Javier Alejandro Lerda[1]
Introducción
A partir del siglo XVI durante la Modernidad las sociedades europeas y sus colonias americanas soportaron profundas mutaciones, que se observan, en los modos de ser hombre o mujer, en la concepción familia, en las identificaciones sexuales que afectan la subjetividad de los individuos.[2]
Los mecanismos de exclusión por “naturalizaciones” encuentran eco en entidades tales como la familia o la Iglesia y en sus discursos disciplinadores[3], incorporados desde hace siglos en las sociedades occidentales y cristianas[4], y cuyos esquemas se repiten de una generación a otra, convirtiéndose en verdaderos espacios de sumisión porque estructuran pensamientos y percepciones acordes con los mismos principios utilizados en la dominación[5].
El discurso religioso, sobre todo a partir del concilio de Trento (1545-1563), se perfilará como el alegato rector de la vida social de los pueblos hispanos. Por otra parte, encontrara diversos mecanismos de control[6], ya sea a través del matrimonio o la vida religiosa[7] como las formas legitimadas por el sistema social que actúan en menoscabo de las mujeres. Aun así, el sistema presenta puntos de fuga que serán aprovechadas por las mujeres[8], para expresar su descontento por las injusticias y tratar de exteriorizar su presencia. El presente trabajo nos permitirá explicar cómo las mujeres aprovechan los vacíos legales que presentan el sistema jurídico español[9], para disputar espacios simbólicos y materiales con los hombres en las márgenes del imperio español en Corrientes hacia 1700[10].
En la elaboración de este informe no solo nos servimos de una abundante bibliografía que analiza la época en cuestión, sino también de examinar expedientes judiciales encontrados en el Archivo Histórico de la Provincia de Corrientes. En primera instancia tratamos de analizar a la sociedad de la época y el lugar que ocupa la mujer en la misma de acuerdo a los roles, luego la situación de Corrientes como lugar marginal a principios del 1700, para finalmente explayarnos sobre el caso en cuestión entre una viuda y su hijastro.
Sociedad, familia y mujeres en el siglo XVIII
Conforme lo manifestado más arriba en las sociedades tardo- coloniales la familia nuclear o extensa constituía la base social, a través de las cuales se lleva a cabo no solo la reproducción de todo el sistema social[11], sino que además también posibilitaba cambios sobre los grupos sociales privilegiados. La misma constituye un valor en sí misma para las sociedades de raigambre mediterránea siendo dicho modelo trasplantado al continente americano tanto por españoles como portugueses. La importancia que ambas sociedades le confieren a la familia significa que el matrimonio, era considerada por la Iglesia y por la monarquía como claves para conformar una organización social ordenada dentro del ámbito de las colonias[12].
Por otra parte, por medio del matrimonio “se protegía a las mujeres”, por ser las miembros más débiles e influenciables de la sociedad[13]. Asimismo, podemos afirmar que el matrimonio está íntimamente ligado con el patrimonio sobre todo en lo que se refiere a los grupos de poder, donde constituyen verdaderas alianzas familiares, tendientes a resguardar y preservar los recursos económicos [14]. El matrimonio y la legitimidad que este confería constituían marcadores de rango social que indicaban que las personas unidas legítimamente pertenecían a cierto grupo social, raza y condiciones económicas[15].
En otras palabras, el matrimonio legítimo era contraído en su gran mayoría por los miembros de la elite blanca y los grupos aborígenes. En lo que respecta al primer grupo la finalidad del matrimonio era proteger a las mujeres y apartarlas de situaciones deshonrosas y en el segundo de los casos, estos mantenían ciertas costumbres propias de sus pueblos a lo que se agrega el control de costumbres que le fuera impuesta por los misioneros católicos que alentaba a las mujeres a tener hijos dentro del marco de las uniones legitimas[16].
Asimismo, el matrimonio eleva el estatus social de los varones casados con respecto a los solteros, otorgándole la condición de vecinos. Hombre y mujer juegan un papel primordial tanto en la organización social como como vehículo de alianza.[17]. La endogamia social era una de las estrategias más implementadas a la hora de acrecentar el patrimonio económico de la familia mediterránea por lo tanto era el modelo imperante en la realidad americana. Esto implica que el patrón matrimonial más común era el que se registraba entre miembros de una misma etnia, grupo ocupacional, estrato social y parroquia[18].
