Nuestros cursos:

Nuestros cursos:

Formación de psicólogos a partir de la Ley Nacional de Salud Mental en la carrera de Psicología de la Universidad Nacional
de Mar del Plata

Rocío Cataldo, Gustavo Liberatore, Ana María Hermosilla

Introducción

La Ley Nacional de Salud Mental 26.657 (de ahora en adelante, LNSM) tiene fundamento en los estándares internacionales de derechos humanos en materia de salud mental, representando los principios de un nuevo paradigma. Este propone la transición desde un modelo centrado en la exclusión, las instituciones cerradas, la enfermedad y la peligrosidad hacia otro basado en la integración, el espacio comunitario abierto, y la noción de resguardo y restitución de derechos (Arriaga, Ceriani & Monópoli, 2013).

Thomas Kuhn (1971) define el concepto “paradigma” como una realización científica universalmente reconocida que, durante cierto tiempo, proporciona modelos de problemas y soluciones. En el campo de la salud mental, el paradigma hegemónico combinaba los principios del modelo médico hegemónico, el biologicismo y la concepción de que aquella persona que se veía afectada por un padecimiento mental debía convertirse en objeto de protección por parte de los profesionales. Sobre la base de estas ideas, el modelo de tratamiento estuvo predominantemente centrado en las instituciones psiquiátricas, donde el enfermo era asistido y aislado del resto de la sociedad, por lo cual era inviable su recuperación y quedaba desprovisto de la mayoría de sus derechos.

En la actualidad estamos viviendo una etapa de transición entre paradigmas. Tal como lo plantea Kuhn (1971), hay circunstancias en las que pueden existir conjuntamente dos paradigmas en el último periodo del primero. En la actualidad, en el campo de la salud aún coexisten las antiguas prácticas y concepciones con los cambios propuestos a partir de la LNSM, que intentan plasmar modalidades de abordaje de los padecimientos.

Bourdieu define los campos como las estructuras sociales objetivas construidas en dinámicas históricas; mientras que las estructuras sociales interiorizadas, incorporadas por los individuos en forma de esquemas de percepción, valoración, pensamiento y acción, constituyen el habitus. Producto de la historia, el habitus produce prácticas, individuales y colectivas, y asegura la presencia activa de las experiencias pasadas, que, depositadas en cada organismo bajo la forma de principios de percepción, pensamiento y acción, tienden a garantizar la conformidad de las prácticas y su constancia a través del tiempo. Las disposiciones interiores, interiorización de la exterioridad, permiten a las fuerzas exteriores ejercerse, pero, según la lógica específica de los organismos en los que están incorporadas través de él, la estructura que lo produce gobierna la práctica; no por la vía de un determinismo mecánico, sino a través de las constricciones y los límites originariamente asignados a sus invenciones (Bourdieu, 1991).

Podríamos plantear que el habitus propio de los profesionales de la salud surge de las estructuras que durante mucho tiempo dominaron las prácticas en el área. Es necesario que todos los cambios que se han producido en el campo se transformen en nuevas estructuras interiorizadas. Es decir, no solamente hablamos de la incorporación de leyes, sino de todo un paradigma de promoción de derechos, que nació y se consolidó en los últimos años; una nueva forma de percibir, pensar y actuar, tal como lo plantea Bourdieu.

La formación profesional, sin duda, es primordial a la hora de analizar la aplicabilidad de la ley, haciendo referencia no solo a contenidos teóricos y prácticos, sino también a valores y principios acordes a los sostenidos por el paradigma mencionado. Es necesario reconvertir el perfil profesional para promover que la legislación pueda aplicarse efectivamente. Por un lado, alcanzando a aquellos profesionales en formación, quienes deberán ser preparados desde los lineamientos planteados por el nuevo paradigma, y, por otro lado, a aquellos que ya se encuentran insertos en el ámbito profesional y trabajando desde la lógica previa, y tendrán que adaptarse a la nueva. Esto configura el desafío al cual se enfrentan las instituciones formadoras de profesionales en el área de la salud mental.

La formación de profesionales a partir de la Ley Nacional de Salud Mental

La LNSM incluye la temática de la formación de profesionales, específicamente en su artículo 33.º:

La Autoridad de Aplicación debe desarrollar recomendaciones dirigidas a las universidades públicas y privadas, para que la formación de los profesionales en las disciplinas involucradas sea acorde con los principios, políticas y dispositivos que se establezcan en cumplimiento de la presente ley, haciendo especial hincapié en el conocimiento de las normas y tratados internacionales en derechos humanos y salud mental. Asimismo, debe promover espacios de capacitación y actualización para profesionales […].

