Pía Riggirozzi[1] y Natalia Cintra[2]
Introducción
Durante las últimas dos décadas, los flujos migratorios internacionales han experimentado un cambio en términos de dirección, intensidad y composición como consecuencia de un rápido aumento de los desplazamientos forzados en el sur global, que alberga al casi 80 % de los refugiados del mundo (ACNUR, 2022: 2). Dentro de las Américas, estas tendencias han sido impulsadas significativamente por persistentes contextos de inseguridad económica, crisis políticas, pobreza y violencia en los cuales muchas personas se ven en situaciones donde la única opción práctica y realista es partir.
Los flujos migratorios procedentes de América Central, en particular, han crecido exponencialmente en la última década, alcanzando, en 2023, casi 600.000 personas refugiadas y solicitantes de asilo de El Salvador, Guatemala y Honduras que han sido forzadas a cruzar fronteras por cuenta de violencia (incluida la violencia de género), amenazas, prostitución y extorsiones de pandillas, pobreza y crisis política y sociales (ACNUR, 2023)[3].
Además de ser el principal país de tránsito para los migrantes centroamericanos que se dirigen a Estados Unidos, México también es un destino importante, con más de 130.000 desplazados desde América Central en busca de asilo, una cifra que se duplicó desde 2017. Según ACNUR, en 2015 llegaron un total de 3.424 personas, principalmente de El Salvador y Honduras, las cuales solicitaron asilo en México, y, entre 2013 y 2016, las solicitudes de asilo de menores no acompañados del llamado Triángulo Norte de América Central en México aumentaron un 416 % (ACNUR, 2016). Lo novedoso no es la migración en sí, sino la masiva movilización por medio de las llamadas “caravanas” de más de miles de personas autoorganizadas espontáneamente que viajan a través de América Central por México hacia Estados Unidos. En América del Sur, otro corredor sur-sur emergente es el de Venezuela hacia países vecinos. Desde 2014, 8 millones de personas venezolanas han huido hacia países, en su mayoría, vecinos o cercanos, en lo que es “la mayor crisis de exilio en la historia” de América Latina, según la Organización de Estados Americanos (OAS, 2021). Casi la mitad de las personas desplazadas son mujeres y niñas que huyen del hambre, la violencia de género y el colapso de los servicios de salud (Doocy et al., 2029; Do Carmo Leal et al., 2024; Cintra et al., 2023). Asimismo, uno de los más recientes corredores migratorios en la región está determinado por el cruce de la selva del Darién, por donde miles de personas cruzan a diario.
El tapón del Darién, de sesenta millas de ancho, es un tramo selvático que conecta América del Sur con Centroamérica. Está ubicado en la frontera de Colombia con Panamá, y, con su densa selva tropical y sin carreteras, es un obstáculo peligroso para quienes necesitan cruzar la frontera por tierra, haciendo del viaje de Sur a Centroamérica uno de los más peligrosos en el mundo. Según cifras publicadas por el gobierno de Panamá, un alarmante número de 133.000 migrantes han cruzado el tapón del Darién hacia Panamá en 2021, y más de 39.000 en mayo de 2023 (OIM, 2023)[4]. Esta es una cifra sorprendente en comparación con años anteriores, cuando solo unos pocos cientos de inmigrantes se aventuraban en una extensión de tierra tan remota.
Situaciones de desplazamiento masivo de este tipo plantean tres puntos importantes, y que estructuran el análisis de este capítulo. En primer lugar, los desafíos específicos de género que enfrentan las mujeres y las niñas durante el desplazamiento determinan una dimensión de género de la migración forzada.
Segundo, esa dimensión de género determina situaciones de daño y vulnerabilidad que no solo afectan la autonomía y el bienestar de las mujeres y las niñas en situación de desplazamiento, sino también, y como consecuencia, sus oportunidades de integración justa, autónoma y sostenible en las sociedades de asentamiento, y plantean cuestiones importantes sobre las modalidades de gobernanza que sean sensibles y que den respuesta a los desafíos de género.
Tercero, es importante vincular la naturaleza de género de la migración forzada con las relaciones internacionales regionales y multilaterales, y de esta manera traer al frente la pregunta de cuál es la responsabilidad de los Estados, individualmente y en cooperación regional, de proteger los derechos humanos y la dignidad de las mujeres y niñas desplazadas en América Latina, para dar respuestas adecuadas de base regional.
El desarrollo de este análisis está basado en investigaciones hechas en el contexto latinoamericano, particularmente en el marco del proyecto Redressing Gendered Health Inequalities of Displaced Women and Girls in Situations of Protracted Displacement in Central and South America (ReGHID), financiado por el Consejo de Investigación Económica y Social del Reino Unido, y otros proyectos más cortos relacionados con ReGHID que fueron hechos desde entonces. En esos, obtuvimos y analizamos datos primarios y secundarios sobre temas de salud, género, seguridad alimentaria y desplazamiento forzado, en diferentes países y contextos de la región, con enfoque en Colombia, Brasil, Panamá, Honduras, El Salvador y México, hicimos observación participante en albergues de migrantes, regiones de frontera, entre otros, y hablamos con centenas de mujeres y adolescentes desplazadas en esos sitios, como también con aquellos que trabajan en esos contextos con poblaciones migrantes. Aunque este no sea un análisis empírico, nuestras reflexiones aquí hechas están enraizadas en el marco de nuestras investigaciones empíricas y desarrollo teórico en y sobre migraciones forzadas en América Latina.
La dimensión de género en el desplazamiento forzado en América Latina
Desde 2014, Venezuela enfrentó una catastrófica crisis humanitaria que vio un aumento del hambre, la delincuencia y la violencia, así como un estrepitoso colapso de los servicios públicos, una hiperinflación de alrededor del 10.000 % y una escasez de alimentos básicos y suministros médicos (Banco Mundial, 2021: 14). En estas circunstancias, no sorprende que alrededor de 8 millones de venezolanos no tuvieran otra opción que huir del país (Cintra et al., 2023). Es la mayor crisis de exilio en la historia de la región, solo superada en magnitud por la de Siria.
