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“Ha tratado a Doña Eugenia de mulata”

Insultos, agravios y deshonra ante la justicia colonial

Luisina Giuliodori[1]

Introducción

Respondió a esto diciendo que quién era yo sino un mulato […] y que yo no podia llegar a el ni ala suela de su sapato en proceder y linage pues el era un hijo de España[2].

Una riña por prendas de ropa, un pago e injurias llevan, en 1788, a don Juan José Rocha y don Ramón Losada a acudir a la justicia. El primero presenta una querella civil y criminal contra Ramón por injurias verbales. Este caso suma más de 140 folios. ¿Cuál había sido la injuria? Don Ramón había llamado, como puede leerse en el epígrafe, “mulato” a Rocha y a toda su descendencia y le había dicho que no le llegaba a las suelas de sus zapatos ni a los de su esposa pues ellos eran españoles. El insulto racial se repite en otros expedientes que veremos luego. Ahora bien, ¿por qué la palabra “mulato” constituye un insulto? ¿Por qué los ofende y deshonra de semejante manera? ¿Qué los mueve a llevar el caso a la justicia? Estas preguntas, junto con otras, son algunas cuestiones que intentaremos responder en este trabajo.

Nos interesa pensar la existente vinculación entre la sociedad rioplatense tardocolonial y los insultos y expresiones denigrantes aparecidas en los expedientes del Juzgado de Crimen y la Real Audiencia y Cámara de Apelación de Buenos Aires. Se partirá de la hipótesis de que en los documentos analizados pueden leerse, en relación con los términos que allí se emplean (y son considerados insultos por los coetáneos), las huellas de los modos de vida de los hablantes y algunas características de esa sociedad. Lo escrito y lo no escrito, lo emitido y lo omitido revelan mucho sobre las mentalidades de quienes hablan. Nos proponemos identificar, entonces, estas huellas a partir del análisis de cómo se llevan a cabo determinados procesos judiciales y las expresiones escritas contenidas en los documentos. Allí pueden leerse ciertas lógicas y jerarquías de género, calidades, diferencias de estatus y honor por la etnia, e incluso signos de resistencia.

A partir de tres casos concretos de injurias, el primero de don Ramón Losada, el segundo de María Luisa y el tercero de Antonio, intentaremos demostrar cómo las características de la sociedad rioplatense dejan su impronta en el lenguaje de los expedientes y, sobre todo, en los insultos. A su vez, veremos de qué manera se identifican las relaciones de poder, las subalternidades y las desigualdades de género en los escritos de las querellas.

María Luisa, negra esclava

En 1787, doña Eugenia Tejeda levantó una querella civil y criminal contra una esclava de doña Narcisa Barrientos por injurias. Según afirmó un testigo, Luisa, la esclava, había “tratado a Doña Eugenia de mulata”[3]. Para entender por qué tanto doña Eugenia como don Juan José Rocha acudieron a la justicia luego de haber sido insultados con la injuriosa expresión, debemos considerar algunos aspectos de la sociedad colonial rioplatense. No es una casualidad que el insulto haya sido “mulato/a” sino que está estrechamente relacionado a la jerarquía racial existente en dicha región y con los ideales y la mentalidad de la época.

En un primer momento, como explica Scarlett O’Phelan Godoy, la población colonial fue dividida en dos grupos: los españoles y los indios. Estaban presentes allí, también, los esclavos africanos llegados al Río de La Plata en calidad de esclavos. La autora afirma que en el siglo XVIII el mestizaje era ya un hecho generalizado y de las diferentes mezclas étnicas habían aparecido los grupos llamados “castas”: mulatos, zambos, chinos y cholos[4]. La ubicación social de las personas estaba condicionada por diversos factores. Uno de los más importantes era el racial, basado en el criterio de la pretendida “pureza” de sangre, que implicaba que quien tuviera “manchas” negras o indias se vería en un lugar relegado[5].

