Un interrogante sobre la subjetividad jurídico-política según Michel Foucault
Ramiro Riera
Consideraciones iniciales
El presente artículo tiene por objeto plantear un interrogante preciso acerca de un aspecto puntual del pensamiento y la acción de Foucault: ¿qué tipo de subjetividad implican los droits de gouvernés (derechos de los gobernados)?
Michel Foucault ha apelado a la figura de los droits de gouvernés en diferentes momentos y con distintos propósitos: en ocasiones como tema tangencial de sus cursos en el Collège de France, en el contexto de sus intervenciones públicas como reconocido intelectual e incluso como parte de sus actividades de contenido más claramente político, como su participación en manifestaciones o en iniciativas internacionales.
El carácter fragmentario y disperso, completamente asistemático del tratamiento por parte de Foucault de los droits des gouvernés a lo largo de su extenso y prolífero trabajo, se presenta como un espacio privilegiado para indagar sobre la subjetividad que se esconde en la superficie de este concepto-práctica que, no pocas veces, se ha pretendido emparentar con las figuras más cercanas de los droits de l’homme (derechos del hombre) y los human rights (derechos humanos) (Golder, 2015).
Tanto los droits de l’homme como los human rights suponen una forma puntual de subjetividad jurídica y política históricamente determinada. La resistencia reiterada de Foucault a identificar sin más los droits de gouvernés con los droits de l’homme o los human rights invita a repasar sus diferencias específicas y, simultáneamente, a examinar cuál es la subjetividad jurídica y política que Foucault proponía ligada a esta noción-acción.
Para cumplir con este propósito, estas breves reflexiones se articulan del siguiente modo: una sintética reposición del origen y función de los droits de l’homme; una somera reconstrucción del origen y función de los human rights; un breve recorrido del contexto discursivo y práctico de la aparición y uso de la noción de droits des gouvernés en la obra de Foucault; y, finalmente, algunas consideraciones de cierre para formular unas breves conclusiones bajo, nuevamente, la forma de un interrogante.
Droits de l’homme
El surgimiento de los droits de l’homme se encuentra largamente identificado y localizado. En la transición europea, particularmente francesa, del Anciene régime al Nouveau régime, es decir, de la disolución de las monarquías absolutistas a las repúblicas democráticas que comenzó entre los siglos XVII y XVIII, los droits de l’homme cumplieron una función determinante. La consolidación progresiva del nuevo sujeto político encarnado en la burguesía como expresión del capitalismo en pleno auge tuvo como correlato jurídico la noción de droits de l’homme. Teóricamente sostenida por el liberalismo, la idea de derechos naturales de los individuos completamente desconectados de causas históricas concretas resultaba funcional a la refundación de un nuevo orden político y jurídico. Así, la escuela del derecho natural racionalista se combinó no solo con el liberalismo, sino también con el denominado constitucionalismo moderno.
En la disputa entre la nobleza y la burguesía, la soberanía popular como fuente del poder político en detrimento del origen divino se complementó con la imposición del discurso de la existencia de un conjunto de derechos naturales e individuales expresamente reconocidos por el derecho constitucional del Estado nación en vías de consolidación. De este modo, los droits de l’homme no fueron otra cosa que los derechos de los nacionales de cada Estado nación en cuya base se encontraba la figura del hombre.
Como bien lo señalara Foucault (Foucault, 2002a: 331-333), ese hombre, esa figura de hombre, nunca dejó de ser un doble empírico-trascendental que, en el plano de lo concreto, se encarnaba en el varón adulto europeo y propietario, es decir, el burgués, y que en el plano de lo trascendente asumía la forma del sujeto cartesiano fundamento del mundo, en sus dimensiones metafísica, gnoseológica, epistemológica, estética, ética y política.
