Información adicional sobre gestiones en países de HNO
Tabla resumen de gestiones en países de HNO
Gestión/ País |
Tradición |
Principales preocupaciones
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Principios organizadores y operalización de la preocupación |
Principal política o programa[1] |
Inglaterra y Gales |
1988/93: ejemplo de estrategias disuasivas, no privativas de libertad, y no criminalizantes. 1995: giro punitivo e importanción medidas de EEUU y tolerancia cero (Muncie, 2001). 2000: preocupación por altas tasas de encarcelamiento e incorporación de medidas alternativas/ restaurativas. |
Desde 1998 es prevenir la infracción a través de intervenciones tempranas del sistema penal, y desde mediados de 2000 (por la alarma que provocó la duplicación de encarcelados juveniles) es además, evitar la entrada de jóvenes en el sistema penal. Aunque a partir de los 90 se advierte un giro punitivo, las tradiciones de los actores matizaron esas intensiones, de todos modos resultó bastante restrictivo de la vida de las personas (Field, 2007). |
1998: creación de nueva institucionalidad multiagencial: los YOT´s, equipos para infractores juveniles, basados en el Paradigna de prevención de factores de riesgo ( PFPR- prevención situacional y del desarrollo) (Haines y Case, 2008), y justicia restaurativa (“family group conference”, de Nueva Zelanda, reuniones en que víctima y ofensor discuten la infracción y la reparación). (Muncie, 2001). Los YOT´s funcionan localmente y están integrados por policía, trabajadores sociales y servicios educativos y de salud, y son financiados y supervisados por el YJB (área que supervisa el sistema de justicia juvenil). Este conjunto de instituciones (YJB, YOT, YIP) fueron creadas a partir del Crime and Disorder Act de 1998.
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2000: Youth Inclussion Programme[2][3] (YIP, Programa de Inclusión Juvenil). Objetivo: reducir la entrada de jóvenes al sistema de justicia juvenil (ICPC, 2006, 2007 y sitio web). Se implementa territorialmente con los YOT´s, según necesidades locales. Para niños y jóvenes de entre 8 y 17 años en alto riesgo de infracción, con inserciones escolares débiles o nulas. Ofrecen aprendizaje de nuevas habilidades, apoyo escolar, y “modelos positivos” para cambiar sus actitudes hacia el crimen. Alcance: En 110 de los barrios más pobres y con mayor nivel de criminalidad. |
Estados Unidos |
Luego de una tradición ejemplar de respeto del interés superior del niño, y procesos de desinstitucionalización, paradigmático giro punitivo en los 90: tolerancia cero. 1998: medidas para refutar que el encarcelamiento era la mejor opción (Krisberg, 2006).[4] |
Doble: Prevención temprana del delito, basada en el fortalecimiento familiar, en tensión con objetivos de seguridad. Tensión entre enfoques tradicionales de Estados Unidos en el interés superior del niño con políticas más punitivas y de menos tolerancia (Krisberg, 2006, en Muncie y Goldson |
A través de la Oficina de Justicia Juvenil y prevención de la delincuencia y y el programa JABGP. Responsabilización, prevención temprana de riesgos, y justicia restaurativa con y sanciones graduales de acuerdo al tipo de infracciones cometidas. |
1998: “Juvenile Accountability Block Grant Program”[5] (JABGP- Programa de Responsabilización juvenil). Se financian programas locales en los que los infractores se responsabilizarsen por el daño y los gobiernos locales ofrecezcan alternativas para evitar la reincidencia. Para 2011 la iniciativa funcionaba en 56 territorios de Estados Unidos. |
Australia |
Hasta 1989 lógica del welfarismo penal que cambia hacia responsabilizante pero de justicia restaurativa.[6] |
Evitar el contacto de los jóvenes infractores, o en riesgo con el sistema formal de justicia juvenil. La falta de resolución de un creciente número de adolescentes detenidos y la sobre representación de jóvenes aborígenes y la selectividad del sistema de justicia para enfocar en ellos (página web [7]y también en Cunneen y White (2006: 109, en Muncie & Goldson, 2006). |
Estrategias de disuación (“diversion programs”) de la participación delictiva. Se implementa mediante advertencias policiales (police caution) a jóvenes que inflingen la ley por primera vez, o que se los observa en comportamientos que podrían llegar a inflingir la ley, y el de (conferencing): las reuniones grupales basadas en la responsabilización y la justicia restaurativa: participación del infractor, la familia, policía, un coordinador estatal y la víctima en las cuales se revisan las condiciones de la infracción y se consensua la reparación del daño. |
Programa Nacional de Prevención Comunitaria del Crimen[8]: financia proyectos locales que atienden, entre otros, el problema de los jóvenes en riesgo.