La ley fue reglamentada en el año 2013, a través del Decreto 603/2013. En relación con la temática de la formación, este agregó que la Autoridad de Aplicación deberá promover la habilitación de espacios de capacitación de grado y posgrado, residencias, concurrencias y pasantías dentro de los dispositivos comunitarios, sustituyendo progresivamente los espacios de formación existentes en instituciones monovalentes.

Finalmente, en el año 2014, la Comisión Nacional Interministerial en Políticas de Salud Mental y Adicciones elaboró, a través de un proceso de consulta y discusión con diversos actores, las “Recomendaciones a las universidades públicas y privadas para la formación”. Este documento, que abarca la formación de todos los profesionales del área, cuenta con tres apartados fundamentales (enfoque de derechos, inclusión social, e interdisciplina) como ejes transversales que ser considerados en la formación.

En el documento de recomendaciones, se remarca la importancia del análisis del marco normativo de derechos humanos, vinculando el aspecto legal al ejercicio ético de los profesionales. También se incluyen cuestiones que no se relacionan estrictamente con contenidos, sino con aspectos actitudinales, como la necesidad de problematizar en la formación las concepciones, las creencias y los prejuicios anclados en el antiguo paradigma. De lo que se trata es de promover la visión del usuario como sujeto de derecho.

Otra cuestión de relevancia es la adquisición de conocimientos sobre dispositivos de atención alternativos y la habilitación de prácticas preprofesionales, de extensión y de posgrado.

Por último, aparece la sugerencia de incorporar temáticas como adicciones, epidemiología y psicofarmacología, las cuales, en algunas carreras como Psicología, constituyen áreas de vacancia.

Abordajes desde la carrera de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata

El plan de estudios vigente en la carrera de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata data de 2010, mismo año en el cual fue sancionada la LNSM. En las seis carreras de universidades públicas acreditadas en primera instancia por la CONEAU (Mar del Plata, Córdoba, Entre Ríos, Tucumán, San Luis y La Plata), se puso en marcha lo propuesto en el artículo 33.º de la LNSM en función del plan de mejoras curriculares. La Secretaría de Políticas Universitarias (SPU), conjuntamente con la Dirección Nacional de Salud Mental, dispuso que el 20 % del proyecto que cada carrera presentó fuera destinado a la formación en la implementación de la ley. Se propuso a nivel de las carreras mencionadas la conformación de una red de colaboración y capacitación de unidades académicas de psicología nucleadas en la AUAPSI. Específicamente en el caso de Mar del Plata, se presentó además una propuesta que incluye algunos proyectos en curso.

Al hacer referencia a la formación de psicólogos en el área de salud mental, a partir de las modificaciones que ha introducido la LNSM, la formación en derechos humanos constituye un eje nodal. Esto implica asumirlos como una filosofía en la institución, a través de la construcción y transmisión de determinadas creencias y valores y de su concretización en prácticas más o menos institucionalizadas (Grimson, 2011).

El espacio de articulación entre las actividades universitarias de docencia, investigación, extensión y gestión constituye un lugar propicio para la construcción de una verdadera cultura de derechos humanos.

Comenzando por el área de investigación, en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata, existen grupos de investigación con proyectos en marcha vinculados a la temática de salud mental. Podemos mencionar el proyecto “La configuración de nuevos referenciales de la acción pública en Salud Mental en Argentina. Parte 1°: la Política de Salud Mental inaugurada a partir de la sanción de Ley 26.657”, dirigido por el Lic. Perez; “Hacia una bioética en expansión. Derechos humanos y perspectiva de género en la formación de grado en Psicología”, dirigido por la Dra. Mainetti; y “Estudio exploratorio- descriptivo de normativas de ampliación de derechos aplicadas a la práctica profesional de la Psicología: propuesta de construcción de una guía de Buenas Prácticas basadas en Derechos Humanos”, dirigido por la Dra. Hermosilla.

A su vez, se han realizado diversos trabajos específicamente vinculados a la formación en salud mental en la carrera de Psicología.

