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Cárcel

Lauren Isach

Según el diccionario de la Real Academia Española (RAE), la palabra cárcel designa, por un lado, el “local destinado a reclusión de presos” y, por otro, la “pena de privación de la libertad” (https://bit.ly/46fgGsU). La cárcel remite, a la vez, a la materialidad de un espacio y a la inmaterialidad de una sanción judicial.

La primera definición, que se podría asociar a la de establecimiento penitenciario, se refiere a un objeto espacial delimitado a través de diferentes dispositivos (muros, controles de seguridad, cámaras, guardias, etc.) que limitan y controlan las entradas y salidas, cumpliendo así con la función de retener individuos, privándolos de su libertad ambulatoria. Sin embargo, no existe un solo tipo de cárcel: coexisten unas que tienen políticas restrictivas con otras que son más abiertas, algunas albergan a miles de individuos hacinados, mientras que otras alojan solamente algunas decenas de personas reclusas. Incluso, existen cárceles sin muros, como la isla-prisión de Bastøy en Noruega. A su vez, las experiencias personales carcelarias son vividas de forma diferencial, tanto por los reclusos, los familiares o los funcionarios.

La segunda definición a la cual hace referencia la RAE alude a una sanción judicial, la cual no necesariamente implica la reclusión del individuo en un establecimiento penitenciario. Designa una pena a través de la cual, por un determinado periodo, se suspende la libertad de circulación al individuo que cometió algún delito. Asimismo, las personas pueden ser condenadas a una pena de cárcel sin jamás ir físicamente a una de estas, en los casos en que puede aplicarse por fuera del establecimiento. Es lo que ocurre con las penas que se desarrollan en el domicilio de los individuos bajo tobillera electrónica. Por otro lado, la cárcel como establecimiento penitenciario no necesariamente aloja a personas condenadas por una sanción judicial, sino que recibe también a individuos sentenciados a prisión preventiva, en espera de su juicio, y por ende presuntos inocentes. Como se advierte, el término cárcel abarca una amplia gama de situaciones y de espacios, que disputan la idea de un objeto claramente delimitado físicamente y separado del resto de la sociedad.

Al día de hoy, en los sistemas penales contemporáneos occidentales, la cárcel se ha impuesto como una de las principales sanciones frente al delito. Se plantea, por un lado, como un castigo a priori igualitario, es decir que se ejerce de la misma manera sobre el conjunto (a diferencia de la multa, por ejemplo). Por otro lado, permitiría la rehabilitación del individuo que cometió algún delito.

El encierro, o lo que se podría llamar la cárcel moderna, no siempre existió como castigo penal propiamente dicho. La literatura occidental especializada sitúa su aparición en Francia, al final del siglo XVIII, en plena época de la Revolución Francesa (Foucault, 2002). Hasta entonces, si bien se solía recurrir al encierro o encarcelamiento, el mismo no era concebido como un castigo en respuesta a un delito cometido. Sin embargo, desde los inicios de la cárcel moderna como sanción penal, más allá del castigo a través del encierro, se le adjudica una función de reeducación del individuo, a través del trabajo, de la educación o del aislamiento que tendría también algún valor terapéutico. Asimismo, desde sus inicios hasta la actualidad, el espacio se torna el concepto central del dispositivo carcelario. Además de su objetivo de castigar y neutralizar a través del retiro de los individuos del espacio público, la cárcel implica la exclusión social y espacial como método de rehabilitación y reinserción en la sociedad, lo cual configura una paradoja en sí mismo.

Este texto se dividirá en cuatro secciones. En la primera se presentan los principales abordajes teóricos que se interesaron en las relaciones entre la cárcel y la sociedad, problematizando los enfoques dicotómicos entre un supuesto adentro y afuera. En la segunda sección se ilustran diversas manifestaciones de la porosidad de la frontera carcelaria. Finalmente, las dos últimas partes ponen el foco en analizar las relaciones entre cárcel y ciudad, pensando primero la ciudad dentro de la cárcel, y viceversa.

Relaciones entre la cárcel y la sociedad

En las películas, la literatura, los medios de comunicación, entre otros, se suele representar y describir a la cárcel a partir de su aislamiento y separación con el resto de la vida en sociedad. Los grandes muros, la presencia de agentes de control y los diversos dispositivos de seguridad que vigilan y limitan las entradas y salidas de los establecimientos penitenciarios son la cara visible de la existencia de una frontera física que marca y separa a la vida intramuros de las cárceles del resto del espacio que las rodea.

