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Las mujeres en las políticas de drogas latinoamericanas

El aumento creciente del encarcelamiento de mujeres y su situación carcelaria han sido motivo de estudios en distintos países de la región.

El encarcelamiento como respuesta

Los costos humanos del encarcelamiento y la promoción de políticas que protejan los derechos de las mujeres son temas que preocupan tanto en el plano nacional como internacional. En este sentido, el informe “Mujeres, políticas de drogas y encarcelamiento. Una guía para la reforma de políticas en América Latina y el Caribe” propone pautas para la reforma de las actuales políticas en materia de drogas y para la reducción de la población femenina privada de libertad en la región. En este sentido, afirman que:

La mayoría de las mujeres involucradas en el negocio de las drogas en la región lo están […] como pequeñas vendedoras, “correos humanos” de drogas o transportadoras de drogas. Ellas son fácilmente reemplazadas, es decir, su detención no tiene ningún impacto en la disminución del tráfico de drogas, o en la inseguridad ciudadana, la violencia o la corrupción que el negocio ilegal genera; son actores menores del tráfico (WOLA, IDPC, Dejusticia, CIM-OEA, 2016a: 10).

Entre las recomendaciones se enfatiza especialmente la importancia de escuchar, explorar y conocer las explicaciones de las mujeres que ingresan a la cárcel por delitos de drogas. “Si se dan las condiciones apropiadas, ellas pueden influir muy positivamente en la reforma de la justicia penal” (WOLA, IDPC, Dejusticia, CIM-OEA, 2016a: 15). En la misma línea, destacan aspectos como el estigma como un factor que dificulta aún más conseguir un empleo y evitar la reincidencia. La discriminación y los antecedentes penales se convierten en un gran obstáculo para obtener trabajo, empeorando las condiciones de riesgo y vulnerabilidad (WOLA, IDPC, Dejusticia, CIM-OEA, 2016a).

En Argentina, varios estudios se focalizaron en las condiciones de vida de las mujeres en las cárceles; entre ellos, cabe destacar el informe Mujeres en prisión: los alcances del castigo (CELS, Ministerio Público de la Defensa y PPN, 2011), y la investigación Voces del encierro: mujeres y jóvenes encarcelados en la Argentina. Una investigación socio-jurídica, llevada a cabo por investigadores del Instituto de Investigaciones Gino Germani junto con la PPN (Daroqui et al., 2006). Estos estudios combinan datos cuantitativos con abordajes cualitativos que permiten dar voz a las mujeres presas y conocer la realidad penitenciaria en los centros federales de Argentina. Analizan sus condiciones de detención enfatizando, en especial, las situaciones y prácticas violatorias de sus derechos humanos.

Alcira Daroqui y sus colegas trabajaron con 69 mujeres alojadas en el Instituto Correccional de Mujeres (Unidad N°3) y el Centro Federal de Detenciones de Mujeres (Unidad N° 31), de Ezeiza, cárceles que registran la mayor cantidad de mujeres detenidas en el ámbito federal. Respecto de la muestra, los investigadores sostienen que se trabajó con mujeres presas atendiendo a que esta condición las hace especialmente vulnerables. En el imaginario social se encuentran sumamente invisibilizadas en su condición de presas, no surge un registro significativo por parte de la gente de que las mujeres también son encarceladas y por lo tanto padecen del encierro.

Un dato alarmante que destaca este estudio es relativo a la situación procesual de las mujeres encarceladas. Así, el índice de mujeres sin condena es mucho más alto (71,5%) que el de la población general (58%), lo que alerta sobre una clara sobre-vulneración de la población femenina alojada en cárceles (Daroqui et al., 2006). También destacan la nacionalidad como un aspecto importante. Observaron que del total de personas encarceladas, la población femenina tiene mayor proporción de extranjeras en todos los grupos de edad hasta los 49 años. Asimismo, acuerdan con Alejandro Corda en que el incremento de la población encarcelada femenina coincide con el período de vigencia de la Ley 23.737 (Daroqui et al., 2006; Corda, 2011).

