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7 2004-2024

20 años de militancia contra la baja de edad de punibilidad y a favor de los derechos de las y los adolescentes en el Sistema Penal

Claudia Cesaroni[1]

Muchas gracias por la invitación. Mi propuesta no es hablar de mí, obviamente. Quiero rescatar un poco al CEPOC, que es una institución muy pequeña, por fuera de lo que solemos entender como academia, ya que no está anclada en un espacio universitario.

El CEPOC nace desde fuera de los ámbitos académicos formales, pero se origina en un grupo de estudiantes de una maestría en una universidad pública —la Universidad Nacional de Lomas de Zamora—. Ahí tuve docentes magníficos como, allí, Silvia Guemureman, con quien comparto este panel, nos enseñó a dar forma a nuestros proyectos. Mi directora de tesis fue Josefina Martínez, una persona que hizo mucho para que yo esté acá hoy. Fue la mejor directora de tesis del mundo.

Muchas veces las abogadas y los abogados buscamos personas que no lo sean para poder aprender de otra forma, distinta a la que nuestras carreras nos enseñan. La maestría la hicimos en 2001, pero todo el proceso de escritura de tesis fue posterior, como suele suceder. Por suerte la terminamos, y fue el primer libro que publiqué, en 2009: El dolor como política de tratamiento. El caso de los jóvenes adultos presos en cárceles federales.

Cuatro de nosotros, egresados de la Maestría —María Laura Böhm, Mariano Gutiérrez, Mariano D’Ambrosio y yo— decidimos en 2004 crear este proyecto y le pusimos un nombre: CEPOC, Centro de Estudios en Política Criminal (luego le agregamos “y Derechos Humanos”).

¿En qué contexto? En un gobierno progresista, el de Néstor Kirchner, que sin embargo sancionó leyes horrendas como las llamadas “leyes Blumberg”. Nosotros veníamos de estudiar con una perspectiva teórica crítica sobre la cárcel, el sistema penal, la inutilidad del encierro, etc. Y trabajábamos en ámbitos públicos: María Laura era defensora pública, Mariano D’Ambrosio trabajaba en el Poder Legislativo como asesor, Mariano Gutiérrez también en la defensa pública, y yo en la Procuración Penitenciaria de la Nación, que es un defensor del pueblo, pero solo para personas privadas de libertad en el sistema federal. Desde esos lugares de trabajo, intentábamos articular nuestras militancias. Y acá entro en una discusión: no me gusta el término “activismo”. Creo que es una expresión anglosajona. Prefiero “militancia”, que es el término con el que me reconozco desde siempre, más allá de lo académico. Desde mi militancia política o partidaria, o en el campo de los derechos humanos, es esa la palabra que reivindico.

Entonces, desde el Estado, desde nuestras militancias personales, con lo que traía cada uno, armamos ese espacio pequeño. Éramos abogadas y abogados —sin personería jurídica, a pesar de serlo—. Luego se sumaron al CEPOC otras compañeras abogadas y sociólogas; seguimos sin tener personería, pero participamos activamente en muchos temas: acompañamos a familiares de personas privadas de libertad y contribuimos a la organización de la Asociación Civil de Familiares de Detenidos en Cárceles Federales (ACIFAD), desde 2008.

Con relación a los adolescentes y el sistema penal, quiero destacar el trabajo sobre los adolescentes condenados a prisión perpetua. Los conocí como funcionaria pública en la Procuración Penitenciaria. Un día, en la cárcel, un pibe me dijo: “Señora, estamos condenados a prisión perpetua, y eso no puede ser porque somos menores”. Ese pibe, Lucas Matías Mendoza, tenía 21 años, apenas había terminado la escuela secundaria y estaba preso desde los 16. Y sabía que la pena que le habían impuesto estaba mal, pese a que jueces, fiscales, defensores y funcionarios de todo orden le decían que ya nada se podía hacer. A través de un preso mayor que él, con más experiencia, pidió que alguien de la Procuración Penitenciaria lo fuera a ver. Y cuando fuimos —una abogada y un “pasante”, estudiante de derecho— nos dijo eso, que tenía una penal mal impuesta. Nosotros/as —personas que vivíamos inmersas en el sistema penal— no sabíamos que existía esa situación. Las perpetuas a un grupo de adolescentes que habían cometido delitos a sus 16 o 17 años se impusieron entre 1999 y 2001, y no habían producido ningún escándalo, ni jurídico ni mediático. Después de conocer a Lucas y luego a su compañero de causa Claudio David Núñez, desde sus testimonios, empecé a investigar.

Cuando me “desvincularon” de la Procuración y pasé a la Secretaría de Derechos Humanos, me llevé ese caso. Era para mí una obligación moral. Y pude seguir trabajándolo. Muchas veces, quienes trabajamos en el Estado podemos hacer algo hasta cierto punto. Pero después nos echan, nos cansamos, chocamos con intereses. A veces, por obcecación y compromiso, nos llevamos esos temas y seguimos trabajándolos desde otros espacios —académicos, legislativos, militantes, institucionales—.