Otro: Pathways to prevention (Caminos de prevención, creado en 1997), basado en la perspectiva del desarrollo humano y la prevención temprana de factores de riesgo especialmente fortalecimiento familiar. (Shaws y Travers, 2007, ICPC, 2010). |
Nueva Zelanda |
Hasta 1989 welfarismo penal. |
Evitar el contacto de los jóvenes infractores, o en riesgo con el sistema formal de justicia juvenil. |
Desde 1989 se incorporaran principios de responsabilización y justicia restaurativa pero se mantiene la mirada sobre las necesidades del infractor. Creación de la estrategia llamada “Family Group Conference”. Al igual que Inglaterra y Gales existen YOTs (equipos multidisciplinarios y apelan a medidas de disuación encabezados por el Ministerio de Justicia[9] (Muncie & Goldson, 86 y ss. y Cunneen and white, p. 106 y ss). |
Estrategias basadas en el FGC. |
Canadá |
El foco de la preocupación parece estar los delitos cometidos por los varones entre 12 y 24 años, y con marcado sesgo aborigen. Los principales factores que se mencionan están asociados con la violencia familiar, la escuela y el abuso de drogas, pero también con la participación de jóvenes en pandillas. |
Prevención del desarrollo en factores de riesgo, con estrategias diseñadas e implementadas localmente con base en la comunidad. . |
Existen varias experiencias de prevención pero no parece existir una estrategia principal. El gobierno federal legisla, y financia proyectos locales, a través del área de seguridad pública del gobierno[10] ; las comunidades resultan recargadas y estigmatizadas (Smadych, en Muncie & Goldson (2006). |
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Países Bajos |
Sigue, como tradicionalmente, centrado en la re-educación y la rehabilitación. Sin embargo, a mediados de 2000 también sufrió transformaciones que desmanteló parte de su sistema de tolerancia en función de las influencias recibidas desde Estados Unidos (Muncie, 2008). |
Evitar el contacto de los jóvenes infractores, o en riesgo con el sistema formal de justicia juvenil. |
Prevención temprana y énfasis en “orientación en valores” para evitar el inicio. Luego, responsabilización, justicia restaurativa, reuniones grupales entre infractores y víctimas. Adventencias, oportunidades, y si se “desaprovechan”, penas sin contemplaciones. (uit Beijerse and van Swaaningen, 2006: 76, Muncie & Goldson).[11] |
Desde 1981: HALT[12] programme: significa “la alternativa”. Si los jóvenes (de 12 a 18 arrestados por primera vez) completan el programa no quedan incluidos en los registros de justicia. El objetivo es confirmar estándares morales, retribuir a la comunidad, disculparse ante las víctimas y cambiar de actitud. (uit Beijerse and van Swaaningen, 2006, en Muncie & Goldson, 73). En 2010 se ofreció la alternativa del programa a 18069 jóvenes, no aceptaron 754, y lo concluyeron satisfactoriamente 16.017. Hay 16 oficinas del programa en el país, una por cada región policial. |
Francia |
1945/80: medidas educativas sobre represivas. Los 80: envestida contra ineficiencia de welfarismo penal (Gendrot, 2006:51). 1983 /90´s: respuesta progresista con la creación de una estructura administrativa nacional pero desconcentrada para la prevención social del delito con apoyo en la escuela, deudora del informe Bonnemaison.[13] (Selmini, 2009, Muncie, 2001). |
La s preocupaciones se orientan a garantizar seguridad y subsidiariamente prevención social. También se advierte una preocupación especial hacia los hijos de los inmigrantes y los musulmanes. |
Se implementa mediante CCPD (Consejos comunales de prevención de delincuencia) que diseñan multiactoralmente los planes locales de prevención. Hay 700 CCPD en todo el país. Desde mediados de l 90 hasta la actualidad: importanción de medidas inspiradas en el enfoque de “tolerancia cero” (Muncie, 2008). |
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Italia |
Es reconocido como un sistema tolerante, aunque otros contraponen la idea de que la tolerancia no es el objetivo del sistema sino su resultado (Nelken, 2006: 174).. |
Garantizar los derechos de los niños en el seno de sus familias. |
Confianza en la crianza familiar para evitar desvíos, y en el retraso de castigos -contrariamente a las intervenciones tempranas). Rol importante de los principios de olvido y perdón de la iglesia católica. |