Desde su función institucional, la cárcel implica la idea de apartamiento y de separación, ya que consiste en retirar a las personas del espacio público a partir de una decisión de la justicia que condena a las mismas a la privación de su libertad ambulatoria, manteniéndolas en espacios cerrados y segmentados. La permanencia de estas representaciones y valoraciones no es tampoco ajena a la producción de algunos trabajos académicos pioneros, principalmente desde la sociología, que en el periodo post Segunda Guerra Mundial se centraron en estudiar instituciones de encierro como las cárceles o los manicomios. En ese sentido, se destaca la obra de Foucault (2002), quien considera a las cárceles como instituciones de control social y dominación de la población (asociada a la policía), al servicio de las clases dominantes que disponen del poder de definir y sancionar las acciones y comportamientos deseados e indeseados para vivir en sociedad. Por otro lado, Goffman (2001) y Sykes (2017) focalizaron sus análisis en el espacio intramuros, en mostrar las diferencias con el funcionamiento y las normas de vida en el resto de la sociedad, describiendo un cierto aislamiento y funcionamiento hermético de las instituciones de encierro. En esta línea, Goffman asoció la cárcel a una institución total, poniendo el foco en las distancias y fronteras que se erigen entre un adentro y un afuera, simbolizadas por diferentes obstáculos que se oponen a la interacción social con el exterior e imposibilitan las salidas de las personas internadas. Desde estos abordajes se planteó la ruptura entre la vida dentro y fuera de la cárcel.

De todas formas, la vida autárquica y aislada totalmente del resto de la sociedad es ilusoria. Es cierto que se construyen fronteras materiales (altos muros, rejas, dispositivos tecnológicos de seguridad, entre otros) y simbólicas (construcción de otredad del criminal como individuo peligroso no adaptado a la sociedad; difusión de imágenes negativas asociadas a las cárceles como lugares oscuros, violentos y ocultos) que separan a las cárceles de otros entornos donde transcurre la vida diaria. Aun así, siempre existieron relaciones e intercambios necesarios para la reproducción de la cotidianidad, algunos controlados, como los ingresos de personal y de alimentos, las visitas de familiares y las comunicaciones telefónicas, y otros no tan controlados, como el tráfico de sustancias y artículos diversos (teléfonos celulares, por ejemplo).

Trabajos académicos contemporáneos cuestionaron aquellos abordajes dicotómicos, planteando incluso la idea de un continuum carcelario (Wacquant, 2001). Dichos análisis hacen referencia a las fuertes relaciones entre los establecimientos penitenciarios y determinadas zonas relegadas de la ciudad y sus habitantes. Estos vínculos son también identificados por múltiples reportajes mediáticos en distintos países latinoamericanos, en los que se da cuenta, por ejemplo, del control que los líderes de algunas pandillas desde la cárcel continúan ejerciendo sobre algunos territorios urbanos asociados principalmente al narcotráfico.

Asimismo, varios estudios muestran que las cárceles son una expresión de la criminalización de la pobreza, en la medida que son los sectores sociales y económicos más desfavorecidos quienes se encuentran encarcelados. Entre ellos, se pueden mencionar algunos realizados en Europa o Estados Unidos por Wacquant (2001) y Cunha (2008), en América Latina por Ferreccio (2017), Weegels (2018) y Pérez de Sierra (2019), o en el sur global por Morelle (2015) y Jefferson (2014). Esta sobrerrepresentación de los sectores sociales y económicos más desfavorecidos, evidenciada por esta literatura, encuentra su explicación en diversos factores. Por un lado, la creación de nuevas figuras delictivas y un endurecimiento de las penas asociadas a los delitos contra la propiedad o el microtráfico de drogas, los cuales están principalmente vinculados a las clases sociales más empobrecidas. Por otro lado, se observa la implementación de nuevos dispositivos de control y vigilancia que se focalizan sobre estos sectores sociales y territoriales relegados, en el marco de políticas más represivas, estigmatizantes y segregativas (Wacquant, 2004 y 2009).