Según la Plataforma de Coordinación Interagencial para Refugiados y Migrantes de Venezuela (R4V, 2023), del total de venezolanos que huyeron, el 84 % migraron a países de América Latina y el Caribe. Colombia ha sido el principal país receptor de refugiados y migrantes venezolanos en la región, recibiendo casi la población migrante, seguido de Perú, Brasil, Ecuador y Chile. La mitad de las personas venezolanas desplazadas son mujeres y niñas, que se han visto afectadas de manera desproporcionada por crisis políticas, económicas y de salud cruzadas, agravadas por el impacto de la pandemia de covid-19.
Cintra et al. (2023) revelan una característica distintiva de género en el desplazamiento de Venezuela hacia Colombia y Brasil, visto en un éxodo de mujeres embarazadas, que huyeron por razones de necesidad práctica, incluido el miedo a perder a sus bebés o sus propias vidas si se quedaban para dar a luz en contextos de crisis de salud y del sistema de salud en Venezuela. Según Amnistía Internacional, la mortalidad materna aumentó un 65 % en Venezuela entre 2015 y 2016, una regresión de 25 años debido a la falta de medicamentos como anticoagulantes, crema cicatrizante de cicatrices, analgésicos, antibióticos, antisépticos, y la falta de herramientas, equipos y personal médico básicos, contexto que impulsó a muchas mujeres a huir (Amnesty International, 2018).
La Organización Internacional para las Migraciones informó que la mayoría de las mujeres desplazadas estaban en edad reproductiva (OIM), mientras que una encuesta con 2.012 mujeres y niñas desplazadas que llegaron a Brasil entre 2018 y 2021 mostró que el 66 % tenía entre 18 y 34 años, que un porcentaje relativamente alto de mujeres (34 %) viaja sola, sin familiares ni amigos, y que el 10 % llegó a Brasil embarazada, obligada a abandonar situaciones de hambre, mala salud y violencia (Do Carmo Leal et al., 2024).
Existe una gran cantidad de literatura, particularmente feminista, en estudios sobre migración forzada, que tienden a identificar las especificidades del carácter de género en la migración forzada, usualmente asociadas con razones para migrar y experiencias que amenazan los derechos, el bienestar e incluso la vida de mujeres antes y luego del proceso migratorio, como también durante él. Muchas de estas cuestiones están asociadas con el matrimonio precoz, la mutilación genital femenina, el estigma social de género, la violencia de género y la pobreza, que obligan a las mujeres y niñas a huir (Freedman, 2016; Menjivar y Walsh, 2017; UNFPA, 2018).
Mientras huyen, muchas mujeres y niñas migrantes, en particular las forzosamente desplazadas, enfrentan viajes peligrosos al atravesar caminos y cruces fronterizos que las exponen a violencia de género, desafíos y abusos que pueden afectar su salud sexual y reproductiva. Las mujeres migrantes forzadas están particularmente expuestas a riesgos de explotación, violencia sexual y conductas sexuales riesgosas para su supervivencia (económica), lo que lleva a un número cada vez mayor de embarazos no deseados, VIH e infecciones de transmisión sexual (ITS), muerte materna y precariedad generalizada (Ward y Marsh, 2006; OPS, 2019). Por ejemplo, en la frontera sur de México, donde los migrantes de Centroamérica viajaban a pie para evitar los controles fronterizos, la policía y las pandillas, a menudo en colaboración entre sí, fueron denunciados como perpetradores de violaciones sexuales y de género (ver Angulo-Pasel, 2018).
La creciente tendencia en la movilidad intrarregional ha puesto de manifiesto esta sombría situación en América del Sur y Central. El tapón del Darién, de 60 millas de ancho, es el único tramo de tierra que conecta América del Sur con Centroamérica y la única interrupción en la Carretera Panamericana que conecta los puntos más septentrionales y meridionales de América. Está ubicado en la frontera de Colombia con Panamá, y, con su densa selva tropical y sin carreteras, es un obstáculo peligroso para quienes necesitan cruzar la frontera por tierra, haciendo del viaje de Sur a Centroamérica uno de los más peligrosos en el mundo. El tapón del Darién es particularmente peligroso para las mujeres. El cruce a pie puede tardar alrededor de diez días, y quienes cruzan la frontera han denunciado haber sido víctimas de robos, agresiones y violencia sexual. Esto es alarmante dado el incremento de mujeres y niños que han cruzado por ese corredor. En 2023, medio millón de migrantes cruzaron la selva, presuntamente para llegar a Panamá y de allí emprender el camino hacia Estados Unidos. Las cifras se duplican con respecto a 2022 y son cuatro veces superiores a las de 2021. Alrededor del 20 % son niños y niñas (OIM, 2023). Alarmante también dado que Médecins sans frontières (2023) informó que trató más de 400 casos de violencia sexual entre enero y octubre de 2023, sin mencionar los que no se denuncian. Lamentablemente, los desafíos específicos de género que enfrentan las mujeres y las niñas durante el desplazamiento a menudo se ocultan y no se denuncian. El paso irregular por el Darién no solo pone a esas mujeres en riesgo por el hecho de atravesar una selva peligrosa, pero también porque todo el paso está mercantilizado, es decir, económicamente controlado, de manera legal e ilegal, lo que hace ese viaje especialmente costoso, con peores implicaciones a mujeres, las cuales mayoritariamente migran acompañadas de sus hijos, lo que hace su travesía aún más cara, y más vulnerables a situaciones de explotación económica y sexual.
Las situaciones de daño y vulnerabilidad no solo afectan la autonomía y el bienestar de las mujeres y las niñas en situación de desplazamiento y, por tanto, sus oportunidades de integración justa, autónoma y sostenible en las sociedades de asentamiento, sino que también plantean cuestiones importantes sobre las modalidades de gobernanza que sean sensibles y que respondan a las problemáticas de género, así como demanda una respuesta donde prime la responsabilidad compartida en las agendas de políticas migratorias a nivel internacional, regional y nacional, ya que gestionar y brindar protección para la migración segura implica respuestas concertadas a cuestiones que son inherentemente transfronterizas y, por lo tanto, requieren una gobernanza regional y multilateral efectiva.
