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1 Las demandas hacia instituciones públicas de cuidado para personas mayores desde la mirada de mujeres cuidadoras de dos generaciones en el Gran Buenos Aires

Estefanía Cirino, Liliana Findling, María Paula Lehner
y Laura Champalbert

Introducción

En Argentina los trabajos académicos que dan inicio a lo que luego se conocerá como sociología de la vejez tienen su inicio a fines de la década de 1970, etapa en la que el Censo Nacional de Población de 1970 marcó el comienzo en el país del envejecimiento de la población. En ese sentido Argentina actualmente es uno de los cuatro países más envejecidos de América Latina, junto con Cuba, Chile y Uruguay (Findling y López, 2015). El porcentaje de personas mayores de 60 años en 2010 ascendía al 14,3%. Las proyecciones del Fondo de Población de las Naciones Unidas indican que hacia 2050 el 25% de la población argentina tendrá 60 años o más (Amadasi y Tinoboras, 2016). En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en 2010, el porcentaje de personas de 60 años en adelante alcanzaba al 21,7%, convirtiéndose en la jurisdicción más envejecida del país, mientras que la provincia de Buenos Aires mostraba un 14,9% de personas de ese rango etario (López, Findling, Lehner y Mario, 2015).

Los cambios demográficos (menor número de miembros en las familias, alargamiento de la vida, ingreso y permanencia de las mujeres al mercado laboral) transformaron el modelo familiar tradicional modificando la distribución de los cuidados. Como consecuencia, cada vez son menos los miembros de las familias con disposición para el cuidado, a lo que se le suma el fenómeno conocido como “envejecimiento dentro del envejecimiento”, donde se observa a la tercera edad cuidando a la cuarta edad (Findling y López, 2015).

A raíz del aumento de las personas mayores se comienzan a implementar políticas estatales dirigidas a las personas mayores. Algunas estrategias se basan en respuestas con lógicas previsionales, mientras que otras buscan ocuparse de la atención o cuidado de esa población. Sin embargo, en Argentina, el servicio de cuidado no ocupa un lugar significativo en la agenda pública ya que se asocia al ámbito privado-doméstico y permanece ajeno a las discusiones políticas e institucionales.

Las sociedades latinoamericanas están atravesadas por una organización familista (Martín Palomo, 2009), en la que la familia aparece como un actor central para el cuidado. Se pueden considerar dos tipos de apoyos en los cuidados de adultos mayores: los institucionales ―que se relacionan con el proceso salud-enfermedad y que están a cargo de organizaciones tanto públicas como privadas―, y los apoyos informales a cargo de la familia ―especialmente de las mujeres.

El objetivo general de este trabajo es analizar el marco legal de los cuidados para personas mayores, así como las demandas hacia instituciones proveedoras desde la mirada de mujeres cuidadoras de dos generaciones que residents tanto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como en partidos del Conurbano Bonaerense).

Los resultados que se presentan forman parte de un proyecto UBACyT 2014/17[1] en el que se analizaron y compararon las prácticas de cuidado hacia niños, niñas y personas mayores a cargo de mujeres de dos generaciones. Se realizaron veinticinco entrevistas en profundidad a mujeres de niveles medios y medio-bajos nacidas entre 1940-1955 y 1970-85, residentes en el Gran Buenos Aires, que hayan tenido hijos y que trabajaran en la etapa del relevamiento o hayan participado en el mercado laboral.

El abordaje metodológico se basó en el relevamiento de: a) fuentes secundarias (rastreo de legislaciones de ministerios nacionales y locales de Desarrollo Social, Trabajo y Salud) y, b) fuentes primarias a partir de un diseño exploratorio y cualitativo con base en una muestra no probabilística, intencional, por cuotas según edad y nivel socioeconómico.

La muestra estuvo compuesta por once mujeres de la primera generación (1940-1955), con un promedio de edad de 64 años, y por catorce mujeres de la generación más joven (1970-1985), con un promedio de edad de 38 años. Según su nivel socioeconómico catorce mujeres pertenecían a niveles medios y once a estratos medio-bajos. El rasgo común fue que todas habían ingresado al mercado laboral antes del nacimiento de sus hijos y/o hijas. En algunos casos, quienes se dedicaron a su cuidado a tiempo completo, abandonaron el mercado formal pero se reinsertaron en él cuando los hijos y las hijas dejaron de depender de ellas. Esta pausa en la trayectoria laboral fue más frecuente entre las mujeres de la primera generación, aunque las de estratos medio-bajos tanto como las que se convirtieron en jefas de hogar ―por separación o divorcio de sus parejas―, han permanecido en sus ocupaciones. Entre las mujeres de la segunda generación, las interrupciones en sus recorridos laborales no han sido tan habituales ya que, transcurridas las licencias por maternidad ―en algunos casos, extendidas a un año―, regresaban a sus empleos.