Los estudios de criminología efectuados por CELIV (2022) o Pucci et al. (2012), acerca de la reincidencia en el delito, dejan entrever el estrecho vínculo entre el adentro y el afuera. Esto se manifiesta en los sucesivos retornos a la cárcel o, incluso, en el rol del contexto barrial al cual vuelven al salir de prisión (Kubrin y Stewart, 2006). Al analizar las trayectorias de vida de los individuos y el lugar de la cárcel en estas, existe una diversidad de lazos emocionales, simbólicos y/o económicos, entre otros, que dan cuenta de continuidades o discontinuidades de lo carcelario en su cotidianidad tanto adentro como afuera de los centros penitenciarios. En esta perspectiva, resulta pertinente evocar la idea de frontera porosa, ya que permite ir más allá de un análisis en términos de oposición, sin tampoco negar las referencias hacia un adentro y un afuera a las cuales remiten los mismos habitantes de la cárcel. Dicho concepto habilita abordar ambos espacios desde la idea de su permeabilidad, observando las continuidades o discontinuidades entre ambos que refuerzan o debilitan esta dicotomía (Weegels, et al. 2020; Turner, 2016).

Continuidades y discontinuidades entre el territorio carcelario y su entorno

Tanto los dispositivos materiales y tecnológicos, las normas que regulan la circulación de personas y mercaderías, las prácticas sociales de los privados de libertad, como las políticas públicas dirigidas a las prisiones, permiten hablar de continuidades y discontinuidades entre la vida en estos territorios de reclusión y en sus entornos, en el resto de la ciudad. Ello permite poner en cuestión la dicotomía entre el adentro y el afuera, y sostener la constitución de una frontera porosa. Esto se observa tanto en aspectos estructurales y funcionales, como en otros más simbólicos y emocionales que remiten a las prácticas sociales y vivencias de los habitantes de la cárcel (personas privadas de libertad, familiares y trabajadores).

Existe una diversidad de modelos de cárceles, que responden a un mayor o menor control, y que se expresan en dispositivos materiales y normativos que clasifican y separan a las personas privadas de libertad. Estas separaciones de los internos se pueden realizar entre diferentes establecimientos penitenciarios, o en una misma cárcel dividiendo el predio y sus edificios según los crímenes cometidos y su gravedad (por ejemplo los crímenes sexuales suelen ser separados del resto), según la edad (entre menores y mayores), el género (entre mujeres, hombres y personas trans), o entre condenados y quienes tienen prisión preventiva en algunos casos.

En la mayoría de los países latinoamericanos los sistemas penitenciarios realizan una evaluación de las personas reclusas y, según el tipo de delito y el comportamiento a lo largo del cumplimiento de su pena, pueden ir cambiando de sectores o de establecimiento penitenciario, pasando de lugares de mayor encierro a otros con mayor autonomía y menores restricciones. En otros términos, el castigo espacial se ajusta a la gravedad del crimen y al comportamiento de la persona durante su encarcelamiento. Existe, así, una clasificación de los establecimientos entre los más cerrados, que en general corresponden a niveles de seguridad mayores, que reciben los delitos más graves o a los individuos en sus primeros años de condena, y otros calificados de semiabiertos o abiertos (de niveles de seguridad media o baja).

Así sean los más cerrados o los más abiertos, todos disponen de elementos de control y de restricción en los movimientos e intercambios con el resto de la sociedad. Los más cerrados suelen presentar dispositivos arquitectónicos y normativos más restrictivos con el fin de evitar y controlar la circulación y los encuentros, como altos muros perimetrales que no habilitan ninguna visibilidad, tanto desde el adentro de la cárcel hacia el afuera, como al revés. Generalmente, tales establecimientos tienen una mayor fragmentación y segmentación de los espacios internos a través de muros, rejas, tejidos, entre otros, acompañados de normas que limitan la autonomía de la persona y su posibilidad de circular. Además, estos lugares suelen también ser los más afectados por los problemas de hacinamiento, los cuales condicionan las posibilidades de poder acceder a programas educativos, laborales o recreativos.

Los establecimientos de mediana o baja seguridad, considerados como más abiertos, plantean dispositivos menos limitativos, ya que no necesariamente cuentan con muros perimetrales (en Argentina puede ser un simple alambrado, por ejemplo), y tienen normas más flexibles en cuanto a las circulaciones y autonomía dentro del predio. Se observan diferencias tanto en los dispositivos como en las normas que reglamentan estas circulaciones o las posibilidades de contacto con el afuera, según cada país e incluso cada establecimiento penitenciario. La probabilidad de poder contar con un teléfono móvil, o de acceder a programas educativos, deportivos o laborales, también varía en base al tipo de establecimiento en el cual uno se encuentre.

