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Capítulo 4

La visita

Durante los días que estuvieron en nuestro país, los integrantes de la CIDH realizaron múltiples actividades. En este apartado, presentamos aquellas que nos parecieron más relevantes en cuanto a su relación con las denuncias y pedidos de los familiares, así como algunas reacciones de la prensa local.

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“La Comisión Interamericana de Derechos Humanos llegó al país”, La Prensa, 9 de septiembre de 1979. Fondo Archivo Institucional del CELS, Serie Recortes Periodísticos.

La Comisión Interamericana de Derechos humanos llega al país

La CIDH visitó el país entre el 6 y el 20 de septiembre de 1979. La misión estuvo integrada por todos los comisionados: el presidente de la CIDH, el venezolano Dr. Andrés Aguilar; el vicepresidente y abogado costarricense, Dr. Luis Demetrio Tinoco Castro; el jurista colombiano Dr. Marco Gerardo Monroy Cabra; el profesor brasileño Prof. Carlos A. Dunshee de Abranches; el abogado norteamericano Prof. Thomas J. Farer, y el salvadoreño Dr. Francisco Bertrand Galindo. También los acompañó una comisión especial compuesta por personal técnico de la Secretaría Ejecutiva de la CIDH: el secretario ejecutivo de la CIDH, el Dr. Edmundo Vargas Carreño, el Dr. Robert Norris, el Dr. Edgardo Paz Barnica, el Dr. Manuel Velazco Clark y el Dr. Guillermo Fernández de Soto. Además de los integrantes del personal administrativo: Hildi Wicker, Elia Dodd, Elsa Ergueta, Yoly de Toro, Vickie Pitts, Gabriela Restrepo y los intérpretes George Lawton y Eva Desrossier.

La Subserie de Recortes Periodísticos del Archivo Institucional del CELS provee gran cantidad de información sobre las actividades que se desarrollaron durante la visita. Esta colección está compuesta por 350 cajas de recortes de noticias periodísticas, entre 1974 y 1996. Desde los inicios institucionales, el Área de Documentación relevó diariamente noticias provenientes de los principales diarios nacionales, tales como Buenos Aires Herald, La Nación, Clarín, La Razón y La Opinión. También se pueden encontrar algunos recortes de publicaciones extranjeras que denuncian hechos que en el país no tenían carácter público. A partir de 1980, el CELS compró diariamente La Prensa, Clarín y Diario Popular, y al año siguiente incorporó Convicción, Crónica y Buenos Aires Herald. La construcción de esta colección de recortes involucró un trabajo artesanal en el que participaron numerosos voluntarios: consistía en seleccionar noticias de acuerdo a amplios criterios, recortarlas y pegarlas en una hoja tamaño oficio de manera de posibilitar su duplicación con mayor facilidad. Se trata de una práctica que puede encontrarse en la mayoría de los archivos de las organizaciones, pero también en los archivos personales de integrantes del movimiento de derechos humanos. Los llamados “recortes periodísticos” fueron una forma de registrar, documentar y posibilitaron la sistematización de información sobre distintos temas, no sólo declaraciones, posiciones y actos oficiales, sino que también sirvieron, por ejemplo, para registrar falsos enfrentamientos, identificar cargos y nombres de responsables de distintas dependencias militares, además de que permitían recuperar acciones, declaraciones de funcionarios del terrorismo de Estado así como de otros sectores de la sociedad. Esta información fue ordenada cronológicamente y se realizaron “fichas” que permitían recuperar temáticamente el contenido. Actualmente se encuentra digitalizada y su consulta es pública.

A partir de estas fuentes, fue posible reconstruir el cronograma de actividades de la CIDH, que incluyó entrevistas con las principales autoridades militares y policiales, ministros, autoridades judiciales, ex presidentes, dirigentes de todos los partidos políticos, iglesias, organizaciones de derechos humanos y asociaciones profesionales, gremiales, estudiantiles y empresariales, entre otras.

Inició sus actividades celebrando una reunión en la sede de la OEA, en la Capital Federal, antes de que terminaran de arribar todos sus miembros y luego de la cual se emitió el primer comunicado. En los primeros días, la Comisión fue recibida en el Congreso por Viola, Lambruschini y Graffigna, y en la Casa Rosada, por Videla; también se reunió con el canciller Pastor, en el Palacio San Martín. Estas reuniones, de índole informativa, se realizaron con cordialidad y tranquilidad.

Luego, los comisionados tuvieron encuentros con los principales representantes de todos los partidos políticos: la Unión Cívica Radical, el Partido Intransigente, el Partido Justicialista, el Partido Comunista, la Confederación Socialista, el Partido Socialista, el Partido Federal y la Multipartidaria juvenil. A su vez, también se reunieron con ex presidentes, como Héctor Cámpora —a quien visitaron en la embajada de México, donde se encontraba asilado—, Arturo Frondizi, María Isabel Martínez de Perón, Alejandro Agustín Lanusse y Roberto Levingston. Algunos de ellos les plantearon su preocupación por la Ley 22.068, que el gobierno militar había promulgado durante la visita y que tenía como objetivo declarar legalmente muerta a toda persona denunciada como desaparecida, sin necesidad de iniciar una investigación oficial sobre su paradero. De esta manera, la junta militar pretendía obstruir la posibilidad de esclarecer los hechos, y así garantizar impunidad para los responsables de esos crímenes.

Al mismo tiempo, la CIDH estableció sedes en Buenos Aires, Córdoba y Tucumán para recibir denuncias, que fueron masivas: se registraron más de 5.500. A los dos días de la llegada de la CIDH, el diario La Nación señaló: “Desde las 9.30, hora en que se inició la atención al público, ya se podía calcular en 2.000 las personas que estaban aguardando ser atendidas, en fila de tres o cuatro en fondo, la columna cruzaba ya entonces la calle Tacuarí” (La Nación, 08/09/1979). Mientras que Clarín también indicaba las colas multitudinarias: “… una gran cantidad de personas, calculada en cerca de 3.000 esperó su turno de ingreso al edificio” (Clarín, 08/09/1979). En Córdoba, en la primera jornada de recepción de denuncias también se formó permanentemente una fila de un centenar de personas frente al hotel donde se había establecido la comisión.