Entre los años 2013 y 2015, se llevó a cabo la investigación denominada “Ley de Salud Mental 26.657: estudio exploratorio sobre su incorporación en la formación de psicólogos en la Universidad Nacional de Mar del Plata”. Este trabajo fue de tipo cuali-cuantitativo con un diseño no experimental transversal de tipo exploratorio-descriptivo. Se desarrolló en dos fases. La primera fue de tipo documental, y se basó en el análisis de los programas de las asignaturas de la carrera de Psicología (UNMdP). La segunda fase consistió en la aplicación de un instrumento de tipo cuantitativo, con el objeto de recolectar información respecto a la opinión de los estudiantes del último año de la carrera respecto a su formación (Cataldo, Liberatore y Hermosilla, 2018).

Es necesario recordar el contexto en el cual transcurrió esta investigación, la cual estuvo atravesada por la reglamentación de la ley (año 2013) y la confección de las recomendaciones a las universidades para la formación (año 2014).

Los principales resultados que surgen de ambas fases de la investigación son los siguientes:

  • Solo alrededor del 10 % de los registros bibliográficos analizados presentó algún tipo de relación con las categorías temáticas de análisis.
  • Los estudiantes consideraron que las temáticas no se incluyen efectivamente, o se incluyen poco.
  • Los tópicos “interdisciplina” y “derechos humanos” fueron los de mayor peso en los programas. Sin embargo, los estudiantes acuerdan que la inclusión de ambas temáticas es escasa.
  • Se observa una discrepancia entre los contenidos incluidos formalmente en las asignaturas y aquello que realmente se concretiza en prácticas educativas en el aula.
  • Existe coincidencia respecto a que la temática “psicofarmacología” constituye un área de vacancia en la formación, que es imprescindible para lograr lo que se propone en el artículo 12.º de la LNSM: “Debe promoverse que los tratamientos psicofarmacológicos se realicen en el marco de abordajes interdisciplinarios”.
Figura 1. Distribución de las temáticas de acuerdo a la cantidad de referencias bibliográficas observadas por área de formación

Zucchi (2014) realizó una investigación en el marco de una tesis de pregrado denominada “Adecuación de la formación de grado en psicología para el trabajo en Salud Mental relacionado con la urgencia y la emergencia. Estudio de caso de la carrera de psicología que se dicta en la Universidad Nacional de Mar del Plata”. Se trató de un estudio de caso descriptivo simple, de tipo cuali-cuantitativo, con corte transversal. Para realizar dicho trabajo, utilizó las técnicas de análisis documental y entrevistas a informantes calificados: psicólogos, egresados de la UNMdP y que ocupen (o hayan ocupado recientemente) cargos de gestión relacionados con la formación de grado de profesionales psicólogos o con la gestión de servicios públicos de atención a la salud mental.

En cuanto a los resultados, se percibe que la formación de los egresados psicólogos (al momento de realización del trabajo) no es acorde a lo que se concibe como una formación integral, en cuanto se considera sesgada y con escasos contenidos vinculados a la temática de la urgencia. Asimismo, el perfil actual del egresado evidenciaría mayor énfasis en la teoría y escasa orientación a la praxis.

Los entrevistados en el trabajo realizado por Zucchi (2018) proponen como contenidos que deberían incluirse en la carrera los siguientes: semiología, salud pública, y derechos humanos. Asimismo, consideran que es necesario enfatizar en aspectos preventivos, en la detección precoz de casos y en la realización de derivaciones oportunas. Por último, consideran que la formación en urgencias y emergencias en salud mental queda supeditada a la oferta de formación extracurricular o de posgrado.

Durante 2017-2018, Actis, Balague y Victoria (2018), en el marco de su tesis de pregrado, indagaron sobre cuál es la visión de los docentes de la Facultad de Psicología de la UNMdP respecto a la adecuación de la formación de los futuros psicólogos a los principios, las políticas y los dispositivos sostenidos por la ley. Este trabajo fue de tipo cualitativo con un diseño no experimental transversal de tipo exploratorio-descriptivo.

Se realizaron quince entrevistas semiestructuradas a docentes de la Facultad de Psicología, seleccionándose tres por cada una de las cinco áreas en las que se divide el currículo e incluyendo tanto profesores como ayudantes. La muestra fue no probabilística, y el muestreo fue realizado por conveniencia. Se incorporaron tanto profesores (que tienen a su cargo la confección de la planificación anual) como auxiliares, que se ocupan de las comisiones de trabajos prácticos.

