Judith Elizabeth Dias[1]
Dentro de las problemáticas pertinentes a la etapa de la organización del Estado argentino (1852-1880), la investigación se centra en uno de sus tópicos centrales: las relaciones entre nación y provincia en torno a las potestades provinciales y el uso de la fuerza armada. En particular, el trabajo se enfoca en el primer levantamiento de Ricardo López Jordán en la provincia de Entre Ríos que tuvo lugar a lo largo de 1870.
A partir del análisis de los artículos publicados en los diarios La Nación y La Prensa se busca indagar y comparar cómo se expresaron y argumentaron las acciones vinculadas a la intervención nacional en Entre Ríos, cómo se refleja el debate parlamentario acerca de la intervención en la provincia y cómo se discute respecto de la legalidad y la legitimidad de las acciones emprendidas por el gobierno nacional y provincial.
Luego del asesinato del gobernador entrerriano Justo José de Urquiza el 11 de abril de 1870, la Legislatura de Entre Ríos eligió a Ricardo López Jordán para ocupar la primera magistratura provincial. Sin embargo, como éste era considerado por algunos sectores como el perpetrador del asesinato, la legitimidad de su gobierno no fue reconocida por el Poder Ejecutivo Nacional, quien ordenó el envío de un ejército de observación. La Legislatura Provincial, por su parte, reafirmó la legalidad de los procedimientos realizados y manifestó que no consentiría una intervención nacional. Posteriormente, el 19 de abril, las tropas nacionales desembarcaron en el puerto de Gualeguaychú y fueron repelidas por una movilización armada provincial. En relación con ello, se desencadenó una lucha que se extendería hasta principios de 1871.[2]
Frente a aquel episodio se abrió un complejo proceso que tuvo amplia repercusión en la prensa. En particular, los periódicos publicaron proclamas, discursos y decretos nacionales y provinciales, a la par que examinaban y sentaban diferentes posturas respecto a las actuaciones a nivel nacional y provincial.
Respecto a las posturas asumidas ante la muerte de Urquiza y el levantamiento jordanista, La Nación sostuvo que el asesinato del gobernador fue funesto para la Nación y que el gobierno de Ricardo López Jordán era ilegal e ilegítimo. En consecuencia, consideraba que el Poder Ejecutivo Nacional debía intervenir en la provincia, amparado en la Constitución Nacional. En oposición, La Prensa consideró que el gobierno del caudillo era legal, en tanto había sido electo por la Legislatura de Entre Ríos en arreglo a la Constitución Nacional y Provincial. Por lo tanto, era el Ejecutivo Nacional quien debía apegarse a las leyes y no intervenir, respetando las soberanías provinciales y la forma federal del gobierno nacional.
Sin embargo, algunas posturas cambiaron a partir del 23 de abril, cuando Jordán lanza una proclama en la que sostiene que el gobierno entrerriano actuó constitucionalmente pero que, pese a ello, no fueron reconocidos sus derechos y por eso debía declarar la guerra. En respuesta, el 25 de abril, el Ejecutivo Nacional declaró al caudillo y a quienes lo apoyaran como “reos de rebelión contra la Nación” y decretó el Estado de sitio.[3]
A partir de esos eventos, La Prensa va a considerar que sí debe llevarse a cabo la intervención, pero enfatiza que la misma no debía ser dictaminada por el Ejecutivo Nacional sino por el Congreso Nacional, así como la rebelión debía ser condenada a través de una sentencia por la Corte Suprema de Justicia. Por su parte, La Nación indica que es preciso ubicarse del lado de la ley y el orden, junto al gobierno nacional.
Más adelante, en relación con los debates en el Congreso Nacional, La Nación consideró que en los recintos parlamentarios debían aprobar todas las acciones tomadas por el gobierno nacional y dictaminar la intervención. La Prensa, en cambio, realizó un llamado al Congreso para que contuviera al Poder Ejecutivo Nacional si sus acciones no eran ajustadas a la ley. Posteriormente, en cuanto a la decisión del Congreso de aprobar el 10 de agosto la intervención en Entre Ríos, La Prensa afirmó que el fallo no aprobaba todos los actos realizados por el Ejecutivo Nacional desde el 11 de abril, sino que promulgaba la intervención en base a la proclama del 23 de abril, ya que la misma había dado al gobierno nacional el derecho del que antes carecía para enviar sus fuerzas.
Sumado a ello, del análisis realizado se destaca que López Jordán y la Legislatura Provincial sostuvieron una inflexible postura en pos de demostrar la legalidad del gobierno en Entre Ríos, recurriendo a diversos artículos constitucionales provinciales y nacionales. De modo que estos actores políticos entrerrianos consideraron que sus acciones no representaban una rebelión contra el orden nacional, ya que estaban actuando en el marco de la ley. Es recién luego del 23 de abril, cuando ya habían fracasado las gestiones de paz, que López Jordán declara la guerra al gobierno nacional.
Finalmente, si bien las fuerzas jordanistas fueron derrotadas militarmente, el debate en torno al accionar legal y legítimo de López Jordán y el cuestionamiento al accionar del gobierno nacional, probablemente constituyeron una de las causas que motorizaron el significativo respaldo que tuvo la rebelión en 1873, cuestión que debe ser indagada.
- El trabajo formó parte de una beca de investigación de grado con sede en la UNGS (Universidad Nacional de General Sarmiento). Mail: judithelizabethdias@gmail.com.↵
- Entre los autores consultados se encuentran: Amalia Duarte, Tiempos de rebelión 1870-1873, Academia Nacional de la Historia, 1988; Raquel Bressan, Alianzas, negociaciones y conflictos. Dinámicas de los elencos políticos del Litoral de los Ríos, 1862-1883, Prohistoria Ediciones, Rosario, 2018; Roberto Schmit, Caudillos, política e instituciones en los orígenes de la nación Argentina, Buenos Aires, 2015.↵
- Sobre este punto, es preciso remarcar que el Poder Ejecutivo Nacional está actuando porque el Congreso Nacional se encontraba en receso y recién dio inicio a las sesiones legislativas el 15 de mayo de 1870.↵






