Efectos de los largos horarios
de trabajo en la salud: estado del conocimiento actual

Marie-Anne Gautier[1]

Los horarios atípicos se pueden definir como toda “forma de organización del trabajo en la que el trabajo se hace en horarios desfasados fuera del marco de la semana estándar”. Entre estos se encuentran el trabajo nocturno y el trabajo por turnos, así como las demás formas de horarios que se abordaron anteriormente en el artículo de Laurence Weibel. Sin embargo, existe otra categoría de horarios que es una especie de caso aparte: los horarios prolongados. Estos horarios se vienen estudiando ya desde hace varias décadas en el Sudeste asiático, debido a su frecuencia y sus efectos en la salud. De hecho, en esta región, la cultura del trabajo excesivo con horarios de trabajo de más de 45 horas por semana está muy generalizada: en 2013, el 23% de los trabajadores japoneses de clase media trabajaban más de 50 horas por semana (ILO, 2014). En Japón, el síndrome de muerte súbita por sobrecarga de trabajo, o “karoshi”, fue estudiado y descrito por primera vez en la década de 1970 (Egushi et al., 2016). No obstante, en Europa y Francia, la práctica de los horarios prolongados también se encuentra en constante evolución desde hace algunos años y parece responder a una fuerte demanda social y económica.

1. Definición y contexto

En 2009, la Dirección de Estímulo a la Investigación de los Estudios Estadísticos (DARES, del Ministerio de Trabajo francés), formalizó una tipología de seis grupos profesionales según sus horarios de trabajo, en la que solo una categoría corresponde a los “horarios normales o estándares”, que apenas representan al 37% de los trabajadores. Las otras cinco categorías se refieren a tiempos de trabajo “atípicos”, entre las que se encuentra la categoría de “aquellas personas cuyos horarios son largos, flexibles y con pocas restricciones, como los directivos, y que suelen trabajar por fuera de sus horarios sin que se los impongan” (Bué y Coutrot, 2009).

En Europa, la Directiva 93/104/CE del Consejo, del 23 de noviembre de 1993, modificada por la Directiva 2000/34/CE del 22 de junio de 2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, define el “tiempo de trabajo”, los “períodos de descanso” y los “períodos nocturnos” para todos los países miembros de la Unión Europea. La disposición limita la duración media del tiempo de trabajo semanal a cuarenta y ocho horas. Aunque esta delimitación se toma como referencia en varias investigaciones que estudian los efectos de los largos horarios de trabajo sobre la salud, muy a menudo, las semanas de trabajo de 40 horas o más se consideran una característica de los horarios prolongados.

En la práctica, en la Unión Europea, la duración media de la semana laboral de los trabajadores a tiempo completo se estima en 40,3 horas. En Francia, en 2018, oscilaba entre las 37,1 y 39,1 horas por semana (Insee, 2018; Letroublon y Zilloniz, 2018). Más recientemente, en 2019, la encuesta SUMER, encontró que alrededor de un 20% de los trabajadores encuestados había trabajado más de 40 horas la semana anterior a la encuesta y que esos trabajadores eran, en su mayoría, directivos y profesionales intelectuales.

Entre estas organizaciones, es importante diferenciar los “horarios prolongados” de trabajo de aquellos que se practican en el sistema de 2 turnos de 12 horas (llamados también “turnos largos”). Estos últimos son horarios fijados por una organización estricta del tiempo de trabajo y que incluyen horarios de día y horarios de noche (Weibel et al., 2014). Estos horarios prolongados deben diferenciarse de los “largos horarios de trabajo”, que no tienen un marco organizativo fijo ni incluyen necesariamente períodos de noche, pero que constituyen organizaciones horarias flexibles y asociadas a hábitos y a la carga de trabajo de los trabajadores que la practican. Esta distinción se hace eco de la de Costa et al. (2016), mencionada en un capítulo anterior de este libro sobre horarios atípicos, que distingue dos formas de flexibilidad: la “variabilidad”, cuando la flexibilidad está determinada por los empleadores, y la “flexibilidad”, cuando el trabajador tiene el control sobre sus horarios.

En los países del Sudeste asiático, se asocia esta práctica generalizada de horarios prolongados de trabajo a patologías cardiovasculares específicas, como el síndrome de Karoshi, o muerte súbita por sobrecargo de trabajo (Egushi et al., 2016). Sin embargo, las investigaciones bibliográficas recientes muestran que los horarios prolongados de trabajo no solo podrían causar otros efectos en la salud, como trastornos mentales, sino que también podrían fomentar adicciones, alteraciones del estado de salud general e incluso anomalías durante el embarazo.