Los droits de l’homme eran, en definitiva, los derechos de ese hombre históricamente determinado y teóricamente construido. No es casual, en este sentido, que el nomen droits de l’homme se complemente con los droits du citoyen (derechos del ciudadano) para dar forma a la primera parte de la Constitución francesa de 1791 como consecuencia de la revolución iniciada en 1789.
Human rights
Entre la formulación jurídica de los droits de l’homme y su fundamentación filosófica siempre existió una tensión irresoluble: mientras que los primeros se replegaban sobre el particularismo del derecho constitucional de cada Estado nación, el sujeto moderno aspiraba a un universalismo que pretendía dar cuenta del ser genérico del ser humano. El hombre, en tanto que doble empírico-transcendental, se mantenía como citoyen en su aspecto concreto pero se elevaba a ser humano en su aspecto abstracto.
Quizás por este motivo, al tratar los límites entre el derecho constitucional y el derecho internacional, Immanuel Kant no pudo resistirse a introducir una tercera y ambigua categoría en el dominio propio del derecho público. El derecho cosmopolita, una especie de intersección entre el derecho constitucional del homme y el derecho internacional de los Estados nación, aparece como la transcripción jurídica de la universalidad del sujeto trascendental. El sujeto examinado en las tres Críticas adquiere en virtud de la insalvable cohabitación en el espacio finito de la superficie planetaria un derecho de expresión mínima pero un derecho al fin. En el tercer artículo definitivo del proyecto jurídico contenido en Zum ewigen Frieden de 1795, Kant le asigna contenido al derecho cosmopolita, es decir, el derecho mundial, estipulando un derecho de hospitalidad universal. En el comentario a esta disposición, Kant explícitamente identifica en el burgués comerciante europeo la encarnación de este sujeto trascendental que tiene un derecho de visita como vehículo jurídico del tráfico mundial de mercancías (Kant, 2003: 28). Un tiempo después, en su Metaphysik der Sitten de 1797, Kant incluye como ejemplo del derecho cosmopolita de hospitalidad a los colonos europeos respetuosos, es decir, aquellos que se establezcan a una distancia prudente de los habitantes nativos, en particular, de los indígenas (Kant, 2008: 193).
Más allá de los ejemplos concretos a los que Kant se refiere, la resolución de la tensión originaria entre los droits de l’homme y el sujeto moderno se verifica con toda claridad en el registro del principal titular del derecho de visita: el extranjero. El reconocimiento de un derecho, aunque mínimo, a los extranjeros le permitía a Kant salvar la universalidad jurídica del sujeto trascendental.
Por definición, los Estados nación organizaron su derecho constitucional moderno sobre la base de la cesura de su población entre nacionales y extranjeros. Si los droits de l’homme se reducían al derecho constitucional de los nacionales, el derecho cosmopolita –como apéndice del derecho internacional– permitía trascender ese límite y alcanzar la universalidad del sujeto moderno al predicarse tanto de nacionales como de extranjeros y erigir, de ese modo y al mismo tiempo, al sujeto trascendental de la crítica en sujeto de derecho cosmopolita. La universalidad estaba salvada.
Este derecho de la humanidad –según la descripción del propio Kant– es justamente el que se vio desarrollado con toda intensidad luego de la segunda posguerra mundial. Con la entrada en vigor de la Carta de las Naciones Unidas, el homme del derecho constitucional moderno fue desplazado por el human (humano) como sujeto de derecho. El desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos, como expresión de una comunidad internacional, significó ni más ni menos que la consumación ampliada del proyecto kantiano de un derecho cosmopolita. La profundización del derecho de hospitalidad de la figura del visitante al huésped que ilustra el surgimiento de la figura del refugiado es contundente en este sentido. Si bien desde el punto de vista del contenido existen grandes similitudes entre los droits de l’homme y los human rights, su diferencia específica radica en que los primeros pertenecen por entero al derecho constitucional moderno mientras que los segundos son una construcción exclusiva del derecho internacional contemporáneo. Tanto los nacionales como los extranjeros y los apátridas se encuentran comprendidos como sujetos de derecho del derecho internacional de los derechos humanos y revisten, en tal sentido, la titularidad de los human rights.