El trabajo de campo se desarrolló entre septiembre de 2015 y octubre de 2016. Las entrevistas fueron realizadas con el consentimiento de las mujeres. El material registrado se desgrabó para luego codificarlo mediante el uso del programa Atlas Ti. Se interpretaron los principales contenidos temáticos en función del sentido que las mujeres otorgan a sus acciones (De Souza Minayo, 2003). En la redacción se optó por recuperar verbatims de las entrevistas para ilustrar los temas que se analizan. Para preservar el anonimato los nombres de las entrevistadas han sido cambiados.

¿Cuáles son las demandas de las mujeres a las instituciones que brindan cuidados? ¿Qué rol asume el Estado ante los requerimientos de cuidados? ¿Cómo opera el marco legal que ampara derechos? Estos son algunos de los interrogantes que se pretende analizar en el presente trabajo.

El presente artículo consta de esta introducción, una segunda parte en la que se delinean algunos ejes conceptuales, en la tercera sección se analiza el marco legislativo existente para el cuidado de personas mayores, en la cuarta parte se describen las principales opiniones de las mujeres cuidadoras de ambas generaciones y, a modo de conclusión, se esbozan consideraciones finales.

Principales ejes conceptuales

La vejez no es definida como única, sino que existen vejeces múltiples, atravesadas por diversas carreras personales, es decir, diferentes formas de envejecer. A su vez, se establece una diferencia entre las concepciones de vejez individual y vejez social (Bazo Royo, 2002).

“Nunca antes habíamos vivido tanto”, resumiría un hipotético cronista del siglo XX. Pero la extensión biológica en años ¿cómo se vive personal y colectivamente? El envejecimiento, en tanto proceso histórico-social, es dinámico, extremadamente heterogéneo y particularmente contextualizado (Tamer, 2008). Y el concepto de longevidad contribuye a resignificar el envejecimiento como parte de una transformación evolutiva, porque no todos, ni en todo el mundo, envejecemos igual ni en las mismas condiciones.

El cuidado es considerado como el conjunto de las actividades, remuneradas o no remuneradas, orientadas a generar un bienestar en las personas. Es de carácter multidimensional porque incorpora lo material ―relacionado con la oferta y consumo de servicios al interior del hogar―, lo moral ―deber, responsabilidad, socialización de los hijos e hijas, entre otros― y lo afectivo ―dimensión emocional―, en individuos con algún grado de dependencia o que están en riesgo de perder su autonomía temporal o permanentemente (Marco y Rico, 2013).

El concepto de solidaridad familiar se construye en base a sentimientos y obligaciones, derechos y deberes, a coacciones formales e informales que se concretan en el intercambio recíproco de servicios, bienes y conflictos (Gomila, 2011) y está muy ligado a los recursos simbólicos presentes en los procesos de ayuda mutua. Las relaciones intergeneracionales se refieren a los vínculos entre padres e hijos y a las formas en que pueden presentarse en los diferentes momentos del ciclo familiar (Roussel, 1995). Se trata de una reciprocidad a largo plazo que se va construyendo en el curso de los ciclos vitales (Martins, 2006; Lacerda, Pinheiro y Guizardi, 2006). La idea de negociaciónn, así como la de reciprocidad, define los elementos sobre los que se construyen las responsabilidades familiares, estas “normas de juego” son las que determinan, en gran medida, las actitudes de la asistencia a los demás, que se van modificando de una época a otra en las sucesivas generaciones (Gomila, 2011). Esta pertenencia común crea deberes de reciprocidad no solo en caso de necesidad, sino también para mantener el bienestar (Pitrou, 1992).

Y teniendo en cuenta las políticas de ciudado, ¿qué es una política estatal? Por política estatal nos referimos a un conjunto de acciones y de omisiones destinada a obtener determinados fines; es la expresión de intereses generales y puede ser entendida como condensación de los procesos de hegemonización político-cultural que caracterizan un ciclo histórico en una sociedad determinada (Grassi, 2003; Oszlak y O’Donnell, 1995).

Aguilar Villanueva (1992) define a la política estatal como una “arena política”, en la que luchan y consensúan las fuerzas políticas, y tienden a reparar la “letra muerta” de los Estados, es decir las legislaciones, los marcos normativos y los programas. El concepto “política” posee diferentes acepciones: puede designar el conjunto de normas que existen para una determinada problemática como el conjunto de programas de acción que tiene el gobierno en un determinado campo.

