Nuestros cursos:

Nuestros cursos:

2 La antropología jurídica como abordaje teórico metodológico

Florencia Graziano

El campo de lo estatal, el derecho y las prácticas judiciales

La perspectiva analítica que aquí explicito y caracterizo se nutre de los desarrollos conceptuales y trabajos empíricos inscriptos en el campo de los estudios de la antropología jurídica. Pero más particularmente de las experiencias de investigación dedicadas a comprender la microfísica de la violencia institucional, que al ser rutinaria y poco espectacular, informa los usos y costumbres de múltiples instituciones. Esas investigaciones han implicado un diálogo reflexivo con aquellos que cotidianamente trabajan en algunas de esas instituciones y también -y sobre todo- con quienes desde diversos colectivos y grupos sociales intentan limitar aquello que denuncian como vulneraciones de derechos o injusticias y que han sido desarrolladas, en nuestro contexto local, por el Programa de Antropología Política y Jurídica de la Universidad de Buenos Aires. Así, tal como Sofía Tiscornia ha señalado (2011), desde tempranamente hemos elegido ser parte de un campo y en él nos hemos dedicado a renarrar desde una perspectiva etnográfica muchos de los conflictos que allí llegan, a documentar y registrar los diversos procedimientos usados para juzgar y castigar, a identificar las normas consuetudinarias y de baja jerarquía que organizan el trabajo institucional, a indagar los saberes y las categorías usadas para clasificar, ordenar y administrar a una población que las más de las veces es estigmatizada y demonizada, y se presenta vulnerabilizada e incluso deshumanizada. Así las diferentes investigaciones que en este marco se han llevado a cabo procuraron dar cuenta y comprender el cómo de un poder que se despliega y construye cuerpos y categorías de sujetos pasibles de ser alcanzados por un sistema que muchas veces demuestra que la operatividad de las leyes depende de quién cometió el crimen (Da Matta, 1998).

En ese marco, desde hace al menos una década hemos desarrollado una línea de indagación específica con el Equipo Burocracias, derechos, parentesco e infancia -conceptos que de algún modo reúnen los diversos trabajos etnográficos que llevamos adelante-. Así, a partir de los sucesivos proyectos de investigación que fuimos desarrollando, hemos indagado el cómo de un poder que se ejerce y despliega sobre sujetos que son clasificados como personas en formación y si bien ello redunda en un plus de derechos y garantías especiales, también y fundamentalmente los hace ser objeto de un control que se reviste de objetivos aparentes asociados a la protección, a la modificación de conductas, a la responsabilización y que posibilita intervenciones que se hacen extensivas a sus familias, y fundamentalmente a quienes deberían ser sus responsables y representantes. Así en este contexto de análisis, abordar las prácticas de esa parte de la justicia destinada a una “categoría especial de personas” (Villalta, 2001) ha sido el objetivo de las diferentes etnografías que hemos desarrollado en estos años (Villalta, 1999, 2004, 2013; Graziano y Jorolinsky, 2010; Graziano, 2017; Medina, 2019) y que se nutrieron tanto de la lectura y el diálogo con los trabajos de otros colegas (Guemureman, 2005, 2011; Guemureman y Daroqui, 2001; López, 2018) como de los trabajos conjuntos y las apuestas político-académicas que en todos estos años hemos concretado (Medan, et al., 2019; Medan y Graziano, 2019, 2022; Villalta y Graziano, 2020; 2023; Llobet y Villalta, 2019; Nebra, 2021) muchas de las cuales han dado origen a los trabajos contenidos en este libro. Además, esas indagaciones fueron las que nos permitieron construir algunas de las coordenadas conceptuales y de los intereses teóricos que pretendo desplegar y problematizar en este texto. En suma, nos permitieron construir una perspectiva socio antropológica para abordar el Estado, el derecho, las instituciones judiciales y sus prácticas, la justicia de menores en particular y las transformaciones que en los últimos años allí se han sucedido.

