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Feminismos y teorías
de las relaciones internacionales

Mariana Colotta

Introducción

El propósito de este capítulo es presentar algunas de las teorías críticas de las relaciones internacionales que dan cuenta de distintas perspectivas teóricas feministas contextualizadas regional y temporalmente. Todas ellas desafiantes y críticas respecto de los paradigmas dominantes de las relaciones internacionales como el realismo, el liberalismo y las teorías eurocéntricas.

J. Ann Tickner y la crítica a la visión masculina de lo internacional. Malestream

Sin lugar a dudas, la autora más representativa y precursora de las posturas del “punto de vista feminista” en relaciones internacionales es J. Ann Tickner (1992), quien rebatió los seis puntos fundamentales de la obra de Hans Morgenthau (1948). J. Tickner planteó el hecho de que existen espacios o dominios históricos tradicional y exclusivamente masculinos, como la diplomacia, el servicio militar y la ciencia política internacional.

Según las teorías feministas, el concepto de realismo político dominante después de la Segunda Guerra Mundial percibió de manera incompleta la política internacional, frente a una realidad que es múltiple, y que plantea términos como “poder”, “guerra”, “disuasión”, “amenaza”, que son tradicionalmente masculinos, cuando, en la visión de la política internacional, deben considerarse igualmente otros conceptos como cooperación y conflicto, moralidad y realismo político, y los esfuerzos por justicia y orden, lo que incorporaría la multidimensionalidad al pensamiento.

Tickner (1988) propone incorporar una perspectiva femenina a la visión masculina –incompleta y parcial– del sistema internacional, y con ello hacer más accesible el campo de las relaciones internacionales a las mujeres, para lograr una comprensión del mundo más completa y generar lo que ella denomina una “epistemología feminista de las relaciones internacionales”, donde la masculinidad y la feminidad se refieren a un conjunto de categorías socialmente construidas que varían en tiempo y lugar, más que a determinantes biológicas. En las dicotomías conceptuales occidentales como objetividad vs. subjetividad, razón vs. emoción, mente vs. cuerpo, cultura vs. naturaleza, uno mismo vs. el otro, queda en evidencia lo incompleto de una visión tradicional patriarcal (Tickner, 1988: 431).

De entre las pocas mujeres presentes en el ámbito de las relaciones internacionales, se encuentran escasas especialistas en seguridad internacional, lo más frecuente es que las mujeres escojan áreas o temas como economía política internacional, relaciones Norte-Sur o relacionadas con justicia distributiva… (Tickner, 1988: 429).

La época inicial del feminismo en las relaciones internacionales está marcada por la aparición de múltiples escritos frente a la mencionada permeabilización del muro disciplinario. Todos ellos intentaban exponer cómo los supuestos teóricos del mainstream, también llamado malestream, eran producto de una visión masculina de lo internacional, que oculta los problemas de las mujeres y favorece la perpetuación del patriarcado (Sodupe, 2003: 197-198).

Hay tres autoras que destacan en esta primera irrupción del feminismo en las relaciones internacionales: J. Ann Tickner (1988), Cynthia Enloe (1990, 2014), y V. Spike Peterson (1992). Los elementos clave del discurso predominante en la disciplina serán reexaminados por el feminismo: el poder, la seguridad, la división entre el ámbito público y el privado, la guerra, los derechos humanos, y las desigualdades de la economía global.

Es así como, sobre la denuncia fundacional sobre que lo personal es político, el feminismo de las relaciones internacionales asegurará también que lo personal es internacional (Enloe, 2014).

El aporte desde el paradigma liberal: Rawls, Nozick y Walzer. Crítica a la democracia incompleta

A la postura crítica frente al paradigma realista, desde otra perspectiva feminista, se suman las teorías feministas que cuestionan el aporte de los autores del liberalismo por considerarlos introductorios a la temática del género y la política.

Incluso, algunas corrientes feministas denuncian que, históricamente, desde los orígenes mismos de la democracia como sistema de gobierno o sistema político, la exclusión de las mujeres “abierta, solapada o disfrazada en el sexismo de los lenguajes” ha sido un signo dominante, y que esta concepción ha comenzado a revertirse solo en los últimos tiempos (García Prince, 2004: 15). Es decir, la noción liberal de ciudadanía referida a los miembros de una comunidad política –que expresaba todo el poder de convicción de la teoría de la igualdad– comienza a desdibujarse en las sociedades complejas, en las que aparecen nuevas problemáticas, planteadas por el feminismo, los ecologistas, los estudios culturales y étnicos que también atraviesan la agenda de las relaciones internacionales.

Si bien desde la impronta liberal la relación entre representación política femenina y democracia no es explícita, sus orígenes pueden rastrearse en el siglo xix y el establecimiento de los principios emblemáticos de libertad e igualdad. El liberalismo de Rawls (1990: 11-53), el libertarismo de Nozick (1988: 7-30) y el republicanismo de Walzer (1998: 20-60) presentaron el problema de la articulación entre democracia y pluralismo partiendo de diferentes definiciones de conceptos tales como “igualdad”, “libertad”, “pluralidad” y “ciudadanía democrática”, aunque no aparece en estos autores una acabada reflexión respecto de la valoración de las diferencias de género en las democracias. Sin embargo, es válido realizar un apartado especial en relación con la teoría de Rawls (1990: 11-53).

La concepción liberal rawlsiana del ciudadano supone personas libres con iguales derechos y que requieren los mismos bienes primarios para alcanzar el bien final de la democracia. Su teoría de la justicia –que hace de la igualdad un imperativo– expresa que, en cuanto equidad, la justicia establece la necesidad de dar tratamiento preferencial a los más débiles como forma de garantizar la igualdad de todos. Esto es particularmente importante en relación con los presupuestos fundamentales del derecho antidiscriminatorio, dado que implica una redistribución de bienes y riqueza a favor de los menos favorecidos con el objeto de rectificar desigualdades, y es la raíz de lo que se conoce como “acciones afirmativas”. La equidad de las libertades políticas debe estar garantizada para todos los ciudadanos; todo el mundo debe tener “una oportunidad equitativa de tener un cargo público e influir en el resultado de las decisiones políticas” (Rawls, 1990: 303). El primer principio de justicia de Rawls asegura a cada ciudadano un acceso semejante a puestos de autoridad política, mientras que el segundo principio, llamado “de la diferencia”, acepta desigualdades en beneficio de algunos en virtud de la igualdad de oportunidades, al establecer que dichas desigualdades deben procurar el máximo beneficio a los sectores menos aventajados de la sociedad.