El ámbito de las políticas públicas está determinado por la división social liberal entre el espacio de lo público y lo privado o doméstico. Mientras que el primero tiene su correlato en la agenda estatal y delimita los espacios de inclusión y exclusión de las decisiones políticas, el espacio privado implica cuestiones individuales y naturales (Pecheny y Manzelli, 2018). En el espacio de lo público se discuten los problemas que van a ser incorporados a la agenda estatal y a la agenda política. Son cuestiones a tener en cuenta por los decisores de las políticas públicas. Las modalidades de una política pública sobre determinado problema de salud muestra en qué medida y de qué manera el Estado se hace cargo de dicho problema, así como también del reconocimiento de aquellos real o potencialmente afectados (Pecheny y Manzelli, 2018).

Las capacidades institucionales del Estado son vitales para la construcción y reproducción de una trama institucional, conformada por actores con capacidad para establecer reglas de juego en la confrontación y el armado de acuerdos de quienes intervienen en el desarrollo de los problemas sociales que ingresan en la agenda pública y política. La incoherencia, la incapacidad para imponer sanciones o la falta de legitimidad por parte de actores con capacidad de veto, implicarían déficits de las instituciones estatales (Belmartino, 2009).

Pese a que las políticas públicas destinadas al cuidado de personas mayores no acompañan de manera integral el incremento de demandas generado por el envejecimiento de la población, en los últimos años se produjeron ciertos avances, sobre todo a nivel nacional en la formación de cuidadores ―con el Programa de Cuidadores Domiciliarios― y en la creación de programas destinados a los adultos autoválidos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pese a que aún presentan serios problemas de coordinación inter e intra-institucional.

Otro concepto a tener en cuenta en relación a los cuidados, es el de los itinerarios terapéuticos, que también puede asimilarse al de trayectorias y procesos terapéuticos, teniendo en cuenta los caminos recorridos o búsqueda de cuidados en salud. Algunos estudios se sitúan en una perspectiva individual de elección de trayectorias, otros privilegian el medio cultural. Además de profundizar en orientaciones individuales, se hace necesario problematizar el rol de las instituciones formales de salud y de previsión social al que las personas acuden en búsqueda de cuidados. En ese sentido, un itinerario terapéutico es una práctica evaluativa en salud que privilegia la experiencia de búsqueda de cuidados de usuarios y sus familias desde su perspectiva y su propia experiencia (Bellato, Santos de Araujo y Castro, 2011; Leite y Vasconcellos, 2006). 

El marco legislativo que regula el cuidado de personas mayores

El análisis de la legislación vigente ayuda a comprender la visión del Estado y los derechos de la ciudadanía que se ponen en juego para delinear un perfil de la sociedad, de la familia y de las relaciones sociales de género (Faur, 2014). El objetivo es describir los lineamientos legales sobre las personas mayores a nivel internacional y nacional.

La idea de una vejez homogénea ha sido desechada como parte de los mitos y de una construcción social negativa de esta etapa de la vida (Cabré, 1993; Rodríguez Daza, 2011). Por ello es necesario revisar cómo se encara socialmente la vejez a través de los lineamientos legales que, en última instancia, revelan la percepción contemporánea. Apenas despuntado el siglo XXI, según el informe de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, coordinada por la Organización de las Naciones Unidas en 2002, los organismos internacionales reconocieron la capacidad de las personas de edad para hacer aportes al conjunto social, otorgando un marco para que cada país lo considere a la hora de modernizar sus legislaciones e inspirar políticas concretas.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) elaboró en 2015 el Informe Mundial sobre el Envejecimiento y la Salud, que trata sobre la prestación de servicios integrales para personas mayores y las políticas que les permitan vivir en mejores condiciones, así como las formas de corregir los problemas relacionados con los sistemas de atención actuales. Además, expone un cambio de perspectiva sobre la salud y el envejecimiento. Por ejemplo, el Informe se fundamenta en nuevas premisas basadas en la diversidad, en la no tipicidad y en que el gasto en la población de edad es una inversión y no un costo (Amadasi y Tinoboras, 2016).