En ese paradigma dominante el rol de la mujer se circunscribe a su función reproductora que, a su vez, trasladará a su descendencia a través de la educación y la religión, por ello el mejor estado civil es el de casada. Esta visión androcéntrica, reivindicatoria de la Maternidad como el rol que “completa” a la mujer por ende excluye a solteras y viudas.[19]
El matrimonio constituía un asunto familiar y por lo tanto era “arreglado” en gran medida por los padres de la novia sobre todo en los grupos de la élite, aunque según la normativa del Concilio de Trento los contrayentes debían expresar su libre albedrio para contraer nupcias y encontrarse libres de presiones[20].
Con respecto a las mujeres de los otros grupos sociales y étnicos (mulatas, mestizas, esclavas, españolas pobres), si bien el matrimonio era la norma social, no constituía una práctica universal. Las tasas matrimoniales respecto a la población que no era española y que no pertenecía a los grupos privilegiados variaban según las condiciones sociales y las épocas. En general las mujeres al igual que los varones buscaba compañero para casarse dentro de sus mismos grupos étnicos.
En lo que respecta a las relaciones sexuales solo tenían sentido y lógica dentro del matrimonio y con la sola finalidad de procrear, por ende, está prohibido el aborto y cualquier forma de goce sexual (acrobacias, masturbación, sodomía, etc.). En general las perjudicadas resultaban las mujeres sobre todo en las formas de control social y censura, sobre todo en lo que respecta a las mujeres de los grupos de élite[21].
En lo que se refiere a la vida doméstica diaria no todas las parejas vivían en permanente armonía, los conflictos maritales no eran desconocidos para la sociedad colonial. Las mujeres como reproductoras de un modelo creían fehacientemente que el matrimonio constituía un pacto indisoluble entre las partes. Es por ello que en caso de conflictos se recurrían a la familia o a las autoridades civiles y religiosas. La realidad es que el matrimonio otorgaba un poder discrecional al hombre por sobre su esposa, incluyendo la “corrección” física. Es decir que en casos extremos las parejas recurrían al divorcio donde intervienen tanto autoridades civiles como religiosas, ya que implicaba un doble tramite la separación de la pareja y la nulidad del sacramento matrimonial , en estas situaciones las mujeres trataban de sacar ventaja visibilizando su situación frente a los estrados de la justicia, la cual generalmente fallaba a su favor, en virtud de proteger a los grupos vulnerables, aun así luego de ello estas se convertían en verdaderas parias sociales[22].
En relación a la situación de viudez no ocurría lo mismo para las mujeres que para los hombres, estos últimos de quedar viudos volvían a contraer matrimonio [23]. En el caso de las mujeres la mayoría de ellas no volvían a contraer matrimonio legal, se ocupaban de la educación y tutela de sus hijos menores defendiendo sus intereses frente a las apetencias de sus parientes varones, no implicaba que no tuvieran vínculos afectivos con los hombres, pero fuera de la relación legal[24].
Las otras situaciones que podían vivir las mujeres además del matrimonio era la de tornarse religiosas, las mismas en muchos casos lo hacían para escapar de matrimonios pactados por sus familias y gozar de un grado de libertad mayor que el de sus hermanas casadas y por otra parte para acceder a un mayor grado de educación (sobre todo si eran de familias nobles). En lo que respecta a las mujeres solteras, había un porcentaje importante que no contraía enlace en virtud de un desbalance demográfico entre la zona urbana y la rural. Entre ellas hay solteronas por elección propias o sea “celibes”, las que en general correspondían a los estratos sociales altos y las cuales tenían aspiraciones sociales, mientras que en los niveles bajos estas demostraban una actitud más relajada frente al matrimonio y al celibato[25].
