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Derechos humanos y políticas públicas sobre drogas

Adelqui Del Do

Tenemos un docente invitado, que es el licenciado Adelqui Del Do, es psicólogo, director del Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos Dr. Fernando Ulloa[1], de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, es docente de grado y posgrado, fue integrante del equipo de investigación del informe Vidas arrasadas: la segregación de las personas en los asilos psiquiátricos argentinos[2], y es parte de la Comisión Directiva de Feduba. Esta diplomatura es una diplomatura conjunta entre Sedronar y Feduba.

Lo dejamos a Adelqui para que nos dé su clase.

     

Muchas gracias, Cecilia. Buenos días a todos y todas. Para mí es muy importante ser parte de esta diplomatura y estoy muy contento de estar acá. Por un lado, por la interesante articulación de una universidad pública, un gremio docente y la Sedronar; y, por otro lado, por encontrarme con compañeros y compañeras que seguramente trabajan en el sistema público de salud y en barrios populares esta temática tan compleja como es el consumo problemático de drogas.

Es necesario también tener en cuenta el contexto actual para hablar sobre salud mental, consumos problemáticos y políticas de drogas. En la misma línea en que se cuestiona la educación pública, también se cuestiona la salud pública. No sé si tuvieron la oportunidad de mirar la plataforma de Juntos por el Cambio, o la plataforma de La Libertad Avanza. Yo sí, y me gustaría señalar fundamentalmente los puntos vinculados a la Ley Nacional de Salud Mental y Adicciones. Me encontré que ambos partidos políticos en su plataforma plantean modificar la Ley Nacional de Salud Mental. Claramente no para mejorarla, ya que toda ley puede ser perfectible.

La modificación que plantean a la ley Nacional de Salud Mental implica volver, por lo menos, cien años hacia atrás. ¿Qué quiero decir con esto? Que es volver al modelo manicomial, al modelo asilar de las internaciones prolongadas, al modelo en el que un juez, a sola firma, pueda internar a alguien; como pasaba antes de la Ley de Salud Mental.

Todo esto llevó a múltiples vulneraciones y violaciones a los derechos humanos, es decir, personas que no tenían criterio de internación terminaban internadas por la simple firma de un juez, sin la evaluación interdisciplinaria correspondiente.

Podemos ejemplificarlo con tres hechos significativos, no muy lejanos en el tiempo, de la historia de la salud mental de nuestro país.

Vidas arrasadas: la segregación de las personas en los asilos psiquiátricos argentinos (2008)[3] señala que 25.000 personas con padecimiento mental se encontraban internadas, y que más del 80 % de estas personas estaban encerradas desde hacía más de un año. Destacando promedios de internación de más de diez años, entre ellos, el Hospital José T. Borda, con un promedio de diez años y seis meses.

En dicho informe se denunciaban internaciones arbitrarias, abusos en el interior de las instituciones, muertes sin investigar, privación de la libertad en celdas de aislamiento, abusos físicos y sexuales, falta de atención médica, condiciones insalubres de alojamiento, ausencia de rehabilitación, tratamientos inadecuados y sobrepoblación. Además, destacaba que las autoridades políticas y administrativas admitían que entre el 60 % y el 90 % de las personas internadas eran “pacientes sociales”, es decir, personas en condiciones de alta, pero sin lugar a donde ir.

Dicho documento, del que formé parte del equipo de investigación, visibilizó las condiciones de vida de las personas internadas, la vulneración de derechos y fundamentalmente el vacío legal respecto a la salud mental de nuestro país. Unas de las recomendaciones del Vidas arrasadas fue la necesidad de una Ley Nacional de Salud Mental.

La actual ley permite regulación y control sobre las instituciones públicas y privadas de salud mental.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En octubre de 1993, la señora María del Carmen Senem de Buzzi se presentó en un juzgado de familia para solicitar un tratamiento para su hijo por consumo problemático. A partir de la presentación y un entredicho en el juzgado, una jueza nacional dispuso su internación involuntaria.

María del Carmen fue trasladada a una clínica psiquiátrica, donde estuvo internada por cinco meses. Las condiciones de la internación le provocaron distintos problemas de salud. Sus numerosas denuncias fueron ignoradas y jamás pudo conocer los motivos por los que fue internada.