El carácter normativo del derecho a migrar en América Latina
América Latina tiene una historia de gobernanza de la migración caracterizada, a diferencia de otros espacios regionales, por un énfasis en los derechos sociales (Acosta y Freier, 2018). De hecho, prevalecen nociones de seguridad social, el derecho a la circulación de los trabajadores y los derechos humanos de los migrantes en los marcos regionales relacionados con la migración y movilidad humana. Por ello, los marcos normativos latinoamericanos en materia de migración y asilo son generalmente reconocidos como “progresistas”, “abiertos” y “basados en los derechos humanos” (Brumat y Finn, 2021; Zapata y Wenderoth, 2021; Brumat y Freier, 2020; Hammoud-Gallego y Freier, 2022). Expertos y comentaristas han elogiado a América Latina por promover políticas sostenidas y “generosas” de asilo y refugiados desde la ratificación de la Convención de 1951 y su protocolo de 1967 sobre los derechos de los refugiados. Como explican Cintra et al. (2023), esta apreciación normalmente se debe a la visión avanzada, y de hecho vernácula, de lo que significa ser un refugiado en América Latina. De hecho, la región ha adoptado formalmente una definición ampliada de refugiado que va más allá del régimen internacional de refugiados a través del marco regional respaldado por la Declaración de Cartagena de 1984 (también Cantor et al., 2015: 3). Curiosamente, esta expansión se inspiró en el desplazamiento masivo experimentado en Centroamérica como consecuencia de las guerras civiles durante la década de 1980, cuando la Guerra Fría se afianzó en América Latina (Cantor, 2013). De hecho, los Estados signatarios coincidieron en que el sistema internacional de refugiados existente no brindaba a algunos grupos de personas desplazadas por la fuerza en las Américas una respuesta legal adecuada, por lo que era necesario desarrollar un concepto más apropiado a las características de la región.
Como resultado, una definición más amplia de refugiado ofrecida por la Declaración de Cartagena incluye no solo a aquellos que han sido perseguidos individualmente, sino también a aquellos cuyas vidas y libertades fueron amenazadas por una serie de circunstancias diferentes. Por lo tanto, no requería un elemento “subjetivo”, es decir, un miedo subjetivo a una amenaza. Una situación objetiva, traducida en un hecho real, como, por ejemplo, un conflicto armado, era suficiente para justificar la protección internacional bajo los auspicios del derecho regional de refugiados.
Además, en materia de refugio, se señala que El Salvador, Guatemala, Nicaragua y Panamá han desarrollado leyes relativas al refugio en las que han incluido la condición de refugiado como una medida de protección para las mujeres migrantes que han llegado debido a la violencia sexual, generalizada, violencia por razones de género, seguridad y violación de derechos humanos; condiciones que han trascendido a las que originalmente otorgaban en su momento la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1951) y el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados (1967).
Lo que esto significa es que, en gran medida, América Latina ha expandido los límites de la norma internacional respecto de lo que significa ser refugiado en el contexto regional, un proceso que tiene implicaciones sobre cómo la cooperación humanitaria y regional debe responder a las violaciones de derechos y las situaciones que generan la condición de refugiado. García (2020) también destaca el papel del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y de los procesos de integración regional estableciendo jurisprudencia en relación con las condiciones que aseguren la adecuada defensa de los derechos, así como los procesos sancionatorios, en general y con respecto de los inmigrantes, los solicitantes de asilo y los refugiados en particular.
En gran parte, estos compromisos regionales para asegurar los derechos de los migrantes, migrantes forzados y refugiados están orientados a crear condiciones materiales y prácticas de respeto, protección y cumplimiento de los derechos humanos, y es esto lo que encontramos articulado no solo en los tratados de derechos humanos, sino también en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) como una especificación clave de los requisitos para los Estados para poder proteger y garantizar los derechos humanos de las personas bajo su jurisdicción. Los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas adoptada en 2015 agregaron un nuevo impulso. Podría decirse que solo una de sus 169 metas (meta 10.7) en los 17 ODS aborda directamente la migración, invitando a los Estados a “facilitar la migración y la movilidad ordenada, segura y responsable de las personas, incluso mediante la implementación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas”, mientras que otros objetivos establecen conexiones con temas de migración, incluida la migración laboral (8.7 y 8.8), la movilidad internacional de estudiantes (4.b), la trata de personas (5.2, 8.7 y 16.2), las remesas (10.c), los datos de migración (17.18), y más. Estos avances se retomaron en el Plan de Desarrollo Integral Mesoamericano, con el objetivo de hacer de la migración una opción segura y abordar sus causas fundamentales en México y el Triángulo Norte de Centroamérica (Ventura et al., 2021).
Desde su inicio, el Plan de Desarrollo Integral Mesoamericano ha reconocido la importancia de los esfuerzos y resultados del proceso de integración desplegado en Centroamérica, en particular por los órganos y las instituciones regionales del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA). Desde hace décadas, Centroamérica viene realizando importantes esfuerzos para profundizar los vínculos y promover la integración entre los países de la subregión. En 2017, los países centroamericanos adoptaron la Declaración de San Pedro Sula y acordaron implementar conjuntamente el Marco Integral Regional de Protección y Soluciones para abordar el desplazamiento forzado en Centroamérica y México (MIRPS). El MIRPS ha sido hasta ahora la principal plataforma para movilizar acciones en el área del desplazamiento forzado en Centroamérica. En relación con la migración, el MIRPS es una aplicación concreta del Pacto Mundial sobre Refugiados de 2018, un marco central de la ONU que fomenta la cooperación regional entre países de origen, tránsito y destino para una mayor responsabilidad compartida en materia de prevención, protección y soluciones duraderas.
