(Buenos Aires, Argentina, 1948-2019)
Matías García[2]
Definición
La aparcería o mediería consiste en un contrato agrario de naturaleza asociativa, el cual implica una modalidad de producción que genera —entre los sujetos intervinientes— una serie de relaciones sociales, económicas y administrativas (Rodríguez Borray, 1991, en Pedone, 2000). Relaciones sociales constituidas según la posesión de los factores de producción (trabajo, tierra y capital), relaciones económicas representadas por la forma de reparto tanto de los costos de producción como del producto generado, y relaciones de tipo técnico-administrativo en cuanto a la manera de cómo se toman las decisiones, tanto de índole productivas como comerciales.
En forma esquemática y para el caso de la aparecería hortícola bonaerense, se destaca un partícipe que aporta la tierra y parte del capital (aparcero dador), mientras que el otro partícipe aporta la mano de obra y el resto de los insumos (aparcero tomador), distribuyéndose “los frutos” según haya convenido previamente. La mediería es un tipo particular de aparecería, indicando su nombre un aporte y distribución igualitario (“a medias”) del capital y los frutos, respectivamente.
Breve historia de la mediería hortícola
El contrato de mediería ha sido una forma de aprovisionamiento de mano de obra muy utilizada en la explotación hortícola en general y, paradójicamente, con mayor significancia y persistencia en el tiempo en la horticultura más capitalizada —la del Sur del Área Hortícola Bonaerense— demostrando una vez más que la aparcería no constituye un obstáculo para el desarrollo del capitalismo agrario (Cfr. Posada, 1996; Lehman, 1986; Pedone, 2000).
El mediero tomador (también llamado en el sector directamente mediero o medianero) resultó particularmente significativo en dos momentos de la horticultura bonaerense: la etapa de expansión horizontal, ocurrida a partir de mediados de la década de 1970 (Benencia et al., 1997) y la etapa del invernáculo, que se desarrolló con fuerza durante la década del ’90 (y aún continúa). De esta manera, la incorporación de nuevas tierras al proceso productivo y los aumentos en la productividad superaron la capacidad de mano de obra existente, siendo subsanado en parte a través de la acogida de esta figura y la afluencia sistemática de trabajadores de origen boliviano a la región hortícola (Benencia, 2006). Y si bien diferentes mediciones indican que su uso desciende (García y Kebat, 2008), la mediería (o más precisamente, la pseudomediería) es una modalidad de contratación de mano de obra que aún conserva significativa importancia en la horticultura bonaerense. Y resulta así coherente con los numerosos estudios de caso en América Latina que aseguran que este acuerdo se ha convertido en una opción viable tanto para los pequeños productores como para los trabajadores agrícolas sin tierra, al generalizarse la producción hacia el mercado (Pedone, 2000).
Características de la mediería en la horticultura bonaerense
En la zona hortícola bonaerense, la mediería adopta un carácter diferente al tradicional y a lo regulado por la Ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, sancionada en 1948 (Ley 13.246) y modificada estructuralmente en 1980 por la Ley 22.298.
Primero, si bien la legislación vigente sostiene que el contrato de mediería es un acuerdo asociativo, la realidad demuestra que no se trata de socios ni de sujetos iguales. Esto se fundamenta en que:
El mediero tomador no siempre participa de las decisiones productivas y mucho menos de las comerciales. En las cuestiones productivas, suele hacerse oír en relación a los cultivos a trabajar, aunque ello no implica una voz igual de importante que la del mediero dador. En las comerciales, su incidencia es prácticamente nula, encontrándose generalmente impedido de verificar fehacientemente el volumen y precio de las ventas que el mediero dador informa y sobre lo cual se realiza el reparto de frutos.
Asimismo, el mediero tomador suele no poder solventar el porcentaje del capital que le corresponde, dado el proceso de externalización que se destaca principalmente en el sector hortícola de La Plata. Esta merma en su aporte de capital se corresponde con su porcentaje de participación en el reparto de los frutos. Así, el mediero dador puede llegar a financiar el 100% de los insumos, quedándose con el 70-75% de los frutos (Benencia y Quaranta, 2003a).
Por último, esta situación de disparidad y dependencia se explicita también en las formas en que se identifican estos sujetos: patrón (al mediero dador) y mediero (al mediero tomador) son denominaciones que evidentemente alejan a este de un acuerdo entre iguales.
Segundo, el mediero dador o patrón interviene muy activamente en la producción: realiza las labores culturales (mecanizadas), supervisa y direcciona las tareas de la quinta (a veces concertándolas con el mediero tomador), comercializa la producción y se encarga de reparar maquinarias y de comprar insumos (Gutman et al., 1987), haciendo atípica a esta aparcería.
Tercero, en estos contratos, el mediero tomador se compromete a garantizar el aporte de trabajo necesario. Si bien la superficie que se acuerda producir es acorde a la mano de obra del sujeto (y la que implícitamente aporta su familia), la posibilidad de eventuales faltantes debe ser cubierta a cuenta, cargo y bajo responsabilidad del mediero tomador.