En síntesis, la distinción entre droits de l’homme y human rights se deriva de una diferencia radical en la subjetividad que funciona de soporte en cada caso: el nacional (ciudadano de un Estado) en un caso, y el ser humano (como ciudadano del mundo) en el otro. Esta diferencia de base luego se tradujo jurídicamente en el plano de su reconocimiento normativo: el derecho constitucional y el derecho internacional, respectivamente. Esta transformación en el plano jurídico no es disociable de la subjetivación política que la promueve: en lugar de la disputa entre la nobleza y la burguesía que operaba por debajo en los droits de l’homme, en los human rights la contradicción se ubica entre demócratas y autoritarios o, más precisamente, entre liberales y totalitarios. Si la necesidad de expansión del mercado produjo el homme, los campos de exterminio arrojaron el human.
No obstante ello, tal como afirma Foucault, unos y otros son productos característicos del dispositivo de soberanía: los droits de l’homme de cada Estado nación individualmente; Los human rights de la comunidad de Estados nación colectivamente. En la clase del 17 de enero de 1979, Foucault ubicó con toda claridad los droits de l’homme como parte de una lógica dialéctica que, procediendo axiomáticamente, expresa un primer límite a la raison d’etat. Cuando a fines del siglo XVIII y durante el XIX el problema fundamental del derecho público se desplaza de los fundamentos del poder soberano a sus límites, los droits de l’homme surgen como el registro jurídico del postulado de los derechos naturales del individuo respecto de los cuales el Estado no puede transgredir en la medida que son anteriores a él y su presupuesto de existencia (Foucault, 2008: 58-59).
Sin embargo, de modo paralelo a esta lógica dialéctica, según la cual los elementos contradictorios se funden en lo homogéneo, Foucault advierte sobre la existencia de una lógica de la estrategia en función de la cual se conecta lo heterogéneo. En síntesis, una lógica de la identidad versus una lógica de la diferencia. Foucault había apostado a este postulado metodológico en el curso de 1975-1976 titulado “Il faut défendre la société” (Foucault, 2000: 31). En este último registro, en la lógica de la estrategia, inscribe los droits des gouvernés.
Droits des gouvernés
Como parte de una prevención de orden metodológica, el examen de una herramienta (outil) foucaultiana debe partir necesariamente de un presupuesto foucaultiano. La imbricación de las relaciones saber-poder, que se expresan en el vínculo entre el discurso y la praxis, impone restituir el contexto propio en el que los droits des gouvernés han sido usados por Foucault. Una adecuada comprensión de esta herramienta exige, entonces, rastrear las coordenadas espacio-temporales en las que Foucault hizo uso discursivo y práctico de esta noción-acción.
Sin computar el curso de 1978-1979 en el Collège de France, dos son los episodios a los que se limitará el estudio: el caso Croissant y los refugiados vietnamitas.
1. El caso Klaus Croissant
Cuando a mediados de la década de 1970 todavía existía la República Federal Alemana, diversos grupos políticos actuaban tanto en la oposición política como en la acción revolucionaria. Entre ellos se encontraba la Rote Armee Fraktion (Fracción del Ejército Rojo), también conocida como “Banda Baader-Meinhof”, una organización revolucionaria de índole marxista con vínculos con la extinta República Democrática de Alemania. Ulrike Meinhof fue encontrada sin vida en su celda de la prisión de Sttutgart-Stammheim el 9 de mayo de 1976 y Andreas Baader falleció también en su celda de la misma prisión el 18 de octubre de 1977 como consecuencia de heridas de bala.
