María Del Rosío Barajas Escamilla
El control fronterizo alude a la capacidad de los gobiernos de un país a establecer los criterios que deben cumplirse para acceder a su territorio. En general, dichos criterios son distintos para la población nacional, local y/o extranjera. En algunos casos son resultado de decisiones unilaterales, y en otros resultan de acuerdos con gobiernos vecinos o gobiernos supranacionales.
El control fronterizo constituye uno de los procesos más sensibles que afronta la movilidad de personas entre países y regiones con diferentes divisiones político-administrativas y/o a partir de diversos acuerdos de integración regional. A la vez, constituye uno de los espacios que permite visualizar las relaciones de poder que se establecen entre quienes están al mando de dichos controles y quienes los buscan traspasar.
En el contexto de la evolución de los estados-nación y su derecho al ejercicio de la soberanía nacional y la integridad territorial (Paz Westfaliana), el mundo ha sido testigo de un cambio significativo en el enfoque de los controles fronterizos impuestos al comercio y a la movilidad de las personas. En el primer caso, los distintos países han incorporado sofisticados mecanismos para evitar contrabando de mercancías y estupefacientes, apoyándose para ello en el uso de mejores tecnologías, a la vez que se han ido incorporando a distintos bloques de integración regional, procurando un flujo constante y eficiente de mercancías, particularmente aquellos vinculados a redes globales de valor.
En cuanto a la movilidad de las personas, el proceso de escrutinio sobre a quién le está permitido movilizarse de un país a otro, históricamente ha tenido que enfrentarse a controles fronterizos que impone el país receptor. En las últimas décadas se apoyan en dispositivos electrónicos que permiten realizar un escrutinio y aceptación selectiva de personas, basados en una perspectiva de securitización y criminalización hacia población migrante de tipo vulnerable. Con ello, se contradice el derecho universal del ser humano a la movilidad en condiciones de respeto a sus derechos humanos.
Este capítulo se divide en cuatro secciones. En la primera se analizan las relaciones entre control fronterizo y movilidad de personas. La segunda sección revisa el control fronterizo como parte del proceso de securitización. La tercera sección examina algunas características de los controles en la frontera entre México y Estados Unidos, mientras que la cuarta, finalmente, hace lo propio en el caso de Sudamérica.
Control fronterizo y movilidad de personas
El control fronterizo es un concepto que aplica tanto a la movilidad de mercancías como de personas. Sin embargo, la revisión de literatura en este ámbito muestra que bajo la globalización económica, los procesos de integración regional como el de la UE, NAFTA (ahora T-MEC), UNASUR, MERCOSUR, entre otros, significaron una apertura a los mercados internacionales, la reducción de barreras arancelarias, y la homologación de procedimientos aduanales. Para ello, se establecieron restricciones y vigilancia fronteriza con objeto de evitar el contrabando de mercancías o la utilización del transporte de carga para el contrabando de armas o de estupefacientes.
En tanto, la movilidad de las personas, que se debería basar en el derecho y libertad de tránsito y de cambio de residencia, asume otras características, ya que solo será posible si se cumplen los parámetros que cada país o configuración regional establece.
Desde la perspectiva neoclásica de la economía, el control fronterizo para el tránsito de mercaderías y personas es fundamental para salvaguardar la seguridad de los países. De la Cruz y Rosales (2016), consideran que es una obligación y a la vez un derecho de los distintos países, para salvaguardar su seguridad.
Acevedo (2021), por su parte, hace referencia al caso de Chile para definir el control fronterizo, cuyo objetivo es la revisión de documentación que acredite que la persona puede ingresar al país, cumpliendo con los términos que la unidad gubernamental a cargo ha definido para tal caso. A partir de ello, quien se encuentra a cargo de dicho control autoriza o no el ingreso de personas de otros países. Sin embargo, el autor considera que, entre los objetivos de esta actividad de revisión y autorización, se encuentra el propósito de detectar e impedir el ingreso al país de personas que no acrediten un estatus legal (ya sea como turistas o con visas de trabajo), ya que de otra forma se convertirían en “migrantes indocumentados”.