Recorte del diario Clarín, 11 de septiembre de 1979. Fondo Archivo Institucional del CELS, Serie Recortes Periodísticos.

Las organizaciones de derechos humanos publicaron solicitadas en los diarios y los familiares se movilizaron hasta la sede de la CIDH y ante la Casa Rosada para entregar sus denuncias y petitorios. Los comisionados se mostraron interesados en proteger y defender a las personas que se acercaban hasta la sede de la CIDH. Entre otros casos, distintos artículos periodísticos retratan cómo un comisionado veló el rollo de un fotógrafo que no se había identificado como parte de ningún medio informativo y se encontraba registrándolas. Otro alejó a personas que se encontraban al final de la fila de la fotocopiadora tratando de vender los formularios que la Comisión entregaba para que los denunciantes consignaran los datos de sus casos. Además, un hombre comenzó a tomar fotografías cuando un equipo de televisión alemán realizaba una entrevista en la fila. Al no responder a qué medio pertenecía, fue alejado por el periodista alemán que recibió aplausos espontáneos mientras se levantaban pañuelos blancos.

Solicitada de Abuelas, Clarín, 19 de septiembre de 1979, y de Madres de Plaza de Mayo, Clarín, 18 de septiembre de 1979. Fondo Archivo Institucional del CELS, Serie Recortes Periodísticos.

Los miembros de la CIDH también se reunieron con dirigentes gremiales de centrales obreras como la Unión Tranviarios Automotor (UTA), que les plantearon a los investigadores interamericanos su preocupación por la falta de vigencia de los derechos gremiales, por la desaparición de dirigentes sindicales y el arresto de otros, y por la afligente situación económica de los trabajadores. Y con algunos de los representantes de los gremios más grandes, como Lorenzo Miguel de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), que se encontraba con arresto domiciliario en su casa y con Alfredo Bravo de la Confederación de Trabajadores de la Educación (CTERA). Algunos de ellos acercaron información sobre la situación de los trabajadores. Oscar Lezcano, del sindicato Luz y Fuerza, y Ana María Pérez de Smith, esposa del detenido desaparecido Oscar Smith, entregaron un documento firmado por 7.000 obreros donde expresaban su inquietud por la desaparición del dirigente y otros ocho trabajadores.

En los meses previos a la visita, el gobierno había implementado un conjunto de formas de ocultamiento de sus prácticas en los penales. Con relación a los presos políticos, a través de un decreto presidencial, se establecieron por primera vez durante la dictadura reglas escritas y uniformes de conducta y tratamiento. Este régimen tendía a “dar una fachada de legalidad a las políticas represivas (…), posibilitaría el ingreso de los abogados defensores y autoridades consulares extranjeras, un aumento en la frecuencia de visitas, la posibilidad de trabajar”, entre otras (Garaño, 2009: 17). Además, empezó a difundir estadísticas sobre la cantidad de detenidos, los arrestos y los ceses de arresto a disposición del PEN. Sin embargo, estas estadísticas presentaban un alto grado de imprecisión, por lo cual la mayoría de los actores institucionales las consideraban inválidas, tal como señala un cable de la embajada de los Estados Unidos. También inauguró dos cárceles modelo, a donde transfirió a presos políticos desde distintas localidades. Además, tanto en las cárceles como en los centros clandestinos de detención, se realizaron modificaciones arquitectónicas para que no coincidieran con las descripciones incluidas en distintos testimonios de sobrevivientes difundidos en el exterior.

La CIDH recorrió los establecimientos penitenciarios de Caseros, Villa Devoto, U1 y U8 de Olmos, U9 de La Plata, Magdalena, la U6 de Rawson, de Resistencia y de Córdoba. Inspeccionó la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA), el centro de detención La Rivera y Coordinación Federal. Durante la estadía de la Comisión en las distintas provincias que visitó, se entrevistó con las autoridades penitenciarias de los establecimientos y entró en contacto con los detenidos, tanto presos políticos como presos comunes. En la unidad N° 9 de La Plata, se entrevistó con 450 de 960 detenidos. En Devoto, los familiares estimaron que habían recabado más de un centenar de testimonios.

Recorte del diario La Prensa, 18 de septiembre de 1979. Fondo Archivo Institucional del CELS, Serie Recortes Periodísticos.

Con el objetivo de refutar las denuncias, algunos centros clandestinos fueron desmantelados, en tanto que en otros —como en la ESMA­— algunos prisioneros fueron ejecutados y otros reubicados en una isla en el Tigre que pertenecía a la curia (Verbitsky, 2005).

Los comisionados también se entrevistaron con las asociaciones de abogados de todas las localidades que visitaron, así como las máximas autoridades judiciales, como la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Se trataba de un período caracterizado por serias limitaciones a la libertad de expresión.

La autocensura de los diarios y revistas es estricta y está guiada por pautas gubernamentales. Se ejerce a través del terror, pues existen 53 periodistas asesinados, presos o secuestrados; la presión económica con los órganos de prensa llega a su confiscación como en el caso de La Opinión, del señor Jacobo Timerman, quien permanece detenido en su domicilio e incomunicado, pese a haber sido absuelto por una Corte Militar y a un fallo de la Corte Suprema de Justicia que dispone su libertad; el monopolio de la radio y la televisión, lo que trae como consecuencia un constante bombardeo, de estilo hitleriano destinado a confundir y anestesiar a la población, apelando a los instintos más bajos y negativos del ser humano y a una patrioterismo primitivo[1].