Las normativas y dispositivos materiales que rigen los contactos con los visitantes presentan también bastantes diferencias. Por un lado, estas se perciben en la amplitud horaria o cantidad de visitas habilitadas por semana o mes y, por otro, en la mayor o menor limitación en cuanto a los contactos físicos. Hay establecimientos que directamente no permiten el contacto físico con los visitantes, mientras otros, por ejemplo en Uruguay, permiten a la familia quedarse un fin de semana completo en una casa acondicionada para este propósito.

Así, la frontera entre el adentro-afuera resulta más porosa según las actividades y experiencias a las cuales se puede acceder dentro del espacio carcelario. Es lo que ocurre con las territorialidades desarrolladas intramuros por los internos en el marco de un establecimiento penitenciario de características más abiertas. Estas dan cuenta de la existencia de una rutina cotidiana similar, en cierto modo, a la que venían teniendo afuera. Es el caso de la Unidad 6 de Punta de Rieles en Uruguay donde, hasta el año 2020, las personas se encontraban a tomar mate en la plaza principal de la cárcel, iban al almacén o a la pizzería a comer, a realizar actividades educativas o a trabajar.

El establecimiento arriba mencionado se caracterizaba por permitir a las personas encarceladas la libre circulación dentro del predio. Además, se habilitaba a que pudieran desarrollar proyectos recreativos, educativos o culturales autogestionados, como crear una radio comunitaria y promover sus propios emprendimientos productivos (Figura 1). Asimismo, se autorizaba a que los internos pudieran vender sus productos (como artesanía en cuero) y servicios (como peluquerías) desde el perímetro de la cárcel, tanto a sus compañeros de celdas, como a sus familiares, al personal de la cárcel e incluso hacia el público fuera de esta última, promocionándose vía plataformas digitales o a través del boca a boca.

Cada una de estas actividades implica espacios de encuentro, relaciones, rutinas y experiencias concretas que permiten construir territorialidades parecidas a las que se configuran en la vida urbana, otorgándoles sentidos diferentes a un territorio definido, en primera instancia, como carcelario. Así, los límites entre el adentro y el afuera no resultan tan claros y evidentes.

Figura 1. Unidad penitenciaria nro. 6 de Punta de Rieles, Uruguay, diciembre 2018

Fuente: María Schmukler.

Si bien los dispositivos materiales o normativos tienen una intencionalidad y buscan un impacto en la vida social, la realidad de las prácticas sociales puede cuestionar o incluso contradecir esta intencionalidad. Más que un abordaje de la arquitectura carcelaria desde su morfología, puede sostenerse que el espacio arquitectónico no se reduce a la sola materialidad. En cambio, se trata de tomar en cuenta los usos y representaciones pensadas desde su concepción, y los que suceden en la realidad de la vida cotidiana. Frente a las restricciones de contacto en unidades de mayor encierro en Uruguay, como en la Unidad 3, se observa, por ejemplo, la instalación de un sistema de cuerdas que permite los intercambios de objetos entre las ventanas de las diferentes celdas. Por ende, el control del espacio nunca es total, y más allá de que una perspectiva se imponga sobre la otra, no significa que no existan usos disidentes, ninguna resistencia o negociación que vengan a contradecir o cuestionar las fronteras impuestas.

El límite o frontera de la cárcel suele ser conceptualizado a partir de su materialidad, debido a la presencia de muros o alambrado que marcan físicamente una diferenciación entre el adentro de la población criminal y el afuera donde está la población que respeta la ley. Sin embargo, esta conceptualización física de los límites entre el adentro y afuera ha sido discutida. Desde la criminología, trabajos como el de Maruna (2001) plantearon que los reclusos empiezan su proceso de desistimiento del delito estando dentro de la cárcel, antes de completar su condena. No se abandona el delito mágicamente al pasar el perímetro de la cárcel, sino que se trata de un proceso a lo largo del tiempo. La noción de frontera carcelaria, de este modo, no queda restringida solamente a la dimensión espacial, sino que se agrega una temporal, con un antes, un después y un mientras, que se asocia a este proceso de desistimiento del delito (Turner, 2016).