Lo expuesto más arriba explicaría el porqué de tan altas tasas de ilegitimidad dentro de los nacimientos que se sucedían en Hispanoamérica en relación a España y Portugal, durante gran parte de los siglos XVI, XVII y XVIII. Por último, podríamos decir que en Hispanoamérica con frecuencia las mujeres viudas o solteras se constituían en cabezas de familias, sobre todo este fenómeno se en la zonas rurales o pobres, las cuales gozaban de un mayor grado de independencia económica, social y cultural respecto a las de la élite. Por lo tanto, la situación de soltería y de maternidad se encontraba intrínsecamente unida sobre todo en los estratos sociales más bajos[26].
Corrientes a principios de 1700
En lo que se refiere a la actual provincia de Corrientes como tal hasta su emancipación en 1814, mediante un decreto del Director Supremo Gervasio Posadas formaba parte de la jurisdicción de la Gobernación del Rio de la Plata (1617), cuya capital era Buenos Aires dependiendo[27]. La descripción tiene relación de ser en virtud de que los acontecimientos objetos de este trabajo tienen como centro a dicha ciudad hacia 1700[28]. La misma de desarrolla a partir de un centro poblacional fundado en 1588 por el ultimo adelantado del Rio de la Plata Juan Torres de Vera y Aragón.
La primera etapa del desenvolvimiento de Corrientes fue sumamente difícil y precaria debido a la distancia de Buenos Aires y Asunción, a lo que se debería agregar la hostilidad de los guaraníes y chaquenses, lo que amenazo por momentos con el despoblamiento. En resumen, el continuo estado de inseguridad, el aislamiento y la carencia de incentivos económicos repercutieron negativamente en el desenvolvimiento de Corrientes.
La población creció con lentitud. Las actividades productivas se basaban en la práctica de la agricultura de subsistencia y en el aprovechamiento de ganado montaraz por medio de las vaquerías. El comercio con las comarcas vecinas era reducido y esporádico, al igual que toda la región del Plata, que se veía perjudicada por las restricciones establecidas por la Corona Española.
Si bien la jurisdicción de la ciudad según designios del fundador era muy amplia se extendió incluso hasta la región del Chaco y sur de Brasil, el ejercicio de la autoridad sobre la misma era meramente nominal.
Mientras la jurisdicción de la ciudad de Corrientes se ampliaba lentamente, en el sector este del actual territorio provincial a principios del siglo XVII se desenvolvió otro proceso de poblamiento de características diferentes. Desde 1607 los padres jesuitas de la provincia del Paraguay, extendieron su control sobre este sector fundando reducciones con los guaraníes. En el territorio correntino las mismas se establecieron sobre la margen occidental del rio Uruguay. Dichas poblaciones florecieron provocando la envidia de los españoles, situación que acarrearía conflicto en el futuro. Las mismas se desarrollaron sobre la base de la ganadería y los yerbatales.
La frontera del rio Santa Lucia constituyo durante gran parte del siglo XVIII el límite máximo de la expansión del poblamiento blanco, sobre todo debido a los ataques de los aborígenes chaqueños, situación esta comenzó a mejorar hasta desaparecer a fines del siglo XVIII, tanto por acción de la actividad misionera de los jesuitas en territorio chaqueño, como por las diversas campañas militares llevada a cabo por las autoridades españolas.
Esto repercutió favorablemente en el desarrollo de la ganadería local, sobre todo en lo que se refiere a la cría de vacunos[29]. Hacia 1770 esta expansión ganadera se vio favorecida por las oportunidades comerciales que se abrieron en este periodo debido a las reformas borbónicas que favorecieron el comercio desde el puerto de Buenos Aires. Por las razones esgrimidas esta región sufrió un notable crecimiento demográfico y económico, habiéndose triplicado el territorio bajo control de la ciudad de Corrientes. Durante todo el período hispano el cabildo cumplió un papel fundamental como representante de los intereses correntinos constituyéndose en el ámbito de expresión de la elite local[30].
Mujeres y disputas patrimoniales en las márgenes del imperio español: el caso de los Maciel a principios del siglo XVIII
La problemática objeto de este trabajo es una disputa que se origina a partir de un expediente judicial que se inicia en la ciudad de Corrientes en septiembre y diciembre de 1701 y que tiene sus idas y vueltas entre esta ciudad y Asunción del Paraguay donde el capitán Baltasar Maciel (h) presta sus servicios castrenses, teniendo dicho expediente más de 50 páginas[31].
