Roxana Longo, María Malena Lenta y Graciela Zaldúa
El derecho a la interrupción voluntaria del embarazo es una demanda histórica gestada y promovida por el movimiento de mujeres y el feminismo, que en Argentina en 2018 encontró un lugar relevante en la agenda pública como componente de los derechos humanos. Conforma un entramado de demandas del movimiento feminista y de mujeres y de un sector de profesionales comprometidos con la salud colectiva que interpela a la sociedad en general y al propio sistema de salud en particular, constituido sobre la base de un imaginario netamente masculino (Bellucci, 2015; Bruno, 2016).
En el campo de la salud, la mirada hacia las inequidades de género y la problematización del patriarcado como institución de orden y control que produce desigualdades en el acceso a la salud es una perspectiva que se ha incorporado parcialmente y en tiempo reciente (Dowson y Weintraub, 2016; Schraiber y d’Oliveira, 2014; Pozzio, 2014; Saletti-Cuesta, Delgado y Ortiz-Gómez, 2014). La perspectiva de género en el campo de la salud permitió la discusión de aspectos que corresponden a la toma de decisiones en relación al cuerpo, a la sexualidad, a la reproducción y a la no reproducción de las mujeres. Este debate permite visualizar los dispositivos y prácticas históricas empecinados en disciplinar los cuerpos con capacidad de gestar. Además da cuenta de los procesos de producción de la vulnerabilidad de las mujeres constituidas como un grupo social atravesado por el orden estructural patriarcal en el que se inscriben normas, hábitos y símbolos que, en términos generales, no se cuestionan, y subyacen a las reglas institucionales y sociales (Young, 2010; Klinger y Bosch, 2005; Inhorna y Whitte, 2001).
Desde esta mirada, comprender al proceso salud-enfermedad-atención-cuidado implica incluir en el análisis los vínculos sociales vigentes, imaginarios, del pasado, etc., en tanto sistema de relaciones que se entrecruzan y se atraviesan entre sí. Por ello, al trabajar en salud sexual y reproductiva y derechos humanos se estudian las relaciones que operan entre los diversos actores significativos que intervienen en los procesos de salud-enfermedad-atención-cuidado, tal como lo proponen los estudios de género (Menéndez, 2010).
Las dimensiones epistémicas de la epidemiología crítica, la psicología social comunitaria crítica y la teoría feminista (Zaldúa, 2016; Zaldúa, Longo, Lenta y Sopransi, 2011) contribuyen a problematizar situaciones naturalizadas y/o interpretadas ideológicamente como subproductos inevitables del orden social de exclusión y las responsabilidades individuales: violencias, abusos, adicciones, etc. En particular, se resemantizan aquellos espacios donde el lugar de la precarización y fragilización de algunas vidas y la abyección en relación a la norma heterosexual o los estereotipos socioculturales es constitutivo de nuevas prácticas alternativas, en las grietas institucionales. Los desafíos a contextos prefigurados de invisibilización o estigmatización de las diferencias y los nuevos posicionamientos subjetivos conllevan prácticas implicadas desde los/as trabajadores/as de la salud en los efectores públicos (Zaldúa, Bottinelli, Longo, Sopransi y Lenta, 2012).
El escenario contemporáneo local del aborto
Históricamente en el campo de la salud de las mujeres se privilegió la vida fértil, heterosexual y las diferentes etapas del embarazo, parto y el puerperio. Particularmente en Argentina, esta visión centrada en el sintagma “mujer=madre” y justificada en posiciones demográficas y religiosas tuvo su expresión clave en el Decreto 659/74 del gobierno de Isabel Perón, que prohibió el expendio de anticonceptivos. Siguió vigente en la dictadura militar y fue derogado con el advenimiento democrático en el año 1984. En 1985, Argentina suscribió a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), de modo que se comprometió a implementar políticas para eliminar las discriminaciones a las mujeres en los ámbitos político, social y económico.
En las últimas décadas, el concepto de derechos reproductivos ingresó al ámbito de los derechos humanos de las mujeres. Fueron claves los resultados de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (El Cairo, 1994) y la IV Conferencia Internacional de la Mujer (Beijing, 1995), ya que ambas configuran procesos normativos que se enmarcan en los derechos humanos y, especialmente, en el derecho a la salud. En 1995, el documento firmado en la Conferencia Mundial de la Mujer en Beijing reafirmó el contenido del artículo 825 de El Cairo, y agregó la recomendación de que los países revisasen las leyes que penalizan a las mujeres cuando se someten a abortos ilegales. En el año 2000, la Plataforma de Acción de Beijing mencionó la necesidad de revisar las leyes que penalizan la práctica del aborto inseguro, y recomendó que los gobiernos implementen la indicación acordada en El Cairo acerca de que los profesionales sean entrenados y los servicios, equipados debidamente.
