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Transformaciones normativas e institucionales en dos municipios de la provincia de Buenos Aires: General San Martín y Morón

Gabriela Magistris y Ana Cecilia Gaitán

Introducción

Este capítulo se propone analizar las dinámicas y procesos institucionales de construcción e implementación local del Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en dos municipios del primer cordón del conurbano bonaerense (Morón y General San Martín), enfocando en las estructuras organizativas, sus transformaciones, competencias y atribuciones. Primero, se presenta una breve caracterización del contexto sociodemográfico y sociopolítico de la provincia de Buenos Aires en general y de los dos municipios seleccionados en particular. Luego, se realiza una descripción de los dispositivos locales de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes correspondientes a cada distrito para el período en el que fue realizado el trabajo de campo de esta investigación (2013-2015). Se trata de señalar los actores centrales de la institucionalización de derechos en los ámbitos locales y de reponer las principales transformaciones producidas en la institucionalidad para cada localidad.

Aspectos sociodemográficos y sociopolíticos principales de la provincia de Buenos Aires y de los dos municipios seleccionados

La provincia de Buenos Aires es la provincia con mayor densidad poblacional de Argentina, y concentra el 38,9% de la población total del país (40.117.096 habitantes).[1] En dicha provincia, viven un total de 15.625.084 personas. La porción juvenil de esa población es altamente significativa (4.924.279 menores de 18 años según datos del INDEC) configurando el 31,51% de la población provincial total.[2] El 62,5% de la población de la provincia (9.916.715, un millón de personas más que lo que se registraba en el 2001) se encuentra concentrada en los veinticuatro partidos del conurbano bonaerense (INDEC, 2010). Por su parte, el denominado “interior provincial”, es eminentemente rural y si bien éste presenta tasas levemente superiores de analfabetismo, el conurbano se destaca por las mayores dificultades de acceso a la salud, al agua corriente y a condiciones habitacionales adecuadas (Censo INDEC, 2010). Los niveles de pobreza también distinguen al conurbano del interior de la provincia. Siguiendo los indicadores de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), el interior presenta indicadores cercanos al 11 %, mientras que el Conurbano sobrepasa el 17% (Censo INDEC, 2010).

Asimismo, un importante número de niños/as y adolescentes de la provincia de Buenos Aires vive en hogares que tienen características habitacionales precarias, lo cual supone situaciones de pobreza estructural: uno de cada cuatro hogares con niños/as no tiene agua potable, más de un 20% vive en zonas inundables y un 12% tiene basurales cercanos a sus viviendas (Ministerio de Desarrollo Social PBA y otros, 2011: 42). Al considerar el ingreso de los hogares en el año 2009, el 7% de los niños/as se encontraba bajo la línea de indigencia y el 21,8% bajo la línea de la pobreza. En este sentido, en un 62% de los casos residen en hogares con ingresos per cápita inferiores a la media (Observatorio del Conurbano, 2010).

General San Martín

Se trata de uno de los municipios del norte del Área Metropolitana de Buenos Aires, ubicado a 22 kilómetros del centro de la ciudad de Buenos Aires. Limita con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Vicente López, San Isidro, San Miguel y Tres de Febrero. Es rectangular, con una superficie de aproximadamente 55,75 Km2 y está integrado por ocho localidades y veintiún barrios. Dicho municipio cuenta con 414.196 habitantes (198.094 varones y 216.102 mujeres; según Censo INDEC, 2010) y es el tercer distrito más densamente poblado del área metropolitana de Buenos Aires (7.429,52 habitantes por km2), sólo superado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por Lanús. Presenta una población infanto-juvenil (0-18 años inclusive) de 115.513 personas (58.283 varones y 57.230 mujeres) que conforman el 27,88 % de población total (INDEC 2010). Al año 2010, se cuentan en el municipio 133.202 hogares, de los cuales 8.936 presentan al menos un indicador de Necesidades Básicas Insatisfechas (6,7% de hogares con al menos un indicador de NBI).[3] En relación con indicadores vinculados a la educación, presenta una matrícula en todas las modalidades de educación de 106.580 personas, alcanzando un porcentaje de población escolarizada en alguna de esas modalidades del 25,7%. En cuanto al porcentaje de población que nunca asistió a un establecimiento educativo, el mismo asciende al 1,6% (6.672 personas). Con respecto a la tasa de analfabetismo (población de 10 años y más), la misma es de 1,0%.[4] Mientras que el porcentaje de mortalidad infantil, por su parte, asciende a 10,1% (al 2013).[5]

El partido de General San Martín es denominado como la “Ciudad de la tradición, capital de la industria”[6]. Asimismo, este municipio no se constituye como una “ciudad dormitorio”, ya que buena parte de sus habitantes consiguen empleo en el mismo municipio por ser un polo productivo. Esto brindaría una fuerte base y potencial legitimador a la idea de “desarrollo productivo con inclusión social” entendido como una secuencia relativamente automática (Alonso, 2009). En este sentido, la gestión del municipio se encuentra tradicionalmente orientada al fortalecimiento de la industria local, direccionando medidas hacia la pequeña y mediana industria, y trabajando mancomunadamente con Cámaras Empresariales locales. Investigadores que han indagado en la gestión de las políticas sociales en este territorio, afirman que durante mucho tiempo no ha resultado sencillo que las políticas sociales entren en la agenda prioritaria del gobierno municipal (Alonso, 2009; Vallarino, 2009), dado que la vinculación estrecha entre actores empresariales y administraciones locales, ha consolidado el supuesto que afirma que si se estimula el crecimiento productivo, automáticamente “derramaría” sus efectos positivos en la población.

Por otra parte, San Martín se encuentra -según un estudio realizado por el Instituto del Conurbano de la Universidad Nacional de General Sarmiento- entre los municipios del noroeste del Área Metropolitana que presentan un porcentaje mayor del suelo ocupado por asentamientos y residencias precarias.[7] A diferencia de las villas que se sucedieron en las zonas próximas a las fábricas durante la etapa de desarrollo industrial del municipio, los asentamientos que se instalaron en zonas de bañados, próximas al Río Reconquista (importante curso de agua que los rodea), sufren actualmente las consecuencias de la inundación, degradación y contaminación ambiental (también por proximidad a basurales) que tornan críticas las condiciones de vida de sus habitantes. Entre 1990-2006, San Martín presenta un crecimiento del 197% de población residente en villas y asentamientos respecto de la población total del municipio, pero cabe destacar que el crecimiento relativo de la población en asentamientos fue de más del 2.100 %, pasando de 1050 personas, en 1990, a 23.373 en 2006; en el caso de los residentes en villas de emergencia, el incremento fue del 119% (de 26.000 a más de 57.000). Estos datos expresan los problemas que enfrentan los sectores más desaventajados para acceder a suelo formal urbano.

Los “fondos” del Municipio, donde mayoritariamente se encuentran los sectores más vulnerables, están delimitados por la Autopista Camino del Buen Ayre y la Av. Juan Manuel de Rosas (o Av. Márquez) y constituye, según los investigadores Álvarez y Lulita (2005), un segmento socioespacial en el que:

El capital espacial con el que cuentan sus pobladores es mínimo, por falta de servicios cloacales, agua potable, luz eléctrica, recolección de basura, absoluta precariedad de la vivienda, entramado de calles, establecimientos educativos, esparcimiento, espacios verdes, desagües pluviales y todo otro elemento de las sociedades y ciudad centrales (Álvarez y Lulita, 2005:14).