Klaus Croissant, un abogado alemán cuyo estudio se encontraba en Sttutgart, era su defensor. Entre ambas muertes, el 11 de julio de 1977, Croissant cruzó la frontera franco-alemana y solicitó su asilo luego de que el fiscal general Kurt Rebmann ordenara su arresto bajo la acusación de complicidad con el terrorismo. Luego de la solicitud de extradición por parte del gobierno de la República Federal de Alemania el 19 de julio, Croissant fue finalmente arrestado por la policía francesa en su domicilio provisorio en París el 30 de septiembre de 1977 (después de no haber comparecido ante la chambre d’accusation el 26 de julio) e inmediatamente alojado en la prisión de la Santé ubicada en el XIV arrondissement. El 16 de noviembre de ese mismo año, luego de la audiencia, la Cour d’appel de Paris rechazó el reconocimiento de su condición de asilado y ordenó la extradición. Croissant fue entregado a las autoridades de la República Federal al día siguiente.
El caso Croissant produjo un revuelo en el seno de la sociedad francesa. Numerosas personalidades como Jean-Paul Sartre, Simone de Beauvoir, Gilles Deleuze o Maurice Duverger y organizaciones de derechos humanos como la Ligue des droits de l’homme y la Association internationale des juristes démocrates tomaron partido públicamente y se movilizaron contra la extradición del abogado alemán. Michel Foucault no se mantuvo al margen. En la semana decisiva respecto de la extradición, protestó activamente frente a la Santé (un lugar que había sido ya desde comienzo de la década de 1970 destinatario de numerosas actividades del GIP), el mismo 16 de noviembre (al extremo de terminar con una costilla fracturada como consecuencia de los embates de la Compagnies républicaines de sécurité contra los manifestantes), y publicó en semanario Le Nouvel Observateur de esos días algunas reflexiones sobre el caso.
Con el título “Va-t-on extrader Klaus Croissant?”, Foucault expresó su enérgico rechazo a la extradición del abogado y aprovechó la oportunidad para poner en juego los droits des gouvernés. Dos son los derechos que aparecen en este registro: el derecho al asilo y el derecho de defensa con asistencia de un/a abogado/a.
Por un lado, luego de reponer la génesis histórica de la extradición en el contexto europeo del siglo XIX así como de sus requisitos jurídicos, Foucault examina la transformación del derecho de asilo –contracara del primero– durante el siglo XX. La ampliación del derecho de asilo a partir de cuatro prácticas concretas ha significado, correlativamente, una reducción del instituto de la extradición. Mientras que la primera tiende a proteger internacionalmente a los individuos (principalmente mediante el principio de no devolución), el segundo expresa los términos de un acuerdo interestatal de seguridad criminal, comprensiva tanto de delincuentes comunes como de cierto tipo de adversarios políticos (en particular aquellos opositores con aspiraciones a acceder al gobierno).
Por otro, una vez señaladas las dificultades relativas a la publicidad y accesibilidad del público a la vista de la causa ante la Cour d’appel de Paris, Foucault se detiene a examinar las condiciones del ejercicio del derecho de defensa de Croissant. La queja pública de Foucault formulada en Le Nouvel Observateur sobre el secretismo de la audiencia expresa ya la índole de este derecho de defensa de los gobernados a ser asistidos por un/a abogado/a. Derecho que se hace aún más necesario en el caso de los presos, como era precisamente el caso de Croissant. De acuerdo con Foucault, el derecho a contar con asistencia letrada en un juicio no puede, en modo alguno, reducirse a un derecho de defensa técnico. Más allá de eso, se trata de un derecho a tener un/a abogado/a como amplificador y no como una mera pieza del engranaje procesal que asegure el simulacro de un juicio en el que la voz del imputado no tiene lugar. Foucault se refiere, en definitiva, al derecho de defensa material respecto del cual el defensor técnico actúa como un traductor o intérprete y no como un representante. Así, el proceso debe erigirse como un campo de lucha en donde los discursos contradictorios resuelvan las controversias estratégicamente y no como un mero teatro de representación en el que el imputado se encuentra presente como si tuviese alguna participación. La voz, la queja, la protesta del imputado deber tener lugar discursivamente y la defensa técnica es un droit des gouvernés frente a los gobernantes que, en el marco de un proceso, reciben el nombre de jueces.
