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6 La falta de coordinación ante la pandemia sanitaria y social en Brasil

Natália Sátyro y José Angelo Machado

6.1. Introducción

La pandemia de covid-19 es una emergencia sanitaria que, ante las medidas defendidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) –como distancia social, testeos en masa y vacunación de la población–, ha agravado los cuadros económicos y sociales. Sin embargo, ese empeoramiento pudo haber tomado contornos trágicos en Brasil ante la posición negacionista del gobierno central, que se negó a asumir el papel de coordinador y gestor de la crisis. En este caso, las consecuencias sociales y económicas pueden ser tan devastadoras como las sanitarias.

La Constitución Federal de 1988 (CF88) marcó el regreso de la democracia brasileña tras 21 años de dictadura militar, la cual dejó como legado una sociedad con índices de pobreza alarmantes, una economía deficitaria con una inflación mensual que superaba el 80 %, un mercado de trabajo informalizado y una alta proporción de puestos de trabajo precarios. Ante este escenario, de un lado, la CF88 estableció un pacto federativo con entes vinculados a tres niveles de gobierno (federal, estadual y municipal), todos ellos dotados de autonomía política y administrativa, así como de una clara descentralización en la ejecución de las políticas públicas. Por otro lado, la CF88 creó un sistema de protección social basado en el concepto de “seguridad social”. Este concepto está compuesto por las políticas de pensiones y jubilaciones, que además contemplan el seguro de desempleo y la prestación rural, por las políticas de salud, como un derecho universal garantizado por el Sistema Único de Salud, y por las políticas de asistencia social. Reconoce también el derecho de los pobres y extremadamente pobres de ser protegidos y, más específicamente, garantiza la protección de la tercera edad y las personas con discapacidad en situación de extrema pobreza a través de un beneficio asistencial vinculado al salario mínimo, lo que en 1996 vino a ser denominado como el “Beneficio de Prestación Continuada” (BPC).

Si, en un primer momento, los estudiosos consideraron que la combinación entre autonomía y fragmentación territorial entre tantos entes federativos culminaría en una parálisis decisoria, las determinaciones constitucionales que atribuyeron al gobierno de mayor capacidad normativa y financiera permitieron, con el tiempo, la creación de mecanismos institucionales estratégicos que funcionaran como instrumentos de coordinación intergubernamental y que promovieran la cooperación e integración entre las acciones de los diferentes niveles de gobierno. Ante estas condiciones, y en la medida en que está capacitado para coordinar acciones con el objetivo de alcanzar determinados resultados, el papel del gobierno federal ha sido fundamental para establecer y alcanzar metas nacionales (Arretche et al., 2012; Jaccoud, 2020).

Pese al aprendizaje institucional de las últimas tres décadas, los instrumentos y mecanismos de inducción de cooperación y coordinación de las relaciones intergubernamentales construidos han sido desmontados por el gobierno federal no solo durante la pandemia, sino que ya venían siéndolo desde el inicio de la gestión Bolsonaro. Se ha observado una clara ausencia de iniciativas de coordinación federativa (Abrucio et al., 2020) e incluso de confrontación de iniciativas para hacer frente a la pandemia entre los estados y los municipios, no solo en el área de la salud, sino también en la asistencia social y la educación. Además, políticas históricamente institucionalizadas han sido ignoradas, y, cuando han sido accionadas, fue más por la burocracia en sus diferentes “territorios” que por los actos políticos del Ejecutivo en el papel de sus respectivos ministerios. Ante la ausencia de un líder nacional, deseable y necesario, lo que se ha vivenciado en el país ha sido un escenario errático donde los 26 gobiernos de los estados, cada uno de los 5.570 municipios y el distrito federal han utilizado su autonomía política para definir acciones unilaterales de respuesta a la crisis sanitaria. Dichas respuestas han variado en cada uno de ellos, oscilando desde “poco a nada” hasta la creación de gabinetes de crisis y consejos. Consecuentemente, se han desarrollado fórmulas de coordinación diferentes a nivel local, dependiendo de las capacidades de los estados y de la disposición política (Linhares et al., 2020). Por ejemplo, en los municipios donde hay universidades públicas, hubo posibilidades de creación de comités de investigadores de distintas áreas.

Este trabajo tiene como objetivo realizar dos análisis. Por un lado, dilucidar las estrategias de conducción del gobierno federal para enfrentar la crisis sanitaria de la covid-19, su resistencia en adoptar y coordinar medidas no farmacológicas por los demás entes federativos y su postura negacionista. Bajo este escenario, mostramos algunas de las evidencias que apoyan la hipótesis de que la negación de un problema como la covid-19 y la negativa a seguir los protocolos de la OMS han aumentado el número de infectados y de muertes por el virus, por una parte, y, por otra, exponemos las iniciativas de reacción adoptadas por los estados y municipios, así como los resultados sanitarios producidos y cómo estos se han distribuido por el territorio nacional. Por el otro, buscamos analizar tres medidas principales tomadas en el campo de la protección social que abarcan a los trabajadores formales e informales considerando sus impactos sociales generados, así como su efecto en el sistema de protección social brasileño.

Por tanto, el presente ensayo está organizado en tres secciones, además de esta introducción y la conclusión. En la primera sección, describimos la configuración de la dinámica conflictiva y fragmentada de la reacción a la pandemia, establecida en el ámbito de las relaciones intergubernamentales bajo el federalismo brasileño, con relación a las iniciativas de cooperación y coordinación asumidas en contextos más restrictivos. En la segunda parte, presentamos y describimos el impacto sanitario de la pandemia en términos de casos y vidas perdidas, con sus variaciones territoriales. En la tercera sección, dimensionamos el impacto social de la pandemia considerando las medidas relevantes del sistema de protección social en 2020 y su ausencia en 2021.

6.2. El conflicto federativo y la falta de coordinación: la receta para más casos y defunciones por covid-19

Los países organizados como federaciones han respondido de formas diferentes a la pandemia de la covid-19 con relación a la integración de las acciones de los entes gubernamentales vinculados a los diferentes niveles y al papel ejercido por el gobierno central para promoverlas o, en algunos casos, hasta para impedirlas. Federaciones como Alemania, Austria y Suiza han producido respuestas coordinadas o centralizadas (Hegele y Schnabel, 2021). En otras como Brasil, Estados Unidos y México, las respuestas gubernamentales han sido fragmentadas y unilaterales, sin la coordinación del gobierno central (Benouna et al., 2021). Ya en federaciones como Canadá, el gobierno central ha asumido una conducción activa, incluso ante una tradición menor y la baja institucionalización de mecanismos de cooperación (Paquet y Schertzer, 2020).

Los tres países que han liderado el número de casos y fallecimientos son federaciones (Estados Unidos, India y Brasil), y, es más, en ellas ha habido problemas o ausencia de coordinación nacional a la hora de combatir la covid-19. Entre estos tres países, Brasil ha encabezado el ranking mundial de defunciones por covid-19 –conforme la figura 6.1–, sea por la negativa de una estrategia nacional en la adopción de medidas farmacológicas o por la tardanza para comenzar la vacunación. Sobre este último aspecto, en el tercer gráfico de la figura 6.1, se percibe que, en comparación, la curva de dosis aplicadas en Brasil no solo se inicia después, sino que también el ritmo de vacunación es más lento, reflejando la baja disponibilidad de los inmunizantes una vez comenzado el periodo de vacunación.

Figura 6.1. Muertes acumuladas, muertes por millón y dosis de vacuna en los tres países con mayor número absoluto de muertes por covid-19

Fuente: bit.ly/3TclM3B.

Entre los países con mayor número de casos y fallecimientos, Brasil supone un caso de especial interés debido a sus circunstancias únicas: un federalismo cooperativo establecido en la CF88, la existencia de un sistema nacional de salud que se articula entre los tres niveles de gobierno, y un largo aprendizaje institucional en el combate contra epidemias y endemias. La negación deliberada del papel coordinador del gobierno central ha sido capaz de impedir una respuesta nacional a la pandemia, delegando esa responsabilidad a los estados y municipios por medio de respuestas unilaterales y fragmentadas. El elevado nivel de externalidades que produjo la falta de sincronía regional en la adopción o no de medidas no farmacológicas ha favorecido la circulación del virus y, en determinadas condiciones, hasta su rápida diseminación en el territorio nacional.