En este proceso, Argentina ha sido signataria de compromisos en los ámbitos internacional, regional y nacional, que responsabilizan a los gobiernos por la implementación de políticas, programas y acciones tendientes a lograr la disminución de las muertes de mujeres gestantes. Algunos de estos compromisos han dado lugar a planes nacionales y/o provinciales. En 2002, se sancionó la Ley Nacional 25.673, que originó la creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, y en 2006 se aprobó la Ley de Educación Sexual Integral 26.150.
A pesar de la existencia de diversas legislaciones, la mortalidad de mujeres gestantes –el problema más antiguo– y la fecundidad adolescente –un desafío emergente– siguen siendo un problema de salud pública, cuyos niveles elevados se han mantenido. En la última década, la mortalidad por aborto aumentó en las mujeres menores de 15 años (Ministerio de Salud de la Nación [MSAL], 2016). Según un informe de Amnistía Internacional (2018), esta situación deriva de los obstáculos de las mujeres para acceder a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluyendo los abortos seguros en Argentina, lo que constituye una violación grave a los derechos humanos.
Nuestro país, hasta el momento, adhiere al modelo de indicaciones o causales en función del cual el aborto se encuentra penalizado excepto en determinados casos. Desde el año 1921, el artículo 86 del Código Penal de la Nación establece excepciones a la punibilidad del aborto: a) en caso de peligro para la vida de la mujer; b) en caso de peligro para la salud de la mujer; c) en caso de violación. Sin embargo, luego de décadas de debate en torno a la interpretación de dicho artículo, el 13 de marzo de 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una sentencia muy importante para la salud de las mujeres en virtud del caso “F.A.L. s/ medida autosatisfactiva”, con el objeto de terminar con las prácticas de judicialización y/o demora al acceso al aborto legal. Para ello ratificó las tres excepciones señaladas, indicó la prescindencia de la judicialización para el acceso al derecho y exhortó a las autoridades de todas las jurisdicciones a aprobar protocolos sanitarios para garantizar la realización de la interrupción legal del embarazo (ILE).
En junio de 2015, el MSAL publicó en su página web un “Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo”, que actualiza la información médica, bioética y legal contenida en una guía técnica publicada anteriormente y que fue declarada con rango ministerial en enero de 2020. Este instrumento es fundamental para que, dentro del sistema de salud, el equipo interdisciplinario –principalmente médicas/os, psicólogas/os y trabajadoras/es sociales– reciban las solicitudes de interrupciones de embarazos comprendidas en el artículo 86 del Código Penal –es decir, aquellos que son considerados como abortos no punibles–, realicen una evaluación de la situación y garanticen la interrupción del embarazo de manera segura y en el menor tiempo posible. Este proceso implica la provisión de información adecuada sobre las prácticas de interrupción, el desarrollo de estudios médicos pertinentes pre y post aborto y la práctica de interrupción en sí.
Distintas investigaciones han sido pioneras en el estudio de la mortalidad de las mujeres gestantes y en el rol de los equipos de salud para el acceso a abortos seguros, entre las que se destacan las de Llovet y Ramos (1988), Checa y Rosenberg (1996) y Faur, Mercer y Ramos (2003). Recientemente se han desarrollado otras investigaciones que abordan el papel de los equipos de salud respecto de la ILE. Para Gómez y Couto (2017), las prácticas de los/as profesionales de la salud son un locus privilegiado de análisis de las posibilidades, resistencias y dificultades que se observan en la garantía de un aborto.
En relación al trabajo de las/os psicólogas/os en las prácticas profesionales vinculadas a las interrupciones de los embarazos en el marco normativo de la ILE, Perrotta (2015, 2016) estudió la relevancia de las intervenciones psicológicas para evitar incurrir en un acto de violencia contra las mujeres desde el sistema de salud, más particularmente, de violencia contra la libertad reproductiva; mientras que Deza (2017) analizó el lugar del discurso analítico de los/as psicólogos/as en consejerías interdisciplinarias de pre y post aborto en el primer nivel de atención en disputa con otros discursos disciplinares. López (2017) estudió las tensiones entre la ética y la moral de las/os psicólogas/os implicadas en los encuadres terapéuticos y/o profesionales relacionados con la interrupción legal del embarazo. En este marco surgen interrogantes en relación a ¿cuáles son los nudos críticos que enfrentan los/las psicólogos/as en los equipos de salud en relación con la ILE? ¿Cuáles son las tensiones disciplinares que operan ante la problemática? ¿Qué estrategias colectivas se implementan?