Desde 1988: sistema previo al juicio, algo así como “pruébate a ti mismo” para ver si el joven cumple con un programa basado en la escuela, el trabajo voluntario, trabajo, generalmente organizado por la iglesia y con asistencia psicológica, y este procedimiento es para todos los tipos de crímenes, y sólo aquellos crímenes muy graves son penados con la privación de la libertad (Muncie, 2001). |
España |
Desde 2000 reformas tendientes a hacer más responsabilizante el sistema de justicia penal juvenil en desmedro de los principios de interés superior del niño (Informe Chile, 2009, Muncie 2008). |
La anticipación y prevención de riesgos. |
La coordinación de las agencias estatales en compromiso con la sociedad. El tratamiento de los menores de edad en conflicto con la ley depende según las comunidades autónomas, algunas lo hacen desde los servicios sociales, junto con las área de protección y en otras los servicios de protección dependen de áreas sociales y las de reforma del ministerio de justicia.[14] |
“Estrategia española de seguridad” [15](2011) aunque no enfoca especialmente en la juventud. |
Bélgica |
Desde 80/90´s se incorporan elementos responsabilizante y de justicia restaurativa. También se observa un sesgo punitivo sobre hijos de migrantes o descendientes de los países colonizados |
Principios ligados a la protección, welfarismo y al trabajo en las comunidades, con elementos que girarían hacia forma más punitiva, especialmente, sanciones educativas (Muncie, 2008, Put & Walgrave, 2006,[16] en Muncie & Goldson, 2006). |
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Finlandia |
Su estado de bienestar no está desacreditado, su equidad social y la demografía homogénea, lo libera de de algunos problemas presentes en sociedades mucho más heterogéneas. La confianza en el estado ha hecho que no se demanden políticas más punitivas; además, los adolescentes en problemas son comprendidos como fruto de condiciones sociales que se revierten con bienestar (Tapio Lappi- Seppala, en Muncie & Goldson); con lo cual el encarcelamiento de jóvenes es una rareza (Muncie, 2001). |
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Suecia – Dinamarca |
fueron influenciadas durante 2000 por el espíritu punitivo, pero de todos modos mantienen baja tasa de encarcelamiento general y juvenil con respecto a otros países de Europa Occidental (Muncie, 2008). |
Información adicional sobre gestiones en países de AL
México cuenta con un Instituto de la juventud en el que no se advierten acciones de prevención del delito. Sin embargo dentro de la Secretaría de Seguridad Pública[17], existe un área (es un organismo administrativo desconcentrado) de prevención y readaptación social y dentro de allí una Dirección General de Prevención y Tratamiento de Menores -se especifica sólo la misión pero no hay detalles que nos aclaren las estrategias hacia los jóvenes. Lo que sí se encuentra es que la Organización No Gubernamental Reintegra[18], implementa estrategias de prevención del delito (y desde 1993 especialmente con jóvenes) en el Distrito Federal (DF), y tiene convenio desde entonces con la Secretaría de Seguridad Pública para aplicar tratamiento externo a menores y sus familias, y articula, además, algunas acciones con la Secretaría de Educación Nacional y con el Gobierno Federal y el Gobierno del DF; también esta ONG ha recibido financiamiento del Instituto Mexicano de la Juventud. Puede suponerse que si bien no existe una estrategia estatal multiagencial la preocupación por el tema permite que una organización de la sociedad civil se ocupe del mismo y articule con distintas áreas estatales alrededor de la cuestión. Por otro lado, revisando el estado de la cuestión en México he encontrado información -en la que no ahondamos pero que marca los alcances vigentes del gobierno- de que el sistema de justicia para menores infractores es una deuda nacional en un contexto en el que los estados mexicanos tienen legislaciones diferentes, en algunas de las cuales no hay previstas medidas alternativas a la privación de la libertad para el tratamiento de la juventud infractora.[19] En 2013, el nuevo gobierno ha lanzado una nueva Política de Estado por la Seguridad y la Justicia de los Mexicanos[20].