En lo que respecta a la tradición política del municipio, del año 1999 al 2011 gobernó el municipio un intendente que llegó de la mano del radicalismo (para luego acercarse al ARI y más adelante, al FPV) y que luego armó un frente vecinal llamado San Martín por Honestidad y Trabajo. Al momento de esta investigación (2013-2015), gobernaba allí un partido político vecinal que emergió asociado al kirchnerismo, pero que luego en las elecciones legislativas del 2011, se volcó a las filas del Frente Renovador liderado por Sergio Massa, para volver al kirchnerismo en el año 2015.[8]

Morón

Es un municipio ubicado en el centro del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), al noroeste de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a 20 kilómetros del centro de la misma. El municipio limita al norte con Hurlingham, al noroeste con Ituzaingó, al noreste con Tres de Febrero, al sudoeste con Merlo y al sudeste con La Matanza. En sus 55,6 km2 de superficie, Morón cuenta con una densidad de 5.734,1 habitantes por km2. De acuerdo a los resultados arrojados por el Censo 2010, en dicho partido viven 321.109 habitantes, de los cuales 153.129 son varones y 167.980 mujeres. El número de niños, niñas y adolescentes entre los 0-18 años inclusive es de 80.383 (41.065 varones y 39.318 mujeres), conformando el 25,03% de la población total del municipio. En relación con indicadores vinculados a la educación, presenta una matrícula en todas las modalidades de educación de 74.487 personas, alcanzando un porcentaje de población escolarizada en alguna de esas modalidades del 23,1%. En cuanto a la tasa de analfabetismo (población de 10 años y más), la misma es de 0,76 %.[9] Mientras que el porcentaje de mortalidad infantil, por su parte, asciende a 7,1% (al 2013).[10] Al año 2010, se cuentan en el municipio 106.902 hogares, de los cuales 3.766 presentan al menos un indicador de Necesidades Básicas Insatisfechas (3,5% de hogares con al menos un indicador de NBI). El valor de hogares con NBI disminuyó a la mitad desde el Censo 2001, que era de 6,8% de acuerdo al Observatorio Unidad Sanitaria Ambiental de Morón, esto puede verse correlacionado con la tasa de desocupación que disminuyó de 17 a 4 cada 100 habitantes en los mismos períodos de tiempo. De hecho, el municipio de Morón presenta uno de los índices de NBI más bajos comparándolo con los 24 partidos del Gran Buenos Aires.[11]

La asunción de Martín Sabbatella de la intendencia de Morón en el año 1999, estableció como prioridad de la nueva gestión municipal el desarrollo de políticas cuyo objetivo, fuera transparentar la gestión e incluir la participación de los/as vecinos/as.[12] Recuperando las palabras de dicho intendente, se trató de construir una “democracia de proximidad” (Annunziata, 2008a). Martín Sabbatella accede a la intendencia de Morón formando parte de una alianza política construida entre la Unión Cívica Radical y el Frente País Solidario (FREPASO) y bajo la bandera de la transparencia como contraposición eficaz a una gestión justicialista signada por la corrupción (Annunziata, 2008b). Cuatro años más tarde, al momento de su reelección y tras haberse separado de dicha alianza política, su presentación se dio de la mano del lanzamiento de la agrupación vecinalista Nuevo Morón. A partir del año 2007, en el marco de su tercer mandato como intendente, Sabbatella emprende la construcción de una fuerza política de alcance provincial denominada Nuevo Encuentro, con la cual, será electo como diputado nacional de la Provincia de Buenos Aires en el año 2009 (Annunziata, 2013). En su cargo quedará como sucesor Lucas Ghi quien, en las elecciones del año 2011, será reconfirmado como intendente de Morón hasta el año de 2015.[13] Durante estos años, la gestión municipal desarrolló una estrategia enfocada en otorgarle una nueva impronta a las políticas públicas. Entre sus principales objetivos, se encontraba (re)organizar una oferta programática desarticulada, fortalecer las áreas de salud y educación que estaban debilitadas, y mejorar las políticas de niñez y juventud (Olaviaga y Marazzi, 2010).

Tal como mencionara Rodríguez Gustá (2014), durante aquellos años, la gestión municipal en Morón se caracterizó “por la búsqueda de la participación ciudadana y la expansión del ejercicio de derechos mediante procesos de transparencia; una gestión eficiente para mejorar la recaudación y la administración de los recursos públicos y un desarrollo social” (p. 564). Dicha gestión también se caracterizó por configurarse en torno a nociones de equidad de género, derechos humanos e inclusión social (Rodríguez Gustá, 2009a). En este sentido, se han desarrollado una serie de políticas en pos de la transparencia y de promover la participación de los/as vecinos/as. Por ejemplo, en el año 2004, se creó un Programa de Descentralización Municipal, el cual basado en la creación de Unidades de Gestión Comunitaria en cada comuna, buscó fortalecer la proximidad y confianza en la relación gobernantes-gobernados (Annunziata, 2008) y abrirse a la activa participación ciudadana (Rodríguez Gustá, 2009b). Años más tarde, y sobre la base de la descentralización, se instaurará el Presupuesto Participativo como uno entre otros dispositivos destinados a lograr la transparencia de la gestión y la participación ciudadana. En este sentido, Morón se convirtió en uno de los municipios pioneros en la Argentina en implementar ese tipo de dispositivos (Annunziata, 2013).

Descripción del proceso de transformación normativa e institucional

En el año 2005, la provincia de Buenos Aires sancionó una ley local específica dirigida a la protección de los derechos de los/as niños/as (Ley Nro. 13.298), enmarcada en el cambio normativo que se daba de modo paralelo a nivel nacional. Luego de arduos y acalorados debates entre actores sumamente diversos y heterogéneos, dicha ley se sancionó con el fin de generar un cambio estructural en la política de infancia provincial. Dentro de este contexto, se produce un proceso de readecuación legal e institucional respecto de los niños/as y adolescentes en la provincia de Buenos Aires. Este proceso supuso un cambio sustantivo en la política de infancia en la provincia, a través de la revisión de las concepciones de infancia y de las problemáticas asociadas a ella.

De esta forma se rompió, en principio, con la centralidad del Poder Judicial, colocándose sobre la cabeza de los organismos administrativos, la obligación de enfocar su acción hacia todos los niños/as y adolescentes (Magistris, 2012). A partir de ello, se crearon nuevos dispositivos de atención y protección a la infancia generada alrededor de Servicios de Promoción y Protección de Derechos del Niño. Estos servicios funcionarían como ventanilla de acceso a las políticas sociales de los distintos niveles, así como de respuesta estatal frente a la vulneración y/o amenaza de vulneración los derechos de niños, niñas y adolescentes.[14]

En relación a los recursos financieros del sistema de protección de derechos, los mismos se distribuyen en los municipios desde el año 2004 mediante lo que la Ley 13.163 del año 2004 denomina “Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales y Saneamiento Ambiental”. Este Fondo fue una de las primeras experiencias de la provincia de descentralización de recursos a los niveles de gobierno municipal, en busca de mejorar sus capacidades técnicas para el desarrollo de políticas sociales. Fue ideado para dotar de institucionalidad al sistema de protección de derechos. Desde antes de sancionarse la ley 13.298 ya se pretendía que, a través de la coparticipación de ese fondo, se financiara la creación del sistema a nivel municipal. En virtud de la aplicación del régimen, se distribuyen de forma anual a los municipios de la provincia por aplicación del índice de vulnerabilidad social calculado por el entonces llamado Ministerio Provincial de Desarrollo Humano y Trabajo. Para recibir esos fondos, los municipios deben adherir a la ley 13.298 mediante la suscripción voluntaria de un “Convenio Marco de Cooperación para la Construcción Colectiva del Sistema Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño” con el nivel provincial. A través de tal convenio, los municipios se obligan a promover en su jurisdicción la organización del Consejo Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño en el ámbito del Municipio, así como a utilizar al menos el 50 % del Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales creado por Ley 13.163 para la constitución del Servicio Local de Protección de Derechos.[15]

La complejidad que encierra la implementación reciente del Sistema de Protección de Derechos de Niños/as en la provincia de Buenos Aires, en paralelo al debate y sanción de la ley local (ley 13.298), ha implicado disputas y reacomodamientos de actores, programas, dispositivos y competencias en lo relativo a la gestión social de la infancia. Esto supuso, además, la puesta en juego de la responsabilidad local en la intervención social respecto de esta población, lo que ha implicado un particular desafío para la provincia al verse compelida a implementar la institucionalización de los derechos en un contexto altamente heterogéneo, con 134 municipios con lógicas de autonomía de distinto grado, actores, políticas y programas de distinto nivel y trayectorias y capacidades institucionales diversas.[16]

Hasta el momento en que se comenzó a pensar en una adecuación local a la CDN, la provincia de Buenos Aires se regía por el decreto-ley Nro. 10.067, sancionado a fines de la última dictadura militar[17] y en el cual se establecía una modalidad de intervención del estado provincial respecto de las problemáticas de la infancia, que puede ser calificada como “típica” del campo de la minoridad. Dicha intervención establecía la caracterización de un sector de la infancia como víctima de abandono material y moral al cual le correspondería una instancia de política pública con dinámicas y características propias, separadas de otro conjunto de políticas diseñadas para el universo infantil.[18] Estas políticas públicas eran encarnadas institucionalmente por los organismos provinciales de minoridad y familia, que a su vez, encomendaban funciones a las delegaciones descentralizadas que coincidían con los departamentos judiciales y con funciones de auxilio directo al Poder Judicial de menores.[19] Existía además una centralidad del Poder Judicial (fuero de menores), con funciones más amplias que las que otorgaba la ley nacional Nro. 10.903, ya que su competencia alcanzaba no sólo cuestiones relativas a la protección asistencial de los niños/as, sino también, aquellos casos donde los niños y niñas resultaran víctimas y/o infractores de delitos, incluyendo algunas competencias relativas al derecho de familia (patria potestad, adopción, etc.).

