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Clases trabajadoras, derecho al voto y política electoral en Río de Janeiro entre el Imperio y la República[1]

Claudio H. M. Batalha

Al comparar el derecho al voto entre diversos Estados nacionales durante el período que se extiende desde la mitad del siglo XIX a las primeras décadas del siglo XX, la narrativa dominante tiende a ver un recorrido sin obstáculos rumbo al sufragio universal masculino y, consecuentemente, a la ampliación del electorado. Según Jairo Nicolau, “se observa que Brasil eliminó las exigencias que condicionaban el derecho al voto a la posesión de renta y propiedad incluso antes que diversos países europeos”.[2] Pero a contracorriente de la idea que asocia la obtención del sufragio universal masculino y la ampliación del electorado, en el caso brasileño, entre el Imperio y la República, se recorrió el camino inverso. Esto es, primero la reforma electoral propiciada por la ley Saraiva de 1881, que entre otras medidas restringió el voto de los analfabetos, y más tarde la legislación republicana, que mantuvo la prohibición, llevaron a la disminución del electorado y no a su ampliación. Aunque, al mismo tiempo, la ley Saraiva contribuyó a ampliar los derechos electorales al eliminar el voto indirecto que, desde la Constitución de 1824, dividía a los ciudadanos del Imperio en función de la renta entre votantes habilitados a votar en las asambleas parroquiales para elegir a los electores de provincia (elecciones primarias) y esos últimos, que elegían a los representantes a los consejos generales de provincias, la Cámara de Diputados y el Senado y eran, a su vez, elegibles.[3]

En comparación, Argentina es percibida como más cercana a la imagen clásica que vincula la ampliación del derecho al voto y la instauración del sufragio universal. Sin embargo, si formalmente el sufragio universal se estableció en diversas provincias desde la década de 1820 y alcanzó amplitud nacional después de la Constitución de 1853, estuvo acompañado de diversas modalidades de restricción al voto, variando según la provincia, desde la exigencia de saber leer hasta restricciones relacionadas con la propiedad y con la ocupación.[4] La legislación de las décadas siguientes no mantuvo varias de esas restricciones, como la exigencia de saber leer, pero con la creación en 1884 de los territorios nacionales, los habitantes de esas regiones fueron excluidos del derecho al voto.[5] La descripción de Mirta Lobato del proceso electoral argentino antes de 1912 podría retratar el proceso electoral brasileño en el Imperio y en la Primera República:

La máquina electoral (control de las listas de electores y de las mesas receptoras de votos, así como el uso de diversos mecanismos de fraude) garantizaba la elección de los candidatos oficiales y el control político de la elite.[6]

Así, la ley 8.871 del 10 de febrero de 1912 (Ley Sáenz Peña) no introdujo el sufragio universal masculino en Argentina, que ya existía, y tampoco eliminó supuestas exigencias de renta y de propiedad, como pretenden algunos autores.[7] Sin embargo, la nueva ley electoral introdujo tres cambios fundamentales para la ampliación de la participación electoral: el voto secreto, la obligatoriedad y las listas incompletas (que acababan con la posibilidad de que la facción que tuviera la mayoría de los votos monopolizara todos los cargos). Con esas medidas, la reforma argentina puso fin a los fraudes sistemáticos abriendo camino para la victoria de la Unión Cívica Radical, mientras que en Brasil solamente la reforma electoral de 1932 hizo que las elecciones fueran menos fraudulentas. Aun así, la reforma electoral argentina no alteró la exclusión política de los habitantes de los territorios.

Hay muchos estudios que discuten la ciudadanía en Brasil y/o los cambios en la legislación electoral, particularmente en la última década,[8] aunque trabajos pioneros como Os bestializados, de José Murilo de Carvalho, tengan ya varias décadas. Pero, a diferencia del caso argentino, en el que la participación activa de la población pobre en la política institucional y en las luchas de facciones políticas antes de la reforma de 1912 es un abordaje ya plenamente consolidado,[9] en Brasil se están dando los primeros pasos.

Otra diferencia a considerar entre los dos casos es el mayor nivel de competencia entre los agrupamientos políticos previos a 1912 en Argentina, con la apertura de espacios para la actuación política de los trabajadores, en particular en la ciudad de Buenos Aires.[10] Mientras que en Brasil, hasta la mitad de la década de 1920 cuando apareció el Partido Democrático, no hubo ningún otro partido que pudiera amenazar electoralmente la hegemonía de los partidos republicanos estatales.

Sin embargo, la mayor diferencia entre los países vecinos está en la percepción, por parte de grupos dominantes argentinos, del agotamiento del sistema electoral fundado en el fraude y del crecimiento de una perspectiva reformista que condujo por fin a la nueva legislación electoral en el gobierno Sáenz Peña.[11] En el caso brasileño, por el contrario, el reformismo de una facción de las clases dominantes fue incapaz de hacerse hegemónico y recién cuando el movimiento armado de octubre de 1930 tomó el poder se abrió camino para cambiar el sistema electoral.

El electorado en el Municipio Neutro en la década de 1870

Autores como Murilo de Carvalho y Jairo Nicolau han atribuido la disminución del electorado en Brasil después de 1881 a las restricciones al voto de los analfabetos, tesis que parece lógica al considerar el analfabetismo del 80% de la población adulta. Sin embargo, también toman en cuenta otros factores como el mayor rigor en las exigencias para la comprobación de renta y el fin de la inscripción automática.[12] Aun así, la afirmación debe ser matizada. Es necesario considerar, por un lado, cuál es el peso efectivo de los analfabetos entre los electores inscriptos antes de 1881 y, por otro, que la reforma electoral no impidió el voto de los analfabetos ya calificados anteriormente como electores.

Jairo Nicolau, al trabajar con las listas de calificación electoral de 1876 en el Municipio Neutro (ciudad de Río de Janeiro), pretende demostrar el número significativo de analfabetos inscriptos en las parroquias cariocas, que sería del 25%.[13] Sin embargo, fundamenta su conclusión sobre ocho parroquias de las veintiuna existentes en el municipio. Y en su muestra, cinco de las parroquias son periféricas o rurales (Isla del Gobernador, Irajá, Jacarepaguá, Guaratiba, Santa Cruz), y en ellas el número de analfabetos inscriptos era muy superior al de las parroquias urbanas, que son solamente tres (Candelária, Glória, Lagoa y Gávea) lo que produce, como veremos, una inevitable distorsión en el resultado general.[14]

Para poder evaluar el real impacto de la ley Saraiva sobre el electorado de la Corte Imperial es necesario conocer la situación previa a la reforma electoral. El procedimiento ideal sería emprender una comparación en cada parroquia de los libros de inscripción electoral antes y después de la reforma de 1881. Sin embargo, la documentación disponible no permite ese procedimiento. En tesis, los libros de inscripción deberían estar depositados en el Archivo General de la Ciudad de Río de Janeiro (AGCRJ) y de hecho hay diversos libros de inscripción electoral en aquella institución, pero en ningún año consta la inscripción de todas las parroquias. Incluso en relación con la inscripción de 1876, que de acuerdo con Maria Yedda Linhares estaría completa para todas las parroquias, hay apenas algunos libros de inscripción en el catálogo del AGCRJ.[15]

Por lo tanto, los datos en las tablas que siguen son puramente indicativos, una vez que comprenden una pequeña parte de las veintiuna parroquias que dividían el Municipio Neutro, entre las cuales trece eran urbanas y ocho rurales. Para facilitar la visualización en las tablas, las parroquias urbanas aparecen sobre un fondo blanco, mientras las rurales lo hacen con un fondo gris. Me parece extremadamente arriesgada y metodológicamente discutible la suma de datos parciales, como lo ha hecho Jairo Nicolau, motivo por el cual me abstuve de hacerlo.

Calificación de votantes en 1876

PARROQUIAS

TOTAL DE CALIFICADOS

NO SABEN LEER

PORCENTAJE SOBRE TOTAL

Candelária

776 0 0 %

Santa Rita

829 66 8 %

Engenho Velho

1030 106 10,3 %

Inhaúma

836 160 19,1 %

Jacarepaguá

863 418 48,4 %


Fuentes: AGCRJ, Fondo: Câmara Municipal, Serie: Eleições, 66.2.11, 66.2.12, 66.2.13, 66.3.1, 66.3.2.

Calificación de votantes en 1877

PARROQUIAS

TOTAL DE CALIFICADOS

NO SABEN LEER

PORCENTAJE SOBRE TOTAL

Santo Antônio

871 63 7,2 %

Santana

2505 258 10,3 %

Campo Grande

650 210 32,3 %


Fuentes: AGCRJ, Fondo: Câmara Municipal, Serie: Eleições, 66.3.13.

Calificación de votantes en 1880

PARROQUIAS

TOTAL DE CALIFICADOS

NO SABEN LEER

PORCENTAJE SOBRE TOTAL

Sacramento

1401 47 3,4 %

Santo Antônio

852 130 15,3 %

Engenho Velho

1823 212 11,6 %

Irajá

922 402 43,6 %


Fuentes: AGCRJ, Fondo: Câmara Municipal, Serie: Eleições, 66.2.10, 66.4.4, 66.4.5, 66.4.6.