Para crear un clima favorable, el gobierno militar indujo a algunos periodistas a informar sobre la situación del país. Por ejemplo, el diario La Opinión reprodujo fragmentos de una entrevista realizada a Thelma Jara de Cabezas, madre de un desaparecido, que se encontraba detenida desaparecida desde el 30 de abril de 1979 en la ESMA[2]. En esa situación, Thelma fue obligada a simular una entrevista voluntaria para denunciar a los miembros de la organización Montoneros. Había sido preparada y obligada bajo amenaza a dar declaraciones para la revista Para Ti por los represores de la ESMA. La forzaron a denunciar a las organizaciones armadas y a que exhortara a las “madres argentinas” para que no se dejaran llevar por los extremismos.

Durante la visita, el gobierno realizó una campaña de prensa como forma de demostración de fuerza pública del apoyo político de distintas organizaciones. En esas dos semanas, más de 80 entidades, organizaciones, dirigentes y destacadas personalidades de la vida política se pronunciaron en contra de la visita, mediante declaraciones, comunicados y documentos que aparecieron todos los días en los principales diarios del país. Un relevamiento realizado en ocho de esos principales diarios[3] da cuenta de que las más importantes asociaciones gremiales, profesionales, financieras, religiosas, movimientos y partidos políticos manifestaron su disconformidad con la presencia del organismo interamericano.

La mayoría de las declaraciones sostenían, en consonancia con el gobierno, que la presencia de la CIDH constituía una invasión a la soberanía del país y, en no pocos casos, consideraban que era parte de lo que el gobierno militar había definido como “Campaña Antiargentina”. El gobierno consideraba que las denuncias sobre violaciones a los derechos humanos que los argentinos exiliados y las organizaciones extranjeras difundían en el exterior eran parte de una campaña de difamación contra el gobierno, organizada por fuerzas subversivas que pretendían desestabilizar el país. Sostenía que, en la Argentina, los derechos humanos se encontraban amparados por la Constitución Nacional y que se vivía una situación de normalidad en esta materia.

Quienes se pronunciaron en contra de la visita apoyaban el accionar de las Fuerzas Armadas del país, apelando a la noción de guerra desatada por “bandas de delincuentes subversivos”, para explicar por qué “el gobierno se vio obligado a reaccionar”. Además, varias de las solicitadas advertían a la CIDH la necesidad de comprender la realidad nacional como resultado de una guerra, para evitar la parcialidad en el dictamen final. En este sentido, diversas entidades se manifestaron en relación a la visita de la Comisión, con la intención de historizar el caos subversivo sufrido por la nación y afirmaban que la república vivía en Estado de derecho y había sido salvada de hordas subversivas. Entre otras, el Partido Liberal de Corrientes, la Asociación de Sociedades Rurales, el Colegio de Escribanos, el Club San Martín, la Comisión Vecinal de Belgrano y el Centro de Empleados de Comercio.

“Argentina no acepta estar sentada en ningún banquillo de acusado”, Revista La Semana, 17 de septiembre de 1979. Fondo Archivo Institucional del CELS, Serie Recortes Periodísticos.

También participaron personalidades de la Iglesia católica, como el arzobispo de Rosario, monseñor Guillermo Bolatti, que declaró: “no deben ser los extranjeros los que nos vengan a indicar lo que tenemos que hacer”[4], ya que cada país debía regular sus derechos humanos. El rector de la Universidad Católica Argentina, monseñor Octavio Nicolás Derisi, expresó: “en este momento la Argentina es uno de los países en los que hay mayor tranquilidad y en donde los derechos humanos están más respetados”[5].

Cuatro de los comisionados se movilizaron a la sede del Episcopado para entrevistarse con el cardenal Raúl Francisco Primatesta, acompañado por el monseñor Galán. El cardenal manifestó que se trató de una reunión protocolar, donde la Iglesia dio su opinión sobre la realidad nacional. Al culminar la reunión, un auto Ford Falcon sin identificación recorrió 70 metros por la vereda obligando a los periodistas a retirarse para no ser embestidos.

El presidente de la CIDH, Andrés Aguilar, y el asesor Edgardo Paz Barnica se reunieron con el obispo Jaime de Nevares (en representación de la APDH), con la LADH, con el MEDH, con las Madres de Plaza de Mayo y con miembros de la Comisión de Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas. Las organizaciones saludaron el arribo del grupo y mencionaron que en un allanamiento a los locales de organizaciones de derechos humanos se confiscaron las listas impresas con los nombres de 5.581 desaparecidos. Además, señalaron el alarmante registro de once desapariciones entre el 3 de agosto y el 3 de septiembre de ese año. Entregaron a la CIDH un documento firmado por cuarenta y tres dirigentes de distintas organizaciones, con los casos de personas desaparecidas, de los cuales 2.585 eran menores de 30 años.

El 19 de septiembre, el comisionado Monroy Cabra y el asesor Paz Barnica se reunieron en los tribunales de la Capital Federal con el juez federal Dr. Martín Anzoátegui, para interiorizarse en la causa judicial en la que el juez había dictado el allanamiento de los organismos de derechos humanos APDH, MEDH y LADH. El juez había dado a conocer un análisis de la voluminosa documentación secuestrada hacía tres semanas, en donde estimaba que cuatrocientas personas que figuraban en la nómina de detenidos desaparecidos elaborada por los organismos se encontraban en el exterior, mientras otras cincuenta estaban detenidas. Además, cuestionó que las organizaciones no registraran personas que fueron muertas por la subversión armada, ya que, de acuerdo con sus criterios, daba cuenta de “la parcialidad ideológica de estas organizaciones”[6]. En consonancia con las declaraciones del juez en esa causa judicial, durante la visita de la CIDH, la Policía Federal dio a conocer la detención de Raúl Aramendi, en Misiones, bajo jurisdicción militar. Este trabajador, integrante de las Ligas Agrarias Cristianas en Misiones, había sido denunciado como desaparecido por Mairead Corrigan (Premio Nobel de la Paz) en su reciente visita, a través de un comunicado. La policía además informó la detención del bombero Oscar Ricardo Romero, también bajo jurisdicción militar, en Rosario. Había sido denunciado como desaparecido por el dirigente de la Unión Ferroviaria, Luis Etchezar. Además, informó la detención de dos miembros de la Comisión de Familiares Desaparecidos y Detenidos por razones políticas, a pedido de una embajada a la que se dirigían para entregar invitaciones.