General San Martín

En lo que refiere al campo de la niñez y adolescencia, el partido de General San Martín se constituyó en uno de los municipios pioneros en generar dispositivos de promoción y protección de derechos siguiendo, en parte, la línea de desarrollo de las Defensorías de niños/as de la Ciudad de Buenos Aires, y aún con anterioridad a la sanción de la ley nacional y provincial de protección integral de derechos de niños/as y adolescentes.

Con la creación de estas Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes (luego convertidas en Oficinas Municipales de Protección de Derechos del Niño), se pretendió crear a nivel local soluciones alternativas a la judicialización e institucionalización de niños/as y adolescentes con “problemas asistenciales”, como así también, ofrecer un ámbito propio para la resolución de conflictos del niño/a o adolescente (en el marco de un trabajo interdisciplinario de trabajadores sociales, psicólogos y abogados). Todo ello se erige como uno de los principales medios para respetar los preceptos de la CDN, en tanto que la función principal de estos organismos consistió en proporcionar instituciones y prácticas estatales que pudieran proteger los derechos de los niños/as y sus familias, resguardando su propio interés y participación efectiva.

El diagnóstico de situación -elaborado por los funcionarios del área de desarrollo social del municipio- que realizaba este proceso de creación de Defensorías de Niños/as en el ámbito local, detectó que los motivos más frecuentes para la apertura de causas en los Tribunales de Menores se relacionaban, centralmente, con la vulneración de los derechos de los niños/as a la educación, la alimentación, la salud y a tener una familia. En efecto, las autoridades municipales partían de comprender que un importante porcentaje de las problemáticas asistenciales eran consecuencias de la pobreza, razón por la cual, a fin de evitar judicializarla, las políticas para la infancia y adolescencia debían contemplar la creación de las Defensorías de Niños/as. A diferencia de situaciones que denominaban de riesgo, como “fuga de hogar” o denuncias por maltrato y/ o abuso sexual infanto-juvenil, donde la intervención judicial aparecía como ineludible, se consideraba que los derechos vulnerados antes mencionados no ameritaban la apertura de causas en los Tribunales, sino una respuesta integral. Para ello, la política municipal dirigida a la infancia y adolescencia debía priorizar la creación de espacios cercanos a la comunidad más afectada, dando una resolución alternativa a tales problemáticas, a la vez que, promover la protección de los derechos de los niños/as y adolescentes.[20]

Estos espacios de protección de derechos de niños/as se montaron sobre una estructura institucional existente. Se creó así la Dirección de las Defensorías de niños, niñas y adolescentes, dependiente de la Dirección General de Infancia y Familia,[21] que a su vez dependía de la Secretaría de Desarrollo Social municipal. Así es como en el mes de noviembre del año 2000, se implementó la primer Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes en José León Suárez, una de las zonas más desaventajadas del municipio y con menos presencia estatal de acciones directas vinculadas a la protección social en general y a la de los niños/as y adolescentes en particular. Dada la gran demanda de atención y la importante repercusión en la comunidad -muy especialmente en las escuelas del distrito-, en el mes de julio del año 2004, se decidió implementar la segunda Defensoría municipal, en Villa Zagala. En septiembre de 2006 se implementó una tercera en Billinghurst. Las tres Defensorías están ubicadas estratégicamente en puntos equidistantes a fin de poder alcanzar a la mayor cantidad de beneficiarios/as. En el 2006 también se creó una Guardia de Protección de Derechos de Niños/As y Adolescentes para atender a situaciones de cierta gravedad que requirieran intervención urgente.

Si bien estos dispositivos se habían creado con anterioridad a la sanción y vigencia de la ley provincial 13.298,[22] según los/as informantes, ello se debió a que durante estas gestiones municipales no se logró la adhesión a tal normativa provincial y como consecuencia, no se implementaron en ese tiempo[23] los Servicios Locales de Protección de Derechos que menciona la ley.[24]

En diciembre de 2011, asumió una nueva gestión encabezada por Gabriel Katopodis, y se diseñaron y rearmaron los nuevos equipos de dirección y coordinación vinculados a infancia. En junio de 2012 se firmó el convenio de adhesión a la ley provincial 13.298 a instancias de la nueva gestión, destacándose un fuerte acento de la gestión municipal en la apuesta hacia una integralidad e intersectorialidad en las intervenciones, así como también, en la territorialización de sus acciones. Las tres defensorías preexistentes se transformaron en Servicios Locales (no se crearon nuevos, ni se eliminaron existentes, dado que según los funcionarios, el esfuerzo estuvo direccionado a potenciar lo existente).[25] Esta transformación implicó, en términos concretos, la asignación de las atribuciones y responsabilidades que erige la ley 13.298, con los sentidos y resignificaciones que el propio municipio les otorga, especialmente en lo que respecta a la constitución de organismos específicos de protección y promoción de derechos de niños/as y adolescentes en territorio.

Morón

Tal como hemos hecho referencia, ya desde fines de la década de 1990 el municipio de Morón llevó adelante una estrategia de gobierno enfocada en otorgarle una nueva impronta a las políticas públicas. En cuanto a las políticas destinadas a niños/as y adolescentes, estas recibieron un impulso extra luego de la sanción de la Ley 13.298. Incluso con anterioridad a su entrada en vigencia, el municipio creó la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, con el doble objetivo de optimizar el funcionamiento del gabinete municipal y de articular la dimensión territorial de la gestión con el abordaje temático (Olaviaga y Marazzi, 2010). Esta Secretaría se erige como una dependencia central, que concentra a las demás áreas sociales encargadas de implementar políticas orientadas a la infancia y adolescencia (Olaviaga y Marazzi, 2010). Como dependencia directa de esa Secretaría, se crea la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (Decreto 1.945/2006). El objetivo de esta Dirección era profundizar la elaboración de políticas públicas en el marco de la nueva Ley provincial 13.298. En consecuencia, uno de sus objetivos principales fue garantizar la atención de situaciones de vulneración de derechos de niños/as y adolescentes y sus familias. A través de un enfoque interdisciplinario, concentró las temáticas sobre la niñez y la adolescencia de manera transversal con otras áreas como Acción Social y Atención Primaria de la Salud (Olaviaga y Marazzi, 2010). De acuerdo a lo que plantean estas últimas autoras, dicha Dirección se planteó el desarrollo de estrategias basadas en la prevención, la promoción y la difusión de derechos mediante tres ejes:

  1. Atención de casos por demanda espontánea y derivación.
  2. Acciones de promoción tendientes a que la comunidad conozca los derechos de niños/as y adolescentes, en un marco de corresponsabilidad.
  3. Acciones de prevención destinadas a evitar situaciones de vulneración de derechos.

La población objetivo de esta dependencia estaba conformada por niños/as y adolescentes hasta los 18 años que se encontrasen bajo condiciones de violencia física, psíquica o sexual; en situación de calle o extraviados/as; víctimas de explotación sexual o laboral y/o del consumo de drogras; en conflicto con la ley penal; impedidos/as del acceso a los sistemas salud, educación y recreación; y vulnerados/as, amenazados/as o desconociendo sus derechos (Olaviaga y Marazzi, 2010).