El modelo libertario de Nozick (1988: 7-30) parte del pluralismo, pero desde una óptica distinta: concibe a la ciudadanía como esencia, como el único modo en que la persona se realiza como ciudadano. Este concepto de “ciudadanía” legitima el derecho a ser individualmente diferente y, por lo tanto, reivindicaría la autonomía de las mujeres.

Walzer (1998: 20-60), por su parte, incorpora nuevas dimensiones a la problemática de la ciudadanía, gracias al valor que le concede a la participación en el ejercicio de esta, a la noción de la existencia de un bien común supraindividual, a la existencia de la autonomía del ciudadano, que solo son posibles en un contexto colectivo autónomo y en la concepción de la igualdad como ausencia de dominación. Con esto último, Walzer introduce el tema de la dominación en el ámbito de la diferencia, y la igualdad es vista como igualdad de condiciones para satisfacer la autonomía de la ciudadanía. Por otra parte, la participación política, para este autor, es clave para la construcción de la autonomía de la comunidad política.

En relación con el concepto de “autonomía”, Held señala que esta condición es, antes que nada, un ideal alcanzable y urgente, y propone un modelo de democracia que “respete, cree y garantice las condiciones de aplicación necesarias para los valores universales de la igualdad, la libertad, la justicia y el principio de autonomía” (Held, 1991: 35-227).

La perspectiva feminista de Mouffe (2003), sin embargo, supone que pensar la política significa multiplicar las formas posibles de poder, alentando la discusión y el antagonismo en un marco de poderes en pugna; y justamente, desde la democracia radical que propone, alienta el disenso plural y su organización contingente. Mouffe sugiere que el deseo de un orden universal sin exclusión obtura lo que una democracia radical debe perseguir: la legitimación del conflicto (Mouffe, 2003: 10-20). De esta manera, si bien la autora reconoce –basándose en la afirmación de que todos los individuos son libres e iguales por nacimiento– que el liberalismo contribuyó a la formulación de la idea de una ciudadanía universal, también admite que redujo la ciudadanía a un mero estatus legal que establece los derechos que el individuo tiene frente al Estado.

No se trata de concebir al ciudadano como un mero receptor pasivo de derechos específicos que goce de la protección de la ley, sino de poner el énfasis en la identificación con la respublica como una identidad política común de personas unidas por su reconocimiento a un conjunto de valores ético-políticos. En este caso, la ciudadanía no es solo una identidad entre otras, como sucede en el liberalismo, ni la identidad dominante que se impone a todas las otras, como en el republicanismo cívico, sino que es un principio de articulación que afecta a las diferentes posiciones subjetivas del agente social.

La creación de las identidades políticas como ciudadanos democráticos radicales depende, pues, de una forma colectiva de identificación entre las exigencias democráticas que se encuentra en una variedad de movimientos: de mujeres, de trabajadores, de negros, de gays, ecologistas, así como en otros “nuevos movimientos sociales”. Es una concepción de ciudadanía que, a través de una identificación común con una interpretación democrática radical de los principios de liber­tad y de igualdad, apunta a la construcción de un “nosotros”, una ca­dena de equivalencias entre sus demandas, a fin de articularlas a través del principio de equivalencias democráticas… (Mouffe, 1999: 112).

Como consecuencia de su postura, la identidad colectiva construida por la ciudadanía radical estaría articulada no ya sobre la base de la igualdad –lo uno que excluye lo otro–, sino mediante el principio democrático de equivalencia, que implica lo uno y lo otro; es decir, la aceptación de las diferencias en igualdad de derechos o, en otras palabras, el igual valor de las diferencias. Mouffe plantea una noción de “ciudadanía” que reformula la distinción entre público/privado en que se basa el liberalismo, la cual relegó la particularidad y la diferencia al ámbito de lo privado y apolítico.

Desde esta multiplicidad se pasa a hablar entonces de una democracia de género, que es una nueva categoría analítica que surge como respuesta a los desafíos emergentes del reclamo por la igualdad y la equidad de las mujeres (Gomáriz Moraga, 2000: 5). La democracia de género sería una alternativa a las políticas de género tradicionales; en los países anglosajones, ya se está hablando de engendered society o sociedad con perspectiva de género, la cual se plasma en los cambios que se están produciendo en España e Italia o en Alemania, donde se define la democracia de géneros como orientación de las políticas públicas y de las políticas organizacionales.

Otra perspectiva es la de la española Simón (1999), que focaliza su crítica contra la dominante “democracia incompleta”, basada en un “pacto cínico” y la propuesta de la “democracia paritaria”, elaborada por Claudette Apprill, secretaria del Comité para la Igualdad de Varones y Mujeres del Consejo de Europa, quien la presentó en 1989 como una nueva hipótesis de trabajo para el combate a las desigualdades. El significado de la paridad se presenta como una alternativa a las cuotas y persigue la garantía de efectiva igualdad para varones y mujeres en las posiciones de poder, a fin de vincular la presencia paritaria con un propósito de cogestión[1].

Dentro de las teorías políticas feministas, podemos mencionar la de Pateman, autora de El contrato sexual, quien considera la existencia de dos tipos de individualidades, la de varones y la de mujeres, y propone la construcción de una ciudadanía diferenciada que reconozca las especificidades de cada género. Según la autora, esto está basado en el hecho de que la individualidad no es un criterio universal y está fundamentado en el modelo masculino que produce la dicotomía de “lo mismo” y “lo otro”; la ciudadanía es una categoría patriarcal y se convierte en una imposición para las mujeres en las democracias liberales, que incluso desvaloriza los atributos de ser mujer (Pateman, 1988: 178-179).

Por el contrario, otras feministas del pensamiento político, como Mouffe (1999: 112), sostienen que la construcción de la ciudadanía sexualmente diferenciada no es la solución al sesgo masculino. Mouffe adhiere a una definición de lo político en la cual la diferencia sexual llega a ser irrelevante, lo que no significa que desaparezca, o que las relaciones entre varones y mujeres sean neutrales. Para esta autora, la ciudadanía democrática pasa a ser una identidad política compartida por personas varones o mujeres plurales que están comprometidos e identificados con un conjunto de valores éticos y políticos de la moderna democracia, basados en la igualdad y la libertad, y que no admiten la dominación. La ciudadanía es concebida como “un principio articulador”. Esta es una articulación posible entre lo universal y lo particular, para que la democracia pueda incluir, con los mismos niveles de equivalencia en cuanto a derechos y libertades, a “el otro” o “la otra”, individuales y colectivos.