Camino metodológico
En función del problema planteado en este capítulo, se desarrolló una investigación exploratoria descriptiva con el objetivo de analizar los nudos críticos identificados por los/as psicólogos/as que participan en equipos de salud en servicios del subsistema público, en relación al acceso a la interrupción del embarazo, en el marco de la ILE.
Para ello se trabajó desde un enfoque cualitativo y feminista de investigación. Ello supone conocimientos responsables, comprometidos con valores y proyectos emancipatorios, antiautoritarios y participativos (Haraway, 1993), y define muchos de sus problemas desde las perspectivas de las mujeres y otros grupos históricamente subalternizados (Santarell, 2017).
En este marco se implementaron 7 entrevistas en profundidad a psicólogas que trabajan en espacios de Consejerías de Salud Sexual y Reproductiva (SSyR) que intervienen en la garantía de la ILE en instituciones públicas de salud (4 en Centros de Acción y Salud Comunitaria [Cesac] de la CABA, 2 en hospitales de la CABA y 1 en un hospital del Gran Buenos Aires) y que participan de la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir, enmarcada en la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito. En ellas se interrogó sobre los siguientes tópicos: historia y particularidades del dispositivo, características de la población que concurre, tipo y modalidad de participación en el equipo interdisciplinario, especificidad de las intervenciones de las psicólogas en relación a la ILE, obstáculos y facilitadores para la garantía de la ILE.
A su vez, se realizaron 3 grupos de discusión con las psicólogas participantes del estudio y 5 miembras de los equipos interdisciplinarios en los que participan (2 médicas y 3 trabajadoras sociales). Allí se abordaron las siguientes cuestiones: situación legal actual sobre el aborto en Argentina, obstáculos y facilitadores institucionales de la ILE, y obstáculos y facilitadores de los equipos en la ILE.
Reconociendo nudos críticos
Las narrativas de las participantes dieron cuenta de un conjunto de nudos críticos considerados como problemas, tensiones y desafíos a abordar en sus prácticas para la garantía de la ILE. En este capítulo se destacan aquellos que interpelan el trabajo específico de las/os psicólogas/os dentro de los equipos interdisciplinarios de las Consejerías de SSyR: los obstáculos económicos, institucionales y disciplinares; la decisión como derecho de las mujeres, y las innovaciones y soportes de las prácticas comprometidas.
Obstáculos económicos, institucionales y disciplinares
En los últimos años, desde diferentes equipos de salud, especialmente en dispositivos en el ámbito público, se han promovido Consejerías en SSyR que consisten en una estrategia integral con la finalidad de brindar información oportuna a las usuarias, facilitar la autonomía en las decisiones y promover acciones en la comunidad, con el propósito de que las usuarias desarrollen vidas sexuales saludables y ejerzan sus derechos sexuales y reproductivos (Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, 2009).
Desde el fallo F.A.L. en 2012 han sido los espacios asistenciales los que han brindado de manera prioritaria el acceso a la ILE en el Área Metropolitana de Buenos Aires, tanto en hospitales como en Cesacs. Sin embargo, en las entrevistas se visibilizan diferentes obstáculos en la garantía de la ILE. Lara, psicóloga de un Cesac, señala:
El equipo es interdisciplinario, nació con esa misión digamos, pero dadas las condiciones de falencias en recursos humanos y objetores de conciencia y de falta de personal sobre todo en ginecología y medicina general, el equipo queda medio vaciado.
Como se observa en la narrativa, los obstáculos hacen parte de la crisis del sistema de salud: por ejemplo, la falta de profesionales, que limita el trabajo interdisciplinario; la falta de medicamentos por parte de las instituciones de salud, que restringe el acceso de las personas gestantes a su derecho en función de su capacidad económica; pero, también, las modalidades violentas de las instituciones que, muchas veces, hacen caso omiso a las normativas sobre ILE, y de ese modo vulneran el derecho a la salud de las mujeres, con lo que producen su revictimización a través de la violencia institucional. Esto coincide con diversas investigaciones (PNUD, 2018; OPS, 2010; OPS, 2007) que sostienen que es sustancial, para terminar con las brechas de género en el acceso a la salud, garantizar la disponibilidad y accesibilidad económica, física y segura, la aceptabilidad y calidad de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud y centros de atención de la salud, así como de programas que funcionen plenamente sin discriminación alguna (Huenchuan, 2011). Asimismo, estos obstáculos develan la necesidad de trabajar con políticas públicas integrales de SSyR y derechos humanos con la población y las propias instituciones, detectando las restricciones existentes en el acceso a los servicios de salud de índole ideológica, moral o religiosa. Para ello es necesario recurrir a procesos dialógicos, al trabajo en equipo y de consejerías que contemplen las desigualdades de género, las diferencias de costumbres y culturas existentes.