La riqueza de los marcos normativos regionales comprende así la variedad mixta de elementos declarativos y convenidos que se destacan por su contraste con marcos más restrictivos en otras regiones del mundo (Acosta, 2018). Por ejemplo, Brumat y Finn (2021) destacan el “derecho a migrar” como una expresión clara en normativas regionales, que incluso da base de sustento al Acuerdo de Residencia del Mercosur (RAM), que reconoce la libre circulación de personas en la región, y cuyos miembros incluyen Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay, y los países asociados Chile, Colombia, Perú, Bolivia y Ecuador. Venezuela es miembro suspendido del Mercosur desde finales de 2016, y sus connacionales no pueden acceder a la residencia subregional. En esencia, esto significó la regularización migratoria como medida para proteger derechos, lo cual dio sustancia a elogios internacionales (Ceriani Cernadas, 2018; Cintra et al., 2023).
Sin embargo, un análisis crítico del abordaje regional sobre la protección de migrantes y movilidad humana, particularmente la migración forzada, destaca que, a pesar de los avances progresivos analizados, incluida la definición ampliada de refugiado y, por ende, de protección, en la práctica las leyes migratorias y de refugiados en la región y en cada país no lograron garantizar la implementación de una protección efectiva, y en última instancia producen negligencia en materia de género. Como tal, la región muestra ambigüedades en la gobernanza migratoria, dando paso a normas socialmente legitimadas y rara vez cuestionadas que ignoran, criminalizan o estigmatizan a las mujeres desplazadas, de manera que reproduce así las desigualdades de género como consecuencia. Esto es así por dos cuestiones fundamentales: una es la fragilidad institucional en materia de gobernanza regional que inhibe el paso de lo nominal a lo concreto en términos de políticas; y el otro motivo se relaciona con un abordaje de seguridad nacional, definido en términos realistas de las relaciones internacionales, donde se privilegian políticas de seguridad de frontera y no seguridad humana. Esto es aún más problemático cuando se evalúa desde una perspectiva de género, ya que los marcos regionales y nacionales fracasaron en abordar los roles, las normas y las relaciones de género perjudiciales como impulsores de la migración, y en lugares de recepción (Freedman et al. 2022).
En el caso de América del Sur, el género recibió una atención cada vez mayor después del cambio de milenio. Desde 2000, Mercosur ha adoptado un enfoque de transversalización de género, que recientemente está más firmemente institucionalizado y monitoreado por la actualización de la unidad regional de género (RMAAM). Desde entonces, Mercosur aprobó un número creciente de recomendaciones y regulaciones en apoyo de la igualdad de género en el comercio y las finanzas. Algunas directivas relativas a la desigualdad de género en el empleo se abordan principalmente a través de programas de formación y empresas para promover el empleo y eliminar la certificación. Pero los esfuerzos para abordar el empleo informal o la discriminación de género aún son muy limitados (UNTAD, 2018).
Más recientemente, las políticas de igualdad de género han pasado de un enfoque limitado al empleo a adoptar una perspectiva más amplia que incluye la participación política, el trabajo doméstico, la educación rural y la violencia de género (Hoffman, 2014). Sin embargo, en las respuestas regionales y nacionales, se han ignorado dimensiones importantes relacionadas con la migración de mujeres y niñas o no se ha logrado asignar responsabilidades y formas de protección a las mujeres y niñas en movimiento. Además, no existen mecanismos de rendición de cuentas para los Estados respecto de la implementación de tales políticas ni resoluciones que contemplen algún mecanismo de seguimiento específico.
De igual manera en el caso del SICA, existen agendas específicas abordadas a través de la Secretaría Técnica del Consejo de Ministras de la Mujer de Centroamérica y República Dominicana (ST-COMMCA) y del Consejo de Ministros y Ministras de Salud (SE-COMISCA) para la creación de líneas de acción prioritarias para abordar temas como la violencia de género y otros desafíos y riesgos que enfrentan las mujeres durante la migración dentro de la región centroamericana y desde ella. Además, el SICA ha venido liderando esfuerzos apoyando a los Estados miembros para garantizar el acceso universal a servicios de salud sexual y reproductiva, desarrollando una estrategia regional en materia de salud sexual y salud reproductiva, con énfasis en adolescentes y prevención del embarazo, y acceso a mujeres migrantes en tránsito y retornadas a sus países. Pruebas de ITS/VIH y métodos anticonceptivos y de protección en salud sexual y reproductiva. El SICA también creó un Plan de Acción Integral para Atender la Migración en la región (PAIM-SICA).
Algunos de estos compromisos generaron algunos avances en la respuesta a las necesidades inmediatas y persistentes de las personas desplazadas (NRC, 2020). Sin embargo, la falta de recursos financieros, los desafíos en la coordinación institucional, los recursos humanos y la capacidad técnica limitados, la corrupción y la voluntad política continúan, junto con el conservadurismo persistente en muchos países de la región, lo que afectó las posibilidades de fundamentar políticas efectivas y sostenibles.
De hecho, aunque algunos países tengan mejores condiciones económicas que otros, la migración forzada en América Latina se vuelve un problema que afecta mayoritariamente a los países más pobres de la región y a aquellos que reciben los más grandes números de migrantes. Esto genera problemas de generación y concentración de recursos, de manera que crea así situaciones en que los más pobres nacionales pasan a disputar con los no nacionales por lo poco que hay destinado a programas y políticas sociales. En América del Sur, por ejemplo, Colombia está particularmente sobrecargada debido a la cantidad enorme de migrantes, lo que acaba generando una serie de violaciones a derechos y empeora el acceso a servicios básicos como salud. El hecho de que ahora muchos migrantes en Suramérica estén saliendo hacia el norte, cruzando América Central por el tapón del Darién, demuestra una vez más que resolver los problemas de violaciones a los derechos de migrantes no es un tema nacional, sino regional. La manera como salen los y las migrantes de Colombia, Brasil, Chile, Ecuador, entre otros, puede determinar cómo llegan a Panamá, y las necesidades que van a tener como consecuencia. No es un dato menor que, al hablar con aquellos que proveen servicios en las Estaciones de Recepción de Migrantes en el Darién, nos han dicho que son los y las venezolanos la población con mayores números de desnutrición: ellos ya salen de Venezuela subnutridos, y su pasaje por Suramérica no logra resolver sus problemas nutricionales y de salud. Una vez que crucen de subregión, esas necesidades pasan a aparecer, aún más agudizadas, en América Central, lo que demuestra la necesidad de una mirada regional, más allá de la nacional, a las migraciones.