El Salvador es quizás el país de América Latina que más cercanía mantiene con el enfoque de la tolerancia cero para el gobierno de la juventud en riesgo, aunque implementa medidas preventivas relativas a la convivencia y la cultura de paz. Para el control de las pandillas juveniles -el principal foco de preocupación en el país – se implementan programas de alcance nacional el ‘Plan mano dura’ (desde julio del año 2003) y el ‘Plan súper mano dura’ (desde junio del año 2004 y relanzado en enero del 2006). Desde una vertiente preventiva, se han puesto en marcha el ‘Plan nacional de prevención y paz social’ (iniciado en 2007 y dirigido a comunidades en riesgo), el Plan ‘Mano amiga’ y el Plan ‘Mano extendida’ (desde junio de 2004). En esta línea, se han puesto en marcha el ‘Programa de prevención social de la violencia y la delincuencia juvenil en El Salvador’ y el ´Programa de prevención social de la violencia y la delincuencia en occidente’, cuyos diagnósticos se basaron en mapas de riesgo, diagnósticos municipales, fichas comunitarias y diagnósticos de centros escolares. Ambos programas incluyeron también variantes recreativas mediante el deporte y el arte, como herramientas para captar la atención de los jóvenes y alejarlos de la violencia, con el apoyo de centros escolares. Las políticas más punitivas están a cargo de la policía nacional mientras que las preventivas a cargo de la Secretaría Nacional de la Juventud, Ministerio de Trabajo, Educación, instituciones de protección a la mujer, organismos internacionales como el PNUD, las alcaldías locales y otras instituciones (CEPAL, 2008). Según el sitio oficial del gobierno, el Ministerio de justicia y seguridad pública[21], es quien impulsa la “Política Nacional de Justicia, Seguridad Pública y Convivencia”, que contiene cinco grandes ejes: control y represión del delito; prevención de la violencia; rehabilitación y reinserción de los privados de libertad; atención a las víctimas; reforma legal y fortalecimiento institucional. La preocupación sobre las pandillas o maras juveniles es tal que en 2003 comenzaron a aprobarse leyes antimaras, hasta que en 2010 se sancionó la ley de proscripción de maras, pandillas, agrupaciones, asociaciones y organizaciones de naturaleza criminal.[22] Se advierte una preocupación central sobre este tema, hasta el punto que trasciende las fronteras nacionales y se ubica como un problema central para la región, especialmente en conjunto con Guatemala y Honduras.[23] No sólo desde el área de seguridad y justicia la participación de jóvenes en pandillas es un problema. También es abordado desde el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia. Este organismo señala que si bien las pandillas existen desde los tempranos años 80, se modificaron y se volvieron más violentas desde mediados del 95 tras la guerra civil y las influencias de la tradición norteamericana.[24] Este organismo señala el trabajo que la organización internacional Interpeace asociada a Naciones Unidas, que está en Guatemala también, está realizando con la implementación del programa POLJUVE. Una de las acciones de la organización en Salvador fue impulsar la concreción, en 2009, del “Plenario Nacional para la construcción de Políticas Públicas para la Prevención de la Violencia Juvenil” en San Salvador, El Salvador.[25] “El plenario generó un gran impacto en la sociedad salvadoreña y fue visualizado como el proceso de diálogo nacional que permitirá la búsqueda de consensos y la suscripción de un acuerdo nacional que contribuya a la prevención de la violencia en El Salvador”. Este plenario fue particularmente importante porque -en contexto de sanción de nuevas leyes anti pandillas- se enfatizó la importancia “de la transición de las políticas represivas y manoduristas de los anteriores gobiernos hacia una política nacional que parta del diálogo, la participación y la acción colectiva para la búsqueda de la construcción de la cultura de paz mediante la prevención social”.
En el área de la seguridad y convivencia ciudadana Colombia es uno de los países con mayor oferta programática y mayor articulación del tema de la violencia en la política nacional de juventud. En el marco de la nueva Constitución Política de 1991, que reportó avances importantes en el ámbito de la descentralización y la democratización, se formuló la Primera Estrategia Nacional contra la violencia, seguida de una reformulación en 1993 que implicó la creación de instituciones especializadas en diferentes áreas y niveles (CEPAL, 2008). De hecho, dentro del Programa Presidencial Colombia Joven[26], una de las líneas de acción en lo que a prevención se refiere es la prevención de Reclutamiento. Ésta busca evitar que los grupos guerrilleros incorporen, voluntaria o involuntariamente, a jóvenes. Otra de las acciones referidas a la participación en grupos armados es el Plan de reconciliación de Medellín, para incentivar la desmovilización de estos grupos. También en relación a la preocupación sobre la participación de jóvenes en pandillas se destacan, para el plano local, los programas bajo la denominación de ‘Programas de Desarrollo, Seguridad y Paz’ (DESEPAZ) en los cuales se advierte el interés de establecer mecanismos de control y prevención por medio de acuerdos en el marco del “Pacto Social por la convivencia” celebrado entre oficiales del ejército y dirigentes de las pandillas (Dammert, 2008).