En ese contexto también discutimos las leyes Blumberg. Y como era difícil hacerlo desde el Estado, fundamos el CEPOC. Nadie se animaba a enfrentar a Blumberg en 2004. Literalmente, nadie. Nosotros sí. Hicimos un pequeño trabajo en 2014: “A diez años de las leyes Blumberg”. Revisamos medios, analizamos los discursos legislativos y planteamos una idea básica que no era obvia en 2004: con el dolor no se discute, pero sí con el uso político que se hace de él. Decíamos: “No discutimos el dolor de Blumberg, lo respetamos. Pero no aceptamos que, a partir de ese dolor, se nos imponga un programa de política criminal ineficaz y brutal”. Teníamos razón: ese ciclo regresivo de reformas comenzó en 2004 y continuó, y cada reforma se justificó en base al dolor de las víctimas, repartiendo, como diría Nils Christie, nuevas cucharadas de dolor: más figuras penales, más tiempo de cárcel, menos posibilidades de acceder a derechos de la ejecución de la pena. La prisión perpetua en Argentina, hoy, significa no salir nunca, o salir pasados 50 años, sin haber tenido antes salidas transitorias ni libertad condicional. Se ha dinamitado el sistema de ejecución penal, el principio de progresividad de la pena y el derecho a la reinserción social. No importa lo que una persona haga una vez condenada. Da igual que escriba la mejor novela del mundo o descubra la cura contra el cáncer: no saldrá en libertad sino muerta o anciana. Esas reformas iniciadas en 2004, en un gobierno democrático, llevan la firma de uno de los arquitectos jurídicos de la dictadura, Roberto Durrieu, que era el asesor legal de Juan Carlos Blumberg, y quien elaboró el “petitorio” que derivó en las reformas regresivas que re(de)formaron nuestro sistema de penas y de ejecución penal. Y se completaron con un proyecto que llamamos “ley Petri”, por el apellido del diputado que las impulsó, ministro de Defensa del gobierno de Milei, pero que lamentablemente votaron de modo transversal legisladoras y legisladores de todas las fuerzas políticas, con excepción de la izquierda y de algunos/as integrantes del entonces Frente de Todos.

Vuelvo a una de nuestras militancias más activas: la discusión sobre el sistema penal y los adolescentes. No hablamos de jóvenes, hablamos de adolescentes. Nos parece importante marcar esa distinción. La Convención sobre los Derechos del Niño define como niño a toda persona menor de 18 años. Y nuestro Código Civil y Comercial dice: entre los 13 y los 18 años los vamos a llamar adolescentes. No jóvenes. “Joven” es un término penitenciario que se usa para personas de entre 18 y 21 años.

Este gobierno siniestro, nefasto, filofascista, quiere destruir el concepto de adolescencia. ¿Qué están haciendo? Están proponiendo que a los 13 años se pueda operar en la Comisión Nacional de Valores. ¿Qué dice el diputado Benegas Lynch? Que hay padres que no pueden darse el lujo de mandar a sus hijos a la escuela. Llaman “lujo” a un derecho. Y que por eso hay que “dejarlos” trabajar, si así lo desean o si así lo decide el padre (solo se refieren a los padres; las madres, en esa concepción, no tenemos voz). Están reemplazando derechos por privilegios, negando la educación, promoviendo la explotación infantil.

Los negros, los pobres, los eslabones débiles del narcotráfico, a la calle a los 13 años. Frente a eso, hay que defender la adolescencia y la obligación de protección que deriva de la Convención y de nuestras leyes aún vigentes, como la ley 26.061 de Protección Integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Este gobierno criminal pretende hacer desaparecer a las y los adolescentes como sujetos de protección especial. No es solo discurso: es un proyecto político que nos quiere devolver a esa Argentina de la Constitución de 1853, donde no están las niñas y los niños, no estamos las mujeres, no están los trabajadores ni sus derechos (incorporados en el artículo 14 bis en 1957), no están los tratados internacionales de derechos humanos (con jerarquía constitucional desde 1994). Ni siquiera está la provincia de Buenos Aires, que recién se incorporó en 1860.

