Ana Inés Mallimaci Barral y Claudia Pedone
En los últimos años el mundo de las migraciones se ha visto atravesado por diversos conceptos vinculados a la idea de “vulnerabilidad”. Amplias poblaciones migrantes se han definido como vulnerables, ya sea por las situaciones de origen que dan lugar a los desplazamientos, los potenciales peligros que pueden ocasionar los traslados y las situaciones de vida en las sociedades de destino.
¿Qué significa ser “vulnerable” en contextos migratorios? Según el diccionario de la Real Academia Española “vulnerable” es quien “puede ser herido o recibir lesión, física o moralmente”. Sin embargo, en el debate académico la “vulnerabilidad social” se refiere a múltiples experiencias, lo que, de acuerdo con Leal (2010), contribuye a su escasa especificidad y mayor dificultad operativa.
En este apartado, nos interesa abordar críticamente aquellos circuitos académicos y políticos que han construido el vínculo entre las poblaciones migrantes y la idea de la vulnerabilidad.
Sin duda, la noción de la vulnerabilidad migrante debe mucho a la intervención de los organismos internacionales vinculados a la gestión en materia migratoria. En gran parte, la legitimidad de las intervenciones políticas transnacionales sobre las personas migrantes se sostiene a partir de definir a estas poblaciones como vulnerables. Los diferentes trabajos realizados sobre campos de refugiados señalan la fuerza del discurso en torno a las “víctimas absolutas” que justificarían la acción misma de las organizaciones no gubernamentales y organizaciones internacionales especializadas (Clavijo y Magliano, 2013; Dias, 2014).
La vulnerabilidad económica y política en origen suele ser comprendida como un indicador de falta de autonomía y voluntad que genera un movimiento “forzado”. Por ejemplo, a partir de la feminización de la migración latinoamericana hacia la Europa Mediterránea, desde fines de la década de 1990 hasta mediados de los años 2000, la mujer inmigrante adquiere mayor protagonismo en las políticas sociales, especialmente, en aquellas dirigidas a la “integración social” de la población inmigrante. Desde su supuesta condición de vulnerabilidad, estas políticas posicionaron a las mujeres como centro de atención de programas y planes de integración, financiados por fondos nacionales y europeos, cursos de formación, acciones de ONG y también discursos moralizadores sobre los procesos migratorios y el rol que las mujeres tienen (o deberían tener) en ellos.
Este tipo de políticas devela que la condición de vulnerabilidad suele ir aparejada a cierta pretensión moral. De las personas “vulnerables” se esperan ciertas acciones que refuercen su condición para, de esta manera, volverse merecedoras de políticas locales e internacionales a favor de las poblaciones migrantes. Tal como lo señala Fassin (2015), las definiciones sobre quiénes son las víctimas de persecución o violencia se han ido transformando a lo largo de la historia y han reflejado mudanzas en las valoraciones y los efectos que generan esas situaciones, más que en los cambios concretos de las condiciones de vida de las poblaciones. De ahí la importancia de repensar la vulnerabilidad como categoría analítica y política.
Utilizaremos el caso argentino para reflejar la particular relación entre migraciones, vulnerabilidad y moralidad. En los últimos años (2012/2019) se han construido nuevas aristas en la “vulnerabilidad migrante” en nuestro país, a partir de la instalación de discursos globales sobre la temática con una centralidad inédita en el discurso estatal sobre las migraciones.
Con la irrupción de la migración venezolana en Argentina presenciamos novedades en el discurso estatal sobre las migraciones que si bien continúa la noción tradicional sobre la existencia de una “buena” migración vs. una “mala” migración, lo hace desde un contenido novedoso. Si la distinción moral se construyó históricamente sobre la noción de “aporte” a la sociedad y la presencia de “cultura del trabajo” (Domenech, 2013), se suman actualmente elementos que tradicionalmente acompañaron la construcción de la categoría de “refugiados/as”. La migración venezolana definida como vulnerable “merece” derechos y políticas específicas que se niegan al resto de la población migrante. La vulnerabilidad se fundamenta como condición para asegurar derechos por parte del Estado al mismo tiempo que se acrecienta un discurso que criminaliza a la mayor parte de la población migrante. La dicotomía víctima/criminal parece ocupar el espectro general de la población migrante sin grandes matices: quienes no son víctimas se convierten en sospechosos y no merecen la protección del Estado. Como sucede con otras categorías, una parte de la población migrante, definida como más vulnerable, se construye como más merecedora de derechos que el resto de las personas migrantes (Fonseca y Cardarello, 2000).