Una serie de expresiones de autoras feministas ilustran el nuevo sentido de la igualdad y, aunque no logran incorporarse a la teoría política dominante, constituyen aportes para el debate actual en estos temas: equivalencia humana, como igual valoración de la diferencia (Amorós, 1985: 153); equidiferencia o diferencialidades equivalentes; equipotencia y equifonía; derecho a la diferencia; homologación de los intereses, las prioridades y los valores planteados en las demandas de las mujeres; normas universalizables a varones y mujeres; validación del ejercicio de la diferencia sin subalternidad y sin dominación (Valcárcel, 1997: 79).

Feminismos decoloniales. Cuerpo de mujer, campo de batalla

El cuerpo de la mujer es la primera colonia […] la primera colonia en la historia de la humanidad, fue el cuerpo de la mujer (Segato, 2018: 169).

Edward Said (1979) inaugura los denominados “estudios poscoloniales” y nos remite a un grupo de intelectuales de la India de la talla de Ranajit Guha[2], Gayatri Chakravorty Spivak[3] y Homi Bhabha[4], de fuerte tradición marxista británica (Edward Palmer Thompson, Eric Hobsbawm) y con lecturas marcadas que provienen de la influencia gramsciana y del pensamiento posestructuralista francés (Michel Foucault, Jacques Derrida y Jacques Lacan). Sin embargo, los estudios decoloniales distan de los anteriores al estar encuadrados teórica, histórica y geográficamente de manera diferente. Autores como González[5], Quijano[6], Mignolo[7], Segato,[8] Lugones[9] y Rivera[10] dan cuento de una realidad latinoamericana distintiva, centrando sus análisis en reflexiones propias sobre la colonialidad del poder, el saber y el ser.

Desde este feminismo decolonial, la doctora Rita Segato presenta como gran motor de su pluma el denunciar la superficialidad con la que desde la justicia y la opinión pública se hace referencia a los femicidios[11], sobre todo cuando se hace omisión de la selectividad en su tratamiento considerando la clase social y la raza y su crecimiento sostenido en el número de víctimas.

En el caso de las violencias contra las mujeres, nunca hubo tantas leyes de protección a las mujeres, nunca hubo tanta capacidad de denuncia. Leyes, políticas públicas, instituciones. Pero la violencia letal contra las mujeres en lugar de disminuir, aumenta (Segato, 2018: 201).

A pesar de un marco jurídico regional e internacional, de políticas públicas y organigramas institucionales contra la violencia de género, la letalidad del género sigue creciendo no solo a nivel cuantitativo, sino cualitativamente con la crueldad y ensañamiento con que acontecen.

En 2020, al menos cuatro mil mujeres fueron víctimas de feminicidio[12] en América Latina y el Caribe. De acuerdo con un informe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), en América Latina las tasas más elevadas de feminicidio se registran en Honduras (4.7 por cada 100.000 mujeres), República Dominicana (2.4) y El Salvador (2.1). En cuanto al Caribe anglófono, cuatro de nueve países y territorios con datos disponibles sobre muertes violentas por razones de género registraron un aumento de la tasa por cada 100.000 mujeres entre 2019 y 2020.

En 18 de los 26 países que informan a la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), el número más alto de casos de feminicidios en 2020 correspondió al rango de edad de entre 30 y 44 años (344 mujeres). De acuerdo con el informe[13], las adolescentes y mujeres adultas jóvenes de entre 15 y 29 años representaron el segundo rango con mayor incidencia de feminicidio, con 335 víctimas en 2020.

Desde la antropología y la etnografía, Segato analiza los ciclos y cambios de paradigmas que han atravesado ciertos países en América Latina en relación con los modelos ideológicos y políticos y la manera de abordar la cuestión de género y la violencia contra la mujer. Violencia que, según las estadísticas de Naciones Unidas, ubica a América Latina como el continente más violento en cuanto a su letalidad por violencia criminal, no por guerra, inclusive en grado mayor a África.

Las maniobras recientes del poder en las Américas, con su retorno conservador al discurso moral como puntal de sus políticas antidemocráticas-2016: Macri en Argentina, Temer en Brasil, el “No” uribista y corporativo en Colombia, el desmonte del poder ciudadano en México y Trump en los Estados Unidos- acaben de demostrar de forma irrefutable, por la embestida familista y patriarcal en sus respectivas estrategias… (Segato, 2018: 13).

La antropóloga hace referencia a un “retorno conservador al discurso moral” que actualiza el patriarcado y que repliega el discurso dominante pos Guerra Fría caracterizado por un multiculturalismo que ponía en protagonismo a élites minoritarias –negros, mujeres, hispánicos y LGBTI[14]–.

El actual contexto de la región latinoamericana da cuentas del reagrupamiento y avance de actores conservadores –desde Brasil hasta Honduras– que amenazan con revertir derechos conquistados: “De hecho, la región ha sufrido reveses y retrocesos de derechos conquistados, particularmente en derechos sexuales con el advenimiento de actores neoconservadores fuertemente organizados” (Zaremberg, Tabbush y Friedman, 2021).

Este nuevo escenario es el que vuelve a dar vigencia a su concepción de “violencia sexual” en el orden del poder más allá de su ejecución por medios sexuales y la pone en estado de alerta.

El patriarcado o relación de género, basada en la desigualdad, es la relación de género basada en la desigualdad, es la estructura política más arcaica y permanente de la humanidad. Esta estructura moldea la relación entre posiciones en toda configuración de prestigio y de poder –aunque capturada, radicalmente agravada y transmutada en un orden de alta letalidad por el proceso de conquista y un patriarcado de baja intensidad o bajo impacto– a la era colonial-moderna. […]. El género es, en este análisis, la forma o configuración histórica elemental de todo poder en la especie y, por lo tanto, de toda violencia, ya que todo poder es resultado de una expropiación inevitablemente violenta… (Segato, 2018: 17).

Y en relación con estos términos de ejercicio del poder, aparece la cuestión de las guerras informales contemporáneas y su “feminización”. En el caso Sepur Zarco, de sometimiento a esclavitud sexual y doméstica de un grupo de mujeres maya en Guatemala, Rita Segato deja en evidencia el “método de destrucción del cuerpo social a través de la profanación del cuerpo femenino en la guerra genocida del Estado autoritario en los años ochenta” (Segato, 2016).