Durante el año 2010, y en el marco de reestructuraciones, se produjo una fusión entre las entonces llamadas Dirección de Niñez y Adolescencia y Dirección de Juventud, emergiendo la Dirección de Políticas de Niñez y Juventud. De ella dependían programas dirigidos a efectivizar el acceso a derechos de niños/as y adolescentes (Centros de Desarrollo Infantil, Programa Envión,[26] entre otros) así como también, dispositivos específicos para la atención de vulneración de derechos que se derivan de la aplicación de la ley 13.298 en el municipio (Servicios Locales de Promoción y Protección de Derechos). Estos últimos se dividían en cuatro jurisdicciones, directamente vinculadas a las UGC previamente creadas: Palomar, Morón Sur, Castelar y Morón Centro.

Conformación de los Sistemas Locales de Protección de Derechos en ambos municipios

General San Martín

De acuerdo con la narrativa de los entrevistados/as y el trabajo de observación realizado, los espacios que se identifican como centrales al sistema de protección de derechos local, son los siguientes:

  • Tres Servicios Locales repartidos en el territorio (Villa Zagala, Billinghurst, José León Suarez). Funciona también un equipo específico para algunos sectores considerados especialmente vulnerables y que ameritan una intervención personalizada. Se trata de Villa Hidalgo, Villa Lynch y Tropezón (que no cuentan con sede propia, sino que utilizan las instalaciones de las unidades sanitarias o espacios comunitarios de la zona). Esta descentralización se realiza para facilitar el acceso de la población al sistema (una vez por semana, concurren profesionales de los servicios locales cercanos, José León Suarez, Villa Zagala y Billinghurst respectivamente). Atienden al público, familias y niños/as y adolescentes con “derechos vulnerados”, de lunes a viernes de 8 a 16 hs.
  • Servicio de Guardia de Protección de Derechos de Niños/as y Adolescentes (radicado en sede de la Dirección de Niñez).[27] La misma funciona de modo presencial en el horario de lunes a viernes de 8 a 17 hs. y también telefónicamente entre las 17 hs. y las 8 hs[28] e interviene frente a casos de vulneración de derechos que requieren tratamiento urgente.[29]
  • El municipio cuenta además con un hogar convivencial (Hogar Evita, ver apartado programas), que forma parte de los dispositivos destinados a la protección de derechos de los niños/as y adolescentes.

Actualmente los Servicios Locales cuentan con una coordinación general (además de un coordinador/a por sede), que a su vez dependen de la Dirección de Promoción de Derechos y Desarrollo Familiar.[30] De esta manera, quedan en esta última dirección lo relativo a estos dispositivos, mientras que en otra, llamada Dirección de Políticas de Niñez y Adolescencia, los programas de acceso a derechos que ofrece el municipio y/o la provincia de Buenos Aires, con implementación en el ámbito local, relacionado con los niños/as y adolescentes.[31]

Las narrativas de los funcionarios se centran en señalar una modificación sustancial del abordaje de aquellas cuestiones vinculadas a la protección y restitución de derechos de los niños/as y adolescentes. Estos cambios se colocan especialmente en: 1) Incorporar la voz de los niños/as y de sus familias a las intervenciones y 2) Realizar un trabajo conjunto con actores institucionales diversos y la comunidad en la restitución de los derechos de los niños/as y adolescentes.

Estas transformaciones han repercutido además, en un aumento importante de la demanda de intervención de estos dispositivos,[32] así como también, en una articulación interinstitucional e intersectorial mucho más acentuada y remarcada, a través de la idea de “corresponsabilidad”, palabra que, constantemente atraviesa los discursos de los funcionarios, trabajadores y operadores del sistema de protección.

En relación al carácter y tipo de demandas que tienen en los Servicios, tanto los funcionarios como trabajadores del ámbito de infancia, coinciden en que la mayoría de las problemáticas denunciadas en relación a los derechos de niños/as y adolescentes están vinculadas a la violencia, especialmente en relación con el ámbito intra-familiar. Esto parecería observarse en todos los Servicios Locales, aunque algunos presentan problemáticas singulares como adicciones, salud mental, entre otras.

Estas demandas que reciben y responden los Servicios Locales no están equitativamente repartidas. La demanda de intervención es mucho mayor en José León Suarez, reflejándose tanto en la cantidad de expedientes como en la complejidad y diversidad de las situaciones que allí llegan.[33] Por esa misma razón se trata del espacio donde hay más equipos de profesionales trabajando, dadas además la extensión de la localidad y la magnitud de casos en los que intervienen.

Resulta diversa también la demanda directa de las familias y/o la comunidad para reclamar por alguna vulneración de derechos de niños/as. En José L. Suárez y Billinghurst habría una mayor presencia de demanda “espontánea”, entendiéndose por ella, familias y/o niños/as que asisten directamente solicitando la intervención del servicio local. Se atribuye que, en esos casos, la demanda espontánea se encuentra relacionada con una mayor visibilidad y accesibilidad al Servicio Local, a la vez que, con la fuerte referencia de dicho dispositivo con la comunidad. Contrariamente a esto, la menor visibilidad del Servicio Local de Villa Zagala disminuye las posibilidades de acceso. En este sentido, parece significativo mencionar que en este último Servicio Local, no hay cartel ni señalización del lugar, a la vez que la puerta del mismo se encuentra cerrada con un candado. “La gente igual sabe”, alega una de las trabajadoras (y coordinadora) de ese Servicio.

En relación a los trabajadores, entre los tres Servicios Locales y la Guardia de Protección de Derechos de Niños/as y Adolescentes, trabajan un total aproximado de 40 trabajadores. Número variable dada la rotación de los trabajadores. Cada Servicio cuenta, además, con un/a coordinador/a, además del/la coordinador/a general de los Servicios Locales, con quienes mantienen una reunión semanal para acordar criterios uniformes de intervención.

Por su parte, en lo que refiere al marco de intervención conjunto con otras instituciones, se identificaron al menos tres niveles:

  1. Un nivel interjurisdiccional o de redes municipales, basado centralmente en reuniones más bien masivas con funcionarios, como por ejemplo las escuelas (inspectoras y equipos de orientación).
  2. Un segundo nivel formado por redes territoriales, donde se convoca a todos los efectores que trabajan con niños/as y adolescentes. Es un espacio donde se encuentran, discute, arman o desarman estrategias de trabajo conjunto. Se menciona la preexistencia de redes que debieron ser impulsadas por el municipio (Libertador / Villa Lynch / Billinghurst, por ejemplo).
  3. Un tercer nivel de articulación tiene que ver con los vínculos individuales, cara a cara, con algunos efectores. Por ejemplo, con el comisario a cargo de la Comisaría de la Mujer.

Dicha articulación, siguiendo las voces de los agentes de la protección del municipio, se basa centralmente en orientar, estar, acompañar, no pedirle al otro sólo que haga algo, sino poder lograr que cada institución haga lo que debe hacer. Una buena articulación se basa, para los servidores públicos entrevistados, en la confianza y contención creada a partir de la intervención conjunta y respetuosa en casos precedentes.

Ese trabajo mancomunado, de “corresponsabilidad”, se realiza en alianza con otras instituciones, dentro y fuera del municipio,[34] de distintos niveles (también nación y provincia),[35] con instituciones estatales, de la comunidad o privadas. En esas articulaciones no están ausentes los debates y las tensiones, por diferencias de distinta índole, sean de carácter políticas, de diferenciaciones al interior del municipio o con espacios provinciales, obstáculos procedimentales, etc.

Asimismo, y como parte de la institucionalidad que se despliega a partir de lo que establece la normativa provincial, en el ámbito municipal se ha creado un Consejo Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño/a. Desde inicios de 2012 se da un nuevo impulso al Consejo, que se conforma con nuevos actores. Han participado allí alternativa y variablemente tanto actores del gobierno local, centralmente aquellos pertenecientes a la Secretaría de Desarrollo Social con responsabilidades directas vinculadas a la infancia; como actores del ámbito provincial y nacional (programas específicos, educación); Poder Judicial local; organizaciones comunitarias; colegios profesionales, Universidad Nacional de San Martín,[36] Obispado de San Martín, entre otros.