Tal como lo señala Clavijo (2018), la dimensión moral es uno de los aspectos centrales del refugio relacionado con la idea de la existencia de un desplazamiento “forzado”. A las personas refugiadas se les asocia “temor fundado, la involuntariedad en el desplazamiento y la condición de víctima” y se las diferencias de las personas que se desplazan por motivos económicos. Asimismo, como lo señala la autora, el refugio supone una interpretación sobre las causas del desplazamiento y una evaluación sobre su legitimidad. Los cuerpos dóciles y sumisos generan un sentimiento de compasión que se mantiene mientras cumplan requisitos morales (Dias, 2017).
En nuestro ejemplo, entre la población migrante en Argentina se construye una estratificación entre desplazados legítimos e ilegítimos. Entre los años 2016 y 2019, la migración venezolana fue construida por el Estado argentino desde las representaciones asociadas al refugio, aun cuando la condición que solicita la población venezolana en el país es la de migrante. Aquí lo relevante no es el trámite administrativo adecuado sino la operación política por detrás de estas categorías. La “crisis humanitaria” a la que hacen referencia las normativas excepcionales sancionadas para la población venezolana convierte a todo/a venezolano/a en víctima, lo cual legitima la necesidad de brindar mecanismos especiales para esta población que tendría más derecho a ser protegida que otras.
De esta manera, el discurso moral se instala como mecanismo de estratificación de derechos entre una población “vulnerable” que migra de manera “forzada” y otra que migra de manera “voluntaria”. Se trata de la coexistencia del lenguaje humanitario en torno a la migración, por una parte, y las estrategias de control migratorio por otra, que deviene en la representación de la población migrante como víctimas o como amenazas (Clavijo y Basualdo, 2019). Lo interesante del caso argentino es que esta estratificación suele nutrirse de antiguos prejuicios sobre ciertas nacionalidades migrantes cuya presencia en el país se remonta a fines del siglo XIX y cuyos rasgos se reflejan en algunos de los flujos más recientes. Las poblaciones de países limítrofes quedan encasilladas como amenazas a menos que se las identifique como víctimas de algún tipo de trata.
Por otra parte, como ya hemos indicado, el lazo entre migraciones y vulnerabilidad se hace presente con vigor para el caso de las mujeres migrantes. En este sentido, el impulso que la categoría de “trata de personas” ha tenido en el discurso político sobre las migraciones ha instalado cierta retórica sobre los derechos humanos, basado en las ideas de “víctima”, “vulnerabilidad” y “violación de los derechos” (Clavijo y Magliano, 2013). Tal como lo demuestra Días (2017), para comprender la importancia adquirida por estos temas es necesario la relación existente entre las políticas de seguridad/control de los países hegemónicos junto a la exportación de modelos de gobernabilidad migratoria que transforman a los individuos en víctimas pasivas e insistentemente vulnerables (Dias, 2017). En este sentido, la acción humanitaria y sus soluciones de protección se hayan incluidas en estas políticas de control y seguridad (Agier, 2006).
La mirada dicotómica que organiza la visión sobre la población migrante supone una vulnerabilidad exenta de toda posibilidad de agencia y autonomía por parte de los actores sociales. Por otra parte, la noción de una víctima genérica desconecta a la “víctima” de su contexto social, sin tener en cuenta que la historia de su vida se construye colectivamente y que su decisión de migrar y desplazarse está relacionada con vínculos familiares y afectivos (Días, 2017).
Asimismo, las mujeres (y las infancias y juventudes) se presuponen con un plus de vulnerabilidad per se, despojadas de la posibilidad de ser consideradas sujetos de derecho. De esta manera la vulnerabilidad se comprende como condición de ciertos grupos y no como categoría relacional para garantizar una mayor protección ante ciertas prácticas y situaciones que afectan de manera desigual a diferentes colectivos.
En este sentido, nos parece relevante recuperar antecedentes de otros campos académicos que permiten complejizar las nociones sobre la vulnerabilidad, como es el caso de los feminismos. Desde este sistema de ideas, hace décadas que se trabaja en la deconstrucción de los sentidos tradicionales sobre la “vulnerabilidad”. Parte del desafío reside en comprender la presencia de una agencia femenina, incluso en contextos patriarcales que vulnerabilizan a las mujeres.
En este sentido Dorlin (2010) asume que las mujeres son al mismo tiempo vulnerables y capaces de resistir. Butler (2017) va más allá y discute la idea de que la vulnerabilidad sirva como característica diferenciadora de las mujeres como grupo; por el contrario, afirma que atributos que definen los géneros, como vulnerabilidad e invulnerabilidad, son distribuidos de manera desigual desde ciertos regímenes de poder, con la finalidad de reforzar esos regímenes que privan de derechos a las mujeres. El discurso paternalista define a la mujer como vulnerable, su desmitificación como rasgo negativo debería ser, para esta autora, una labor feminista. Para ello diferencia la precariedad de la precaridad. La precariedad es una condición de toda vida, en el sentido de que todos los cuerpos están expuestos y abiertos a los otros y a lo otro; la precaridad, por su parte, es la distribución diferencial de la condición precaria, una condición inducida políticamente por la cual algunas poblaciones no acceden a redes económicas, sociales, políticas, culturales de contención y quedan más expuestas a la destrucción (Butler, 2010). Para el caso de las personas migrantes es indudable que las restricciones a la regulación de la residencia y ciudadanía colaboran en situarlas en situaciones de precaridad que las vuelven vulnerables.