Cargo/area

Investigación en Psicología

Socioantropológica

Sistemas psicológicos

Psico-biológica

Ámbitos de trabajo psicológico

Profesor

1

1

2

0

1

Ayudante

2

2

1

3

2

Se incluyeron dos niveles de análisis: por un lado, la transmisión docente que se realice sobre concepciones, valores y principios ligados al paradigma de la LNSM; por otro lado, la transmisión de contenidos teóricos y prácticos vinculados a este paradigma. Se resumen a continuación los principales resultados:

Concepciones, valores, principios

Contenidos teórico-prácticos

-Formación principalmente ligada a estos aspectos.

-Inclusión de nociones y valoraciones coincidentes con el paradigma (concepción de sujeto y salud mental, modelo no tutelar, importancia de trabajo interdisciplinario, crítica al modelo biomédico).

-Necesidad de articulación entre docencia, investigación y extensión.

-Menor transmisión a través de contenidos del programa o prácticas concretas.

-Formación fundamentalmente teórica con escasas experiencias de prácticas en campo.

-Formación ligada al modelo de atención tradicional, clínico-individual

-Parcial adecuación de los contenidos impartidos a lo planteado en el Documento de Recomendaciones.

-Profesores muestran interés en modificar futuras ediciones de sus programas.

La temática de menor peso en ambos niveles es la relacionada a la inclusión social.

Los ejes enfoque de derechos, inclusión social, e interdisciplina no suelen trabajarse en relación.

Falta mirada intersectorial de las intervenciones posibles.

Más allá de que los estudios deberían replicarse o actualizarse a lo largo de los años, dadas las modificaciones que se han ido incorporando en el currículo y en las asignaturas, es valioso contar con este tipo de trabajos. Realizar estudios empíricos que permitan producir datos referidos a cada institución encargada de la formación de profesionales es fundamental de cara a la implementación de estrategias que respondan a las necesidades y realidades de cada universidad.

Además de las investigaciones específicas sobre formación, es deseable generar producción científica que incluya el área de salud mental en general, y de la LNSM en particular, dentro de los tópicos de interés.

La formación tiene su correlato en la práctica profesional, y, en este sentido, en una investigación llevada a cabo en el marco de una beca de perfeccionamiento otorgada por la Universidad Nacional de Mar del Plata en 2016-2017, se indagó sobre la aplicación de las normativas de derechos en la práctica clínica de psicólogos de la ciudad (ámbito público y privado). Se observó que, en líneas generales, los participantes reconocen la importancia del conocimiento de las leyes, aunque esto no se corresponde con el conocimiento efectivo que reconocen tener.

Figura 2. Ítem “Desconozco el contenido de las siguientes leyes”

Referencias:
1. Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (26.061).
2. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (26.378).
3. Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (23.179).
4. Ley de Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de Salud (26.529).
5. Ley Nacional de Salud Mental (26.657).
6. Ley de Derecho a la Identidad de Género (26.743).
7. Ley de Cuidado Integral de la Salud de las Personas con Enfermedades Poco Frecuentes (26.689).

Puede observarse lo siguiente:

  • Los entrevistados indicaron desconocimiento de la ley 7 (Enfermedades Poco Frecuentes), la cual fue introducida como elemento distractor.
  • Por otra parte, la ley 3 (Discriminación contra la Mujer) y la 6 (Identidad de Género) fueron desconocidas por casi la mitad de la muestra. Ambos tópicos se consideran de suma importancia en el contexto actual.
  • Alrededor del 30 % de la muestra desconoce dos leyes fundamentales: Derechos del Paciente (4) y Convención de las Personas con Discapacidad (2). Ambos hitos fundamentales con relación al respeto por la autonomía, la primera a través de la especificación del consentimiento informado, directivas anticipadas e historia clínica como normas indispensables en la atención, y la segunda, a través del artículo 12.º y la introducción de una nueva forma de conceptualizar el concepto de “capacidad”.

A partir de los datos expuestos, se evidencian áreas de vacancia en la formación, las cuales refieren a aspectos fundamentales de cara a la formación de profesionales. Sin embargo, debe considerarse que se asiste a un proceso de transformación que seguramente requerirá de muchos años para modificar creencias y prácticas, arraigadas desde hace siglos. Se han comenzado a incorporar diferentes prácticas y modificaciones en la formación que serán descriptas en el próximo apartado. Además, lo que se considera sumamente importante, se ha empezado a debatir en el seno de la comunidad científica y profesional sobre la necesidad de repensar la formación como base para generar una transformación real y duradera de las prácticas.

