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Anexos

Detalle de Entrevistas

N° de Entr.

Nombre

Edad

Cooperativa

Vinculación con la organización

Año de entrevista

1

Francisco

44

CERBAF

Socio fundador

2008

2

Jorge

50

Cooperativa del Oeste

Presidente

2008

3

Valentín

45

Reciclando Sueños

Presidente

2008

4

Carlos

38

Red Nacional de Cartoneros

Integrante

2008

5

Lorena

28

CERBAF

Presidenta

2009

6

María

42

El Oeste

Tesorera

2009

7

M. Julia

46

El Ceibo

Secretaria

2009

8

Virginia

45

Abuela Naturaleza

Presidenta

2009

9

Coco

32

Agrup. de Cart. Independientes

Referente

2010

10

Cristina

54

EL CEIBO

Presidenta

2010

11

Damián

34

La Nueva Esperanza del Oeste

Presidente

2010

12

Raúl

46

EL CEIBO

Encargado de Planta

2010

13

René

42

Cooperativa de Reciclado Padilla

Presidente

2010

14

Linda

34

La Nueva Esperanza del Oeste

Delegado

2011

15

Chelo

38

La Nueva Esperanza del Oeste

Delegado

2011

16

Constanza

28

DGREC

Empleada GCABA /ATE

2011

17

Laura

34

DGREC

Empleada GCABA /ATE

2011

18

Luciana

28

La Nueva Esperanza del Oeste

Trabajadora del planta

2011

19

Norma

49

Recicladores del Tren

Asociada

2011

20

Pablo

28

La Nueva Esperanza del Oeste

Asociado

2011

21

Raúl

58

Recuperando Futuro

Asociado

2011

22

Rosa

38

La Nueva Esperanza del Oeste

Delegada

2011

23

Valeria

24

La Nueva Esperanza del Oeste

Trabajadora de planta

2011

24

Vanesa

26

La Nueva Esperanza del Oeste

Subdelegada

2011

25

Andrés

22

La Nueva Esperanza del Oeste

Asociado

2012

26

Jorge

50

Recicladores del Tren

Presidente

2012

27

Carmen

46

La Nueva Esperanza del Oeste

Delegada

2012

28

Cristian

27

Recicladores del Tren

Delegado

2012

29

Diego

30

Recicladores del Tren

Encargado de Planta

2012

30

Gonzalo

32

DGREC

Empleado GCABA /ATE

2012

31

Elba

37

La Nueva Esperanza del Oeste

Asociado

2012

32

Adriana

46

La Nueva Esperanza del Oeste

Tesorera

2012

33

Enrique

52

Recuperando Futuro

Asociado

2012

34

Fátima

32

La Nueva Esperanza del Oeste

Trabajadora de planta

2012

35

Germán

24

La Nueva Esperanza del Oeste

Asociado

2012

36

Alicia

42

Recuperando Futuro

presidenta

2012

37

Javier

33

Recicladores del Tren

Asociado

2012

38

José Luis

57

Recicladores del Tren

Asociado

2012

39

Eugenia

28

DGREC

Empleada GCABA /ATE

2012

N° de Entr.

Nombre

Edad

Cooperativa

Vinculación con la organización

Año de entrevista

40

Luisa

42

Recicladores del Tren

Delegada

2012

41

María

43

Recicladores del Tren

Asociada

2012

42

Mariana

29

DGREC

Empleada GCABA/ATE

2012

43

Mirta

48

Recicladores del Tren

Tesorera

2012

44

Sandra

36

Recicladores del Tren

Secretaria

2012

45

Olga

28

Recicladores del Tren

Asociada

2012

46

Ricardo

54

Recicladores del Tren

Delegado

2012

47

Valentín

44

Recicladores del Tren

Asociado

2012

48

Rubén

43

Recicladores del Tren

Delegado

2012

49

Gerardo

46

La Nueva Esperanza del Oeste

Presidente

2010/2012

50

Sandra, Jorge y Diego

Recicladores del Tren

Secr. Pres. y delegado

2012

51

Gerardo y Adriana

La Nueva Esperanza del Oeste

Presidente y tesorera

2012

52

Ricardo, María y Valentín

Recicladores del Tren

Delegado y asociados

2012

Comparativo de Pliegos

ART.°

PLIEGO ORIGINAL

PLIEGO MODIFICADO

Artículo 7° Zonas de Prestación

“El servicio será prestado en los espacios públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la división de la misma en quince (15) Zonas que coincidirán con los Centros de Gestión y Participación Comunal (CGPC). Se adjudicarán hasta dos (02) Zonas para cada Cooperativa. Las calles límite entre Zonas corresponden a una de ellas, perteneciendo dicha calle límite a la Zona designada con el número índice menor. Los límites de cada Zona se describen en el Anexo I.”