Si algo caracteriza a los trabajos desarrollados en el campo de estudios de la antropología jurídica -trabajos que se remontan a los inicios de la antropología en tanto disciplina científica[1]– es que han permitido problematizar la idea de un Estado ahistórico o bien en abstracto, como si estuviera por fuera de entramados y transformaciones sociales, políticas y económicas, tanto nacionales como internacionales. Estos trabajos en cambio posibilitaron discutir la visión de un Estado coherente, homogéneo y armónico, para dar cuenta de las tensiones y contradicciones entre la multiplicidad de burocracias que lo componen y los actores que lo conforman y hacen de él un campo de disputas. A su vez, desde esta línea de indagación antropológica también se ha desarmado la idea de una acción estatal circunscrita, con una direccionalidad única y lineal. Antes bien, se ha podido documentar los contradictorios y no lineales efectos de su institucionalidad así como la ambivalencia de sus prácticas. En tal sentido, lejos de concebir al Estado exclusivamente como una instancia de erogación de control y vigilancia, se ha procurado visibilizar y comprender la racionalidad de sus heterogéneas, complejas y fragmentarias burocracias.

A su vez, la tradición antropológica para pensar al derecho ha resultado crucial para aportar a su comprensión en tanto parte de la realidad local. Esto es, ha permitido interpretar y analizar el derecho no solo como resultante de tradiciones jurídicas de muy larga duración o entenderlo como parte de un universal, sino antes bien como un constructo informado por valores sociales y culturales de contextos locales. En este sentido, son numerosos los estudios antropológicos que han demostrado que el derecho no es un campo aislado de lo social, sino que está inserto en tramas de relaciones, en tradiciones institucionales, en prácticas, intencionalidades y subjetividades. Paralelamente, desde una mirada antropológica, se ha considerado que el derecho no puede ser entendido como un sistema cerrado y coherente de normas abstractas. Así como diferentes indagaciones antropológicas nos han permitido concebir al derecho como una producción social y moral, también nos han posibilitado admitir que las normas no son aplicadas en forma neutra ni según criterios objetivos y formales. Esta perspectiva resulta fundamental para tomar distancia de un enfoque legalista y tecnicista tendiente a interpretar la administración judicial como mero reflejo de la aplicación mecánica de las normas.

Los estudios que, desde una perspectiva antropológica, han explorado las prácticas cotidianas del poder judicial (Tiscornia, 2004; Kant de Lima; 1995, 2005; Sarrabayrouse Oliveira, 1998, 2004; Tiscornia y Pita, 2005; Martínez, 2005; Eilbaum, 2005, 2008, 2012, Villalta, 2012; Barrera, 2012; Renoldi, 2010, Daich, 2009; por citar algunos) nos han permitido comprender que estas no se reducen a meros procedimientos formales y burocráticos. Tal como han propuesto diversas investigaciones, no hay una única forma de administrar justicia, sino que esta se construye en las interacciones puntuales que suceden en un determinado contexto institucional. El espacio judicial si bien dispone de una serie de reglas, repertorios de acción, normas y estructuras de muy larga data, se construye y reconstruye también en esas prácticas e interacciones. En este sentido, diferentes etnografías sobre las instituciones judiciales han puesto de manifiesto que, para comprenderlas, es necesario analizarlas como sistemas de relaciones sociales y de poder, entendiendo que las instituciones están compuestas por personas insertas en tramas de relaciones y de tradiciones institucionales. Analizar desde esta perspectiva una institución judicial, lejos de comprenderla de manera aislada, supone entenderla vinculada a otras instituciones del Estado, lo cual implica que en los procesos decisorios de la justicia participan una multiplicidad de agencias. Esto es, que el campo de “la justicia” no actúa en solitario, sino que lo hace en interacción con otros organismos y agentes que tienen o pueden tener lógicas distintas y estrategias diferenciadas, lo cual nos aleja de una idea supuestamente abstracta de justicia, y por ende carente de disputas, tensiones y negociaciones (Villalta y Graziano, 2020).