Morón

Para el caso de Morón, al momento de realizar el trabajo de campo (2013-2015), la Dirección de Políticas de Niñez y Juventud dependía de la Subsecretaría de Políticas Socio-Sanitarias, la cual funcionaba bajo la órbita de la Secretaría de Políticas Socio-Sanitarias y Abordajes integrales. Esta ubicación en el organigrama municipal, supuso cambios y eventualmente una reestructuración en la mencionada Dirección. Dichas transformaciones se encontraron orientadas por la perspectiva de Abordajes Integrales[37] y se vieron reflejadas en la reorganización de la Dirección en cuatro coordinaciones territoriales: Morón Centro, Castelar Sur, Morón Sur y Palomar.

Estas coordinaciones articulan el trabajo entre los distintos dispositivos dependientes de la Dirección de Políticas de Niñez y Juventud en territorio y la Unidad de Gestión Comunitaria (UGC) correspondiente.[38] Como parte de esta reorganización, se pretendió reforzar la perspectiva territorial del trabajo de los Servicios Locales. De acuerdo a lo que plantea una de las trabajadoras de la Dirección, se trataba de que además de estar en el territorio, dicho Servicio pudiera articular con otros equipos dedicados a la promoción que ya trabajaran en el barrio: “entremezclar la protección de derechos con la promoción, para no ser los sacachicos” (Registro de campo). En algunas oportunidades, también se realizan esfuerzos por coordinar acciones con dispositivos de otras áreas del municipio que también se encuentran anclados en el territorio, como por ejemplo, Salud, Educación, Género y Acción Social. Cada coordinación territorial, guarda una relación estrecha con una Unidad de Gestión Comunitaria. En este sentido, la coordinación de Castelar Sur, lo tiene con la UGC5, mientras que la de Morón Sur con la UGC6, la de Palomar con la UGC3 y Morón Centro con la UGC1. Tal como lo señala una de sus trabajadoras, este diseño de las acciones de manera conjunta, traía aparejadas ciertas tensiones dado que generaba lo que ella denomina una situación de “doble comando”, donde no quedaba claro “quién definía la dirección hacia dónde vamos” (Registro de campo).

Como parte de dichas reestructuraciones, el Servicio Local[39] queda compuesto por una coordinación integrada por abogados y psicólogos; dos equipos, el de recepción y el de medidas -ambos situados en la oficina central de la Dirección-y las cuatro coordinaciones territoriales: Palomar; Morón Sur; Morón Centro y Castelar Sur. El primer equipo, constituido por un solo trabajador, se encargaba de realizar una primera lectura de las situaciones de posible vulneración de derechos de niños/as presentadas, las cuales luego eran remitidas a la Coordinación del Servicio, quien se encargaba de distribuirlas entre las coordinaciones territoriales correspondientes. El segundo equipo, compuesto por tres trabajadores, se encargaba de realizar el seguimiento de las medidas de abrigo y hacer informes al respecto. Para el caso de los equipos en territorio, los mismos se encontraban compuestos por un promedio de tres trabajadores/as, por lo general, trabajadores sociales y/o psicólogos.

La decisión de establecer las coordinaciones territoriales en los territorios de cuatro de las siete UGCs en las que se encuentra dividido el territorio municipal, se debió a que en aquellos se concentraban las poblaciones más vulnerables estadísticamente y que requerían mayores servicios del Estado. En los territorios correspondientes a las otras UGCs, no existen centros de salud municipales ni sedes de atención de Acción Social y sus demandas, de acuerdo a las palabras de una de las trabajadoras, serían “más características de clase media, clase alta” y se vincularían con el alumbrado público, el estado de las calles y recolección de basura, entre otras” (Entrevista a Autoridad). En estos territorios, el equipo de la Dirección de Políticas de Niñez y Juventud también interviene, pero lo hace en situaciones puntuales o con las escuelas. Si llegara a existir alguna situación de derecho vulnerado de algún niño/a o adolescente, la misma es atendida por el equipo de Morón Centro, ubicado en la oficina Dirección de Políticas de Niñez y Juventud.

Todas estas reestructuraciones dentro de la Dirección de Políticas de Niñez y Juventud buscaron conformar equipos de trabajadores y trabajadoras con cierto perfil, donde se alentó la incorporación tanto de profesionales, en su mayoría jóvenes, como de referentes barriales o territoriales. En este sentido, una trabajadora de la Dirección expresaba que más allá de la profesión, lo relevante era que se tratara de personas que pudieran implicarse en la tarea con responsabilidad, que prevalezca el compromiso y el criterio: “que sean militantes de la causa de los derechos de los niños en algún punto” (Entrevista a Autoridad).

Además de contar con un Servicio Local, cada coordinación territorial se encontraba compuesta por diversos programas y dispositivos dependientes también de la Dirección de Políticas de Niñez y Juventud y trabajaban de manera articulada con dichos Servicios. Cabe destacar que no todos se implementaban en cada una de las coordinaciones territoriales. Entre los relevados se encuentran los siguientes:

  • Programa de Orientación vocacional. De acuerdo a lo que plantea el municipio, el programa se encontraba destinado a jóvenes que cursan el secundario. El objetivo es brindarles información y asesoramiento sobre diferentes posibilidades de estudio y capacitación para el trabajo. Se trabaja a través de entrevistas individuales y talleres impartidos en escuelas secundarias públicas. Cada año, en el marco de este programa, se realizan jornadas donde se presentan las diferentes propuestas educativas de universidades, terciarios e institutos de capacitación laboral privados y públicos.
  • Programa Por chicos con menos calle. Tal como lo presentaba el municipio, este programa tenía como objetivo atender a niños/as y adolescentes en situación de calle, proponiendo fortalecer la vinculación con la familia, el barrio, la escuela y/o el club. Este programa coordina acciones con otras áreas del municipio que tienen actividades orientadas a la niñez. Sus trabajadores son operadores de calle, por lo general, jóvenes profesionales y/o estudiantes avanzados de carreras humanistas con experiencia en el trabajo con niños/as y jóvenes en situación de calle.
  • Centro de Desarrollo Infantil (CDI) Atrapa Sueños. Dicho Centro es definido por el municipio como una propuesta social y educativa destinado a niños y niñas de entre 6 y 12 años que viven en el barrio Carlos Gardel. Sus objetivos programáticos son generar pertenencia e identidad comunitaria, fomentar vínculos confiables, trabajar en el fortalecimiento de la red familiar y social del barrio y garantizar el acceso y pleno ejercicio de los derechos de las y los niños. El Centro funciona de lunes a jueves de 8:30 a 16:30 hs. Se desarrollan actividades lúdicas y recreativas a cargo de educadores populares, a la vez que, talleres artísticos. De acuerdo a lo planteado por algunos de los/as trabajadores/as, en el CDI también se trabaja con la dinámica de asambleas participativas con los y las niñas para la toma de decisiones y la construcción de sentido de pertenencia e identidad con el espacio, el grupo de pares y también con los adultos.
  • Casas de la Juventud. El proyecto de las Casas de la Juventud fue presentado en 2008 por el Municipio de Morón y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. El mismo fue financiado por la Agencia Española de Cooperación Internacional y coordinado por la Secretaría de Cultura de la Nación. De acuerdo a lo planteado por el municipio, el objetivo general es reforzar y promover la inclusión y el desarrollo de los y las jóvenes en situación de vulnerabilidad social. Las Casas de la Juventud buscan favorecer la integración social de aquellos/as, a la vez que garantizar el pleno ejercicio de sus derechos (a la educación, la salud, la inserción laboral, la cultura, la promoción, la prevención de la violencia y la participación). Al momento de esta investigación, dichas Casas desarrollan distintas actividades y talleres dirigidos a la comunidad, a la vez que, funcionan como sedes para la implementación de programas sociales y políticas públicas destinadas a jóvenes (por ejemplo, el Programa de Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y el Programa Envión, entre otros). También cuentan con un grupo de profesionales y operadores barriales que brindan un espacio de talleres, recreación, contención y motivación que fomenta la reinserción escolar y/o la asistencia a cursos de formación profesional. También es sede de ensayo de las Orquestas Infanto Juveniles, donde participan alrededor de 80 niños/as y adolescentes del partido.
  • Consejo de niños y niñas. Estos consejos surgieron en el 2005 y en el marco del Programa Morón con ojos de Niños y Niñas como un espacio municipal de intercambio de propuestas dirigidas al sector infantil. Dicho programa se encuentra inspirado en el proyecto Ciudad de los Niños, del pedagogo italiano Francesco Tonucci, y busca evaluar las ideas de convivencia y comportamiento propuestas por los niños/as y llevarlas a la práctica en la vida cotidiana. Al momento del trabajo de campo, existía alrededor de un consejo por cada Unidad de Gestión Comunitaria, nucleando a niños/as entre los 10 y 11 años de distintas escuelas del partido. El objetivo de esta iniciativa es que los y las niños/as construyan, desde un enfoque lúdico, una conceptualización propia de la ciudad y de la sociedad (Olaviaga y Marazzi, 2010).