Obtuve números levemente distintos por parroquia con relación a aquellos relevados por Jairo Nicolau para 1876, aunque esas diferencias no lleguen a alterar significativamente los porcentajes finales. Hay varias explicaciones posibles para que diferentes investigadores lleguen a números divergentes al examinar los libros de inscripción electoral. Varios de los libros, por ejemplo, siguen el procedimiento previsto en el art. 22 del decreto nº 6.097, del 12 de enero de 1876,[16] y contienen más de un listado: una primera lista general de los votantes calificados en la parroquia, de la cual serán eliminados los fallecidos o quienes se mudaron desde la última inscripción; a esa primera lista se agregan los votantes calificados nuevos en la parroquia; y, por fin, son incorporados los votantes considerados calificados que presentaron reclamos por no constar en la lista. De esa manera, hay al fin de ese proceso un listado “consolidado” de los votantes calificados. Siempre que fue posible he utilizado los números de ese último listado. Además, por ser listas manuscritas, es posible que diferentes investigadores interpreten la letra o los símbolos adoptados por el escribano de manera diversa.

Aún con datos parciales, no es difícil verificar que el número de analfabetos inscriptos en los listados electorales es significativamente mayor en las parroquias rurales que en las parroquias urbanas. Aunque no sea posible establecer, con los datos disponibles, el porcentaje de analfabetos inscriptos en todo el Municipio Neutro, seguramente sería muy inferior a la media de 25% a la que llegó Nicolau. Faltan estudios sobre la efectiva participación electoral por parroquia para el período del Imperio; los datos generales presentados por Nicolau para la década de 1880, después de la ley Saraiva, muestran bajísima participación: alrededor de 1% de la población total.[17] Sería interesante saber si existe un paralelo en el Imperio para el fenómeno indicado por Américo Freire para el Distrito Federal en la primera década de la República, cuando –contra el sentido común– tres parroquias rurales, el llamado “triángulo”, obtenían niveles de participación electoral muy superiores a los de las parroquias urbanas.[18]

En una de las pocas situaciones en que fue posible comparar dos listados de la misma parroquia (la parroquia central de Santo Antonio) surgieron algunas diferencias de difícil explicación. Como muestran los números de las tablas, en aquella parroquia, el porcentaje de votantes que declaraban no saber leer en la inscripción de 1877 fue más del doble que en 1880, sin que haya variación sustancial en el número total de votantes. Sin embargo, al comparar los nombres de los inscriptos, hay casos de votantes calificados que declaraban saber leer en 1877 y no saber en 1880.

El sastre Ernesto Meliciano Dias da Gloria, que figura como elegible sin saber leer, residente en la Calle de los Inválidos número 48 (conventillo u otra forma de habitación colectiva),[19] declara que tiene 49 años y renta de 400$000 (cuatrocientos mil-réis) en 1880. En 1877 Ernesto Emerenciano Dias da Gloria, también sastre y soltero, residente en la misma dirección y con la misma renta, decía tener 48 años, que era hijo de Nicolau Dias Gloria, y aparecía como elegible y sabiendo leer. Pese a las discrepancias en cuanto al nombre, edad, filiación y alfabetización, los dos Ernestos parecen ser la misma persona. Pedro Carolino Gomes Ferreira da Veiga, soltero, encuadernador, de 57 años en la inscripción de 1887, residente en el número 113 de la Calle de los Inválidos (habitación colectiva), en la 2ª cuadra de la Parroquia de Santo Antonio, con renta de 200$000, no elegible y sabiendo leer, aparece en el listado de 1880, ya con 60 años, con todos los demás datos inalterados, pero como analfabeto.

Bernardino Antonio Leite, casado, artista, de 54 años en la inscripción de 1877, residente en el número 27 de la Calle Silva Manoel, en la 14ª cuadra de la Parroquia, con renta de 200$000, no elegible y constando como sabiendo leer, aparece en 1880, a los 57 años, como no sabiendo leer y se mantienen inalterados los demás datos.

Antonio dos Santos Pereira, casado, tipógrafo, de 36 años en 1877, residente en la Calle del Senado, 19, en la 17ª cuadra de la Parroquia con renta de 400$000, aparece como elegible y sabiendo leer, pero en 1880 aparece con 41 años, ejerciendo el oficio de fundidor y como analfabeto.

Lo mismo sucede con Cezar José Valença, soltero, pintor, de 48 años en 1877, residente en el número 38 de la Calle del Senado, 17ª cuadra, con renta de 400$000 y figurando como elegible y sabiendo leer; en 1880 aparece con 56 años y analfabeto. También Faustino da Silva Cardozo, soltero, carpintero, con 50 años en 1877, residente también en la calle del Senado número 49, con renta de 720$000, figura como elegible y sabiendo leer. Mientras, en 1880 cuando aparece, asombrosamente, con 37 años, pero ahora aparece como analfabeto. Pero también sucede lo contrario. Pedro Felippe, de 65 años, soltero, empleado, residente en el número 105 de la Calle del Senado, 15ª cuadra, con renta de 200$000, consta como no elegible y analfabeto en 1877, y en 1880 figura como no elegible, pero sabe leer.[20]

Esos ejemplos de alteraciones e incongruencias de una inscripción con relación a la otra no son numéricamente suficientes para atribuirlos al mayor o menor rigor del escribano en los distintos momentos, parece más plausible imputarlos a la distracción o al cansancio. Por lo tanto, si apenas una parte de los analfabetos listados pueden ser atribuidos a los cambios en la clasificación de una inscripción a otra, es posible suponer que haya ocurrido una renovación significativa del electorado de la parroquia en el corto período de tres años.

Sólo para ilustrar: en un levantamiento que realicé en las tres primeras cuadras de la Parroquia de Santo Antonio, que comprendía la Calle de los Inválidos y la Calle del Riachuelo, comparando nominalmente las listas electorales de 1877 y de 1880, apenas 39% de los electores inscriptos en 1877 permanecía en la misma dirección en 1880. Evidentemente, eso no quiere decir que ese porcentaje de cambios ocurra con igual intensidad en todas las cuadras de la parroquia o que el cambio de domicilio no pudiera suceder dentro de la misma parroquia, pero indica que las diferencias entre las dos inscripciones pueden, probablemente, atribuirse a la renovación del electorado y a la llegada a la parroquia de un número significativo de electores analfabetos.

Sin embargo, más que el número de analfabetos, en el caso del Municipio Neutro, el factor determinante para la disminución del electorado parece haber sido la renta. Si las parroquias más rurales presentaban el número más elevado de votantes analfabetos (en 1876 representaban casi mitad de los calificados en Jacarepaguá), aún más significativo es que 92% de los votantes de esa parroquia, casi siempre agricultores y en buena medida exesclavos o descendientes de esclavos (pardos, negros y cholos representaban el 61% de los hombres libres en aquella parroquia, mientras eran apenas 28% en el municipio),[21] declaraba apenas la renta mínima exigida por la legislación (200$000), lo que los excluiría del derecho de voto a partir de 1881 cuando la exigencia de renta era el doble.[22]

Nicolau, Carvalho y, antes que ellos, Linhares sostienen, con razón, que la renta anual de 200$000 es extremadamente baja con relación al rendimiento anual de la mayor parte de las ocupaciones manuales.[23] Sin embargo, esto no es lo más importante pues no se trata, a partir de 1875, y particularmente de 1881, de la ganancia que efectivamente obtenía la mayoría de los brasileños que reunieran los demás requisitos para la inscripción electoral, sino de las dificultades creadas para su comprobación.

Jefferson Cano, al estudiar el caso en la ciudad de San Pablo, comparó la calificación de los electores en 1876 y 1881, demostrando la caída porcentual de la faja del electorado de menor renta y la disminución acentuada de trabajadores manuales en el electorado después de la reforma. Concluyó que la comprobación de la renta fue el factor determinante para la disminución del electorado con la ley Saraiva.[24]

Electores de la ciudad de San Pablo. División del electorado por renta 1876-1881
Nivel de Renta Número de electores – 1876 Porcentaje Número de electores – 1881 Porcentaje
Mayor o igual a 1:600$000 235 13% 229 37%
800$000 – 1:599$000 327 17% 172 28%
200$000 – 799$00 1306 70% 216 35%
Total 1868 100% 617 100%

Fuente: Jefferson Cano, Os eleitores da cidade de São Paulo e os significados da Lei Saraiva (1880), p. 14.

En 1876, en la inscripción electoral de la Parroquia de Jacarepaguá apenas el 8% de los votantes calificados presentaba una renta superior al mínimo exigido de 200$000.[25] En la inscripción de 1880, en la Parroquia de Sacramento (en la que según el censo de 1872 sólo el 19% de los hombres libres eran pardos, negros o cholos)[26] apenas 11 votantes de un total de 1401 declaraban la renta mínima exigida y todos ellos ejercían ocupaciones manuales.[27] Es decir, se supone que con el aumento de la renta a 400$000 en el caso del Municipio Neutro, de acuerdo a la ley Saraiva, los excluidos del derecho al voto hayan sido principalmente los que en la legislación precedente eran votantes de las parroquias rurales y aquellos con menor calificación profesional (y, por lo tanto, menor renta) de las parroquias urbanas. Eso es evidente en el caso de Jacarepaguá, en donde había 863 votantes calificados en 1876, cayendo a apenas 35 en 1881. Pero también las parroquias de alta renta vieron declinar sus listas de electores, como Candelária, que pasó de 776 a 203 electores.[28] Por lo tanto, la mayor contribución a la disminución del electorado fue sin duda el aumento del rigor de la legislación para la comprobación de renta.