Aportes desde el área de la docencia y de extensión

Continuando el análisis con respecto al área de docencia, durante el primer cuatrimestre del año 2014, la cátedra Psicología Institucional y Comunitaria desarrolló en conjunto con los estudiantes un trabajo de campo sobre imaginarios en salud mental comunitaria. El objetivo de la actividad apuntó fundamentalmente a evaluar los imaginarios sociales cristalizados a partir de la LSM y vincularlos con los procesos de desinstitucionalización. Asimismo, constituyó un entrenamiento para los estudiantes a partir de la aplicación de un conjunto de tecnologías evaluativas y dispositivos de intervención. Se gestó como un espacio de apertura para la reflexión y el debate crítico respecto a la manera en la cual concebimos la salud mental comunitaria y el saber hacer profesional en este contexto (Golpe y Avale, 2014).

Según lo expuesto por Golpe y Avale (2014), participaron de la experiencia 158 estudiantes de cuarto año de la carrera y 56 barrios urbanos de Mar del Plata, incluyendo zonas de ingresos altos, medios y bajos, y se llegó a consultar 1.155 hogares. Esta estrategia de intervención educativa “incentivó el fortalecimiento de competencias específicas en Salud Mental Comunitaria en la adopción de un enfoque de derechos, la inclusión social y la interdisciplina como ejes transversales para la formación, extensión e investigación” (Golpe y Avale, 2014, p. 94).

Otro cambio relevante para la formación de psicólogos en la UNMdP surgió de la inclusión de Prácticas Electivas Preparatorias para las Prácticas Profesionales (PEPP), incluidas en el plan de estudios a partir de su modificación en el año 2010 (OCS n.º 553/09). Estas son “prácticas con creciente nivel de complejidad que deberán formar al estudiante en la adquisición y desarrollo de habilidades propias del quehacer científico-profesional, y que lo preparan para su inserción en las prácticas tutoreadas del último tramo de la carrera” (OCA 2.172/16). Estas actividades implican cuatro niveles: lectura y escritura académica; observación, encuesta, entrevista; historia de vida; y evaluación e intervención.

Las PEPP incluidas en 2010 en el plan de estudios adquirieron, a partir de la Ordenanza de Consejo Académico 391 del 2018, una orientación sociocomunitaria. Es decir que deberán estar diseñadas de forma tal que promuevan la comprensión y resolución de problemas sociales (salud, educación, trabajo, vivienda, organización social, pobreza, discapacidad, etc.), medioambientales, económicos, u otros que comprometan a la sociedad en su conjunto, con especial énfasis en los sectores más vulnerables de la comunidad (OCA 391/18)

Las prácticas sociocomunitarias poseen determinadas características que son acordes a lo que se espera actualmente de la formación de profesionales en el área de salud mental, enmarcada en el paradigma que la LSM propone. Se describirán a continuación las características que tendrán estas prácticas, según la Ordenanza de Consejo Académico correspondiente.

En primer lugar, constituyen espacios de formación transversal y de inicio temprano, considerando que el compromiso social es una actitud que desarrollar desde el comienzo y a lo largo de toda la formación profesional. La transversalidad de contenidos implica la adquisición de competencias consideradas genéricas en las asignaturas curriculares, lo cual supone un desafío para las instituciones y para los docentes, dado que deben implementarlas adaptándolas a sus propias asignaturas (Saldaña et al., 2017). En este sentido, cada materia del plan de estudios confeccionará una propuesta de PEPP con orientación sociocomunitaria en vinculación con los contenidos propios de su planificación de trabajo docente.

Por otra parte, se intentarán promover prácticas interdisciplinarias, interinstitucionales e intrainstitucionales. Para esto, se propiciarán espacios de encuentro con otras unidades académicas. De esta forma, se intenta comenzar a trabajar desde la universidad en pos de la generación de prácticas interdisciplinarias, abriendo el diálogo entre estudiantes de diversas carreras. Esto tiene como objetivo que adquieran competencias que luego serán necesarias para su desempeño en el campo profesional. Las prácticas tenderán a la salud colectiva y a la instalación de dispositivos que propicien la emergencia de nuevos sujetos colectivos.