El crecimiento del terrorismo y, de manera particular, los ataques que sufrieron los Estados Unidos de Norteamérica en 2001 significaron un parteaguas en el endurecimiento de los controles fronterizos a nivel global. Esto dio lugar a un nuevo concepto que se arraiga en el crecimiento de los desplazamientos irregulares: “régimen de control fronterizo global” (Brown, 2017). Este régimen tiene como propósito no tanto excluir a la fuerza de trabajo que se requiere para dar continuidad a la producción de tipo neoliberal, sino regular su ingreso al país. En este contexto, el tema de la regulación parece más un eufemismo, toda vez que significa exclusión para quien por motivos ajenos a su propia persona no pueda reunir los requisitos para traspasar dichos controles, lo que termina introduciendo un giro punitivo al control fronterizo.
El “giro punitivo” de la política migratoria en los países sudamericanos es, en gran medida, consecuencia de la llegada de gobiernos de derecha en las primeras décadas del siglo XXI (Domenech, 2017). Se refiere a algunas de esas políticas y prácticas de control que se extienden a varios países del sur del continente americano: expulsión o deportación, nuevos puntos de detención ̶ como pueden ser aeropuertos o lugares de alta movilidad ̶ , programas de regulación migratoria basada en términos de seguridad, militarización de las fronteras por supuestos combates al narcotráfico o a la trata de personas. También se registra la creación de programas temporales de trabajo, retorno voluntario asistido, políticas de visado restrictivas y, lo más ampliamente difundido, el uso de tecnologías de controles biométricos y acuerdo entre países para la aceptación de refugiados.
De acuerdo a la perspectiva de Mansur (2023), a través de categorías como la “trata de personas” y “el tráfico ilícito de migrantes”, se ha desarrollado el concepto de gobernanza migratoria que actualmente es hegemónica y que criminaliza la movilidad de algunos grupos sociales, particularmente de aquellos que ejercen prostitución voluntaria (Mansur, 2023). El autor considera que, en el régimen de control fronterizo global, la Organización Internacional de las Migraciones, así como otros organismos internacionales, han contribuido a legitimar el discurso de la trata de personas como parte del problema migratorio en el ámbito global y sudamericano. Con ello, contribuyen a la construcción de estereotipos que no necesariamente se apegan a la realidad, y que terminan por deslegitimar un derecho humano de todas las personas a emigrar.
Sin duda, el concepto de la regulación puede ser ampliamente cuestionado a la luz de las experiencias de rechazo, que en particular se hace de migrantes pobres y con pocas habilidades que garanticen la posibilidad de lograr una independencia económica. A lo anterior, se agrega que el éxito del control fronterizo por medio del cual se produce el ingreso y/o rechazo del migrante(s) a un país de acogida, constituye la forma en que el estado-nación proyecta su poder sobre el territorio nacional. Así, el estado puede ejercer la violencia, cuando lo considere necesario, esto como medio para controlar la movilidad humana (Brown, 2017; Sayad, 2008).
Control fronterizo y securitización
Desde la perspectiva de Acevedo (2021), el cruce de población migrante a través de pasos legales o ilegales, imprime un sentido de vulnerabilidad para la seguridad interna de los países, particularmente porque los mismos son aprovechados por el crimen organizado transnacional para trasladar sus productos ilegales (ya sea droga o componentes para su producción). De hecho, se puede generar una discusión alrededor de lo que se llama pasos ilegales, a partir de la no existencia de controles fronterizos.
En un estudio sobre la infraestructura de los pasos fronterizos en la frontera de México con Guatemala, se pudo observar el cruce cotidiano de trabajadores guatemaltecos hacia la frontera sur de México (Barajas Escamilla et al., 2020). Esta movilidad se ha venido realizando de manera histórica a través de cruces fronterizos que no cuentan con vigilancia por parte de ninguno de los dos países que hacen frontera. Por ello, más que llamarle cruces irregulares, se les ha denominado como fronteras porosas, cuyos pasos fronterizos son utilizados por población que incluso cuenta con un permiso de trabajo, pero que estratégicamente utilizan dichos pasos para llegar a sus centros de trabajo de una forma más rápida.
