Dante Giorgio[1]
Introducción
El complejo proceso de la emancipación sudamericana fue gestado por una clase dirigente en las primeras décadas del siglo xix influida, sin dudas, por la difusión de las ideas revolucionarias europeas. Sin embargo, esa misma elite se había formado con los planes de enseñanza y las instituciones educativas existentes en la época, cuya tradición se remontaba a varios siglos en el pasado.
Por ello, la indagación sobre la formación intelectual de los futuros líderes revolucionarios y las influencias filosóficas que recibieron constituye una tarea difícil, por lo diversas y fragmentarias que resultan las fuentes disponibles en la mayoría de los casos, y por la escasa información que, en general, brindaron los propios protagonistas sobre el tema.
En ese sentido, nuestro punto de vista coincide con el de los historiadores que opinan que, más que indagar cuáles fueron las “fuentes ideológicas” de los líderes revolucionarios, lo más lógico es investigar, teniendo en cuenta las doctrinas existentes al tiempo de la Independencia, cómo se afrontó por parte de la clase dirigente el problema de organizar los nuevos estados surgidos del derrumbe del dominio español.[2]
En el presente estudio, nos ocupamos de un personaje destacado de la gesta emancipadora sudamericana: Antonio Álvarez Jonte (1784-1820), que fue uno de los primeros en pronunciarse por la revolución, y más tarde por la total independencia de América española respecto de su antigua metrópoli. En los diez años que duró su vida pública, se desempeñó como político, militar, jurista, diplomático y legislador, sirviendo además a la causa de América como escritor y como orador y demostrando su solvencia en todos los casos.
Para su época, Álvarez Jonte estaba dotado de una sólida formación intelectual; bachiller en Teología y doctorado en Leyes, hablaba con fluidez varios idiomas, entre ellos el francés[3], y tenía amplios conocimientos sobre las diferentes áreas de la cultura de su tiempo. Había hecho sus primeros estudios en el Colegio de San Carlos en Buenos Aires y los había completado en la Universidad de San Felipe en Santiago de Chile.[4] En ambas había recibido una formación que se basaba en las antiguas estructuras y sistemas de enseñanza de las instituciones medievales, aunque algunos de sus profesores, sobre todo en la universidad, tenían una marcada influencia de las nuevas doctrinas que predominaban en Europa en ese tiempo.[5]
Álvarez Jonte no dejó, a diferencia de otros personajes destacados de su tiempo, un archivo privado que permita investigar en profundidad la relación de su pensamiento y labor política como dirigente revolucionario con las ideas de la Ilustración. Tampoco escribió en periódicos u otras publicaciones de su tiempo, por lo que solo podemos analizar esa vinculación a través de cinco piezas documentales que, no obstante, dejan perfectamente en claro la inspiración ilustrada de su accionar.
Una reflexión patriótica sobre el teatro
En 1809 Antonio Álvarez Jonte era apenas un joven abogado que recién empezaba a dar sus primeros pasos en su profesión y también comenzaba a ocuparse de la política. Es precisamente en ese año en que se hizo pública una carta suya en la que hacía sugerencias al gobierno de Chile para recaudar fondos a fin de ayudar a Buenos Aires contra una posible invasión inglesa, que se creía inminente después de los dos intentos fallidos de 1806 y 1807.