Desde el CEPOC dimos batallas importantes. Por ejemplo, discutimos el concepto “adolescente en conflicto con la ley penal”. No están en conflicto con nada. Cometieron un delito. Son transgresores, infractores. Digámoslo sin eufemismos. Tenemos opinión también sobre el concepto de imputabilidad y de punibilidad. La discusión no es si un niño entiende o no que matar o cometer cualquier otro delito está mal, argumento que suele usarse para definir si son o no punibles, es decir, si se les puede imponer una sanción, una pena. Un delito se puede imputar, en el sentido de atribuir, a un niño de 8, 10 o 12 años. La discusión es: ¿cuál será la respuesta punitiva del Estado? O sea, ¿desde qué edad ese niño o adolescente va a ser sometido a proceso penal y se le va a aplicar una pena? Eso es la punibilidad o edad mínima de responsabilidad penal. Y el otro punto que ponemos en discusión es: por debajo de esa edad, ¿qué vamos a hacer con niños y adolescentes que cometen delitos? Son muy pocos, pero los hay. La discusión es jurídica y política. Logramos instalar eso en debates parlamentarios, produjimos materiales que usaron legisladores para resistir reformas regresivas. Hubo trabajo militante desde la Red Argentina No Baja y desde el colectivo No a la Baja —sí, hay dos redes, aunque pensamos lo mismo, por diferencias menores que no hacen a los acuerdos más importantes, que son nuestra oposición a la baja de edad de punibilidad y a la defensa de los derechos de pibas y pibes—. Militamos, dimos la discusión, la llevamos al Congreso cada vez que se intentó bajar la edad de punibilidad desde los 16 años a los 13, 14 o 15, usamos los pocos medios de comunicación que se abren a voces disidentes para explicar por qué nos oponíamos a esas propuestas punitivistas y qué posiciones defendíamos.

Reivindico esos veinte años de militancia en este contexto difícil. Porque la discusión no es solo sobre la baja de edad de punibilidad. Es sobre la expansión del Estado penal y la destrucción del Estado social. Este gobierno quiere bajar la punibilidad a 13 años y plantea, además, un retorno al patronato con los no punibles. Un retroceso brutal. Y si nosotros no decimos qué hacer, ellos lo hacen, y lo hacen mal. Lo hacen con barbarie. Provincias como Buenos Aires lo están haciendo, con medidas de seguridad que, en los hechos, son una baja de punibilidad. Eso también hay que discutirlo. ¿Qué hacemos con un pibe de 14 o 15 años que roba, lastima o mata? No podemos decir “nada”. Tenemos que construir una alternativa a la respuesta penal. Esa respuesta tiene que ser social, institucional, educativa. Y tenemos que ser capaces de explicarla.

Y cierro. A veces nos preguntamos: ¿por qué no dejar la ley 22.278? Es cierto que lleva la firma del dictador Videla. Sí. Es una ley (en realidad, un artefacto jurídico, no una ley porque no fue producto de un debate legislativo como lo determina nuestra Constitución, sino una creación de funcionarios de la última dictadura) sancionada en 1980. Pero, aun así —y lo digo con cuidado—, aplicada de modo integral con la Convención sobre los Derechos del Niño y la ley 26.061 de 2005, es más garantista que muchas reformas posteriores. Permite, por ejemplo, un tratamiento tutelar antes de imponer una pena, y la posibilidad de absolver sin importar el tipo de delito. Tiene mecanismos de despenalización que están ausentes en el proyecto oficialista y en los de la mayoría de los legisladores. En muchos aspectos, el sistema penal actual es más regresivo que el de la dictadura, y esa debacle punitivista, como ya dije, comenzó en 2004, con las llamadas leyes Blumberg, y se profundizó durante todos los gobiernos sucesivos. Dentro de ese marasmo regresivo, paradójicamente, una ley firmada por un genocida en plena dictadura feroz tiene componentes menos brutales que el proyecto de ley enviado por el poder ejecutivo encabezado por Milei, de la mano de su ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y su ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, bajo el lema “a delito de adulto, pena de adulto”, contraviniendo todo lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño, el Comité de Derechos del Niño de las Naciones Unidas y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el fallo “Mendoza vs. la Argentina”, en el caso de las penas de prisión perpetua impuestas a adolescentes.

Hay mucho por hacer, además de seguir peleando —ahora contra el proyecto “de consenso”, acordado por el oficialismo y la llamada “oposición”, que no hace más que votarle todo lo que el gobierno quiere—. Suavizaron un poco el proyecto oficialista, pero mantienen la baja de edad de punibilidad, esta vez a los 14 años, con un monto de pena de prisión de hasta quince años.

Con la ley vigente, o con la que finalmente salga, hay muchas batallas por dar. Las normativas, y en las prácticas, sobre todo del poder judicial y de las instituciones destinadas a adolescentes.

Tengo un ejemplo a mano: He defendido desde 2019 hasta abril de 2025 a una persona que cumplió veintiún años de prisión por un delito cometido a los 17, justamente uno de los adolescentes del caso Blumberg. C.S.D. pasó parte de su adolescencia y juventud, preso. Fue detenido en abril de 2004; agotó la totalidad de la pena en abril de 2025. Le han negado la libertad condicional, a pesar de cumplir con todos los requisitos. Jamás se tomó en cuenta que cometió delitos muy graves cuando era jurídicamente un niño. Es decir: no se cumplió la normativa vigente, en primer lugar, la Constitución Nacional y las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Y eso, obviamente, no es justicia.
Muchas gracias.


  1. Abogada, magíster en criminología y docente. Cofundadora del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos y de la Red Argentina No Baja.


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