Habría que reconocer que la intervención del estado-nación en los controles de frontera ha llevado a generar una narrativa que cada vez cobra mayor fuerza en el sentido de que existe un fuerte vínculo entre migración y seguridad. Esta narrativa ha dado lugar a una criminalización de la población migrante que no cumple con los estándares para obtener un documento de cruce legal, ya sea porque el país al que arriba establece un conjunto de requisitos que son difíciles de cumplir ̶ particularmente cuando se viene huyendo de la violencia o de desastres naturales ̶ , o bien porque dichos requisitos contienen una vertiente que se vincula a temas de seguridad y de prejuicio en contra de dicha población. En este contexto, las fronteras se han transformado en “potentes dispositivos de seguridad”, a partir de utilizar alta tecnología, pero también acotando cada vez más los derechos de las personas migrantes (Núñez-Chaim et al., 2023).
A raíz de esta dualidad migración-seguridad, se ha acuñado el concepto de biopolítica, el cual desde la perspectiva de Foucault (2007), define el fenómeno de control y ejercicio del poder sobre la vida de las personas y las poblaciones, esto a través de la promulgación de leyes que permiten tener un control sobre la natalidad, mortalidad, desplazamientos y movimientos migratorios de las personas, entre otros. Así mismo, desde el análisis de las migraciones en el sur global, Mbembé (2003) y Estévez (2018) argumentan que la biopolítica ha dado lugar a la necropolítica, en virtud de que las fronteras y los controles fronterizos se convierten en “espacios de administración de la muerte”, toda vez que se generan dispositivos que impedirán la libre circulación de personas que no cuenten con las características deseadas y deseables para los gobiernos que controlan dichos espacios.
Lo anterior encaja con una discusión relevante, la cual sostiene que uno de los mecanismos más utilizados actualmente en los controles fronterizos, es la documentación o ratificación de las movilidades. Su objetivo no es solo identificar las características de quienes pretenden ingresar a un país como parte de su tránsito o destino, sino que al final, este mecanismo permite que organismos internacionales puedan prever y conocer las tendencias presentes y futuras de la movilidad humana, con el propósito de realizar la llamada gestión de las migraciones (Domenech et al., 2023). Los autores agregan que, además de la utilización de estrategias punitivas de contención, actualmente se recurre a una forma extendida de “herramientas digitales y biométricas, como la Matriz de Seguimiento al Desplazamiento (DTM) que ha venido instrumentando la OIM, como parte de las infraestructuras invisibles de extracción y circulación de datos” (p. 321) de población migrante y de refugiados en Sudamérica.
Los controles fronterizos se han modificado bajo determinados esquemas de integración regional, que irrumpieron de manera profusa en la década de 1990. Son los casos de la Unión Europea, el Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá, y el Mercosur, entre otros.
En algunos de estos esquemas, no en todos, los controles fronterizos sufrieron un cambio importante, al pasar de fronteras externas a fronteras internas. Bajo el Acuerdo de Schengen, entre los países integrantes de la Unión Europea se dispuso una libre movilidad. Sin embargo, las constantes y nutridas oleadas migratorias, provenientes principalmente de países africanos y del Medio Oriente, pronto causaron un cambio en esta perspectiva de libre paso. Desde entonces se estableció un doble rasero: si el origen de las personas es claramente europeo, el control fronterizo es muy suave. En cambio, si el origen es extranjero y de los países ya mencionados, el control tiene sus mecanismos para hacerse presente y expulsar a quienes no cumplan con las características requeridas para la libre circulación.
Desde una perspectiva de la securitización, el uso de las nuevas tecnologías en el control fronterizo, y el proceso de globalización y de integración económica regional permite a los estados nacionales detectar los movimientos del crimen organizado (Andreas y Biersteker, 2003). Al mismo tiempo, permite detectar ingresos de personas que no alcanzan los parámetros establecidos para su aceptación. Lo anterior ha llevado a la utilización cada vez más frecuente de dispositivos electrónicos basados en tecnología avanzada que tiene la capacidad particularmente de identificar lo que se llama “los movimientos deseables de los indeseables”, que en este caso son los migrantes irregulares.
Es importante señalar que los dispositivos tecnológicos son utilizados tanto en el control como en la vigilancia fronteriza. Si bien es cierto que dichas tecnologías se utilizan para ejercer un control sobre la movilidad de mercancía y de personas, lo cierto es que existe un efecto diferenciado sobre ambos tipos de movilidades. Esto deriva de la naturaleza de ambas: en el primer caso se ejerce un control sobre los objetos (mercancías) y en el otro, sobre los sujetos (personas).
