El presente texto puede leerse como un trabajo de clarificación y análisis conceptual de ciertos términos técnicos empleados por Kant en la Crítica de la razón pura (en adelante, CRP), cuya distinción incide en la consideración de la función y naturaleza de un analogon de un esquema transcendental. Entiendo por analogon de un esquema transcendental un objeto supuesto necesariamente en una idea transcendental, y por cuyo medio las intuiciones sensibles pueden ser referidas, aunque sólo de manera indirecta, a un concepto enteramente heterogéneo con ellas. La tesis que presentaré se divide en cuatro secciones o capítulos interdependientes, ninguno de los cuales podría haberse redactado sin suponer el análisis del capítulo anterior. En el primero, intento precisar la distinción entre tres conceptos en mayor o menor medida identificados por los comentaristas: “objeto transcendental”, “cosa en sí” y “noúmeno”; en el segundo, en virtud de la distinción ofrecida en el capítulo precedente, profundizo el análisis del “noúmeno” en tanto concepto límite e indico su identificación con el concepto de ens rationis; en el tercer capítulo me ocupo del análisis de ciertos entia rationis particulares, las ideas transcendentales, que suponen, necesariamente, un objeto (después se verá que este objeto supuesto es el analogon de un esquema transcendental), el cual es una conditio para garantizar la unidad omnímoda del entendimiento; en el cuarto capítulo, finalmente, procuro ejemplificar qué debe ser considerado un analogon de un esquema transcendental en la idea psicológica y cómo funcionaría, procurando involucrar todos los conceptos analizados en dicha ejemplificación.
Conviene indicar el criterio metodológico empleado y luego proporcionar una exposición sinóptica de los temas tratados, a fin de explicitar el común hilo conductor del análisis y para que el recorrido transitado se revele en su máxima unidad. Los capítulos de este trabajo han sido redactados según el método prescrito por Kant a la indagación filosófica (cf. CRP A712/B741 – A727/B755; Ak. II, 271ss)[1], es decir, aislando aquellos conceptos oscuros y confusos, procurando precisarlos y valiéndome de la definición meramente nominal de tales conceptos, con el propósito de alcanzar una mayor distinción de los mismos.[2]
Que los tales conceptos son oscuros y confusos se constata en el hecho de que no sólo habitualmente se falla en diferenciarlos (criterio para la claridad), sino que aun asumiendo su identificación tampoco son claras las notas de este supuesto concepto de un objeto (criterio para la distinción) que ora se denominaría objeto transcendental, ora cosa en sí, ora noúmeno (cf. CRP B414-5, n.). Esta es la principal razón para emprender un análisis de tales conceptos, cuyos temas “son motivo de perplejidad para el lector desprevenido, y cuya conexión mutua no se advierte siempre fácilmente” (Caimi, 2007: XXII). Las definiciones nominales, cuando se tiene en vista el emplearlas para aportar una mayor distinción al concepto todavía indeterminado, son convenientes a la investigación y Kant las emplea con provecho en diversas instancias del proyecto crítico (cf., por ej., la definición nominal de la verdad en CRP A58/B82, o la definición nominal de lo sublime en CFJ §25, Ak V, 248-250). En el caso del presente trabajo, espero mostrar cómo el análisis de ciertas notas de dichas definiciones nominales allanará el camino para pronunciarnos sobre los límites de todo conocimiento posible del entendimiento y sobre uno de los aspectos de la peculiar función de las ideas transcendentales.