Cuando finalmente salió del manicomio, presentó un recurso judicial que tardó 14 años en ser resuelto y que fue rechazado. Le negaron la posibilidad de tener justicia y reparación por los daños sufridos durante su internación involuntaria. María del Carmen murió en febrero de 2019.

El año pasado (2023), el Estado argentino reconoció su responsabilidad internacional por el caso de María del Carmen Senem Buzzi y llevó adelante un pedido de disculpas públicas[4].

El caso resulta paradigmático porque evidencia la respuesta estatal que recibían las personas usuarias de los servicios de salud mental en Argentina antes de la sanción de la Ley Nacional de Salud Mental. Es decir, un juez decidía una internación por tiempo indeterminado sin criterios profesionales, sin recibir asistencia judicial o legal, lo que daba lugar a la pura arbitrariedad.

Artista plástica, con un diagnóstico dudoso y discutible: “demencia frontotemporal”. En el año 2005, una reconocida escritora y artista plástica es sorprendida por enfermeros que irrumpen en su departamento. Los hombres actúan con el permiso y consentimiento de su familia. Esa misma tarde es internada en un hospital psiquiátrico debido a lo que se supone como un comportamiento extraño por parte de la señora, quien, según su familia, se encuentra “despilfarrando la fortuna familiar, manteniendo una vida sexual activa y un estilo de vida inadecuado para su edad”.

Claramente había otros intereses, no vinculados a la salud mental de la escritora y artista plástica. No solo la internaron contra su voluntad y sin criterios psicopatológicos claros, sino que tuvo que defenderse durante años de un juicio por “insania”. Durante todo ese tiempo, la mujer no pudo disponer de sus bienes y dinero. Más allá de la cuestión de género, que también está presente en esa situación, es un claro ejemplo de lo que implica no tener marcos normativos que protejan derechos. Se decidió una internación sin evaluación interdisciplinaria y con la sola firma de un profesional médico.

Es importante destacar que la actual ley dispone que toda internación debe cumplir con evaluación y diagnóstico interdisciplinario, motivos que la justifiquen y las firmas de dos profesionales de la salud, como así también la herramienta del Órgano de Revisión[5] como instancia de control de las internaciones.

En torno al consumo problemático de drogas, los gobiernos neoliberales no lo entienden como un problema de salud, sino como un problema de seguridad, un problema de narcotráfico. Fue lo que sucedió durante el gobierno de Mauricio Macri. ¿Saben el impacto que tuvo esto en derechos humanos? Se llenaron las cárceles de jóvenes pobres, jóvenes que detenían en la vía pública con pequeñas cantidades de drogas. Esa era la guerra contra el narcotráfico. Es decir, persiguen al usuario y lo tratan como a un delincuente.

La persecución y criminalización de las personas que usan drogas tiene un costo social alto en materia de vulneración de derechos humanos, violencia institucional y estigmatización social. La ONG Reset, Política de Drogas y Derechos Humanos, señala que, entre los años 2016, 2017 y 2018, se iniciaron 30.185 causas por “tenencia simple o para consumo” o por el cultivo, la siembra o la guarda de semillas.

De acuerdo con datos del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), durante el gobierno de María Eugenia Vidal, en la Provincia de Buenos Aires, hubo un aumento de más del 300 % en cantidad de causas iniciadas por consumo y narcomenudeo: pasaron de 13.948 en 2006 a 48.046 en 2017.

Son ejemplos recientes sobre el porqué de la importancia de los derechos humanos en estas temáticas. Es muy importante poner esto en contexto, siempre tenemos que leer y pensar las cosas en un contexto. Como dice la querida profesora Ana María Fernández, el contexto es texto.

Vamos a comenzar a conversar acerca de por qué el paradigma de los derechos humanos es necesario para pensar el consumo problemático, e incluso también la política de drogas. Tenemos que partir de la idea de que los derechos humanos son un marco de referencia para

  • implementar y evaluar las políticas públicas de drogas,
  • pensar e implementar las políticas públicas de salud mental y consumos problemáticos.

Sabemos que implementar políticas públicas sobre las drogas ilegales sin una perspectiva de derechos humanos, además de su fracaso en torno a la eficacia, ha generado desastres sociales.

Los gobiernos neoliberales siempre quieren involucrar a las Fuerzas Armadas para “combatir el narcotráfico”. Colombia y México son claros ejemplos de esas políticas de implicar al ejército. Las consecuencias suelen ser muy caras en materia de derechos y garantías para la población y tampoco resuelven los problemas del narcotráfico.