En suma, a partir de los aportes de diferentes trabajos que se han realizado en este campo de estudios, los postulados teóricos de los que partimos son los siguientes: el Estado no es un ente coherente y armónico; las instituciones judiciales no pueden ser estudiadas como si fueran un todo homogéneo y con contornos definidos; el derecho no es ni puede ser entendido como un sistema cerrado de normas abstractas y el curso de un proceso jurídico no obedece, por consiguiente, a la aplicación universalista de las reglas jurídicas, sino que está informado por diversas variables.

Desde estas claves de lectura construidas para analizar las acciones estatales, el derecho, las instituciones judiciales y sus prácticas cotidianas, adquirimos una comprensión más profunda del proceso jurídico. Reconocemos que este no se limita a ser un mero procedimiento técnico y formal. En realidad, las decisiones judiciales se forjan también a través de la subjetividad y la moralidad de los diferentes agentes que intervienen en el proceso. Y ello es especialmente notorio en el campo de la denominada “justicia de menores”-ámbito sobre el que tratan los trabajos reunidos en este libro- en el cual el propio plano normativo[2] sugiere que las decisiones jurídicas sean fundadas en las evaluaciones morales de los actores.

La justicia penal juvenil y sus transformaciones

Como mencioné, diversos estudios han abordado las particulares características de esta justicia, en la que no solo se juzgan actos sino también personas y familias. En la que prevalece una lógica retributiva y punitivista combinada con un abordaje rehabilitador y tutelar. Esta impronta se visualiza en una forma de administración judicial que no solo no se basa exclusivamente en la imposición lisa y llana de lo estipulado por la normativa, sino que se orienta a modificar conductas, en la que se ponen en juego estrategias de negociación, convencimiento y persuasión (Villalta y Martínez, 2022), pero en la que también hay una intervención tendiente a que los adolescentes aprendan a escenificar y demostrar un cambio, a realizar estratégicamente lo que es bueno para la causa judicial (Graziano, 2017).

Los aportes empíricos y teóricos en torno a las formas en las que se gestionan judicialmente, no solo delitos, sino también conductas y personas, han resultado una importante contribución para entender buena parte del funcionamiento de esta “justicia”. Para conocer y comprender esa configuración de relaciones que involucra acciones de asistencia y represión, ya que se trata de burocracias que son punitivas y tutelares a la vez. Esto es, persiguen penalmente pero a la vez deben proteger, por lo que sus acciones están signadas por un repertorio que incluye tanto el amedrentamiento, como el consejo, la persuasión y la ayuda.

Estos estudios desarrollados sobre este campo institucional han posibilitado dinamizar el análisis de las intervenciones estatales, ya que a través de una perspectiva etnográfica describieron y analizaron las formas en las que estas se efectivizan en distintos contextos. De este modo, nos permiten poner de relieve la mirada analítica que pretendemos ofrecer en este libro, en el que las formas en las que se ejerce la administración judicial destinada a las personas menores de edad acusadas de delitos, son estudiadas en su heterogeneidad, dinamismo y situacionalidad.

En otras palabras, lejos de una visión normativa o legalista, nuestra perspectiva analítica ha implicado desplazar la mirada desde las leyes y reglamentaciones hacia las redes de relaciones sociales y las rutinas institucionales, hacia los valores morales y las matrices interpretativas, hacia las categorías y saberes que se construyen y reifican en las dinámicas institucionales. Alejarnos así de los análisis imbuidos por la evaluación sobre si las prácticas se ajustan o no a lo planteado por la normativa para, en cambio, contextualizar las distintas transformaciones institucionales ocurridas en el campo penal juvenil que se analizan en este libro.