Por último, las prácticas sociocomunitarias estarán emplazadas en territorio, priorizando la articulación con los centros de extensión universitarios, y serán colectivas, estimulando el aprendizaje cooperativo.

Con respecto a este último punto, se observa la articulación de las prácticas de docencia y extensión. Menéndez (2017) cita el documento sobre extensión elaborado por las universidades nacionales a través de los responsables de extensión universitaria (aprobado por el Consejo Interuniversitario Nacional). En él se define la extensión universitaria como “el proceso de comunicación entre la universidad y la sociedad, basado en el conocimiento científico, tecnológico, cultural, artístico, humanístico, acumulado en la institución y en su capacidad de formación educativa, con plena conciencia de su función social” (Menéndez, 2017: 1). De esta forma, articula el conocimiento científico con la realidad de la sociedad, permitiendo a la universidad interactuar con ella. En ese mismo proceso, se busca la transformación a nivel social, pero también la transformación de la universidad, incluyendo a docentes y estudiantes.

Desde el área de extensión de la Facultad de Psicología de la UNMdP, se han propuesto actividades como, por ejemplo, las Jornadas sobre Ejercicio Profesional en el Marco de la Ley de Salud Mental (junio de 2019); el curso “Capacitación Profesional: Arte y Salud Mental” (agosto de 2019); la charla “Derecho a la Salud: Despatologizando las Identidades Travesti/Trans” (septiembre de 2019); el curso sobre abordajes del consumo problemático de sustancias desde la interdisciplina, en el marco de la LNSM (septiembre de 2019); y la conferencia de la Dra. Iglesias sobre desafíos actuales en la implementación de la Ley 26.657 (octubre de 2019).

Asimismo, puede mencionarse el proyecto de extensión “Abordajes en salud mental comunitaria para la prevención de los consumos problemáticos de sustancias”, dirigido por la Lic. Tarrat, el cual se propone colaborar en la prevención y problematización de los consumos de sustancias en jóvenes y adultos pertenecientes a instituciones educativas de determinados barrios de la ciudad de Mar del Plata, basándose en la reducción de daños y la salud mental. Cabe recordar que, a partir de la sanción de la LNSM, las adicciones deben ser tratadas en el marco de la salud mental.

La producción intelectual como marco de referencia para el estudio de la LNSM

Como se planteó anteriormente, existe una interrelación entre las áreas de desarrollo en la universidad. Los conocimientos obtenidos en las actividades de investigación deberían poder transferirse también al área de docencia. A través de las investigaciones realizadas respecto a la formación en salud mental en particular, y a la temática de salud mental en general, se logran visibilizar áreas de vacancia que existen en la formación, y también los progresos alcanzados.

Debe tenerse en cuenta que, en líneas generales, la producción intelectual existente sobre la LNSM es bastante escasa, lo que a priori constituye un rasgo distintivo en términos de la atención que ha merecido su contenido y del impacto desde los campos académico y profesional.

Una búsqueda bibliográfica por bases de datos locales y regionales (Scielo, Redalyc, Biblioteca Virtual de Salud) demostró que existen apenas unos pocos registros indizados (no más de seis) que aborden la LNSM o temáticas conexas. Frente a este panorama, se realizaron consultas en el buscador Google Scholar, que facilita la recuperación de documentos alojados en espacios de memoria no convencionales, tales como repositorios, portales especializados y actas de congresos, con el objeto de acceder a materiales difundidos en circuitos de circulación alternativos a los tradicionales. La búsqueda arrojó un total de 77 documentos, los cuales fueron analizados desde el punto de vista de sus contenidos, con el fin de observar cuáles son sus alcances en términos de los tópicos de estudio más importantes. Para ello, se construyó un índice de palabras claves representativas de los textos seleccionados y se las procesó mediante la metodología del análisis de redes sociales (ARS) con la intención de representar las relaciones semánticas latentes en estos documentos. El resultado fue un grafo (figura 3) con la representación del mapa semántico que revela el entramado de relaciones (alcance) que estructura el campo de estudio en torno a la LNSM. Para una mejor visualización y análisis, se sometió la red a un proceso de clustering a fin de observar los distintos agrupamientos en torno a los ejes principales de abordaje que ha tenido esta temática.

El resultado ha sido la obtención de cuatro grupos principales de atención (marcados en distintos colores). El primero y más importante (color violeta) se circunscribe a las temáticas asociadas a la LNSM como objeto de estudio, es decir, a todas aquellas cuestiones que se desprenden del análisis de su cuerpo normativo. Dentro de este grupo, observamos que se incluye la formación de psicólogos como uno de los tópicos de interés.