A partir de una revisión bibliográfica, este artículo resume el conocimiento actual de los efectos sobre la salud de los horarios de trabajo prolongados. Sin embargo, se ha observado que los diferentes documentos seleccionados (artículos científicos, informes periciales, revisiones bibliográficas) presentan con frecuencia deficiencias metodológicas en cuanto a la caracterización de la exposición a los horarios prolongados. En la mayoría de los estudios, se indica la duración de la semana laboral, pero no se definen ni precisan las características de ese tiempo de trabajo (en particular la presencia de otros tipos de organización horaria, como el trabajo nocturno, el trabajo escalonado…).

2. Efectos cardiovasculares conocidos desde hace varias décadas

En los países del Sudeste asiático, la práctica de horarios prolongados es muy frecuente y se sospecha que es responsable del síndrome de Karoshi. Este síndrome da lugar a muertes súbitas, de las cuales más del 60% estarían causadas por accidentes cerebrovasculares (ACV) y solo el 10% por infartos de miocardio (Nishiyama y Johnson, 1997; Iwasaki et al., 2006).

Muchos trabajos de investigación han intentado poner de relieve las relaciones de causa y efecto entre los horarios prolongados y las enfermedades cardio y cerebrovasculares. En 2012, una revisión bibliográfica y un metaanálisis de gran alcance demostraron, con un nivel de prueba elevado, una asociación entre las largas horas de trabajo y la enfermedad coronaria. Esta revisión, realizada a partir de 12 estudios seleccionados por sus cualidades científicas y en los que participaron 22.518 individuos, demostró que el riesgo de enfermedad coronaria rozaba el 40% en los trabajadores expuestos a horarios prolongados (Virtanen et al., 2012).

Otro trabajo epidemiológico de gran escala identificó un mayor riesgo de ACV en los trabajadores que tenían largas jornadas laborales: cuanto más larga era la semana laboral, mayor era el riesgo. También señaló un riesgo de accidente coronario, pero se lo consideró más moderado (Kivimaki et al., 2015). Estos resultados se confirmaron en un estudio reciente, realizado a partir de la cohorte francesa CONSTANCES, que demostró que el riesgo de ACV aumentaba cuando el tiempo de exposición de los trabajadores a estos horarios prolongados (más de 10 horas por día durante 50 días al año) superaba los 10 años (Fadel et al., 2019).

También se sospecha que la práctica de largas horas de trabajo aumenta la presión arterial. En un estudio realizado sobre una muestra de trabajadores del sector terciario (3.547 oficinistas monitorizados durante 5 años), los horarios de trabajo prolongados se identificaron como un factor de riesgo independiente de hipertensión arterial, incluso tras haber ajustado los resultados a factores de confusión, como las condiciones socioeconómicas, la diabetes, los antecedentes clínicos y los factores de riesgo psicosociales (Trudel et al., 2019).

Sin embargo, estos resultados tienen que ser ponderados. De hecho, otros trabajos los minimizan, como el del equipo sueco de Virtanen que, en una nueva revisión bibliográfica, demostró que existe un vínculo más moderado entre las enfermedades coronarias, los ACV y los horarios de trabajo prolongados de más de 55 horas por semana. En la conclusión, los autores sugieren realizar investigaciones adicionales para precisar la parte atribuible a los factores individuales, como la sensibilidad al estrés, la presencia de arteroesclerosis y anomalías del control glucémico en el desarrollo de estas patologías (Virtanen y Kivimäki, 2018). En 2013, un estudio sobre dos grupos de trabajadores coreanos encontró un “sobrerriesgo” en el grupo que había trabajado más de 60 horas, pero también en el de los trabajadores que tenían horarios considerados normales (menos de 40 horas por semana) (Jeong et al., 2013). Por último, en Dinamarca, un trabajo reciente de 2018, no pudo demostrar que existiera una relación de causa y efecto entre la presencia de una patología isquémica y los horarios de trabajo prolongados, ni tampoco entre la medicación para la hipertensión arterial y los horarios de trabajo prolongados (Hannerz, 2018).

También se sospecha que la práctica de largas horas de trabajo da lugar al síndrome metabólico.[2] En 2009, un estudio japonés, realizado en una población de obreros, reveló un aumento del riesgo de síndrome metabólico entre quienes trabajaban más de 10 horas por día (incluso cuando no formaban parte de equipos por turnos), riesgo que se incrementaba con la edad (Kobayashi et al., 2012). Sin embargo, es necesario ponderar estos resultados, ya que en otros trabajos aparecen en equipos que trabajaban por turnos (3 turnos de ocho horas o 2 turnos de doce horas) y probablemente de noche. Así pues, en estos estudios, resulta difícil precisar la parte atribuible a los horarios prolongados (Oh y Yim, 2017; Pimenta, 2015).