Alberto Flores Galindo afirma que sumada a una inestable condición económica los mestizos y las castas sufrían una alta exclusión social y menosprecio debido, en parte, a que no pertenecían a ninguno de los tres grupos sociales definidos: “blancos”, “negros” e “indios”. Además, se decía que eran inmorales, que no tenían educación ni principios de honor, por lo que se creía que eran proclives a los crímenes como el hurto y los homicidios. En algunos insultos aparece el calificativo de “perro” unido con “mulato”, “indio” o “cholo”[6]. El autor sostiene que detrás de estas palabras se deslizaba un profundo desprecio por la mezcla. Como escribió el Fray Castillo en la Lima del siglo XVIII, era mejor ser “perro puro que monstruo de gato y perro”[7].

Si retomamos el expediente de Ramón Losada, su afirmación de que él era un español y de que Rocha no le “podia llegar ni ala suela de su sapato”, se entiende por la influencia del lugar de nacimiento en la posición social de un individuo[8]. Susan Socolow explica que los padres nacidos en España podían utilizar como razón para un disenso matrimonial el lugar de nacimiento de alguno de los novios situándose por encima de quienes no eran peninsulares, incluso si eran puros de sangre[9].

Para volver a la pregunta de la introducción del trabajo, por qué “mulato” es un insulto, por qué ese insulto justifica un juicio, podríamos afirmar que lo es por todo lo que en ese entonces aparece asociado con el término: la falta de la anhelada “pureza de sangre”, la no pertenencia a una de las tres categorías sociales existentes (ya que un mulato no es ni “blanco”, ni “negro”, ni “indio”), la poca respetabilidad social (ya que presumiblemente un mulato podía ser delincuente), la procedencia (ni peninsular, ni criollo), la falta de alfabetización, legitimidad y honor. Todo ello estaba contenido en una sola palabra con una alta carga negativa y peyorativa.

Recuperar el honor vulnerado

Tanto en el expediente de Luisa como en otros, el querellante pide recuperar su honor. Eugenia Tejeda lo reclama luego de haber sido llamada “mulata”. Pero, ¿por qué lo pierde al ser llamada así? El honor implica, como afirma Silvia Mallo, “aprobación y desaprobación porque traduce los valores habituales de una cultura” y “es el valor que se tiene, […] el nexo entre los ideales de una sociedad y su reproducción en el individuo mediante su aspiración a representarlos”[10]. Podría pensarse, entonces, que el insulto de mulato quita la honorabilidad porque la mezcla racial no se encuentra dentro de los ideales de la sociedad rioplatense, sino todo lo contrario. Y, además, “la honra y el honor disminuyen en cualidades y calidades a medida que descendemos en la escala social”[11].

A su vez, Mallo sostiene que la honorabilidad de hombres y mujeres se veía dañada de formas distintas y el contenido esencial de las injurias era diferente. Un hombre se veía insultado cuando se atacaba su honestidad. También se lo podía ofender si se decía que su esposa no respetaba los comportamientos sexuales adecuados. Los insultos hacia ellas, por el contrario, estaban sobre todo relacionados a la sexualidad. De esta manera encontramos, por ejemplo, la siguiente injuria hacia una mujer: “no haber quedado negro ni mulato que no ta haya apretado”[12]. El hecho de que no se diga “no hay hombre que no ta haya apretado” sino justamente negros y mulatos, las etnias más discriminadas dentro de la sociedad, demuestra una vez más los “racismos” y jerarquías sociales presentes en el lenguaje.

Insulto y resistencia

¿Se podría identificar algún signo de resistencia en Luisa y su insulto? Como destacan las autoras María Alejandra Fernández y Miriam Moriconi, las injurias y las muestras de falta de respeto son instrumentos informales de degradación social de los destinatarios. A través de la burla se cuestiona el orden establecido y la acción de injuriar puede ser vista como un mecanismo de resistencia a la dominación, ya que subvierte las jerarquías sociales y raciales y rompe con el comportamiento esperado de los dominados[13].

Si bien la injuria que lanza Luisa contra doña Eugenia no es contra su calidad o condición y, si bien el insulto responde a las jerarquías raciales de esa sociedad –las mismas que la segregan a ella debajo de los blancos–, consideramos que, de todas maneras, se puede ver cierta resistencia. Esta no se encontraría en el contenido del insulto sino más bien en las consecuencias que ese insulto parece querer producir en quien lo recibe: una deuda de honor. Luisa, de esta manera, pondría en entredicho el honor de Eugenia, se apropiaría de lo que la subordina socialmente y lo transformaría en un mecanismo de resistencia mediante la descalificación de su superior.