El segundo agrupamiento (color verde) se estructura sobre los tópicos de abordaje desde una perspectiva más amplia correspondiente al campo de la salud mental, en donde se destacan cuestiones relativas a la interdisciplina y los estudios de género.

El tercero (color celeste) se centra en un eje vertebrador tanto de la LNSM como del ámbito de la salud mental a partir de los “derechos humanos”.

El cuarto (color naranja) se delimita en torno a los dispositivos y las prácticas, que refieren a recursos indispensables para la transición a la modalidad de atención que establece la LNSM. Se observa principalmente en relación con la temática de adicciones, teniendo en cuenta que es una innovación de la ley el hecho de que se incluya dentro del área de salud mental.

Por fuera de estos cuatro agrupamientos principales, aparecen un pequeño grupo de temáticas (color rojo) en torno a algunos conceptos fundamentales en relación con los cambios introducidos por la LSM: la noción de “padecimiento mental”, las internaciones, la reinserción laboral (como mecanismo para la inclusión social), los trabajadores de la salud (lo cual podría englobar la formación) y las representaciones sociales.

Figura 3. Representación del mapa semántico sobre el entramado de relaciones que estructura el campo de estudio en torno a la LNSM

Comentarios finales

Se ha realizado un recorrido por las principales actividades puestas en marcha en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata, de cara a la aplicación del artículo 33.º de la LNSM. A partir de él, se observa la complejidad implicada en la formación de profesionales de la salud mental, específicamente en el caso de la psicología, la cual deviene de las propias características de los fenómenos abordados.

¿A qué se refiere esta noción de “complejidad” aplicada específicamente al campo de la salud mental? Parisí (2006) realiza un análisis al respecto, vinculando la temática con la realidad de Argentina. En función del actual escenario social, surge la necesidad de ampliar los espacios del saber disciplinar de la psicología, aceptando la irrupción del apoyo interdisciplinario. Al respecto, el autor establece dos puntos fundamentales para lograr esto: el primero refiere a conocer la episteme de las diferentes disciplinas, su versión del mundo y la forma de resolver conflictos. El segundo, y no menos importante, implica conocer la episteme de la comunidad, dándole primacía al valor de la cultura popular, de la vida cotidiana de la comunidad, para construir conocimientos compartidos.

A su vez, esto último guarda estrecha relación con el espíritu de la LNSM, la cual establece que el mejoramiento de la salud implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona. Los abordajes comunitarios, territoriales y cercanos a los destinatarios de los servicios se vuelven fundamentales.

Carvajal Escobar (2010) toma como cuestión central la formación en competencias. Los currículos por competencias serían más flexibles, y permitirían formar profesionales más universales. Lo que se pretende, más que generalizar, como dicen los críticos del enfoque interdisciplinario, es simplificar el lenguaje de interdicción entre disciplinas.

A su vez, Parisí (2006) plantea que la formación universitaria de los psicólogos en Argentina, sostenida desde los marcos teórico-prácticos convencionales, muchas veces no alcanza para dar cuenta de las demandas crecientes y cada vez más complejas, que quedan, en muchas ocasiones, desatendidas (Parisí, 2006: 6).

Gioacchini y colaboradores (2018) afirman que, además del cambio en los contenidos impartidos, se requiere modificar la metodología de enseñanza en las universidades. En este sentido, se debe involucrar a los estudiantes en “constantes espirales de indagación que los lleven desde un conjunto de respuestas hacia preguntas más profundas que revelen conexiones entre el tópico que se está tratando y otras ideas, preguntas y problemas fundamentales” (Gioacchini y cols., 2018: 91).

A partir de lo expuesto, surgen dos aspectos fundamentales para tener en cuenta. En primer lugar, que esta complejidad descripta para ser abordada desde la formación requiere la indispensable articulación entre las diferentes actividades de la universidad: gestión, investigación, extensión y docencia. La segunda es que la transformación implica a toda la institución, retomando el concepto de “cultura en derechos humanos”. Actualmente, en la Facultad de Psicología de la UNMdP, se ha comenzado el proceso de revisión curricular. Los lineamientos a partir de los cuales se piensa el nuevo diseño incluyen como ejes transversales los derechos humanos, los postulados de la LNSM y la perspectiva de género. Esto involucra el atravesamiento de la temática en la formación desde los contenidos impartidos, y también desde los valores transmitidos, lo cual es fundamental para el perfil del egresado al que se apunta.