Nuestro país tiene tres leyes[6] que lo impiden y establecen que el rol principal de las Fuerzas Armadas es la defensa contra agresiones externas de otros países. Nuestra democracia estableció un esquema legal caracterizado por el control político civil, la separación entre seguridad interna y defensa y la prohibición de que las Fuerzas Armadas intervengan en asuntos internos.

Observamos que tiene consecuencias reales no incluir los derechos humanos, porque tiene un impacto directo sobre la población, sobre todo en los sectores vulnerabilizados. Pensar al usuario como un delincuente tiene un impacto en nuestra vida cotidiana, ya sea trabajemos en un barrio, trabajemos en un hospital, trabajemos donde sea. No es lo mismo hablar de delincuentes que de consumo problemático. Son paradigmas distintos, son concepciones diferentes, son maneras distintas de pensar al ser humano. Uno, pensarlo como un sujeto de derecho, y el otro, pensarlo como alguien que no tiene derechos, como alguien que está perdido, y considerando que la única solución es meterlo preso.

Volviendo a la perspectiva de derechos humanos: ¿qué son los derechos humanos? Si bien seguramente todos y todas tienen una idea acerca de esto, es interesante poder sistematizar y preguntarnos de dónde viene esta concepción. Que todos, por el simple hecho de haber nacido, tenemos derechos no es un concepto muy antiguo.

El concepto de que somos iguales ante la ley, o de que tenemos derechos por el solo hecho de haber nacido, tiene sus antecedentes; estos son la Revolución francesa (1789) y la Revolución en Estados Unidos (1776). Ambas revoluciones van a enmarcar la constitución de los nuevos Estados nación.

Los derechos humanos son un conjunto de libertades y derechos para todos, sin distinción de color, sexo, idioma, religión. Permiten crear una relación integrada entre la persona y la comunidad que permita a los individuos ser personas jurídicas, identificándose consigo mismos y con los demás. Son universales, intransferibles, irrenunciables, interdependientes, es decir, nadie puede renunciar a los derechos que tiene, que se complementan con otros, que son progresivos. Es decir, se van conquistando los derechos humanos, ya desde su origen, y estos surgen a partir de procesos de lucha. Son conquistas que se van produciendo por determinados sectores de la sociedad, que luego el Estado los reconoce como derechos. Un ejemplo de esto es la Ley Nacional de Salud Mental. Fue un proceso que llevó varios años, donde participaron usuarios del sistema de salud mental, organismos de derechos humanos, asociaciones de profesionales, que fueron generando antecedentes a lo que hoy es la Ley de Salud Mental.

Otro ejemplo muy significativo y actual es la despenalización del aborto. Esta se logra por el movimiento de mujeres, por el movimiento feminista; que fueron quienes organizaron movilizaciones, charlas, reuniones, debates, etc., hasta que el Estado escuchó y reconoció esos derechos. Es decir, los derechos humanos están vinculados a procesos de lucha, a procesos de conquista de debates, de logros de consenso que luego pasan a ser normativas.

Existen los derechos civiles y los derechos políticos, estos son los derechos a tener una determinada creencia, ya sea política, religiosa, etc., en donde el Estado no puede intervenir. No puede perseguirte por tus ideas, no se puede meter con tu creencia religiosa, debe respetar la libre expresión; a esto se lo llama “derechos negativos”.

Y también existen los derechos que el Estado debe garantizar. El derecho a la salud, el derecho a la educación, el derecho a la cultura, etc. A estos se los denomina “derechos positivos”.

También están los derechos colectivos, que son los derechos que se encuentran en disputa. Los derechos colectivos son, por ejemplo, los derechos de los pueblos originarios, ¿vieron que hay tensiones en algunas partes de nuestro país por ese tema? Son derechos vinculados a la calidad de vida, un derecho que está en discusión actualmente.

Con respecto a los derechos civiles y políticos, podríamos decir que hay consenso. De los derechos sociales, tenderíamos a decir que también, pero hoy están, lamentablemente, en debate.

En democracia, las violaciones a los derechos humanos se enmarcan en un concepto que se denomina “violencia institucional. Dentro de ella se engloban todas las vulneraciones de derechos en democracia.