El problema, en última instancia, radica en pasar del carácter nominal al ejercicio efectivo del derecho a la movilidad segura y a la protección internacional, con un enfoque de género. Entonces, la pregunta que surge es en qué medida estos marcos normativos son suficientes para proveer protección efectiva para migrantes, sobre todo migrantes forzadas, y para cimentar condiciones de cooperación internacional donde la base de acción no sea solo entendida como un problema nacional, sino como una cuestión regional que demanda respuestas como tal.
Las consecuencias de género en las fallas de protección de migrantes forzados
Ha habido una clara inconsistencia entre el aumento de los problemas regionales y fronterizos y la disminución de las respuestas y responsabilidades concertadas y compartidas. Más aún, hay una creciente práctica y narrativa nacional respecto de la migración forzada que tiende a privilegiar un abordaje de seguridad por sobre los derechos humanos, ignorando sobre todo una visión de género. De hecho, el lente de seguridad para el abordaje de la migración, sobre todo migración forzada, prevalece en los discursos políticos, los imaginarios públicos y las experiencias vividas por los migrantes y refugiados en todas las geografías. Por lo tanto, la securitización de la migración erosiona la intencionalidad normativa creando construcciones de migración como riesgo nacional, y, en el caso de mujeres, riesgo sexual y moral, así como espacios, tanto fronterizos como cotidianos, que criminalizan y por ende se militarizan (Riggirozzi et al., 2023).
Las mujeres y niñas desplazadas que cruzan fronteras en busca de refugio y bienestar así enfrentan desafíos adicionales que a menudo son producto de estatus migratorios que en la práctica obstruyen tanto su ejercicio de sus derechos en forma de acceso a servicios, como las condiciones de seguridad razonable frente a la exposición a la explotación sexual, la agresión y la violencia. Otros desafíos pueden ser producto de condiciones generalizadas como la falta de capacidad para proteger en los lugares de residencia temporal o la falta de voluntad por parte del gobierno municipal, provincial o nacional para brindar el grado de protección requerido, o cuestiones más específicas relacionadas con problemas de, por ejemplo, alojamiento inseguro, falta de sensibilidad cultural o de género en la prestación de servicios de salud, acceso limitado al empleo oficial (a menudo relacionado con la falta de cuidado infantil) y hostilidad local hacia quienes huyen por necesidad. En informes recientes se reconoce que la xenofobia está aumentando en el contexto de los efectos de la pandemia, y Amnistía Internacional (2022: 29) destaca el continuo fracaso en lugares como Colombia y Perú, importantes receptores de migrantes venezolanos, “para proporcionar una protección adecuada a las mujeres, que a menudo enfrentan violencia física y sexual en el hogar, pero también explotación en el trabajo, incluida la cooptación para la explotación sexual”, señalando que, a pesar de “los altos niveles de subregistro, los casos de violencia de género aumentaron un 71 por ciento entre 2018 y 2021 en Colombia”. Una encuesta realizada por Gallup en 2016 y 2019 muestra una fuerte disminución en la aceptación de los migrantes en América Latina (Voz de América, 2020).
De acuerdo a Cintra et al. (2023), las mujeres migrantes enfrentan factores de riesgo relacionados con desinformación, limitado acceso de documentos de viaje, permiso de salida, factores estructurales, violencia doméstica o de pareja, violencia sexual, violencia económica, violencia política, irregularidad migratoria, limitada institucionalidad para brindar protección, violencia social o generalizada, redes de tráfico y trata de personas, riesgo y limitado acceso a la salud, abuso de poder, transporte inadecuado e inhumano, accidentes, mutilaciones, estigmatización, precariedad en la inserción sociolaboral, encarcelamiento, obstáculos para la regularización migratoria, exclusión social, falta de oportunidades. En destino, la principal preocupación es la total invisibilidad de la situación de violencia que enfrentan mujeres migrantes (violencia intrafamiliar, explotación laboral, acoso, etc.). En el retorno, destaca la estigmatización por el fracaso del proyecto migratorio y la prevalencia de la causa, sea económica o social (violencia u otras), que originó la migración.
El manejo de políticas y prácticas de control en fronteras, así como en primeros lugares de recepción, también es determinante de los riesgos de género. La forma en que las mujeres y niñas migrantes llegan a las fronteras y las cruzan determina quién las recibe, o qué institución las recibe, qué información y orientación obtienen, si se les explica qué documento necesitan para acceder a protección, refugio y los sistemas de salud, y su estatus legal puede condicionar aún más sus oportunidades de protección y de una vida digna.
Los espacios fronterizos son espacios críticos que pueden ofrecer oportunidades de inclusión o crear brechas en términos de información sobre documentación para acceder a albergues, a documentación, a sistemas de protección y al sistema de salud. Si los migrantes no entran por la puerta de entrada oficial, es probable que no accedan a la información disponible en los puestos de control fronterizos sobre refugios, instalaciones sanitarias y derechos, etc. En consecuencia, si las mujeres y niñas migrantes se vuelven invisibles para los sistemas de protección existentes, caen en las grietas de tales sistemas y muy probablemente terminan dependiendo de contrabandistas o redes ilegales de explotación y control (sexual y laboral), y con una nueva escala de riesgos de género, daños, relaciones abusivas y explotación sexual, y una espiral interminable de negación de derechos.
Un abordaje que no centraliza en género, además de poder causar todos los retos mencionados, también silencia las voces de mujeres y niñas desplazadas. El riesgo es tener un abordaje que o las considera solo como víctimas sin voz o agencia, o que las criminaliza/estigmatiza, a través de políticas de seguridad que considera a las mujeres migrantes como potencialmente trabajadoras sexuales, portadoras de enfermedades, una amenaza moral y física a la comunidad receptora. Ese abordaje binario, muchas veces disfrazado de progresista, no considera a las mujeres migrantes en su complejidad y las deshumaniza como consecuencia, y sus voces no son escuchadas en ninguna instancia.