Álvarez et al. (2021) sostienen que el control de fronteras ha transitado hacia el control digital, siendo los dispositivos tecnológicos más utilizados las cámaras de vigilancia, escáneres biométricos, sistemas de imágenes térmicas, y robots alimentados con inteligencia artificial, capaces de procesar una gran cantidad de información en pocos minutos. También se utiliza a gran escala el software de reconocimiento facial que se alimenta de la base de datos que impera en el régimen de control fronterizo global. De tal forma que la biopolítica se transforma a partir de lo anterior en necropolítica, es decir el control y la vigilancia fronteriza son el espacio de la securitización. El regionalismo abierto es solo para los habitantes que participan en parte de estos esquemas de integración regional, pero no para quienes quedan fuera de los mismos (Barajas y Sotomayor, 2022).
Controles en la frontera entre México y Estados Unidos
La frontera de Estados Unidos con México ha sido espacio de actividades productivas vinculadas a la manufactura para el mercado internacional. Allí, los controles fronterizos aplicados a la movilidad de mercancías, se rigen por lo estipulado en el Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (TLCAN, ahora T-MEC). Estos controles se han auxiliado con el uso de alta tecnología para evitar contrabando de estupefacientes o de personas. Aun así, esta movilidad no se detiene. Los actores transfronterizos vinculados al sector industrial e inmobiliario están constantemente generando proyectos para mejorar la infraestructura y agilizar los cruces fronterizos permitidos bajo sus normas. Sin embargo, esta historia cambia cuando se trata de la infraestructura utilizada para la gestión del control fronterizo de personas.
Al respecto, habría que mencionar que existe un antes y un después en los dispositivos utilizados por las agencias norteamericanas para este propósito. Exactamente un día después de los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001 en los Estados Unidos, súbitamente, se incrementaron los mecanismos de inspección para todo tipo de controles fronterizos, incorporando nuevas tecnologías.
Se destaca, en particular, la empleada para la inspección de vehículos no comerciales y comerciales, este último bajo el programa FAST por sus siglas en inglés (Comercio Seguro y Libre para Vehículos Comerciales). Asimismo, se puso en marcha este mismo mecanismo para cruce de personas vía terrestre y para todos los aeropuertos del mundo que tienen como destino los Estados Unidos (SENTRI y Global Entry) basándose en una selección de personas que pueden cumplir con los criterios de elegibilidad determinados desde este país. El mecanismo de pre-clearance solo funcionaba en los aeropuertos de Canadá. Sin embargo, en 2001 se actualizó y a partir de 2016 es utilizado por el gobierno norteamericano incluso como mecanismo de recopilación de la información de los solicitantes de asilo, desde un tercer país y utilizando la plataforma digital preparada con dicho propósito (Acosta, 2019).
Por otro lado, las ciudades fronterizas, como Tijuana-San Diego, Mexicali-Valle Imperial, Nogales-Nogales, Matamoros-Brownsville, entre otras, forman parte de un mercado laboral transfronterizo muy amplio, conformado por mexicoamericanos, residentes norteamericanos y mexicanos laborando en diversos sectores económicos en el lado estadounidense, pero viviendo en el lado mexicano. Cabe incluso mencionar que posterior a la COVID-19, la población conformada por retirados y jóvenes familias se ha sumado a este grupo de residentes en México, al adquirir viviendas más asequibles que en las ciudades fronterizas del sur de Estados Unidos. Incluso esta movilidad de personas que cuentan con las visas que los definen como población transfronteriza, se ve sujeta a un fuerte escrutinio en los controles fronterizos. En este caso se agregan narrativas sobre el cruce ilegal de estupefacientes, personas, lavado de dinero, etc.
A lo anterior, habría que agregar el tema de la migración de personas mexicanas hacia los Estados Unidos de forma no regular. Durand (2016) hace una excelente revisión de las distintas etapas que ha enfrentado la migración de origen mexicano, dando cuenta de las vicisitudes que han tenido que pasar para llegar a diversas regiones de los Estados Unidos. La vigilancia y los controles fronterizos se vuelven más estrictos cuando disminuye la oferta de los mercados de trabajo y, al contrario, se flexibilizan cuando se incrementa la demanda, sea para el campo, la industria o los servicios. Lo anterior no exime las historias de sufrimiento, vejación a los derechos humanos de esta población mexicana por parte de las autoridades migratorias estadounidenses, principalmente en los estados de Arizona y Texas.