La lucha judicial por el derecho al voto después de la ley Saraiva

Según Maria Yedda Linhares, los votantes en la Corte Imperial de 1876 sumaban 16 mil sobre una población estimada superior a 200 mil habitantes. En 1881, con el fin de la elección indirecta, el número de electores inscriptos bajó a 6.665 sobre una población de más de 350 mil habitantes.[29] Se trata de una caída del 58,3% en el número de electores calificados, aunque mucho menor que el 90% de caída ocurrida a nivel nacional. Aunque, vale recordar, que el número de electores inscriptos no se traduce en participación efectiva en el proceso electoral.

En febrero de 1881 Octaviano Hudson, de 43 años, viudo y residente en la Parroquia de la Gloria, en la Calle Barão de Guaratiba, 27 A, de profesión periodista, requiere del juez de derecho del 9º Distrito Criminal su inclusión en la inscripción electoral de dicha parroquia, “disponiendo de las condiciones exigidas por ley para el ejercicio del derecho de votar”. Además, Hudson solicitaba la concesión del plazo legal para la presentación de la documentación comprobatoria. El requerimiento interpuesto por el periodista era un impreso con los espacios necesarios en blanco para que los datos personales fueran insertados de forma manuscrita. En el texto impreso constaba que el requirente era “ciudadano brasileño, con posesión no contestada de sus derechos políticos”, una más de las diversas fórmulas consagradas en ese tipo de documento. Sin embargo, todo el proceso remite justamente al estado de sus derechos políticos en los términos de la ley n. 3029 del 9 de enero de 1881 (ley Saraiva), y del decreto n. 87981 del 29 de enero del mismo año, que regulaba en detalle por intermedio de sus 117 artículos, las normas de la inscripción electoral y las formas de comprobación de los requisitos para ser elector. Los documentos adjuntos fueron considerados insuficientes por el juez a los efectos de comprobar la renta, haciendo que Hudson recurriera al Tribunal de Apelación de Río de Janeiro. El tribunal denegó el recurso y mantuvo la decisión del juez de primera instancia que condenó al recurrente a pagar la mitad en costas.[30]

Al efectuar una búsqueda nominal en la base de datos del Poder Judicial del Archivo Nacional me encontré, de manera casual, con centenares de procesos relacionados con el derecho de voto en los tribunales de segunda instancia. De ellos, cerca de cincuenta se refieren a recursos presentados al Tribunal de Apelación de Río de Janeiro por ciudadanos, residentes en el Municipio Neutro, que reivindican el derecho de inscripción electoral en el período inmediatamente siguiente a la implantación de la ley Saraiva, en 1881 y 1882.

Si Octaviano Hudson fuera uno más de los muchos desconocidos que recurrían al Tribunal de Apelación por la pérdida del derecho al voto, es probable que yo nunca hubiese llegado a esa documentación. Hudson, sin embargo, no era un desconocido. Originariamente ejerció el oficio de tipógrafo y, como muchos de sus pares, pasó luego al periodismo y a la poesía. Firmó el Manifiesto Republicano de 1870, probablemente fuera el único proletario en hacerlo, aunque ya en ese documento aparecía identificado como periodista. En 1872, fue uno de los fundadores de la emblemática Asociación de Auxilios Mutuos “Liga Obrera”, considerada por algunos autores de orientación socialista.[31] Fue también miembro de la Sociedad carnavalesca “Club de los Democráticos”, configurada como uno de los espacios de crítica política al régimen monárquico y a la esclavitud en la década de 1880.[32] Como miembro del club, fue el responsable de entregar, en enero de 1880, al “Gabinete Portugués de Lectura” la suma de 180$200 recolectada por los asociados en favor de la viuda del poeta Fagundes Varella.[33] Hudson falleció en 1886, a los 49 años, sin haber recuperado el derecho a votar que le había sido usurpado.

El proceso de Hudson es uno de los 55 interpuestos ante el Tribunal de Apelación de Río de Janeiro entre 1881 y 1882 por los habitantes de diversas parroquias de la capital del Imperio, cuya inscripción electoral había sido negada por jueces de primera instancia. La desaparición de los procesos de primera instancia en los que no hubo recurso al Tribunal de Apelación no nos permite tener una idea del número de procesos que fueron inicialmente iniciados. Sin embargo, la existencia de formularios impresos por diferentes tipografías con distintos tipos de requerimientos relacionados con la inscripción electoral, en los que constan espacios para la inserción de datos tales como nombre, edad, filiación, estado civil, profesión, renta y domicilio del requirente, indica que el número de solicitudes debería ser de tal magnitud que justificara la iniciativa y los costos de impresión. Por lo tanto, muy probablemente los recursos que llegaron al tribunal superior constituyen la punta visible del iceberg de una enorme masa de procesos de primera instancia que permanece oculta, tal vez para siempre.

Todos los procesos en el Tribunal de Apelación referentes al derecho de voto interpuestos por residentes en la ciudad de Río de Janeiro fueron impulsados directamente por los interesados, y aunque hayan recibido algún auxilio jurídico son procesos individuales. Los residentes de las provincias, en cambio, contrataban a un apoderado para seguir el proceso en la capital, y frecuentemente eran colectivos; ese fue el caso del oficial carpintero José Pereira Ramos (residente de la Parroquia Santa Cruz de Mendes, Comarca de Vassouras, Provincia de Río de Janeiro) quien alegaba poseer una renta de 500$000 y, junto con otros siete residentes de la localidad, nombró a un apoderado para obtener la inscripción electoral.[34]

Entre los procesos analizados de la capital, apenas 5 de los 55 son tomados por los jueces del Tribunal de Apelación. Como sucedió en otros lugares (como la ciudad de San Pablo estudiada por Jefferson Cano), la principal razón para negar autorización al recurso interpuesto (denegar la solicitud) era la comprobación de renta. Eso ocurre en el 31% de los procesos. A diferencia del sentido común que pretende que las leyes en Brasil se hacen, pero no se cumplen, lo que se observa en esos procesos es un extremado rigor de los magistrados, tanto de la primera como de la segunda instancia, en observar la letra de la ley. Por ejemplo, en los raros casos en que los bachilleres que tenían derecho al voto independientemente de la renta (así como oficiales militares, jueces, funcionarios públicos con derecho a jubilación, ministros, etc.) tuvieron que recurrir al Tribunal de Apelación y la ausencia del diploma definitivo o la no legalización de un diploma extranjero conducía a la negación del recurso.

En los procesos observados hay una distribución entre parroquias urbanas y rurales que sigue de cerca la proporción de la población entre esas parroquias. La parroquia de Santa Rita, la más populosa de la capital que forma parte de las parroquias centrales y comprende la zona portuaria, es de lejos la que tiene más electores que presentan recursos al Tribunal de Apelación. Sin embargo, tanto en el caso de la manutención de la proporción entre parroquias urbanas y rurales, como en el mayor número de recursos provenientes de la parroquia más populosa de Santa Rita, no hay razón para suponer que no sean simples coincidencias.

Recursos al Tribunal de Apelación –
Clasificación por Parroquias

FELIGRESÍAS/PARROQUIAS/CURATOS*

NÚMERO DE PROCESOS

%

Santa Rita

21

37

Sacramento 1 2
Glória 8 15
Santana 4 7
Engenho Velho 2 4
Lagoa** 3 5
São Cristóvão 4 7
Gávea** 1 2
Irajá 3 5
Inhaúma 1 2
Campo Grande 6 11
Santa Cruz 1 2
TOTAL 55 100

* Como estas denominaciones variaron a lo largo del tiempo, se adoptó en el texto una única denominación para esas divisiones administrativas: parroquia.

** Lagoa y Gávea que en la década de 1870 constituían una única parroquia, en la década siguiente estaban separadas.

En cuanto a las actividades y profesiones de los recurrentes, encontramos 40% de trabajadores manuales, empleados del comercio y militares de bajo rango; 26% de empleados en oficinas públicas o en diferentes actividades del judiciario y auxiliares de administración; 22% de negociantes y comerciantes, en su mayoría compuesta por pequeños minoristas, dueños de mercerías, bares, tabernas. Aunque en ese universo limitado de casos esos porcentajes sean estadísticamente irrelevantes, sirven al menos para indicar el origen de clase de los recurrentes.

Cuando se cruzan los datos de actividades y domicilio aparece algo curioso: todos aquellos domiciliados en las dos circunscripciones más rurales de Río de Janeiro (Campo Grande y Santa Cruz) son taberneros o dueños de bares. Mi sospecha es que esas actividades desarrollaban algún rol importante en el sistema clientelista para movilizar electores y reunir facciones políticas, como sucede en el caso de Recife:

En días de elecciones algunas tabernas llegaban a ser apropiadas por los grupos políticos en disputa, en donde se armaban tiendas para recibir a los correligionarios aliados, votantes, y toda la gente interesada en las elecciones. [35]

Sin embargo, serían necesarias investigaciones suplementarias para poder confirmar esa hipótesis.