Desde las ciencias sociales y la psicología existen varios trabajos que demostraron que la cárcel no termina para las personas privadas de libertad cuando finalizan sus penas y salen a la calle, sino que el estigma de la misma permanece atado a la persona afectando en sí sus posibilidades de reingreso en la sociedad y de crear nuevos vínculos sociales (Combessie, 2001). En el afuera, los ex-reclusos suelen cargar con la imagen de personas en quienes no se puede confiar para tener un trabajo o una vivienda, a pesar de que cumplieron con sus penas y fueron considerados aptos a reintegrarse en la sociedad por la Justicia. De la misma forma, las situaciones de violencia experimentadas durante el periodo de encierro tienen consecuencias directas sobre la salud física, psicológica y social de las personas privadas de libertad, y en los procesos de reingreso a la vida en comunidad que pueden derivar en experiencias de aislamiento social y situación de calle (Ciapessoni, 2019).

La ciudad vista desde la cárcel

Desde las políticas urbanísticas, las cárceles suelen ser consideradas como infraestructuras de algún modo problemático, ya que generan una cierta estigmatización sobre los sitios en los cuales se construyen (Combessie, 2002). Por la carga negativa y la marca que representan, las cárceles como dispositivos del castigo en las sociedades contemporáneas terminan ubicándose en la periferia de la ciudad, o en territorios rurales, a distancia del bullicio de la vida barrial y su cotidianidad. Así, de manera general, los establecimientos penitenciarios se ubican en lugares con menor visibilidad o socialmente devaluados, traduciendo una cierta voluntad de omitir su presencia material y simbólica. Esta lejanía de las cárceles con respecto a los centros urbanos genera, por ende, mayores dificultades para quienes visitan a los reclusos, debido a la gran inversión de tiempo y el elevado costo de transporte.

El opuesto son los sitios donde se emplazan los tribunales. Son lugares centrales del poder judicial donde se dicta la condena, que se ubican en sitios de gran visibilidad, en el corazón político, económico y cultural de los centros urbanos.

Desde las políticas penitenciarias se piensan también las posibilidades de vincular la cárcel a la vida extramuros, y así limitar las problemáticas asociadas al encierro y el aislamiento. Las reglas penitenciarias del Consejo de Europa (2006) o informes nacionales como el del Comisionado Parlamentario Carcelario (2021) para el caso del Uruguay, plantean que las condiciones de vida en la cárcel deben acercarse lo más posible a “los aspectos positivos de la vida fuera de la prisión”. En este sentido, se entiende que los reclusos solo están privados de su libertad ambulatoria, por lo cual se deben garantizar los derechos de una vida digna y respetuosa.

Más allá de ser un lugar de encierro, la cárcel debe también ser un espacio de alojamiento, de trabajo, de formación, con acceso a servicios de salud, de actividades culturales, deportivas, entre otras. Salle (2012), a través de un análisis de distintos informes sobre la cuestión carcelaria producidos por el Gobierno francés desde los años 1970, demuestra que con el paso del tiempo la idea de incluir la cárcel en el proyecto urbano fue abandonada. Frente a la dificultad de incluir la cárcel en la ciudad, en su contexto social y espacial, se pasa a la idea de “traer la ciudad dentro de las cárceles”. Sin embargo, esto con frecuencia queda restringido a proyectos de construcción de nuevos establecimientos que se limitan a integrar aspectos materiales y arquitectónicos de acondicionamiento del espacio, ignorando los aspectos sociales característicos de la vida urbana.

El establecimiento penitenciario N° 1 de San Cayetano (provincia de Corrientes, Argentina) fue inaugurado en 2021. En esa ocasión fue presentado por las autoridades como una cárcel modelo, con un diseño penitenciario abierto de tipo campus, para designar la integración de módulos destinados al ocio, el trabajo, la educación y la salud. De este modo, avanzan criterios de diseño que promueven espacios más humanizados, y a la vez mayor seguridad, ya que cuentan con un complejo sistema de videovigilancia y mayor control de las circulaciones y movimientos internos. Vale destacar que este establecimiento fue construido a más de 20 km de la ciudad de Corrientes, reemplazando la antigua cárcel hasta entonces ubicada en el centro de la misma, lo cual “permitirá recuperar un punto clave dentro de la Capital” según declaró el gobernador de la provincia en la inauguración del nuevo penal (Radio Dos, 2021). Lo mismo se observa en el caso de los nuevos establecimientos penitenciarios en Chile, como el Recinto Modelo de Educación y Trabajo la Laguna de Talca, o la Unidad 1 en Montevideo, Uruguay, ambos de gestión público-privada.