Desde la década de 2010, además, se produjo un crecimiento considerable de la migración centroamericana, que primero debe cruzar la frontera sur de México para llegar hasta la frontera de México con los Estados Unidos. Dicha situación ha sido compleja. Hasta antes de 2018, México mantuvo una política migratoria flexible, particularmente porque cuenta con una frontera en el sur altamente porosa, en donde la vigilancia y los controles fronterizos son sumamente difíciles. Sin embargo, en su ruta para llegar al norte, dichos migrantes se enfrentan con un sinnúmero de situaciones adversas: como el acecho de enganchadores, trata de personas, crimen organizado y secuestro. Son situaciones que vulneran al migrante, el cual en muchas ocasiones viene acompañado de sus familias.
Lo anterior se ha visto recrudecido a partir de la pandemia de COVID-19, donde surgen las llamadas “caravanas migrantes”. Se desconoce a ciencia cierta su origen, pero ha implicado un desafío a la política migratoria mexicana. La mayor parte de los integrantes de dichas caravanas buscan llegar hasta la frontera norte de México, y de ahí solicitar asilo o refugio a las autoridades norteamericanas. En ese sentido, el gobierno mexicano ha estado muy presionado por el gobierno estadounidense para jugar el papel de contenedor de la migración internacional, ello tomando ventaja de la participación de México y Estados Unidos en un esquema de integración regional.
Lo anterior tiene su origen en lo que se ha denominado “externalización de las formas de control hacia terceros países” (Álvarez et al., 2021). A través del llamado tercer país seguro, se recurre al mecanismo de protocolo de protección al migrante (MPP), por medio del cual se obliga al sujeto migrante a iniciar sus trámites de asilo en otro país distinto al que quiere acceder, utilizando para ello el apoyo del gobierno que funge como tercer país. Este papel lo empezó a jugar México, a partir de la presión del gobierno estadounidense para controlar la migración. De igual forma, otros países como Guatemala y algunos países andinos actúan como centros de control fronterizo de los Estados Unidos.
Controles en las fronteras sudamericanas
Otro caso interesante para mostrar la forma en que operan los controles fronterizos, es el del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), integrado por Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela (este último país suspendido de este esquema en 2017). Otros estados asociados son Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y recientemente Bolivia.
La primera etapa de este proceso de integración regional se dio por medio de un modelo de integración económica, avanzando posteriormente en la creación de estructuras supranacionales, pero sin ceder la soberanía de cada país, reservándose el derecho de establecer sus propias reglas para salvaguardar sus fronteras. Sin embargo, el proceso de emigración de miles de personas de países como Venezuela o Nicaragua generó tensiones entre los países miembros, o el de la migración de población haitiana, primero hacia Brasil y luego a otros destinos de América Latina y América del Norte. Entre 2010 y 2021, la pequeña isla de Haití sufrió dos movimientos telúricos de gran magnitud, ocasionando una cantidad considerable de pérdidas humanas y materiales, adicionado a la inestabilidad política que ocasionó el magnicidio del presidente de este país en el año 2021. La inestabilidad del país motivó la salida de miles de habitantes de la isla hacia diversas rutas, siendo Brasil uno de los más importantes destinos.
El ofrecimiento de acogida a la migración haitiana la hizo en su momento el presidente de Brasil, Lula Da Silva, ello en el contexto de la construcción de infraestructura que el país requería para la realización de las Olimpíadas en el año 2016. Esta acogida se tradujo en el otorgamiento de visas de trabajo, empleo y vivienda. Sin embargo, tras el golpe de estado que ese mismo año se infringió al gobierno de la presidenta brasileña Dilma Rousseff, y el ascenso a la presidencia del ultraderechista Jair Bolsonaro, esta población fue expulsada, obligándolos a buscar nuevas rutas.