Cuarto, estos contratos son “de palabra”, lo que le otorga a la relación de mediería informalidad, inestabilidad y ventajas para el dador, dado que el único que puede optar por terminar con un contrato vigente es el mediero tomador (Svetlitza, 2004).
Efectos del acuerdo de mediería en los sujetos que la implementan
El acuerdo de mediería le trae aparejado importantes ventajas al dador, ya que si bien le representa una reducción en el margen bruto (Durand, 1997), transforma un costo fijo en uno variable, distribuye hacia abajo las fluctuaciones violentas de precios y volúmenes típicas de la producción de hortalizas frescas reduciendo los riesgos, obtiene mano de obra más estable e incentiva el trabajo a destajo, lo que hace aumentar la productividad de la mano de obra, genera un mayor involucramiento de los trabajadores y una menor necesidad de supervisión (Gutman et al., 1987; Ringuelet, 1991).
Diferente suerte le toca al “socio menor”. Benencia y Quaranta (2003b) interpretan a esta —la mediería hortícola bonaerense— como una modalidad que se desplaza entre una relación de trabajo dependiente no salarial y una sociedad desigual entre el capital y el trabajo. Esto significaría, como lo mencionamos más arriba, que el actual mediero tomador no sería un socio igualitario, aunque tampoco un típico asalariado. Se trataría entonces de un trabajador, incluso, más precario que el asalariado por cuanto ni siquiera posee una retribución fija o segura, dependiendo sus ingresos de la producción alcanzada y los precios obtenidos. Más aún, el mecanismo establecido opera para que el tomador trabaje a destajo en búsqueda de una retribución incierta, así como la cantidad de trabajo suyo y de su familia, debiendo -el tomador- soportar además los riesgos productivos y del mercado que antes eran exclusivos del productor (Ringuelet et al., 1992).
A pesar de las dinámicas descriptas, el trabajador del sector hortícola bonaerense opta por este tipo de contratación. El tomador prefiere, y hasta exige, este tipo de contratación. La mediería (en teoría) diluye los clásicos intereses contrapuestos entre patrón y trabajador ya que ambos serían “socios” que compartirían riesgos y ganancias. Esta definición nominal, teórica, de la mediería explica que el tomador la prefiera —antes que la figura del asalariado— aún al precio de una sobre autoexplotación suya y de su grupo familiar, además de la asunción de riesgos (productivos y de mercado).
Concretamente, el mediero tomador logra una maximización de los ingresos en relación a los que podría obtener como asalariado, aunque si se mide por el aporte que realiza cada familiar, el beneficio obtenido es menor (García, 2010). Se entiende así la preferencia y hasta exigencia por parte de los trabajadores bolivianos a ser contratados bajo esta modalidad. Modalidad que no de casualidad esquemáticamente aparece como un peldaño superior a la del asalariado en la “escalera boliviana” (Ver Benencia, 1999).
Evolución legislativa de la mediería hortícola
Desde hace más de 70 años, la mediería hortícola carece de una figura jurídica que la ampare (Svetlitza y Beordi, 2001) salvo un breve interregno entre el 2001/03. Promovido por las entidades empresariales, en 2001, el Poder Ejecutivo Nacional decretó el “Contrato de Mediería Frutihortícola” (Nº145/01). El mismo explicitaba que el mediero hortícola es un trabajador autónomo, y como tal, responsable del cumplimiento (y pago) de las cargas laborales, previsionales y de riesgos de trabajo, tanto del propio mediero como de las personas que él contrate. Por otra parte, la disposición aseveraba que las dudas que se plantearan entre las partes de un acuerdo de mediería serían dirimidas en el fuero civil. Esto mostraba un remarcado énfasis por distanciar al contrato de toda relación laboral, impidiendo la intervención gremial. A pesar de esta normativa, el gremio de los trabajadores rurales seguía desconociendo el acuerdo de mediería, exigiendo el reconocimiento como trabajadores y el cumplimiento de sus derechos como tales. Finalmente, la disposición es derogada en el año 2003 por otro decreto (Nº1056/03), fundamentándose al presumir de un:
“…dudoso carácter asociativo, pues en ninguno de los cinco artículos del anexo (del decreto 145/01) existe la asunción compartida de los riesgos de la explotación, no se prevé la distribución por mitades de la producción, sino que deja este punto librado a la voluntad de las partes y pone en cabeza del mediero la responsabilidad de la misma”.
No obstante, el (correcto) planteo, la resolución del Ejecutivo ha sido la simple derogación y —a más de quince años del decreto— no hay indicios de una nueva y necesaria reglamentación para la mediería hortícola.