La negación del papel de coordinación nacional por parte del gobierno central brasileño ha reflejado su estrategia general para lidiar con la pandemia. Si, de un lado, el presidente Bolsonaro ha hecho diversas declaraciones contrarias al uso de las vacunas, por otro, ha defendido sistemáticamente el uso de medicamentos ineficaces contra la covid-19 (Calil, 2021; Bennouna et al., 2021), reflejando una estrategia institucional de diseminación del virus, apoyada en la idea de que, cuanto antes todos fuesen contagiados por la covid-19, antes el país alcanzaría la “inmunidad de rebaño” (Calil, 2021; Senado Federal, 2021). Dicha estrategia institucional ha sido desarrollada en tres frentes:

  1. la publicación de normas nacionales que contradecían las medidas no farmacológicas adoptadas por estados y municipios;
  2. las iniciativas en el campo jurídico para bloquear las respuestas de estados y municipios; y
  3. las campañas en las redes sociales e, incluso, por canales de comunicación oficiales del gobierno contra las restricciones recomendadas por las autoridades sanitarias nacionales (Cepedisa, 2021).

En la práctica, lo que ha habido es una propaganda sistemática contra el uso de la mascarilla, el aislamiento y la vacuna, sea por mecanismos institucionales dentro del propio Ministerio de la Salud, o por medios informales como en lives, entrevistas y declaraciones en las redes sociales, intentando impedir el uso de dichas estrategias o simplemente desmerecerlas o desacreditarlas.

Por otro lado, cabe señalar que el proyecto bolsonarista de la federación brasileña está apoyado en un “modelo dualista” que consiste en mantener relaciones intergubernamentales (Abrucio et al., 2020: 665) con políticas de desmonte de la Unión a favor de la reducción de las desigualdades territoriales, adoptando también una posición centralizadora y jerárquica en los asuntos nacionales. Esta posición se refleja bien en la iniciativa legislativa para impedir que estados y municipios adoptasen acciones no farmacológicas, a través de la Medida Provisória[1] 926/2020, derrumbada por el Tribunal Superior Federal en abril de 2020, lo que ha permitido que estados y municipios pudieran adoptar estas acciones de contención contra la diseminación del virus.

La reacción de estos a partir de ese momento ha sido heterogénea desde el punto de vista político y sanitario. Esto ha dejado el país más vulnerable al virus en comparación con aquellos donde las medidas no farmacológicas han sido coordinadas por las estrategias de vigilancia epidemiológica nacional.

Desde el punto de vista político, las amenazas del presidente a los gobernadores –que han sido diarias por medio de la emulación de sus apoyadores en los respectivos estados– han generado una reacción de estos últimos en el Fórum Nacional de Gobernadores, que, desde su creación en 2016, se restringía a encuentros y acciones esporádicos en momentos críticos (Carvalho y Afonso, 2018). No obstante, desde el punto de vista político, también ha sido clara la división entre los gobernadores en las diversas cartas publicadas durante la pandemia. Las diferentes cartas fueron, inicialmente, firmadas por un grupo mayoritario de firmantes, pero el número de gobernadores que dieron apoyo ha menguado a lo largo de la pandemia. La primera carta de marzo de 2020, denominada como la “Carta en Defensa de la Democracia”, bastante moderada con relación al presidente, fue firmada por 26 gobernadores. Un mes después, una nueva carta fue firmada por apenas 20 de ellos. Ya en abril de 2021, la carta que reivindicaba el esfuerzo para la adquisición de vacunas, fue refrendada por tan solo 14 gobernadores (Almeida, 2021).

Desde el punto de vista técnico, el Consejo Nacional de Secretarios de Salud (CONASS), que existe desde hace décadas y que reúne a los secretarios sanitarios a nivel estadual, ha articulado encuentros de forma intensa, así como ha divulgado boletines epidemiológicos y notas técnicas alineadas con las autoridades sanitarias internacionales y basadas en evidencias científicas (Almeida, 2021). Aun así, el poder indicativo y técnico de las recomendaciones del CONASS se ha visto limitado en aquellos estados partidarios del presidente. Por otro lado, iniciativas como la del Consorcio del Nordeste, creado en 2019 con finalidades relacionadas a la promoción conjunta del desarrollo regional, han sido importantes en el alineamiento de orientaciones técnicas entre los estados miembros –que incluso han contado con un comité científico–. Además, han adquirido de forma conjunta suministros y equipamientos como mascarillas y respiradores. Al mismo tiempo, se percibe que, así como los consorcios intermunicipales, los consorcios interestaduales no han conseguido establecer la coordinación de medidas no farmacológicas entre sus miembros, lo que en el caso del Consorcio del Nordeste ha generado tensiones entre el comité científico y algunos de los gobernadores (Almeida, 2021). Con esas tensiones internas propiciadas por los sectores contrarios a las medidas restrictivas (IPEA, 2020), los gestores estaduales y municipales han optado por no renunciar a su autonomía política y decidir sobre la implementación o no de medidas de flexibilización.

A pesar del esfuerzo de cooperación horizontal, la heterogeneidad e intensidad en la elección de las estrategias adoptadas por los estados (IPEA, 2021) y municipios (Lui et al., 2021; Ximenes et al., 2021) ha sido la tónica general en respuesta a la covid-19. Sin embargo, los resultados en términos de muertes provocadas por la pandemia no han sido aleatorios, como será discutido en la próxima sección.

6.3. Apoyo al presidente, negacionismo y exposición al riesgo de fallecimiento por la covid-19

¿Cuál es el impacto de la adopción de una postura negacionista, de rechazo a la coordinación de acciones de los entes federativos o de difusión de una propaganda negativa contra los protocolos aceptados universalmente, como el uso de la mascarilla y la vacunación, en la emergencia sanitaria de la covid-19? ¿La adopción de esas estrategias aumenta la incidencia o el riesgo de defunción? Y, en caso positivo, ¿cómo este riesgo se distribuye entre las unidades de una federación como Brasil? ¿Dichos riesgos varían en el territorio conforme el apoyo político al gobierno central? Estas son las preguntas a las cuales varios estudios se han dedicado (Hastenreiter y Cavalcante, 2022; Cabral, Ito y Pongeluppe, 2021).

Otras evidencias apuntan en esta dirección. En mayo del 2021, antes de la vacunación hubiera tenido un impacto significativo en la curva de propagación de casos por el país, se encontraron diferentes probabilidades de contaminarse entre los municipios brasileños dependiendo de la proporción de votos recibidos por el presidente, como muestra a continuación la figura 6.2. 

Figura 6.2. Votación recibida por el presidente en las elecciones de 2018 en municipios brasileños y número de casos de covid-19 a cada 100.000 habitantes

Fuente: glo.bo/3QQu1jF.

Cabral et al. (2021), también con base en las votaciones recibidas por Bolsonaro en las elecciones de 2018, han calculado el efecto de las declaraciones del presidente en la diseminación de casos y defunciones en aquellos municipios en los que venció en las elecciones y en los que no. Los autores han concluido que, cuanto mayor es la proporción de votos del presidente, mayor también es la probabilidad de casos y muertes por la covid-19, siendo este un efecto imputable en el tiempo a las declaraciones más marcantes de Bolsonaro. Los autores han demostrado gráficamente que las proporciones de casos y defunciones para municipios en los dos escenarios eran próximas hasta que, en la séptima semana epidemiológica, el presidente hizo una retransmisión en directo en las cadenas nacionales de radio y televisión. A partir de ahí, se distanciaron y han mantenido diferentes niveles, posiblemente debido a las declaraciones públicas o en las redes sociales del presidente, como ya ha sido mencionado.

¿Y, si tratamos estos datos a nivel estadual, qué podemos inferir? En la tabla 1, consideramos la distribución de la mortalidad por cada 100.000 habitantes entre las diferentes unidades de la federación brasileña para confrontarlas con tres variables que podrían representar el apoyo político al gobierno del presidente Bolsonaro: la proporción de su votación en la segunda vuelta de las elecciones de 2018 (la suma del municipio); la elección de gobernadores que apoyaron la candidatura del presidente; y, por fin, la aprobación del gobierno Bolsonaro en las encuestas de opinión.

Tabla 6.1. Distribución de muertes acumuladas por la covid-19 en febrero de 2022 y apoyo político a Bolsonaro

Estado

Muertes por 100.000 hab. a 3/02/2022 (1)

Votación Bolsonaro 2.º vuelta 2018 en % (2)

Apoyo de los gobernadores elegidos en 2018 (3)

Aprobación de Bolsonaro en noviembre de 2021 en % (4)

Acre

210,29

72

19

Alagoas

192,63

40

No

18

Amapá

238,46

50

18

Amazonas

332,51

50

22

Bahia

188,05

27

No

10

Distrito Federal

366,86

70

25

Ceará

276,13

29

No

16

Espirito Santo

334,81

63

No

25

Goias

353,09

66

19

Maranhão

147,72

27

No

15

Mato Grosso

407,32

66

22

Mato Grosso do Sul

353,46

65

20

Minas Gerais

270,4

58

20

Pará

200,21

45

No

16

Paraíba

241,5

35

No

18

Paraná358,96821
Pernambuco215,2634No15
Piauí226,0923No15
Río de Janeiro403,236817
Rio Grande Norte219,0837No20
Rio grande Sul324,276320
Rondônia381,087225
Roraima332,877225
Santa Catarina285,2876No26
San Pablo343,226820
Sergipe263,7133No18
Tocantins252,354924

Fuentes: (1) bit.ly/3RaLVhp; (2) Tribunal Superior Electoral; (3) bit.ly/2R16kul; (4) encuesta Quaest entre 3 y 6 de noviembre de 2021 (bit.ly/3dHzJWU).