Por último, la Dirección de Políticas de Niñez y Juventud es la única Dirección del municipio que, conjuntamente con diversas organizaciones sociales y otras áreas de los gobiernos provincial y nacional, participa del Consejo Local de Promoción y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de Morón. Al momento de la realización del trabajo de campo de esta investigación, participaban activamente de dicho espacio, las organizaciones sociales territoriales Cable a Tierra, El Transformador, Agora Ludus y Abuela Naturaleza, a la vez que representantes del Centro de Referencia Penal y Juvenil de Morón, la SENAF y el Centro Provincial de Atención a las Adicciones (CPA).

Comentarios finales

En este capítulo se ha realizado un recorrido por la institucionalidad y la normativa vigente en materia de protección de derechos de los niños/as y adolescentes en dos municipios del primer cordón del conurbano bonaerense: General San Martin y Morón. Para ello, se han descripto las estructuras organizativas, sus transformaciones, competencias, enfoques y atribuciones, situándolas en un momento político e histórico específico, atravesado por la imbricación de las políticas para la infancia con el escenario y retórica de derechos y la inclusión social. También fue necesario reponer aspectos del contexto sociodemográfico y los recursos existentes que, de alguna manera, moldean los cursos y circuitos institucionales de la protección local de derechos.

Además de proveer una descripción detallada de dichas estructuras, el objetivo del capítulo ha sido dar cuenta de cómo el proceso de institucionalización del Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, adquiere particularidades específicas en cada municipio, permitiendo pensar en la diversidad, heterogeneidad y complejidad de las implementaciones locales.

Las tradiciones políticas y características sociodemográficas de los municipios seleccionados, el lugar que fue ocupando la problemática de la infancia y la adolescencia en la agenda municipal, los actores que participaron en esa construcción, el lugar y el “perfil” de los/as trabajadores/as, los recursos existentes, las características que asumieron los Servicios Locales en ese entramado, se constituyen en los ejes clave que moldean los horizontes posibles de protección de derechos de los niños/as, adolescentes y sus familias.

Asimismo, los Servicios Locales de Protección de Derechos de Niños/as y Adolescentes tienen distinta conformación y procesos de institucionalización en ambos municipios. En el caso del municipio de General San Martín, aparecen con destacada importancia los dispositivos institucionales que precedieron a estos Servicios y anteriores a la sanción de la ley. Con una impronta pionera en la creación de defensorías de niños/as, este municipio tomó el modelo de la Ciudad de Buenos Aires y asumió un papel relevante en la desjudicialización de la pobreza y en la construcción de estrategias de intervención novedosas elaboradas en conjunto con las familias a través de la mediación y conciliación. En el caso de Morón, estos dispositivos emergen como instituciones que se encabalgan en un proceso de modernización y descentralización que excede al ámbito de las políticas de infancia, para ser orientados por una lógica de transversalización y territorialización acentuada.

Por último, consideramos necesario destacar que, junto con la finalización del trabajo de campo de esta investigación, la cual coincidió con el cambio de las gestiones en la Provincia de Buenos Aires y de Morón, se produjeron modificaciones de diversa índole en el campo de las políticas de niñez y juventud, de tradicional volatilidad y versatilidad. Si bien no constituye un objetivo de este capítulo reponerlas en detalle, no queremos concluirlo sin señalar algunos aspectos relevantes.

En relación a la provincia de Buenos Aires, a nivel central, en enero de 2016, la Secretaría de Niñez y Adolescencia pasó a ser Organismo provincial de niñez y adolescencia, un organismo autárquico bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Social (Ley 14805/16 y decreto 4/16). Dicha secretaría había reemplazado a la Subsecretaría de Minoridad (Expediente 21701-1895/06, Ministerio de Desarrollo Humano). El Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia adoptó el carácter de sucesor institucional de la Ex Secretaría de la Niñez y Adolescencia, y está a cargo de un Director Ejecutivo, designado por el Poder Ejecutivo, con rango equivalente a Secretario (ley 14.805). Esta nueva forma que adopta la institucionalidad central dotó de mayor centralización en el organismo de niñez, a la vez que supuso una clara pérdida de jerarquía y fragmentación en torno a las áreas relacionadas. Esta transformación estuvo signada también por un cambio de gestión política, del Frente para la Victoria a la Alianza Cambiemos (UCR-PRO).

El marco de este cambio de gestión de gobierno iniciado en diciembre de 2015, produjo una re-centralización de una parte de la gestión de los programas locales, a partir de la concentración de la evaluación final de las familias en el nivel provincial, lo que generó la incorporación de un nuevo paso de gestión, a la vez que algunos desacuerdos interjurisdiccionales y un llamamiento por parte de algunos municipios a reconocer las diferencias entre programas desarrollados por municipios, y aquellos desarrollados por OSCs (UNICEF, 2017).

Otro aspecto de esta centralización del Estado provincial se reflejó en el fortalecimiento de indicadores e información unificada de todo el Sistema de Protección (Registro Unificado de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires [REUNA], por ejemplo), así como de la construcción de un espacio de supervisión respecto de la coherencia e integralidad del sistema. No obstante, se limita la gestión de las políticas de infancia a funciones vinculadas a la supervisión y control de las funciones de los municipios, aumentando la exigencia para éstos sin el correspondiente incremento de asignaciones presupuestarias. De esta manera, se restringe la idea del Estado con funciones de supervisión, de una gestión que resulta ajena, lo cual es principio de conflicto con los municipios de una u otra vertiente política.

En relación a la institucionalidad vinculada al Sistema de Protección de Derechos, en línea con esta idea de Estado-gestor, se produjeron modificaciones con respecto a los hogares convivenciales por medio de las cuales se nominalizaron becas y duplicaron montos, al mismo tiempo que dotan de mayor incertidumbre a los hogares, con procedimientos de rendición constantes y extremadamente complejos. Esto condujo a que muchas organizaciones civiles, al frente de hogares convivenciales, optaran por obtener recursos por fuera del Estado, ganando en autonomía, pero perdiendo en articulación con éste.

Al igual que en la Provincia de Buenos Aires, hacía finales de 2015, la Alianza Cambiemos se impuso en las elecciones locales de Morón. Con este cambio en el signo político de la gestión, luego de dieciseis años de gobierno del partido Nuevo Encuentro, se produjeron transformaciones en la Dirección de Políticas de Niñez y Juventud, la cual se vio afectada por oleadas de despidos arbitrarios a trabajadores/as capacitados/as en las temáticas y que -sin ocupar cargos políticos sino técnicos- cumplían con sus tareas hacía varios años.[40]

Entre dichas transformaciones, es factible mencionar el mayor énfasis colocado en políticas y dispositivos destinados al desarrollo infantil y la atención a la crianza en los primeros años de vida. Dos ejemplos de ello lo constituyen los convenios suscritos con el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia dependiente del Ministerio de Desarrollo de la Provincia de Buenos Aires para la implementación del “Programa Unidad de Desarrollo Infantil-UDI”[41] y del proyecto “Crianza sin violencia”.[42]