La violencia institucional se define tradicionalmente como aquella violencia física, sexual, psíquica o simbólica ejercida por agentes y funcionarios del Estado en cumplimiento de sus funciones. La Secretaría de Derechos Humanos (2015) señala que “es un fenómeno que abarca desde la detención por averiguación de antecedentes hasta formas extremas de violencia como el asesinato y la tortura”. Si bien la violencia institucional puede afectar a personas de cualquier extracción social, existen contextos que la favorecen: acciones de protesta social, encierro penal o psiquiátrico, ámbitos en los que se accionan políticas de seguridad restrictivas de derechos. Las víctimas pertenecen mayoritariamente a grupos poblacionales vulnerabilizados y en situación de pobreza, sobre los que recaen estereotipos y estigmas sociales.

Podemos incluir la violencia policial, pero también la violencia en los hospitales de salud mental, la violencia obstétrica, la violencia ejercida en ámbitos de la salud pública. Si, por ejemplo, uno es trabajador de la Sedronar, es un representante del Estado, y como tal debe garantizar que se respeten los derechos de las personas.

Somos nosotros, en cuanto agentes estatales, quienes debemos garantizar y proteger los derechos de las personas.

Podemos decir que el Estado interviene a medida que surgen las situaciones de conflictividad. El Estado en general va por detrás, va tratando de resolver las problemáticas que van surgiendo. Y no es una crítica, es así, van apareciendo fenómenos sociales nuevos, la sociedad va cambiando y demandando nuevos derechos.

Es a principios del 1900 cuando se sanciona por primera vez una ley de drogas en nuestro país. En esa época se podía acceder a determinadas drogas como el opio, la marihuana y la cocaína con receta médica. Tenían un uso médico esas drogas, por lo cual se vendían en las farmacias. En las letras de los tangos, se veía reflejado un consumo que no tenía que ver con el consumo médico, sino con un consumo recreativo. Había ley, pero no había persecución a los usuarios y las usuarias. Esta ley regulaba un poco la venta, determinando que tenía que ser bajo receta médica.

Al poco tiempo se comienza a presionar y a plantear un endurecimiento de las penas, y al no diferenciar entre el usuario y el vendedor, inaugura algo que todavía está vigente, que es la interpretación del juez. Se captura a una persona con una determinada cantidad de droga, y el juez interpreta y define si es para consumo o si es para venta.

Sabemos que las consecuencias penales no son las mismas: si es para venta, va a tener una pena mayor; si es para consumo, la pena será menor. Esto no es tan distinto a la ley de droga que tenemos hoy de 1989, la cual aborda el narcotráfico y el uso indebido de drogas. Esta ley modifica el Código Penal y establece penas para la producción, el tráfico y la comercialización de estupefacientes, así como para el consumo personal en ciertas circunstancias.

Es decir, con el tiempo va ganando terreno una propuesta que es impulsada por Estados Unidos, que es el punitivismo y el abstencionismo. Se piensa que el narcotráfico se combate prohibiendo el consumo y persiguiendo a los usuarios. Esto es lo que les decía que fracasó a nivel internacional.

No sé si alguien pueda decir que eso tuvo algún efecto positivo, porque la realidad es que podemos ver el impacto negativo que tiene el prohibicionismo. Es absurdo pensar que a una persona se la va a ayudar únicamente prohibiendo, persiguiendo y encarcelando.

Las estadísticas nos muestran que el encierro no es terapéutico y que no cura ni ayuda a nadie. Las políticas prohibicionistas y represivas no funcionan ni en nuestro país ni en el resto del mundo.

No es lo mismo pensar que una persona transita un proceso en su tratamiento y que ese proceso puede estar atravesado por múltiples situaciones, que pensarlo como un sujeto que encerrar para que no consuma.

Hay una gran diferencia entre una perspectiva de acompañamiento y una perspectiva de castigo. El prohibicionismo afecta la accesibilidad al sistema de salud. Si ya se parte de la base de pensar a la persona como un delincuente, ¿cómo va a acercarse a pedir ayuda? ¿Cómo va a confiar en una sociedad que lo piensa como un delincuente?