Ese monumental trabajo colectivo de documentación que realizaron los organismos permitió a la Secretaría Ejecutiva de la CIDH seleccionar 50 casos, entre el grupo de 300, que consideraron paradigmáticos. Es decir, un conjunto de casos testigo que contaban con pruebas terminantes de la participación del Estado. Durante la visita in loco, al mismo tiempo que recibieron

casi seis mil denuncias ­—tarea abrumadora, imposible de procesar en el momento­—, otros de sus miembros profundizaban las situaciones elegidas. Este método permitió avanzar en episodios paradigmáticos y arribar a la conclusión de la responsabilidad de las Fuerzas Armadas en la detención, secuestro, tortura y asesinato (Mignone, 1991: 112).

Este aporte fue central para la efectividad del informe.

El informe de la visita de la CIDH

El informe de la visita in loco a la Argentina, que se publicó en abril de 1980, provocó un gran impacto en la comunidad internacional. La masividad y sistematicidad de las prácticas represivas fue expuesta rigurosamente a partir de la exactitud de las pruebas y de los dramáticos testimonios personales de violentas detenciones, torturas y robos. El informe caracterizó el problema de los desaparecidos como un fenómeno masivo e indiscriminado, que afectaba a diversos grupos sociales. En particular, manifestó preocupación por la desaparición de mujeres que fueron detenidas embarazadas, sobre quienes no se obtuvo ninguna información. Cuestionó la falta de un debido proceso de los detenidos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, así como el juzgamiento a través de tribunales militares. También cuestionó el funcionamiento del sistema de justicia para esclarecer las situaciones de privación de la libertad. En particular, que los jueces no hubieran dictado medidas de excepción para investigar el paradero de las personas buscadas. Señaló las restricciones al ejercicio de la profesión periodística, de los derechos sociales y laborales, y la persecución a las organizaciones de derechos humanos. La exposición de esta información constituyó un respaldo fundamental a la demanda de justicia, porque descartó la posibilidad de negar los crímenes o explicarlos como excesos.

Tal como vimos, el procedimiento de denuncias ante la CIDH involucraba distintas instancias. Tras el análisis de la información que aportaban el demandante y el Estado demandado, la Comisión evaluaba si estaban agotadas las instancias internas, es decir, todas las instancias judiciales nacionales con que los ciudadanos contaban para hacer valer sus derechos. Entonces el caso era “Admitido”. Luego, era incluido en el Informe Anual que la Comisión presentaba ante la Asamblea General de la OEA.

La Asamblea General es el espacio donde los países que la integran definen los mecanismos, políticas, acciones y mandatos de la OEA. Se trata de una reunión que se convoca anualmente —un “período ordinario de sesiones”­­—, de la que participan todos los Estados miembros, a través de sus ministros de relaciones exteriores (o de sus embajadores permanentes). Tras estas sesiones, se elabora una memoria en la que se expresan resoluciones y declaraciones de la organización. Los Estados están sujetos en esta instancia a algún tipo de medida sancionatoria que puede llegar a la exclusión.

La CIDH es un órgano autónomo de la OEA que tiene entre sus funciones presentar informes ante la Asamblea General y realizar “recomendaciones a los Estados miembros de la OEA sobre la adopción de medidas para contribuir a promover y garantizar los derechos humanos”[7]. Después de las observaciones en la visita in loco, debía realizar sobre el país un “Informe especial” que, al igual que el “Informe Anual” (también elaborado por la CIDH), serviría de fundamento para las recomendaciones que se realizan en la Asamblea General anual.

El informe final de la visita no pudo ser elaborado a tiempo para ser presentado ese mismo año en la Asamblea General de la OEA, que se realizó entre el 22 y el 31 de octubre en La Paz, Bolivia. En diciembre, la CIDH envió al gobierno argentino la versión preliminar de su informe, como último paso antes de su publicación. En esta instancia, el gobierno pidió presentar información sustantiva, de modo de intervenir sobre el relevamiento de la CIDH. El plazo máximo de contestación sobre los casos que estaban incluidos en el informe se había fijado para el 27 de marzo de 1980.

El informe sobre la Argentina fue formalmente presentado en la décima Asamblea Anual de la OEA, que se realizó en Washington en noviembre de 1980. Junto al informe anual de la CIDH, incluía los relevamientos realizados durante ese año[8]. El gobierno militar utilizó el tiempo que medió entre la publicación del informe y su presentación para, nuevamente, ajustar sus prácticas burocráticas en las respuestas a las denuncias. En esta instancia, focalizó su atención en aquellas partes del reglamento de la CIDH que, según una lectura literal, le permitían evitar algunos casos o partes de ellos, insistiendo con el agotamiento de los recursos internos y retomando la idea de contestar con fórmulas más personalizadas en torno a los casos.

Tras la publicación del informe sobre la visita[9], el gobierno militar se negó a publicarlo y prohibió su circulación en el país, impugnando el trabajo de la CIDH. La posición oficial, difundida a través de los medios, sostuvo que no cumplía con “los requisitos de ecuanimidad y objetividad que deberían ser indispensables en un documento de tanta importancia”, afirmando que el documento utilizaba “elementos distorsionantes de la verdad”[10]. Tal como señala la antropóloga Sofía Tiscornia, al retomar la explicación de Gellner sobre los juicios por juramento, si la decisión final no es avalada por alguno de los grupos, entonces la comunidad en desventaja apela a algún recurso para rever esa decisión en la siguiente situación de conflicto.