Esto nos lleva a otra cuestión: a quién desafiar y en qué situación. Un testigo declaró que encontró a Eugenia riñendo a la negra y que la amenazó con castigarla y Luisa respondió “que si fuera su ama la castigaría; y que fuese a castigar a sus mulatas”[14]. Es decir, Luisa sabe muy bien que Eugenia no tiene el poder para castigarla como sí lo tendría su dueña.

Antonio, mulato esclavo: “Le ha faltado al devido respeto”

En una noche tormentosa de febrero de 1786, se mezclan las ovejas de don Pasqual Antonio de Figueroa, capitán de milicias con las de doña Rosa Moyano, viuda de don José Figueroa. Según lo declarado por don Pasqual, por la mañana siguiente fue hacia donde estaban las ovejas. Allí se encontró con Antonio, mulato esclavo del hijo de doña Rosa, quien no solo no le permitió llevarse las ovejas, sino que lo atacó con un cuchillo y lo llamó “ladrón”. Por lo que Pasqual, “atento a la distinción del sugeto de baja esfera, que le ha faltado al devido respeto, […], viene a poner su queja en juicio, […] para que quede vindicado su honor, y aprehendida la desatención”[15].

Aquí nos interesan algunas cuestiones que podemos observar en el expediente, como el tema del respeto, y sobre todo, lo que implica que un individuo de baja esfera se lo falte a uno de mayor esfera. Di Meglio explica que cada persona merecía un trato concreto dependiendo su condición y calidad, y en esto jugaba un rol importante la etnia y la respetabilidad. En los expedientes se observa la respetabilidad en el uso de “don” y “doña” antes de los nombres[16]. Cuando don Pasqual denuncia que Antonio le había faltado el “devido” respeto se refiere a la forma de conducta esperada de Antonio, un mulato esclavo, hacia un hombre blanco, superior y respetable.

“Un sujeto de tan vil condición”

Lyman Johnson asevera que entre 1744 y 1810 los negros y las etnias mixtas crecieron en número en relación con los criollos y europeos y que progresivamente las clases populares fueron haciéndose sinónimo de las “clases peligrosas”[17]. Esta plebe era marginada por la sociedad, despreciada y también temida[18]. La sociedad colonial, como sostiene Flores Galindo, buscaba desestimular la mezcla racial mediante algunos recursos como la creación del régimen de castas. Una de las prohibiciones que imponía este régimen a los mulatos era portar armas. Esto puede verse en el expediente de Antonio ya que luego de lo dicho por el esclavo se introduce un problema nuevo y una pregunta más para los testigos: ¿Antonio portaba su propio cuchillo ilegalmente o le había sacado a don Pasqual el que llevaba en la cintura?

El caso del esclavo Antonio es ilustrativo de la subalternidad que sufrían las castas, sobre todo en algunas expresiones que utilizan don Pasqual y Francisco de Alva (quien habla en representación del primero) en sus declaraciones. En ellas puede verse, por un lado, que se espera de las castas un comportamiento determinado en relación a los blancos. Don Pasqual merece ese tratamiento no solo por su condición de español sino también por su empleo: su ocupación le otorga más prestigio, ya que es Capitán de Milicias. Quien lanza una injuria de ladrón, por otro lado, es condenable sin importar su calidad. Sin embargo, es peor si es lanzado por un sujeto de “vil condición” como lo es un mulato esclavo, de quien se espera un buen comportamiento hacia los españoles y no las “atroces injurias que perpetró contra su vida y estimación”[19].

A diferencia del caso de Luisa, donde ella nunca presta declaración, en el folio 4 tenemos la declaración de Antonio, quien se presenta ante el Alcalde denunciando que había sido maltratado y herido por don Pasqual de Figueroa en la cabeza. Luego de este testimonio se lee que Antonio fue arrestado. No hay ninguna declaración de testigos entre lo dicho por don Pasqual, la denuncia por los golpes que recibió Antonio y la encarcelación de este último. Ninguna: la palabra del español tiene mayor valor que la del esclavo. No se necesita un testimonio para encarcelarlo, aunque éste se presente ante la justicia y afirme que lo hirieron. Es más, se justifica a don Pasqual afirmando que le dio con el palo por “desatenciones”. Sin embargo, sucede algo que modifica las relaciones de poder: la entrada en el caso de la voz de Rosa Moyano.