Es desde esta perspectiva desde que emergió el concepto de “colonialidad” y los crímenes del patriarcado como formas contemporáneas del poder, la conquistualidad violadora y expropiadora permanente, lamentablemente representada por la guerra represiva guatemalteca, la situación de la Costa Pacífica de Colombia o el pueblo guaraní en Mato Grosso, y surgió la categoría propuesta por Segato (2018) de “femigenocidio”, teñido del carácter público de este tipo de violencia feminicida no referido a agresiones de fundamento vincular[15].

Razón de ello es que, ante la pregunta sobre la manera como detener la guerra, con relación al escenario bélico contemporáneo latinoamericano, Rita Segato (2018) no dudara en responder:

… desmontando, con la colaboración de los hombres, el mandato de la masculinidad: es decir, desmontando el patriarcado, pues es la pedagogía de la masculinidad lo que hace posible la guerra y sin una paz de género, no podrá hacer ninguna paz verdadera… (Segato, 2018: 22).

Desde el análisis antropológico, la autora demuestra un quiebre o una discontinuidad en los paradigmas bélicos del presente, caracterizados por el predominio de la informalidad y el accionar para estatal. El cuerpo femenino o feminizado evidencia un viraje del propio modelo bélico.

Las guerras de la antigua Yugoslavia y de Ruanda son paradigmáticas de esta transformación e inauguran un nuevo tipo de acción bélica en el que la agresión sexual pasa a ocupar una posición central como arma de guerra que produce crueldad y letalidad, dentro de una forma de daño que es simultáneamente material y moral… (Segato, 2018: 63).

Esta situación ha llevado a un nuevo tratamiento en los marcos jurídicos con la figura de la “violación y la violencia sexual” practicada como un proceso de ocupación, exterminio o sujeción de un pueblo por otro, dentro de la legislación sobre crímenes de guerra, genocidio y lesa humanidad.

Es decir, las nuevas configuraciones que asumen las guerras han generado un nuevo rol del cuerpo femenino en la escena bélica, que pasa a ocupar un papel central. En las guerras anteriores, el daño provocado a la mujer era colateral al daño bélico. El móvil eran las mujeres como botín de guerra. Por el contrario, en las guerras actuales, se cae en la victimización de las mujeres y lo colateral se vuelve central.

El crimen organizado, las guerras represivas paraestatales de los regímenes dictatoriales con sus fuerzas paramilitares o sus fuerzas de seguridad oficiales actuando paramilitarmente y la represión policial son componentes contextuales y claves de las normas bélicas contemporáneas.

Estamos frente a crímenes de guerra, de una nueva forma de guerra. La violación y la tortura sexual de mujeres y, en algunos casos de niños y jóvenes, son crímenes de guerra en el contexto de las nuevas formas de conflictividad propios de un continente de paraestatalidad en expansión, pues son formas de la violencia inherente e indisociable de las dimensiones represiva del Estado contra los disidentes y contra los excluidos pobres y no blancos; de la paraestatalidad propia del accionar bélico de las corporaciones militares privadas y de la acción de los sicariatos –constituidos por pandillas y maras que actúan en las barriadas periféricas de las grandes ciudades latinoamericanas– y posiblemente, en el contexto subterráneo de la interconexión entre todos ellos… (Segato, 2018: 63).

En estos contextos, el desplazamiento que generan estas nuevas formas de guerra causan una mayor vulnerabilidad que se explica por la precariedad de los recorridos y de los medios de transporte, la fragmentación familiar con la consiguiente pérdida de vínculos afectivos y de protección durante el camino, el hacinamiento en casas de hospedaje, la venta de servicios sexuales como medio para sobrevivir, la falta de documentos de identidad o de viaje, la irregularidad migratoria y laboral, entre muchos otros factores. A su vez, los factores de riesgo e impunidad aumentan cuando la actuación de las instituciones de protección del Estado en zonas fronterizas resulta ineficiente.

En cuanto al perfil de las personas y los grupos que se encuentran en riesgo, la información disponible permite identificar preliminarmente algunos grupos en los cuales las mujeres asumen un rol protagónico: las personas en situación de irregularidad migratoria (que implica falta de documentos de identidad o de viaje), las familias fragmentadas ya mencionadas, los niños y adolescentes no acompañados, las mujeres jefas de familia (con dificultades de acceso al empleo y necesidad de enviar remesas), las personas –en su mayoría mujeres y muchas de ellas niñas y adolescentes– que ejercen la prostitución como forma de sobrevivencia (especialmente aquellas en situación de explotación por parte de terceros), los hombres en situación de explotación laboral en distintos rubros productivos, la población LGBTI, las personas con discapacidad, las personas que deben recurrir a lugares de hospedaje con altos índices de hacinamiento, entre otros.

La relevancia de estos nuevos fenómenos que generan las guerras informales latinoamericanas ha llevado a que equipos de investigación se focalicen en esta nueva problemática sobre los crímenes sexuales en contextos de conflictos internos de países. Desde equipos forenses, jurídicos, hasta aquellos focalizados en violencia sistemática contra las mujeres indígenas en el caso de Guatemala. Y a que autores como Rita Segato usen la expresión “Cuerpo de mujer, campo de batalla”, pues en él “se agreden, desmoralizan, amedrentan, desmovilizan y derrotan las huestes de hombres a cargo de su vigilancia y protección, no involucradas en el trabajo de la guerra” (Segato, 2018: 90).

Vulnerabilidades colectivas y vulnerabilidades individuales que dejan en evidencia los eventos dañinos o destructivos que tienen eficacia en los sujetos y que pueden provenir de sus procesos psíquicos o del mundo externo. En estos casos, también las comunidades pueden tornarse vulnerables cuando sobre ellas se desatan catástrofes políticas, y también cuando sus miembros –o significativa parte de ellos– protagonizan sucesos vergonzosos. La vulnerabilidad se reconoce porque denota una imposibilidad de defensa frente a los hechos traumatizantes o dañinos debido a insuficiencia de recursos defensivos personales o institucionales; además, pone de manifiesto una incapacidad o inhabilidad para adaptarse al nuevo escenario generado por los efectos de esos hechos externos desordenantes[16]. La perspectiva social y económica es la que describe la vulnerabilidad como dependencia inevitable de las desigualdades sociales que incluye la asimetría de poder entre los géneros y que responde a necesidades sociales que tienden a silenciar la existencia de un supuesto básico: los varones pueden disponer del cuerpo de las mujeres cualquiera sea la situación en la que ellas se encuentren. Por lo tanto, silenciar e invisibilizar es una estrategia social protectora del ordenamiento social representado por el poder masculino.

Lo que demuestran estas nuevas guerras informales es la destrucción de los lazos de confianza del tejido de la comunidad; es una forma de hacer la guerra que vuelve y entra en el espacio doméstico.