Esto pasa mucho con las mujeres. Una mujer con problemas de consumo es un problema para el sistema de salud. Muchos profesionales tienen la idea de que, si una mujer tiene problemas de consumo, es mala madre o no puede ser madre, está ese estigma. O lo mismo con las mujeres con problemas de salud mental. A muchas les han sacado sus hijos en el hospital psiquiátrico. Porque, si consume, ya se duda sobre la moral de la mujer, ya no es solamente una persona que consume, sino probablemente sea mala madre y tenga malas prácticas. Empiezan a caer todos los prejuicios, todos los estigmas, y eso es un obstáculo para que una mujer pueda ir a atenderse. Además, en general los dispositivos no contemplan que una madre pueda ir con los hijos, porque quienes se hacen cargo y están todo el tiempo con los hijos son las mujeres. Me dirán que no todas, que hay excepciones, pero son eso: excepciones.

No me voy a meter en esta cuestión de género, pero sí señalarla. También quiero remarcar que, si uno va a la estadística, el 70 % de las mujeres presas en nuestro país fueron detenidas por la ley de droga. ¿Podemos decir que el problema del narcotráfico está ahí? Son muchas mujeres en situación de vulnerabilidad social, pequeñas ventas, o que cruzan las fronteras arriesgando su vida y terminan presas. Mujeres pobres, sin oportunidades. En población trans, es el 90 %. Un sector que no accede al trabajo, al que le cuesta muchísimo más conseguir trabajo, entonces terminan en circuitos ilegalizados, en circuitos liberales, y el Estado ¿cómo responde?: con la cárcel.

Desde 1989 tenemos vigente la ley 23.737, que sanciona con prisión de entre un mes y dos años y multa la tenencia de droga para uso personal, esto a interpretación de un juez. ¿Qué es consumo personal y qué sería venta? Contempla medidas de seguridad curativa para quienes dependan física o psíquicamente de sustancias, dejando en suspenso la pena hasta la evaluación de los resultados de estas medidas de seguridad curativas. Es una ley que responde al paradigma abstencionista, es decir, obligar a una persona a que haga un tratamiento. No sé si alguien acá habrá tenido alguna experiencia de tratamiento en salud mental, o habrá ido al psicólogo, psicóloga. Uno sabe que, si no va convencido, no tiene sentido. Está demostrado también que el tratamiento compulsivo no sirve. Muchas personas acceden porque prefieren hacer “tratamiento” a ir presos. Si la alternativa es ir al psicólogo todos los días, lo más probable es que vayan, pero el mero hecho de ir no es un tratamiento. Hay una distancia enorme entre simplemente asistir y los efectos terapéuticos de un tratamiento propiamente dicho. Además, esto se contrapone a la Ley Nacional de Salud Mental, que dice que cada persona puede elegir qué tratamiento se adecúa mejor a su persona. Son paradigmas distintos.

Además, es importante tener en cuenta, fundamentalmente quienes trabajan en el sistema público, que la criminalización del consumo limita el acceso a la salud. A veces somos los mismos profesionales los que nos encontramos con obstáculos para atender a personas con problemas de consumo. Todos estos estigmas y prejuicios también nos atraviesan a nosotros, pero como profesionales tenemos la obligación de detectar nuestras propias dificultades y resolverlas.

El consumo problemático está atravesado por múltiples variables. Hay que pensar el consumo problemático en el marco de una sociedad cuya principal característica es el consumo. Estamos en una época en la que lo único que se nos ofrece es consumir más.

Entonces uno tiene que pensar los problemas al lado de otros problemas y tiene que leer en el momento histórico en el que está, en el contexto social y en qué disputa de poder hay. Hay que estar advertido y saber dónde pararse, justamente para no quedar parado contra nuestros propios intereses y derechos.

Para abordar el consumo problemático, necesitamos más dispositivos de salud, tenemos que pelear para que haya más dispositivos de salud, no menos, con menos ya sabemos lo que es, ya lo vivimos en los 90. Yo quiero que la Sedronar tenga más dispositivos, no menos. Yo quiero que el hospital público tenga más profesionales para atender a los chicos. Yo quiero más escuelas, no menos, no quiero vouchers.

Que haya más instituciones y más oportunidades. Que los jóvenes tengan proyectos de vida, eso es fundamental para que no se metan en los consumos. Muchas veces la ausencia de proyectos lleva a los consumos, por la falta de oportunidades, por no tener laburo, por no tener perspectiva hacia el futuro. El otro día leí que durante el 2001 aumentó la demanda en salud mental y se incrementó el consumo de sustancias. Y no es casualidad que ahora también esté subiendo.