La variable referente al apoyo de Bolsonaro en la segunda vuelta de las elecciones de 2018 es ampliamente utilizada en otros estudios y permite diferenciar el apoyo al presidente en el año de su elección, reflejando el fenómeno de las preferencias políticas según la distribución territorial. Desde el inicio de la pandemia en 2020, y a pesar de las variaciones asumidas en el tiempo, esta variable es un buen indicador del apoyo al presidente durante la pandemia, especialmente si consideramos las posiciones relativas de los estados (con mayor o menor apoyo a Bolsonaro en las elecciones). Teniendo en cuenta la distribución de las proporciones de la votación de Bolsonaro y la comparación de las medias de fallecimientos acumuladas por la covid-19 por cada 100.000 habitantes, entre los cuartiles formados por los estados con mayor y menor proporción de votos, hay una diferencia significativa: en los siete estados con menor votación, la media de muertes fue de 222,64, mientras que, en los siete estados con mayor votación, fue de 324,50. Vivir en uno de estos últimos aumenta en un 46 % las posibilidades de fallecer por covid-19.

Pero, si consideramos las oscilaciones posteriores en su popularidad y su volatilidad, la votación del presidente en 2018 podría ser un indicador inconsistente de la adhesión. Por eso es necesario sumar otros indicadores de apoyo que puedan confirmar o no dicha tendencia. La diferencia entre aquellos estados en los que los gobernadores que apoyaron al presidente fueron elegidos podría ser un buen complemento, ofreciendo la indicación de un apoyo electoral que se habría reproducido simultáneamente en el nivel federal y estadual y, por tanto, más consistente. Aunque hay que resaltar que algunos gobernadores han migrado de posición, como en el caso de San Pablo y Río de Janeiro. Si consideramos esta variable, la media de muertes acumuladas por cada 100.000 habitantes fue de 232, siendo 54 fallecimientos de aquellos estados cuyos gobernadores elegidos no apoyaron al presidente, y 328,55 en los estados donde lo apoyaron. Vivir en uno de los estados en los que el presidente fue apoyado por el gobernador aumentaría en un 41 % las posibilidades de fallecer por la covid-19.

Dichas evidencias están recogidas en el gráfico 6.1, en azul los gobernadores que apoyaron al presidente, y en rojo, los que se opusieron. Este gráfico confirma que allí donde la votación fue a favor de Bolsonaro y hubo apoyo del gobernador, el número de muertes es substantivamente mayor.

Gráfico 6.1. Distribución de muertes acumuladas por la covid-19 por cada 100.000 habitantes en febrero de 2022, por porcentaje de votos a Bolsonaro en la segunda vuelta de 2018 y apoyo político del gobernador a Bolsonaro en el momento de la elección: azul para gobernadores que apoyaron a Bolsonaro y rojo para gobernadores que se opusieron a él

Fuente: (1) bit.ly/3SXkol3; (2) Tribunal Superior Electoral; (3) bit.ly/3SXkol3 (4) encuesta Quaest entre 3 y 6 de noviembre de 2021 (bit.ly/3dHzJWU).

Las dos primeras variables puede que no sean lo suficientemente robustas dado que el presidente Bolsonaro puede haber perdido apoyos a lo largo de los años de gobierno, por lo que la adhesión al presidente durante la pandemia podría ser diferente a la verificada en 2018. Por eso, el uso del indicador “aprobación del gobierno” en los estados, medido por la encuesta de la empresa Quaest en noviembre de 2021, permite complementar nuestra exploración en dicho sentido. Y, si consideramos las medias de muertes en los cuartiles con menor y mayor aprobación de gobierno, se percibe, de nuevo, una diferencia significativa: en los siete estados con menor aprobación del presidente, la media de muertes acumuladas fue de 236,67, pero en aquellos con mayor aprobación fue de 337,17. Por tanto, existe un aumento del 43 % en la probabilidad de fallecer por la covid-19 en las unidades federativas con mayor aprobación a Bolsonaro.

Dado que en los tres casos se confirma una mayor probabilidad de fallecer por la covid-19 en los estados con más adhesión a las preferencias políticas del presidente (oscilando entre el 40 % y 50 %), puede afirmarse que existe una consistencia entre los diferentes indicadores y que esta parece aun mayor cuando es cotejada con otros trabajos o compilaciones de datos publicados.

Sin embargo, a pesar de estas evidencias, caben algunas ponderaciones sobre la posible relación directa entre la preferencia política dominante en una unidad y la evolución de la pandemia, puesto que existe un conjunto de variables exógenas que afectan a la diseminación de casos y el riesgo de muerte. Como, por ejemplo, movimientos pendulares de poblaciones en áreas más densas y hasta la inserción en diferentes estratos de renta (Lima da Silveira et al., 2021). En este sentido, es pertinente la observación de Oliveira[2]:

La relación entre el voto y la pandemia no es simple. Los números de contagios y muertes no dependen únicamente de la decisión individual de los habitantes de un determinado lugar, pues también depende, entre otros factores, de las estrategias de cada gobernante para combatir la crisis sanitaria en su estado o municipio. Además, el comportamiento de los electores varía a lo largo del tiempo. En algunos lugares, Bolsonaro ha perdido el apoyo y, en otros, sus partidarios han aumentado (Oliveira, 2021. Traducción libre).

Estas ponderaciones son necesarias para evitar la tentación reduccionista y hasta para esbozar una representación más realista que combine con las condiciones estructurales y subjetivas de las diferentes unidades federadas. Aunque, de cualquier forma, no invalidan los hallazgos referentes a los efectos de la adhesión a las estrategias del presidente y a su papel en la ampliación de la exposición de las poblaciones a las consecuencias de la covid-19, dadas las condiciones económicas y sociales. En la próxima sección, y a propósito de este enfoque, serán analizadas las medidas destinadas a garantizar la protección social de las poblaciones.

6.4. Protección en tres frentes, una estrategia de enfrentamiento para crisis sociales

Si, en el campo de la salud, la postura ha sido de negación, en el campo de la protección de renta/ingresos, el escenario ha sido diferente. Es posible decir que el gobierno brasileño implementó tres grandes programas o conjuntos de acciones dirigidas a la protección social. El primer programa, destinado a preservar el empleo de los trabajadores que se encontraban vinculados al mercado laboral formal, se denominó “Programa de Mantenimiento de Ingresos y Empleo de Emergencia”, el cual contaba con medidas para el pago del Beneficio de Emergencia (BEm). Un segundo programa de protección de ingresos dirigido a quienes trabajaban informalmente o no trabajaban (desocupados) se denominó “Auxílio Emergencial” (AE). Finalmente, un tercer conjunto de acciones se refiere a las medidas para proporcionar liquidez a las micro y pequeñas empresas.

Es importante recordar que la economía brasileña ya estaba estancada cuando la pandemia se apoderó de Brasil, habiendo crecido solo un 1,3 %, 1,8 % y 1,4 % respectivamente entre 2017 y 2019. Sin embargo, para tener una idea más precisa del impacto de la pandemia, en el segundo trimestre de 2020 se registró una caída récord de 10,9 % en el PIB, y un promedio anual de -4,1 % respecto al año anterior (IPEA, 2021). Además, el consumo de los hogares disminuyó un 13,5 % respecto al segundo trimestre de 2019 como consecuencia de la caída de la renta media efectiva. En agosto de 2020, llegamos al 14,4 % de desocupados y se registró un récord histórico de menos del 50 % de la población económicamente activa desocupada (46,8 % en agosto de 2020).

Las principales intervenciones directas en las relaciones laborales contractuales con miras a proteger el empleo y los ingresos de los trabajadores formales se dieron a través de las Medidas Provisórias (MP): MP 927 del 22 de marzo de 2020; MP 928 del 23 de marzo de 2020; y, un día después, la MP 936 del 1 de abril de 2020, que fue convertida en la Ley 14.020 el 6 de julio de 2020.