Tanto uno como el otro expresan, para Foucault, el registro de una lucha histórica de los gobernados frente a los gobiernos en el marco del dispositivo moderno de la gubernamentalidad. En el primer caso de los adversarios políticos durante el siglo XIX y de los disidentes políticos desde el siglo XX. La experiencia revolucionaria y contrarrevolucionaria produjo el derecho de asilo político de los opositores, mientras que la experiencia del totalitarismo extendió ese derecho a los disidentes. Se trata, en ambos casos, de un droits des gouvernés anclado en luchas concretas frente al dispositivo de soberanía de la gubernamentalidad moderna mucho antes que de un droits de l’administré et du citoyen. La sustitución foucaultiana del homme por el administré no es, ni por asomo, un descuido terminológico. Bajo la gubernamentalidad biopolítica, todo homme es un administré, es decir, un objeto del cálculo por parte de la administración o gobierno: anatomopolítica de los cuerpos y biopolítica de las poblaciones (Foucault, 2002b: 168-169).
2. La crisis de los refugiados vietnamitas
Luego de la Guerra de Vietnam (1955-1975) se estima que cerca de un millón de personas emigraron del país tanto por tierra como por mar. Aquellos que lo hicieron por tierra cruzaron la frontera hacia Camboya, Laos, Tailandia y China. El resto, aquellos que lo hicieron por mar, se dirigieron en pequeños botes en mar abierto hacia Malasia, Filipinas, Corea, Indonesia o Singapur. El mar del sur de China se vio plagado, entre 1975 y 1995, de la llamada boat people [gente de los botes]. Se trataba de refugiados vietnamitas que, ante la necesidad de sobrevivir, se vieron obligados a lanzarse a alta mar para alcanzar las costas de los países vecinos en busca de asilo. En esta travesía, las personas que hacinadas se acumulaban unas sobre otras en pequeños botes a remo se exponían sin protección alguna al hambre, las enfermedades y la muerte por parte de los piratas que los atacaban con disparos desde sus barcos o, incluso, a secuestros y violaciones de niños y mujeres.
La mayor intensidad en la emigración de boat people tuvo lugar entre los años 1978 y 1979. A partir de ese período, distintas personalidades y organizaciones comenzaron una acción internacional destinada a auxiliar a los refugiados vietnamitas y, en particular, a poner en marcha estrategias contra la piratería. Bajo los auspicios de las Naciones Unidas (de su secretario general y del alto comisionado para los Refugiados), desde 1979 y durante la década de 1980 se celebraron conferencias internacionales en la ciudad de Ginebra en busca de soluciones para los refugiados en Indochina –entre ellas su asilo y no devolución– y, en particular, con respecto a los ataques piratas a los boat people.
En 1981, puntualmente, solo a Tailandia llegaron más de quince mil personas a bordo de cuatrocientos cincuenta botes. De todos ellos, al menos trescientos cincuenta habían sido atacados por lo menos tres veces en promedio cada uno por piratas durante la travesía, que perpetraron secuestros y violaciones de mujeres además de asesinatos. Hacia finales de ese año, a raíz de la movilización de diferentes organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados lanzó una iniciativa para recaudar fondos internacionales para combatir la piratería y asistir a los boat people. En una de estas iniciativas, promovida conjuntamente por Bernard Kouchner –ex miembro de Médecins sans frontieres y fundador de Médecins du monde– y Edmond Kaiser –fundador de Terre des hommes–, Foucault fue invitado a participar. Ambas organizaciones internacionales habían decidido, el 30 de abril de 1981, establecer un Comité international contre la piraterie. En la conferencia de prensa del 19 de junio dada en el marco de esta iniciativa, Foucault pronunció unas breves palabras sobre la base de unas anotaciones a mano alzada que fueron publicadas días después de su muerte en Libération con su consentimiento y con el título “Face aux gouvernements, les droits de l’homme”.
