de la fuerza”, “disponibilidad de unidades especiales y equipamiento de canes, helicópteros, y unidad de control de masas” y “puestos de mando” (CAPC, 2000: 9).

En su lugar, el protocolo local sólo refiere, sin mayor detalle, a los aspectos de número de funcionarios y demás cuerpos de apoyo, y en relación a la reacción de funcionarios en el primer nivel de uso de la fuerza, presencia de la autoridad, pero no considera estos aspectos contextuales y organizacionales ni para determinar la percepción de la situación, ni para graduar la necesidad de los siguientes niveles de incremento y tipos de uso de la fuerza. Así, por ejemplo, no se prevé tener en cuenta de modo específico si en un control policial vehicular en puesto fijo de rutina, son al menos 4 los funcionarios, o si los allanamientos y operativos cerrojo, que incluyen a un número mucho mayor, como elementos para considerar el nivel de respuesta apropiado. En su lugar, el protocolo se concentra en “la intensidad de la agresión y resistencia” de los ciudadanos” (Gobierno de Córdoba, 2020: 5) y en una abstracta referencia a la necesidad de evaluación constante del contexto sub-definido.

De igual modo, el protocolo no es conjugado con otras políticas de la agencia, como lo hace el marco canadiense (CACP, 2000:9). Estas políticas de la agencia se podrían referir en el caso cordobés a la determinación institucional de grados de conflictividad o tasas de delitos de las distintas zonas, o precinto o cuadrantes o barrios de un sector, o las especificidades de las modalidades operativas aquí descritas. Como vemos la dinámica de control en pandemia y su evolución, no solo produjo la intensificación de ciertas modalidades policiales, sino también desarrollos institucionales de protocolos y regulaciones policiales que, si bien son importantes, todavía tienen aspectos a considerar y elaborar dadas las formas burocráticas de trabajo policial aquí descritas y que la fuerza policial ha consolidado en la post-pandemia.

Bibliografía

Canadian Association of Chiefs of Police (2000). A National Use of Force Framework. En https://bit.ly/3tq23VA.

Gobierno de Córdoba (2020). Protocolo de actuación policial para el uso racional y legal de la fuerza en la Provincia de Córdoba. Boletín Oficial.

Gobierno de Córdoba (2015). Plan integral de seguridad ciudadana y prevención del delito “Córdoba se encuentra”. Boletín Oficial.

Gobierno de Córdoba (2014). Protocolo de control vehicular policial urbano. Comisión de trabajo Interinstitucional de Estandarización de actuaciones policiales. Boletín Oficial.

Monjardet, D. (2006). Lo que hace la policía. Prometeo, Buenos Aires.

Nodo CIECS-UNC (2021). “Fuerzas de seguridad, vulnerabilidad y violencias”. Informe final proyecto Pisac. Córdoba.

Medios de Comunicación digitales consultados

Cadena 3, sitio web: www.cadena3.com.ar.

Cba24n, sitio web: www.cba24n.com.ar.

La Voz del Interior, sitio web: www.lavoz.com.ar.


  1. Este capítulo se basa en el trabajo del Nodo del Centro de Investigaciones y Estudio en Cultura y Sociedad, CONICET – Universidad Nacional de Córdoba, del cual formaron parte, como coordinador y miembro, respectivamente, les autores.
  2. La policía informa cifras similares, desde el 30 de marzo al 9 de abril, de 3.817, hasta el 28 de mayo 8.297. Alcanzando un total de 28.164 detenidos por COVID, entre marzo y el 28 de mayo. Fuente: https://bitly.ws/WSWg
  3. https://bitly.ws/WSWx
  4. https://bitly.ws/WSWz
  5. En un caso antes una orden de allanamiento puntuales en Villa Páez por robo a un Centro Vecinal, y otro en Villa Allende, Barrio Las Polinesias por una pelea entre grupos de jóvenes que terminó con la detención de 5 personas.
  6. Para ver un ejemplo de operativo masivo en la ciudad de Córdoba durante la pandemia sugerimos la nota: “Mejor prevenir que lamentar” (link: https://bitly.ws/WSWF) que incluye un video difundido en Twitter que muestra el despliegue de actores policiales en estos operativos, la participación de diferentes divisiones y los controles vehiculares que se implementan.
  7. https://bitly.ws/WSWP
  8. Expediente Nro. 1938181: “Chávez, Lucas Gastón y otro p.ss.aa. lesiones leves calificadas agravadas por el art. 41 bis, homicidio calificado agravado por el art. 41 bis”. Disponible en: https://www.justiciacordoba.gob.ar/JusticiaCordoba/inicio/fileAdjunto.aspx?id=1341
  9. En zona Norte fueron un total de 14 (2 con orden de allanamiento y 10 autónomos).
  10. Disponible en: https://www.eldiarioar.com/sociedad/propio-ministro-seguridad-admitio-homicidio-blas-correas-caso-violencia-institucional_1_9974984.html
  11. https://www.perfil.com/noticias/cordoba/segun-los-jueces-el-policia-que-asesino-a-jose-beco-avila-no-procuro-matarlo.phtml
  12. “Alarcón, Javier Catriel y otros p.ss.aa. Homicidio Calificado Agravado”. Disponible en: https://justiciacordoba.gob.ar/JusticiaCordoba/Inicio/indexDetalle.aspx?codNovedad=33120
  13. https://bitly.ws/WSWR
  14. El diario La Voz del interior registra operativos a vendedores ambulantes en la zona céntrica de la ciudad de Córdoba entre el 10/06/2020 y el 24/07/2020. Ver: https://bitly.ws/WSWX y también: https://bitly.ws/WSWY
  15. Se difundió la convocatoria en redes sociales y en el medio El resaltador: https://bitly.ws/WSWZ
  16. A nivel judicial, el 01 de abril de 2023 la Cámara 8va del Crimen de la ciudad de Córdoba, condenó a Alarcón y Gómez a prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por ser integrante de la Policía y agravado por el uso de arma de fuego más tentativa de homicidio. Además, otros 9 policías fueron condenados a penas de entre 4 y 5 años de prisión por los delitos de encubrimiento y abandono de persona, mientras que dos agentes fueron absueltos.
  17. Ver: https://bitly.ws/WSX3. Este protocolo fue producido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Seguridad, en particular la Secretaría de Proyectos Especiales, y el Ministerio Público Fiscal, con participación de la policía, que es parte del Ministerio de Seguridad.
  18. https://www.lavoz.com.ar/sucesos/gatillo-facil-un-disparo-a-quemarropa-clave/
  19. https://bitly.ws/WSWP
  20. Código Penal de la República Argentina. Art. 239 “Será reprimido con prisión de 15 días a 1 año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.
  21. Ver: https://bitly.ws/WSXc


Deja un comentario