Doña Rosa aparece en el folio 13 por primera vez pidiendo se le informen los motivos por los cuales Antonio, su capataz de hacienda, se encuentra en el Juzgado. Tras otras declaraciones acusa a don Pasqual de rebeldía, defiende a su esclavo y afirma que el insultado fue Antonio. Asimismo, agrega que el esclavo había puesto una demanda “al Juez de Comisión sobre las heridas [hechas por Figueroa] […], y quando correspondía tomar su confesión […] no se registra en autos esta diligencia”[20].

La intervención de Rosa nos permite dar cuenta del funcionamiento de la justicia y del peso diferenciado de las declaraciones de un blanco (Pasqual) y de un mulato esclavo (Antonio): la balanza está sumamente desequilibrada en favor del primero, en tanto se dejan pasar y se ignoran las heridas de Antonio y su denuncia, y se lo encarcela. Rosa afirma que no se deja asentada la declaración de Figueroa sobre los golpes recibidos por Antonio “que estaban de manifiesto”, ya sea porque no se registró en el expediente o porque no se consideró necesaria tal declaración. A pesar de que los esclavos podían presentar una denuncia, dar testimonios y su palabra era escuchada, a fines prácticos solo podían defenderse a través de sus amos: luego de las intervenciones de Rosa, es puesto Antonio en libertad.

La débil y sus tretas: viudez y fragilidad

El contenido de los expedientes, especialmente los testimonios de las mujeres, permite advertir ciertas características de las relaciones de género de la sociedad y también, cómo a veces ellas sacaban provecho de su situación de subordinación: mediante ciertas artimañas podían conferirle mayor peso a su denuncia. Así como Josefina Ludmer identifica ciertas “tretas del débil” en los discursos de Sor Juana Inés de la Cruz[21], consideramos que es posible identificar algunas “tretas del débil” en los expedientes.

Viudez y desamparo

Como afirma Silvia Mallo, “la mayoría de las mujeres que se presentan a la justicia son casadas y tienen para ello el respaldo de sus maridos”[22]. Según los ideales de la época, las españolas de la colonia debían estar protegidas y sujetas a sus familiares masculinos: una mujer soltera debía estar siempre acompañada, incluso en su propia casa[23]. Doña Rosa Moyano, el ama de Antonio, a diferencia de estas mujeres, era viuda. Sin embargo, podría pensarse que Rosa supo aprovechar su viudez para su propio beneficio. En el expediente puede verse cómo ella muestra vulnerabilidad y desprotección en sus declaraciones. Rosa es presentada en el caso como: “viuda del finado Don Jose Gervo Figueroa, asistente en el Partido de Areco […] Estando mis hasiendas en un total abandono por su falta, y expuestas a su dispersión”[24]. Su apoderado declara que es una “viuda desamparada, que sin otro abrigo que el servicio de dicho su esclavo […]. Sufriendo en el interin la viuda los perjuicios”[25]. Rosa pide que la justicia le devuelva a su esclavo “para que atienda a mis hasiendas de campo que estan en un total desamparo y abandono por su defecto, y de my viudes”[26]. Como puede verse, tanto Rosa como su apoderado apelan a su condición de viuda, frágil y desprotegida. Se insiste sobre todo en su condición de desamparo (expresión que se repite una y otra vez); desamparo económico, por la falta de su esclavo, y desamparo emocional, por la ausencia de su marido. Como la categoría social de un esposo definía también la de su esposa[27], podríamos pensar que Rosa, al ser una mujer viuda que se enfrenta en un juicio a un hombre español, recurre a ciertas artimañas como llamarse a sí misma “viuda desprotegida” o hacer valer la condición de asistente y el nombre de su marido para defenderse, otorgarle mayor peso y legitimidad a lo que declara y lograr su cometido: recuperar a su esclavo tan necesitado.