Desde un enfoque de género y derechos humanos, estas y otras investigaciones denuncian las condiciones de hacinamiento y sobrepoblación; la precariedad de las condiciones habitacionales, de salubridad e higiene de la mayoría de las cárceles; los servicios médicos insuficientes y que realizan una excesiva prescripción de psicofármacos; el aislamiento como forma de controlar los conflictos y los abusos de las autoridades; la violencia como una realidad cotidiana ejercida por parte de los agentes estatales; la escasez de visitas, la capacitación laboral prácticamente inexistente y estereotipada con clara orientación femenino-doméstica en los talleres productivos; el escaso número de profesionales de los equipos técnicos y/o de tratamiento y la falta de asistencia jurídica por parte de los defensores oficiales y articulares (Daroqui et al., 2006; CELS, 2011).

Otro antecedente que resulta central destacar son las publicaciones de Intercambios Asociación Civil –como parte de la producción del Colectivo de Estudios Drogas y Derecho (CEDD) de América Latina–, en los se realiza una revisión crítica de la historia de la legislación y política sobre estupefacientes y su relación con el sistema penitenciario argentino, así como con el aumento del número de personas encarceladas por delitos relacionados con drogas: “este tipo de delitos pasó a representar más del 10% de las personas en todas las prisiones del país” (Corda, 2011: 59). En estos documentos de investigación se pone en evidencia que la estrategia de utilizar la ley penal como principal herramienta para frenar los flujos de los mercados ilícitos produce excesivos costos humanos y escasos o nulos resultados respecto de las actividades de dichos mercados (Corda, 2011 y 2012; Corda, Galante y Rossi, 2014).

También se señala que a partir de la entrada en vigencia de la Ley 23.737 la cantidad de mujeres encarceladas creció a un ritmo más acelerado que la de hombres, y que los institutos penitenciarios no sólo no están preparados para alojar los distintos colectivos –mujeres, mujeres con hijos e hijas, extranjeros, mujeres extranjeras y personas trans– sino que agravan las condiciones de vulnerabilidad en las que se encontraban (Corda, 2011).

Un documento regional de relevancia es Mujeres privadas de libertad. Informe Regional: Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay, Uruguay, elaborado por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional en colaboración con otras organizaciones. En él se exponen los rasgos comunes en el tratamiento de las mujeres en las cárceles de estos países y se destaca la insuficiencia de las políticas sociales y penitenciarias y el generalizado incumplimiento de estándares internacionales de protección de los derechos humanos de las personas privadas de libertad, así como la ausencia de perspectiva de género tanto en la formulación como en la implementación de las mismas (CEJIL, 2006).

Maternidad desde las cárceles en Argentina

La mayoría de los estudios acerca del ejercicio de la maternidad en contexto de encierro coincide en señalar que ser madre y estar en prisión se transforma en un complemento punitivo, un castigo adicional para las mujeres. Ellas son doblemente juzgadas: por el delito que cometieron y por la forma en que ejercieron la maternidad. En este sentido, el encarcelamiento de mujeres tiene consecuencias diferenciales que el de varones en nuestra sociedad (Kalinsky, 2011; Ojeda, 2015; Actis, 2016).

Otro aspecto relevante en torno a la maternidad es el modelo de maternalización de las mujeres y moralidad materna. Marcela Nari, historiadora, escritora e investigadora del feminismo en Argentina, estudió los procesos de maternalización de las mujeres y politización de la maternidad en la Ciudad de Buenos Aires entre 1890 y 1940. Según esta autora, la asociación directa entre mujer y madre deviene en una sustancialización y esencialización de la maternidad sobre la que se van delineando ideales que funcionan como imperativos morales y establecen normas de comportamiento asociadas a la maternidad, así como las formas de vivir y sentir esas relaciones (Nari, 2004).

A partir de este modelo, Constanza Tabbush y María Florencia Gentile abordaron de manera crítica la normativa que habilita las crianzas de niños en las cárceles hasta los cuatro años y determina su egreso a partir de esa edad, y afirman que esta normativa combina dos modelos de maternidad, el biologicista y el moral. El primero se relaciona con el ejercicio de la maternidad a partir del intercambio biológico entre los cuerpos, independientemente de las condiciones sociales y materiales del encierro; así, el cuidado de la primera infancia queda establecido como una asumida naturaleza femenina que se restringe únicamente a los hijos en prisión y dificulta el contacto con los que están afuera. El modelo moral alude al momento en el que esas madres transgresoras pasan a ser consideradas “agentes indeseables de transmisión cultural” y “una influencia moralmente perniciosa” para los niños. Se teme que ellos absorban sus malos hábitos, lo que los llevaría a reproducir sus conductas, y hacerlos egresar de la institución es la forma de evitar esto (Tabbush y Gentile, 2014).