Álvarez Jonte no dudaba en hacer una alabanza del teatro, poniendo como ejemplo a los antiguos griegos que “erigieron sus teatros para entretenimiento y escuela del pueblo”. [6]
Y agregaba, categóricamente: “… no ha habido ni hay Nación o Pueblo en quienes brillasen algunos destellos de Política o cultura que no apurasen todos sus esfuerzos en proporcionar espectáculos públicos, para utilidad y entretenimiento de sus habitantes”.[7]
¿Y cuál era la razón de ese uso didáctico del teatro en materia política? Álvarez Jonte lo explicaba así:
… el teatro ha sido el que ha privado siempre por ser una diversión más análoga a nuestra naturaleza. Mirado como entretenimiento nada encierra de malo, según el parecer de Santo Tomas, y dirigido con el fin de evitar mayores males que acarrean a la sociedad los ociosos vagabundos, es no sólo útil sino necesario, como lo fue en la antigua Grecia.[8]
Este último párrafo, en el que se destaca la similitud de las representaciones teatrales a la realidad y a la naturaleza, además de su beneficiosa influencia moral sobre la sociedad, nos revela la influencia de Denis Diderot sobre el pensamiento de Álvarez Jonte. En efecto, en su Discurso sobre la poesía dramática, el filósofo expresaba ideas muy similares. Decía acerca de los efectos morales beneficiosos del teatro, incluso en las personas más corrompidas: “Yendo al teatro evitarán la compañía de los malvados que los rodean, allí encontrarán los que quisieran tener por vecinos, allí verán a la especie humana tal como es y se reconciliarán con ella”.[9]
Y aseveraba terminante:
¿Quiere usted que los poetas se acerquen a la verdad en la andadura de sus piezas y en el diálogo; que los actores se acerquen a la interpretación natural y a la declamación real? Hágase oír y pida únicamente que se le muestre el lugar de la escena tal como debe ser”.[10]
Y daba un diagnóstico: “Si la naturaleza y la verdad llegan a introducirse en los teatros, aunque sea en el más ligero detalle, pronto notará que la extravagancia y el desagrado alcanzarán a todo lo que se oponga a ellas”.[11]
Por último, se deja ver la influencia del pensador francés sobre Álvarez Jonte en la mención que hace este, en la misma carta, de un párrafo de la Eneida de Virgilio, uno de los autores clásicos preferidos de Diderot:[12] “… la descripción que nos ha dejado Virgilio del espectáculo naval que Eneas dio a sus prófugos secuaces nos da motivo para inferir con toda seguridad que aun entre los Frigios era admitido el uso de las diversiones públicas”.[13]
En defensa de los derechos del pueblo
El 13 de septiembre de 1810, el doctor Antonio Álvarez Jonte presentaba, en su carácter de apoderado del Cabildo de Mendoza en Buenos Aires, un extenso oficio ante la Junta Provisional Gubernativa, surgida a partir de los hechos que culminaron el 25 de mayo de 1810. La razón era protestar en nombre de la institución por la instalación de un teniente gobernador directamente nombrado por Buenos Aires, medida que, a criterio del Cabildo, lesionaba los derechos del pueblo de Mendoza a darse sus propias instituciones como había hecho el pueblo de Buenos Aires.[14]
Más allá del tema en concreto, nos interesan las reflexiones que le merecen a Álvarez Jonte la situación planteada. Por ejemplo, cuando se preguntaba por qué el Cabildo debía aceptar la imposición de un nombramiento ajeno a su voluntad:
… si la naturaleza hizo iguales a los hombres; si imponiéndoles idénticas obligaciones les señaló iguales derechos; si por la justa aplicación de este principio inmutable, los pueblos tienen entre si una igualdad natural indeleble, sin que el mayor o menor rango constituya alguna diferencia esencial entre ellos; si no se les puede calcular otra graduación que la de primus aut secundos inter pares; si habiéndose roto el antiguo pacto social, los Pueblos tienen expeditos sus derechos; si en virtud de estos han sido convocados por V. E. con el importante objeto de deliberar acerca de la mejor forma de Gobierno tanto en general como en particular.[15]
En estas palabras, podemos rastrear el pensamiento de Jean-Jacques Rousseau, que, en su obra magna, El contrato social, afirma:
Desde cualquier punto de vista que se examine la cuestión, llegamos siempre a la misma conclusión, a saber: que el pacto social establece entre los ciudadanos una igualdad tal, que todos se obligan bajo las mismas condiciones y todos gozan de idénticos derechos. Así, por la naturaleza del pacto, todo acto de soberanía, es decir, todo acto auténtico de la voluntad general, obliga o favorece igualmente a todos los ciudadanos; de tal suerte que el soberano conoce únicamente el cuerpo de la nación sin distinguir a ninguno de los que la forman.[16]
También encontramos la influencia del pensador ginebrino en otro párrafo del informe a la Junta, en donde se refiere a la existencia de la comunidad política como una manera de buscar la prolongación y elevación de la existencia humana:
El gran principio de todas las acciones humanas, que se reduce, a que todo ente, racional está dotado de una inclinación anexa a su misma naturaleza, no solo de prolongar su existencia, esto es de conservarse, sino también de mejorar de condición cuanto le sea posible, este principio, digo, es tan universal que puede reputarse por el gran móvil de todas las acciones de los hombres, no solo considerados corno particulares, sino como ciudadanos unidos en un cuerpo político, De aquí es que cada Pueblo debe y puede legítimamente valerse de los medios posibles para su resguardo y su elevación.[17]
Párrafo que se corresponde perfectamente con el pensamiento de Rousseau:
El que se atreve a emprender la tarea de instituir un pueblo, debe sentirse en condiciones de cambiar, por decirlo así, la naturaleza humana; de transformar cada individuo, que por sí mismo es un todo perfecto y solitario, en parte de un todo mayor, del cual recibe en cierta manera la vida y el ser; de alterar la constitución del hombre para fortalecerla; de sustituir por una existencia parcial y moral la existencia física e independiente que hemos recibido de la naturaleza.[18]
Proclamando la libertad más allá de los Andes
A fines de 1810, la Junta de Gobierno de Buenos Aires nombró a Antonio Álvarez Jonte como representante ante el gobierno de Chile, que había realizado su propia revolución e instalado en Santiago una Junta análoga a la porteña.