Desde el proyecto de investigación en el cual surge este libro nos interrogamos por las formas concretas que asume la instrumentación de dispositivos y prácticas desarrolladas desde los principios y presupuestos de la justicia restaurativa, que se enfocan en el tratamiento del delito juvenil y adolescente proponiendo nuevas y alternativas estrategias de abordaje. Analizamos las distintas formas contextualizadas que adquiere la implementación de este tipo de innovaciones en el ámbito penal juvenil. Indagamos en las formas locales de implementación de estas estrategias, en los distintos usos y sentidos con los que son dotadas, en las tradiciones institucionales preexistentes en las que tales experiencias se diseñan, en sus posibilidades de implementación en los contextos específicos, en las tensiones que emergen en su puesta en práctica, en las resistencias y en el activismo. Todo lo cual nos permite advertir el carácter conflictivo, inacabado y disputado que toman estos procesos de transformación.

Y así, en continuidad con las problematizaciones que se han realizado en las investigaciones en este campo, distanciarnos de las perspectivas que comprenden estas transformaciones tan solo en términos de una evolución lineal hacia formas más respetuosas de los derechos o bien como una aplicación mecánica de los postulados vertidos por agencias y organismos internacionales para, en lugar de ello, comprender que las formas que efectivamente adquieren son diversas, en las distintas burocracias estatales y cada contexto local. En tanto se implementan en escenarios singulares atravesados por culturas institucionales de larga duración, por arraigadas prácticas y perdurables matrices de interpretación que guían el accionar de los agentes que integran los dispositivos (Villalta, 2021).

De esta manera, los sentidos, valores y acciones que se movilizan en la implementación de innovaciones en el particular campo institucional en el que la justicia penal juvenil se inserta, se traman también con particulares estigmas y representaciones sobre los y las adolescentes y sobre sus familias, con diversas formas de interpretar los conflictos que protagonizan, con distintos posicionamientos respecto de cómo debe ser la administración judicial en relación a ellos y cuál debe ser el castigo apropiado, y con diferentes concepciones sobre el delito y sobre la protección.

Entendemos también que en esos procesos de implementación de nuevos enfoques emergen disputas y resistencias que deben ser analizadas como parte de las condiciones sociales de posibilidad (o de imposibilidad) de esas transformaciones. Esto es, antes que “evaluarlas” desde una visión ingenua, tecnicista o “evolucionista”, resulta más fructífero inscribirlas en el campo conflictivo en el cual ocurren, a fin de evitar recrear lecturas valorativas, normativas o sesgadas de procesos que son complejos y nunca unívocos.

Las dimensiones planteadas aquí, junto a otras que caracterizan este campo de estudios, pueden encontrarse en los capítulos que componen este libro que, de distintas maneras, exploran en estas innovaciones burocráticas que, entendemos, revelan la capacidad reflexiva de actores judiciales que de modo constante buscan revisar sus prácticas y repensarlas a la luz de la multiplicidad de demandas que cotidianamente presenta el abordaje institucional de la conflictividad penal juvenil. Consideramos que el enfoque crítico que propone el libro es esencial para abordar el sistema judicial, particularmente en esta justicia, que ha estado y aún está influenciada por estigmas y por la perpetuación de demonizaciones en la que, a pesar de los esfuerzos de activistas y agentes comprometidos con los derechos humanos, los adolescentes de sectores populares siguen siendo los más afectados por la selectividad penal y la segmentación social. Dinámicas que se ven exacerbadas en el contexto de un capitalismo feroz que agranda las brechas de desigualdad social, material y simbólica. Por tanto, continuar analizando, etnografiando y problematizando los pilares sobre los cuales se construyen estas instituciones, y cómo se reproducen modos de reificar desigualdades resulta una tarea sumamente necesaria. Este trabajo está íntimamente ligado a nuestras preocupaciones e indignaciones, y subraya el porqué de nuestra elección por estudiar estos temas tan cruciales.

Referencias

Barrera, L. (2012). La Corte Suprema en escena: Una etnografía del mundo judicial. Siglo Veintiuno.

Da Matta, R. (1998). El oficio de etnólogo o cómo tener Anthropological Blues. En F., Boivin; A., Rosato, A. y Arribas, V. (Eds.), Constructores de otredad (pp. 263-272). Eudeba.

Daich, D. (2009). Familias, conflictos y justicia, [Tesis doctoral, Universidad de Buenos Aires].