Si bien las modificaciones a nivel estructural-arquitectónico son necesarias para mejorar las condiciones de vida, que en las cárceles de América Latina son muchas veces preocupantes, por sí solas no pueden recrear la vida cotidiana urbana en el espacio carcelario, ya que no contemplan las prácticas y relaciones sociales de sus habitantes.

Paisaje carcelario en la ciudad neoliberal

El sistema carcelario se transformó en un componente central del sistema económico neoliberal para controlar a las clases más desfavorecidas consideradas como indisciplinadas (Wacquant, 2001 y 2009; Peck, 2003). Al analizar este nuevo contexto en Estados Unidos, Wacquant (2004 y 2009) evoca el pasaje de un estado social de bienestar a un estado penal neoliberal para abordar la gestión de la pobreza. La cárcel se transforma en una herramienta para regular la pobreza, y castigar a los individuos que no corresponden al estereotipo ciudadano trabajador promovido por las elites. Se pasa, así, de una gestión social a una gestión penal de la marginalidad urbana. Se priorizan las obligaciones sobre los derechos, los castigos sobre las políticas de sostén y, sobre todo, se entiende que el individuo es el primer responsable de su situación (Wacquant, 2004).

Sin embargo, si bien el sistema penal es fundamental en el marco de esta nueva gestión punitiva de la pobreza, está acompañado de dispositivos y programas de control y vigilancia en el afuera, en el espacio urbano. Se observa, por ejemplo, un fuerte desarrollo de la policía, aumentando sus efectivos y multiplicando las acciones de control y patrullajes en los sectores donde viven y circulan las categorías de población más desfavorecidas, de igual forma en Estados Unidos, en Europa o en América Latina (Pérez de Sierra, 2019).

Por otro lado, en un contexto actual de aumento de las desigualdades sociales y consolidación de la inseguridad como problema, el espacio urbano en América Latina aparece cada vez más fragmentado y vigilado, con la multiplicación de los dispositivos arquitectónicos y urbanísticos de control, defensa o expulsión de estos habitantes empobrecidos, vistos como indeseables. Ejemplo de ello son las rejas y las cámaras, o los bancos anti-vagabundos que no permiten a la persona recostarse, los decretos que restringen el uso del espacio público, entre otros. Se trata, por ende, de normas y equipamientos similares a los que se encuentran en el espacio carcelario, para estructurar, controlar y limitar los accesos, y acentuar, de este modo, la segregación entre los habitantes y sus territorios.

A principios de la década de 1990, en Los Ángeles, Davis (2003) denunciaba esta intensificación del control social y espacial en la ciudad. Esta nueva ciudad neoliberal capitalista se transforma, así, en un paisaje de espacios defensivos y fortificados contra los peligros de la vida urbana, sean reales o imaginarios. Las poblaciones menos favorecidas son designadas como las responsables, y se transforman en objetos del control y represión social y espacial.

Soja (2008) planteó, incluso, la idea de archipiélago carcelario. Con ella hacía referencia a este nuevo urbanismo obsesionado por la seguridad, caracterizado por el desarrollo de arquitecturas que atrincheran. Las marcas de estas arquitecturas segregativas y controladoras abundan en las ciudades latinoamericanas. Es posible citar los múltiples muros que separan favelas de barrios más adinerados en Brasil, o el caso del muro de hormigón con alambrado que separa en Lima una de las urbanizaciones más rica, Casuarinas, en el distrito de Surco, de su vecina San Juan de Miraflores donde crecen los asentamientos informales con sus viviendas precarias. La segregación impuesta por el muro, se ve reforzada incluso del lado de Casuarinas por un servicio privado de guardias de seguridad que controla el ingreso, exigiendo identificación. Con esto, el modelo carcelario no parece tan alejado en su organización al modelo de ciudad que plantea el actual sistema capitalista neoliberal.

   

Nota: Un agradecimiento especial a la Dra. Perla Zusman (UBA, Argentina) y al Dr. Abel Albet (UAB, España) por sus aportes en el proceso de reflexión y escritura.

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