Trabajar largas horas también estaría correlacionado de manera significativa y proporcional con el sobrepeso (medido a partir del aumento del índice de masa corporal), tal como lo demostró recientemente Zhu en un metaanálisis realizado a partir de 259 artículos (Zhu, 2019).

3. Otros efectos (no cardiovasculares)

Existen sospechas de que los horarios prolongados causen otros efectos y patologías distintos a los cardiovasculares.

Por ejemplo, una importante revisión bibliográfica realizada en 2014 por Bannai y Tamakoshi demostró que la exposición a horarios prolongados de trabajo causaba varios efectos en la salud. En este trabajo, la exposición a los horarios era muy precisa: una duración de más de 8 horas por día o de más de 40 horas por semana, excluyendo estrictamente todos los trabajos con horarios nocturnos. Tras analizar los resultados, los autores concluyeron que la exposición a estos horarios prolongados suponía un mayor riesgo de enfermedades coronarias, pero también de estados depresivos, de ansiedad y de dificultades para dormir.

En efecto, los largos horarios de trabajo suelen tener consecuencias en la salud mental y psíquica de los trabajadores.

En Australia, entre 2001 y 2002, se realizó una gran encuesta a familias de la cohorte HILDA (Household, Income and Labour Dynamics in Australia) para obtener datos sobre su bienestar económico y social, y su vivencia profesional y familiar. Los resultados indicaron que los grupos que tenían horarios semanales más largos (de 49 a 59 horas y más de 60 horas por semana), y sobre todo las mujeres que trabajaban entre 49 y 59 horas por semana, gozaban de una salud mental evaluada como “mala” por el cuestionario SF-36 (The Short Form (36) Health Survey, Cuestionario Corto de Evaluación de la Salud Percibida). Asimismo, esta alteración del estado de salud mental era más pronunciada cuando el nivel de calificación era elevado (Milner et al., 2015).

Muchos estudios relacionan los largos horarios de trabajo con la aparición de trastornos mentales, como la ansiedad y la depresión. Por ejemplo, en Gran Bretaña, en una población de policías, se encontraron asociaciones estadísticamente significativas entre la práctica de horarios prolongados (más de 49 horas por semana) y la presencia de angustia psicológica, agotamiento emocional y despersonalización (Houdmont y Randall, 2016). Otro estudio epidemiológico demostró que los trabajadores domésticos que trabajaban más de 55 horas por semana, y especialmente las mujeres, tenían mayor riesgo de desarrollar síntomas de depresión y ansiedad (Virtanen et al., 2011). En una población de estudiantes de medicina japoneses, se encontró que, aquellos que trabajaban entre 90 y 99,9 horas por semana, y 100 horas o más, tenían mayor riesgo de desarrollar una depresión que aquellos que trabajan menos de 60 horas por semana (Ogawa et al., 2018). También en Japón, en una población de docentes, se observó una presencia de síntomas depresivos en hombres que trabajaban más de 50 horas por semana (Bannai, 2015).

Asimismo, se cree que los horarios prolongados provocan trastornos del sueño y sus consecuencias. En un estudio coreano (Park, 2001), se asoció la fatiga crónica a la práctica de horarios prolongados (de menos de 60 horas a más de 70 horas por semana) en trabajadores que fueron interrogados sobre sus prácticas (horas de sueño, práctica de ejercicio físico, consumo de alcohol, antecedentes y problemas médicos, medicación, somnolencia, letargo y dificultades para concentrarse) y sobre su estrés profesional. En un estudio realizado en Estados Unidos (Arbour et al., 2019), también se encontró un exceso de somnolencia. La investigación demostró una fuerte alteración de los resultados de la escala de Epworth en parteras que trabajaban más de 12 horas por día (aunque no se especifica si trabajaban de noche).

La práctica de horarios prolongados también podría causar un aumento en el consumo de alcohol. Los resultados de un metaanálisis (a partir de 61 estudios realizados en 14 países) revelaron un aumento del riesgo de consumo de alcohol en las personas (33.693 participantes) que trabajaban entre 49 y 55 horas por semana y en aquellas que trabajaban más de 55 horas por semana (Virtanen, 2015).

Por último, los horarios prolongados podrían estar detrás del suicidio de adultos masculinos en Japón. La práctica de largos horarios de trabajo parecería ser un factor de riesgo de suicido más importante que otros, como los salarios bajos, la falta de actividades de ocio y la ausencia de hobbies (Takeuchi et al., 2014).