La MP 927 flexibilizó el uso de los instrumentos existentes previstos en la legislación laboral y básicamente posibilitó que las empresas cambiaran los contratos de trabajo unilateralmente o, incluso, a través de convenios individuales o colectivos, excluyendo la obligación de participación de los sindicatos. Permitió así adoptar el teletrabajo con base en criterios establecidos por el empleador, sin necesidad de convenio, además de la anticipación de vacaciones, el otorgamiento de vacaciones colectivas, la formación de banco de horas y la suspensión de la obligación de cobrar el Fondo de Garantía de Tiempo de Servicio (FGTS) por parte de los patrones. El intenso debate sobre esta medida (MP927) provocó que al día siguiente se revisara uno de sus puntos, y se publicara otra (MP 928) con la suspensión del contrato de trabajo sin compensación económica alguna al trabajador.

La MP 936, convertida en Ley 14.020, dispuso el Beneficio de Emergencia (BEm) a los trabajadores formalizado en ese momento, con la consecuente reducción de costos para los empleadores cuando los trabajadores tuvieran una reducción proporcional de jornada y salario, o incluso la suspensión temporal de su empleo. Esta reducción podría ser del 25, 50 y 70 %, en función del salario y de los ingresos brutos de las empresas, lo que implicaría reducciones en distinto grado de los ingresos, pero con la posibilidad de acogerse al seguro de desempleo proporcional. El trabajador no estaba obligado a cumplir con los requisitos para obtener el seguro de desempleo para poder recibir el BEm. Tampoco hubo impedimento para otorgar el seguro de desempleo al que posteriormente tuvo derecho el trabajador, siguiendo las reglas convencionales de la prestación, ni hubo cambio en el valor de este. Al final, se negociaron más de 20 millones de contratos, por un total de 33,4 mil millones de reales, donde las mujeres recibieron el 52,1 % de los contratos y el 51,6 % se realizaron en el sector de servicios.

En un segundo momento, las acciones de protección estuvieron dirigidas a quienes se encontraban fuera del mercado laboral formal. El gobierno creó, a través de la Ley 13.982 del 2 de abril de 2020, la Ayuda de Emergencia (AE), una transferencia de ingresos.

La propuesta inicial del gobierno era de una ayuda de R$ 200 (USD 36,58[3]) por persona para aquellos en edad activa que estuvieran desempleados, clasificados como microemprendedores individuales (MEI), en la informalidad o en situación de extrema pobreza. Con esta ayuda, el gobierno esperaba impactar a entre 14 y 20 millones de personas. Sin embargo, el Congreso presentó una modificación para que el valor fuese de R$ 500 (USD 91,45). Cuando el trámite legislativo terminó, la ayuda se fijó en R$ 600 (USD 109,75) y estaba destinada a mayores de 18 años, sin vínculo laboral formal y con ingresos familiares mensuales de hasta tres salarios mínimos per cápita. A su vez, se determinó que el beneficio podría ser cobrado únicamente por dos personas residentes en el mismo domicilio y que sería transferido el doble para las familias formadas por mujeres con hijos y sin cónyuges.

Hubo tres tipos de entrada. Se realizó una concesión automática para los beneficiarios del Programa Bolsa Família (PBF), en los casos en que el valor del AE fuera superior al beneficio recibido. La transferencia también fue automática a quienes estaban inscritos en el Registro Único de Programas Sociales del Gobierno Federal (CadÚnico) hasta el 2 de abril de 2020, pero que no recibieron el PBF. Finalmente, un tercer grupo estuvo formado por trabajadores informales que no estaban en el CadÚnico y que fueron registrados por la Caja Económica Federal vía aplicación, que es el mismo banco público que administra los beneficios del PBF.

Inicialmente, se programó el pago de tres cuotas mensuales con la posibilidad de ser prorrogada hasta dos veces más. Sin embargo, con la falta de vacunación y el aumento de las defunciones por causa de la pandemia, se acabó instituyendo la Ayuda de Emergencia Residual, con valor de R$ 300 (USD 54,87), dentro del límite de cuatro cuotas que se pagarían automáticamente tras recibir la primera e independientemente de si fue solicitada o no (IPEA, 2021).

Según los datos del propio Ministerio de Ciudadanía, con una inversión pública de R$ 294 billones en el 2020, 68,2 millones de personas fueron beneficiadas por la ayuda, que equivale al 32 % de la población y al 43 % de los domicilios brasileños. El valor máximo de la AE era de R$ 1.800 (USD 329,63) por familia, pero el rendimiento medio nacional en el mes de abril de 2020, cuando fue instituido, fue de R$ 908 (USD 166,09), y llegó a una media de R$ 972 (USD 177,80) en la región norte y de R$ 965 (USD 176,52) en el nordeste. Ya en los últimos meses del 2020, cuando entró en vigor el Auxilio Residencial, el valor medio nacional fue de R$ 558 (USD 102,07) (IPEA, 2021).

A pesar de haber sido gestionado por la red de asistencia social, ignorando toda la pericia del Sistema Único de Asistencia Social (SUAS) en el registro y la recepción, los impactos positivos fueron considerables debido al aumento repentino de los ingresos promedio per cápita de los hogares, pese a no combatir directamente la pobreza. Según Neri (2020), en agosto de 2020, había 50,2 millones brasileños en situación de pobreza, 15.000 menos con respecto a agosto de 2019, precisamente gracias al pago de la AE (Neri, 200; IPEA, 2021). En un contexto de pandemia, con la economía estancada y en recesión, la inversión de R$ 294 billones de reales ha garantizado la seguridad alimentaria y el consumo repartido por todo el territorio, así como ha prevenido la pérdida de 3,1 % del PIB en 2020 y un total de 16,7 millones de puestos de trabajo (Brancher, Magacho y Leão, 2020; IPEA, 2021; Neri, 2020). Además, ha asegurado un probable aumento del Gini en torno del 17,3 %, como apuntan Salata y Ribeiro (2020). También es necesario registrar que abrir cuentas bancarias para un público que antes no tenía acceso a los bancos se ha convertido en inclusión bancaria, que únicamente tuvo un precedente en el momento de la expansión del PBF.

Con respecto al Programa Bolsa Familia y el Beneficio de Prestación Continuada, se invirtieron las tendencias de disminución y exclusión y el aumento de las filas de espera que se venían registrando. El año 2019 finalizó con 1,65 millones de familias en lista de espera y 13,2 millones de familias beneficiarias del PBF. En el año anterior, no había fila de espera y el programa llegó a 14,3 millones de familias. Esto, sumado a una ausencia sistemática de reajustes, hizo que el PBF comenzara a perder su capacidad de protección contra la pobreza (IPEA, 2020). No obstante, esta tendencia se revirtió con la llegada de la covid-19 y la aprobación de la MP 929, del 25 de marzo de 2020, que otorgó un crédito extraordinario inmediato al PBF, promoviendo la inclusión de 1,22 millones de familias y aumentando a 14,3 millones las familias beneficiarias, aunque con filas de espera.

Otra medida fue la suspensión de bloqueos, suspensiones y cancelaciones de beneficios que duró desde el inicio de la pandemia hasta enero de 2021. Para los municipios, con la manutención de la transferencia, fue suspendida la evaluación mensual del índice de gestión descentralizada (IGD-PBF), que es la fuente de asignación de un recurso mensual para apoyar la gestión del programa en los estados y municipios, además del uso de CadÚnico como referencia para las AE.

Esta inversión también se dio en el ámbito del BPC. Según el IPEA (2021), durante el primer año de gobierno, en 2019, hubo cinco meses (sin precedentes) de reducción sistemática en el número de beneficiarios, por lo que, al final, se registró un ligero aumento en el cómputo total del año, muy inferior a la serie histórica. Con la covid-19, hubo una mayor flexibilidad con el límite de ingresos, y se otorgaba la posibilidad de retirar anticipadamente R$ 600 para quien lo hubiera solicitado y estaba en análisis, lo que duró hasta la interrupción de las medidas de suspensión en 2020.

El gran problema fue que todas estas acciones se tomaron en desacato a la Política Nacional de Asistencia Social y, por ende, al Sistema Único de Asistencia Social, ignorando no solo su institucionalidad, sino también la efectividad de la red de servicios de asistencia social, que quedó muy desatendida, sin coordinación, y vio comprometidas sus transferencias. A finales de 2020, las transferencias fueron menores que en 2004 (IPEA, 2021). Esto ocurrió incluso con la MP 953/2020, que asignó R$ 2.550 millones (de reales) de créditos extraordinarios al ministerio.