Femicidios vs. femigenocidios

Los femicidios relatados en el apartado anterior son los que Rita Segato propone denominar bajo una nueva categoría, “femigenocidios”, por su aproximación a la categoría de genocidio y por tratarse de agresiones a mujeres con intención de letalidad y deterioro físico en contextos de impersonalidad, cuando los agresores son un colectivo organizado o forman parte de una corporación y actúan mancomunadamente (Segato, 2018: 92).

El término “femigenocidio” pasaría a encuadrar los crímenes que, por su cualidad de sistemáticos e impersonales, tienen por objetivo específico la destrucción de las mujeres y los hombres feminizados sin que haya posibilidad de personalizar o individualizar ni el móvil de la autoría ni la relación entre perpetrador y víctima. Otro punto distintivo es el de la multiplicidad de las víctimas en relación inversa con el número de responsables por el crimen, ya que los femicidios de naturaleza impersonal, es decir, los femigenocidios, revisten una sistematicidad y un carácter repetitivo que resultan de normas compartidas y no de contextos interpersonales o motivaciones subjetivas. Genus, es sinónimo de letalidad contra la mujer como género, en condiciones de impersonalidad.

Y son este tipo de femicidios los que muestran visibilidad en su crecimiento en realidades latinoamericanas, como en el caso de Guatemala, en que comparativamente las estadísticas entre 2000 y 2006 evidencian un crecimiento de homicidios del 40 % en hombres respecto del 111 % de mujeres que triplica este patrón de asesinatos respecto de períodos anteriores; lo mismo que en el caso de Honduras (Carcedo, 2010: 40-42).

O como en el caso de la trata forzada de mujeres. La trata de personas es una práctica muy antigua en la historia de la humanidad. Como problemática social, se hizo visible hacia fines del siglo xix y comienzos del xx, momento en que se la denominó “trata de blancas”, para referir al traslado y comercio de mujeres en su mayoría de origen europeo y americano. Este reconocimiento se apoyó en la idea de que el fenómeno implicaba secuestros, engaños y violencia ejercida sobre mujeres que se encontraban en situación de vulnerabilidad. En nuestro país pueden reconocerse actividades de trata ligadas a la explotación sexual desde fines del siglo xix, cuando las mujeres europeas poblaron los burdeles de Buenos Aires en el periodo culminante de la emigración transatlántica, entre 1870 y la Primera Guerra Mundial[17].

En el año 1875, con la reglamentación de la actividad de los prostíbulos en Buenos Aires, comenzó un proceso de legalización de la prostitución. Si bien la ley prohibía esta actividad con personas menores de edad, definía una excepción: “La hipocresía de la sociedad de entonces autorizaba legalmente el ejercicio de la prostitución a niñas menores de edad si habían sido iniciadas tempranamente”[18]. Esta excepción definida en la norma generaba una clara separación o distinción en el tratamiento de las mujeres menores de edad: mientras buscaba proteger a unas, desprotegía a otras. Tal “abandono” de la letra de ley se apoyaba en patrones patriarcales que construían “cuerpos que importaban”, a diferencia de los que “podían ser usados como mercancías”. En efecto, hasta entrado el siglo pasado, sobrevolaba la idea de la prostitución como “un mal necesario”. Lo cual remite a las relaciones de poder y su vinculación con la feminización de los procesos migratorios. Alrededor de 250 millones de personas han cruzado las fronteras internacionales en el último año. Entre ellas, en nuestra región, el 52 % son niñas, adolescentes y mujeres, según datos de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Como es tendencia global, los países de América Latina han experimentado un proceso de creciente feminización de la migración. Cada día son más las mujeres que se ven presionadas a dejar sus hogares y a migrar en busca de mejores condiciones. Los motivos son diversos: condiciones estructurales de los países de origen, características demográficas, oferta laboral insuficiente, desigualdad económica, reunificación familiar, delincuencia organizada y social, desastres naturales, cambio climático, violencia y discriminación basada en género o simplemente la necesidad de subsistencia.

La trata de personas es una forma de esclavitud (sexual o laboral) que involucra el secuestro, el engaño o la violencia. Las víctimas de trata son reclutadas mediante engaños (falsas ofertas de trabajo u ofertas engañosas que no aclaran las condiciones en las que se va a realizar el trabajo ofrecido) y son trasladadas hasta el lugar donde serán explotadas. En los lugares de explotación, las víctimas son retenidas por sus captores mediante amenazas (como que, si huyen del lugar, serán detenidas por la policía por falta de documentos, etcétera) o la creación de deudas (por ejemplo, deben “trabajar” para pagar el pasaje de traslado, su comida, o el alojamiento, que es el lugar del prostíbulo). Son obligadas a prostituirse o trabajar en condiciones infrahumanas. Esta secuencia de acciones es llevada a cabo por redes o asociaciones criminales (redes de tratantes) cuyos diferentes miembros identifican y reclutan a las futuras víctimas, organizan, gestionan y financian su traslado, son dueños, administradores o regentes de los lugares donde las explotan, o alquilan a las víctimas a terceros a cambio de una renta.

Los tratantes se aseguran mediante diversas estrategias que las víctimas no puedan –o crean que no pueden– salir de su situación de esclavitud. En general, los tratantes retienen los documentos de las víctimas como una forma más de coacción. En el caso de extranjeros y extranjeras, los amenazan con la deportación o la cárcel.

Desde el punto de vista económico, la trata y la explotación de la prostitución forzada, es una forma de desposesión del cuerpo de las mujeres que arroja valor, es decir, capitaliza con bajísimos niveles de inversión, al punto que puede decirse que se trata de un tipo de renta de la explotación de un territorio-cuerpo que ha sido apropiado. De acuerdo a las cifras de la ONU, la trata con fines de explotación sexual produce anualmente un lucro de 27.2 millones de dólares… (Segato, 2018: 202).

El cuerpo de la mujer como soporte de la derrota moral del enemigo. La violencia mundial contra las mujeres como un nuevo holocausto, como lo escribe Hirsi Ali (2006) al referirse a los 200 millones de mujeres de todo el mundo “desaparecidas demográficamente”.

La violencia se agrava en países en conflicto como Colombia. Los efectos de la violencia contra la mujer y de la violación de sus derechos humanos en tal contexto los experimentan mujeres de todas las edades. Son víctimas de actos de amenazas, asesinato, terrorismo, torturas, desapariciones involuntarias, esclavitud sexual, violaciones, abuso sexual, embarazos y abortos forzados.