En estas reflexiones realizadas de improviso, urgentes, Foucault vuelve no sobre los droits de l’homme sino sobre los droits des gouvernés. El título inserto en el texto publicado en 1984 puede inducir a error. Foucault no apela ni a los droits de l’homme de la Revolución ni a los human rights post Holocausto. Puntualiza, en cambio, algunas precisiones acerca de los droits des gouvernés sobre los que algunos años antes había trazado algunos precarios bosquejos.
Una primera definición, ausente en los textos previos, se refiere al origen de los droits des gouvernés. Foucault indica con un aspecto decisivo el carácter privado [hommes privés], particular, es decir, de gobernados, de los participantes de la autoconvocatoria acerca de la situación de los boat people. En esta pura facticidad en que la intervención no está guiada ni conducida por ningún gobierno, Foucault ancla no solo la acción política sino el título jurídico suficiente: la espontánea y autónoma convocatoria de los gobernados es justamente aquello que les confiere derechos como tales, cet-à-dire, droits des gouvernés. En este sentido, no puede pasar por alto la referencia expresa de Foucault a experiencias concretas a las que identifica como manifestaciones de esta pura empiricidad jurídico-política: Île-de-Lumiére, cap Anamour, l’Avion pour le Salvador, Terres des hommes y Amnesty International. En todos y cada uno de los casos de trata de iniciativas humanistas propias de la sociedad civil bajo la forma de organizaciones no gubernamentales de alcance internacional.
El texto publicado en 1984 separa por viñetas numeradas tres puntos que, en pocas palabras, expresan lo siguiente: a) la afirmación de una ciudadanía internacional que, aunque conserva la palabra citoyenneté, ya no se refiere al homme, i. e., al vínculo jurídico entre un Estado nación y un individuo en función de los derechos políticos que confiere sino, por el contrario, a una facticidad común a todas las personas humanas: el hecho de ser gobernados más allá de un Estado nación en particular; ninguna persona escapa a la gubernamentalidad moderna y, en ese punto, funda un deber de solidaridad del género humano; b) de este deber de solidaridad intergobernados se desprende, a su vez, un derecho absoluto de protesta de los gobernados o, más precisamente, un derecho de levantarse; y c) este derecho de levantarse de los gobernados de despliega en hacer ver y oír a los gobiernos el sufrimiento de los gobernados mediante el uso de la palabra públicamente y la acción, particularmente, en los escenarios internacionales como modo de efectiva intervención política.
Este droit nouveau, como expresión de la posición de los gobernados ante los gobiernos, es decir, como estrategia de resistencia frente a la gubernamentalidad moderna, se caracteriza por un contundente rechazo a toda idea de representación. Los gobernados se autoconvocan, no son convocados ni representados por los gobiernos. Los gobernados se pronuncian, no son los espectadores de una obra en donde la palabra solo pertenece a los gobernantes.
Consideraciones finales
La axiomática abstracta de los droit de l’homme posee un profundo hiato con la empiricidad concreta de los droits des gouvernés. Entre una y otra dimensión, no obstante, cabe destacar la salvedad táctica que Foucault señaló expresamente en su curso de 1979: la propia lógica estratégica consiste en reunir dimensiones heterogéneas, y en eso se diferencia justamente de la lógica dialéctica que pretende subsumir lo heterogéneo en lo homogéneo. Política de alianza en lugar de política de filiación. Esta es la forma de experimentarlos que el propio Foucault asumió en los acontecimientos reseñados.