Una investigación sobre las prácticas y percepciones sobre la maternidad y la crianza realizada en la Unidad Penitenciaria Nº 33 de La Plata destaca que los modelos de buenas y malas madres se potencian en el encierro y se traducen en una mayor culpabilización para quienes no sienten la maternidad según esos imperativos morales. Los sentimientos de las mujeres hacia sus hijos son descritos como naturales y se observa que entra en tensión el sentimiento de haber abandonado las obligaciones maternas, desprotegiendo a quienes quedaron afuera y debían cuidar, con la decisión de mantener junto a ellas a los hijos menores de cuatro años aun sabiendo que no es un contexto propicio para su desarrollo. La maternidad opera como mecanismo de supervivencia y, al mismo tiempo, se resignifica al poner la mirada en el bienestar de los hijos y las hijas como motivación para lograr la libertad (Ortale et al., 2019).

Por su parte, María Florencia Actis Llaryora aborda el lugar que adquieren la sexualidad y los deseos durante el encarcelamiento. Según esta autora, las mujeres construyen relaciones amorosas en la cárcel y despliegan esquemas de parentalidad no hegemónicos, tramitando sus sexualidades de otras maneras que en el exterior y contrarrestando el peso de la heterosexualidad obligatoria (Actis, 2016). Y agrega que “la cotidianeidad de vínculos no heterosexuales en la escena carcelaria amplía los modos y modelos plausibles de encontrarse sexoafectivamente, de reconfigurar lo femenino/masculino y el rol de la maternidad” (Actis, 2016: 75) ampliando la capacidad de agencia de las mujeres.

Asimismo, la autora reflexiona sobre los sentidos que puede adquirir el paso por la cárcel. La población carcelaria pertenece a los sectores más vulnerados, con trayectorias caracterizadas por marginalidades múltiples que no suelen acceder al ejercicio pleno de sus derechos y libertades individuales. La cárcel aparece como una vía de acceso a recursos del Estado históricamente negados, como la salud o la educación, y como cierta restauración de derechos más allá de la precariedad generalizada en que se implementan. Esto, aunque resulte paradójico, permite advertir que “sus ideas en torno a la cárcel no siempre están vinculadas a experiencias traumáticas como se prefiguran en otros sectores o clases, desligados por completo del mundo del delito penal” (Actis, 2016: 71).

Mujeres presas por delitos relacionados con drogas en la región

La realidad femenina en las cárceles latinoamericanas refleja no sólo las injusticias y la criminalización de la pobreza femenina existente en el mundo sino también las discriminaciones de género, clase y etnia. “En las cárceles de esta región, se condena la pobreza transgresora de las mujeres latinas, negras, mestizas e indígenas, y también la de sus redes familiares. Ellas son el chivo expiatorio de las políticas antidrogas” (Samaranch y Di Nella, 2016: 210). Entre las investigaciones sobre la región cabe destacar las realizadas por Rosa Del Olmo, feminista y pionera de la criminología crítica, y Carmen Antony, quienes coinciden en afirmar que la delincuencia femenina ha sido poco estudiada y se ha preferido etiquetar a las mujeres sin realizar investigaciones serias. La conducta de la mujer se criminaliza y sanciona de acuerdo a requerimientos precisos del sistema social y del contexto histórico en que se desenvuelve. No es la criminalidad de la mujer la que se aborda en las escasas investigaciones existentes sino más bien la tendencia a criminalizar a la mujer por delitos, como por ejemplo los relacionados con drogas (Del Olmo, 1987 y 1988; Antony, 2007).