Datos oficiales indican que más de 400.000 mujeres han sido víctimas de homicidio en el marco del conflicto armado, y hay más de 57.000 mujeres víctimas de desplazamiento forzado. Entre 1995 y 2011, la violencia en el conflicto armado ha generado el desplazamiento interno de más de 2.700.000 mujeres (cerca de 6 % de la población total del país y el 51 % del total de personas desplazadas). 15,8 % de las mujeres desplazadas declaran haber sido víctimas de violencia sexual. Las mujeres pertenecientes a grupos étnicos indígenas y afrocolombianas se han visto afectadas de manera desproporcionada por la violencia derivada del conflicto; de 3.445 casos de homicidios de personas indígenas y afrocolombianas, el 65,5 % eran mujeres[19].

Colonialismos de baja y alta intensidad

El disciplinamiento de las mujeres ha estado presente desde el inicio de la historia y es parte de los mitos originarios de distintas culturas, entre ellas, la judeo-cristiana.

Ese episodio fundacional de toda historia humana, omnipresente en las historias míticas de los pueblos, es una prueba de la sujeción de género como molde primordial de todas las otras formas de dominación, aunque plenamente histórico, justamente porque aparece narrado en la forma compacta del relato del pasado que son las mitologías… (Segato, 2018: 101).

Sin embargo, en el mundo precolonial, los géneros ocupaban espacios diferentes de la vida social y se hacía referencia a la dualidad. En ese mundo precolonial, no había englobamiento de una esfera pública habitada por los hombres con sus tareas, la política y la intermediación (negocios, parlamentos y la guerra) y del espacio doméstico habitado por mujeres y familias. En ese mundo precolonial caracterizado por la vida colectiva y comunitaria, las reglas de juego son otras.

No hay englobamiento, no hay sujeto universal, hombre con H mayúscula catapultado por el humanismo colonial –moderno a la posición de Sujeto Universal, ni enunciados de valor general capaces de representar a todos. No hay tampoco un referente universal de lo que se define como humano, ni equivalente universal del valor que permite mercantilizar el hábitat o volver negociable el nicho territorial y su paisaje. Cada naturaleza es irreductible a la otra (Segato, 2018: 102).

Es decir que, a partir del Estado moderno, se delimita el sujeto natural de la esfera pública, heredada del espacio político de los hombres en comunidad, con las siguientes características: masculino, blanco, propietario, letrado, paterfamilias. Y tal como enuncia Rita Segato (2018), a partir de estos atributos, se consolida la historia de los hombres, el proceso histórico de la masculinidad como ADN del Estado y su genealogía masculina y se deprecia el espacio doméstico, antes subordinado en prestigio, pero no por ello ontológicamente completo en sí mismo.

Y en relación con ello, la antropóloga da lugar a su formulación acerca de un patriarcado colonial moderno de alta intensidad, que arrasa contra todo lo que lo desestabiliza, contra todo lo que parece conspirar contra su control y desafiarlo. Y de aquí surgió la demanda de un feminismo poscolonial que desmonte la minorización[20] del tema de la mujer y amalgamarlo con todas las formas de poder y subordinación actuales: la racial, la imperial, la colonial, la de las relaciones de centro y periferia, la del eurocentrismo con otras civilizaciones, las de relaciones de clase.

Nunca hubo más leyes, nunca hubo más clases de derechos humanos para los cuerpos de seguridad, nunca hubo más literatura circulando sobre derechos de la mujer, nunca hubo más premios y reconocimientos por acciones en este campo; y sin embargo, las mujeres continuamos muriendo, nuestra vulnerabilidad a la agresión letal y a la tortura hasta la muerte, nunca existió de tal forma como hoy en las guerras informales contemporáneas, nuestro cuerpo nunca antes fue controlado o medicamente intervenido buscando una alegría obligatoria o la adaptación a un modelo coercitivo de belleza; nunca tampoco como hoy se cerró el cerco de vigilancia sobre el aborto que, sintomáticamente, nunca antes fue un tema de tan acalorada discusión como lo es hoy; en la modernidad avanzada… (Segato, 2018: 106).

La feminización de la guerra pasó entonces a emparentarse con la profanación de la posición femenina que encarna el arraigo territorial, lo sagrado, la vincularidad, la comunidad. Guerras informales, ya no entre Estados, con estrategias de profanación (Kaldor, 2012).

La dicotomía de patriarcados de bajo impacto y de alto impacto muestra la manera en que estos se relacionan a partir de la expansión del “frente estatal-empresarial-colonial y paraestatal” en el mundo-aldea y la consecuencia que esto trae para las vidas de las mujeres en términos de la intensificación de las violencias del patriarcado. Sin embargo, como sostiene Segato, esto nos introduce en una desesencialización y desidealización de la comunidad. Si bien es común encontrar una defensa de un ethos comunitario en las comunidades o los movimientos indígenas, se esboza una continuidad histórica entre el mundo-aldea antes y después de su intervención por el frente colonial-moderno-patriarcal (Segato, 2016: 47), porque estas “costumbres” contienen elementos que reproducen la opresión y subordinación de las mujeres dentro de las comunidades.

En un extremo opuesto, la posición de autoras como María Lugones y Oyèrónkẹ Oyěwùmí afirma la inexistencia del género en el mundo precolonial. La socióloga nigeriana Oyèrónkẹ Oyěwùmí (2005) sostiene que, antes de la colonización, no existía una jerarquía social basada en el género en Yorubalandia[21]. Había mujeres “oba”, monarcas, mujeres sacerdotes, mujeres cazadoras, pero lo más importante sobre la sociedad yorubá y muchas otras sociedades africanas es que sus categorías sociales se basan en lo común, lo colectivo. La familia y el linaje son más importantes que el hecho de ser varón o mujer. Si la caza es la vocación de su familia, una mujer tiene acceso y oportunidad de ser cazadora mucho antes que un hombre de una familia que no es de cazadores. Se debe comprender el contexto más amplio y las reglas de la comunidad para entender cómo los africanos imaginan el mundo: siempre se trata de lo colectivo.

Por su parte, María Lugones (2010) introduce el presupuesto en su análisis de los procesos precoloniales respecto a un supuesto ideal de solidaridad e igualdad entre hombres y mujeres. La observación es plausible en vista de que no se conoce una completa demostración historiográfica en torno a que el señalado accionar solidario de género haya cubierto (como fenómeno o hábito social) a todas las culturas prehispánicas en el caso de América; el punto de vista de género no era principio organizador de las sociedades andinas.