Por último, se argumenta que no solo un abordaje que privilegia la seguridad del Estado frente a los derechos y la protección de migrantes limita las obligaciones que los Estados asumieron frente a acuerdos regionales e internacionales, sino que las consecuencias generadas son de género. Aun así, toda respuesta para revertir esta balanza entre seguridad y derechos debe venir no solo de Estados individuales, sino de la construcción de una noción más amplia de responsabilidad compartida. En este sentido, los organismos regionales deben alertar y revertir arbitrariedades en la implementación de acuerdos y políticas sobre migración que generan pasos inseguros, como el tapón del Darién. Hay buenas razones para promover la cooperación regional en la protección de los refugiados y las poblaciones desplazadas. Para empezar, los movimientos masivos de desplazados suelen tener una ubicación y un impacto regional. Por lo tanto, los actores regionales pueden tener una preocupación más directa al abordar estos movimientos.
Recentrando el foco en el rol de la gobernanza regional
Para muchos países en la región, la migración forzada e irregular se ha convertido en un problema de seguridad nacional. “Darién no es una ruta, es una jungla”, por ejemplo, se convirtió en un mantra de campaña oficial del Gobierno de Panamá ante la crisis de migración por Darién (Ministerio de la Presidencia, 2023). La formulación de políticas que ayuden a superar y trascender preocupaciones sobre seguridad nacional y que ofrezcan un mecanismo para el intercambio y la cooperación transfronterizos sobre la base de derechos humanos demanda recentrar el foco en los derechos humanos y la protección de migrantes. También exige un enfoque de género en la protección debido a las características de feminización de la migración y sus riesgos, como se ha explicado anteriormente. Los esfuerzos regionales son así necesarios cuando la región ha rechazado la solución propuesta por la comunidad internacional o cuando naciones individualmente o la comunidad internacional han tomado poca o ninguna acción para lograr una solución.
En teoría, las regiones pueden colaborar en iniciativas como la búsqueda de armonización de la jurisprudencia y esfuerzos para abordar las causas profundas de la migración forzada y de los riesgos durante el tránsito. Además, los Estados podrían coordinar regionalmente distintas funciones de protección según los diferentes niveles de experiencia y capacidad local y nacional. Los Estados podrían asignar tareas como procesar las solicitudes de asilo, acoger a refugiados temporalmente, reasentarlos permanentemente y brindarles apoyo financiero. Para los Estados, la cooperación regional en este sentido podría permitir soluciones apropiadas y eficientes a la afluencia de migrantes forzados y refugiados, reducción del gasto financiero (a través de la eliminación de procesos duplicados cuando sea apropiado) y mejores relaciones diplomáticas entre los países. Y también buscar las formas y los fondos para crear pasos seguros entre fronteras. Para los migrantes forzados, esta cooperación podría dar como resultado una mayor protección y una mayor probabilidad de brindar asistencia de manera consistente con los derechos humanos y el derecho a migrar.
Por último, una gobernanza regional también debe priorizar un enfoque de género en el abordaje de soluciones a los desplazamientos masivos, irregulares, que permitan suministrar los recursos necesarios para apoyar respuestas e intervenciones en lugares de primera protección, se necesita urgentemente financiación y reforzar los sistemas de salud, algo que la mayoría de los gobiernos latinoamericanos no pueden hacer solos.
La discusión sobre las características y dimensiones de género de la migración lleva al último punto de este capítulo, esto es, cómo se aborda la cooperación regional e internacional para responder a las características de género de la migración forzada.
Las organizaciones regionales tienen un enorme potencial para dar forma a un enfoque de la migración humano y basado en los derechos. Sin embargo, la implementación efectiva sigue siendo un desafío. Los Estados a menudo aprovechan su prerrogativa soberana, incluidos cálculos políticos y económicos, para controlar la entrada y los derechos de los no ciudadanos y garantizar la seguridad nacional de sus poblaciones con fines políticos. Como tales, logran circunscribir la fuerza protectora de las obligaciones de derechos humanos y muchas veces una retórica antiinmigrante. Esto a pesar de que los Estados firmaron regímenes migratorios globales y regionales, como se mencionó en secciones anteriores. Así, existe una clara brecha entre lo que los sistemas de gobernanza pueden hacer en términos de promover los derechos humanos y cómo las políticas se traducen realmente en leyes y prácticas nacionales, particularmente en relación con la incorporación de consideraciones de género en esas leyes y prácticas (Riggirozzi y Ryan, 2021).
Situaciones de desplazamiento masivo como las que se observan actualmente en América Latina plantean cuestiones importantes sobre la responsabilidad de los Estados de proteger. Durante la conmemoración del 30.º aniversario de la Declaración de Cartagena en Brasil, países latinoamericanos adoptaron por unanimidad el plan de acción para proteger los derechos humanos de las personas perseguidas y desplazadas a nivel nacional y regional[5]. Sin embargo, aún prevalecen enfoques polarizados de la gestión de la migración irregular que no solo corre el riesgo de socavar y debilitar el derecho nacional e internacional, sino que también desvía la atención de un enfoque colaborativo para responder y proteger las vidas y los derechos de los refugiados y migrantes forzosos en situaciones vulnerables.
Para revertir esta migración, proponemos, como ya se argumentó en Cintra et al. (2023: 97-108), cinco principios para el estudio de la migración forzada y su gobernanza con enfoque de género. Esta propuesta se basa en un principio práctico de responsabilidad compartida en la gobernanza de la migración internacional y puede evaluarse de acuerdo con los siguientes puntos:
- Responsabilidad de ampliar las rutas regulares para refugiados y migrantes y garantizar un paso seguro. Esto exige el deber de protección y de cooperación entre los Estados para ofrecer un paso directo y seguro a través de las fronteras y como un lugar potencial de primer refugio. Esto también significa mantener las fronteras abiertas a los desplazados forzosos, sin impedir ni obstruir el acceso seguro a un territorio para reclamar protección. Las organizaciones regionales y multilaterales como el ACNUR y la OIM pueden proporcionar comunicación, apoyo financiero y técnico, y promoción para garantizar un paso directo y seguro.