Josefa, la frágil

En la sociedad rioplatense colonial prevalecían ciertos estereotipos consolidados vinculados a la imagen femenina: se pensaba que eran seres débiles, frágiles, delicados, sumisos y sexualmente pasivos[28]. Paradójicamente, y en clara contradicción con lo anterior, Socolow sostiene que en el mismo ideario también se encontraba la imagen de la mujer como un ser irracional y proclive a los excesos sexuales[29]. Muchas mujeres solteras que quedaban embarazadas lo ocultaban para no perder su honor. Sin embargo, en ciertas ocasiones, como expresa Ann Twinam, era posible para ellas confesar su relación sexual aduciendo una supuesta “fragilidad”. Justamente esta “fragilidad femenina” puede ser pensada como un arma de doble filo puesto que a veces las mujeres lograban sacar provecho de su presunta debilidad.

Un ejemplo de esto es el caso de Josefa Leguizamón. Esta mujer es acusada por injurias contra un alcalde tras ver que habían puesto en prisión a su sobrino. Un testigo declara que Josefa “le dijo con palabras altivas [a su sobrino] porquería […] porque no le rompistes la cabeza a ese maturrango de mierda; […] salió voziferando maturrango de mierda […]. Dijo […] que atodos los haría meter en una carzel”[30]. Estas declaraciones que dan la impresión de una mujer desafiante, enérgica, violenta y decidida, enfrentándose a un hombre con poder, contrastan fuertemente con la actitud de fragilidad y de sumisión que toma Josefa cuando le pide al Alcalde Ordinario que le reduzca la pena a un pago atendiendo a su “fragilidad mugeril; que sin reflecionar las palabras; nos compasamos alo que no debemos. […] reconociendo mi fragilidad; y atendiendome en caridad suplico, ala bondad de VMd”[31]. De esta manera, Josefa se apropiaría del imaginario femenino de la época asociado a la debilidad, fragilidad, sumisión, impulsividad, a las acciones de pedir y suplicar, falta de juicio e irracionalidad y lo utilizaría en su provecho para evitar una pena mayor, pidiendo y suplicando al Alcalde.

Conclusión

A lo largo de este trabajo hemos analizado cómo pueden leerse en el lenguaje escrito de los expedientes, las voluntades de diferenciar, jerarquizar y situarse por encima de otros individuos. El sentirse injuriado y deshonrado tras ser llamado “mulato”, un insulto que abarca mucho más que el simple color de piel; el pedido de los querellantes de recuperar y vindicar un “honor” que se tenía y fue vulnerado; la espera de un comportamiento específico por parte de otro, especialmente de un otro de vil condición, son algunos de esos ejemplos. Asimismo, los expedientes muestran ciertas características de la sociedad puestas en evidencia en lo allí expresado, como el lugar de privilegio y estimación o, por el contrario, marginación y desprecio que se tiene de un individuo por el nivel de “pureza de sangre”. El caso de Antonio nos permite ver una justicia desigual (de doble vara) hacia un mulato esclavo y un español (justicia que se equilibra en el momento en el que aparece la dueña del esclavo). Todo ello nos posibilita acercarnos a las cosmovisiones, modos de entender el mundo y los vínculos entre los sujetos que vivieron en la sociedad tardocolonial y para el beneficio de los historiadores, presentaron denuncias ante la justicia.

Sin embargo, como pudo verse a lo largo de estas páginas, los relegados y subalternos no están completamente indefensos y vulnerables. También pueden, en ciertas ocasiones, utilizar lo mismo que los domina para su propio beneficio (como es el caso Josefa con su supuesta “fragilidad mugeril”) o para resistir ante la dominación: Luisa habrá sido una negra esclava obligada a servir a sus dominadores “blancos”, pero estos últimos no son inmunes a sus insultos y palabras agraviantes. Como afirmaba James Scott, “el poder impone a la fuerza las apariencias que los grupos subordinados deben adoptar; pero eso no impide que éstos las usen como un instrumento de resistencia y evasión”[32].