“El servicio será prestado en los espacios públicos de la Ciudad de Buenos Aires. Las zonas a concursar serán exclusivamente las que se detallan en el Anexo I. Las CRU podrán resultar concesionarias de hasta dos (02) Zonas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las calles límite entre zonas corresponden a una de ellas, perteneciendo dicha calle límite a la zona designada con el número índice menor. Las zonas donde las CRU realizan el servicio de manera preexistente no serán sujetas a concurso y se adjudicarán contra la acreditación de los antecedentes que demuestren dicha preexistencia. Del mismo modo, se respetarán los convenios de adjudicación de los Centros Verdes vigentes”.

Artículo 8° Exclusividad

“Las Cooperativas tendrán la exclusividad para la prestación del Servicio en la Zona de Prestación que le sea adjudicada. El GCABA mantiene la facultad de implementar programas, planes y/o servicios en forma excepcional, periódica o permanente, cuando a su juicio las circunstancias así lo requieran. El GCABA está facultado a ejecutar por sí o mediante terceros servicios excepcionales mencionados ante situaciones extraordinarias dentro de cualquiera de las Zonas de Prestación. Asimismo, el GCABA está facultado para ejecutar por sí o mediante la contratación de terceros el servicio cuando dicho servicio no resulte satisfecho en forma idónea por los concesionarios”.

“Las cooperativas tendrán la exclusividad para la prestación del Servicio en la Zona de Prestación que le sea adjudicada. La exclusividad de las zonas no podrá ejercerse en perjuicio de las rutas históricas de los RU. En caso de superposición de rutas en una misma zona, las CRU deberán coordinar horarios y recorridos respetando las preexistencias de los mismos. El servicio, en todas sus modalidades, será prestado exclusivamente por CRU y/o el GCBA, no pudiendo éste delegar prestación alguna en terceros que no sean CRU, salvo en aquellas situaciones excepcionales temporarias fundadas en fuerza mayor que se dispongan con razonable sustanciación”.

Artículo 10° Plazo Contractual

“El plazo contractual será de cuatro (04) años, contados desde la formalización de la pertinente Acta de Inicio de Actividades. El GCABA se reserva el derecho discrecional de prorrogar el contrato, bajo idénticas condiciones a las adjudicadas, por un período adicional de hasta un (01) año”.

Al presente Artículo se le incorporó un párrafo, el cual establece: “La quiebra o disolución de una CRU, no conlleva la pérdida de derechos por parte de los RU asociados los cuales conservarán su ruta de trabajo en la medida en que se constituyan u organicen como una CRU”.

Compromisos del GCABA

“A los fines del Contrato el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires asume, durante la vigencia del Contrato, el compromiso de: 1) Otorgar en comodato un (01) camión por Zona, completamente equipado a la Cooperativa Concesionaria. Las características de los camiones lucen conforme Anexo III. Dichos camiones serán otorgados para el servicio Puerta a Puerta y el traslado de los Residuos Sólidos Urbanos Secos a los diferentes Centros Verdes en funcionamiento y a los que en el futuro se construyan. 2) Colocar y mantener contenedores en los Puntos Limpios que se fijen comprometiéndose a asegurar el traslado de su contenido a los Centros Verdes. 3) Proveer de uniformes y guantes a los miembros de las Cooperativas de Recuperadores Urbanos, como así también el equipamiento completo y el mantenimiento de las maquinarias que funcionan en los Centros Verdes y las erogaciones operativas que de ellos deriven, excluyendo las vinculadas al personal y al mantenimiento de la higiene del mismo. 4) Garantizar la seguridad dentro de cada Centro Verde. 5) Proveer el material necesario a fin de llevar adelante la campaña de concientización de la comunidad. 6) Garantizar el traslado del contenido de los contenedores utilizados para la disposición inicial de residuos reciclables a los Centros Verdes que existan, realizándose la distribución de los mismos en base a las zonas adjudicadas. 7) Garantizar a las Cooperativas de Recuperadores Urbanos que ganen el concurso objeto del presente y no dispongan de la administración de un Centro Verde, horarios a fin de que hagan uso de alguno de ellos, ya sea que se trate de los que actualmente se encuentran en funcionamiento y de los que en un futuro se construyan. 8) Garantizar el traslado del negativo o rechazo producido en los Centros Verdes hacia los Centros de Disposición Final de Residuos. 9) Otorgar en las condiciones que fije la Autoridad de Aplicación a las Cooperativas un pase libre por recuperador afectado a las tareas a fin de acceder a los medios de transporte público de pasajeros en los horarios que corresponda a la prestación del servicio según el respectivo Plan de Trabajos, de forma gratuita. Al término de la relación contractual por cualquier causa que lo motive, la totalidad de los bienes y cosas de propiedad del GCABA deberán ser restituídos de manera inmediata sin costo alguno para el GCABA y sin que pueda invocarse indemnización, resarcimiento o compensación alguna. 10) Brindar el Servicio de Guardería”