Paralelamente, en 2015 se aprobó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que fue aceptada por Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica y Uruguay. Argentina ratificó en 2016 su adhesión en un proyecto de ley. En el enunciado se obliga a los Estados miembros a promover y proteger la inclusión, integración y participación en la sociedad de los adultos de 60 años o más y a reconocer sus derechos. En ese sentido, la Convención exige a los Estados la adopción y el fortalecimiento de medidas legislativas, administrativas o judiciales que garanticen a las personas mayores un trato diferenciado y preferencial en todos los ámbitos, puntualizando, de manera destacada, que no habrá exclusiones de ninguna naturaleza. La enumeración de derechos protegidos es exhaustiva y cada uno de ellos es tratado en un artículo diferente. El respeto a la dignidad del ser humano, que supone evitar los maltratos, incluye también eliminar el abandono y la desatención integral de sus necesidades (Amadasi y Tinoboras, 2016; Pautassi, 2015).

En la Constitución Argentina se incluye, en el inciso 23 del artículo 75, el impulso a través del Congreso de:

legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los ancianos.

El Ministerio de Salud de la Nación creó, en 2007, el Programa Nacional de Envejecimiento Activo y Salud, que depende de la Dirección de Promoción de la Salud y Control de Enfermedades No transmisibles. Su objetivo general es fortalecer la accesibilidad al sistema de salud y mejorar la calidad de vida de los adultos mayores. El Programa se basa en el enfoque de envejecimiento activo, con un modelo de salud integral para adultos mayores. Busca favorecer el desarrollo de la promoción y la atención primaria de la salud para adultos mayores en el sistema sanitario. Los objetivos específicos se basan en: a) impulsar acciones para el mejoramiento de la promoción de la salud, la prevención de enfermedades y la atención integral de los adultos mayores; b) promover el acceso a los programas de prevención y los servicios de atención y rehabilitación; c) promover la capacitación de recursos humanos en salud en temas de envejecimiento, gerontología y geriatría; d) impulsar acciones de información y comunicación con a fin de instalar el tema en la agenda pública y concientizar a la población en general y e) promover estudios, investigaciones y acciones para el avance de las estrategias de promoción de la salud, de prevención de enfermedades y de atención integral de los adultos mayores (ProNEAS, Ministerio de Salud de la Nación, 2016).

Asimismo, en el año 2002 se creó el Consejo Federal de Adultos Mayores por decreto presidencial Nº 457/97, que entró en vigencia en 2003. Las acciones que desarrolla incluyen promoción del diseño de políticas públicas y participación en la identificación de las necesidades específicas en la vejez. A partir de ello, el Consejo se propone crear delegaciones provinciales que trabajen en conjunto con el Federal y con las organizaciones sociales para personas mayores a nivel regional y provincial.

En relación a las políticas de protección, inclusión y derechos, la Secretaría de Integración Social para las Personas Mayores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires impulsó en la Legislatura porteña la ley N° 5420, sancionada en diciembre de 2015, con el objetivo de promover la concientización sobre el maltrato y abuso hacia adultos mayores.

Los objetivos pretenden: a) prevenir las conductas de abuso o maltrato mediante la concientización de la comunidad, el empoderamiento de los adultos mayores, el fortalecimiento de las redes existentes y la generación de nuevos lazos sociales; b) remover prejuicios y estereotipos negativos; c) promover actividades intergeneracionales; d) evitar el aislamiento; e) brindar protección integral, desde una perspectiva interdisciplinaria, a los adultos mayores que hayan sido víctimas de cualquier tipo de abuso o maltrato o se encuentren en extrema vulnerabilidad, garantizando su asistencia física, psicológica, económica y social; f) evitar la revictimización de los adultos mayores, eliminando la superposición de intervenciones y agilizando los trámites necesarios para garantizarles acceso a la justicia y g) minimizar los daños ocasionados como consecuencia del abuso, maltrato o abandono. La autoridad de aplicación es el Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la Subsecretaría de Tercera Edad o el organismo que en un futuro lo reemplace, quien será la encargada del diseño de las políticas públicas para efectivizar las disposiciones de la presente Ley y de coordinar las acciones con los restantes organismos involucrados en la temática.

Por otra parte, el área de Protección de los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores, que depende de la Secretaría de Derechos Humanos, realiza actividades de difusión y capacitación con el objetivo de sensibilizar a los diferentes actores sociales acerca de la existencia y exigibilidad de los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores. A su vez, presta asistencia técnica, fortalecimiento institucional y formación específica a los organismos y agencias del Poder Ejecutivo Nacional, a los municipios y provincias que así lo requieran y evacúa consultas de las personas mayores o de sus familiares para restablecer los derechos y permitir una mejor calidad de vida de las Personas Adultas Mayores, frente a violaciones, desconocimientos, restricciones o menoscabo de los mismos. Asimismo promueve el respeto de las personas mayores, el paradigma de la protección familiar, el buen vivir, la autonomía de la voluntad y la calidad de vida de este grupo etario, evitando la institucionalización y promoviendo alternativas a las situaciones de encierro.