A su vez se identificaron otros obstáculos en el campo mismo de la práctica profesional de la psicología, que interpelan la formación disciplinar, tal como señala Teresa, psicóloga de un Cesac:
Yo creo que claramente tiene que ver con la formación individualista que nos dan, muy descontextualizada, (…) claramente hay que deconstruir toda nuestra formación y darle otra mirada, es re necesario.
Por un lado, las narrativas dan cuenta de la necesidad de repensar los marcos teóricos en el trabajo con las mujeres que solicitan una ILE. Además de ser comprendidas como sujetas deseantes, las personas gestantes que acceden a las consejerías requieren de otros abordajes disciplinares, como es el de la prevención y la promoción en salud. De este modo, se procura la acentuación de procesos de educación sexual con recursos para el cuidado y el disfrute del cuerpo, de la sexualidad y de la salud en los que se trabaje sobre los mitos y prejuicios relativos a las sexualidades. En este sentido se interpelan las prácticas de cuidados que se amparan en paradigmas tutelares y cosificadores (Zaldúa, Longo, Lenta, Sopransi et al. 2015).
Por otro lado, se observa cómo los requerimientos institucionales y de otros campos disciplinares tensionan las prácticas psicológicas, y así instan a la referencia de marcos teóricos que psicopatologizan las demandas de interrupción como camino eficaz para garantizar el acceso a la ILE. Esto interpela dilemáticamente a las profesionales, que tienen que recurrir a estrategias legitimadoras, pero a las que no adscriben, para garantizar el derecho de las mujeres.
Frente a la mirada psicopatológica y a la reducción del cuerpo de la mujer como cuerpo reproductivo, cobra fuerza explicativa el rol de las condiciones de vida patriarcales y las relaciones desiguales de poder que regulan la subjetividad (Cabruja-Ubach, 2017).
La decisión como derecho de las mujeres
Las consejerías constituyen un recurso reflexivo en situaciones de dilemas o crisis biográficas (inicio sexual, VIH-SIDA, violencia sexual, prevención de embarazos, embarazos inoportunos, etc.). Las prácticas referidas por los equipos de salud se orientan a facilitar que las personas desarrollen sus capacidades para tomar las mejores decisiones posibles en función de sus proyectos de vida. Allí, las/os profesionales psicólogas/os, como parte de los equipos interdisciplinarios que conforman las consejerías, desempeñan un papel específico en la garantía del derecho a la ILE, tal como lo indica Mariana, psicóloga de un Cesac:
Se la escucha a la mujer para ver cuáles son sus necesidades (…) en la consejería se le brinda a la mujer toda esta información para que ella pueda decidir, algunas vienen con esta cuestión puntual de que quieren interrumpir, y otras vienen porque no lo quieren tener y no saben qué hacer con una situación de cierta soledad, no tienen sostén afectivo.
Las narrativas dan cuenta del proceso de escucha, acompañamiento e información para la decisión de interrumpir el embarazo que procuran las profesionales. Se busca desmoralizar la decisión y habilitar la palabra más allá de la situación del embarazo puntual. La comprensión de la decisión en la interrupción como un derecho de las mujeres en las intervenciones psicológicas habilita múltiples sentidos: interrupción de un embarazo no deseado, no buscado o inoportuno, pero también interrupción de una situación de violencia de género, interrupción de una situación de la tutela de otros, etc. Esto habilita la posibilidad de que las mujeres puedan tomar decisiones sobre sus trayectorias de vida y proyectos más allá de la situación del aborto.
La teoría feminista y el concepto de género en el campo de la salud nos permiten visibilizar cómo afecta la diferencia sexual a las trayectorias de vida de las mujeres, más allá de los patrones exclusivamente biológicos y psicopatológicos. Desde esta mirada se cuestionan los dispositivos tutelares que vulneran los derechos de las mujeres en materia de salud sexual y derechos reproductivos y no reproductivos (Arias, 2006; Fernández y Tájer, 2006).
Innovaciones y soportes para las prácticas comprometidas
Las prácticas profesionales pueden ser consideradas como un analizador de las disputas morales e ideológicas que se registran a nivel social e institucional sobre el derecho de las mujeres a decidir sobre su (no) reproducción. Frente a las mujeres y el aborto, enuncian las contradicciones y complejidades que implica la incorporación de un enfoque de derechos y de género en el campo sanitario, construido desde una visión hegemónica biomédica y patriarcal (Gómez, 2016).