El Ministerio de Ambiente y Espacio Público a través de la Autoridad de Aplicación asume el compromiso de implementar gradualmente los siguientes PROGRAMAS para garantizar la correcta prestación del servicio y la concreción del principio de inclusión social: 1.- PROGRAMA INTEGRAL DE LOGÍSTICA (PIL) de acuerdo con el plan de Trabajo de las CRU ADJUDICATARIAS de cada ZONA de prestación del SPGSRD aprobado por el GCBA. El Programa deberá contar con los recursos suficientes para logar la prestación de manera eficiente, otorgando en las condiciones que fije la Autoridad de Aplicación a las Cooperativas un pase libre por recuperador afectado a las tareas a fin de acceder a los medios de transporte público de pasajeros en los horarios que corresponda a la prestación del servicio según el respectivo Plan de Trabajos, de forma gratuita. El GCABA se obliga a otorgar en comodato como mínimo un (01) camión completamente equipado por Zona. 2.- PROGRAMA DE ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL(PETI) para cada ZONA de prestación del SPGSRD. El Programa deberá contar con los recursos suficientes para llevar adelante políticas públicas de erradicación de trabajo infantil y la instalación de una guardería infantil por Centro Verde que se encuentre en funcionamiento y los que en el futuro se construyan. 3.- PROGRAMA DE INCLUSIÓN SOCIAL INTEGRAL (PISI) deberá garantizar a todos los asociados de las Cooperativas el acceso al monotributo social, seguro de accidentes personales, uniforme e implementos de higiene y seguridad laboral, imputado en forma individualizada para cada RU a cuenta y orden de la CRU. 4.- PROGRAMA DE INCENTIVO MENSUAL (PIM) al cumplimiento de normas para cada RU afectado a las tareas aquí descriptas, que se imputarán en forma individual a cada RU a cuenta y orden de la CRU. 5.- PROGRAMA DE GESTIÓN DE CENTROS VERDES (PGCV) deberá garantizar el mantenimiento, la seguridad, el contralor administrativo, y transporte de negativos de los Centros Verdes. Se garantizará a las CRU que integren el SPGSRD que y no dispongan de Centros Verdes, horarios para que hagan uso de los que se construyan en el futuro o de los existentes, en caso de que haya capacidad ociosa en el mismo y previo acuerdo con las CRU que los gestionen.
Asimismo, se compromete a: 1) Colocar y mantener contenedores en los Puntos Limpios que se fijen comprometiéndose a asegurar el traslado de su contenido a los Centros Verdes. 2) Proveer el material necesario a fin de llevar adelante la campaña de concientización de la comunidad. 3) Garantizar el traslado del contenido de los contenedores utilizados para la disposición inicial de residuos reciclables a los Centros Verdes que existan, realizándose la distribución de los mismos en base a las zonas adjudicadas. 4) Al momento de adjudicarse cada una de las ZONAS, el GCBA a través de la Autoridad de Aplicación realizará en un plazo de treinta (45) días un nuevo relevamiento para censar a los RU preexistentes, entregando dicha información a la CRU ADJUDICATARIA de la ZONA que corresponda a fin de que se realice la respectiva asociación. 5) En las zonas donde los programas no estén implementados o estén parcialmente implementados, la Autoridad de Aplicación elaborará un cronograma de implementación de los programas dentro de los 45 días de la Adjudicación.
Al término de la relación contractual por cualquier causa que lo motive, la totalidad de los bienes y cosas de propiedad del GCABA deberán ser restituídos de manera inmediata sin costo alguno para el GCABA y sin que pueda invocarse indemnización, resarcimiento o compensación alguna.