El capítulo primero (§1) aísla y contrasta los conceptos de “objeto transcendental”, “cosa en sí” y “noúmeno” valiéndose de la evidencia textual proporcionada por la literatura kantiana según un criterio jerárquico de valoración de los textos: en primer lugar, la evidencia textual de la segunda edición de la CRP, luego la de la primera edición, en tercer lugar, el resto del corpus crítico (principalmente Prolegómenos), finalmente, los textos pre-críticos y las lecciones. Este procedimiento de carácter metodológico tiene por objeto el alcanzar las definiciones nominales de tales conceptos, que bien distinguen notas diversas para cada concepto analizado:
- Objeto transcendental: concepto de un objeto determinable mediante la condición formal de nuestra sensibilidad, correlato lógico[3] de la unidad de la apercepción (y por ello mismo, referido tan sólo al fenómeno en general);
- Cosa en sí: concepto de un objeto determinado por una forma de intuición diferente de la sensible, correlato lógico de los fenómenos;
- Noúmeno: concepto no contradictorio de un objeto indeterminado y no determinable por la condición formal de nuestra sensibilidad y, por lo tanto, problemático.
Tales definiciones proporcionan un primer criterio para la diferenciación de los conceptos analizados. Este capítulo avanza, pues, en la clarificación del concepto, pero todavía resta profundizar el análisis en lo que respecta a su distinción.
El capítulo segundo (§2) comienza abordando el análisis de la noción de “concepto problemático” (una de las caracterizaciones del “noúmeno”), identificando al menos tres notas para dicha noción: (a) no entrañar contradicción; (b) estar interconectado con otros conocimientos (como un límite impuesto a otros conceptos dados); y (c) que su realidad objetiva no pueda ser conocida. Tales notas características se identifican en un todo con el concepto de ens rationis (esto, a su vez, es refrendado por la identificación de tal concepto con el de noúmeno en ocasión de la confección de la tabla de la nada, CRP A290-1/B347), aunque la noción de “concepto límite” asociada a la nota (b) presenta ciertas dificultades de interpretación, por lo que se reserva un apartado exegético que se propone clarificar el alcance de dicha noción a la luz de la distinción Grenze/Schranke desarrollada por Kant en A758/B786ss y Prol. §57 (Ak. IV, 352). Con posterioridad a dicha exégesis, se nos revela una doble función del noúmeno: 1. como concepto que impone limitaciones necesarias a la sensibilidad (restringe su alcance, impidiendo extender la intuición sensible a cosas en sí mismas), y 2. como límite que separa lo cognoscible (la experiencia posible) de lo incognoscible (la apariencia ilusoria transcendental). Esta doble función estará asociada, a su vez, a las dos posibles clases de entia rationis que caen bajo la noción de noúmeno: (1) los Gedankendinge y (2) los Vernunftwesen.
El capítulo tercero (§3), identifica una ulterior subdivisión del concepto de Vernunftwesen, distinguiendo entre dos clases de ideas: las ideas prácticas y las ideas transcendentales. Las ideas prácticas pueden ser dadas in concreto (aunque sólo defectuosamente y en parte), en cuanto suponen el concepto de una integridad absoluta, es decir, en tanto suponen una idea transcendental, que nunca puede ser dada in concreto, pero cuyo objeto debe suponerse necesariamente (aunque sólo de manera problemática) en aras de otorgar la máxima unidad a las acciones empíricas del entendimiento. Este objeto, cuya necesidad es meramente subjetiva, será denominado analogon de un esquema transcendental, en el sentido de una representación a la que no se le otorga objeto alguno, “y que sólo sirve para representarnos […], de manera indirecta, otros objetos en la unidad sistemática de ellos” (cf. A670/B698).
El capítulo cuarto (§4), finalmente, explica cuál sería la función del analagon de un esquema transcendental (comprendiendo el carácter conjetural de tal ejemplificación, dado que el concepto de analogon no es mencionado en el apartado reservado a los raciocinios dialécticos) en el contexto de las críticas a los paralogismos de la razón pura, mostrando de qué manera los conceptos analizados en los capítulos precedentes contribuyen a explicar de una manera satisfactoria esta función del analogon y su conexión con la inevitable subrepción transcendental que nos conmina a hipostasiar la unidad transcendental de la apercepción en un sujeto transcendental.