En promedio, la Secretaría de Integración Social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuantifica una muerte por mes como causa del maltrato en general, robo, violencia intrafamiliar o del cuidador domiciliario, así como mil denuncias de maltrato por año. Para la resolución de este problema se cuenta con un equipo de seguimiento de las denuncias y se ofrece un refugio a las personas con riesgo de vida.

En esta misma jurisdicción, y en relación a los establecimientos residenciales para personas mayores, en 2001 se reglamentó la Ley Nº 661, “Marco regulatorio para el funcionamiento de los establecimientos residenciales de la Ciudad de Buenos Aires”, a fin de legislar la actividad de los establecimientos residenciales y otros servicios de atención gerontológica que brindan prestaciones en los términos del artículo 41º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La ley propone la creación de un registro único y obligatorio de establecimientos residenciales para adultos mayores de la ciudad, detallando características estructurales y profesionales necesarias para su habilitación, reconociendo la figura del asistente gerontológico para el cuidado. Los establecimientos se clasifican en residencias de personas con autonomía psicofísica acorde a su edad ―destinadas a alojamiento, alimentación y actividades de prevención y recreación―; hogar de día para personas con características similares a la anterior pero con una franja horaria predefinida de estadía; residencias con cuidados especiales por invalidez; residencias y hogares de día para trastornos de conducta o padecimientos mentales. Asimismo, la Ley reconoce derechos a las personas que viven en estas residencias, entre ellos “entrar y salir libremente, respetando las normas de convivencia del establecimiento” (Ley Nº 661, capítulo I, artículo 1º). La Legislatura porteña aprobó en 2016 un proyecto de ley denominado “Ley de Geriatría”, que propone reemplazar la ley N° 661 en la regulación de los establecimientos geriátricos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y regularizar otras situaciones, como la de los cuidadores domiciliarios y su marco laboral.

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuenta con seiscientos geriátricos privados registrados en la Unidad de Gestión de Control y Registro de Establecimientos Residenciales (UGCoR) y otros servicios de atención gerontológica para personas mayores, que ofrecen diferentes niveles de prestación.

Desde 1989 cuenta con treinta centros de día que funcionan de lunes a viernes en el horario de 9 a 16 horas. Algunos centros funcionan en dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mientras que otros lo hacen en centros de jubilados, mediante convenios por los que reciben una compensación económica por el uso de las instalaciones. Se ofrecen talleres para el desarrollo físico, cognitivo y creativo y un servicio de almuerzo. La admisión se realiza a través de una entrevista con el adulto mayor o con un familiar, amigo o vecino. Para el ingreso se requiere ser residente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tener 60 años o más y ser autoválido, aunque también se aceptan personas que presenten las primeras etapas de un padecimiento crónico-degenerativo.

A modo de síntesis y rastreando el espíritu de las leyes que protegen a las personas mayores, tanto a nivel nacional como internacional, habría que preguntarse si las normas establecidas se incorporarán efectivamente como parte del derecho vigente en nuestro país y si contribuyen al diseño e implementación de políticas públicas de promoción de los derechos de las personas mayores.

Las demandas de las mujeres hacia las instituciones para el cuidado de personas mayores

¿Qué esperan o requieren del Estado?

Tal como se ha planteado en la introducción, este artículo se centra en analizar los resultados del discurso de las entrevistadas sobre el rol del Estado en el cuidado destinado a personas mayores y cuáles serían sus demandas para mejorar la oferta de servicios.

La mayoría de las entrevistadas de ambas generaciones, independientemente del estrato socioeconómico en el que se ubiquen, tiene conciencia de que al Estado le incumbe brindar asistencia y cuidado a las personas mayores y a sus familias. Ese conocimiento de los derechos del ciudadano en la etapa de su ancianidad se manifiesta en las palabras de dos entrevistadas de sectores medios: Marita (61 años) considera que “el Estado debería hacerse cargo cuando no hay hijos o cuando no se hacen cargo”, y Anabella (31 años) expresa que “siempre el Estado puede hacer algo, es como que naturalizamos que el cuidado de adultos y ancianos es un problema de la familia”. En el marco legal vigente, los derechos están fuera de discusión y es un principio que subyace en las respuestas de las entrevistadas.

La indagación sobre el aporte del Estado a la problemática del cuidado se convierte en una evaluación acerca de la asistencia que se brinda efectivamente, la que debería proporcionar según el sistema de seguridad social vigente y lo lejos que está, o no, de satisfacer una demanda que se intensifica con el envejecimiento demográfico.