Un trabajo de (Santillán y Varea, 2008)[27] describe que fenómeno de las pandillas se instaló en Ecuador desde los años 80 (desde cuándo fue abordado policialmente) pero cobró visibilidad a comienzos del 2000, por un lado por su crecimiento y por otro, por la instalación en Ecuador, del paradigma de seguridad ciudadana -que ha generado intervenciones más represivas y otras más preventivas-, que implica un esquema mediante el cual la ciudadanía es la demandante de la seguridad y se desplaza la responsabilidad de la inseguridad hacia actores que representan, muchas veces estigmatizadamente, amenazas reales o imaginarias para la población: pandilleros, jóvenes sospechosos, personas marginales, y donde los marcos interpretativos de la violencia están muy asociados a la identificación de factores de riesgo. Este paradigma se enlaza con el enfoque epidemiológico que se preocupa en determinar factores de riesgo, así como a fortalecer protectivos. Sin embargo, a pesar de estos lineamientos generales, se observa también al igual que en otros países, que son las particularidades locales y políticas dentro de la jurisdicción las que marcan el espíritu con el que se implementa este enfoque aparentemente común. “Las políticas de tratamiento del tema de pandillas están determinadas por las distintas lógicas de la acción municipal, que no son únicamente lógicas o modelos de gestión diferentes, sino que tienen de trasfondo visiones políticas distintas sobre el gobierno de la ciudad y sus problemas. Es por eso que los pilares que sustentan ambos proyectos son distintos. El modelo de integración de Guayaquil tiene un espíritu empresarial, mientras que el caso de Quito está basado en la lógica del reconocimiento simbólico y jurídico que permita la negociación y el consenso” (Santillán y Varea, 2008:97).
En Perú, dentro del área de Seguridad Ciudadana (2011)[28] existen los CODISEC (comités distritales de seguridad ciudadana), dentro de cuyas acciones hay actividades dirigidas a jóvenes en pos de protegerlos frente a factores de riesgo como el consumo de alcohol, la falta de esparcimiento al aire libre, la baja autoestima, las pandillas, el robo, la calle (Shaws y Travers, 2007). En la revisión del sitio no se encontró un área de justicia juvenil, aunque en el informe de la CEPAL del 2008 destacan como acción específica del gobierno el ‘Programa de intervención temprana y consejería para adolescentes y jóvenes de conducta de riesgo’, y medidas reparatorias al delito, impulsadas desde el Ministerio de Justicia, a través de programas de reinserción social del adolescente infractor.
El estado actual de la gestión brasileña sobre la juventud en riesgo debe remontarse a 1990 cuando se asentó el Estatuto de la Niñez y Adolescencia (ECA) en donde se separaron las causas asistenciales de las penales y se dispuso que la privación de la libertad sería el último recursos. Tal como describe Graziano (2011)[29] el ECA refiere tanto a los “menores en situación de vulnerabilidad que necesitan una protección especial del Estado” (“medidas de protección”) como a los “menores en conflicto con la ley” que deben ser sometidos a una “medida socioeducativa” (en medio abierto o cerrado[30]) que pueden aplicarse sólo a quienes tienen entre 12 y 18 años; bajo esa edad sólo medidas de protección. La ley se fundamenta en lo la “doctrina de la protección integral” y está asociado, generalmente, a una idea de progreso con respecto a la justicia juvenil. Se considera que a fines de la década del noventa se produce en Brasil un cambio de paradigma y que, de un modelo centralizado, paternalista y represivo, se pasa a un modelo descentralizado, participativo y proteccionista (Graziano, 2011). En este sentido, el ECA es un dispositivo que se presenta y se percibe como mejor que el anterior, porque se lo vincula con una idea de protección de los derechos de los niños. Desde entonces se priorizarían medidas alternativas; en este sentido, el Estatuto sería un terreno fértil en donde anidar, más de una década después, la justicia restaurativa que describe Schuch para mediados de los años 2000 (Fonseca y Cardarello, 1999). Los avances progresistas que supuso el estatuto también habilitaron un pasaje de interpretación de los problemas que impactaría también en la avanzada neoliberal de la década siguiente. Situaciones que antes del Estatuto eran clasificadas como fruto de un problema socioeconómico pasaron a entenderse como de negligencia, especialmente familiar, inclinando la balanza de la responsabilidad por los problemas a los ámbitos personales y privados (Fonseca y Cardarello, 1999). A partir de literatura bien reciente podemos afirmar que, como el resto del continente, Brasil mantiene una preocupación significativa en torno al