Recursos al Tribunal de Apelación –
Clasificación por ramas de actividad/profesión

RAMA DE ACTIVIDAD/PROFESIÓN

NÚMERO DE PROCESOS %
Sin denominación de la actividad 4 7
Labranza/labrador 2 4
Artista (tipógrafo, ebanista, zapatero, etc.) 7 13
Trabajadores en el comercio (dependiente) 3 5
Militares (de la Armada, maquinista, oficial de hacienda) 11 20
Empleados en oficinas públicas y similares (empleados del Tesoro Público, de la Policía, de la Cámara, del foro) 8 15
Empleados en servicios/profesionales liberales (auxiliares de escribano, de administración, periodista, asistentes legales, telegrafista) 6 11
Bachilleres (profesionales de nivel superior) 2 4
Negociante/comerciante (comerciante minorista, dueño de mercería, dueño de bar, tabernero, dueño de relojería y orfebrería) 12 22
TOTAL 55 100

Hay casos en los que el intento de inscribirse como elector atraviesa los regímenes políticos. El tipógrafo Augusto Manoel de Brito Guimarães, entonces residente en la parroquia de la Gloria, cuyo recurso fue negado en 1881 por no poder comprobar renta, volvería a fracasar ya con la República, y otra vez en 1905.[36] En ese ínterin residió en cuatro direcciones distintas. Este caso evidencia la dificultad de los más pobres en permanecer por largo tiempo en la misma dirección,[37] ya que el cambio de domicilio era lo que terminaba prevaleciendo y, para la calificación del elector, de acuerdo con un decreto de 1890, era necesario comprobar la residencia en el distrito de inscripción por al menos seis meses.[38] Tanto la comprobación como la exigencia del tiempo de residencia hacían difíciles las inscripciones de Brito Guimarães y de otros como él. En 1908, finalmente consiguió anotarse como elector por la pretoría de Espírito Santo.[39]

A propósito, el tiempo necesario de residencia para ser elector es una cuestión que fue despreciada por la historiografía y que merecería ser estudiada para evaluar su impacto sobre la caída del número de electores después de la ley Saraiva. El decreto nº 6.097 del 12 de enero de 1876, en su art. 26 que trata sobre la elaboración de la lista de ciudadanos aptos para votar por la Junta Parroquial, determina que serán inscriptos aquellos que tengan por lo menos un mes de residencia en la parroquia antes de la reunión de la Junta, pero dispone que aquellos que tengan tiempo menor de residencia se puedan inscribir en la parroquia en que la residían anteriormente. Ya la ley Saraiva, en su art. 8º, establece que “para que se considere el ciudadano domiciliado en la parroquia, se exige que resida allí un año antes de la revisión de la inscripción general de los electores”. De manera que formaba parte de la documentación adjunta a los procesos de recurso al Tribunal de Apelación, la declaración del inspector de la cuadra sobre el tiempo de residencia del recurrente. Como hemos visto en la comparación entre los electores inscriptos en 1877 y 1880, domiciliados en las tres primeras cuadras de la parroquia de Santo Antonio, el 61% se mudó de domicilio en ese ínterin. Está claro que eso no puede generalizarse ni para toda la parroquia de Santo Antonio ni, mucho menos, para todas las parroquias del Municipio Neutro, una vez que –como hemos visto– Santo Antonio tenía características bastante particulares (aunque no exclusivas de esa parroquia), como la presencia significativa de conventillos y otras formas de habitación popular colectiva. Es probable que en parroquias rurales la permanencia en una misma dirección fuese más duradera que en las parroquias urbanas centrales, pero la única manera de confirmarlo sería con una comparación sistemática de inscripciones en diferentes elecciones. Pese a esas ponderaciones, la comparación de Santo Antonio sugiere que la cuestión de la permanencia en el domicilio electoral debería ser considerada en la ecuación que se propone analizar el electorado en el Imperio.

Volviendo a los procesos de inscripción electoral en el Tribunal de Apelación, entre los nombres de los recurrentes hay apenas dos figuras públicas: el ya nombrado Hudson y Raimundo Teixeira Mendes. Este último era ingeniero politécnico, estudiante de Medicina, profesor de Matemática y uno de los principales dirigentes del positivismo ortodoxo en Brasil, junto con Miguel Lemos, con quien fundaría en mayo de 1881, mientras se tramitaba su recurso en el Tribunal de Apelación, la Iglesia Positivista de Brasil y el Apostolado Positivista Brasileño. Su recurso fue negado por no haber comprobado que se mantenía con sus propios recursos al vivir con sus padres.[40] Tanto Hudson como Mendes son integrantes de la generación de 1870,[41] y representantes de diferentes facciones del “radicalismo” político articulado durante el Imperio al margen del sistema político formal por medio de conferencias, de la prensa y de la actividad de clubes y asociaciones pero, al mismo tiempo, haciendo uso de los espacios institucionales abiertos por el poder.

El lector podrá indagar con toda razón: si esos ciudadanos, la mayoría con escasos recursos financieros, estaban dispuestos a efectuar gastos en la justicia para recobrar sus derechos, ¿por qué no se tradujo en otras formas de protesta colectiva? De hecho, no hay noticias de manifestaciones en Río de Janeiro, excepto artículos aislados en la prensa. La única forma de protesta colectiva se manifestó a través de las referencias a la reforma electoral en las sociedades carnavalescas.[42] Mi principal hipótesis (pasible de verificación) es que en la Corte Imperial, en 1881, aún persistía el recuerdo de la “Revuelta del Veintén” del año anterior, que había conducido al exilio a uno de los principales tribunos opositores, Lopes Trovão. Por lo tanto, no había clima político para la realización de manifestaciones en la calle.[43] En Ceará, la Sociedad de Dependientes de Comercio de aquella provincia publicó un manifiesto protestando contra la interpretación de la ley electoral que conduciría a la exclusión de las listas de varios dependientes, acompañado de los requerimientos de los perjudicados.[44]

El derecho al voto en la República

Con el advenimiento de la República en 1889, el decreto nº 200 A del 8 de febrero de 1890 preservó la prohibición del voto de los analfabetos vigente desde 1882. Sin embargo se derogó el voto censitario y la edad mínima de los votantes bajó de 25 a 21 años (con excepción de los casados, oficiales militares, bachilleres recibidos y clérigos de órdenes sacras que podían votar siendo menores de 21 años). Como antes, el voto seguía siendo no obligatorio. La gran novedad que traía ese decreto, sin embargo, fue la inclusión como electores de los extranjeros residentes en Brasil quienes se convirtieron automáticamente en ciudadanos brasileños una vez proclamada la República, a menos que manifestaran el deseo de preservar la ciudadanía de origen.[45] La primera elección republicana ocurrió en septiembre de 1889, para elegir a los miembros de la Asamblea Constituyente pero, como subraya Jairo Nicolau, la ausencia de datos sobre los electores inscriptos para esa elección imposibilita verificar si el impacto de las medidas con el objetivo de ampliar el electorado compensó la exclusión de los analfabetos.[46] El decreto, sin embargo, consideraba válido el registro de electores realizado en 1881 como ya lo había hecho la ley Saraiva. Se aceptó el voto de analfabetos anteriormente registrados pero se impidió la inscripción de nuevos electores analfabetos. Eso se mantendría inalterado por la ley Nº 35 del 26 de enero de 1892 que reconocía como electores a los ciudadanos ya inscriptos en 1881 y 1890,[47] al mismo tiempo que se mantenían los dispositivos del decreto anterior sobre los extranjeros naturalizados automáticamente, que se extendía ahora a los nuevos inmigrantes.

A primera vista, el impacto del decreto de la naturalización debería haber sido enorme, pero también en ese caso la ausencia de datos confiables hace difícil su evaluación. José Murilo de Carvalho muestra que las representaciones de países como Italia, Francia y Reino Unido promovieron campañas eficientes para que sus ciudadanos conservaran la ciudadanía, al tiempo que Portugal, por ejemplo, enfrentó dificultades para convencer a sus nacionales.[48]

Ninguno de los textos legales del inicio de la República hace referencia explícita a la exclusión de las mujeres del derecho al voto, al describir quienes son los ciudadanos, al enumerar los prerrequisitos para ser elector o, incluso, al establecer quiénes son los excluidos del voto. Se sigue la lógica de la legislación del Imperio en la que tampoco la exclusión es explícita. Por eso, durante la Primera República, de manera aislada, algunas mujeres reclamaron su inscripción como electoras.[49]

A pesar de los cambios introducidos durante la República, la percepción generalizada de que el proceso electoral era fraudulento y estaba marcado por la violencia entre las facciones políticas no estimulaba la participación, como muestran los bajos índices de electores y de asistencia a las urnas. Murilo de Carvalho estima que menos del 10% de la población cumplía las condiciones para ser elector.[50] De ese porcentaje apenas una fracción estaba registrada y apenas el 30% de los registrados votaba efectivamente.[51]

El elector estaba sometido a todo tipo de presión ya que no existía el voto secreto y cabía a los votantes llevar las boletas desde su casa. Como en el Imperio, las mesas electorales controlaban el resultado de las elecciones. Encargadas del cómputo de los resultados y de la redacción de las actas, podían fraguar los resultados de las urnas por medio del “bico de pena”.[52] Por fin, el reconocimiento de los electos debería ser realizado por cada casa legislativa y estas podían no dar elegir al más votado por medio de la llamada “degola”.[53]

En el caso del Distrito Federal, en donde la presión directa sobre el elector era sin duda menor que en los municipios del interior controlados por los coroneles,[54] eso no se traducía en una mayor participación sino justamente en lo contrario. En la elección presidencial de 1910, una de las raras elecciones disputadas de la Primera República, entre las candidaturas de Hermes da Fonseca y Rui Barbosa, apenas el 34,4% de los electores inscriptos votaron. Al tiempo que en Bahía el porcentaje fue de 91,5%. Dos años más tarde, en las elecciones para la Cámara de los Diputados y la renovación de un tercio del Senado, ese porcentaje en el DF subió al 42,9%, mientras en Bahía cayó al 72%.[55] Eso quizás indique que el elector carioca percibía una mayor posibilidad de que sus intereses fuesen atendidos más por los parlamentarios que por el presidente.