Si bien en un principio se suspendieron las actividades de los equipos (Centro de Referencia de Asistencia Social [CRAS] y Centro de Referencia Especializado de Asistencia Social [CREAS]) bajo las medidas más restrictivas de distanciamiento físico, lo que se observó fue una demanda muy grande de eventuales prestaciones, principalmente cestas básicas y material de construcción, con un incremento del 69,4 % respecto a 2019 (IPEA, 2021). Cabe decir que no hubo provisión, en la política de asistencia social, de protocolos para grandes desastres como la pandemia, incluso después del colapso de la represa Córrego da Mina do Feijão en Brumadinho – Minas Gerais en 2019, que provocó la muerte de casi 300 personas, frente a lo cual no se crearon protocolos sobre cómo los trabajadores de la asistencia social deben enfrentar situaciones de calamidad. Lo que se vio durante el 2020 fue una serie de ordenanzas y notas técnicas creando protocolos, estandarizando servicios y orientando la burocracia de actuación a nivel local. Según un levantamiento no sistemático a través de palabras clave, en el año 2020, pudimos encontrar que el gobierno federal publicó alrededor de 28 medidas provisórias, leyes, decretos y resoluciones, y el Ministerio de la Ciudadanía, 31 documentos entre ordenanzas y notas técnicas para orientar las acciones del SUAS y para apoyar acciones a nivel municipal.

Sin embargo, desde diciembre de 2016, Brasil se rige por un nuevo régimen tributario establecido tras la aprobación de la Enmienda Constitucional n.° 95, conocida como la enmienda del “Techo de Gastos”. Esta enmienda congela los gastos primarios a niveles de 2016 durante los próximos 20 años y con un mínimo de 10 años para cualquier revisión. Esto implica una reducción de todos los gastos, con excepción de los destinados al pago de la deuda pública, e incluso establece una reducción de los gastos sociales independientemente de los cambios demográficos que tengan lugar y de las condiciones sociales. De esta forma, si el coste de una inversión como la AE ya se consideraba elevado en tiempos normales, ese gasto solo fue posible en la medida en que el Congreso decretó el estado de calamidad pública y aprobó un “presupuesto de guerra”. Sin embargo, con el inicio tardío de la vacunación el 17 de enero de 2021, y con la negativa del Congreso a prorrogar el estado de calamidad pública, se suspendieron las ayudas. Automáticamente, sus efectos positivos también cesaron de inmediato, lo que empujó a las personas a la pobreza y a la inseguridad alimentaria.

En agosto de 2021, el Programa Bolsa Familia fue sustituido por la Ayuda Brasil a través de la Medida Provisiónal 1.061, convertida en diciembre de 2021 en la Ley 14.284. Tras varias modificaciones, la Ayuda Brasil prevé pasar de alcanzar 14,7 millones de familias a 17,5 millones y reajustar las líneas de la pobreza y pobreza extrema considerando la inflación de su último reajuste en 2018. En marzo de 2022, al cierre de este capítulo, ya había llegado a más de 18 millones de familias.

En otras palabras, el presidente Bolsonaro logró establecer, durante el primer año de la pandemia, un amortiguador eficaz contra la pobreza con estas tres líneas de actuación, pero sobre todo con la AE. Acciónes que han tenido un cierto retorno electoral como reconocimiento a sus efectos. Sin embargo, con respecto a AE, no demostró ser una acción sostenible durante el segundo año consecutivo, por lo que se vieron cesados sus efectos. Tampoco se consiguió una política inmediata que la substituyera en proteger a esta parte de la población sobre la que intervenía. Con la economía en recesión y la inflación que alcanza los dos dígitos, la población se ha empobrecido aún más y el hambre ha vuelto a los niveles de los años 80 y 90. Por lo tanto, es posible inferir que, aunque la Ayuda Brasil tenga 2 millones de beneficiarios más, no será suficiente su cobertura poblacional. Los últimos informes muestran un aumento de las familias sin hogar (Natalino, 2020). A diferencia de los últimos años, ahora es habitual ver familias enteras viviendo en la calle. El Censo de Población sin Hogar de la Ciudad de San Pablo mostró un aumento de 24.344 en 2019 a 31.884 en 2021, donde el 28,40 % declara estar en esta situación desde hace menos de un año.

Finalmente, es importante registrar medidas encaminadas a brindar liquidez a las micro y pequeñas empresas, con el fin de minimizar los impactos de la pandemia en la actividad empresarial (IPEA, 2021). El Banco Central de Brasil dividió sus medidas entre las destinadas a proporcionar liquidez y las destinadas a liberar capital, alcanzando el 17,5 % y el 16,7 % del PIB, respectivamente (Silva, 2020; IPEA, 2021). En la práctica, estamos hablando de la expansión monetaria y la disponibilidad de líneas de crédito especiales con garantías para operaciones de pequeñas y medianas empresas. También se creó el Programa Nacional de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (Pronampe) a través de la Ley 13.999, del 18 de mayo de 2020, y las Leyes 14.042 y 14.043, también de 2020, que lo modificaron, siendo firmados un total de 517.000 contratos de créditos, disponiéndose para tales fines un valor de R$ 37,5 mil millones.

6.5. Consideraciones finales

Este trabajo aporta elementos clave para la comprensión de lo que ha sucedido en Brasil desde que se registró el primer caso y se declaró el estado de emergencia contra la covid-19. A principios de febrero de 2022, cuando se estaba preparando este capítulo, el país alcanzaba la cifra de 632.000 fallecimientos por esta enfermedad, lo que posiciona a Brasil como el segundo país con mayor número de muertes en el mundo. La nación ha vuelto a alcanzar 1.000 muertes por día, incluso con más del 70 % de la población completamente inmunizada (con una o dos dosis). En esta fecha, los números absolutos de muertes por covid-19 del Center for Systems Science and Engineering – Covid-19 Data de la Universidad Johns Hopkins están encabezados por Estados Unidos, Brasil, India, Rusia y México, todos países federativos. El caso de Brasil es interesante de analizar porque ha presentado un número elevadísimo de fallecimientos a pesar de su federalismo cooperativo y del sistema nacional de salud público universal que había logrado cosechar en la historia reciente muy buenos resultados y reconocimiento internacional.

En Brasil encontramos lo que libremente hemos denominado como “negación activa”, la combinación de distintas dimensiones y factores de la negación, así como su persistencia en el tiempo, incluso ante evidencias observables e irrefutables, como el crecimiento de la curva de vacunación y la caída en el número de fallecimientos o la incidencia preponderante de la cepa Ômicron en los no vacunados. A continuación, enumeramos los factores que componen este “negacionismo activo” por parte del presidente Bolsonaro:

  1. negar la gravedad del problema desde su inicio;
  2. negar los protocolos de la OMS adoptados por la mayoría de los países;
  3. defender y divulgar sistemáticamente medidas que han sido demostradas ineficaces por el Ministerio de Salud, como el uso de la hidroxicloroquina y la ivermectina como tratamiento temprano de la enfermedad;
  4. realizar una campaña sistemática contra el uso de mascarillas, el aislamiento social, la vacuna e incluso la vacunación de adultos y especialmente niños, e incluso llegar a cuestionar su eficacia y sugerir supuestos efectos secundarios, en definitiva, planteando dudas a la población sobre su eficacia;
  5. además, desde el punto de vista del funcionamiento del federalismo, negarse a desempeñar el papel de coordinador federativo, intentando incluso entorpecer la acción de gobernantes de otras entidades federativas que defendieron la línea de la OMS, requiriendo la intervención del Supremo Tribunal Federal para reforzar la autonomía política de los estados y municipios, supuestamente innecesaria por ser un principio constitucional básico.

Por lo tanto, el “negacionismo activo” no solo se niega, sino que actúa para evitar que quienes siguen las evidencias científicas y las recomendaciones de las instituciones internacionales de salud reaccionen. Como resultado, Brasil no ha tenido aún más muertes debido a la estructura y el funcionamiento del Sistema Único de Salud, con casi 50 años de funcionamiento del Plan Nacional de Inmunización (creado en 1973), así como por contar con la experiencia de profesionales en las áreas de vigilancia epidemiológica y con años de campañas nacionales de vacunación, siempre muy bien recibidas por la población.