gobierno de la juventud en riesgo, y que lo hace en sintonía con tendencias mundiales. De hecho, tal como describe Schuch (2008), y como puede segurse en el documento del Ministerio de Justicia brasilero “Política de alternativas penais: a concepção de uma política de segurança pública e de justiça” (2011) desde 2005 se implementan proyectos pilotos en distintas regiones (RS, SP, DF, PE) del país tendientes a modificar el sistema de justicia (no sólo la juvenil). Estos proyectos son implementados mediante colaboraciones entre el Ministerio de Justicia, y la Secretaría de Reforma de la Justicia, y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), lo que confirma la dimensión internacional de la preocupación sobre el asunto y también la hegemonía de ciertos paradigmas para encararlo, sostenidos por organismos internacionales cuya conducción es prioritariamente de los países centrales. La reforma en Brasil supone incorporar principios de justicia restaurativa con el objetivo de humanizar la justicia, evitar la judicialización de ciertos conflictos sociales, por medio de tecnologías llamadas círculos restaurativos, que consisten en conversaciones organizadas en donde las partes del conflicto dialogan con ayuda de un mediador, siguiendo el modelo de los Family Group Conference originarios de Nueva Zelanda y exportados al mundo. Los principios que guían estas acciones son la resonsabilización individual, el fomento de la autonomía en el gerenciamiento de la vida, y la expansión comunitaria. La operacionalización de estos proyectos es local, multiagencial, y en base al enfoque de la comunicación no violenta (CNV) cuyos principios se vinculan a una “ética del amor y la autenticidad”, el gerenciamiento del yo y la promoción de la autonomía en base al CNV y a una retórica de “necesidades básicas universales”. Lo interesante de la reconstrucción de esta nueva institucionalidad es el señalamiento de Schuch (2008) acerca de que más allá de significar un cambio en el sistema de justicia, estas transformaciones suponen modificaciones en el modo en que los estados modelas subjetividades y formas de producir verdad (Schuch, 2008: 501-503). Concretamente, además, desde el Ministerio de Justicia de Brasil, existe el Programa Nacional de Seguridad Pública con Ciudadanía[31] (Pronasci). Reúne acciones de prevención, de control y de represión de la violencia que pone atención en las raíces socio culturales del crimen. Articula programas de seguridad pública con políticas sociales desarrolladas por el gobierno federal, poniendo especial atención en la articulación interjuridiccional y por niveles de gobierno. Está especialmente destinado a jóvenes de entre 15 y 24 años que están al borde la criminalidad o en conflicto con la ley; el objetivo es la inclusión y el acompañamiento del joven con recursos sociales y formativos que le permitan el rescate de la ciudadanía. Además podemos destacar que en Brasil existe el Programa Nacional de Inclusão de Jovens (ProJovem) y desde allí se articulan acciones para jóvenes en riesgo. El gobierno, al menos el de Río, articula con la ONG “Viva Río” que viene implementando desde el año 2000, proyectos orientados en contra del delito y la droga y a favor de una cultura de paz (en sintonía con los ideales que señala Schuch (2008) para la transformación del sistema de justicia), que consisten en talleres y oficios para jóvenes de sectores vulnerables comprometidos con el tráfico de armas y drogas y donde la mortalidad de jóvenes es muy alta; el proyecto ofrece a niños y jóvenes alternativas diferentes que el delito y el trabajo en el mundo de la droga y utiliza las prácticas de boxeo y capoeira como actividades alternativa (ICPC, 2006) (Shaws y Travers, 2007) (Dammert, 2008). Más allá de estos marcos generales, en revisiones de programas emblemáticos encarados por el país para abordar la relación de la juventud con el riesgo se menciona el “Sigue Vivo”, dirigido a jóvenes varones menores de 24 años, con un enfoque emparentado con el Comunidades Vulnerables que se estudia en esta tesis, pero con más intervención policial (ICPC, 2006). También se menciona como una estrategia exitosa aquella implementada en la localidad de Diadema que incluyó variadas actividades en el municipio para difundir la cultura de la paz entre niños y jóvenes y el Proyecto aprendizaje adolescente/ o proyecto de jóvenes aprendices que buscaba apartar a los adolescentes del tráfico de drogas, ofreciendo transferencias condicionadas de ingresos (50U$S mensuales), actividades y capacitación etc.(Shaw y Travers, 2007). Es de destacar, en todas estas experiencias la primacía que tiene la planificación e implementación local, de modo que las estrategias se adecuen a las necesidades específicas.