En México, una investigación realizada por Edith Carrillo Hernández analiza el incremento de encarcelamientos de mujeres por delitos relacionados con drogas porque son consideradas agentes significativos de la cadena delictiva del narcotráfico. Como resultado, señala un endurecimiento de las penas imputadas y la negación de los beneficios de preliberación que establece la ley. La autora analiza la relación entre la dependencia afectiva y el ilícito de las drogas, y retoma a Marcela Lagarde, para quien muchas de esas mujeres “se ligaron a las drogas por ser esposas o amantes de traficantes. Su relación conyugal, filial o materna con los hombres está en la base de la transgresión” (citada en Carrillo Hernández, 2011). Por esto, agrega, la mayoría de las mal llamadas “traficantes” llegan a serlo por su relación matrimonial o de convivencia con narcotraficantes o adictos. El hombre traficante sacrifica a su compañera creyendo erróneamente que el aparato de justicia tendrá un trato más benevolente con ella y que las mujeres son menos propensas a sospechas por parte de la policía, que se dejaría llevar por el imaginario de un hombre joven como traficante (Carrillo Hernández, 2011).

En Venezuela, la investigación de Teresa Salazar y Blanca Elisa Cabral analiza de qué manera, desde ciertos saberes científicos, se establecen criterios de autoridad e imperativos categóricos propios de la visión androcéntrica con la que se trata e incluso se juzga y decide sobre los comportamientos delictivos femeninos, y señala como consecuencia de ello que resultan invisibilizadas otras variables significativas de género.

Las autoras cuestionan el hecho de que las ciencias como el derecho y la criminología, en tanto herederas de estos saberes sociales y sus mecanismos de poder, operan bajo una racionalidad cientificista y los efectos de ese ejercicio de poder se observan en legislaciones discriminatorias, sentencias sesgadas por estereotipos sexuales y aparatos judiciales que dificultan el acceso de las mujeres a la justicia. En este sentido, sostienen que el derecho no puede ser patrimonio de los expertos, abogados, juristas o legisladores sino que debe ser reconocido por todos los ciudadanos conscientes de sus derechos (Salazar y Cabral, 2012).

Otro aspecto que analizan estas investigadoras es la situación de encarcelamiento de mujeres indígenas en una cárcel de Maracaibo, muchas de ellas procesadas y condenadas sin haber sido oídas debido a que no hablan castellano y no se les brindó la posibilidad de traducción durante el proceso judicial. Esto constituye un claro ejemplo de los sesgos y la inequidad del sistema jurídico, en el que se evidencian las discriminaciones étnicas-raciales y

[…] el empeño del sistema judicial y el subsistema penitenciario de negar a la mujer infractora sus derechos por ser la antítesis del modelo de mujer elaborado por nuestra cultura, ponen de manifiesto que la violencia subyace en nuestro sistema judicial y penitenciario, y que […] se sigue tratando el crimen con diferenciaciones e inequidades de género (Salazar y Cabral, 2012: 233).

Por último, las autoras retoman a Alda Facio, quien afirma que la visión estereotipada de mujeres y hombres, y específicamente la invisibilidad de las mujeres, son factores que han impedido la existencia de un trato justo para la mujer criminalizada.

En Brasil, Katie Argüello y Mariel Muraro realizaron un estudio de relevancia en una cárcel de mujeres de Piraquara, para el cual entrevistaron a 141 mujeres de diversas ciudades brasileñas y extranjeras presas por el delito de tráfico. Utilizaron un cuestionario que focalizaba en diversos aspectos de la vida en la prisión y de la comprensión sobre el tráfico con el objetivo de analizar el impacto de la política criminal actual de la guerra contra las drogas emprendida en Brasil y mostrar cómo ello intensifica las diversas formas de violencia a las que las mujeres son sometidas en una sociedad profundamente desigual.

Coinciden con otros autores en afirmar que la actual política criminal sobre drogas ha sido responsable por el aumento significativo en el encarcelamiento de las mujeres en los últimos años. El sistema de justicia penal opera selectivamente, centrándose en las mujeres en situación de vulnerabilidad social y económica. Las mujeres pobres son las víctimas de la violencia estructural y de la desigualdad de género, que las coloca en una posición subordinada en la sociedad, especialmente en relación al trabajo. Con el paso por la cárcel se convierten, además, en víctimas de la violencia institucional. El sufrimiento que padecen en prisión es intensificado por la condición de madre y mujer (Argüello y Muraro, 2015).