Los organismos de derechos humanos lograron recibir algunos ejemplares del informe de la CIDH y clandestinamente realizaron copias con el fin de difundir esa información. Ante la inminencia de la Asamblea Anual de la CIDH en donde se presentaría el documento, el CELS elaboró su primera publicación institucional: el “Informe sobre la situación de los derechos humanos en la Argentina 1979-1980”. Se trata de un documento que buscó actualizar y dar continuidad al informe de la visita producido por la CIDH. En este sentido, sistematiza la información sobre las violaciones de derechos humanos cometidas por el régimen militar argentino a partir de la visita, con el mismo rigor legal y documental con el que trabajó el organismo, de manera que pudiera ser adoptado para actualizar ese dictamen ante la Asamblea Anual. Al año siguiente, también realizaron un informe anual con el fin de dar continuidad y actualizar el informe de la comisión (CELS, 1982a) y elaboraron documentos que tematizaban los distintos grupos de afectados y casos testigos que documentaron durante el trabajo de preparación para la visita (CELS, 1982b, c, d, e, f). Una vez en democracia, el CELS también publicó el informe de la CIDH (CELS, 1984).

Carta de Emilio Fermín Mingone a Guillermo Fernández de Soto, 15 de octubre de 1980. Fondo Archivo Institucional del CELS, Serie Correspondencia.

También la APDH envió un informe complementario con los datos que contaba la organización[11]. Además, viajaron a Washington junto con las Madres de Plaza de Mayo para presenciar las audiencias.

Las organizaciones de argentinos en los Estados Unidos tradujeron e hicieron circular estos documentos ante las organizaciones norteamericanas. De esta forma, cumplieron un rol esencial en el trabajo de incidencia[12]. Además de ser una fuente clave para el trabajo de la CIDH, permitió respaldar las acciones de los congresistas norteamericanos que, a partir de la presidencia de Reagan, se enfrentaron a la regresiva política de derechos humanos.

En la audiencia del Subcomité de Derechos Humanos y Organizaciones Internacionales y el de Asuntos Interamericanos —del Comité de Relaciones Exteriores en la Cámara de los Representantes— realizada en abril de 1981, se presentaron testimonios y documentos para debatir las políticas de financiamiento exterior. En esa ocasión, dieron testimonio distintos dirigentes que colaboraban activamente con la causa argentina, como Patricia Feeney, investigadora de Amnesty, el abogado Orville H. Schell, del Lawyers Committee for International Human Rights, y el reverendo Joseph T. Eldridge, de Washington Office on Latin America. Entre los documentos sujetos a discusión, se incluyeron artículos de prensa, informes de Amnesty, la declaración de Néstor Waldo Forti y documentos referidos a la desaparición de su madre, así como el informe publicado por el CELS[13].

Gracias a todas estas estrategias, la persistencia de los familiares y el trabajo de los organismos de derechos humanos impidieron que el gobierno militar torciera el dictamen de la CIDH.

El cambio en las respuestas estatales

En esta sección reconstruiremos cómo, desde el gobierno militar, se reformuló la respuesta a las denuncias internacionales a partir de la visita de la CIDH en 1979. Para ello, analizaremos un conjunto de documentos estatales a los que tuvimos acceso, con el objetivo de observar y analizar cómo se modificaron las modalidades de respuesta a las denuncias y peticiones internacionales y las burocracias involucradas.

Tal como señalamos al inicio de este libro, la falta de acceso a documentación estatal referida a las prácticas burocráticas del Estado terrorista impone limitaciones para analizar su comportamiento. El ordenamiento de la documentación en la burocracia estatal nunca es aleatorio: refleja un sistema organizado que ordena el tiempo, el espacio, las responsabilidades y las jerarquías. Los documentos del Estado, entonces, pueden ser analizados como dispositivos burocráticos, “tecnologías de poder” (Gordillo, 2006), a través de las cuales se establecen prácticas y categorías que ponen en marcha una determinada racionalidad de la dominación legal del Estado terrorista. De este modo, permiten dar cuenta de la producción de un orden estatal específico.

Si bien en la actualidad el Ministerio de Relaciones Exterior (MREyC) ha puesto al acceso público miles de documentos producidos por ese ministerio durante el último período dictatorial, al momento de realizar esta investigación esa documentación aún no se hallaba disponible para la consulta, se encontraba sin orden ni clasificación. Sin embargo, fue posible acceder a un pequeño conjunto de documentos identificados y esa escasa documentación disponible en los acervos estatales y la de los archivos de los organismos de derechos humanos nos permitieron analizar, aunque sea parcialmente, el comportamiento estatal con relación a la respuesta de las denuncias.

Siguiendo la propuesta analítica desarrollada en las investigaciones del Equipo de Antropología Política y Jurídica (Tiscornia, 2009; Sarrabayrouse, 2008; Villalta, 2006) acerca de cómo se manifiesta la banalidad del mal en las instituciones estatales, durante esta investigación también nos preguntamos por las formas en las que se ha manifestado el castigo estatal en las instituciones burocráticas del régimen militar vinculadas a la tramitación de las denuncias de los familiares. A través de la documentación protegida y reunida por los organismos de derechos humanos, fue posible reconstruir cuál fue la estructura burocrática que operó en la respuesta formal a las consultas realizadas por la CIDH, en torno a casos de detenidos desaparecidos y detenidos por razones políticas, así como cuáles fueron los principales lineamientos que pusieron en práctica los funcionarios estatales para responder esas solicitudes.

Para ello, analizamos un conjunto de 20 documentos del archivo de la APDH[14], junto con algunos documentos consultados en el Archivo Histórico de la Cancillería. Esta pequeña colección de cartas evidencia el rol de los archivos de los organismos como productores o recolectores de cierto tipo de información sobre el funcionamiento de las burocracias y el ejercicio del poder estatal durante la dictadura. En este sentido, aporta información no sólo sobre las particularidades de estas formas de resistencia, sino que además permite abordar, a través del análisis cuidadoso de estos documentos, las propias acciones burocráticas estatales.