Las mujeres de más edad, y de estratos socioeconómicos medio-bajos, valorizan la presencia del Estado y aprecian una mejora progresiva de sus acciones a través del tiempo, recordando una época en la que los derechos de los ancianos estaban casi ausentes. Así, Susana (77 años), habla de su experiencia y la compara con las escasas oportunidades que tuvieron sus padres: “Pero yo creo que hay parte del Estado que se ocupa, fijate que en la época de mi mamá no se conocían los centros de jubilados, los geriátricos no existían porque todos los viejos se morían en su casa, no se si estoy equivocada pero pienso que el Estado hizo algo, nunca es bastante, siempre uno necesita tener alguien que se ocupe si no tiene hijos, siempre hay alguna mano solidaria”.

En el mismo sentido de valoración positiva, pero poniendo el acento en lo que hoy en día sucede en las instituciones públicas, Aurora (62 años) responde: “yo de momento no se qué más se podría hacer, porque ya están los hogares de PAMI… que haya más controles, que se ocupen de ver que funcione bien. Que los viejitos no estén ahí sucios, pienso que el Estado, como dicen las leyes, está, pero si no se cumple es lo mismo que nada. El control tendría que ser para que haya más cuidados, y no solo con los viejitos, en los hospitales, en todos lados”.

Otras mujeres, como Lucía (60 años), apuntan a las falencias en la formación del personal en las residencias: “El personal es de muy baja calidad, lamentablemente no están preparados para cuidar, no saben cómo manejar a una persona mayor, tampoco se dedican a instruir a las personas que trabajan con ellos. El Estado podría hacerlo e intervenir, acá no existen esas cosas y, si hay, es todo particular, privado y cuesta una fortuna”.

Las mujeres de estratos medios, a diferencia de sus congéneres de estratos más bajos, reprueban y señalan las carencias que observan en las acciones del Estado hacia el cuidado de los mayores. Marita (61 años) piensa “que el anciano está un poco olvidado y el Estado debería retribuir de alguna manera, empezando por las jubilaciones, que son bajísimas”; Nina (71 años) propone: “más geriátricos o centros de día”. El tema de la supervisión de las residencias por parte del Estado también es exigida por Gladys (60 años): “y, habría que mejorar muchísimo el control de los geriátricos porque, sacando los que cobran fortunas, los tratan muy mal, los cuidan mal, sería ideal que estuvieran con la familia y para eso también habría que pagarlo si la familia no tiene recursos”.

La generación más joven de mujeres, si bien abunda en frases del estilo “no lo había pensado”, se permite comparar los cambios experimentados por las familias en cuanto a espacio y recursos para atender a sus mayores producidos en las últimas décadas. Así, Melina (39 años) argumenta que “en otra época los abuelos estaban en las casas porque había posibilidad, y esto tiene que ver con un cambio de paradigma. Ahora el lugar clásico es el geriátrico, pero me parece que hay que mejorar el sistema del PAMI que es medio terrible, y que haya lugares municipales como clubes, lugares de reunión, mientras las personas están bien todavía”.

Las entrevistadas de estratos medios dejan al descubierto la incoherencia entre un Estado que se define como responsable del cuidado de las personas mayores, amparando sus derechos, y una realidad que desnuda la falta de cumplimiento, parcial o total, de tal responsabilidad. Los testimonios de estas entrevistadas así lo expresan: “el Estado tiene un mecanismo que sostiene desde la legalidad, pero tenés que ser Mandrake para leer la letra chica. El PAMI te tiene que cuidar pero si vos no tenés el conocimiento, el PAMI posterga. El Estado debería mejorar eso, porque intentan hacerse cargo lo menos posible, hay algo de la vulnerabilidad de las personas y es más fácil ningunearlos y privarlos de sus derechos; y las prepagas son tremendas también, es muy complicado revertir eso en Argentina” (Malena, 44 años). Y Camila (38 años) indica: “PAMI es un desastre, muy mala atención, pocos recursos, pocas posibilidades de elección. Esto me obliga a quejarme por la atención a mi mamá, ir y venir y enojarme continuamente”.

Varias entrevistadas alertan sobre ciertos servicios de atención que se demoran o no se brindan: “…en PAMI un familiar tiene turno desde hace un año para ver si le dan un geriátrico” (Marina, 42 años); impedimentos y dificultades que no son exclusivas del ámbito público, como señala Anabella (31 años): “Yo tuve a mi hermano en internación psicológica y nos pusieron trabas para darnos un acompañante terapéutico, pagás una obra social que sale una fortuna”.