Que dicho expediente se describe como una disputa patrimonial de este militar hijo de Baltasar Maciel (p), contra su madrastra Gregoria Cabral y sus hermanastros menores, por lo dispuesto por su padre en su testamento, con la quinta legítima en favor de estos[32]. Que la viuda reclama para sí un poder para ser tutora de sus hijos, además de una pensión y quedarse con la vivienda familiar.[33]. Además, el hijo legitimo exige para sí un poder sobre su hermano enfermo (demente). También describe que el testamento fue redactado por un escribano a pedido del moribundo, se infiere que el enfermo desea solucionar esta cuestión antes de morir. Que en los reclamos actúa el defensor de menores y pobres., el que argumenta en favor de la viuda.
También se describen en el testamento, además de la vivienda familiar, otros bienes inmuebles como: piezas de tela, lienzos, camellones, además de elementos de tornería, productos alimenticios, sillas de montar, sombreros, etc. En el expediente se habla también de alquileres de casas y almacenes, como así también de la necesidad de llevar a cabo una nueva escritura respecto a unas 200 arrobas de maíz en un pueblo de indios[34]. También el expediente habla de peones, bueyes y corrales.
El expediente hace alusión a que se liquide todos los bienes en cuestión y se distribuya su utilidad entre las partes. Que además se liquiden las deudas contraídas con los letrados intervinientes[35]. En todo momento la viuda visibiliza su situación desventaja solicitando la ayuda legal del defensor oficial de pobres, menores y ausentes.
Si bien parece extenso y dilatado la descripción llevada a cabo en la primera parte del trabajo es para colocarnos en contexto de cuál es la realidad en la cual viven las mujeres españolas y americanas a principios del siglo XVIII[36], frente al poder patriarcal. Aun en esta situación de debilidad y aparente vulnerabilidad podemos percibir como resisten ante esta situación aprovechando los vacíos legales que le ofrece la misma ley castellana: Las Partidas del Rey Sabio[37], quien socorre y apoya a las viudas, desvalidos, huérfanos, ancianos e hijos ilegítimos[38], en este caso Gregoria Cabral y sus hijos menores.
Por otra parte, en lo que respecta a la dilatación en el cumplimiento de la última voluntad del fallecido Maciel, no redunda en beneficio de su hijo legítimo sino todo contrario en beneficio de la mujer y sus hijos menores, la cual recibe más de lo solicitado, en términos materiales[39]. Como además en siglo XVIII la mentalidad había cambiado en beneficio de las mujeres a fin de ejercer la función de tutoras y curadoras de hijos menores o con discapacidades (como es este caso) en desmedro de parientes varones como era la lógica anterior.
Conclusión
Podemos concluir este trabajo sosteniendo que a pesar de la realidad que signa la vida de las mujeres en una sociedad donde el discurso religioso y estatal regula las relaciones sociales y culturales, ejerciendo un fuerte control sobre las mismas, los resortes de este control se van destrabando a medida que se va alejando de los centros del poder y nos vamos acercando a las márgenes del imperio hispano. Aunque en este caso no parece mucho sin embargo es un estímulo frente a una sociedad patriarcal y autoritaria[40]. Un ejemplo de ello lo constituyen los litigios patrimoniales llevados adelante por mujeres que visibilizan su situación ante la sociedad.
- Universidad Nacional del Nordeste.↵
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- CHIARAMONTE, J. C., op. cit. p. 68; SCHALLER, E., op. cit., pp. 18 y 20; SCHALLER, E. (S/F), op. cit., p. 563. ↵
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- FERRER-ALÒS, L., op. cit., p. 39; AGPC., op. cit., p. 5.↵
- AGPC., op. cit., pp. 6 y 8.↵
- AGPC., op. cit., p. 30. ↵
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- SOCOLOW, S., op. cit., p. 80. ↵
- GACTO FERNÁNDEZ, E, op. cit., p. 42. ↵
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