Chile aparece como el país más alineado con el paradigma angloamericano sobre la seguridad en general y la gestión de la juventud en riesgo en particular, al menos desde 2000 cuando se inició el programa “Comuna Segura” (que financia proyectos locales para reducir la delincuencia, y se entiende como prevención comunitaria) (Shaws y Travers, 2007), y desde 2001 el programa “Barrio Seguro” (Frühling y Gallardo, 2012)[32]. Ya los objetivos del “Comuna Segura” señalaban la necesidad fortalecer la participación comunitaria y la coordinación intersectorial en la prevención y control de la delincuencia urbana mediante la aplicación de soluciones locales (Frühling y Gallardo, 2012) tal como hemos advertidos en muchos otros países del globo. El “Barrio Seguro” por su parte, se focalizaba aún más en espacios geográficos más pequeños y críticos – por acción y control de grupos de narcotraficantes- que requerían una intervención policial en pos del descontento vecinal respecto de la inseguridad. Estos programas han sido reemplazados, desde 2010 por el Plan de seguridad Pública 2010-2014 “Chile Seguro”, que termina con los programas de seguridad localizados en los municipios y los reemplaza por el programa “Barrio en Paz” -caracterizado por la focalización de los recursos policiales y preventivos del Estado (Frühling y Gallardo, 2012).[33] Este programa se implementa en dos versiones, en barrios residenciales pobres y en zonas comerciales especialmente a través de estrategias de prevención situacional. Actualmente, Chile aborda estos temas desde dos áreas: una es el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y la otra el Ministerio de Justicia. Del primero depende la Subsecretaría de prevención del delito y la Política Nacional de Seguridad Ciudadana[34] y el Plan “Chile Seguro”.[35] Estas estrategias se orientan sobre los principios de multiagencialidad, territorialidad, participación comunitaria, evaluación y prevención de factores de riesgo, importancia a la evidencia de los programas implementados, e incorporan la protección de la víctima y los niveles primarios, secundarios y terciarios de las intervenciones y los enfoques de prevención social y situacional del delito. Más allá de los niveles de prevención, contemplan el control y la sanción. Si bien sostienen que no ha habido un recrudecimiento del crimen juvenil, sí despliegan un discurso en el que los jóvenes son los destinatarios de la mayoría de las estrategias de prevención social. De hecho, tienen un ‘Programa de atención integral para niños, niñas y adolescentes’ dirigido a niños, niñas y adolescentes a los que se les han vulnerado los derechos y han cometido alguna transgresión normativa en calidad de inimputables. Por otra lado, actúa el Ministerio de Justicia que tiene a su cargo el Servicio Nacional de Menores[36] que se compone básicamente de dos partes, la protección de derechos y adopciones, y la parte de responsabilidad penal adolescente. La referencia que el país mantiene hacia los modelos angloamericanos se advierte por ejemplo cuando, en 2009 y en contexto de la sanción de una ley de justicia penal adolescente en 2007, se realizó un informe para conocer los modelos de institutos cerrados existentes en países como Australia, España, Estados Unidos, Nueva Zelanda y Reino Unido para tomar ideas en pos de la construcción de 10 centros de ese tipo en Chile. “La selección de los países a ser investigados respondió a los siguientes criterios: países con sistemas de justicia juvenil de antigua data, respecto de los cuales existe abundante información bibliográfica, antecedentes y evaluaciones; existencia de importantes reformas de los sistemas en las últimas décadas, las que respondieron a la búsqueda de similares objetivos que la reforma chilena; países que utilizan modelos de intervención basados en evaluaciones y evidencia de resultados; países que cuentan con modelos de administraciones diversas, algunas estatales, mixtas y privadas”.