Otro caso interesante sobre formas de ejercitar el control fronterizo es el de Chile. Debido a su estabilidad económica y democrática ha sido un país que ha experimentado un crecimiento importante de movimientos migratorios hacia su interior, provenientes de estados como Perú, Colombia, Bolivia, Venezuela, Haití y Argentina, entre otros. Acevedo (2021) refiere el proceso que ha vivido este país en cuanto al proceso migratorio y por ende los mecanismos que ha utilizado para realizar sus controles fronterizos. Al igual que México hasta la primera década del siglo XXI, Chile coincide en que migrar es un derecho humano, pero a la vez el estado y sus instituciones buscan asegurarse de que el proceso migratorio se haga de forma segura, lo que no exime al migrante de enfrentar situaciones de estrés y violencia. Acevedo (2021) refiere que a partir del presidente Ricardo Lagos (2000-2006), los sucesivos gobiernos crearon sus propios programas para gestionar la movilidad humana, para lo cual se modificaron y agregaron diversas normas.
El fenómeno de la trata sexual y el trabajo forzado, particularmente en poblaciones vulnerables, llevó a algunos gobiernos a instrumentar nuevos dispositivos de control fronterizo. Sin embargo, y como se mencionó en el primer apartado, ello puede generar confusión y conflicto acerca de la relación entre trata de personas por un lado, y migrantes que por derecho propio ejercen la prostitución (Mansur, 2023). Al igual que otros países, Chile expidió un buen número de visas temporales y de trabajo a población migrante, esto con objeto de reducir al máximo la irregularidad. Sin embargo, el hecho de que en muchos casos también se pretendía llegar a los Estados Unidos, los controles fronterizos se hicieron más estrictos, lo mismo sucedió con los procesos de asilo y refugio. Así mismo, en junio de 2019 se promulgaron nuevas disposiciones para identificar a redes de tráfico de migrantes, lo cual le valió a Chile que el Departamento de Estado de los Estados Unidos le otorgara una especie de certificación positiva por su desempeño en el control y vigilancia fronteriza. De tal forma, nuevamente países como los Estados Unidos muestran su capacidad para externalizar sus fronteras.
Ecuador ofrece un caso diferente, a partir de los gobiernos progresistas como el de Correa (2007-2017), y comparándolo con la política que hoy domina en la migración. De acuerdo con Eguiguren (2023), esta historia de política progresista se encuentra plasmada en la Constitución de 2008 del Ecuador, donde se estipula el derecho de los migrantes (sea con la emigración y/o la inmigración), así como la ampliación de los derechos y protección estatal de la diáspora ecuatoriana (política migratoria 2007-2017).
Lo anterior motivó que en algún momento Ecuador se distanciara de la perspectiva dominante del régimen global de migración, que enfatiza la gestión de los flujos migratorios bajo un enfoque de criminalización y securitización. Sin embargo, en la actualidad existe una cercanía de perspectivas que dominan el ejercicio actual de control fronterizo, lo cual podría explicarse por lo siguiente: una complejidad de movimientos migratorios y un cierto desapego a la visión construida bajo el gobierno de Correa, perdiéndose de alguna forma elementos humanos de dicha perspectiva, ello en detrimento de la inmigración y la emigración desde el Ecuador.
Bibliografía
Acevedo, G. B. (2021). “Migración, ingresos ilegales y control fronterizo en la macrozona norte de Chile”. Revista Política y Estrategia, (137), 69-92.
Acosta, M. T. (2019). “Fronteras más allá de las fronteras. Inspecciones fronterizas extraterritoriales, controles yuxtapuestos, preclearance y la supresión de la protección internacional”. Revista de la Facultad de Derecho de México, LXIX(275). https://acortar.link/wGEO5G
Álvarez, V. S., Pedone, C. y Miranda, B. (2021). “Movilidades, control y disputa espacial. La formación y transformación de corredores migratorios en las Américas”. Périplos: Revista de Investigación sobre Migraciones, 5(1), pp. 4-27.
Andreas, P. y Biersteker, T. J. (2003). The rebordering of North America. London: Routledge.
Barajas Escamilla, M. R., Ortiz Gómez, M. G. y Kosygina, L. (2020). Regímenes de movilidad en la frontera México-Guatemala: gobernanza transfronteriza para el desarrollo. México: Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Centro GEO, CIESAS, Instituto de Investigaciones Dr. José María Mora, CIDE, ECOSUR. Colección libros RTMG.