Desde el punto de vista de la protección social, especialmente en términos de ingresos, la Ayuda de Emergencia ha amortiguado los impactos sobre el estrato más pobre de la población durante el período de mayor recrudecimiento económico debido a las medidas de aislamiento social en 2020. Un año que –repitiendo escenarios anteriores– ya había comenzado con la noticia de un crecimiento de apenas el 1,1 % del PIB en febrero, muy por debajo de lo esperado, y con una tasa de desempleo de 12,2 % según la Encuesta Nacional por Muestra de Hogares en el mismo mes y con 14,7 % de desempleo en el primer trimestre de 2020. Este escenario anterior, sumado al estancamiento de la economía debido a las medidas de distanciamiento social, se ha visto agravado aún más por la negativa del presidente a comprar vacunas, quien llegó al punto de no responder a decenas de correos electrónicos con ofertas de Pfizer, y por el aplazamiento y luego la marginal participación en el Consorcio Covax, patrocinado por la OMS. Así, a pesar del impacto positivo que ha causado la Ayuda de Emergencia, ya que alcanzó 68 millones de beneficiarios en pleno aislamiento, no era una medida sostenible a medio plazo y se suspendió en primer trimestre de 2021. Esto ha significado para la población una pandemia social además de la sanitaria. Sin embargo, no cabe duda de que la amplitud de la cobertura solo fue posible por la capacidad institucional instalada, por el aprendizaje del propio ministerio tanto como de la experiencia del Cadastro Único y del Programa Bolsa Familia, como por la existencia, capilaridad (presencia en todo el territorio nacional) y la experiencia de la Caja Económica Federal en la gestión de las ingentes transferencias monetarias.

6.6. Anexo. Legislaciones de protección social del año 2020 por orden de publicación

Esta lista incluye todas las legislaciones, con sus respectivos menús, ya sea que provengan del Legislativo Federal, del Ejecutivo Federal o de las instancias de participación y concertación.

Leis, Decretos e Medidas Provisórias – Executivo Federal

BRASIL. Lei Nº 13.979, de 6.02.2020 Dispõe sobre as medidas para enfrentamento da emergência de saúde pública de importância internacional decorrente do coronavírus responsável pelo surto de 2019. Publicada no Diário Oficial da União 07.02.2020.

BRASIL. Medida Provisória nº 927, de 22.3.2020 Dispõe sobre as medidas trabalhistas para enfrentamento do estado de calamidade pública reconhecido pelo Decreto Legislativo nº 6, de 20 de março de 2020, e da emergência de saúde pública de importância internacional decorrente do coronavírus (covid-19), e dá outras providências. Publicada no Diário Oficial da União de 22.3.2020 – Edição extra – L.

BRASIL. Medida Provisória nº 928, de 23.3.2020 Altera a Lei nº 13.979, de 6 de fevereiro de 2020, que dispõe sobre as medidas para enfrentamento da emergência de saúde pública de importância internacional decorrente do coronavírus responsável pelo surto de 2019, e revoga o art. 18 da Medida Provisória nº 927, de 22 de março de 2020. Publicada no Diário Oficial da União de 23.3.2020 – Edição extra – C.

BRASIL. Medida Provisória nº 936, de 1.4.2020 Institui o Programa Emergencial de Manutenção do Emprego e da Renda e dispõe sobre medidas trabalhistas complementares para enfrentamento do estado de calamidade pública reconhecido pelo Decreto Legislativo nº 6, de 20 de março de 2020, e da emergência de saúde pública de importância internacional decorrente do coronavírus (covid-19), de que trata a Lei nº 13.979, de 6 de fevereiro de 2020, e dá outras providências. Publicada no Diário Oficial da União de 1.4.2020 – Edição extra-D.

BRASIL. Medida Provisória N° 953, de 15 de abril de 2020. Abre crédito Extraordinário em favor do Ministério da Cidadania, no valor de R$2.550.000.000,00 para o fim que especifica. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 16 abr. 2020, Seção 1, p.4.

BRASIL. Lei nº 13.995, de 5.5.2020 Dispõe sobre a prestação de auxílio financeiro pela União às santas casas e hospitais filantrópicos, sem fins lucrativos, que participam de forma complementar do Sistema Único de Saúde (SUS), no exercício de 2020, com o objetivo de permitir-lhes atuar de forma coordenada no combate à pandemia da Covid-19. Publicada no Diário Oficial da União de 6.5.2020 .

BRASIL. Lei Complementar nº 173, de 27 de maio de 2020, que estabelece o Programa Federativo de Enfrentamento ao Coronavírus SARS-CoV-2 (Covid-19), altera a Lei Complementar nº 101, de 4 de maio de 2000, e dá outras providências. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 28 mai. 2020, Seção 1, p.4.

BRASIL. Decreto nº 10.398, de 16.6.2020 Altera o Decreto nº 10.316, de 7 de abril de 2020, para definir a base do Cadastro Único a ser utilizada para pagamento do auxílio emergencial estabelecido pelo art. 2º da Lei nº 13.982, de 2 de abril de 2020. Publicado no Diário Oficial da União de 17.6.2020.

BRASIL. Lei nº 14.018, de 29.6.2020 Dispõe sobre a prestação de auxílio financeiro pela União às Instituições de Longa Permanência para Idosos (ILPIs), no exercício de 2020, em razão do enfrentamento da emergência de saúde pública de importância internacional decorrente do coronavírus (Covid-19).Mensagem de veto Publicada no Diário Oficial da União de 30.6.2020.

BRASIL. Decreto nº 10.412, de 30.6.2020 Altera o Decreto nº 10.316, de 7 de abril de 2020, para prorrogar o período de pagamento do auxílio emergencial de que trata a Lei nº 13.982, de 2 de abril de 2020. Publicado no Diário Oficial da União de 1º.7.2020.

BRASIL. Lei N° 14.021, de 7 de julho de 2020. Dispõe sobre medidas de proteção social para para prevenção do contágio e da disseminação da Covid-19 nos territórios indígenas, cria o Plano Emergencial para Enfrentamento à Covid-19 nos territórios indígenas, estipula medidas de apoio às comunidades quilombolas, aos pescadores artesanais e aos demais povos e comunidades tradicionais para o enfrentamento à Covid-19, e altera a Lei n° 8.080, de 19 de setembro de 1990, a fim de assegurar aporte de recursos adicionais nas situações emergenciais e de calamidade pública. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 09 jul. 2020, Seção 1, p.1.

BRASIL. Lei N° 14.022, de 7 de julho de 2020. Altera a Lei nº 13.979, de 6 de fevereiro de 2020, e dispõe sobre medidas de enfrentamento à violência doméstica e familiar contra a mulher e de enfrentamento violência contra crianças, adolescentes, pessoas idosas e pessoas com deficiência durante a emergência de saúde pública de importância internacional decorrente docoronavírus responsável pelo surto de 2019. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 08 jul. 2020, Seção 1, p.3.

BRASIL. Lei 14.023, de 8 de julho de 2020. Altera a Lei n° 13.979, de 6 de fevereiro de 2020, para determinar a adoção de medidas imediatas que preservem a saúde e a vida de todos os profissionais considerados essenciais ao conrole de doenças e à manutenção da ordem pública, durante a emergência de saúde pública decorrente do Coronavírus responsável pelo surto de 2019. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 09 jul. 2020, Seção 1, p.1.

BRASIL. Decreto nº 10.422, de 13.7.2020 Prorroga os prazos para celebrar os acordos de redução proporcional de jornada e de salário e de suspensão temporária do contrato de trabalho e para efetuar o pagamento dos benefícios emergenciais de que trata a Lei nº 14.020, de 6 de julho de 2020. Publicado no Diário Oficial da União de 14.7.2020.

BRASIL. Lei nº 14.029, de 28.7.2020 Dispõe sobre a transposição e a reprogramação de saldos financeiros constantes dos fundos de assistência social dos Estados, do Distrito Federal e dos Municípios, provenientes de repasses federais. Mensagem de veto Publicada no Diário Oficial da União de 29.7.2020

BRASIL. Lei Nº 14.029, em 29 de julho de 2020. Dispõe sobre a transposição e a reprogramação de saldos financeiros constantes dos fundos de assistência social dos Estados, do Distrito Federal e dos Municípios, provenientes de repasses federais. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 29 jul. 2020, Seção 1, p.1.

BRASIL. Decreto nº 10.470, de 24.8.2020 Prorroga os prazos para celebrar acordos de redução proporcional de jornada de trabalho e de salário e de suspensão temporária de contrato de trabalho e para efetuar o pagamento dos benefícios emergenciais de que trata a Lei nº 14.020, de 6 de julho de 2020. Publicado no Diário Oficial da União de 24.8.2020 – Edição extra.

BRASIL. Medida Provisória nº 1000, de 2.9.2020 Institui o auxílio emergencial residual para enfrentamento da emergência de saúde pública de importância internacional decorrente do coronavírus (covid-19) responsável pelo surto de 2019, a que se refere a Lei nº 13.979, de 6 de fevereiro de 2020 Publicada no Diário Oficial da União de 3.9.2020.