Los relatos de las entrevistadas dan cuenta de la necesidad de ampliar sus campos disciplinares, sus oportunidades educativas y formativas, y adecuar el sistema de salud para acoger sus necesidades de atención específicas y resolver la formación deficiente en materia de educación sexual integral y perspectiva de género. En este sentido, Paola, psicóloga de un Cesac, señala:
Me parece que a esta altura es obligatorio que los profesionales de la salud mental estemos formados en perspectiva de género. Psicoanálisis con perspectiva de género o la línea que cada uno siga, pero formación en feminismo y perspectiva de género que tenga porque tenemos que tener la información correcta para poder intervenir de manera correcta en cada situación.
El enfoque de salud sexual reproductiva y no reproductiva abre un campo frondoso de problematización e innovación en lo que respecta a las prácticas profesionales que desarrollan los/as trabajadores/as de la salud, como también los equipos. Las diversas trayectorias profesionales permiten analizar los vínculos entre la formación y los recorridos laborales y sociales que influyen en la adscripción de ciertos modelos, prácticas e itinerarios profesionales.
Como señalan las narrativas, deben incluirse enfoques teóricos y prácticos innovadores que complementen, interroguen o reemplacen los adquiridos en la formación profesional. Al mismo tiempo, resulta necesario generar procesos reflexivos en el orden personal en tanto se trata de una problemática con una fuerte tensión moral y hasta religiosa, que recientemente ha comenzado a discutirse en el orden público, tal como lo resalta Clara, psicóloga de un hospital:
(…) la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir (…) es un espacio de profesionales que en este momento es federal, hay profesionales de todo el país, se funda en el 2014, funciona (…) con intercambio de recursos, estrategias, ayuda en momentos de actividades.
El desarrollo de espacios colectivos como la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir opera creando un lazo social que fortalece tanto las prácticas como las estrategias políticas de la ILE. La incidencia de esta y otras redes y espacios colectivos ha promovido el debate social en torno al aborto, cuyo resultado vuelve sobre los dispositivos del sistema de salud, sostiene el proceso reflexivo de otras/os profesionales que no participan de los espacios de consejerías e impacta significativamente en el cuestionamiento de la ordenación de los servicios y campos disciplinares que han invisibilizado históricamente las desigualdades de género.
Comentarios finales
Uno de los nudos identificados fue el de los obstáculos económicos, institucionales y disciplinares, cuya centralidad identificó barreras en las políticas sanitarias y sus recursos escasos para el sistema de salud en general, lo que profundiza las brechas de género. A su vez las visiones biologicistas y patriarcales, tanto a nivel institucional como disciplinar, que sesgan el encuentro con la Otra respecto de sus necesidades y demandas, constituyen otra barrera a sortear pues revictimizan a las mujeres y personas gestantes que requieren la ILE.
También se observan situaciones dilemáticas en la garantía de la ILE. Tensiones de otros campos disciplinares e institucionales instalan requerimientos de patologización de las mujeres en desmedro de las intervenciones psicológicas que legitiman las prácticas de ILE, a partir del análisis de la situación crítica de las mujeres y sus relaciones interpersonales que obturan la posibilidad de investimento de la gestación.
Frente a ello se vuelve necesario ampliar los dispositivos de promoción y prevención en SSyR para que se cuestionen a las modalidades de planificación en los diferentes niveles de atención, a partir de la inclusión de la perspectiva de género y derechos humanos. En este aspecto emerge con relevancia el nudo referido a la demanda de interrupción y el lugar que se le da a la decisión de las mujeres, desde las prácticas psicológicas enmarcadas en las consejerías. La decisión comprendida como derecho de las mujeres habilita procesos de resignificación de la propia historia de vida y cambios en las biografías que van más allá de la situación del embarazo y su interrupción.
Estas prácticas, que se conciben como innovadoras en la garantía de la ILE, comprometidas con los derechos sexuales y reproductivos y no reproductivos, permiten y requieren también de la problematización de las formaciones disciplinares de grado, sus límites y la pregnancia de enfoques a-históricos, a-sociales y patriarcales, así como también la elucidación de los propios posicionamientos personales naturalizados. La pertenencia a la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir es soporte de lazo social que habilita el reconocimiento inter-pares y de prácticas y saberes en un contexto social que instaló en la escena pública la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo. Este debate, a su vez, vuelve sobre otros profesionales del campo de la salud y habilita nuevos soportes para las prácticas innovadoras.
Referencias
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