Es fundamental no criminalizar el consumo y entender la salud mental como un concepto dinámico, determinado por componentes sociales, económicos, culturales y psicológicos. El derecho a la privacidad, la autodeterminación, la libertad y la justicia, respetando la decisión del usuario con respecto a su tratamiento. Esto es lo que dice la Ley Nacional de Salud Mental y Adicciones, y, como mencionaba anteriormente, acá es donde se contrapone con la Ley de Drogas.

Nosotros partimos de que somos sujetos de derechos, por más que estemos con un problema de consumo o un problema de salud mental. Lo importante es que tenemos derechos, que podemos acceder a un tratamiento, que nosotros tenemos la posibilidad, ya que en nuestro país hay instituciones públicas que abordan estas temáticas. También tenemos las grandes organizaciones sociales y a los curas villeros que están en los barrios. Es decir, que tenemos este lazo social, y el abordaje es intersectorial. Es el Estado con las organizaciones de la sociedad, con los clubes, con los gremios.

Problemas complejos hay que abordarlos desde distintos ámbitos del Estado, no alcanza solamente el tratamiento, es necesario asimismo que haya una política social. Es intersectorial y también interdisciplinario, no es un problema solamente de los médicos o de los psicólogos. Ya lo dijo Esteban Rodríguez Alzueta en un artículo, necesitamos más trabajadores sociales, y yo agregaría que necesitamos más militantes sociales que se metan con estos temas.

Sé que las organizaciones sociales dan cada vez más lugar a estos temas, pero es necesario aún más y con más articulación. Es fundamental el derecho a acceder a un tratamiento, pero también tenemos muy instalado en el campo de los consumos problemáticos que el tratamiento es la internación. No digo que no sea necesaria, puede ser necesaria una internación, pero muchas veces está pensada como único recurso o como única alternativa; y no es la única alternativa, hay alternativas intermedias. Fundamental es la compañía a la persona que pueda estar atravesando un problema o una situación de consumo.

No se suele tener en cuenta que las internaciones prolongadas muchas veces resultan en que la persona pierda el vínculo con su familia, con vecinos, con amistades, que se quede sin su trabajo. Por eso una respuesta integral al consumo problemático implica una articulación en distintas instancias del Estado y la comunidad, para garantizar el derecho a la salud a través de la participación multisectorial, intergubernamental e interdisciplinaria.

El Plan Integral para el Abordaje de Consumo Problemático (IACOP) es una muy buena ley que establece una definición de consumo problemático con o sin sustancias legales o ilegales. Es decir, consumo problemático puede ser al juego, puede ser a las redes sociales, de manera que afecte negativamente en forma crónica la salud física o psíquica del sujeto o las relaciones sociales. Esta es una ley que está aprobada, pero todavía no está implementada.

   

[Pregunta del público] Mi nombre es Gabriela… Una de las cosas que no me queda claro es lo de las leyes, si bien la “ley de drogas” es anterior a la salud mental y están en contradicción, ¿cómo se disputan estos dos paradigmas? Porque es evidente, por los resultados, todos los números de los que vos nos hablabas dan cuenta de que la ley de drogas no ha dado resultados. Teniendo una ley superior en cuanto a perspectiva de derechos, ¿cómo es que no podemos ganar esa batalla? Muchas gracias y muy interesante la clase.

Gracias. Sí, es cierto, entre la Ley de Salud Mental y la ley de drogas, hay contradicciones. Pero, como señalaba al inicio, los cambios de normativas, las ampliaciones de derechos implican procesos muy complejos y consensos sociales y políticos. De alguna manera hay que ganar terreno, ganar consensos, para poder tener normativas que protejan derechos, que protejan formas de abordaje que permitan que la persona que pueda estar atravesando algún problema, ya sea de salud mental o de consumos, pueda ser abordada de la mejor manera y respetando sus derechos.

Todo proceso de conquista de derechos implica acumular fuerzas. Por eso son tan importantes las elecciones y tener en cuenta qué se pone en juego en las elecciones y qué intereses va a llevar adelante después ese diputado o esa diputada, si los de las mayorías o de las corporaciones y los grupos concentrados. Como dice el ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Nicolás Kreplak, nuestro país tiene una tradición movimientista, una tradición de organizaciones populares, que somos los que tenemos que ganar terreno.

Tenemos que dar muchos debates acerca del Estado. De esto se sale en comunidad, se sale con mayor presencia y no desde lo individual. No es desde el individualismo o desde el “Sálvese quien pueda”. No es por ahí.