- Responsabilidad de brindar protección. Esto recae en todos los Estados hacia o a través de los cuales viajan migrantes desplazados por la fuerza. Esto implica brindar seguridad, incluido el deber de no devolución y protección vigente, y la provisión de instalaciones de alojamiento seguras, así como el derecho a acceder a atención médica, un proceso justo e imparcial de determinación del estatus y acceso a documentos de identidad. ACNUR e instituciones financieras como el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo son claves para delimitar el financiamiento para la preparación, los mecanismos para el intercambio transfronterizo de información y cooperación, y la protección social de las personas desplazadas.
- Responsabilidad de proporcionar movilidad segura en el contexto de tránsito prolongado: esto significa permitir un movimiento seguro dentro de los Estados de la región y entre ellos, lo que no solo denota brindar derechos de movilidad a medida que se mueven en y entre los Estados, sino que principalmente significa tener un enfoque que se centre en la protección contra abusos que van desde la explotación hasta la trata y más. Además de los derechos de movilidad, los Estados también tienen el deber de prestar especial atención a las mujeres y las niñas, que se deriva de la posible explotación de su desorientación social y su falta de conocimientos locales (especialmente por parte de aquellas que manifiestan marcadores de confianza).
- Responsabilidad de brindar integración social, permitiendo que los intereses legítimos de quienes son desplazados forzosamente determinen dónde se asientan y tengan acceso a las condiciones básicas para reconstruir sus vidas en comunidad con otros. Los requisitos básicos de esta responsabilidad pueden expresarse como la provisión de acceso a los sistemas de vivienda, salud y bienestar, y acceso a oportunidades de educación, formación o empleo que les permitan tomar decisiones y planificar eficazmente sus vidas, cuando esto implique también una participación activa en la comunidad social y política de la localidad en la que se encuentran.
- Responsabilidades de proporcionar recursos adecuados para la protección, cuando y donde la financiación para la protección no alcance lo necesario para salvaguardar la protección. Este es un llamado a alianzas globales y cooperación para el desarrollo mediante la movilización de recursos, el intercambio de conocimientos y el desarrollo de capacidades de acuerdo con agendas de gobernanza internacional como el Pacto Mundial para la Migración y los Refugiados Seguros, Ordenados y Regulares, y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Conclusión
En América Latina urgen políticas públicas sobre migración forzada y protección con enfoque de género. Para ello existe una gran oportunidad basada en una serie tanto de marcos normativos y políticas regionales y nacionales, como de esquemas regulatorios y de reconocimiento que pueden ser pioneros en términos de soluciones duraderas. Sin embargo, existen muchas barreras en la retórica y la práctica cotidiana relacionadas con normas políticas y sociales respecto de qué constituye sujeto de seguridad y protección. Así se evidencia un privilegio de nociones de seguridad nacional por sobre los derechos humanos de personas migrantes, forzadas, en tránsito, y su derecho a la movilidad y vida con dignidad.
Es esencial invertir en una protección social sensible al género para mujeres y niñas en contextos humanitarios. En este capítulo se afirma cómo el género (y otras características como la edad, el origen étnico, etc.) desempeña un papel importante en la configuración de las vulnerabilidades y los riesgos que enfrentan las poblaciones desplazadas, y debería desempeñar un papel en la formulación de políticas. El estatus migratorio, la experiencia, el género o la modalidad de tránsito y paso no deben excluir ni limitar la protección de los derechos humanos que los países deben otorgar a las mujeres migrantes –particularmente a las migrantes forzadas– durante el tránsito y en los lugares de residencia.
Por lo tanto, y con base en estos principios, se propuso aquí que, para abordar eficazmente los desafíos y evitar una mayor marginación de quienes ya están en mayor riesgo, se debe no solo considerar e integrar, en el estudio y la práctica, compromisos internacionales y regionales que los Estados ya han firmado y ratificado, sino también concentrar una gobernanza regional sobre la base del principio de responsabilidad compartida en la protección de los derechos humanos de los y las migrantes que sean capaces de estructurar políticas y prácticas a nivel nacional y regional.
Bibliografía
ACNUR (2016). Respuesta Regional a la Situación del Triángulo del Norte de Centroamerica, www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2016/10665.pdf.
ACNUR (2022). Tendencias Globales de Desplazamiento Forzado 2022, en www.acnur.org/tendencias-globales-de-desplazamiento-forzado-en-2022.
ACNUR (2023). Desplazamiento en Centroamérica, en www.acnur.org/emergencias/desplazamiento-en-centroamerica.
Acosta Arcarazo, D. y Freier, L. F. (2015). “Turning the immigration policy paradox upside down? Populist liberalism and discursive gaps in South America”, International Migration Review, 49(3), 659-696.
Amnistía International (2018). “Fleeing the country to give birth: the exodus of pregnant Venezuelan women”, en www.amnesty.org/en/latest/news/2018/05/huir-para-ver-la-luz-el-exodo-de-las-embarazadas-venezolanas.
Angulo-Pasel, C. (2018). “The journey of Central American women migrants: engendering the mobile commons”, Mobilities, 13(6), 894-909.
Banco Mundial (2021). “Venezuela country overview” [en línea], en www.worldbank.org/en/country/venezuela/overview.
Brumat, L. y Finn, V. (2021). “Mobility and citizenship during pandemics: the multilevel political responses in South America”, Partecipazione e Conflitto, 14(1), 322-340.
Brumat, L. y Freier, F. (2020). “South American de jure and de facto refugee protection: lessons from the South”, ASILE [en línea], en www.asileproject.eu/south-american-de-jure-and-de-facto-refugee-protection [consultado el 17 de febrero de 2023].