Sobre los cuidados y la institucionalización

Si bien existen ciertas tensiones entre las necesidades de cuidado y la efectiva provisión que ofrece el sistema, es interesante remarcar en el discurso de algunas entrevistadas una adecuada adquisición de saberes en los arduos itinerarios recorridos para mejorar la calidad de atención de sus familiares y, también, puede vislumbrarse una idea subyacente relativa a la noción que el cuidado remite al ejercicio de derechos (Pautassi, 2007).

El geriátrico es visto por la generación más joven como un lugar de cuidado del anciano que se beneficia con el contacto cotidiano de sus pares, manteniendo los lazos con su familia que lo acompaña y supervisa. No lo consideran “depósito de personas” como en otra época; por ejemplo, Pamela (33 años, de nivel medio bajo) considera que las personas mayores “deben ser cuidadas en una institución, siempre acompañados por la familia, con alguien especializado, que sepa”.

Esta línea de pensamiento es similar entre las entrevistadas de sectores medios y medio bajos que reclaman más geriátricos accesibles y de calidad. En ese sentido, Sara de 30 años y nivel socioeconómico medio bajo, manifiesta: “algo de ayuda estaría bueno, un lugar para los mayores porque en todos lados tenés que pagar y en los hospitales tratan de sacarlos para vaciar rápido las camas”, mientras que Marina (42 años) sugiere: “hay tantos abuelos que tienen saberes que podrían compartir con los niños, pero es difícil articular que abuelos y niños estén en el mismo espacio; el Estado tendría que lograr que los abuelos jubilados podrían ser cuidadores”.

Las respuestas de las mujeres entrevistadas dan cuenta de la fragmentación, de la heterogeneidad en el acceso y de la fragilidad del sistema de cuidados y de previsión social. A través de su discurso se despliegan las intrincadas trayectorias terapéuticas que deben recorrer a fin de obtener una adecuada atención para de sus familiares dependientes.

Consideraciones finales

En el marco legal vigente, los derechos están fuera de discusión y subyacen en las respuestas de las entrevistadas cuando se refieren a personas mayores.

El Estado, a través de sus políticas sociales, tiene un rol fundamental en los procesos de reproducción social. Las políticas sociales deberían reflejar el reconocimiento de las necesidades de su población y ocuparse de la capacidad de protección de todos los ciudadanos. Sin embargo, estos procesos no contemplan los derechos de la ciudadanía relacionados con los cuidados de las familias que cada vez se ven más presionadas debido a la ausencia progresiva del Estado como proveedor de los mecanismos de bienestar.

El énfasis puesto en la solidaridad intergeneracional para el cuidado en las familias se debe a la escasez de políticas universalistas en los países con alicaídos Estados de Bienestar que atraviesan profundas crisis socio-económicas.

Las críticas sobre el rol del Estado en cuanto a la problemática del cuidado que hacen las mujeres refiere al fragmentado sistema de seguridad social que imposibilita satisfacer una creciente demanda ante el envejecimiento demográfico.

Aparecen entonces peticiones concretas: las mujeres de la primera generación, nacidas entre 1945-1960, piden supervisión e involucramiento efectivo para las instituciones que ya brindan asistencia, que haya más controles, que se ocupen del adecuado funcionamiento y alertan sobre la escasa capacitación del personal profesional y asistentes. Desearían mayor cantidad de geriátricos y centros de día así como haberes jubilatorios más dignos.

La mayoría de las entrevistadas, sean de la primera o de la segunda generación, y sin que las diferencie el nivel socioeconómico, tienen conciencia de que el Estado debe brindar asistencia y cuidado a las personas mayores y a sus familias. No dudan en afirmar que el Estado debe hacerse cargo de los que están solos y/o de los que carecen de recursos, y saben que las leyes están y, por lo tanto, el Estado debe ejecutarlas.

Las más jóvenes, nacidas entre 1970 y 1985, formulan cuestionamientos sobre el funcionamiento actual de las instituciones estatales y de cuidado en general, incluyendo a las privadas. Observan con desazón que los mayores están abandonados y desprotegidos y, si los hijos no los acompañan, sufren desamparo ante una burocracia indiferente o quedan librados a la mala atención.

Por otra parte, las mujeres jóvenes advierten sobre los cambios sociales producidos en las últimas décadas, tanto en la estructura familiar como en las condiciones habitacionales, como resultado de un nuevo contexto demográfico y socioeconómico en el que no existen familias extensas para albergarlos, ni posibilidades de que los hijos y las hijas en edad productiva se dediquen solo al cuidado.