En Colombia, Luz Piedad Caicedo Delgado realizó una investigación en la que, en consonancia con lo sostenido por las producciones académicas de la región, muestra a través de testimonios de mujeres que el involucramiento creciente de las mujeres en la industria de las drogas es resultado del modelo de desarrollo neoliberal y de un orden de género militarizado. Esta última concepción se refiere a que el ordenamiento social de género está moldeado a la vez que moldea la guerra contra las drogas y la recurrencia a las armas propia del narcotráfico. La autora sostiene que la cárcel y el trato que allí reciben las mujeres es la demostración de un Estado que, al priorizar el crecimiento económico, es incapaz de garantizar el bienestar de todas las personas. Así, las mujeres que están en prisión reflejan de manera dramática las fisuras de este modelo (Caicedo Delgado, 2017).

Coinciden las investigaciones latinoamericanas en que, en algunos casos, las razones que motivan a estas mujeres a un acto delictivo obedecen a la imposibilidad de cumplir con su papel de proveedoras para sus hijos, lo que “justifica” moralmente su decisión de involucrarse en este delito (Fleetwood, 2014; Gibbs, 2001). Estos factores inciden en su participación en la venta de drogas.

Ello explica que cada vez con mayor frecuencia tenga que elegir como salida a esta situación la de ofrecer su fuerza de trabajo en la agroindustria de las drogas. […] La mujer ha encontrado una nueva fuente de trabajo, pero como es ilegal, también la saca del mercado laboral, con el agravante que además será estigmatizada como delincuente y sometida a una severa criminalización (Del Olmo, 1988: 159 y 166).

También se ha mencionado que la idea de que el “amor romántico” es una construcción social y una relación de poder que influye en las decisiones y acciones que emprenden las mujeres que se insertan en tráfico de drogas, “llevándolas a veces a cometer actos desesperados o ‘sacrificios’ en nombre del ser amado” (Torres Angarita, 2008: 5).

En la mayoría de estos estudios se destaca que, como ocurre en otros campos laborales, dentro de las cadenas de narcotráfico las mujeres acceden muy pocas veces a posiciones jerárquicas. Ellas sólo ocupan posiciones subordinadas, no estratégicas pero sí de alto riesgo, y están más indefensas ante una detención debido a su poca experiencia y falta de protección, además de que no cuentan con recursos económicos ni con las redes sociales que les permitan evitar llegar a prisión (Carrillo Hernández, 2011; Giacomello, 2013; Torres Angarita, 2008). Las economías ilegalizadas como el narcotráfico utilizan como recursos el sometimiento y la esclavitud. La alianza entre capitalismo y patriarcado se expresa con nitidez en el mercado de las drogas (Arduino, 2017).

Una vez involucradas en el narcotráfico como transportistas o pequeñas comercializadoras se convierten en víctimas del sistema jurídico, que las juzgará sin que se tome en cuenta su contexto y su papel secundario en la cadena del narcotráfico (Del Olmo, 1988).

El encarcelamiento de las mujeres encargadas de los cuidados y la economía del hogar implica cambios en la organización familiar. En este sentido, la investigación dirigida por Corina Giacomello profundiza sobre el impacto que el encarcelamiento tiene en la vida de niñas, niños y adolescentes con padres o madres encarcelados por delitos de drogas. En principio, se resalta la falta de información pública sobre el número de quienes se encuentran en esa situación. Entre las principales consecuencias se destaca que los niños están expuestos a múltiples formas de violencias; que son sujetos invisibilizados por las políticas de drogas y sus derechos no son tomados en cuenta por el sistema de justicia y las políticas públicas; que la implementación de políticas de drogas punitivas impacta directamente en el aumento del número de esta población específica y en los niños que residen en un país distinto al de detención del referente adulto, o bien aquellos que nacen y/o crecen en el país de detención de la madre o padre (generalmente la madre), y lejos del país y de la familia de origen. También destacan la importancia de diseñar políticas públicas integrales centradas en la niñez y con perspectiva de género en el análisis del encarcelamiento y sus impactos (Giacomello, 2019).



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