  1. Universidad Nacional de La Plata.
  2. AHPBA-RA. 1788. 7-1-82-2, fl. 1v. De aquí en adelante se respeta la ortografía de todos los originales.
  3. AHPBA-JC. 1787. 34-1-14-25, fl. 3v.
  4. O’ PHELAN GODOY, S. (2005). “La construcción del miedo a la plebe en el siglo XVIII a través de las rebeliones sociales”. En: C. ROSAS LAURO (Ed.), El miedo en el Perú: siglos XVIII al XX, Lima, Pontificia Universidad Católica de Perú, pp. 123-138.
  5. DI MEGLIO, G. (2006). “La ciudad y la plebe”. En: G. DI MELIO, ¡Viva el bajo pueblo!: la plebe urbana de Buenos Aires y la política entre la revolución de mayo y el rosismo, Buenos Aires, Prometeo, p. 41.
  6. FLORES GALINDO, A. (2001). “Los rostros de la plebe”. En: FLORES GALINDO, A., Los rostros de la plebe, Barcelona, Crítica, pp. 61-102.
  7. Citado en FLORES GALINDO, 2001, 91.
  8. DI MEGLIO, 2006, 27-75.
  9. SOCOLOW, S. (1990). “Parejas bien constituidas: la elección matrimonial en la argentina colonial, 1778-1810”, Anuario del IEHS, V, Tandil, pp. 133-160.
  10. MALLO, S. (1993). “Hombres, mujeres y honor. Injurias, calumnias y difamación en Buenos Aires (1770-1840). Un aspecto de la mentalidad vigente”. Estudios de historia colonial, 13, p. 9.
  11. MALLO, 1993, 19.
  12. MALLO, 1993, 25.
  13. FERNÁNDEZ M. y MORICONI M. (2022). “Esclavitud, raza, género y justicias a partir de un proceso por injurias en la Buenos Aires tardocolonial”. En: A. FERNÁNDEZ y F. MOLINA (Comp.), Género, sexualidad y raza: producciones normativas y experiencias judiciales en las modernidades europeas y americanas (fines del siglo XV – principios del siglo XIX), Los Polvorines, UNGS, pp. 161-195.
  14. AHPBA-JC. 1787. 34-1-14-25, fl. 4v. El resaltado es mío.
  15. AHPBA-JC. 1786. 34-1-13-28, fl. 3-3v. El resaltado es mío.
  16. DI MEGLIO, 2006, 27-75.
  17. JOHNSON, L. (2013). “La ciudad plebeya. La Buenos Aires del período colonial tardío”. En: L. JOHNSON, Los Talleres de la revolución: La Buenos Aires plebeya y el mundo del Atlántico, 1776-1810, Prometeo Libros, pp. 37-80.
  18. FLORES GALINDO, 2001, 61-102.
  19. AHPBA-JC. 1786. 34-1-13-28, fl. 27.
  20. Íbidem, fl. 21v. El resaltado es mío.
  21. LUDMER, J. (1985). “Tretas del débil”. En P. GONZÁLEZ y E. ORTEGA (Comp.), La sartén por el mango, Puerto Rico, Huracán, pp. 47-54.
  22. MALLO, 1993, p. 13.
  23. SOCOLOW, 1990, pp. 133-160.
  24. AHPBA-JC. 1786. 34-1-13-28, fl. 13. El resaltado es mío. En el folio 16 se vuelve a mencionar a Rosa como viuda de este hombre y que por la falta de Antonio sufre graves pérdidas.
  25. AHPBA-JC. 1786. 34-1-13-28, fl. 24v. El resaltado es mío.
  26. AHPBA-JC. 1786. 34-1-13-28, fl. 22. El resaltado es mío.
  27. SOCOLOW, 1990, 133-160.
  28. TWINAM, A. (2009). “Las madres: vírgenes embarazadas, mujeres abandonadas y el precio privado y público de la sexualidad”. En: A. TWINAM, Vidas públicas, secretos privados. Género, honor, sexualidad e ilegitimidad en la Hispanoamérica colonial, Buenos Aires, FCE, pp. 99-135.
  29. SOCOLOW, S. (2016). “La mujer y las conductas sociales anómalas: delito, brujería y rebelión”. En S. SOCOLOW, Las mujeres en la América Latina colonial, Buenos Aires, Prometeo, pp. 183-202.
  30. AHPBA-JC. 1766. 34-1-7-16, fl. 2v-3. Las cursivas son mías.
  31. AHPBA-JC. 1766. 34-1-7-16, fl. 13. Las cursivas son mías.
  32. SCOTT, J. C. (2000). Los dominados y el arte de la resistencia, México, Era, p. 58


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