El conjunto reúne cables diplomáticos, correspondencia e intercambios institucionales entre distintas oficinas del MREyC, entre agosto de 1977 y noviembre de 1980. Los documentos, en algunos casos originales, permiten leer y reconstruir la trama de burocracias, situar las relaciones entre ellas y analizar los cambios y continuidades en el comportamiento estatal. Se trata de intercambios entre el Ministerio del Interior y el MREyC que debaten en torno a la forma que ambos ministerios consideran que se deben responder las solicitudes de información del organismo interamericano, en los años y meses previos y posteriores a la visita de la CIDH. En este sentido, el intercambio nos permite valorar el acontecimiento de la visita y sus efectos sobre el comportamiento estatal en relación a las denuncias.

La publicación del informe de la visita provocó un punto de inflexión en las políticas militares hacia el organismo interamericano. A partir de este intercambio entre el Ministerio del Interior y la Cancillería argentina, es posible distinguir dos momentos o políticas que llevó adelante el gobierno militar para responder a las denuncias presentadas en la CIDH. A continuación, describiremos estas dos etapas.

La negación de las denuncias

La política implementada por el gobierno militar entre 1977 y 1978 consistió en la negación de todos los casos por los que era consultado. Por otra parte, esta política también daba cuenta de la poca importancia que otorgaba al Sistema Interamericano de Derechos Humanos en su política exterior.

Como señalamos anteriormente, hasta la visita in loco, la Argentina no había sido prioridad en la agenda de trabajo de la CIDH. Recién en el informe anual de 1978 se publicó por primera vez documentación referida a un caso de este país, ocurrido durante la dictadura. Más allá de las presiones políticas, para el gobierno militar la mención de algunos casos en el informe de la Comisión no constituía un cuestionamiento relevante que considerara que debía atender. Las respuestas a las solicitudes de la CIDH entre 1977 y 1978 dan cuenta de esta evaluación. En estos casos, las respuestas del MREyC a la CIDH son informes colectivos, con listados de casos agrupados de acuerdo a ciertas categorías genéricas. Esta forma burocrática respondía a la política deliberada del gobierno militar de negar los hechos: las autoridades militares sostenían que no contaban con información sobre lo que sucedía, al mismo tiempo que utilizaban términos como “derechos humanos” o “democracia”.

Las respuestas se elaboraban de manera colectiva. Es decir, la Cancillería aglutinaba un conjunto de peticiones por las que la CIDH solicitaba información. Tras una consulta con el Ministerio del Interior, las agrupaba de acuerdo a tres categorías: liberados; personas que no registran antecedentes de detención desconociéndose su paradero y que no son objeto de búsqueda policial centralizada en autoridades del Ministerio del Interior; y personas sobre las que, a partir de la consulta de la CIDH, se iniciaría un trámite de investigación de paradero y eventual situación, por no registrarse denuncias anteriores a las formuladas por esa Comisión.

En ningún caso se aportaba información sobre las personas, las circunstancias o la documentación oficial que respaldara la postura del gobierno argentino. Tampoco se señalaban las acciones legales que anunciaban realizar para buscar a las personas.

Las notas que ilustran este período previo a la visita son notas secretas firmadas por la Cancillería y permiten suponer que las respuestas eran elaboradas directamente por ella, aun cuando la fuente de la información suministrada, en todos los casos, es citada como “autoridades del Ministerio del Interior”. Eso se contrapone, como veremos más adelante, con el rol líder que asumiría el Ministerio del Interior en la elaboración de las respuestas en la segunda etapa.

Se reciben las denuncias

Una vez que el gobierno militar aceptó invitar a la CIDH para que realizara una visita al país, esta estrategia se modificó. En este contexto, el gobierno militar reformuló también sus prácticas burocráticas para responder a las denuncias por las que preguntaba la CIDH, con el objetivo de mostrarle una mayor atención. Así, creó una Comisión Interministerial, que absorbió la tarea de elaborar las respuestas de los casos en trámite ante la CIDH, que hasta entonces realizaba sólo la Cancillería. Desde la creación de este ente interministerial, las respuestas cumplieron con los objetivos expresos de mostrar mejor calidad de información sobre los casos, de evidenciar las gestiones emprendidas y de explicitar la postura sobre las violaciones atribuidas. Para ello, comenzaron a realizarse respuestas individuales, en contraste con la modalidad señalada en las notas previas a la visita.

Entre la realización de la visita y la presentación del informe, las 5.500 denuncias reunidas durante la visita fueron procesadas y enviadas al gobierno argentino, que respondió casi todas con la misma fórmula e intentó intervenir en el proceso de admisión. Para ello, estudió minuciosamente el nuevo reglamento de la CIDH que había sido sancionado muy recientemente, en la última Asamblea General de la OEA. Realizó interpretaciones falaces del reglamento, así como de la Constitución Nacional Argentina. Haciendo caso omiso a las recomendaciones “técnicas” que realizaban los embajadores, la Comisión Interministerial contestó todas las peticiones con modelos predeterminados y evitó las respuestas personalizadas.

Las fórmulas utilizadas apuntaron a intervenir sobre el procedimiento de admisión de casos. En general, se sostenían tres argumentos vinculados entre sí: se negaba la participación estatal en los hechos, se acusaba al denunciante de “conducta maliciosa tendiente a desprestigiar al gobierno argentino” y, por último, se sostenía que no se habían agotado las instancias internas, ya que los tribunales argentinos estaban investigando las denuncias de desapariciones y entonces no se habían agotado los recursos en la jurisdicción nacional. Así, el gobierno militar utilizaba como pruebas los antecedentes judiciales que familiares y allegados a las víctimas se animaban a iniciar en los tribunales locales, a pesar de los múltiples obstáculos, el terror, el miedo y la represión.