En el marco del primer convenio se construyó el Centro de Primera Infancia (CPI) “Construyendo Sueños” del municipio. Ubicado en el barrio Ibañez (Morón Sur), y dando curso a la prioridad asignada a la primera infancia por parte de dicho Ministerio provincial, aquel CPI -el primero en el municipio- tiene por objeto brindar atención integral a niños/as de entre 45 días y 2 años de edad. Esta atención se enmarca en el trabajo realizado por las Unidades de Desarrollo Infantil (UDI) de la provincia de Buenos Aires. Estas unidades, dependientes del mencionado Ministerio, brindan atención alimentaria y colaboración en el proceso enseñanza-aprendizaje -con el objetivo de alcanzar la incorporación a la enseñanza formal- de niños/as y adolescentes de entre 0 y 18 años de edad. Dichas UDIs pretenden favorecer el “desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes desde la perspectiva de derechos, acompañando y fortaleciendo a las familias en el proceso”.[43]

En cuanto al segundo convenio, del año 2017, tiene por objeto crear un equipo de trabajo destinado a atender y abordar situaciones de violencia infantil, en el marco del “Proyecto Crianza Sin Violencia”. Desde el año 2016, Unicef Argentina y el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), implementan dicho proyecto el cual busca a través de talleres de reflexión para cuidadores/as promover prácticas de crianza libres de violencia. Dichos talleres “son espacios de aprendizaje colectivo para modificar roles y prácticas cotidianas. La iniciativa comprende además talleres de formación para equipos técnicos de niñez con el objetivo de que puedan replicar los talleres de crianza adecuados a la realidad local y posibilitando la participación de más familias en esta iniciativa.”[44] Dicho programa es implementado junto al Organismo de Niñez en la provincia de Buenos Aires.

A diferencia de Morón, el signo político de General San Martín se mantuvo estable, de igual manera, el director del área de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Uno de los puntos a resaltar en esta continuidad de gestión, a partir de 2015, es el énfasis puesto en dos áreas: por un lado, la primera infancia (Plan Crecer Bien), por el otro, el trabajo con niños/as y adolescentes en conflicto con la ley (programas de Justicia Restaurativa), identificando estas problemáticas como aquellas que emergían con especial dimensión y envergadura en este municipio.