Ahora bien, ¿cuál es la situación, en este sentido, no ya de los droits de l’homme sino de los human rights? Sobre esta aporía ha reflexionado con detenimiento en un artículo reciente Marcelo Raffin (Raffin, 2018: 209-210). En su opinión, los human rights (droits humains) conservan una potencialidad estratégica en la medida que se configuren, por una parte, como una herramienta para la emancipación o, por otra parte, para la liberación como una práctica de libertad.
No obstante, ¿cuál es la subjetividad en la que pensó Foucault cuando formuló los droits des gouvernés? Desde el punto de vista concreto de los derechos que Foucault identificó expresamente como integrantes de este nuevo derecho (expresión no casual si se piensa en el desafío planteado por el pensador francés acerca de una gubernamentalidad socialista) (Foucault, 2008: 120), las diferencias con Kant no son tan manifiestas. En particular, el derecho de los gobernados a levantarse y dirigirse a los gobernantes (à se lever et à s’adresser aux ceux qui détiennent le pouvoir) no parece distinguirse claramente del derecho de queja (gravamina) del homme como súbdito (Kant, 2008: 156). En ambos casos, con sus matices, hay una limitación del derecho a la resistencia armada o a sublevarse (se soulever). Así como también, en ambos casos, se aproximan uno como antecedente y el otro como consecuente al derecho humano de petición. De este modo, la pregunta solo admite una respuesta metodológica: lógica de la estrategia en lugar de lógica de la dialéctica. Los droits des gouvernés no se oponen a los human rights sino que los explotan desde el fondo. La lógica estratégica permite la convergencia de lo heterogéneo como política de alianza: los individuos poseen human rights sin por ello relegar ni dejar de ejercer sus droits des gouvernés. La subjetividad, como proceso, deviene acción complementariamente como sujeto de derecho frente a la soberanía como human rights y como subjetivación jurídico-política frente a la gubernamentalidad moderna como droits des gouvernés.
Los droits des gouvernés son en sí mismos prácticas de libertad, ejemplos concretos, en los que la autoafirmación de la subjetividad expresa poder que se encuentra en relación con otros poderes. Como señaló Deleuze, el plano en el que conviene registrar el funcionamiento de los droits des gouvernés se encuentra a nivel microfísico o micropolítico o molecular (Deleuze, 2014: 59-62). El derecho internacional de los derechos humanos posee un complemento heterogéneo que a su vez lo confirma y lo corroe en los droits des gouvernés: una experiencia de asilo, un sufrimiento de refugiados, una necesidad de defenderse en un juicio, la voluntad de sobrevivir. La codificación axiomática del derecho internacional de los derechos humanos, por más que pueda a inducir a error la existencia de “derechos”, no reviste otra calidad que la de una ley y, por tanto, como un producto de la soberanía. Los droits des gouvernés, en cambio, no admiten ni una axiomática ni tampoco una asimilación a la trascendencia de la ley como pura forma dado que dependen y se producen en la inmanencia de las prácticas concretas de la libertad de los individuos.
Así, según las circunstancias, según las experiencias concretas, las prácticas de libertad, como procesos de subjetivación, pueden recurrir tanto a los human rights como a los droits des gouvernés bajo la forma del human tanto como bajo la forma del gobernado, del administrado, en definitiva, de la vida en sus infinitas formas de expresión que pretende ser capturada, conducida, administrada por los dispositivos de la gubernamentalidad. Así lo señaló con toda claridad el propio Foucault la clase del 8 de febrero de 1978: “nunca se gobierna un Estado, nunca se gobierna un territorio, nunca se gobierna una estructura política. Los gobernados, con todo, son gente, hombres, individuos, colectividades” (Foucault, 2006: 149).