Eilbaum, L. (2005). La transformación de los hechos en los procesos judiciales: El caso de los procedimientos policiales fraguados. En S. Tiscornia y M.V. Pita (Eds). Derechos humanos, tribunales y policías en Argentina y Brasil, Estudios de Antropología Jurídica. Antropofagia.

Eilbaum, L. (2008). Los ‘casos de policía’ en la Justicia Federal de Buenos Aires: El pez por la boca muere. Antropofagia.

Eilbaum, L. (2012). “O bairro fala”: Conflitos, moralidades e justiça no conurbano bonaerense. Anpocs, Hucitec.

Gluckman, M. (1955). The Judicial Process among the Barotse of Northern Rhodesia Manchester University Press for the Institute of African Studies, University of Zambia.

Graziano, F. (2017). Pequeños juicios: Moralidades y derechos en la administración judicial para “menores” en la ciudad de Buenos Aires. Antropofagia.

Graziano, F., y Jorolinsky, K. (2010). Los juicios orales a personas menores de edad. Intersecciones en Antropología, 11, 173- 184.

Guemureman, S. (2005). Érase una vez… un tribunal de menores. Facultad de Derecho, UBA.

Guemureman, S. (2011). La cartografía moral de las prácticas judiciales en los Tribunales de Menores. Los Tribunales Orales en la Ciudad de Buenos Aires. Del Puerto.

Guemureman, S., y Daroqui, A. (2001). La niñez ajusticiada. Del Puerto.

Kant de Lima, R. (1995). A polícia da cidade do Rio de Janeiro: Seus dilemas e paradoxos. Forense.

Kant de Lima, R. (2005). Policía, justicia y sociedad en el Brasil: Un abordaje comparativo de los modelos de administración de conflictos en el espacio público. En S. Tiscornia y M.V. Pita (Eds). Derechos humanos, tribunales y policías en Argentina y Brasil, Estudios de Antropología Jurídica. Antropofagia.

Llobet, V., y Villalta, C. (2019). De la desjudicialización a la refundación de los derechos: Transformaciones en las disputas por los derechos de los niños y las niñas (2005–2015). Teseo Press.

López, A.L. (2018). Para una sociología de los procesos de la construcción penal institucional. Teseo Press.

Maine, H. (1861). Ancient Law. Cambridge Library Collection.

Malinowski, B. (1926). Crime and Custom in Savage Society. Helix Books.

Martínez, M. J. (2005). Viaje a los territorios de las burocracias judiciales: Cosmovisiones jerárquicas y apropiación de los espacios tribunalicios. En S. Tiscornia y M.V. Pita (Eds.). Derechos humanos, tribunales y policías en Argentina y Brasil, Estudios de Antropología Jurídica. Antropofagia.

Medan, M., Villalta, C., y Llobet, V. (2019). Entre inercias burocráticas y evaluaciones sobre las familias: adolescentes privados de libertad. Revista de estudios socio-jurídicos, 21(1), 293–326. https://doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/sociojuridicos/a.6309

Medan, M., y Graziano, F. (2019). Transformaciones, innovaciones y tensiones en la justicia penal juvenil. En: V. Llobet y C. Villalta (Eds.), De la desjudicialización a la refundación de los derechos: Transformaciones en las disputas por los derechos de los niños y las niñas (2005–2015) (pp. 449–482). Teseo Press.

Medan, M., y Graziano, F. (2022). La justicia juvenil restaurativa en Argentina. Discursos y dilemas de un enfoque en ebullición. Dilemas, 15 (3), 971-998. https://doi.org/10.4322/dilemas.v15n3.47054

Medina, F. (2019). Recorridos frecuentes. Una etnografía en el campo penal juvenil de Santiago del Estero, Argentina. [Tesis doctoral, Universidad Nacional de Tucumán].

Nebra, J. (2021). Medidas (y) alternativas para jóvenes (varones) en una experiencia penal territorial. Una investigación socioantropológica desde un Centro Sociocomunitario de Responsabilidad Penal Juvenil en el conurbano bonaerense. [Tesis doctoral, Universidad de Buenos Aires].