Referencias bibliográficas

Actis, M. P., Balagué, C. & Victoria, C. (2018). Visión de los docentes de la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata respecto a la adecuación de la formación de futuros psicólogos a los principios, políticas y dispositivos sostenidos en la Ley 26.657 (tesis de grado). Universidad Nacional de Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina.

Arriaga, M., Ceriani, L. & Monópoli, V. (2013). Políticas públicas en salud mental: de un paradigma tutelar a uno de derechos humanos. Por Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Secretaría de Derechos Humanos.

Bourdieu, P. (1991). Estructuras, habitus, prácticas. En El sentido práctico (pp. 91-111). Siglo xxi Editores. Buenos Aires.

Carvajal Escobar, Y. (2010). Interdisciplinariedad: desafío para la educación superior y la investigación. Luna Azul, n.º 31, julio-diciembre, pp. 156-169. Disponible en bit.ly/3to3JeC.

Cataldo, R., Liberatore, G. & Hermosilla, A. (2018). Aplicación de la Ley 26.657 de Salud Mental: una mirada desde la formación de psicólogos en la Universidad Nacional de Mar del Plata. Interdisciplinaria. Revista de Psicología y Ciencias Afines, vol. 35, n.º 2, pp. 277-289.

Comisión Nacional Interministerial en Políticas de Salud Mental y Adicciones (2014). Recomendaciones a las Universidades públicas y privadas. Artículo 33.º, Ley Nacional 26.657. Disponible en bit.ly/3trZxu3.

Gioacchini, C., Dávila, A. L., Zarate, J., Illanes Passera, M. I., Sananez, G. G. y Sánchez, C. S. (2018). Formación en leyes de salud mental: comparación. En x Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología, xxv Jornadas de Investigación, xiv Encuentro de Investigadores en Psicología del Mercosur. Facultad de Psicología, Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires.

Golpe, L. I. y Avale, D. I. (2014). El desafío de la Consulta sobre los Imaginarios de Salud Mental Comunitaria. (Un giro para las prácticas de formación académica en Psicología). En Hermosilla (presidencia). vi Congreso Marplatense de Psicología. Trabajo presentado en Congreso. Facultad de Psicología, Universidad Nacional de Mar del Plata.

Grimson, A. (2011, junio). Las universidades públicas y la construcción de una cultura de los derechos humanos. Ponencia presentada en Jornada Nacional sobre Derechos Humanos y Universidad, Secretaría de Derechos Humanos. Buenos Aires, Argentina.

Kuhn, T. (1971). La estructura de las revoluciones científicas. Fondo de Cultura Económica. México.

Menéndez, G. (2017). Desarrollo y conceptualización de la extensión universitaria. Un aporte de la secretaría de Extensión de la Universidad Nacional del Litoral para el análisis y debate de la Extensión Universitaria.

Ordenanza de Consejo Académico n.º 2.172/16. Facultad de Psicología. Universidad Nacional de Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina.

Ordenanza de Consejo Académico n.º 391/18. Facultad de Psicología. Universidad Nacional de Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina.

Ordenanza de Consejo Superior n.º 553/09. Universidad Nacional de Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina.

Parisí, E. R. (2006). Psicología, interdisciplina y comunidad. Enseñanza e Investigación en Psicología, vol. 11, n.º 2, pp. 373-384.

República Argentina (2010). Ley Nacional n.º 26.657.

República Argentina (2013). Decreto reglamentario 603/2013.

Saldaña, G. N., Contreras, M. V., Navarro, M. G. G. & Velásquez, R. C. (2017). Percepción de académicos sobre efectos a nivel personal e institucional de su participación en un programa de formación para desarrollar competencias genéricas en la Universidad de Concepción. REXE. Revista de Estudios y Experiencias en Educación, vol. 16, n.º 30, pp. 49-61.

Zucchi, M. G. (2017). Adecuación de la formación de grado en Psicología para el trabajo en salud mental relacionado con la urgencia y la emergencia. Estudio de caso de la carrera de psicología que se dicta en la Universidad Nacional de Mar del Plata (tesis de grado). Universidad Nacional de Mar del Plata, Buenos Aires, Argentina.



Deja un comentario