La correlación entre el sistema electoral fraudulento y el desinterés por la participación política no escapaba a un obrero socialista que escribía en 1913:

Es cierto que la acción de pretendidos libertarios han entorpecido un poco nuestra propaganda, haciendo que los obreros que aún no conocen nuestro ideal abandonen ese camino que inevitablemente debemos transitar, pero aun así debemos decir en nombre de la verdad y de la justicia, que lo que más ha contribuido para el alejamiento de la clase obrera de sus derechos políticos, ha sido la falta de seriedad de todos los políticos que se han presentado a los cargos electorales, que faltos de ideas y de valor y mérito para conquistar esas posiciones, han buscado transformar el sistema electoral en una cosa depreciable en la que no se respeta el voto, en donde sólo se elige con actas falsas a los individuos indicados por los mandones dominantes, a su vez también ascendidos por los mismos procesos fraudulentos indignos de quien se precia.[56]

Las candidaturas obreras

El tema de las candidaturas obreras adquirió importancia ya al comienzo de la República, en 1890, cuando los obreros organizados de la capital federal se dividieron entre las corrientes lideradas por el tipógrafo Luis França e Silva, del Partido Operário, y por el teniente de la Marina de Guerra, Augusto Vinhaes, del Centro do Partido Operário. En esa ocasión, ambas organizaciones postularon sus candidatos a la Asamblea Constituyente, pero solamente el teniente, que había construido una base sólida de apoyo en determinados sectores de la clase obrera como los ferroviarios, fue elegido. Y amenazando con paralizar sectores sobre los cuales tenía influencia, fue capaz de interferir en la discusión de los dispositivos del Código Penal de 1893 que tenían el objetivo de cohibir el derecho de huelga.

Sin embargo, será recién a comienzos del siglo XX que la cuestión de las candidaturas obreras ganará relevancia y cambiará los términos del debate. En 1903 el periódico bimensual C, dirigido por el tipógrafo Elisario Freire y codirigido por el también tipógrafo Antonio Gonçalves Melgaço, publica en su número inaugural una lista integrada por 29 trabajadores que proponen los nombres del tipógrafo Antonio Venancio Gonçalves, del obrero-mecánico Ezequiel Faria de Souza y del ajustador Bernardino Gomes Ribeiro, como candidatos a intendentes municipales en el Distrito Federal.[57] Las candidaturas estaban vinculadas a la corriente positivista Culto do Trabalho, liderada por el tornero mecánico Francisco Juvêncio Sadock de Sá, que impulsaba la obtención de derechos por medio del consenso social y no mediante la confrontación. Sadock de Sá era el segundo signatario de la lista de apoyo a las candidaturas y sería un colaborador regular del periódico bajo el seudónimo de François Seul. Dos meses más tarde, Gonçalves y Ribeiro renunciaron a sus candidaturas para ampliar las chances de Ezequiel Faria de Souza.[58] Ese último aceptó, entre otras razones, porque ya había sido en 1901 candidato por una asamblea que habría reunido 203 obreros, y declaraba: “No tengo programa y nada prometo; sin embargo [sic], si soy electo, todo lo que sea de justicia e interés para la colectividad sufrida será defendido intrépidamente por mí”.[59]

El periódico Brasil Operario presentó la candidatura de Sadock de Sá como diputado por el 2º distrito de la capital federal (dividida en dos distritos electorales).[60] Al mismo tiempo que propagandizaba las candidaturas obreras, el periódico asumía la defensa del llamado “exclusivismo” obrero (posición que defiende que los trabajadores sólo podrían representar trabajadores, lo que más tarde sería denominado como “obrerismo”). Inicialmente, esta postura fue defendida por uno de sus colaboradores, el encuadernador José Hermes de Olinda Costa y luego adoptada por los editores del periódico. Desde esta posición el articulista y la dirección del periódico emprendieron una campaña exasperada contra el profesor y médico socialista Vicente de Souza, que dirigía el Centro das Classes Operárias [CCO] y al año siguiente se involucraría en la Revuelta de la Vacuna. Souza era acusado por los redactores del periódico de ser manipulador y alguien externo al movimiento. Paradójicamente, el dirigente de la CCO había sido calificado por Sadock de Sá, en el primer número del periódico, como ejemplo de “los mejores y los más puros elementos de las otras clases sociales”[61] y su ahora crítico, Hermes de Olinda, figuraba el año anterior a su lado en la formación del Partido Socialista Coletivista (uno más de los efímeros partidos socialistas locales de la Primera República).[62]

En la defensa del exclusivismo, el periódico pretende que tanto Marx como la Asociación Internacional de los Trabajadores (AIT), en su congreso de 1866 en Ginebra, habían consagrado ese principio.[63] Esto era inexacto. El intento de la sección parisiense de la AIT (dominada por posiciones proudhonianas y la única sección en aplicar el principio del exclusivismo) de impedir en aquel congreso que personas no obreras fueran electas delegadas para los futuros congresos de la Internacional fue derrotado.[64] La campaña contra Vicente de Souza y la CCO, sin embargo, terminó a fines de 1903 con la salida, por razones no reveladas, de Hermes de Olinda del cuadro de colaboradores del periódico.[65]

La derrota de todas las candidaturas obreras aquel año convenció a Seul y a Sadock de Sá de constituir un partido político de la clase obrera.[66] Pero la perspectiva no prosperó y volvieron a actuar como grupo de presión, aunque esporádicamente presentaran candidaturas aisladas. Así, en abril de 1917, una reunión convocada por el Círculo Operário Nacional (organización vinculada al Culto del Trabajo) reunió delegados de la Imprensa Nacional, Arsenal da Marinha, Casa Hime (fundición), Telégrafos, Lloyd Brasileiro, Companhia Brasileira de Energia Elétrica, Locomoção da Estrada de Ferro Central do Brasil, entre otras reparticiones y empresas. En esa reunión se eligió una lista electoral para disputar los comicios del Consejo Municipal compuesta por dos candidatos para el 1er distrito (Augusto de Azevedo Santos y Alvaro Graça). Un tercero sería elegido por los obreros del Arsenal de la Marina y tres candidatos por el 2º distrito (Sabino Antonio do Nascimento, Antonio Mariano Garcia y amilo Costa Rebello).[67]

El trabajador del tabaco Mariano Garcia, socialista y fundador de diversos periódicos a lo largo de la Primera República, fue probablemente el candidato obrero que más veces disputó las elecciones para el Consejo Municipal, sin conseguir nunca ser elegido. Compitió por primera vez en 1894 y por última en 1926.[68] Estuvo cerca de ser electo en 1913, candidato por la reformista Confederação Brasileira do Trabalho (CBT ), junto con el albañil Fideliz José Marques por el 2º distrito, mientras los nombres del estibador José da Rocha Soutello y del barquero Antero de Vasconcellos fueron presentados por el 1er distrito.[69] El mismo Garcia consideraba que la elección sería dominada por los candidatos de los partidos Republicano Conservador y Republicano Liberal, con la consecuente derrota de la lista electoral de la CBT, que no tenía como fiscalizar las elecciones y tampoco el control del proceso que los demás tenían y anticipaba el fraude.[70] Sin embargo, O Paiz, diario en el que Garcia redactaba una columna obrera, suscitó esperanzas al considerar que con 1.152 votos se elegiría en octavo lugar en el 2º distrito.[71] Cuando se divulgaron los resultados definitivos por la junta de pretores, con diferencias significativas de los números publicados en la prensa el día siguiente, se confirmó la victoria de los candidatos de la oficialista PRC cuyos votos se duplicaron en relación a los previamente divulgados.[72]