Algunas mujeres profundizan y fundamentan la necesidad y el mutuo beneficio de tratar en conjunto la problemática de la niñez y la vejez porque el Estado no está cubriendo ese lugar de nido, de ayuda. Todas las entrevistadas comparten la idea, el sentimiento y el valor moral de que el cuidado de los adultos mayores es un compromiso entre familia y Estado y no se desligan de la responsabilidad de hacerlo.

Si bien el cuidado sigue pensándose en un espacio familiar, privado e íntimo, se detecta un cambio en la opinión de las mujeres cuidadoras que se relaciona con el Estado como un actor que debería estar más activo. No solo se reclaman haberes previsionales más dignos, sino que se incorpora la calidad de la atención en las instituciones, si bien es remarcable la modificación de la función de los geriátricos y la incorporación de los centros de día y asociaciones de jubilados como espacios de cuidado y socialización. En este sentido, entendemos que la coyuntura actual, con un mayor envejecimiento, movilizaría un cambio de postura en las diferentes generaciones, aunque podemos seguir observando la influencia de los determinantes culturales en los relatos de las entrevistadas: las de la primera generación insisten en el control, mientras que las más jóvenes realizan una crítica más fuerte en el funcionamiento de las instituciones.

Las diferencias generacionales ejercen una gran influencia sobre los intercambios afectivos e instrumentales de las redes sociales. Cuando las personas mayores generan dependencia, es normal que sean sus hijos los que suministran ayuda, principalmente hijas y nueras. Sin embargo, las más jóvenes saben o anticipan que ya no podrán cumplir adecuadamente con el mandato de cuidado porque las condiciones socioeconómicas han cambiado radicalmente y su situación en particular es doblemente exigida: ¿cómo cuidar cuando se tienen hijos pequeños y padres enfermos mientras se sostienen las tareas del hogar y se responde a los requerimientos del trabajo remunerado?

Las mujeres reclaman del Estado que asuma su parte, que no ponga trabas ni postergue lo que la ley reglamenta, que controle la gestión, que no abuse de la falta de conocimiento del adulto mayor o de la familia en situación de vulnerabilidad, que provea geriátricos con personal capacitado y que se comprometa, como ellas, a velar por los derechos de los ancianos.

De todas maneras los resultados parecen indicar que a pesar de las transformaciones a nivel socio económico, demográfico y cultural ocurridas en la vida de las mujeres de ambas generaciones, lo que persiste es la responsabilidad femenina sobre el cuidado de personas mayores. Sigue imperando la dicotomía que separa el espacio público del privado en el que las mujeres siguen siendo las responsables del cuidado en la familia, ámbito en el que el Estado no tiene demasiada incumbencia.

Si el Estado es el organizador del bienestar y de las condiciones de vida, debería existir un reconocimiento de las necesidades de las personas mayores a nivel de la legislación que involucre también a las familias y a las mujeres cuidadoras, ya que constituyen un vértice afectado por la problemática del cuidado. Sin embargo no se detecta la capacidad estatal de brindar protección a través de la implementación de programas de apoyo y de control de las instituciones que albergan a personas mayores.

Las acciones dirigidas a las personas mayores no se planifican a nivel integral y están sumamente fragmentadas. Y aquellos programas que se basan en la lógica del envejecimiento activo invisibilizan la existencia de una población que, teniendo algún grado de dependencia, no puede participar de ciertos beneficios ―como por ejemplo la mayoría de los programas encarados por la Secretaría de la Tercera Edad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires― porque el acceso está limitado para personas autoválidas.

El análisis de la letra muerta de las legislaciones y marcos normativos para personas mayores muestra una profunda brecha entre la producción del discurso del emisor y las acciones efectivamente realizadas y, además, pone en relieve las omisiones en la circulación, distribución y recepción de las reglamentaciones vigentes, casi desconocidas por las personas mayores que son los sujetos de derechos.

El desafío consiste en implementar una política pública integral de cuidados para la protección de los derechos de los adultos mayores, de sus familiares y de los cuidadores.

La relación entre dependencia y envejecimiento demográfico se ha convertido en un tema relevante para la sociedad en tanto involucra la organización y gestión de los sistemas de salud, previsional y asistencia social que debe ser analizado en profundidad para adaptarse a las demandas emergentes.

El creciente proceso de envejecimiento demográfico es un desafío que las sociedades deben enfrentar para que los adultos dependientes accedan a mejores cuidados y a sistemas de previsión social y de salud eficientes que les faciliten un mayor nivel de bienestar.

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  1. “Mujeres, cuidados y familias: los senderos de la solidaridad intergeneracional”. Programación 2014/17. (Secretaría de Ciencia y Técnica – Universidad de Buenos Aires). Directora: Elsa López, Co-Directora: Liliana Findling.


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