En el año que duró su misión, Álvarez Jonte se esforzó por difundir entre los chilenos los principios de libertad. Así informaba a su gobierno: “Yo por otra parte debo fijar justamente mis esperanzas en las ideas liberales de los nobles Chilenos, y en la ilustración y acierto de este Gobierno en calcular sus verdaderos intereses, y procurar su mayor bien y seguridad”.[19]
Dentro de su tarea, Álvarez Jonte elaboró un tratado de unión entre los gobiernos de Chile y del Río de la Plata, fechado el 21 de marzo de 1811, al que denominó Primera Unión del Sur[20], cuyo análisis, si bien excede nuestro tema, es pertinente en un punto. En el comentario que hizo el autor a los alcances del tratado, al entender que, al ser ambos gobiernos provisorios, el acuerdo quedaba sujeto, en el futuro, a la ratificación de los representantes de ambos pueblos, Álvarez Jonte lo expresa claramente:
Los Gobiernos actuales aún no tienen una representación nacional: y además por la calidad provisoria de ambos no podrá efectuar sino un tratado provisorio. Fuera de que, si a toda parte contratante le queda siempre un derecho incontestable para quitar, añadir de común acuerdo por la variación de intereses y circunstancias, según la naturaleza de toda convención, teniendo el mismo derecho ambos Congresos con la plenitud de representación es muy del caso indicar una prorrogativa tal.[21]
Podemos vincular este pensamiento, claramente defensor del principio representativo, al pensamiento de una de las más poderosas plumas de la Ilustración: Charles de Secondat, barón de Montesquieu, autor de uno de los libros políticos más influyentes de la historia, El espíritu de las leyes. En él podemos leer un concepto bastante parecido, respecto de diferenciar al poder legislativo, que debe encargarse de los temas generales, y del poder ejecutivo, limitado a los negocios cotidianos y urgentes:
No hay necesidad alguna de que los representantes, que han recibido instrucciones generales de sus comitentes, las reciban en particular sobre cada negocio, como se acostumbra a hacer en las dietas de Alemania. Porque si es una verdad que de este modo la opinión de los diputados es la expresión de la voluntad nacional, no lo es menos a la vez que de ello se siguen infinitas dilaciones, que cada diputado puede elevarse a dueño de los otros, y que en las ocasiones urgentes la fuerza de la nación puede quedar paralizada por un capricho.[22]
Durante toda su misión en Santiago, Álvarez Jonte dejará bien en claro su posición ideológica: para él la causa del Rey era inseparable de los derechos de los pueblos: “… la verdadera causa del Rey es la que se halla íntimamente enlazada con la salud del Pueblo, que el más justo y el más virtuoso modo de sostener los derechos del Rey es el de unirlos a los verdaderos intereses de los Pueblos”.[23]. Cualquier pensador de la Ilustración hubiera suscripto, con convicción, esas palabras.
Una celebración para una nueva era
El 25 de mayo de 1812, Antonio Álvarez Jonte, en su calidad de regidor del Cabildo de Buenos Aires, fue el encargado de pronunciar el discurso alusivo en la celebración del segundo aniversario de la Revolución de Mayo.