Los largos horarios laborales también podrían afectar el recurso y el acceso a la asistencia sanitaria, así como el estado de salud general: para los trabajadores de entre 20 y 54 años, trabajar más de 60 horas por semana podría ocasionar una insatisfacción al acceso a la atención y, por lo tanto, ser perjudicial para su salud (Seok et al., 2016). El análisis de datos de salud autodeclarados por trabajadores de entre 25 y 64 años reveló un sobre riesgo de la “alteración del estado de salud” en empleados que trabajan más de 60 horas por semana (Song et al., 2014).

En una población de trabajadores japoneses, se relacionó la presencia de dolores crónicos del aparato locomotor con jornadas laborales de más de 9 horas diarias. Sin embargo, este riesgo disminuía cuando la cantidad de sueño diario superaba las 7 horas (Ando et al., 2019).

Para las mujeres, se mencionan consecuencias ginecológicas, dado que los largos horarios también podrían tener efectos en el embarazo y su desarrollo. En Estados Unidos, algunos trabajos de investigación encontraron que las mujeres que trabajaban más de 40 horas por semana tenían un riesgo significativo de aborto espontáneo, de parto prematuro o de tener un bebé de bajo peso o de tamaño pequeño. Los resultados revelaron asimismo que el riesgo de parto prematuro aumentaba un 10% cuando el tiempo de trabajo semanal superaba las 55 horas (Chenxi et al., 2019). Por otro lado, los horarios de trabajo (de más de 60 horas por semana) también podrían alterar la regularidad de los ciclos menstruales (Ok et al., 2019).

Conclusión

Los horarios prolongados, al estar muy generalizados por razones socioeconómicas, se vienen estudiando desde hace varias décadas en el Sudeste asiático. Sin embargo, debido a su extensión, también empiezan a ser objeto de estudio en los países occidentales.

Se distinguen dos grandes tipos: aquellos que están fijados por una organización estricta del tiempo de trabajo e impuestos por la organización, como los turnos de doce horas, dos veces por semana, y aquellos que no tienen un marco fijo, es decir, horarios flexibles que están vinculados a los hábitos y la carga de trabajo de los trabajadores. Estos últimos son, por ejemplo, los horarios que realizan algunos “directivos” por elección propia y sin que se los impongan de manera formal para conciliar mejor su vida personal y profesional y poder así “absorber” la sobrecarga de trabajo (Bué y Coutrot, 2009). Por último, la pluriactividad profesional también puede derivar en la práctica de largos horarios de trabajo.

Debido a numerosos problemas metodológicos, la investigación de los efectos de estos horarios sobre la salud resulta compleja. En efecto, la exposición a largos horarios suele investigarse sin precisar si se trata de trabajos de día, de noche o de una combinación de ambos. No obstante, la presencia de trabajo nocturno es problemática, ya que puede influir en los resultados obtenidos por sus propios efectos en el reloj biológico y el ritmo circadiano.

Sin embargo, a pesar de estas dificultades y debido a su creciente generalización, cada vez hay más estudios científicos sobre esta práctica. Si bien los efectos cardiovasculares parecen estar actualmente bien documentados, estos horarios también podrían causar trastornos psíquicos, como la depresión y la ansiedad, problemas de sueño, somnolencia y adicciones. De manera más puntual, podrían estar relacionados con la aparición de dolores crónicos y del aparato locomotor, y tener consecuencias ginecológicas.

Se plantea entonces la cuestión de si existe un riesgo específico vinculado a esta sobrecarga de horas trabajadas, que debe ser considerada, ya que este riesgo podría combinarse con otros riesgos profesionales. Por lo tanto, es necesario seguir investigando estos horarios prolongados y sus consecuencias en la salud, aunque caracterizándolos mejor para determinar sus efectos propios en ausencia de cualquier otra exposición horaria y, en particular, de la exposición al trabajo nocturno.

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  1. INRS, Departamento de Estudios y Asistencia Médicos.
  2. Definición de síndrome metabólico según la Federación Internacional de Diabetes: obesidad abdominal (circunferencia de cintura ≥ 94 cm en los hombres y 80 cm en las mujeres) y alto nivel de triglicéridos (≥1,7 mmol/L) y bajo nivel de colesterol HDL (<1,03 mmol/L en los hombres y <1,29 mmol/L en las mujeres) e hipertensión (Sistólica: ≥130 mmHg o diastólica: ≥85 mmHg) y glucosa en plasma en ayunas ≥5,6 mmol/l.


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