BRASIL. Decreto nº 10.488, de 16.9.2020 Regulamenta a Medida Provisória nº 1.000, de 2 de setembro de 2020, que institui o auxílio emergencial residual para enfrentamento da emergência de saúde pública de importância internacional decorrente do coronavírus (covid-19) responsável pelo surto de 2019, altera o Decreto nº 10.316, de 7 de abril de 2020, e dá outras providências. Publicado no Diário Oficial da União de 16.9.2020 – Edição extra.

BRASIL. Medida Provisória nº 1.006, de 1º.10.2020 Aumenta a margem de crédito consignado dos titulares de benefícios de aposentadoria e pensão do Regime Geral de Previdência Social durante o período da pandemia de covid-19. Publicada no Diário Oficial da União de 2.10 de 2020.

BRASIL. Decreto nº 10.517, de 13.10.2020 Prorroga os prazos para celebrar acordos de redução proporcional de jornada de trabalho e de salário e de suspensão temporária de contrato de trabalho e para efetuar o pagamento dos benefícios emergenciais de que trata a Lei nº 14.020, de 6 de julho de 2020. Publicado no Diário Oficial da União de 14.10 de 2020.

                     

(Fonte: bit.ly/3K4ndNa).

Resoluções do Conselho Nacional

BRASIL. Resolução nº 11, de 25.11.2020 Institui Grupo de Trabalho para a coordenação das medidas de proteção e a prestação de contas de benefícios, em resposta aos impactos relacionados ao coronavírus, no âmbito do Comitê de Crise da covid-19. Publicada no Diário Oficial da União de 26.11.2020.

BRASIL. Resolução nº 10 de 25 de novembro de 2020 Dispõe sobre a definição de responsabilidades entre o Ministério da Economia, o Ministério da Cidadania e o Ministério da Saúde em relação às demandas por proteção social no combate à covid-19. Publicada no Diário Oficial da União de 26.11.2020.

Comissão Intergestores Tripartite. Resolução N°7, de 17 de maio de 2013. Dispõe sobre parâmetros e critérios para transferências de recursos do cofinanciamento federal para a oferta do Serviço de Proteção em Situações de Calamidades Públicas e de Emergências no âmbito do Sistema Único de Assistência Social – SUAS e dá outras providências. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 31 mai. 2013, Seção 1, p.106.

Conselho Nacional de Assistência Social. Resolução N°12, de 11 de junho de 2013. Aprova os parâmetros e critérios para transferências de recursos do cofinanciamento federal para a oferta do Serviço de Proteção em Situações de Calamidades Públicas e de Emergências no âmbito do Sistema Único de Assistência Social – SUAS e dá outras providências. Disponível em http://blog.mds.gov.br/redesuas/resolucao-no-12-de-11-de-junho-de-2013/

Portarias, instruções operacionais e Notas Técnicas do Ministério da Cidadania

Ministério da Cidadania (BR). Instrução Operacional Nº 04/2020, de 30 de abril de 2020. Dispõe sobre procedimentos acerca do atendimento do Cadastro Único para Programas Sociais do Governo Federal – Cadastro Único, disposto pelo Decreto nº 6.135, de 26 de junho de 2007, em municípios e no Distrito Federal que estejam em estado de calamidade pública ou em situação de emergência reconhecidos pelos governos estadual, municipal, do Distrito Federal ou Federal, inclusive a Emergência de Saúde Pública de Importância Internacional declarada pela Organização Mundial da Saúde, em 30 de janeiro de 2020, em decorrência da Infecção Humana pelo novo coronavírus (COVID-19). Disponível em < http://www.mds.gov.br/webarquivos/legislacao/cadastro_unico/instrucoesoperacionais/2020/Instru%C3%A7%C3%A3o%20Operacional%20n%C2%BA%204_2020-SAGI_DECAUpdf.pdf>

Ministério da Cidadania (BR). Nota Técnica N° 11/2020, da Secretaria Nacional de Assistência Social. Orientações acerca do acolhimento de crianças e adolescentes no contexto de emergência em saúde pública decorrente do novo Coronavírus (COVID-19) e recomendações quanto a medidas e procedimentos relacionados. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 24 abr. 2020, Seção 1, p.145.

Ministério da Cidadania (BR). Nota Técnica N° 12/2020, da Secretaria Nacional de Assistência Social. Orientações acerca do acolhimento de pessoas idosas ou com deficiência no contexto de emergência em saúde pública decorrente do novo Coronavírus (Covid-19) e recomendações quanto a medidas e procedimentos relacionados. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 07 mai. 2020, Seção 1, p.167.

Ministério da Cidadania (BR). Nota Técnica N° 20/2020, da Secretaria Nacional de Assistência Social. Orientações gerais acerca da regulamentação, gestão e oferta de benefícios eventuais no contexto de enfrentamento aos impactos da pandemia da COVID-19, causada pelo novo coronavírus, no âmbito do Sistema Único de Assistência Social (SUAS). Diário Oficial da União, Brasília, DF, 16 abr. 2020, Seção 1, p.32.

Ministério da Cidadania (BR). Nota Técnica N° 26/2020, da Secretaria Nacional de Assistência Social. Recomendações gerais à gestão da rede socioassistencial do Sistema Único de Assistência Social, especialmente às organizações da sociedade civil, sobre a adaptação das ofertas socioassistenciais no contexto da pandemia do novo coronavírus – COVID-19. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 17 nov. 2020, Seção 1, p.18.

Ministério da Cidadania (BR). Nota Técnica N° 32/2020, da Secretaria Nacional de Assistência Social. Manifesta posicionamento da Secretaria Nacional de Assistência Social sobre as ofertas de benefícios eventuais no âmbito da Política de Assistência Social e sua interface com doações. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 10 nov. 2020, Seção 1, p.6.

Ministério da Cidadania (BR). Nota Técnica N°36/2020, da Secretaria Nacional de Assistência Social. Recomendações para o funcionamento da rede socioassistencial de Proteção Social Básica (PSB) e de Proteção Social Especial (PSE) de Média Complexidade do Sistema Único de Assistência Social (SUAS), de modo a assegurar a manutenção da oferta do atendimento à população nos diferentes cenários epidemiológicos da pandemia causada pelo novo Coronavírus – COVID-19. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 16 jul. 2020, Seção 1, p.12.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria N° 330, de 18 de março de 2020. Estabelece o adiamento dos procedimento em razão do não cumprimento do cronograma de inscrição no Cadastro Único para Programas Sociais do Governo federal para fortalecer o enfrentamento da Emergência em Saúde Pública de importância internacional decorrente do Coronavírus (COVD-19). Diário Oficial da União, Brasília, DF, 19 mar. 2020, Seção 1, p.13.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria Nº 335, de 20 de março de 2020. Estabelece medidas emergenciais na gestão do Programa Bolsa Família, criado pela Lei n° 10.836, de 9 de janeiro de 2004, e do Cadastro Único para Programas Sociais do Governo Federal, regulamentado pelo Decreto n° 6.135, de 26 de junho de 2007, em decorrência da Emergência em Saúde Pública de importância nacional. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 20 mar. 2020, Seção 1 – Extra, p.1.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria Nº 54, de 1º de abril de 2020. Aprova a Nota Técnica N°7/2020, com recomendações gerais aos gestores e trabalhadores do Sistema Único de Assistência Social (SUAS) dos Estados, Municípios e do Distrito Federal com o objetivo de garantir a continuidade da oferta de serviços e atividades essenciais da Assistência Social, com medidas e condições que garantam a segurança e a saúde dos usuários e profissionais do SUAS. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 02 abr. 2020, Seção 1, p.6.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria Conjunta N° 1, de 2 de abril de 2020. Dispõe acerca da utilização de recursos do cofinanciamento federal no atendimento às demandas emergenciais de enfrentamento ao Coronavírus (Covid-19) no âmbito do Sistema Único de Assistência Social. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 03 abr. 2020, Seção 1, p.25.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria Nº 58, de 15 de abril de 2020. Aprova a Nota Técnica Nº 20/2020, que traz orientações gerais acerca da regulamentação, gestão e oferta de benefícios eventuais no contexto de enfrentamento aos impactos da pandemia da Covid-19, causada pelo novo Coronavírus, no âmbito do Sistema Único de Assistência Social (SUAS). Diário Oficial da União, Brasília, DF, 16 abrl. 2020, Seção 1, p.32.