Legislación e Informes consultados

Decretos

Decreto nº 622/2003 (2003). Apruébase el reglamento de la Ley 992. Créase el programa de recuperadores urbanos y reciclado de residuos sólidos urbanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (23 de mayo). Boletín Oficial Nº 1702

Decreto n° 1232/0 (2008). Creación de la  Unidad de Control del Espacio Público (UCEP), (29 de Octubre). Boletín Oficial 29/10/08

Decreto-ley n° 9.111/78 (1978). Regulación de la disposición final de la basura en los partidos del Área Metropolitana.

Decreto n° 639/07 (2007). Reglamenta Ley 1.854 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos – Basura Cero

Decreto nº 1.258/002 (2002). Dispónese que en todos los edificios públicos, pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se deben separar las fracciones de residuos de papel y cartón que se desechen. BOCBA 1541 – 07/02/2002

Informes

CEAMSE, FIUBA (2009). Estudio de calidad de los Residuos Sólidos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Disponible en http://www.fi.uba.ar/sites/default/files/Informe%20Final%20ECRSU%202009.pdf

CEAMSE, FIUBA (2011). Estudio de calidad de los Residuos Sólidos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tercer Informe de Avance. Verano 2010/2011 Disponible en http://www.ceamse.gov.ar/wp-content/uploads/2012/06/Tercer-Informe-ECRSU-AMBA1.pdf

CELS y la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires (2009). Informe de denuncia sobre el accionar de la Unidad de Control de Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Disponible en
http://www.cels.org.ar/common/documentos/InformeUCEP.pdf.

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ministerio de Medio Ambiente (2007). Diagnóstico de la situación actual sobre la generación, Recuperación y disposición final de los residuos sólidos urbanos en la ciudad de Buenos Aires. Disponible en http://www.agro.uba.ar/users/semmarti/RSU/diagnostico_GRSU_CABA.pdf

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ministerio de Medio Ambiente y Espacio Público (2008) Informe Anual de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos Ley Nº 1.854. Disponible en http://estatico.buenosaires.gov.ar/areas/med_ambiente/basura_cero/archivos/Informe%20ley%201854.pdf?menu_id=30975

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ministerio de Medio Ambiente y Espacio Público (2006). Circuito del Reciclado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Disponible en http://www.buenosaires.gob.ar/areas/med_ambiente/dgpru/archivos/informe_circuito_del_reciclado.pdf

Pardo, R., Cariboni, F., Risso, A., Pugliese, M., Belistri, C., Abdala, M. (2006). El circuito de recuperación de materiales reciclables en la Ciudad de Buenos Aires: actores, volúmenes y perspectivas. Disponible en http://www.buenosaires.gob.ar/areas/med_ambiente/dgpru/archivos/circuito_CABA.pdf

Pescuma, A. et al. (2002). Gestión de los servicios de higiene urbana: El caso de la Ciudad de Buenos Aires. Disponible en http://www.fi.uba.ar/archivos/institutos_gestion_servicios_higiene_urbana

Leyes

Ley n° 1854 (2005). Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos – Basura Cero, (24 de noviembre). Boletín Oficial n° 2357 – 12/01/2006

Ley n° 992 (2002). Decláranse “Servicios Públicos” a los Servicios de Higiene Urbana de la CABA, incorpórase, en esta categoría, a los Recuperadores de Residuos Reciclables. Créase el Registro de Recuperadores, y de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas. Derógase el art. 6° de la Ordenanza n° 33.581 y el art. 22 de la Ordenanza n° 39.874 (12 de diciembre). Boletín Oficial Nº 1619 – 29/01/2003

Ley n° 20.337 (1973). Ley de cooperativas, (2 de mayo). Boletín Oficial 22666 – 15/05/1973

Ley nº 8782/77 (1977). Aprobando el Convenio celebrado con la Municipalidad de la ciudad de Buenos Aires sobre implantación de espacios verdes, para la preservación del equilibrio ecológico, (5 de mayo).

Ley 13.592 (2006). De “Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos”, (14 de diciembre). Boletín Oficial 25560- 20/12/2006.