Barajas Escamilla, M. R. y Sotomayor, M. (2022). “México and the European Union trade renegotiation of 2020: A deep integration Version 2.0?”. De Europa. European and Global Studies Journal, 5(1), pp. 137-160.
Brown, W. (2017). Walled states, waning sovereignity. Boston: MIT Press.
Campesi, G. (2012). “Migraciones, seguridad y confines en la teoría social contemporánea”. Revista Crítica Penal y Poder, 3, 1-20.
Castells, M. (1997). La era de la información: economía, sociedad y cultura (Vol. 1). Madrid: Alianza Editorial S. A.
De la Cruz, L. y Rosales, D. (2016). “El control aduanero en el Ecuador, una visión al período 2013- 2016”. Revista Economía y Negocios, 7(2), 25-37. https://acortar.link/OeUQZV
De la Rosa Rodríguez, P. I. y Maia, L. S. A. (2020). “Migrantes centroamericanos en México: entre la violencia y los abusos de las políticas de control fronterizo en Estados Unidos”. Revista Brasileira de Sociologia, 8(19), 59-79.
Durand, J. (2016). La historia mínima de la migración México-Estados Unidos. (1.a ed.). Ciudad de México: El Colmex. Colección Historias Mínimas.
Domenech, E. (2017). “Las políticas de migración en Sudamérica: elementos para el análisis crítico del control migratorio fronterizo”. Terceiro Milénio: Revista Crítica de Sociología e Política, 8(1), 19-48.
Domenech, E., Basualdo, L. y Pereira, A. (2023). “Migraciones, fronteras y política de datos: nuevos medios de control del movimiento en el espacio sudamericano”. En L. Rivera Sánchez, G. Herrera y E. Domenech (Coords.), Movilidades, control fronterizo y luchas migrantes (pp. 317-353). CLACSO, Siglo XXI editores. Colección Miradas Latinoamericanas.
Eguiguren, M. (2023). “Ordenar la migración y ordenar la nación: nacionalismo y régimen global de control en la política migratoria ecuatoriana”. En L. Rivera Sánchez, G. Herrera y E. Domenech (Coords.), Movilidades, control fronterizo y luchas migrantes (pp. 317-353). CLACSO, Siglo XXI editores. Colección Miradas Latinoamericanas.
Estévez, A. (2018). “El dispositivo necropolítico de producción y administración de la migración forzada en la frontera Estados Unidos-México”. Estudios Fronterizos, 19. https://acortar.link/izuNgZ
Foucault, M. (2007). Nacimiento de la biopolítica. México: Fondo de Cultura Económica. Argentina-Brasil, 1ra. edición en español.
Glouftsios, G. (2021). “Governing border security infrastructures: Maintaining large-scale information systems”. Security Dialogue, 52(5), 452-470.
Hess, S. y Kasparek, B. (2017). “Desestableciendo y restableciendo Schengen. El régimen europeo de fronteras tras el verano de migración”. Cuadernos Europeos de Deusto, (56), 47-77. Instituto de Estudios Europeos. https://acortar.link/zPHiJ7
Mansur, G. (2023). “Trata de personas y control de la migración: Miradas desde Brasil”. En L. Rivera, G. Herrera y E. Domenech (Coords.), Movilidades, control fronterizo y luchas migrantes (pp. 292-316). CLACSO, Siglo XXI editores. Colección Miradas Latinoamericanas.
Mbembé, J. A. y Meintjes, L. (2003). “Necropolitics”. Public Culture, 15(1), 11-40. Duke University Press.
Miranda, B. (2021). “Movilidades haitianas en el corredor Brasil-México: Efectos del control migratorio y de la securitización fronteriza”. Périplos: Revista de Estudos sobre Migrações, 5(1), 108-130.
Núñez-Chaim, M. N., Varela-Huerta, A. y Glockner, V. (2023). “Caravanas migrantes y el régimen de control fronterizo en México en tiempos pandémicos. El caso de la caravana de los 50 días”. Textos y Contextos, 1(26), e3703. https://acortar.link/KHt0R1
Sayad, A. (2008). “Estado, nación e inmigración. El orden nacional ante el desafío de la inmigración”. Apuntes de investigación, (13), 101-116.