Tras la invitación oficial a la CIDH, la Comisión Interministerial contó con una secretaría que tuvo por objeto la elaboración de las respuestas oficiales. Esta información no es menor. Por un lado, porque muestra la preocupación militar respecto al organismo interamericano por “dar una mejor y más completa información” o bien para evidenciar “las gestiones emprendidas por las Autoridades Nacionales y/o la posición del Estado frente a las supuestas violaciones denunciadas, así como las medidas adoptadas cuando ello correspondiere”. Por otro lado, interestatalmente, implica un reordenamiento en la asignación de las funciones (que siempre acarrean recursos, puestos, jerarquías).

La nota que se encuentra en el Archivo de la APDH es del 16 de julio de 1979, firmada por el ministro del Interior, Gral. Div. Albano E. Harguindeguy, dirigida al ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Brig. My. (R) Carlos Washington Pastor. El primero señala las modificaciones que se habían decidido respecto a los criterios que regían en la elaboración de las notas de respuesta. Por un lado, señala que las respuestas se harían de modo individual en contraste con la modalidad señalada en las notas previas a la visita. Además, se establece la norma de indicar, “visibilizar” las consultas realizadas ante distintos integrantes y áreas. Y visibilizar, del mismo modo, los antecedentes recopilados y las medidas adoptadas cuando ello correspondiere. Finalmente, ordena acompañar estas notas con “información de tipo general relacionada con las connotaciones sociopolíticas que marcaron la época y circunstancias en que se produjeron los hechos materia de las denuncias.” [15].

El ministro reconoce en esa nota que los recursos que se habían asignado hasta el momento para esta tarea habían sido escasos. Tal como señalamos anteriormente, tras el anuncio de la visita, las denuncias ante la CIDH comenzaron a ser periódicas, hasta llegar a entre 50 y 60 cartas por día. Esta mención del Ministerio del Interior puede explicarse como una respuesta a la demanda del MREyC ante el aumento de las denuncias y, por tanto, ante la enorme cantidad de información que estaba requiriendo la CIDH[16]. Frente a esta situación, se deja claro que no se le estaban entregando más recursos sino quitando funciones y reasignándolas a la Comisión Interministerial.

Haciendo uso del último plazo de ampliación de información sustantiva antes de la publicación del informe, el Ministerio del Interior le solicitó al MREyC criterios para contestar los casos en los que se habían detectado “diferencias a veces sustanciales y otras formales” entre las denuncias formalmente presentadas al gobierno y las aparecidas en el informe. Las diferencias a las que hacía referencia el Ministerio del Interior eran de tres tipos. En primer lugar, aquellos casos del informe que contenían párrafos o antecedentes más amplios que no habían sido enviados aún al gobierno como información adicional. En segundo lugar, un caso que había sido relevado durante la visita y hasta la fecha no había sido presentado formalmente. Y, en tercer lugar, los casos mencionados en el informe de la CIDH y cuya fecha de vencimiento era posterior a la fecha fijada por Cancillería para responder a los casos del informe CIDH, que era el 27 de marzo. Según el reglamento, tras la presentación del caso, el gobierno tenía seis meses para elaborar su respuesta.

Para entonces, el reglamento sostenía que los gobiernos debían responder a denuncias originales y sus adicionales enviadas de manera individual. El Ministerio del Interior le pedía entonces autorización “técnica” al MREyC para obviar aquellos casos de los cuales se toma conocimiento a través del informe o bien aquella información adicional que no había sido enviada formalmente. Por otra parte, intentaba también dejar fuera del informe aquellos casos para los cuales aún no había vencido la fecha de contestación.

Al ingresar en Cancillería, la nota recorrió toda la cadena de oficinas involucrada en la trama burocrática de respuesta a la CIDH. La carta fue girada desde la Secretaría Privada del ministro a la Subsecretaría de Relaciones Exteriores. De allí fue entregada directamente a la División Derechos Humanos que dependía del Departamento de Organismos Internacionales. Unos días más tarde, desde esta repartición, se emitió un cable secreto al EMARPAN ­—organismo que dirige el Representante Permanente ante la OEA, el embajador Raúl Quijano— que resumía la solicitud del Ministerio del Interior y solicitaba una respuesta sobre los criterios a seguir.

Este organismo contestó al día siguiente a la División Derechos Humanos que consideraba conveniente responder todas las denuncias originales y adicionales, aun en el caso de existir diferencias entre estas y las publicadas en el informe. Indicó responder el caso que no ha sido presentado formalmente señalando el “defecto formal indicado”, ya que “la comisión ha interpretado en el pasado que el reglamento no le prohíbe la inclusión de denuncias recibidas durante visita in loco ‘a título informativo’”. Por último, también sugirió responder todas las denuncias antes de fin de mes, aunque el plazo de seis meses no estuviera vencido, para que dichas respuestas pudieran ser incorporadas al informe.

En junio de 1980, por orden del ministro, el subsecretario del Interior, Cnel. José Ruiz Palacios, le envió al subsecretario de Relaciones Exteriores y Culto, Comodoro Carlos R. Cavandoli, una comunicación donde le informaba dos nuevas modificaciones en la tramitación de las denuncias comunicadas por la CIDH[17]. Tras la modificación de mayo de 1980 del reglamento que rige a la CIDH[18], la primera de ellas consistió en tomar en cuenta este último sólo para las denuncias tramitadas luego de esa fecha, ya que se consideró que “por un principio de coherencia, cada tramitación debe iniciarse, proseguirse y concluirse conforme a una norma procesal, única, sino también a la conveniencia derivada del hecho que resulta más ventajoso, por sus características, el antiguo reglamento”.

La segunda de ellas establecía que, desde agosto de 1980, el criterio rector sería el agotamiento de los recursos internos. En este sentido, el Ministerio del Interior establece:

El ordenamiento jurídico argentino contiene normas que regulan expresamente el debido proceso legal, (…) no existiendo impedimento alguno para ocurrir ante los organismos jurisdiccionales en demanda de su protección. (…) El agotamiento de los recursos de jurisdicción interna demostrará la exactitud o inexactitud de lo afirmado por el denunciante. (…) En ambos no resultará admisible el debate extraterritorial de las cuestiones que comprenda el caso. La imposibilidad de acceder a los recursos de jurisdicción interna, deberá acreditarse con el agotamiento de los recursos instados a fin de superar el impedimento alegado (…).