Cantor, D. J. (2013). “European influence on asylum practices in Latin America: Accelerated procedures in Colombia, Ecuador, Panama and Venezuela”, en H. Lambert, J. McAdam, y M. Fullerton, M. (eds.), The Global Reach of European Refugee Law. Cambridge: Cambridge University Press, pp. 71-98.
Cantor, D. J., Freier, L. y Gauci, J. P. (2015). “Introduction: A paradigm shift in Latin American immigration and asylum law and policy?”, en D. J. Cantor, J. P. Gauci y L. F. Freier (eds.), A Liberal Tide? Immigration and Asylum Law and Policy in Latin America. Londres: School of Advanced Study, University of London, pp. 1-10, en https://tinyurl.com/jcyy5tws.
Ceriani Cernadas, P. (2018). “Migration policies and human rights in Latin America: progressive practices, old challenges, worrying setbacks and new threats’ Policy Brief”, Global Campus [en línea], en repository.gchumanrights.org/items/c8951d47-2f67-492e-b345-8dfe8f1e7880.
Cintra, N., Owen, D. y Riggirozzi, P. (2023). Migración forzada, derechos humanos y salud sexual y reproductiva: Un abordaje de género sobre las brechas de protección en América Latina, Rugby. Practical Action Publishing.
Do Carmo Leal, M. et al. (2024). “Migration process of Venezuelan women to Brazil: Living conditions and use of health services in Manaus and Boa Vista, 2018–2021”, BMC Public Health, en prensa.
Doocy, S., Page, K., De la Hoz, F. y Spiegel, P. (2019). “Venezuelan migration and the border health crisis in Colombia and Brazil”, Journal on Migration and Human Security, 7(3), 79-91.
Freedman, J. (2016). “Sexual and gender-based violence against refugee women: a hidden aspect of the refugee ‘crisis’”, Reproductive Health Matters, 24(47), 18-26.
García, L. (2020). “Estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos sobre garantías del debido proceso en el control migratorio”, Estudios de Derecho, 77(169).
Hammoud-Gallego, O. y Freier, L. (2022). “Symbolic refugee protection: explaining Latin America’s liberal refugee laws”, American Political Science Review, 117(2), 1-20.
Hoffman, A. R. (2014). “Gender mainstreaming in Mercosur and Mercosur-EU trade relations”, en Van der Vleuten, A., Van Eerdewijk, A. y Roggeband, C. (eds.), Gender Equality Norms in Regional Governance – Transnational Dynamics in Europe, South America and Southern Africa. Nueva York: Palgrave MacMillan. En www.oas.org/fpdb/press/Crisis-Overview-ENG.pdf.
Menjívar, C. y Walsh, S. D. (2017). “The architecture of feminicide: the state, inequalities, and everyday gender violence in Honduras”, Latin American Research Review, 52(2), 221-240.
Ministerio de la Presidencia (2023). “Panamá lanza campaña ‘Darién no es una ruta, es una jungla’”, en mire.gob.pa/panama-lanza-campana-darien-no-es-una-ruta-es-una-jungla.
MSF (2023). “La violencia sexual en el Tapón del Darién es cada vez más cruel y deshumanizante”, en www.msf.es/noticia/la-violencia-sexual-tapon-del-darien-cada-vez-mas-cruel-y-deshumanizante.
NRC- Consejo Noruego para Refugiados (2020). “De la teoría a la práctica MIRPS”.
OIM (2023). “Monitoreo del Flujo Migrante”, en https://tinyurl.com/24wrtdjk.
Organización Panamericana de la Salud (OPS) (2019a). “Ensuring Access to Health for Migrant Women”, resumen técnico [en línea], en www.paho.org/en/file/52002/download?token=_6aH6Lra.
Organization for American States – OAS (2021). “Venezuelan Migration and Refugee Crisis”.
R4V (2023). “R4V América Latina y el Caribe, Refugiados y Migrantes Venezolanos en la Región – Nov. 2023”, https://tinyurl.com/3n3uherr.
Riggirozzi, P., Cintra, N. et al. (2023). “Securitisation, humanitarian responses and the erosion of everyday rights of displaced Venezuelan women in Brazil”, Journal of Ethnic and Migration Studies, 49(15), 3755-3773.
Riggirozzi, P. y Ryan, M. (2022). “The credibility of regional policymaking: insights from South America”, Globalizations, 19(4), 604-619.
UNCTAD (2018). “Comercio y Genero”, en unctad.org/system/files/official-document/ditc2018d2_es.pdf.
UNFPA (2018). “Cinco motivos por los que la migración es una cuestión feminista” [en línea], en www.unfpa.org/es/news/migración-feminista.
Ventura, D., Martins da Silva, J., Calderón, L. y Eguiluz, I. (2021). “Migration, migrants, and health in Latin America and the Caribbean”, Oxford Research Encyclopedia of Global Public Health [en línea], en https://tinyurl.com/58ramrve.
Voz de América (2020). “Gallup: ‘El mundo acepta cada vez menos a migrantes’, incluyendo a los venezolanos”, en https://tinyurl.com/yx7vrk2m.
Ward, J. y Marsh, M. (2006). “Sexual violence against women and girls in war and its aftermath: realities, responses and required resources”, Population Fund Briefing Paper [en línea], en https://tinyurl.com/559ek53d.
Zapata, G. y Tapia Wenderoth, V. (2021). “Progressive legislation but lukewarm policies: The Brazilian response to Venezuelan displacement”, International Migration, 60(1), 132-151.
- Universidad de Southampton.↵
- Universidad de Southampton.↵
- Ver www.acnur.org/emergencias/desplazamiento-en-centroamerica.↵
- Ver https://tinyurl.com/24wrtdjk.↵
- Declaración de Brasil: “Un Marco de Cooperación y Solidaridad Regional para Fortalecer la Protección Internacional de las Personas Refugiadas, Desplazadas y Apátridas en América Latina y el Caribe”, en www.refworld.org/es/leg/resolution/rri/2014/es/102557.↵