Renoldi, B. (2010). Persona, Agencia y Estado: Rutinas de instrucción judicial en el proceso federal argentino. Cuadernos de Antropología Social, 32, 95–120.

Sarrabayrouse Oliveira, M.J. (1998). Poder Judicial: Transición del escriturismo a la oralidad [Tesis de Licenciatura, Universidad de Buenos Aires].

Sarrabayrouse Oliveira, M.J. (2004). La justicia penal y los universos coexistentes: Reglas universales y relaciones personales. En S. Tiscornia (Comp.). Burocracias y violencia, Estudios de Antropología Jurídica (pp. 203-238). Antropofagia.

Tiscornia, S. (2004). Burocracias y violencia, Ensayos sobre Antropología Jurídica. Antropofagia.

Tiscornia, S. (2011). El trabajo antropológico, nuevas aldeas y nuevos linajes. En: R. Kant de Lima, L. Pires y L. Eilbaum (Orgs.). Burocracias, Direitos e Conflitos: pesquisas comparadas em Antropologia do Direito. Garamond.

Tiscornia, S., y Pita, M.V.(2005). Derechos humanos, tribunales y policías en Argentina y Brasil, Estudios de Antropología Jurídica. Antropofagia.

Villalta, C. (1999). Justicia y menores: Taxonomías, metáforas y prácticas. [Tesis de licenciatura, Universidad de Buenos Aires].

Villalta, C. (2001). Atribuciones y categorías de una justicia para la infancia y la adolescencia. Cuadernos de Antropología Social, 14, 95-115.

Villalta, C. (2004). Una filantrópica posición social: los jueces en la justicia de menores. S. Tiscornia (Ed.), Burocracias y violencia: Estudios de antropología jurídica (pp. 281-326). Antropofagia.

Villalta, C. (2012). Entregas y Secuestros. El rol del Etado en la apropiación criminal de niños. Del Puerto.

Villalta, C. (2013). Un campo de investigación: las técnicas de gestión y los dispositivos jurídico-burocráticos destinados a la infancia pobre en la Argentina. Civitas, 13(2), 245–268.

Villalta, C. (2021). Antropología de las intervenciones estatales sobre la infancia, la adolescencia y la familia. Etnografiando prácticas cotidianas, construyendo perspectivas analíticas. Cuadernos de Antropología Social, 53, 21-37. https://doi: 10.34096/cas.i53.10169

Villalta, C., y Graziano, F. (2020). Justicia restaurativa y medidas alternativas al proceso penal en la Argentina. Transformaciones y disputas en la justicia penal para adolescentes. NuestrAmérica, 8(15), 57–73.

Villalta, C., y Graziano, F. (2023). Prácticas judiciales y saberes. Etnografiando la justicia penal juvenil en la Argentina. Oñati Socio-Legal vol. 13 No. 5 https://doi.org/10.35295/135

Villalta, C., y Martínez, J. (2022). Estado, infancias y familias. Estudios de antropología política y jurídica. TeseoPress.


  1. Los estudios más tempranos de la antropología jurídica se remontan a las obras pioneras de Henry Maine (1861), Bronislaw Malinowski (1926) y Max Gluckman (1955). En sus obras introdujeron el análisis comparativo de las leyes y las instituciones jurídicas en diferentes sociedades, enfatizaron la importancia de las normas y prácticas culturales en la regulación de la conducta y destacaron la interacción entre el derecho, la sociedad y la moral. De esta manera, los estudios de estos autores sentaron las bases para entender el derecho desde una perspectiva antropológica, subrayando la diversidad y complejidad de las prácticas jurídicas a través de diferentes culturas.
  2. La Ley Penal de la Minoridad (Ley 22.278) en su artículo 4° es clara con relación a este tema, ya que deja supeditada a “las modalidades del hecho, los antecedentes del menor, el resultado del tratamiento tutelar y la impresión directa recogida por el juez” la aplicación o no, de una sanción.


Deja un comentario