Para llevar a cabo esta directiva, como ya explicamos, la burocracia estatal manipuló y distorsionó la información judicial. Los funcionarios presentaron, como pruebas de la supuesta investigación que el gobierno militar llevaba adelante por las personas desaparecidas, aquellas denuncias judiciales que familiares y allegados a las víctimas habían iniciado en los tribunales locales, venciendo el miedo y las amenazas a las que eran sometidos y que en la mayoría de los casos eran respondidas sin nueva información sobre las personas desaparecidas.

Finalmente, a partir de septiembre de 1980, la delegación argentina en la OEA propuso para la segunda etapa de los casos CIDH que la respuesta “debería enriquecerse en lo posible con los datos del caso, que muestren que no es una fórmula estereotipada, sino que revela una situación de principio que no excluye referirse a ciertos datos que puedan darse”. Esta recomendación se relacionaba con la política de información y documentación que habían llevado adelante los familiares. Ante la falta de respuesta del gobierno, acumularon los pequeños indicios que daban cuenta de ese comportamiento estatal y los difundieron organizadamente. De este modo, en sus denuncias ante la CIDH, expusieron detallados informes sobre la política de negación del gobierno militar y adjuntaron los certificados de respuesta a los pedidos de informe que habían elevado ante diversas oficinas estatales. De igual modo, añadían información específica sobre la actuación del Poder Judicial, las respuestas negativas a las solicitudes de hábeas corpus y sus propias declaraciones.


  1. CEDHIA, “Proyecto Creación de un Centro de Documentación e Información sobre Derechos Humanos en Argentina”, 30 de octubre 1978, p. 1. Fondo Archivo Institucional del CELS, Serie Reconstrucción del Terrorismo de Estado.
  2. “Alegato de una madre”, La Opinión, 10 de septiembre de 1979. Fondo Archivo del CELS, Serie Recortes Periodísticos.
  3. Para realizar este relevamiento tomamos como fuente la serie de Recortes Periodísticos que forma parte del Archivo Institucional del CELS. Esta síntesis periodística refleja la repercusión en la prensa escrita de la visita in loco a la Argentina que realizó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) entre el 6 y el 20 de septiembre de 1979. Está integrada por más de 580 artículos provenientes de los diarios que conforman esta serie documental: Buenos Aires Herald, La Nación, Clarín, El Territorio (Misiones), Diario Popular, Crónica, Correo de la Semana, Convicción, La Razón y El Cronista Comercial. Por tratarse de recortes fechados manualmente, en algunos casos hay errores en la identificación de la fecha.
  4. “Primatesta, clara voz de la Iglesia”, La Opinión, 13 de septiembre de 1979. Fondo Archivo CELS, Serie Recortes Periodísticos.
  5. “Habla Monseñor Derisi”, La Razón, 12 de septiembre de 1979. Fondo Archivo CELS, Serie Recortes Periodísticos.
  6. CELS, Resumen de prensa, 2009.
  7. www.cidh.org
  8. Es decir, los relevamientos realizados desde la última Asamblea realizada en octubre de 1979 hasta esta Asamblea. El informe anual de la CIDH reúne los casos presentados entre octubre de 1979 y octubre de 1980, además de las actualizaciones de los casos presentados previamente.
  9. Organización de los Estados Americanos, Comisión Interamericana de Derechos Humanos (1980). Informe sobre la situación de los derechos humanos en Argentina, Washington D.C.
  10. Carta del ministro de Relaciones Exteriores y Culto al secretario de Estado, Cyrus R. Vance, 20 de abril de 1980. Documentos desclasificados del Departamento de Estado de los Estados Unidos, 2002.
  11. Ver Carta de Emilio Mignone a Guillermo Fernández de Soto, 15 de octubre de 1980. Fondo Archivo del CELS, Serie Documentos Institucionales. Buenos Aires. Argentina.
  12. Este informe fue traducido por el Argentine Service Information Center, una agrupación integrada por argentinos exiliados en la ciudad de New York. Ver: Carta de William L. Wipfler, director de la Oficina de Derechos Humanos del Consejo Nacional de Iglesias Católicas de Estados Unidos al Comité de Relaciones Exteriores de la Casa de los Representantes, 16 de abril de 1981. Fondo Archivo Institucional del CELS, Serie Terrorismo de Estado.
  13. Caso Forti, Fondo Archivo del CELS, Serie Documentos jurídicos dictadura. También Congressional Record, Intervención de Don Bonker “Human Rights in Argentina. Quiet diplomacy and antisemitismo”, 12 de mayo de 1981. Serie Terrorismo de Estado del mismo fondo.
  14. Antecedentes y nota del ministro del Interior sobre situaciones que se suscitan en la elaboración de respuestas a la CIDH y copia respuesta del canciller al ministro del Interior, marzo de 1980. Fondo Archivo de la APDH, B7.323.
  15. Nota de ministro del Interior, Gral. Div. Albano E. Harguindeguy al ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Brig. My. (R) Carlos Washington Pastor, 16 de julio de 1979. Archivo APDH, B7.324.
  16. Cable informativo de la Embajada de los Estados Unidos en Buenos Aires a la Secretaría de Estado, Washington D.C., “Human Rights Roundup – February-March 1979”, 30 de marzo de 1979. Documentos desclasificados del Departamento de Estado de Estados Unidos, 2002.
  17. Nota del subsecretario del Interior, Cnel. José Ruiz Palacio, al subsecretario de Relaciones Exteriores y Culto, Comodoro Carlos R. Cavandoli, 30 de junio de 1980. Archivo de la APDH, B7.323.
  18. Aprobada en las 660ª. Sesión de la OEA, 8/4/80.


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