Ministério da Cidadania (BR). Recomendação Conjunta N° 1, de 16 de abril de 2020. Dispõe sobre cuidados a crianças e adolescentes com medida protetiva de acolhimento, no contexto de transmissão comunitária do novo Coronavírus (Covid-19) em todo o território nacional e dá outras providências. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 17 abr. 2020, Seção 1 – Extra, p.1.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria nº 59, de 22 de abril de 2020. Aprova orientações e recomendações gerais aos gestores e trabalhadores do Sistema Único de Assistência Social – SUAS dos estados, municípios e Distrito Federal quanto ao atendimento nos serviços de acolhimento de crianças e adolescentes no contexto de emergência em saúde pública decorrente do novo Coronavírus, COVID-19. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 24 abr. 2020, Seção 1, p.145.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria N° 366, de 22 de abril de 2020. Dispõe acerca de medidas para o enfrentamento da Emergência em Saúde Pública de Importância Nacional, em decorrência da infecção humana pelo novo Coronavírus (Covid-19) no âmbito do Programa Criança Feliz / Primeira Infância no SUAS. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 23 abr. 2020, Seção 1, p.16.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria N° 337, de 24 de março de 2020, Dispões acerca de medidas para o enfrentamento da emergência de saúde pública de importância internacional decorrente do coronavírus, COVID-19, no âmbito do Sistema Único de Assistência Social. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 25 mar. 2020, Seção 1, p.14.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria Nº 368, de 29 de abril de 2020. Dispõe acerca do atendimento do Cadastro Único para Programas Sociais do Governo Federal – Cadastro Único, disposto pelo Decreto n°6.135, de 26 de junho de 2007, no Distrito Federal e nos municípios que estejam em estado de calamidade pública ou em situação de emergência reconhecidos pelos governos estadual, municipal, do Distrito Federal ou Federal, inclusive a Emergência em Saúde Pública de importância internacional declarada pela Organização Mundiaç da Saúde, em 30 de janeiro de 2020, em decorrência da infecção humana pelo novo Coronavírus (Covid-19). Diário Oficial da União, Brasília, DF, 30 abr. 2020, Seção 1, p.17.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria Nº 369 de 29 de abril de 2020. Dispõe acerca do atendimento do Cadastro Único para Programas Sociais do Governo Federal – Cadastro Único, disposto pelo Decreto n°6.135, de 26 de junho de 2007, no Distrito Federal e nos municípios que estejam em estado de calamidade pública ou em situação de emergência reconhecidos pelos governos estadual, municipal, do Distrito Federal ou Federal, inclusive a Emergência em Saúde Pública de importância internacional declarada pela Organização Mundiaç da Saúde, em 30 de janeiro de 2020, em decorrência da infecção humana pelo novo Coronavírus (Covid-19). Diário Oficial da União, Brasília, DF, 30 abr. 2020, Seção 1, p.17.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria Nº 374, de 05 de maio de 2020. Altera a Portaria nº 369, de 29 de abril de 2020, que dispõe sobre repasse emergencial de recursos federais para a execução de ações socioassistenciais e estruturação da rede no âmbito dos estados, Distrito Federal e municípios devido à situação de Emergência em Saúde Pública de Importância Internacional decorrente do coronavírus, COVID-19. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 07 mai. 2020, Seção 1, p.166.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria N° 378, de 7 de maio de 2020. Dispõe sobre repasse extraordinário do financiamento federal do Sistema Único de Assistência Social para incremento temporário na execução de ações socioassistenciais nos estados, Distrito Federal e municípios devido à situação de emergência em saúde pública de importância internacional decorrente do coronavírus, Covid-19. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 08 mai. 2020, Seção 1, p.113.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria Nº 419, de 22 de junho de 2020. Dispõe acerca de excepcionalidades para a preservação das entidades de assistência social no âmbito da rede socioassistencial do Sistema Único de Assistência Social – SUAS face ao estado de emergência de saúde pública de importância nacional decorrente do coronavírus, Covid-19Diário Oficial da União, Brasília, DF, 23 jun. 2020, Seção 1, p.5.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria Nº 427, de 29 de junho de 2020. Posterga a retomada dos procedimentos de inscrição no Cadastro único para Programas Sociais do Governo Federal. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 30 abr. 2020, Seção 1, p.17.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria Nº 443, de 17 de julho de 2020. Prorroga a suspensão de procedimentos operacionais e de gestão do Programa Bolsa Família e do Cadastro Único para Programas Sociais do Governo Federal em decorrência da Emergência em Saúde Pública de Importância Nacional, assim como determina a retomada das atividades que indica. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 20 jul. 2020, Seção 1, p.3.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria Nº 467, de 13 de agosto de 2020. Altera os art. 2°, 3° e 5° da Portaria n° 378, de 7 de maio de 2020, que dispõe sobre repasse de recurso extraordinário do financiamento federal do Sistema Único de Assistência Social, para incremento temporário na execução de ações socioassistenciais nos estados, Distrito Federal e municípios, devido à situação de Emergência em Saúde Pública de Importância Internacional decorrente do Coronavírus, COVID-19. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 13 ago. 2020, Seção 1 – Extra, p.1.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria N° 65, de 6 de maio de 2020. Aprova orientações e recomendações gerais aos gestores e trabalhadores do SUAS dos estados, municípios e Distrito Federal quanto ao atendimento nos serviços de acolhimento de pessoas idosas ou com deficiência no contexto de emergência em saúde pública decorrente do novo Coronavírus, Covid-19. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 07 mai. 2020, Seção 1, p.167.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria nº 69, de 14 de maio de 2020. Aprova recomendações gerais para a garantia de proteção social à população em situação de rua, inclusive imigrantes, no contexto da pandemia do novo Coronavírus, Covid-19. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 18 mai. 2020, Seção 1, p.379.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria N° 86, de 1° de junho de 2020. Aprova recomendações gerais para o atendimento às mulheres em situação de violência doméstica e familiar na rede socioassistencial do Sistema Único de Assistência Social – SUAS no contexto da Pandemia do novo Coronavírus, Covid-19. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 02 jun. 2020, Seção 1, p.8.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria nº 413, de 15.6.2020 Dispor sobre o calendário de pagamentos e saques do auxílio emergencial instituído pela Lei nº 13.982, de 2 de abril de 2020. Publicada no Diário Oficial da União de 15.6.2020 – Edição extra.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria N° 100, de 14 de julho de 2020. Aprova as recomendações para o funcionamento da rede socioassistencial de Proteção Social Básica – PSB e de Proteção Social Especial – PSE de Média Complexidade do Sistema Único de Assistência Social – SUAS, de modo a assegurar a manutenção da oferta do atendimento à população nos diferentes cenários epidemiológicos da pandemia causada pelo novo Coronavírus – COVID-19. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 29 jul. 2020, Seção 1, p.1.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria nº 453, de 31.7.2020 Dispor sobre o calendário de pagamentos e saques do auxílio emergencial instituído pela Lei nº 13.982, de 2 de abril de 2020. Publicada no Diário Oficial da União de 3.8.2020

Ministério da Cidadania (BR). Portaria N° 145, de 9 de novembro de 2020. Aprova a Nota Técnica N° 16/2020, que esclarece aos gestores e trabalhadores do Sistema Único de Assistência Social (SUAS) dos Estados, dos Municípios e do Distrito Federal acerca da antecipação do pagamento aos requerentes do Benefício de Prestação Continuada (BPC), decorrente do contexto de enfrentamento à pandemia do novo coronavírus, como uma das medidas adotadas pelo Ministério da Cidadania para garantir a segurança de renda das famílias em condições de maior vulnerabilidade social, que pleitearam o benefício durante a suspensão do atendimento presencial nas agências do Instituto Nacional do Seguro Social (INSS). Diário Oficial da União, Brasília, DF, 10 nov. 2020, Seção 1, p.5.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria N° 146, de 9 de novembro de 2020. Aprova Nota Técnica que manifesta posicionamento da Secretaria Nacional de Assistência Social sobre as ofertas de benefícios eventuais no âmbito da Política de Assistência Social e sua interface com doações. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 10 nov. 2020, Seção 1, p.6.

Ministério da Cidadania (BR). Portaria N° 148, de 13 de novembro de 2020. Aprova recomendações gerais à gestão da rede socioassistencial do Sistema Único de Assistência Social, especialmente às organizações da sociedade civil, sobre a adaptação das ofertas socioassistenciais no contexto da pandemia do novo coronavírus – COVID-19. Diário Oficial da União, Brasília, DF, 17 nov. 2020, Seção 1, p.18.

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  1. Medida Provisória es algo así como un decreto del presidente que tiene fuerza de ley inmediata.
  2. Oliveira, Wallace. Belo Horizonte | Brasil de Fato MG | 20 de abril de 2021 a las 18:32, bit.ly/3cAjAlG en 7/02/2022.
  3. Consideramos un promedio del dólar en agosto de 2020 ($5.467).


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