La ocasión, las circunstancias definen la herramienta practico-discursiva más efectiva para enfrentar los poderes que amenazan la vida y no a la inversa. Lógica de la convergencia de lo heterogéneo, droits de l’homme, human rights, droits des gouvernés no se encuentran definidos de antemano ni podrían establecerse a futuro de una vez y para siempre sino que son, por el contrario, la resultante de un proceso de lucha y, en particular, de las prácticas concretas de libertad, como ejercicio del poder, frente a los poderes de la gubernamentalidad que pretenden modelar la vida. Toda la cuestión podría resumirse, en definitiva, en aquella pregunta retórica planteada por Foucault en su conferencia de mayo de 1978 que sintetiza la actitud crítica (práctica y discursiva a la vez): “¿cómo no ser gobernado de esa manera, por esas personas, en nombre de esos principios, en vista de determinados objetivos y por medio de determinados procedimientos, no de esa manera, no para eso, no por esas personas?” (Foucault, 2018: 49).
Posdata
Las coordenadas práctico-conceptuales trazadas por Foucault no logran, sin embargo, despejar la incógnita planteada al comienzo: ¿qué subjetividad política constituye el correlato de los droits des gouvernés? La pregunta por el quién y el cómo aparece como inevitable frente al principio de identidad. No parece que el propio Foucault haya intentado dar una respuesta teórica al respecto. La clave debería, antes bien, buscarse en sus prácticas, aquí parcialmente reseñadas.
No obstante, la sugerencia formulada por Deleuze bien podría ser atendida. En el marco de las sociedades de control, sucedáneas de las sociedades disciplinarias, la vida parecería ocupar el lugar del homme (y del human) y erigirse como sujeto de derecho (Deleuze, 2014: 362-380). ¿Es la vida el sustrato de los droits des gouvernés?
Bibliografía
Deleuze, Gilles (2014), El poder. Curso sobre Foucault. Tomo II, Buenos Aires, Cactus.
Foucault, Michel (1994), “Face aux gouvernements, les droits de l’homme”, Libération, nº 967, 30 juin-1º juillet, pp. 22.
Foucault, Michel (1977), “Va-t-on extrader Klaus Croissant?”, Le Nouvel Observateur, nº 679, 14-20 novembre, pp. 62-63.
Foucault, Michel (2000), Defender la sociedad, Buenos Aires, FCE.
Foucault, Michel (2006), Seguridad, territorio, población, Buenos Aires, FCE.
Foucault, Michel (2008), Nacimiento de la biopolítica, Buenos Aires, FCE.
Foucault, Michel (2002), Las palabras y las cosas. Una arqueología de las ciencias humanas, Buenos Aires, Siglo XXI.
Foucault, Michel (2002), La voluntad de saber. Historia de la sexualidad 1, Buenos Aires, Siglo XXI.
Foucault, Michel (2018), ¿Qué es la crítica?, Buenos Aires, Siglo XXI.
Golder, Ben (2015), Foucault and the Politics of Rights, Stanford, Standford University Press.
Hofman, Marcelo (2014), Foucault and Power: The Influence of Political Engagement on Theories of Power, New York-London, Bloomsbury.
Israël, Liora (2012-2013), “Défendre le défenseur de l’ennemi public. L’affaire Croissant”, Le Mouvement Social, nº 240, pp. 67-84.
Kant, Immanuel (2008), La metafísica de las costumbres, Madrid, Tecnos.
Kant, Immanuel (2003), Sobre la paz perpetua, Madrid, Tecnos.
Raffin, Marcelo (2918), “Droits humains et émancipation: un outil pour la démocratie? Une analyse de la potentialité des droits à partir de la pensée foucaldienne”, Revista Praxis filosófica, nº 47, julio-diciembre, pp. 195-211.
Documentos oficiales de organizaciones intergubernamentales
United Nations, High Commissioner for the Refugees (2000), The State of The World’s Refugees.
Recursos periodísticos
El País, 01/10/1977, 02/10/1977, 15/11/1977, 30/12/1980 y 02/03/2002.
Le Monde, 22/06/1981.
Libération, 10/10/1977.