Las elecciones del turbulento año 1917, con la participación de candidatos obreros de los más variados matices ideológicos, fueron particularmente reñidas. A partir de aquel período es posible encontrar candidaturas obreras en casi todas las elecciones para diputados e intendentes (concejales, en el caso del Distrito Federal). Incluso candidatos provenientes de líneas del anarquismo o del sindicalismo revolucionario. Ese fue el caso de João Leuenroth, hermano de Edgard, uno de los principales dirigentes del anarquismo en Brasil. João, que tuvo funciones importantes en la Confederação Operária Brasileira y en diversas asociaciones obreras partidarias de la acción directa, se convirtió en presidente de la Associação Gráfica do Rio de Janeiro, entre 1916 y 1919, contribuyendo a la orientación reformista de esa sociedad. En 1919, consagrando la ruptura con sus posiciones del pasado, se postuló a intendente sin éxito y se sometió a amargas críticas de sus antiguos compañeros.[73]

El apoyo de los trabajadores a candidatos no obreros comprometidos con programas sociales

Si por un lado era común, como vimos en los casos del teniente Vinhaes y del Dr. de Souza, que profesores, abogados, médicos y más raramente militares actuaran en sociedades obreras o en partidos socialistas y obreros, como sucedió en la mayor parte del mundo, hay casos de candidatos, en general políticos profesionales, que se presentan como defensores de la clase obrera o de derechos sociales. Es el caso del teniente Mário Hermes, diputado por Bahía a comienzos de la década de 1910. Era hijo del entonces presidente Hermes da Fonseca, y miembro del grupo reunido por militares y republicanos radicales que disputaba el dominio de aquel gobierno. Hermes pretendía defender las reivindicaciones de la clase obrera en la Cámara y en esa condición apoyó la realización del IV Congresso Operário Brasileiro en 1912 y del que fue nombrado presidente honorario.

Explicar ese fenómeno como resultado de la simple manipulación de los electores es tentador pero excesivamente simplista y generalmente basado en presupuestos equivocados. El caso del teniente Hermes es paradigmático. Electo diputado por Bahía, su carrera política no dependía de las buenas relaciones que pudiera tener con sectores organizados de la clase obrera carioca. Lo que tienen en común los políticos que adoptan esa postura es un sesgo reformista y un posicionamiento ideológico republicano con preocupaciones sociales.

Esa lógica se aplica a políticos disidentes del Distrito Federal que tenían programas propios aunque no competían en los cuadros del Partido Republicano. Por ejemplo aquellos herederos del republicanismo radical (Maurício de Lacerda y Nicanor do Nascimento) que encontraron espacio en la heterogénea composición que apoyó al hermismo en 1910, pero cuyas carreras ulteriores fueron más allá del gobierno de Hermes da Fonseca. Ambos serían víctimas del mecanismo de “degola” y, más tarde, integrarían el grupo Clarté.[74] Así, igual que Mário Hermes, Maurício de Lacerda, a pesar de acompañar de cerca las reivindicaciones de la clase obrera del Distrito Federal, tenía como base electoral el municipio de Vassouras (RJ). Ejemplos análogos se pueden encontrar en las líneas de apoyos civilistas de Rui Barbosa, como los abogados Evaristo de Moraes y Caio Monteiro de Barros, que mantuvieron conexiones históricas con sectores del movimiento obrero y prestaban servicios a asociaciones de trabajadores.

Hay también políticos con actuación local, como el intendente (y concejal) del Distrito Federal, Ernesto Garcez, electo en varias legislaturas entre 1907 y 1925, cuyas propuestas legislativas reivindicaban los intereses de asociaciones obreras como el Centro Cosmopolita que representaba a los trabajadores de bares, restaurantes y hoteles o la Associação Gráfica do Rio de Janeiro. [75] En común acuerdo con el Centro Cosmopolita, Garcez presentó en la Cámara en 1917 un proyecto de ley Municipal que preveía la reglamentación de la jornada de 12 horas de trabajo (10 horas para los que trabajaran en cocinas) y el descanso semanal para los trabajadores de la categoría.[76] El proyecto fue aprobado por la Cámara en diciembre de aquel año y promulgado como ley N° 1906 el 2 de enero de 1918. Para los gráficos, Garcez obtuvo una subvención municipal de 3$000 para auxiliar a la Escuela Profesional que la asociación pretendía establecer (un valor puramente simbólico, puesto que representaba la mitad del sueldo diario de un obrero) y ofreció una medalla de oro para el mejor trabajo de la exposición gráfica organizada por la Asociación.[77]

Sin alcanzar el mismo resultado positivo, Garcez presentó también un proyecto de reglamentación del trabajo fabril femenino previendo la prohibición del trabajo nocturno y diversas medidas de protección a las embarazadas y a las mujeres que estuvieran amamantando sus hijos. Al mismo tiempo Maurício de Lacerda presentaba proyecto de naturaleza similar en la Cámara de los Diputados.[78] Garcez también presentó proyectos con el objetivo de reglamentar el trabajo de las amas de leche.[79] El elemento común entre los diversos proyectos del intendente era su firme convicción de la necesidad de reglamentación del trabajo.

Si la elección de candidatos externos al movimiento obrero y vinculados a partidos burgueses que eventualmente abrazaran campañas por derechos de los trabajadores podía ser un consuelo, esa relación estaba lejos de ser armónica y desprovista de contrariedad como muestra la crítica de un articulista frente a la ampliación de la expulsión de extranjeros en 1912:

Nunca se ha podido justificar mejor la creación del partido obrero como en el momento presente que atravesamos en que la clase obrera se ve abandonada por sus elegidos.

[…] no tiene la clase obrera en el Consejo Municipal, en el Congreso Nacional, una voz sincera que se levante en protesta contra tantas injusticias, tantas opresiones.[80]

En la misma dirección, pero esta vez nombrando los responsables, otro dirigente obrero escribe:

Se admira la conducta del teniente Mario Hermes que no abrió la boca sobre la cuestión en la Cámara. Para un amigo del proletariado y un político se precia de defensor del proletariado el tema da que pensar…[81]

Sin embargo, en cada nueva elección las eventuales restricciones a los candidatos que decían representar a la clase obrera parecían olvidarse y, una vez más, surgían paladines de las causas obreras en búsqueda del voto de los trabajadores y el fenómeno se hizo más frecuente a fines de la década de 1910, particularmente en la coyuntura huelguista de 1917-1919. En las elecciones presidenciales de 1º de marzo de 1918, cuando los electores del Distrito Federal deberían elegir presidente, vicepresidente, un senador y diez diputados, el periódico vespertino A Noite situaba a Ernesto Garcez y Evaristo de Moraes entre los “candidatos de las clases proletarias” en el 1er distrito. Ya en el 2º distrito, Mariano Garcia aparecía como “candidato obrero” y el periodista Vicente Piragibe era definido como “sindicalista” (aunque no quede claro qué pretendía decir el diario con esa definición).[82] La candidatura de Garcez recibió el apoyo en diciembre de 1917 del recién fundado Partido Operário Independente cuya dirección era integrada por varios dirigentes de la Liga dos Operários em Calçados, como su presidente Custódio Pedroso Guimarães.[83] Mientras tanto, la candidatura de Evaristo de Moraes fue apoyada por el recién organizado Partido Socialista do Brasil (una más de las varias agremiaciones con esa denominación que surgieron en la Primera República), cuya dirección estaba integrada por profesionales de clase media, estudiantes, pero también por trabajadores, como Pascoal Gravina presidente de la União Geral dos Metalúrgicos (UGM). El apoyo público de Gravina a la candidatura motivó una nota de la UGM, que defendía posiciones próximas del sindicalismo revolucionario, desautorizando a cualquiera de sus miembros a representarla en las reuniones electorales.[84]

Entre los candidatos a diputados en 1918 sólo Vicente Piragibe, que ya era diputado federal desde 1915, consiguió la reelección. Garcez, que había sido electo intendente en 1917, sin lograr la elección a diputado, prosiguió en su mandato y se reeligió en la legislatura siguiente, permaneciendo en el Consejo Municipal hasta 1915.

Incluso el Partido Comunista, años más tarde, enfrentó el dilema de buscar candidaturas de políticos ajenos a sus líneas para ampliar sus chances electorales. Así, invitó a Mauricio de Lacerda y João Batista de Azevedo Lima a integrar el frente electoral Bloco Operário en la elección para diputado federal en 1927 por el Distrito Federal. Lacerda rehusó la propuesta pero Azevedo Lima aceptó y terminó electo.[85]

La percepción de los límites del sistema electoral

Si, por un lado, la percepción del sistema electoral como fraudulento se hacía evidente para muchos de los grupos y militantes obreros que se involucraban con la política electoral; por otro, las propuestas para salir del círculo vicioso del fraude y el desinterés en la participación eran en general tímidas e insuficientes. No hubo en el período analizado ningún proyecto claro de reforma del sistema electoral y esa nunca fue una prioridad en las campañas emprendidas por el movimiento obrero. El discurso sobre los males del sistema electoral no fue acompañado de la percepción sobre la posibilidad de lograr un cambio significativo.