Volviendo a Segato, por el contrario, se dibuja un espacio público del mundo de la aldea[22] en el que existen limitaciones en la participación femenina y es reservado a los hombres el privilegio de deliberar. En muchos pueblos el género constituye una dualidad jerárquica (hombre-mujer) a pesar de la desigualdad ontológica y política. En el mundo de la modernidad, no hay dualidad, hay binarismo. La dualidad presupone complementariedad; por el contrario, en el binarismo, de lo que se trata no es de complementar, sino de suplantar al otro.

Según el patrón colonial moderno y binario, solo adquieren politicidad y son dotados de capacidad política los sujetos (individuales y colectivos) que puedan reformular sus problemas, enunciándolos en términos universales en el espacio neutro del sujeto republicano donde habla el sujeto ciudadano universal. Segato sostiene que el espacio doméstico es una especie ontológica y políticamente entera, completa con su política propia, jerárquicamente inferior al público, pero con capacidad de autodefensa y autotransformación, allí hay un patriarcado de baja intensidad en comparación al de la colonialidad moderna.

Es decir, en el mundo precolonial, sí existían el patriarcado, la jerarquía de género, la violencia y el mayor prestigio de los hombres; sin embargo, era un patriarcado definido por Segato como de bajo impacto o de baja intensidad, porque, donde hay comunidad, la mujer está más protegida.

A modo de síntesis, podemos puntear tres posiciones feministas bien diferenciadas:

  • El feminismo eurocéntrico, que afirma que el problema de la dominación de género se sostiene a partir de una dominación patriarcal universal, sin diferenciar posiciones entre las mujeres blancas, no blancas, indígenas y negras de los continentes colonizados. Esta postura asume la superioridad moral de las mujeres europeas o eurocentradas y la misión civilizadora colonial/modernizadora, y se presenta como universal, ahistórica y antihistórica. Este tipo de enfoques están emparentados con posiciones “productivistas” e “institucionales”. Son feminismos de especialistas, que tienden a aislar el tema de las relaciones entre hombres y mujeres de manera más general que los contextos históricos y las relaciones de poder.
  • Las feministas anteriormente mencionadas por Lugones (2007) y Oyěwùmí (1997), que niegan la existencia del género en el mundo precolonial.
  • El feminismo de Segato (1986, 2005), Gutiérrez y Palomo (1999), Hernández Castillo (2003) y Hernández Sierra (2005), que, a partir de evidencia empírica etnográfica, demuestran la existencia de nomenclaturas de género en las sociedades tribales y afroamericanas aun con características diferentes al sistema occidental.

Datos documentales, históricos y etnográficos del mundo tribal muestran la existencia de estructuras reconocibles de diferencia, semejantes a lo que llamamos relaciones de género en la modernidad, con jerarquías claras de prestigio entre la masculinidad y la femenidad, representados por figuras que pueden ser entendidas como hombres y mujeres […]. Como es sabido, pueblos indígenas, como los Warao de Venezuela, cuna de Panamá, guayaquíes (aché) de Paraguay, trio de Surinam, javaés de Brasil y del mundo incaico precolombino, entre otros; así como muchos pueblos nativos norteamericanos y de las primeras naciones canadienses, además de todos los grupos religiosos afroamericanos, incluyendo lenguajes y contemplan prácticas transgenéricas estabilizadas… ( Campuzano, 2009: 76).

Esta posición no reniega de la existencia de la categoría de género en las sociedades precoloniales, sino que le otorga un tinte diferente al de la modernidad. El género en estas sociedades constituye una dualidad jerárquica en la que ambos términos tienen plenitud ontológica y política. En la modernidad, no hay dualidad, hay binarismo, es decir, una relación que suplementa y no complementa al otro. Por otro lado, esta perspectiva aborda a las mujeres desde la escena histórica y considera el destino de ellas desde el poder y el análisis de la manera en que se ejerce.

Reflexiones finales. Feminismo de Estado y femócratas[23]

Ahora bien, ¿cuáles son las implicancias de este tipo de feminismo decolonial sobre la aceptación de los programas de cooperación internacional y políticas públicas basadas en la noción de “transversalización”?

Intentar responder esta pregunta nos lleva a poner en tela de juicio las perspectivas teóricas feministas que destacan la capacidad del Estado para reconocer y garantizar derechos. Helga Hernes (1987) es una de las pioneras en abordar el papel de los Estados nación en la regulación de las relaciones sociales. Ella acuñó el concepto de “feminismo de Estado”, como contrapuesto al de “Estado patriarcal”. Desde su análisis en la sociedad escandinava, en la que se incorporan las demandas de los movimientos de mujeres y feministas por medio de las políticas públicas con “intereses de mujeres”, influye en los trabajos de autores feministas como Sainsbury (1996) y O’Connor, Orloff y Shaver (1999), que analizaron las relaciones de género en relación con distintos tipos de Estados de bienestar.

Un capítulo aparte lo merecen las denominadas “femócratas” y los objetivos feministas en las agencias burocráticas y en las políticas públicas en relación con las demandas y la representación de la movilización feminista. Los matices de esta corriente dentro del feminismo de Estado contemplan diversas situaciones: o bien que las políticas feministas estén incluidas en diferentes estructuras burocráticas, o que ciertas agencias incorporen objetivos feministas en políticas públicas o cuando se crea un mecanismo político dentro del Estado para promover los derechos de las mujeres y la igualdad de género (Lopreite y Rodriguez Gustá, 2021).

Con base en estos principios, en la década de los noventa, comenzaron a crearse maquinarias de igualdad de género y mecanismos de avance de los derechos de las mujeres, enmarcados en las agendas internacionales de las Naciones Unidas (ONU), la Comunidad Europea y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe(CEPAL). Sin embargo, tanto en Europa como en América Latina, varias investigadoras han focalizado su análisis en la calidad democrática y transparencia de las agencias para las políticas de las mujeres y las oportunidades de acción reales de acción y decisión de los movimientos de mujeres (Lopreite y Rodriguez Gustá, 2021).

… los marcos globales de género expresados tanto en las Conferencias Mundiales de las Mujeres, como en la ratificación de la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) ofrecen una ventana de oportunidades para el avance de coaliciones con agendas de derecho, aunque los efectos sobre la institucionalidad de género disten de ser directos o inmediatos… (Lopreite y Rodriguez Gustá, 2021: 251).