Esta concepción se acerca a aquella planteada por las filósofas de la teoría del cuidado. Según Tronto (2009), la vulnerabilidad es parte de nuestra humanidad. Como somos seres vulnerables, somos frágiles y dependientes y necesitamos vivir en un régimen de interdependencia. Es por ello por lo que el cuidado no se piensa para socorrer a “los más vulnerables” sino que es indispensable para la vida de cualquier ser humano que requiere de un “otro”. De modo similar a lo planteado por Butler, la vulnerabilidad ya no se piensa como sinónimo de una pasividad característica de algunos sectores de la sociedad, sino que se enfoca en la distribución desigual del “cuidado” que genera sectores de la población que quedan desprotegidos con la paradoja que suelen ser proveedores de cuidado: las mujeres migrantes ocupan aquí un lugar emblemático.
Desde este enfoque feminista se analiza el rol de la vulnerabilidad en las estrategias de resistencia. Esta nueva mirada rompería con los modelos masculinistas de autonomía/independencia, sin que esto implique esencializar lo femenino o idealizar la vulnerabilidad (Nijensohn, 2017). Es decir, grupos vulnerabilizados pueden organizarse y resistir los contextos que los vulnerabilizan desafiando la idea de la pasividad absoluta que caracteriza la noción de víctima. Cuando mujeres, refugiados/as, migrantes se organizan para demandar derechos, recuperan su historia, la dimensión política y social que los constituye como “vulnerables” aunque ello implique distanciarse de la imagen puramente moral de la víctima.
Ubicarse como víctimas, vulnerabilizados/as o sujetos/as de derecho puede ser, entonces, una lectura política del contexto histórico que habilita unos sentidos sobre otros. Lo importante es no ceder a la tentación de “confundir las palabras con las cosas, de mezclar los nombres que inventamos con la realidad que los otros vivencian” (Fonseca y Cardarello, 2000, p. 36) y preguntarse qué ventajas o limitaciones obtienen los diferentes grupos a estos “embalajes mediáticos” que los definen.
Bibliografía
Agier, M. (2006). Refugiados diante da nova ordem mundial. Tempo Social, Revista de Sociologia da USP, 18 (2), 197-215.
Butler, J. (2010). Marcos de guerra. Las vidas lloradas. México: Paidós.
Butler, J. (2017). Vulnerabilidad corporal, coalición y la política de la calle. Nómadas (46), 13-29.
Clavijo, J. (2018). Consideraciones sobre la (re)configuración de la condición de refugiado. Antropología y Migración (10), 94-101.
Clavijo, J., Pereira, A., & Basualdo, L. (2019). Humanitarismo y control migratorio en Argentina: refugio, tratamiento médico y migración laboral. Apuntes. Revista De Ciencias Sociales, 46 (84), 127-157.
Dias, G. M. (2014). Migração e Crime: Desconstrução das Políticas de Segurança e Tráfico de Pessoas (tesis de doctorado em Antropología Social). Campinas, Brasil: Universidade Estadual de Campinas.
Dias, G. M. (2017). Trata de personas, tráfico de migrantes y la gobernabilidad de la migración a través del crimen. Etnográfica [en línea], 21 (3), 541-554. Recuperado de https://bit.ly/3dznnxU.
Domenech, E. (2013). “Las migraciones son como el agua”: Hacia la instauración de políticas de “control con rostro humano”. Polis [en línea], 35. Recuperado de https://bit.ly/3bsLOua.
Dorlin, E. (octubre de 2010). To Be Beside Oneself: A Phenomenology of Our Own Violence. Conferencia presentada en el Townsend Center. Berkeley, Estados Unidos: University of Berkeley.
Fassin, D. (2015). La economía moral del asilo. Reflexiones críticas sobre la “crisis de los refugiados” de 2015 en Europa. Disparidades. Revista de Antropología, 70 (2), 277-290.
Fonseca, C. y Cardarello, A. (2000). Derechos de los más y menos humanos. Apuntes de Investigación del CECYP (5), 9-38.
Leal, J. (2010). Trabajo y vulnerabilidad social: una reflexión a partir de dos casos empíricos en Uruguay. Salto, Uruguay: Sistema de Publicaciones Regional Norte-Udelar.
Nijensohn, M. (2019). ¿Pueden lxs sujetxs precarizadxs actuar? Cuadernos De Filosofía, 0 (69), 105-118. Recuperado de https://bit.ly/3aKCkuZ.
Tronto, J. (2009). Un monde vulnérable. Pour une politique du care. Paris: La découverte.