Allí tendría la oportunidad de expresar varias ideas que venían, directa o indirectamente, de los filósofos de la Ilustración. Comenzó con una frase muy sugestiva:
Ciudadanos: va a empezar el año tercero de nuestra regeneración política, y la obligación de rendir a la Patria los honores que ella pueda perpetuar en ésta nueva era, nos empeña a ofrecer un homenaje digno de vosotros, y propio de las circunstancias.[24]
Este concepto de “regeneración” fue muy utilizado por los hombres de la Ilustración española como Álvaro Flórez Estrada y Gaspar Melchor de Jovellanos. Aunque seguramente su origen era francés. La palabra puede interpretarse en dos sentidos: el primero es sinónimo de ‘reforma’, ‘renovación’, ‘volver a los orígenes olvidados’. Pero, en un segundo sentido, significa establecer un nuevo sistema político y también encierra una renovación de la sociedad civil, de la ciudadanía. Sin duda, Álvarez Jonte la usa en el segundo sentido: pone el hecho revolucionario como origen de la “regeneración política” y habla de una “nueva era” que se está viviendo.[25]
Más adelante, el orador anunciaba: “… por medio de un sorteo, operación propiamente republicana, serán dotadas algunas jóvenes tan apreciables por su honradez, como por, su decencia, y que casi tiene inutilizadas una incomparable pobreza”.[26] ¿Qué quería significar con la expresión “operación propiamente republicana”?
La respuesta podemos encontrarla, nuevamente, en el pensamiento de Montesquieu, que afirma: “El sufragio por sorteo es perteneciente a la democracia, el sufragio por elección es propio de la aristocracia”. Y daba sus razones: “El sorteo es una manera de elegir que a nadie ofende, y que deja a todo ciudadano una esperanza racional…”.[27] Queda claro que el sentido “propiamente republicano” que daba Álvarez Jonte al sorteo correspondía a la noción de “república democrática”, descripto por Montesquieu, y que constituía el ideal político de muchos de los hombres de la Revolución americana.
La política y la justicia
El 1.º de junio de 1815, Antonio Álvarez Jonte compareció ante la Comisión Civil de Justicia, constituida para juzgar a todos los integrantes de los gobiernos comprendidos entre el 8 de octubre de 1812 y el 15 de abril de 1815. El proceso estuvo plagado de irregularidades, debido principalmente a los tremendos resentimientos hacia los adeptos al partido que había perdido el poder, llamados “facciosos” por sus triunfantes adversarios. Álvarez Jonte, que había sido integrante del Segundo Triunvirato, comisionado a las provincias interiores y auditor de guerra, estaba entre los principales acusados.
El interrogatorio fue turbulento: se lo acusaba de haber utilizado el poder que le dio la Revolución para favorecer sus intereses personales, a lo que respondió que nunca había creído “que aquella revolución fuese cálculo de interés sino una simultánea cooperación de todas las ciases a los fines indicados”.[28]
Los temas puntuales de la declaración corresponden a cuestiones políticas concretas que se apartan de nuestro tema. Sin embargo, en un momento determinado, las preguntas se derivaron hacia la relación que debía tener todo sistema político con el principio de justicia, y allí la respuesta de Álvarez Jonte fue terminante: “Que la política y la ciencia del Gobierno nunca debe separarse de la justicia cuyos preceptos se exigen a las naciones”.[29]
Encontramos el germen de esta afirmación en El contrato social, donde Rousseau expresa lo siguiente:
Sin duda existe una justicia universal emanada de la razón, pero ésta, para ser admitida entre nosotros, debe ser recíproca. Considerando humanamente las cosas, a falta de sanción institutiva, las leyes de la justicia son vanas entre los hombres; ellas hacen el bien del malvado y el mal del justo, cuando éste las observa con todo el mundo sin que nadie las cumpla con él. Es preciso, pues, convenciones y leyes que unan y relacionen los, derechos y los deberes y encaminen la justicia hacia sus fines.[30]
En uno de los momentos más ingratos, Álvarez Jonte hacía una abierta declaración de que sus principios no habían cambiado, seguía fiel a las mismas ideas que lo habían conducido hacia la Revolución.
Conclusión
Es evidente que las ideas de la Ilustración, que alumbraron el camino de los líderes de la Revolución francesa, también influyeron en Antonio Álvarez Jonte. Su dominio del idioma francés le permitió familiarizarse con sus obras en su idioma original, y sin duda esas lecturas fueron decisivas para sus actividades políticas durante el proceso revolucionario de América del Sur, del que fue innegable protagonista.