Eso no quiere decir que propuestas de reformas más o menos tímidas no estuviesen presentes en los programas de la mayoría de los partidos obreros a partir de los primeros años de la República. El programa del Partido Operário Brasileiro emergente del Congreso Socialista de 1892, ya proponía la revocabilidad de los mandatos y el derecho de elegir y ser electo a todo individuo mayor de 18 años, así como la garantía de los derechos civiles y políticos a la mujer.[86] La misma defensa del derecho de las mujeres está en el programa del Partido Operário Socialista de 1902; en él está la propuesta de “trabajo permanente de calificación electoral y demás reformas que faciliten la acción electoral” (aunque eso no tenga resultado en una práctica concreta), el derecho al voto de los extranjeros con un año de residencia, la revocabilidad de los mandatos, la “igualdad política para los dos sexos”, el derecho al voto para todos los ciudadanos mayores de 18 años, “incluidas las mujeres”.[87]

Si tanto en el caso brasileño como en el caso argentino durante los períodos de predominio de políticas oligárquicas hubo espacio para la actuación de la clase trabajadora en la defensa de sus propios intereses, sin duda en el país vecino hubo una mayor permeabilidad y competencia en el sistema político. A tal punto que, antes de la reforma de 1912, el congreso argentino contó con un diputado socialista, Alfredo Palacios, electo en 1904, posibilidad impensable para el Brasil de la Primera República. Pero la elección de Palacios denota aun otra diferencia crucial con respecto al caso brasileño, marcado por la sucesión de partidos socialistas fragmentados, de alcance puramente local y de corta duración: la existencia de un partido socialista unificado y nacionalmente estructurado.