[Pregunta del público] [] ¿ustedes tienen modelos de otros países para actuar cuando se capacitan y demás?

Sí, nuestra Ley de Salud Mental está en consonancia con leyes que hay en otros países, aunque muchas veces es cuestionada por algunos sectores que plantean que es un invento de los psicólogos argentinos; la Ley de Salud Mental no es muy distinta a la ley que tienen países europeos u otros países latinoamericanos. Chile y Uruguay tienen una ley similar a la nuestra, México incluso este año prohibió las internaciones involuntarias.

[Pregunta del público] Buenos días, yo quería hacer una consulta, referente al plan en Colombia, por ejemplo, en el cual se permitió la intervención del ejército en su lucha contra el narcotráfico, pero también se pidió ayuda de los Estados Unidos para unirse contra esa lucha.

Desde la perspectiva de derechos humanos, se ha cuestionado mucho ese tipo de intervenciones militares. No soy un especialista en Colombia, pero sí he leído materiales que señalan que esa experiencia ha sido un fracaso. Ha llevado a que poblaciones hayan tenido que desplazarse, a conflictos armados, a persecuciones a dirigentes sociales, a enormes violaciones a los derechos humanos. No solo no se resolvió el problema del narcotráfico, sino que se agravó, se terminaron incorporando sectores del ejército al negocio.

Por eso es por lo que yo hablaba de la ley de defensa y la ley de seguridad, que son dos formas distintas. Pensar el conflicto o las situaciones de seguridad interior con la policía, con la gendarmería, con la prefectura, las policías provinciales, la policía federal, que son fuerzas preparadas para eso. Los militares están preparados para otra cosa, están preparados para una guerra, no para ir a un barrio y hablar con unos chicos que pueden estar en una esquina. Nosotros tenemos que apostar a contener y a integrar.

Un Estado fuerte es el que puede brindar reglas de juego claras para poder pensar determinados abordajes en un determinado escenario, y si a nosotros nos preocupa la salud mental, nos preocupan los pibes, las pibas, necesitamos mayor grado de integración social con una mayor presencia del Estado.

Esta diplomatura es gratuita, y es gratuita por una idea de educación pública. Imagínense un país sin gremios. No quieren gremios porque defendemos los derechos de los trabajadores. Inventan todo eso de la casta, pero la casta es ellos. Nosotros somos trabajadores que queremos un país mejor, un país mejor para nuestros hijos, para nuestras hijas. Que nuestros hijos puedan tener acceso a la educación no es un voucher. ¿En dónde funciona eso?

Por último, quiero recomendar este libro que acabo de terminar: Yo acuso, de Émile Zola. Y sigan de cerca lo que se viene haciendo en salud y salud mental en la provincia de Buenos Aires. ¡Gracias!


  1. Director del Centro Ulloa hasta el 10 de diciembre de 2023.
  2. Informe sobre salud mental y derechos humanos publicado en 2008 por el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) y Mental Disability Rights International.
  3. Publicado en 2009 por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y Mental Disabiity Rights International (MDRI). En www.cels.org.ar/common/documentos/mdri_cels.pdf.
  4. El Estado argentino reconoció su responsabilidad internacional por el caso y realizó un pedido de disculpas públicas al hijo de la víctima. La firma del acuerdo tuvo lugar en la sede del Archivo Nacional de la Memoria de la Ex ESMA, y contó con la participación del secretario Horacio Pietragalla Corti; el director de Contencioso Internacional en Materia de Derechos Humanos de la Cancillería, Javier Salgado; la directora ejecutiva del Centro de Estudios Legales y Sociales, Paula Litvachky; y Carlos Maciel Buzzi, hijo de María del Carmen.
  5. Entre sus funciones se encuentra la de solicitar información a las instituciones de salud, recibir denuncias, evaluar internaciones involuntarias y apelar las decisiones del juez. Ante situaciones irregulares puede requerir la intervención judicial, como así también realizar presentaciones ante el Consejo de la Magistratura para que sancione irregularidades de los jueces. Puede también hacer recomendaciones a la Autoridad de Aplicación.
  6. Ley de Defensa Nacional de 1988, de Seguridad Interior de 1991 y de Inteligencia Nacional de 2001, y el decreto reglamentario 727/06, sancionados y reglamentados durante presidencias distintas, que conforman el acuerdo interpartidario más importante conseguido en democracia.


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