La interconexión y concatenación conceptual de los diversos capítulos de este trabajo puede ilustrarse, pues, según el siguiente esquema:
- Objeto transcendental
- Cosa en sí
- Noúmeno
- Concepto problemático
- Concepto límite
-
Ens rationis
- Ratiocinantis [Gedankendinge]
-
Ratiocinatae [Vernunftwesen]
- Ideas prácticas
- Ideas transcendentales → analogon de un esquema transcendental
Como corolario de la investigación propuesta sugiero, en una última sección dedicada a conclusiones generales, posibles derivaciones de los resultados alcanzados, que bien pueden traducirse en futuros ejes de investigación dependientes del análisis conceptual emprendido en este trabajo. Entiendo que la distinción conceptual sobre la que he trabajado reviste cierta dificultad y ha desconcertado a los comentaristas, por lo que no pretendo haber proporcionado una solución definitiva a la distinción de tales conceptos, ni que dicho trabajo esté libre de objeciones fundadas en el corpus crítico. Tal distinción conceptual, sin embargo, encuentra su fundamento en la principal hipótesis del presente trabajo: que el analogon de un esquema transcendental es el resultado de aplicar los conceptos puros del entendimiento (categorías) a las ideas transcendentales de la razón, es decir, ideas de un maximum de la división y de la reunión del conocimiento del entendimiento en un principio, no para determinar al objeto de la experiencia, sino para indicar “el procedimiento por el cual el uso empírico y determinado del entendimiento en la experiencia puede llegar a ser completamente concordante consigo mismo” (CRP A665/B693 – A666/B694).
Frente a una copiosa bibliografía (que mencionaré con cierto detalle en los capítulos que siguen) que sostiene la indistinción de los conceptos de “objeto transcendental”, “cosa en sí” y “noúmeno”, o de algunos de ellos, la aseveración de que el analogon es un producto de la aplicación de conceptos puros del entendimiento a un grupo restricto de conceptos puros de la razón, puede ser confundida con la afirmación de que Kant admite como legítimo un cierto tipo de subrepción transcendental (i.e., el empleo de los conceptos puros del entendimiento más allá del ámbito de la experiencia posible)[4]: aquella subrepción que tenga por único objeto la unidad omnímoda del entendimiento, sin pretender por ello conocer los presuntos objetos de una intuición suprasensible, postulados problemáticamente en aras de aquella unidad sistemática. Pues si, por ejemplo, se asumiera la identificación entre noúmeno y cosa en sí, es claro que la afirmación de que el analogon es producto de la aplicación de categorías a ideas transcendentales reñiría con la prescripción de que las categorías se refieran al exclusivo ámbito de la experiencia posible.
A mi entender, la sospecha que pueda suscitar esta hipótesis (que no es más que una paráfrasis de CRP A665/B693) se inscribe en la desconfianza general que ha despertado en diversos autores la inclusión de la lógica de la apariencia ilusoria transcendental en la CRP, desconfianza que, en ocasiones, se extiende incluso a los últimos capítulos de la Analítica Transcendental (distinción entre fenómenos y noúmenos y anfibología). A este respecto, Allison (2004: 314) ha señalado que “quizás ninguna otra doctrina en la Crítica [tanto como la Dialéctica Transcendental] se haya topado con una recepción tan uniformemente hostil”; comentarios autorizados abundan en reproches de yerros y vaguedad en la redacción de la Dialéctica (cf. por ej. Bennett, 1974: viii, “la Dialéctica está repleta de errores e imprecisiones”; Strawson, 1975: 140, “este armazón lógico [las formas fundamentales de la inferencia deductiva mediata], en su conexión con los temas de la Dialéctica y su elaboración bajo la guía de la división cuatripartita de las categorías, es en conjunto demasiado forzado y artificial como para ser tomado en serio”; etc.), cuando no omiten por completo un comentario sobre la Dialéctica (el caso por antonomasia lo constituye Paton, 1936, quien la excluye de su pormenorizado examen). En líneas generales, puede afirmarse que la desigual valoración de esta doctrina ha estado estrechamente asociada a la valoración, positiva o negativa, del “noúmeno” como concepto límite, caracterizado por Kant con cierta exhaustividad en el capítulo tercero de la Analítica de los Principios (“Del fundamento de la distinción de todos los objetos en general en phaenomena y noumena”).