  1. Este texto es parte de una investigación más amplia que cuenta con el auspicio del CNPq y que integra el proyecto temático FAPESP desarrollado en el ámbito del CECULT. Traducción: Eleonora Frenkel.
  2. Nicolau, Jairo, A participação eleitoral no Brasil, Working Paper CBS-26-2002, University of Oxford Centre for Brazilian Studies, Working Paper Series, feb. 2002, p. 7.
  3. Coleção das Leis do Império do Brazil de 1824, Parte 1, Río de Janeiro, Imprensa Nacional, 1886, Cap. VI “Das eleições”, pp. 19-20.
  4. Joachims Reichel, Heloisa, “Sufrágio universal e exclusão social na Argentina pós-independente”, História Revista, 3 (1/2), ene/dic. 1998, p. 65.
  5. Bandieri, Susana, “Ampliando las fronteras: la ocupación de la Patagonia”, en Lobato,Mirta Zaida (dir.), Nueva historia argentina, t. 5, El progreso, la modernización y sus límites (1880-1916), Buenos Aires, Sudamericana, 2000, p. 138; Lobato, Mirta Zaida, “Estado, gobierno y política en el régimen conservador”, en Lobato (dir.), op. cit., p. 200.
  6. Ibidem, p. 192 (cursivas de la autora).
  7. Como por ejemplo: Nicolau, op. cit., p. 7.
  8. Además de los autores ya mencionados: Ribeiro, Gladys Sabina (comp.), Brasileiros e cidadãos: modernidade política 1822-1930, San Pablo, Alameda, 2008; Castellucci, Aldrin Armstrong Silva, Trabalhadores e política no Brasil: do aprendizado do Império aos sucessos da Primeira República, Salvador, Eduneb, 2015; Azevedo e Souza, Felipe, O eleitorado imperial em reforma, Recife, Massangana, 2015.
  9. Ver sobre el tema y con varias indicaciones de esa producción, Yablon, Ariel, “Disciplined Rebels: The Revolution of 1880 in Buenos Aires”, Journal of Latin American Studies, 40 (3), ago. 2008, pp. 485-487.
  10. Ver Alonso, Paula, “Politics and Elections in Buenos Aires, 1890-1898: The Performance of the Radical Party”, Journal of Latin American Studies, 25 (3), oct. 1993, pp. 465-487.
  11. Castro, Martín O., El ocaso de la república oligárquica: poder, política y reforma electoral, 1898-1912, Buenos Aires, Edhasa, 2012, pp. 18-19.
  12. Murilo de Carvalho, José, A construção da ordem: a elite imperial/Teatro das sombras: a política imperial, Río de Janeiro, Civilização Brasileira, 2008, p. 394; Nicolau, Jairo, História do voto no Brasil, Río de Janeiro, Jorge Zahar, 2002, p. 24.
  13. Nicolau, J., A participação eleitoral…, op. cit., pp. 8-9.
  14. La misma información se repite en obra más reciente del mismo autor, pero sin la tabla que especifica qué parroquias se utilizaron y cómo llegó a ese porcentaje. Ver Nicolau, Jairo, Eleições no Brasil: do Império aos dias atuais, Río de Janeiro, Zahar, 2012, p. 27.
  15. Yedda Linhares, Maria, “As listas eleitorais do Rio de Janeiro no século XIX”, Cahiers du monde hispanique et luso-brésilien (22), 1974, p. 49.
  16. Disponible en: https://bit.ly/2K4DfaH.l.
  17. Nicolau, J., História…, op. cit., p. 24.
  18. Freire, Américo, Uma capital para a República. Poder federal e forças políticas no Rio de Janeiro na virada para o século XX, Río de Janeiro, Revan, 2000, p. 171.
  19. Basado en los datos reunidos por Eulália Maria Lahmeyer Lobo, Maurício Abreu concluyó que alrededor de 1870, 20% de los habitantes de la parroquia de Santo Antonio vivía en conventillos. Ver Abreu, Maurício de A., A evolução urbana do Rio de Janeiro, Río de Janeiro, IPLANRIO/ Jorge Zahar, 1987, p. 43.
  20. AGCRJ, 66.3.13, Fondo: Câmara Municipal, Serie: Eleições; AGCRJ, 66.2.10, Fondo: Câmara Municipal, Serie: Eleições.
  21. Recenseamento do Brazil em 1872 [Censo del Brasil en 1827], Río de Janeiro: Typ. G. Leuzinger, [1874?], vol. 5, p. 58. Evidentemente los datos de ese censo deben ser vistos con prudencia.
  22. AGCRJ, 66.2.13, Fondo: Câmara Municipal, Serie: Eleições.
  23. Nicolau, J., A participação…, op. cit., pp. 6-7; Linhares, op. cit., pp. 57-58.
  24. Cano, Jefferson, “Os eleitores da cidade de São Paulo e os significados da Lei Saraiva (1881)”. Texto para discusión en el área de Historia Social del Programa de Posgrado en Historia UNICAMP, s.d., pp. 13-15.
  25. AGCRJ, 66.2.13, Fondo: Câmara Municipal, Serie: Eleições.
  26. Recenseamento…, op. cit., vol. 5, p. 1.
  27. AGCRJ, 66.4.4, Fondo: Câmara Municipal, Serie: Eleições.
  28. Alistamento geral dos eleitores do 1º distrito da Corte comprehende as freguezias: Sacramento, S. José, Candelária, Glória, Lagoa, Gávea, Jacarepaguá, Río de Janeiro, Typ. de Oliveira & Cª, 1881.
  29. Linhares, op. cit., p. 48.
  30. AN Judiciário, Tribunal da Relação do Rio de Janeiro, 1881 1.395/53/C.
  31. Batalha, Claudio (coord.), Dicionário do movimento operário. Rio de Janeiro do século XIX aos anos 1920: militantes e organizações, San Pablo, Editora Fundação Perseu Abramo, 2009, pp. 79 y 185.
  32. Pereira Cunha, Maria Clementina, Ecos da Folia. Uma história social do carnaval carioca entre 1880 e 1920, San Pablo, Companhia das Letras, 2001, pp. 132-136.
  33. Gazeta de Noticias, Río de Janeiro, 15 de junio de 1880.
  34. AN Judiciário, Tribunal da Relação do Rio de Janeiro, 1881 2275/50/C.
  35. Azevedo e Souza, Felipe, Direitos políticos em depuração: A Lei Saraiva e o eleitorado do Recife entre as décadas de 1870 e 1880, Disertación de Maestría, Recife, Programa de Posgrado en Historia/UFPE, 2012, p. 103.
  36. Diário Official Estados Unidos do Brazil, 19 de octubre de 1905, p. 87.
  37. Traté anteriormente esa cuestión en Batalha, Claudio H. M., “A geografia associativa: associações operárias, protesto e espaço urbano no Rio de Janeiro da Primeira República”, en Azevedo, Elciene; Cano, Jefferson; Pereira Cunha, Maria Clementina; Chalhoub, Sidney (comps.), Trabalhadores na cidade: cotidiano e cultura no Rio de Janeiro e em São Paulo, séculos XIX e XX, Campinas, Editora da UNICAMP (col. “Várias Histórias”), 2009, pp. 251-269.
  38. Disponible en: https://bit.ly/2OKCDb2.
  39. Diario Official, 23 de febrero de 1908, p. 1465; Diario Official, 5 de abril de 1908, p. 2452.
  40. AN Judiciário, Tribunal da Relação do Rio de Janeiro, 1881 892/66/C.
  41. Alonso, Angela, Ideias em movimento. A geração de 1870 na crise do Brasil Império, San Pablo, Paz e Terra, 2002.
  42. Cunha, op. cit., p. 132.
  43. Sobre la Revolta do Vintém [Revuelta del Veintén], ver Lauderdale Granham, Sandra, “O Motim do Vintém e a cultura política do Rio de Janeiro, 1880”, en Duarte Dantas, Monica (comp.), Revoltas, motins, revoluções. Homens livres pobres e libertos no Brasil do século XIX, San Pablo, Alameda, 2011.
  44. Manifestação ao público pela Sociedade Caixeiral do Ceará. Exclusão indevida de cidadãos, da lista de eleitores, por serem caixeiros e intelligencia do Art. 92 §3 da Constituição Política do Império e da Lei Eleitoral, Fortaleza, s.e., 1882.
  45. Disponible en: https://bit.ly/2B8SvRm.
  46. Nicolau, J., Eleições…, op. cit., pp. 54-55.
  47. Ibidem, p. 55; https://bit.ly/2zaviNd.
  48. Murilo de Carvalho, José, Os bestializados…, op. cit., pp. 81-84.
  49. Nicolau, J., Eleições…, op. cit., pp. 53 y 148 n. 10.
  50. Murilo de Carvalho, José, “Os três povos da República”, en Rezende de Carvalho, Maria Alice (comp.), República no Catete, Río de Janeiro, Museu da República, 2001, p. 70.
  51. Ibidem, pp. 72-76.
  52. El llamado “bico de pena” o “eleição a bico de pena” eran fraudes realizados por las mesas electorales, que funcionaban como juntas para computar los votos, en las actas que traían los resultados del pleito. Ver Coelho Silva, Beatriz, “Eleição a bico de pena”, en Alves de Abreu, Alzira (coord.), Dicionário histórico-biográfico da Primeira República [Recurso eletrônico]: 1889-1930, Río de Janeiro, Editora FGV, 2015, pp. 2010-2011.
  53. Nicolau, Jairo, Eleições…, op. cit., pp. 66-72. La “degola” consistía en el no reconocimiento por la Comisión de Verificación de Poderes, controlada por el oficialismo, del candidato electo, quien, consecuentemente, no asumiría el cargo. Aunque esa comisión existiera desde el Imperio, esa práctica se hace cotidiana contra candidatos de oposición a partir de 1899. Ver Gomide Nasser, Thiago, “Comissão de Verificação de Poderes” en Alves de Abreu, Alzira (coord.), Dicionário…, op, cit., pp. 1507-1509.
  54. El fenómeno conocido como “coronelismo”, durante la Primera República, consiste en el control por jefes políticos locales (frecuentemente propietarios de patentes de oficiales de la Guardia Nacional, de coronel u otras) del proceso electoral y de los cargos políticos y administrativos del municipio. Ver a propósito Murilo de Carvalho, José,  “Mandonismo, coronelismo, clientelismo: uma discussão conceitual”, en Murilo de Carvalho, José, Pontos e bordados: escritos de história e política, Belo Horizonte, Editora UFMG, 1998, pp. 130-152.
  55. Ministerio da Agricultura, Industria e Commercio/Diretoria do Serviço de Estatística, Estatística eleitoral da Republica dos Estados Unidos do Brazil, Río de Janeiro, Ministerio da Agricultura, Industria e Commercio, 1914, pp. 244-245.
  56. Garcia, Mariano, “O Nosso Partido”, A Epoca, 8 de abril de 1913.
  57. “Eleição Municipal: Candidatos Operarios”, Brazil Operario, 1 (1), 1º de mayo de 1903, p. 2. Para mayores informaciones sobre los nombres mencionados, ver Batalha, Claudio H. M.  (coord.), Dicionário do movimento operário. Rio de Janeiro do século XIX aos anos 1920: militantes e organizações, San Pablo, Editora Fundação Perseu Abramo, 2009.
  58. “Eleição Municipal: Candidato Operario”, 1 (4), 16 de junio de 1903, p. 4.
  59. Faria de Souza, Ezequiel, “Eleição Municipal: Ao mui digno eleitorado municipal da Capital Federal”, Brazil Operario, 1 (4), 16 de junio de 1903, p. 4.
  60. “Eleições para deputados pelo 2º distrito: candidato operario apresentado pelo ‘Brazil Operario’”, Brazil Operario, 1 (4), 16 de junio de 1903, p. 4. El 1er distrito comprendía las antiguas parroquias: Gávea, Lagoa, Glória, Candelária y Santa Rita. Mientras el 2º distrito comprendía: São José, Sacramento, Santo Antonio, Santana, Espírito Santo, São Cristóvão, Engenho Novo, Engenho Velho, Inhaúma, Irajá, Ilha do Governador, Paquetá, Jacarepaguá, Campo Grande, Santa Cruz y Guaratiba. Freire, op. cit., pp. 202, 233 n. 376.
  61. Seul, François [seudónimo de Francisco Juvencio Sadock de Sá], “1º de Maio de 1903”, Brazil Operario, 1 (1), 1º de mayo de 1903, pp. 1-2.
  62. De Olinda Costa, José Hermes, “Carta aberta ao Sr. Antonio Augusto Pinto Machado”, Brazil Operario, 1 (5), 1ª quincena de julio de 1903, p. 2.
  63. “O Exclusivismo”, Brazil Operario, 1(10), 2ª quincena de agosto de 1903, p. 1.
  64. Archer, Julian P., The First International in France, 1864-1872: Its Origins, Theories and Impact. Lanham/Nova Iorque/Oxford, University Press of America, 1997, p. 74.
  65. “Declaração”, Brazil Operario, 1 (14), 1ª quincena de diciembre de 1903, p. 1.
  66. Seul, François, “As classes operarias constituidas em partido político”, Brazil Operario, 1 (14), 1ª quincena de diciembre de 1903, pp. 2-3.
  67. “As futuras eleições municipaes: O Círculo Operario Nacional”, A Epoca, 17 de abril de 1917, p. 4.
  68. Pinto de Carvalho, Cap. Alfredo, “Eleição municipal – 1º Districto”, O Paiz, 28 de diciembre de 1894.
  69. “Columna Operaria: Confederação Brasileira do Trabalho – Manifesto Politico – Ao operariado e ao povo”, O Paiz, 21 de octubre de 1913.
  70. “Columna Operaria: As eleições municipaes”, O Paiz, 24 de octubre de 1913.
  71. “Eleições municipaes”, O Paiz, 27 de octubre de 1913.
  72. Garcia, Mariano, “Columna Operaria: As eleições municipaes”, O Paiz, 8 de noviembre de 1913. Garcia, Mariano, “Columna Operaria: As últimas eleições para intendentes”, 25 de noviembre de 1913.
  73. Oiticica, José, “Registrando”, Spartacus, 1 (14), 1º de noviembre de 1919, p. 1.
  74. Pechman, Robert, “LACERDA, Maurício de”, en Alves de Abreu, Alzira y Jalles de Paula, Christiane (coords.), Dicionário da política republicana no Rio de Janeiro, Río de Janeiro, Editora FGV/CPDOC, 2014, pp. 637-639; Vianna Dantas, Carolina,  “NASCIMENTO, Nicanor do”, en Abreu e Paula, op. cit., p. 835.
  75. Sobre la actuación de Garcez junto al Centro Cosmopolita, ver Pires Costa, Adailton, A história dos direitos trabalhistas vista a partir de baixo: a luta por direitos (e leis) dos trabalhadores em hotéis, restaurantes, cafés e bares no Rio de Janeiro da 1ª República (DF, 1917-1918), disertación de maestria, Florianópolis, Programa de Posgrado en Derecho/UFSC, 2013. Ya su actuación en la AGRJ puede ser acompañada en las páginas del periódico O Graphico (1916-1921).
  76. Costa, op. cit., pp. 180-190.
  77. “A exposição graphica”, O Graphico, 2 (50), 16 de enero de 1918, p. 1; “Subsidio municipal”, loc. cit., p. 3. El valor de $600 como sueldo diario de un obrero está estimado por Eurico Freitas, “Há fome”, O Graphico, 3 (57), 1º de mayo de 1918, p. 2.
  78. “A regulamentação do trabalho feminino nas fabricas e officinas – O dia de 6 horas, o labor nocturno, o descanso dominical e a hygiene – Os importantes projectos dos srs. Mauricio de Lacerda e Ernesto Garcez”, A Razão, 17 de julio de 1917.
  79. “Um serio problema a resolver: A regulamentação das amas de leite”, A Razão, 8 de julio de 1917.
  80. Garcia, Mariano, “O Partido Operario”, A Epoca, 8 de enero de 1913.
  81. “O operariado de Minas e a lei de expulsão de estrangeiros” [carta de Donato Donati, de Belo Horizonte, con fecha de 2 de enero de 1913], A Epoca, 14 de enero de 1913.
  82. “As eleições de amanhã”, A Noite, 28 de febrero de 1918.
  83. “Partido Operario Independente”, A Razão, 27 de diciembre de 1917.
  84. “A candidatura do Dr. Evaristo de Moraes à deputação federal”, A Razão, 10 de diciembre de 1917; “Proletariado – União Geral dos Metalurgicos”, A Razão, 16 de diciembre de 1917.
  85. Karepovs, Dainis, A classe operária vai ao Parlamento. O Bloco Operário e Camponês do Brasil (1924-1930), San Pablo, Alameda, 2006, pp. 51-70.
  86. De Moraes Filho, Evaristo, O socialismo brasileiro, Brasília, Instituto Teotônio Vilela, 1998, pp. 404 y 407.
  87. Ibidem, pp. 416-418.


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