Como muchos revolucionarios antes y después que él, Álvarez Jonte murió joven y sin ver los resultados finales de su esfuerzo. Su intensa actividad destrozó su resistencia física y colapsó a los 36 años, sin dejar de trabajar hasta último momento por la causa que consideraba más grande que su vida o sus intereses personales.
Bibliografía
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- Universidad del Salvador, Argentina.↵
- Ver, por ejemplo, Chiaramonte, José Carlos. La Ilustración en el Río de la Plata. Cultura eclesiástica y cultura laica durante el virreinato. Buenos Aires: Sudamericana, 2007, p. 48.↵
- Así se desprende de su carta al general José de San Martín del 26 de mayo de 1817, redactada en ese idioma, que ambos conocían a la perfección. Cfr. Instituto Nacional Sanmartiniano, Documentos para la historia del Libertador General San Martin, Buenos Aires, 1954, tomo v, pp. 457-458.↵
- Cfr. Lira Montt, Luis, “Estudiantes cuyanos, tucumanos, rioplatenses y paraguayos en la Real Universidad de San Felipe y Colegios de Santiago de Chile. 1612- 1817”, en Historia, Santiago de Chile, Pontificia Universidad Católica de Chile, n.º 14, 1979, p. 220.↵
- Por ejemplo, el deán Diego Estanislao Zavaleta, que fue su profesor en el colegio de San Carlos. Cfr. Gutiérrez, Juan María, Origen y desarrollo de la enseñanza pública superior en Buenos Aires. Buenos Aires: La Cultura Argentina, 1915, p. 47.↵
- Cfr. Pereira Salas, Eugenio, El teatro en Santiago del Nuevo Extremo 1709·1809, Imprenta Universitaria, Santiago de Chile, 1941, p. 33.↵
- Ibidem.↵
- Ibidem.↵
- Diderot, Denis, El padre de familia / De la poesía dramática, Madrid, Editorial Asociación Directores de Escena de España, 2009, p. 151. La obra original se publicó en noviembre de 1758.↵
- Diderot, Denis, op. cit., p. 226.↵
- Ibidem. Todas las cursivas son nuestras.↵
- Ver Trousson, Raymond, Diderot. Una Biografía Intelectual, Barcelona, Acantilado, 2011, p. 18.↵
- Pereira Salas, Eugenio, op. cit., pp. 32-33. Cfr. Virgilio Marón, Publio, Eneida, libro 5, líneas 105-285.↵
- Ver Levene, Ricardo, Ensayo histórico sobre la Revolución de Mayo y Mariano Moreno, Buenos Aires, Ediciones Peuser, 1960, tomo 3, pp. 281-289.↵
- Levene, Ricardo, op. cit., pp. 284 -285.↵
- Rousseau, Jean-Jacques, El Contrato Social, libro ii, capítulo iv.↵
- Levene, Ricardo, op. cit., pp. 285-286.↵
- Rousseau, Jean-Jacques, op. cit., libro ii, capítulo vii. Todas las cursivas son nuestras.↵
- Cfr. Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Diplomacia de la revolución. Chile, v.1: Misión Álvarez Jonte, 1810-1811, Buenos Aires, 1958, p. 66.↵
- Ídem, pp. 132-134.↵
- Ídem, p. 137.↵
- Montequieu, Barón de, El espíritu de las leyes, libro xi, capítulo vi. Todas las cursivas son nuestras.↵
- Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, op. cit., p. 121.↵
- Cfr. Archivo General de la Nación. Acuerdos del extinguido Cabildo de Buenos Aires, Buenos Aires, Guillermo Kraft Ltda., 1928, tomo 5: 1812 y 1813, p. 216.↵
- Morodo Leoncio, Raúl, “Reformismo y regeneracionismo el contexto ideológico y político de la Constitución de Bayona”, en Revista de Estudios Políticos, Madrid, n.º 83, 1994, pp. 30-31.↵
- Archivo General de la Nación, op. cit., p. 216. Todas las cursivas son nuestras.↵
- Montequieu, Barón de, op. cit., libro ii, capítulo ii. Todas las cursivas son nuestras.↵
- Cfr. Carranza, Adolfo P. (director), Archivo general de la República Argentina; Buenos Aires, Guillermo Kraft, 1898, tomo xiii, p. 133. ↵
- Ídem, p. 138.↵
- Rousseau, Jean-Jacques, op. cit., libro ii, capítulo vi. Todas las cursivas son nuestras.↵