En este sentido, considero que una correcta comprensión y exposición de la función del analogon de un esquema transcendental (y con ello, del tránsito de la Analítica Transcendental a la Dialéctica Transcendental) no puede prescindir de una explicación de porqué las ideas transcendentales son noúmenos en sentido negativo, y para ello se torna necesario, a su vez, evaluar si tales noúmenos se identifican o se distinguen del “objeto transcendental” y la “cosa en sí”. Este es el trabajo que me propongo llevar a cabo en los capítulos que siguen.
- La paginación corresponde a la Edición Académica de las obras kantianas publicada por la Real Academia Prusiana de las Ciencias (Berlín, 1903/1911, vols. I-IX). Citaré esta edición con la abreviatura Ak., seguida del número de tomo en números romanos, y del número de página en arábigos. En el caso de las citas correspondientes a la Crítica de la razón pura, seguiré la usanza habitual, indicando la primera y la segunda edición, respectivamente, con las abreviaturas A y B.↵
- Cf. Investigación sobre la distinción de los principios de la teología natural y de la moral (Ak II, 285): “La primera y principal regla es esta: que no se ha de comenzar por definiciones; debería buscarse meramente la definición nominal […]. Pero aun así, son pocos los casos en los que se puede establecer con confianza, desde el principio, el concepto distintamente determinado”. ↵
- La expresión “correlato lógico” traduce el término latino correlatum, empleado por Kant en diversos apartados de la CRP (en este trabajo consideraré, particularmente, las ocurrencias de correlatum en CRP A30/B45 y A250-1). Entiendo por correlato lógico la relación mutua que dos términos o conceptos guardan entre sí y por la cual adquieren sentido ambos términos, no pudiendo darse el uno sin el otro (por ej., los conceptos de “causa” y “efecto”, “padre” e “hijo”, etc.). Cf. las definiciones de “correlatum” en el léxico latino de Chauvin (1692: 154) y “Korrelate” en Eisler (1910: 664; 1922: 345).↵
- En un sentido general, subrepción consiste en introducir “lo subjetivo de nuestras representaciones en lo objetivo, a saber, en el conocimiento de aquello que está en el objeto” (CRP A791/B819), y en un sentido similar es descrita la subrepción en Dissertatio §24 (Ak. II, 411-12), como la falacia de confundir lo que es sensible con aquello que pertenece al entendimiento, distinguiendo una falacia lógica de subrepción (cuando el concepto sensible es considerado una nota derivada del entendimiento) y una falacia metafísica de subrepción (la confusión de lo que es sensible con aquello que pertenece al entendimiento). En CRP A643/B671, Kant afirma que “todos los errores de subrepción han de atribuirse siempre a un defecto de la facultad de juzgar, y nunca al entendimiento ni a la razón”. Es sin embargo inevitable que los principios regulativos de la razón sean representados como constitutivos y concebir la unidad del principio regulativo de manera hipostática (cf. CRP A619/B647). Esto es propiamente lo que se entiende por subrepción transcendental, el hipostasiar un principio de la unidad omnímoda del entendimiento, es decir, el suponer de manera absoluta (suppositio absoluta) lo que sólo es puesto con necesidad subjetiva (suppositio relativa). Lo que aquí vendría a confundirse es un principio inmanente del conocimiento (la aplicación de las categorías al exclusivo ámbito de la experiencia posible) con un principio transcendente que impulsaría el empleo de las categorías traspasando los límites de dicha experiencia, es decir, se confundiría la referencia exclusiva de los conceptos puros del entendimiento a la sensibilidad con la posibilidad de referir esos mismos conceptos a un orden de objetos no-sensibles. ↵