Desafío y oportunidad para la mediería hortícola
La mediería hortícola aparenta ser un acuerdo asociativo, aunque en la práctica no se trata de sujetos iguales. Esta desigualdad se evidencia al indagar acerca del aporte de capital por parte del tomador, de su influencia en la toma de decisiones y del porcentaje de frutos que obtiene. Asimismo, la laxitud de su legislación posibilita su mal uso y un mayor grado de explotación de la fuerza de trabajo. Precisamente, la explotación y las condiciones laborales de los trabajadores en el sector agrario en general y hortícola de Buenos Aires en particular son una problemática ineludible que exige soluciones. La sanción del Nuevo Estatuto del Peón (Ley 26.727/11), si bien otorga nuevos derechos y mejores condiciones para este trabajador agrario, restringe justamente la contratación de mano de obra externa a la gran mayoría de los horticultores familiares que precisan de la misma para persistir (García & González, 2015). La mediería hortícola es una alternativa necesaria que podría ayudar a estas dos conflictividades (García, González y Lemmi, 2015). Bien usada, esta figura posibilita atemperar la explotación laboral al transformar a un trabajador en un socio, otorgándole a este sujeto una transición de aprendizaje en el rol de productor. Paralelamente la mediería le posibilita al horticultor familiar contar con un socio que aporta mano de obra y capital. Este socio le permite reducir los riesgos productivos y de mercado. Por ello el desafío y también oportunidad es mutar un mal uso de la herramienta para transformarla en parte de la solución al problema del trabajo en el sector hortícola.
Bibliografía
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Benencia, R. (2006). Bolivianización de la horticultura en la Argentina. Procesos de migración trasnacional y construcción de territorios productivos. En A. Grimson y E. Jelin (Comps.), Migraciones regionales hacia la Argentina. Diferencias, desigualdad y derechos (pp. 135-167). Buenos Aires, Argentina: Prometeo.
Benencia, R. y Quaranta, G. (2003a). Reestructuración y contratos de mediería en la región pampeana argentina. Revista Europea de Estudios Latinoamericanos y del Caribe, 74, 65-83.
Benencia, R. yQuaranta, G. (2003b). Producción hortícola: regulación social del trabajo en el área más capitalizada del cinturón verde bonaerense. 6° Congreso Nacional de Estudios del Trabajo (pp. 1–23). Ciudad de Buenos Aires, Argentina: ASET.
Benencia, R., Cattáneo, C., Durand, P., Souza Casadinho, J., Fernández, R., y Feito, M. C. (1997). Área Hortícola Bonaerense. Cambios en la producción y su incidencia en los actores sociales. Buenos Aires, Argentina: La Colmena.
Durand, P. (1997). Aspectos económicos de la expansión de la mediería en el área hortícola bonaerense. En R. Benencia (Coord.), Área Hortícola Bonaerense. Cambios en la producción y su incidencia en los actores sociales (pp. 179-200). Buenos Aires, Argentina: La Colmena.
García, M. (2010). Acumulación de capital y ascenso social del horticultor boliviano. Su rol en las transformaciones de la estructura agraria hortícola platense en los últimos 20 años. (Tesis de Maestría). FLACSO, Argentina.
García, M. y González, E. (2015). El nuevo Régimen de Trabajo Agrario. Desajustes y propuestas de adecuación para el sector hortícola del periurbano bonaerense sur. Mundo Agrario, 16(33), 1-27.
García, M., y Kebat, C. (2008). Transformaciones en la horticultura platense. Una mirada a través de los censos. Realidad Económica, 237, 110-134.
García, M., González, E. y Lemmi, S. (2015). Aparcería en la horticultura. Legislación necesaria -aunque insuficiente- para un acuerdo asociativo. Pilquen, 18(3), 66-80.
Gutman, P., Gutman, G., y Dascal, G. (1987). El Campo en la ciudad. La producción agrícola en el Gran Buenos Aires. Ciudad de Buenos Aires, Argentina: CEUR.
Lehman, D. (1986). La mediería y la transición capitalista en la agricultura: una investigación en la Sierra Ecuatoriana. Estudios Rurales Latinoamericanos, 3, 5-28.
Pedone, C. (2000). Globalización económica y modernización agrícola conservadora. Vigencia de la aparcería en un área de margen del Oasis Norte de Mendoza (Argentina). Documents d’ Analisi Geografica, 36, 47-62.
Posada, G. (1996). El caso de la mediería en América Latina: formas capitalistas y no capitalistas de producción agrícola. CICLOS, 11, 189-212.
Ringuelet, R. (Comp.) (1991). Cuestiones agrarias regionales. Estudios-Investigaciones N°6 – FaHCE – UNLP.
Ringuelet, R., Archenti, A., Salva, M. C., y Attademo, S. (1992). Tiempo de medianero. Ruralia, 2, 79-93.
Svetlitza, A. (2004). Desarrollo e inmigración portuguesa en el Área Metropolitana de Buenos Aires. Transformaciones y continuidades agrarias en el partido de La Matanza (Tesis doctoral). Universidad de Huelva, España.
- Recibido: agosto de 2019.↵
- Ingeniero Agrónomo por la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), Magíster en Estudios Sociales Agrarios por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y Doctor en Ciencias Agrarias y Forestales por la UNLP. Investigador adjunto del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), docente del Instituto de Ingeniería y Agronomía de la Universidad Nacional Arturo Jauretche (UNAJ) y del Departamento de Desarrollo Rural (UNLP). Integrante del Laboratorio de Investigación y Reflexión en Agroecología (LIRA – FCAyF). Contacto: garciamatias@agro.unlp.edu.ar↵