  1. Según datos definitivos del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas del INDEC (2010).
  2. Ello sin dejar de mencionar el contexto general de las variaciones en la pirámide poblacional a nivel general en el país que demuestran una estructura por edad y sexo envejecida, en la que el porcentaje de personas adultas mayores es elevado, mientras que el porcentaje de niños/as y jóvenes se mantiene relativamente moderado y en algunos casos, en proceso de disminución (según datos oficiales finales del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas, INDEC (2010).
  3. https://bit.ly/2oxJvkI.
  4. Observatorio Conurbano Bonaerense (2010) Indicadores Seleccionados de Educación y Porcentaje de Hogares con NBI. Buenos Aires: Instituto del Conurbano de la Universidad Nacional de General Sarmiento. Recuperado de: https://bit.ly/2nKzsZJ.
  5. Observatorio Conurbano Bonaerense (2010) Indicadores Mortalidad Infantil. Buenos Aires: Instituto del Conurbano de la Universidad Nacional de General Sarmiento. Recuperado de: https://bit.ly/2nXLWwS.
  6. La denominación de “ciudad de la tradición” se debe a que, por un lado, allí nació José Hernández, autor del conocido y popular Martín Fierro, y, por otro lado, porque allí se desplegó también una fuerte resistencia a las invasiones inglesas en el siglo XIX. Por su parte, la denominación de “capital de la industria” aparece cuando a fines de la década de 1980, General San Martín representaba la segunda fuerza industrial de la Provincia de Buenos Aires y del país; siendo la primera concentración de Argentina de la Pequeña y Mediana Empresa y producía el 3% del PBII (Producto Bruto Interno Industrial) nacional. La leyenda “Ciudad de la Tradición” fue establecida por la ley nacional 21154/75 en el año 1975 y “Capital de la Industria” por la ordenanza 3358/88. (Visacovsky, 2007).
  7. Tal como refleja un informe de Infohabitat, el 6,79% del territorio de San Martín es ocupado por villas y asentamientos, lo cual representa la proporción más elevada de todo el Gran Buenos Aires. Recuperado de: https://bit.ly/2pjMNs6.
  8. Frente a las elecciones presidenciales del año 2015, en el mes de junio de 2015, el intendente de General San Martín decide nuevamente sumarse al partido del Frente Para la Victoria. En octubre de 2015, el intendente Katopodis resulta re-electo para el período 2015-2019.
  9. Observatorio Conurbano Bonaerense (2010) Indicadores Seleccionados de Educación. Buenos Aires: Instituto del Conurbano de la Universidad Nacional de General Sarmiento. Recuperado de: https://bit.ly/2nL6TLI.
  10. Observatorio Conurbano Bonaerense (2010) Indicadores Mortalidad Infantil. Buenos Aires: Instituto del Conurbano de la Universidad Nacional de General Sarmiento. Recuperado de: https://bit.ly/2nXLWwS. Última entrada 09-09-2016.
  11. ACCUMAR (2014). Informe sociodemográfico y de salud del partido de Morón. Observatorio Unidad Sanitaria Ambiental de Morón, Dirección General de Salud Ambiental.
  12. La gestión previa del intendente justicialista Juan Carlos Rousselot (1991-1998) fue caracterizada por una gestión teñida por una corrupción estructural (Annunziata, 2008).
  13. Dicha agrupación vecinal gobernará el municipio hasta el año 2015, cuando se ve derrotado en las elecciones locales por la alianza Cambiemos.
  14. Debido al carácter federal de la Argentina, cada provincia y en función de la autonomía local, debe contar con su propio sistema de protección de derechos.
  15. El índice de vulnerabilidad social se compone en base a los siguientes indicadores: El 60% se mide en relación directa a la cantidad de población con Necesidades Básicas Insatisfechas; el 10% en relación directa a la mortalidad infantil, otro 10% en relación directa a los nacimientos de bajo peso, otro 10% en relación directa a las causas asistenciales iniciadas en el Fuero de Menores y el último 10% en relación directa a las defunciones por causas parasitarias e infecciosas. A esto se agrega que los indicadores se ponderan en función del tamaño de la población de cada municipio. Como se ha dicho, si bien esta metodología es recomendable, puede afectar a municipios de menos de 10.000 habitantes, generando inequidades distributivas (Ministerio de Desarrollo Social PBA y otros, 2011).
  16. Su dinámica demográfica presenta un alto grado de heterogeneidad, encontrándose partidos con una alta densidad poblacional, estructura por edades envejecida y tendencia al decrecimiento, otros también muy poblados, pero con estructuras de edades jóvenes y alto potencial de crecimiento, mientras que muchos están menos densamente poblados y tienen estructuras etarias envejecidas, expulsan población (GBA, 2010).
  17. Esta norma había impuesto, a su vez, modificaciones a la ley de minoridad provincial (decreto ley 10.067 y ley 4.664 [de 1937]), en lo que respecta a la competencia de los Tribunales de Menores y un mayor desarrollo de la normativa procedimental. De acuerdo al decreto-ley 10.067 el patronato estatal respecto de los niños y niñas debía ser ejercido en forma concurrente y coordinada por los jueces de menores, los asesores de incapaces y la Subsecretaría del Menor y la Familia. Asimismo, se amplía aún más la competencia de los tribunales de menores, al incorporarse las faltas y las contravenciones cometidas por menores de 18 años (Vitale, 2006). Con anterioridad a esa ley, también existió otra ley local, la Nro. 4.664, de Creación de los Tribunales de Menores, de 1937, siendo los primeros tribunales de menores de todo el país. Este tribunal estuvo compuesto igual por un juez único y especialista (que debía ser casado), lo que se sostuvo en el decreto-ley 10.067, aunque sin la exigencia del estado civil y la especialización (Domenech y Guido, 2003: 21).
  18. Dicha normativa establecía que cada titular del patronato tiene funciones propias: a) Jueces de Menores. Deciden sobre la situación del menor en estado de abandono o peligro moral o material, debiendo disponer las medidas tutelares de amparo. Aquí se haya incluida la facultad de internación de los niños/as en instituciones; b) Asesores de Menores o Incapaces. Son los representantes del menor a la vez que de la sociedad y tiene como función controlar el eficaz cumplimiento de la tutela del menor y c) Consejo Provincial del Menor. Planifica y ejecuta la política de minoridad. Se ocupaba de la educación y formación de los menores internados. Tenía a su cargo los establecimientos de institucionalización, así como los programas alternativos de no institucionalización.
  19. Con posterioridad, esas delegaciones de Minoridad y Familia se convertirían en Servicios Zonales, luego de la entrada en vigencia de la ley 13.298.
  20. Pagluida, D. y Vecciarelli, M. (2006) Mediación y negociación en niñez y adolescencia: libro cibernético San Martín 06.Dirección General de Infancia y Familia, de la Municipalidad de General San Martín, Provincia de Buenos Aires. Disponible en: https://bit.ly/2pjNIc2.
  21. Cabe resaltar que, según información aportada por una ex trabajadora del área de infancia del municipio, al frente de la Dirección General de Infancia y Familia estuvo una profesional de la salud (médica pediatra Jefa de la Unidad de Adolescentes del Hospital Belgrano) que priorizaba las estrategias de intervención basadas en equiparar la vulneración de derechos a problemas de salud (especialmente a través de la atención psicológica, clínica, especializada e individual).
  22. En el año 2000 se crea la primer Defensoría de Niños/as y Adolescentes; mientras que la ley 13.298 es del año 2005 y entra en vigencia en el 2007.
  23. Nos referimos al momento que oscila entre la vigencia de la ley 13.298 en el año 2007 y el año 2011, fecha en que asumen las nuevas autoridades municipales y deciden suscribir tal convenio de adhesión a la ley.
  24. Las personas entrevistadas y con las que charlamos informalmente sobre el tema refieren que ello obedeció, especialmente, a diferencias políticas entre las autoridades del municipio y las de la provincia de Buenos Aires.
  25. Para información desagregada sobre la conformación de los Servicios Locales, principales demandas, actores y modo de acceso, ver el apartado siguiente.
  26. Si bien el programa era provincial y se encontraba bajo la esfera del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, su implementación era local y se encontraba a cargo de aquella flamante Dirección.
  27. También se realizan admisiones que no son urgencias, para orientar y/o derivar donde fuera pertinente, tres veces por semana.
  28. Se trata de una línea telefónica gratuita (0800-888-5678), cuyo objetivo es la atención permanente de urgencias vinculadas a la vulneración de derechos de niños/as, las 24 hs. todos los días del año. Esta línea se transfiere a un teléfono celular y lo atiende un operador, que es un psicólogo o un trabajador social. Esta persona interviene telefónicamente, contiene, orienta, acompaña a quienes allí se comunican denunciando alguna situación de vulneración de derechos de niños/as o adolescentes que requiera una intervención urgente. Este teléfono también toma denuncias de violencia familiar.
  29. No existe un protocolo específico que defina el carácter de urgencia, sino que el criterio de los casos que revisten urgencia lo toman operadores y coordinadores al momento de recibir la consulta.
  30. De aquí dependen los Servicios Locales, la Guardia de Protección de Derechos, la guardia telefónica para casos de violencia familiar y el Hogar Evita.
  31. Se destacan aquí los Centros de Desarrollo Infantil, las Unidades de Desarrollo Infantil y los Centros Juveniles.
  32. Frente a los 144 casos que atendieron entre los tres servicios locales en diciembre de 2011, en julio de 2012, la cifra aumentó a 514, lo que representa un incremento del 257%. Fuente: https://bit.ly/2nSMBQc. (24/08/2012)
  33. Las autoridades de infancia refieren que a diciembre de 2014, existían alrededor de 3000 expedientes en el servicio local de José León Suárez, mientras que entre los otros dos servicios locales, sumados, no alcanzan ese número (Villa Zagala, 1300; Billinghurst, 1500). No se cuenta con datos de expedientes de la guardia de protección de derechos. Por cierto, este dato no es determinante en la medida que se trata de la defensoría que se inauguró primero en el territorio de San Martín, en el año 2000, y por ende tiene mayor tiempo de permanencia y consolidación en afirmarse como actor para proteger y restituir los derechos de los chicos/as. También las autoridades locales, sumado a los trabajadores de dicho Servicio Local, refieren que la magnitud de casos puede deberse a la extensión de territorio y mayor población que presenta José León Suárez en relación a los otros Servicios Locales y a la mayor presencia de grados altos de vulnerabilidad en esta zona, lo que motiva una mayor demanda y consecuente intervención en esta localidad.
  34. Especialmente los actores mencionan la articulación de modo frecuente y sostenido con: Hogar Evita, Centros Juveniles, Programa Envión, equipo de género del municipio, Unidades Sanitarias.
  35. Comisaría de la Mujer, escuelas (Provincia); Centro Integrador Comunitario, de Villa Zagala (Nación).
  36. El equipo de investigación ha participado activamente de las reuniones de este Consejo Local en representación de la Universidad Nacional de San Martín. Desde mediados de 2012 y hasta la actualidad, participamos de las reuniones realizando tanto observación participante, como participación observante (Guber, 2001). En este sentido, como equipo de investigación que representa a la Universidad, participamos de los debates y disputas que se presentan alrededor de la construcción y las acciones del Consejo.
  37. El paradigma de Abordajes Integrales supone pensar la planificación y la gestión del gobierno municipal integrada a los territorios, profundizando el proceso de descentralización del municipio conjuntamente con la participación de los y las moronenses como modo de construcción del poder ciudadano. Está jerarquización de los territorios donde se implementan las políticas públicas, se basa sobre la premisa de que sólo desde una mirada territorial, atenta a la particularidad de cada territorio y de sus recursos, el Estado puede conocer la complejidad de los problemas locales, evaluar las posibles resoluciones y sus efectos concretos (Annunziata, 2008).
  38. La descentralización administrativa del municipio de Morón se desarrolló en base a un esquema de siete Unidades de Gestión Comunitaria (UGCs) instaladas en distintos barrios del distrito: UGC1: Morón Centro; UGC2: Haedo; UGC3: El Palomar; UGC4: Castelar Centro; UGC5: Castelar Sur; UGC6: Morón Sur y UGC7: Villa Sarmiento. De acuerdo a lo presentado por el municipio, el objetivo de esta descentralización es descomprimir el flujo de trámites y gestiones realizadas en el centro de Morón, a la vez que, “acercar” el municipio a los vecinos. Estos centros se encuentran disponibles para la realización de trámites administrativos (cobro de tasas; asesorías de ingresos públicos; confección de planes de pago; realización de trámites de eximición y declaraciones juradas, entre otros), a la vez que cuentan con un área de Resolución Alternativa de Conflictos destinada a atender diferencias entre vecinos antes de que las mismas sean judicializadas. En estas unidades también se desarrollan actividades culturales y de recreación, talleres comunitarios y encuentros vecinales. Fuente: Página web oficial del municipio de Morón. www.moron.gov.ar (último acceso, 1/12/15).
  39. De acuerdo a los datos presentados por Olaviaga y Marazzi (2010), para el período de su investigación (2007-2010) al Servicio Local del municipio de Morón asistían aproximadamente 5.000 personas entre la demanda espontánea y los casos atendidos, organizando su trabajo en dos ejes complementarios. Uno vinculado con la atención de casos a través de la recepción de demandas y consultas, elaboración de diagnósticos, acompañamientos, atención integral y realización de denuncias. Y otro relacionado al área de programas y medidas, el cual se encuentra orientado a generar el acceso a los derechos y promover la articulación intersectorial y el trabajo en redes comunitarias (Olaviaga y Marazzi, 2010).
  40. Entre ellos/as, los/as trabajadores/as que formaron parte de esta investigación y quienes con mucha generosidad habilitaron espacios y tiempos para que llevásemos adelante nuestras exploraciones, no sólo con la intención de contribuir a que se concreten nuestros objetivos de investigación, sino con convicción de que hacerlo aportaría a su trabajo cotidiano.
  41. Ordenanza municipal Nº 19249/18.
  42. Convenio Nº 2339.
  43. Desarrollo Social, Provincia de Buenos Aires. Disponible en: https://bit.ly/2nL8RM6.
  44. UNICEF,Disponible en: https://uni.cf/2ovl4V3.


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