Al respecto, Rita Segato (2018) cuestiona las acciones de organizaciones no gubernamentales y de políticas públicas que, a partir de la transversalidad, apuntan a remediar el carácter jerárquico de las relaciones de género. La fundamentación radica en que la transversalidad se basa en la idea de que, en el mundo-aldea, lo público es de valor universal, mientras que lo doméstico compete al interés particular, privado e íntimo, estableciendo una jerarquía entre los dos. En el binarismo eurocéntrico universal, se transversaliza lo que supone un interés parcial y particular, como agregado a los temas centrales y de interés universal.

Desde esta perspectiva, la autora asume una postura en contra de los feminismos institucionales, que ponen su fe y sus esfuerzos en los avances dentro del campo estatal para la creación de más leyes y más políticas públicas. No solo porque no ha logrado revertir el espiral de crueldad contra las mujeres, sino porque ha beneficiado principalmente a las mujeres blancas y de sectores medios dando prueba de una relación entre el Estado y la sociedad de carácter eurocéntrico diferente a la relación Estado-sociedad en América Latina.

El camino contra la violencia de la mujer en nuestro continente tendría que aunar esfuerzos desde el tejido comunitario y las acciones extraestatales.

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  1. En un principio, en la Unión Europea, la paridad fue planteada como una fórmula según la cual, en los órganos de decisión y elección popular, no hubiese más del 60 % ni menos del 40 % de mujeres o de hombres. Luego se ha interpretado como proporciones equivalentes expresadas en la fórmula 50 % y 50 %. En abril de 2004, la Red de Ciudadanas Europeas (RCE) produjo una declaración sobre políticas europeas y género en la cual habla de la paridad de géneros como “representación equilibrada” de ambos géneros, que además exige la adopción del enfoque de género en las políticas públicas y “una mayor y mejor calidad de género en la vertebración de la democracia” que incremente la legitimidad de las decisiones de los poderes públicos.
  2. Historiador de Asia meridional fundador del Grupo de Estudios Subalternos.
  3. Filósofa india, experta en crítica literaria y en teoría de la literatura, autora de ¿Pueden hablar los subalternos?, así como de una famosa traducción del libro De la Gramatología, del filósofo deconstructivista Jacques Derrida. Actualmente, es profesora en la Universidad de Columbia, en Estados Unidos, y conferencista internacional.
  4. Teórico del poscolonialismo de origen indio. Profesor en la Universidad de Harvard de literatura inglesa y estadounidense, y director del Centro de Humanidades.
  5. González Casanova, Pablo (1963). Sociedad plural, colonialismo interno y desarrollo. América Latina. Revista del Centro Latinoamericano de Ciencias Sociales, 6(3).
  6. Quijano, Aníbal (1992). Colonialidad y modernidad/racionalidad. Perú Indígena, 13(29), pp. 11-20.
  7. Mignolo, Walter (2000). La colonialidad a lo largo y a lo ancho: el hemisferio occidental en el horizonte colonial de la modernidad. En Lander, Edgardo (ed.). La colonialidad del saber: eurocentrismo y ciencias sociales. Perspectivas latinoamericanas (pp. 55-85). Buenos Aires: Clacso.
  8. Antropóloga por la Queen University of Belfast, docente de la Universidad de Brasilia e investigadora del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas del Brasil. Es especialista en violencia de género latinoamericana con una trayectoria de más de 25 años. En el 2005 la autora fue convocada para dar comprensión a los numerosos asesinatos de mujeres que ocurren en la frontera norte de México.
  9. Lugones, María (2008). Colonialidad y género. Tabula Rasa, 9, pp. 73-101.
  10. Rivera Cusicanqui, Silvia (2006). Chhixinakax utxiwa. Una reflexión sobre prácticas y discursos descolonizadores. En Yapu, Mario (comp.). Modernidad y pensamiento descolonizador. Memoria Seminario Internacional. La Paz: Fundación PIEB, IFEA.
  11. Conjunto de violencias dirigidas específicamente a la eliminación de mujeres por su condición de mujeres. Es un concepto creado por la autora mexicana Marcela Lagarde (Segato, 2006).
  12. Según el modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio) elaborado por la ONU, “no existe una definición consensuada de los conceptos de ‘femicidio’ y de ‘feminicidio’. Su alcance, su contenido y sus implicaciones son todavía objeto de amplios debates tanto en las ciencias sociales como en la acción política y en los procesos legislativos nacionales. Sus acepciones varían según el enfoque desde el cual se examina y la disciplina que lo aborda”. Sin embargo, en los términos prácticos del modelo de protocolo, “feminicidio” se entiende como “la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión”.
  13. En bit.ly/3BvhLAc.
  14. Lesbiana, gay, bisexual, transgénero e intersexual. 
  15. En consonancia con las formas de opresión y discriminación existentes, se citan las categorías africanidade (Lélia), amefricafemigenocidio, juvenicidio (Valenzuela, 2015; Reguillo, 2015).
  16. Giberti, E. (2005). Vulnerabilidad, desvalimiento y maltrato infantil en las organizaciones familiares. Buenos Aires: Ed. Noveduc.
  17. Pareja, E. (1937). La Prostitución en Bs. As. Ed. Tor.
  18. Schnabel, Raúl A. (2009). “Historia de la trata de personas en Argentina como persistencia de la esclavitud”. Dirección General de Registro de Personas Desaparecidas. Ministerio de Justicia y Seguridad de la Prov. de Bs. As. La Plata.
  19. Ver bit.ly/2MzOvjH.
  20. “Minorización” conjuga una serie de aspectos que afectan la representación de las mujeres y de la posición femenina, con sus predicados, en el pensamiento de la sociedad: minorizar alude aquí a tratar a la mujer como “menor” y también a arrinconar sus temas al ámbito de lo íntimo, de lo privado, y, en especial, de lo particular, como “tema de minorías” y, en consecuencia, como tema “minoritario”.
  21. Región de África occidental ocupada por los yorubás, ubicada principalmente en el territorio actual de Nigeria.
  22. Es la denominación que usa Rita Segato para referirse a las relaciones sociales antes de la intrusión colonial.
  23. Con base en la experiencia de las feministas que desarrollaron presupuestos con perspectiva de género dentro del Estado australiano en los años noventa, Hester Einseinstein (1996) introduce el concepto de “femocracia” para describir precisamente el rol clave de las mujeres que pasaron desde el movimiento feminista al ámbito del Estado durante el gobierno de un partido ubicado hacia la izquierda del espectro político en dicho país. Siguiendo este marco conceptual,  Carol Miller y Shahra Razavi (1998) analizan estos pasajes de mujeres provenientes de la academia y los movimientos feministas dentro de organismos de cooperación internacional.


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