Ley nº 662 (2001). Servicio de recolección domiciliaria. BOCBA 1304 – 25/10/2001

Ordenanzas

Ordenanza Municipal Nro. 12.867/963 (1966). Prohíbese la circulación de vehículos con tracción a sangre en la zona comprendida por las siguientes arterias: Av. Belgrano, Jujuy-Pueyrredón, Av. del Libertador, Av. Leandro N. Alem-Paseo Colón, todas ellas incluidas. B.M. Nº 12.142

Ordenanza nº 33581 (1977) Disposiciones a que se debe ajustar la población para el cuidado del aseo y limpieza de la ciudad. Publicado en el B.M. Nº 15540 el 15-06-1977

Ordenanza Municipal Ciudad de Buenos Aires 33691/77 (1977). Créase la sociedad denominada “Cinturón Ecológico Area Metropolitana Sociedad del Estado” ad-referendum del Poder Ejecutivo Nacional.

Ordenanza N° 34.523 (1978). Prohíbese, en todo el ámbito de la Capital Federal, la descarga de basura a cielo abierto. B.M. 15.883 – 20/10/1978

Pliegos

Proyecto de Higiene Urbana para la Ciudad de Buenos Aires (2010). Primera versión del Pliego de Bases y Condiciones Concurso Público para la Contratación del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos. Disponible en http://www.cambiodemocratico.org/residuosurbanos/wp-content/uploads/2010/05/pliego_secos_web.pdf

Proyecto de Higiene Urbana para la Ciudad de Buenos Aires (2010). Segunda versión del Pliego de Bases y Condiciones Concurso Público para la Contratación del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos. Expediente Nº 350.165/2010. Disponible en http://estatico.buenosaires.gov.ar/areas/med_ambiente/archivos/secos_web.pdf

Sistema de Higiene Urbana para la Ciudad de Buenos Aires. Versión final del Pliego de Bases y Condiciones Concurso Público para la Contratación del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos. Disponible en http://www.cambiodemocratico.org/residuosurbanos/wp-content/uploads/2010/09/secos_final.pdf

Pliego de Bases y Condiciones Licitación Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio Público de Higiene Urbana (2008). Disponible en http://www.foroambiental.org.ar/IMG/pdf/Proyecto_Pliego.pdf

Resoluciones

Resolución S.S.M.A. Nº 106/004 (2004). Declara como provisoria a la base de datos confeccionada por el Programa de Recuperadores Urbanos y Reciclado de Residuos Sólidos Urbanos. BOCBA 1924 – 21/4/2004

Resolución S.P.T. y D.S. Nº 50/005 (2005). Establécese la obligación, para los generadores de separar los residuos domiciliarios generados, y disponerlos en forma diferenciada. BOCBA 2135 – 23/2/2005

Resolución N° 640 / GCABA / MMAGC / 07 (2007). Se establece plazo para el cumplimiento de los deberes prescriptos en el art 1° de la resolución n° 50-sptyds-05. B.O 2743 – 09/08/2007

Resolución N° 808 / GCABA / MMAGC / 07 (2007). Se establecen nuevos generadores responsables en los términos de la resolución n° 640-mma-07. B.O. 2799 – 19/10/2007

Fuentes periodísticas consultadas

Cibeiro, F. (28 de junio de 2004), Mucha casualidad para ser una casualidad, Página 12, http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-37360-2004-06-28.html.

Clarín, Sociedad (23 de abril de 2002). Antes que robar, empezaron a juntar cartón. Clarín, http://edant.clarin.com/diario/2002/04/23/s-02701.htm.

Colonna, L. (03 de marzo de 2001). Caroneros que tienen su propio tren. La Nación, http://www.lanacion.com.ar/54448-cartoneros-que-tienen-su-propio-tren.

Dandán, A. (26 de mayo de 2002). Un negocio sin desperdicio. Página 12http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-5566-2002-05-26.html 

Himitian, E. (01 de julio de 2001). El cirujeo se convierte en trabajo informal. La Naciónhttp://www.lanacion.com.ar/316594-el-cirujeo-se-convierte-en-trabajo-informal.

La Nación, Información general. (22 de noviembre de 2006) Estudian limitar los camiones de acopio. La Naciónhttp://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-5566-2002-05-26.html

Página 12, Sociedad. (27 de febrero de 2008). Marcha y reclamos cartoneros por el desalojo violento de Belgrano. Página 12http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-99694-2008-02-27.html.

Rey, A. (27 de agosto de 202). Reportaje a Mauricio Macri “A los recolectores informales de basura los vamos a sacar de la calle”. La Naciónhttp://www.lanacion.com.ar/425929-a-los-recolectores-informales-de-basura-los-vamos-a-sacar-de-la-calle.  

Valdés, E. (11 de mayo de 2002). Reciclar la basura es crear trabajo. Clarín, http://edant.clarin.com/diario/2002/05/11/o-385461.htm.



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