- Revisiones de panoramas de políticas (CIPC, 2010) sobre estos temas advierten sobre cuantiosos programas o estrategias diseñadas e implementadas más local que centralmente con lo cual señalar un “principal” programas o política tiene una utilidad relativa, ya que es más ilustrativo, o da cuenta de si fue posible encontrar algo así como una estrategia principal como parte de la institucionalidad nacional pero no quiere dar suponer que sea la única, o la más importante (simplemente la que aparece más visiblemente al revisar los sitios oficiales nacionales de los gobiernos).↵
- https://goo.gl/bkScv2↵
- Hay otro programa que aparece como importante dentro de los dirigidos a la niñez en riesgo y dentro del enfoque de la nueva prevención que es el Sure Start, pero es para niños y familias y se inscribe dentro del área de Educación. Este parece deudor de otro similar y anterior en Estados Unidos, el Head Start que funciona desde 1974 y también tiene su versión Australiana. Y hay otro que en “On track”.↵
- Krisberg, B. (2006). Rediscovering the juvenile justice ideal in the United States. En Muncie, J., Goldson, B. (eds.) (2006). Comparative Youth Justice. London: Sage. ↵
- https://goo.gl/46mGfk↵
- Se pueden revisar los tipos y discuciones al respecto de cada uno de estos enfoque en https://goo.gl/DVMNLi sitio del que se ha extraido la información volcada aquí.↵
- Allí pueden consultarse las preocupaciones vigentes del gobierno con respecto a la relación entre los jóvenes y el crimen, tanto a partir de definiciones políticas y teóricas como documentos de análisis y estadísticas: https://goo.gl/CiyRoR↵
- http://www.crimeprevention.gov.au/↵
- http://www.justice.govt.nz/policy/crime-prevention↵
- http://www.publicsafety.gc.ca/prg/cp/index-eng.aspx↵
- uit Beijerse and van Swaaningen, The Netherlands: penal welfarism and risk management. En Muncie, J., Goldson, B. (eds.) (2006). Comparative Youth Justice. London: Sage. ↵
- www.halt.nl↵
- http://www.selettigroup.com.ar/Selesis/delphos/maxinosozzo.pdf↵
- http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho%20Penal/200804-582324421523987.html↵
- https://goo.gl/MaHt9D↵
- Put, J. y Walgrave, L. (2006). Belgium: from protection towards accountability? En Muncie, J., Goldson, B. (eds.) (2006). Comparative Youth Justice. London: Sage. ↵
- http://www.ssp.gob.mx/portalWebApp/wlp.c?__c=7d1↵
- http://reintegra.org.mx↵
- https://goo.gl/6dnJW3↵
- http://www.presidencia.gob.mx/6-lineas-de-accion-para-un-mexico-en-paz/↵
- http://www.seguridad.gob.sv/↵
- https://goo.gl/yEv54w↵
- https://goo.gl/uLUCJR↵
- http://isna.elsalvadormultimedia.info/ISNA/↵
- https://goo.gl/hTdTKD↵
- http://www.colombiajoven.gov.co/es/Paginas/default.aspx↵
- Santillán, A., Varea, S. Estrategias y políticas de inclusión (¿asimilación?) de pandillas en Ecuador: dos modelos de ciudades, dos visiones sobre las potencialidades de los/as jóvenes pandilleros/as. Urvio, Revista Latinoamericana de Seguridad Ciudadana. No. 4, Quito, Mayo 2008.↵
- https://goo.gl/78h6JN↵
- Graziano, F. (2011). Administración de justicia penal a jóvenes en perspectiva comparada: Rio de Janeiro- Buenos Aires. Trabajo presentado en el X Congreso Argentino de Antropología Social. Buenos Aires. ↵
- En la categoría de medidas de medio abierto se encuentran: advertencia, obligación de reparar el daño, prestación de servicio a la comunidad y libertad asistida. Las medidas en medio cerrado son: semilibertad e internación (Graziano, 2011).↵
- http://portal.mj.gov.br/data/Pages/MJF4F53AB1PTBRNN.htm↵
- Frühling, H., Gallardo, R. Programas de seguridad dirigidos a barrios en la experiencia chilena reciente. Revista invi Nº 74 / May 2012 / Volume Nº 27: 149-18↵
- Trabajos que estudian el reemplazo de las estrategias anteriores por este programa aún advierten la imposibilidad de asegurar que éste logre los niveles de eficiencia buscados (Frühling y Gallardo, 2012).↵
- http://www.seguridadpublica.gov.cl/programas_-_prevencion_social.html↵
- http://www.seguridadpublica.gob.cl/files/chile_seguro.pdf↵
- www.sename.cl↵